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Corte Internacional de Justicia

La Corte Internacional de Justicia (CIJ, también llamada Tribunal Internacional de Justicia) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945 en La Haya (Países Bajos), siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

Corte Internacional de Justicia de La Haya

Sello oficial.


Sede de la Corte Internacional de Justicia, Palacio de la Paz, en La Haya.
Información general
Ámbito Países Bajos
Tipo Tribunal de Justicia internacional, agencia especializada de la ONU
Acrónimo CIJ
Sede Palacio de la Paz, en La Haya (Países Bajos)
Fundación 1945
Jurisdicción Internacional
Organización
Presidente Joan Donoghue
Vicepresidente Kirill Gevorgian
Composición Véase Composición actual
Dependiente de Sistema de las Naciones Unidas y Organización de las Naciones Unidas
Histórico
Corte Permanente de Justicia Internacional Corte Internacional de Justicia
Sitio web
Llama de la Paz Mundial, junto al Palacio de la Paz.

Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictámenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestión jurídica que le sea planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas (procedimiento consultivo). El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia forma parte integral de dicha Carta, situada en su capítulo XIV. En virtud del artículo 30 del Estatuto, la Corte adoptó el 14 de abril de 1978 un reglamento mediante el cual se determinó la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento.

Los idiomas oficiales de la corte son el francés y el inglés.

La Corte Internacional de Justicia funciona en la Haya (Países Bajos) desde 1946, es un órgano judicial establecido por la Carta de Naciones Unidas firmada en 1945, está integrada por 15 jueces quienes deben resolver las controversias jurídicas entre Estados que estén bajo su jurisdicción (de conformidad con el derecho internacional). La constitución de este organismo se fundamenta en la conciliación pacífica de las discusiones acontecidas en materia Internacional, por lo que, rige bajo el ordenamiento jurídico establecido en el Artículo 33 de la Carta de Naciones Unidas, donde se disponen diferentes mecanismos de concertación, ante posibles situaciones donde pueda ponerse en riesgo la armonía y la estabilidad de las relaciones internacionales.[1]

Procedimientos ante la Corte Internacional de Justicia

Existen dos tipos de procedimientos dentro de la CIJ: el contencioso (para disputas entre Estados) y el consultivo (para aclaraciones jurídicas a órganos de la ONU).[2]

Pueden recurrir a la Corte de justicia, en materia contenciosa, todos los Estados que sean parte en su Estatuto, lo que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Otros Estados, no Miembros de las Naciones Unidas y no partes en el Estatuto, pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad según la Resolución 9 del 15 de octubre de 1946. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte.

Tanto la Asamblea General como el Consejo de Seguridad pueden solicitar una opinión consultiva de la Corte sobre cualquier cuestión jurídica. Otros órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados, con autorización de la Asamblea General, pueden solicitar opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que correspondan al ámbito de sus actividades.

Ninguna persona individual, física o jurídica, podrá recurrir a la Corte, ni en la vía contenciosa ni en la consultiva.

Procedimiento contencioso: sentencias

Solamente los Estados pueden ser parte en los asuntos contenciosos planteados a la Corte Internacional de Justicia. La jurisdicción de la Corte está limitada a los asuntos en los que ambas partes han sometido su disputa a la Corte. Cada parte debe cumplir las obligaciones que le incumban como consecuencia del juicio emitido por la Corte, el Consejo de Seguridad puede ser invitado a "hacer recomendaciones o decidir sobre medidas" si así lo estima pertinente.

En la práctica, los poderes de la Corte se han visto limitados por la desgana de las partes condenadas en respetar las sentencias de la Corte, o por la imposibilidad del Consejo de Seguridad para imponer las consecuencias del juicio, muy especialmente si el fallo va en contra de los intereses de uno de los cinco países miembros del Consejo de Seguridad que tiene el poder del veto sobre cualquier decisión.

Sin embargo, en lo que concierne a las partes, un juicio de la Corte es vinculante, final y sin posibilidad de apelación y, como consecuencia de la firma de la Carta de las Naciones Unidas, cada Estado Miembro de las Naciones Unidas se compromete automáticamente a obedecer cualquier sentencia de la Corte Internacional de Justicia en un asunto en el cual sea parte. Asimismo, la Carta de las Naciones Unidas contempla en su artículo 94 párrafo segundo la posibilidad de los Estados de recurrir frente a un incumplimiento de una resolución de la Corte al Consejo de Seguridad, el cual tiene la potestad de hacer las recomendaciones o dictar medidas con el fin de que se cumpla lo fallado por parte de la Corte en el caso particular.

Por ejemplo, los Estados Unidos habían aceptado previamente la jurisdicción obligatoria de la Corte desde su creación en 1946, pero retiró su aceptación tras el juicio de 1984 que compelió a los Estados Unidos a "cesar y abstenerse" del "uso ilegal de la fuerza" contra el gobierno de Nicaragua. La Corte afirmó que los Estados Unidos se encontraban incursos "en una infracción de su obligación bajo el Derecho internacional consuetudinario de abstención del uso de la fuerza contra otro Estado" y le fue ordenado pagar compensaciones, aunque nunca cumplió su obligación.

A través de sus fallos, la Corte determina el alcance de los derechos y obligaciones de las partes en las controversias, a la vez se identifica, desde una perspectiva más general, el contenido y la correcta interpretación de la normatividad internacional. Estos fallos se toman por mayoría de votos de los magistrados presentes y, en caso de empate, decidirá el voto del Presidente.[3]

Los fallos solo son obligatorios para las partes en conflicto y respecto del caso que ha sido decidido. Asimismo, este será definitivo e inapelable, pero en caso de desacuerdo sobre su sentido o alcance, la Corte podrá interpretarlo a solicitud de cualquiera de las partes; esto no significa que se cambiará la sustancia de la resolución. Por otro lado, la revisión del fallo de la Corte solo puede pedirse cuando la solicitud esté fundada en el descubrimiento de un hecho que pueda ser factor decisivo y que, al pronunciarse el fallo, hubiere sido desconocido por la Corte y de la parte que pide su revisión, siempre que ello no se deba a negligencia de la parte que la pidió[4]​. Los fallos de la Corte pueden contener disposiciones de diversa naturaleza, y pueden tener carácter declarativo, en el cual no implica, necesariamente, que los Estados parte en la controversia no deban posteriormente efectuar acciones específicas para darle efectividad a lo resuelto; o un carácter prescriptivo en el cual se ordenan acciones específicas, ya sea de hacer o no hacer a una o ambas partes en la controversia[5]​. Cabe destacar que la Corte no tiene dentro de sus competencias la tarea de verificar la efectiva ejecución de sus fallos por parte de los Estados. Por lo que le corresponde a las partes en el litigio cumplir sus obligaciones internacionales dándole efectividad al fallo conforme a los términos dispuesto por la Corte. Estas obligaciones se le atribuyen directamente al Estado y no a sus diversos órganos o subdivisiones que pudieran haber generado la controversia. Sin embargo, en sus fallos la Corte podrá ordenar algunas medidas específicas en las que se haga referencia a estos órganos o subdivisiones[6]​.

En caso que un Estado incumpla con lo dispuesto en un fallo de la Corte, la otra parte en la controversia tendrá el derecho de recurrir al Consejo de Seguridad,[7]​ pero no estará obligado a hacerlo si así lo considera.

Puede darse el caso que el Estado en cuestión prefiera dejar de lado lo dispuesto por la Corte en su fallo e inicie negociaciones directas con el otro Estado y finalmente lleguen a un acuerdo cuyo contenido difiera de lo resuelto por ésta[8]​. Ello no significa que el fallo pierda su carácter obligatorio.

La Carta únicamente atribuye a la parte en el litigio la posibilidad de acudir al Consejo de Seguridad para exigir a la otra parte el cumplimiento de las obligaciones derivadas del fallo. Con ello se otorga un carácter excluyente a este mecanismo, ya que ningún otro Estado, ni órgano de Naciones Unidas, podrá activar este mecanismo a fin de que el Consejo de Seguridad pueda asumir competencia sobre el particular.[9]

Procedimiento consultivo: dictámenes

Los dictámenes o consultivas son realizadas en una función de la Corte que solo está abierta a ciertos organismos y agencias de las Naciones Unidas. Al recibir una consulta, la Corte decide acerca de qué Estados y organizaciones pueden proporcionar información útil y les da la oportunidad de presentar declaración de forma oral o escrita. El procedimiento consultivo de la Corte está diseñado con base en el procedimiento contencioso y por lo tanto las fuentes de derecho aplicables son las mismas en ambos procedimientos. A menos que se haya pactado que el fallo sea vinculante, en principio los dictámenes de la Corte son de carácter consultivo y por lo tanto no son vinculantes para las partes que los solicitan. Sin embargo, ciertas normas o instrumentos pueden adelantar a las partes que la opinión resultante será vinculante.

La Corte tiene la facultad de emitir opiniones consultivas, pero no está obligada a responder las solicitudes de opiniones consultivas, aun cuando se hayan cubierto los requisitos que respalden su competencia consultiva. Para ejercer con discreción esa función judicial, la Corte tiene en cuenta consideraciones de carácter fáctico, normativo e incluso político; todas esas variables confluyen en una cuestión principal: salvaguardar la integridad y la independencia de la Corte como un tribunal de justicia. Esto ha establecido una especie de obligación prima facie de cooperar con los entes autorizados para plantear cuestiones jurídicas y de esa forma participar en las actividades de la Organización, a menos de que existan razones decisivas para negarse a responder.[10]​ La Asamblea General ha solicitado opiniones de la Corte en relación con numerosos asuntos que han sido examinados por la Corte, mientras que el Consejo de Seguridad solo lo ha hecho una vez  La Corte ha recibido también solicitudes de otros órganos u organismos de Naciones Unidas autorizados por la Asamblea General para plantear cuestiones jurídicas que surjan dentro del ámbito de sus  actividades, como la Organización Mundial de la Salud, la UNESCO, la Organización Marítima Internacional y el Consejo Económico y Social[11]​.

Casos notables

Algunos ejemplos de asuntos puestos en consideración de la Corte Internacional de Justicia: [12]

Ejemplos de dictámenes:

  • El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 8 de julio de 1996 sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares;
  • El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 9 de julio de 2004 sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado.

Magistrados

La Corte está integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, en votaciones democráticas. Se los elige por sus méritos y si fallece en funciones se buscará que sea de la misma nacionalidad, y se intenta que estén representados en la Corte los principales sistemas jurídicos del mundo. No puede haber dos magistrados que sean nacionales de un mismo Estado. Los magistrados cumplen mandatos de nueve años y pueden ser reelegidos. No pueden dedicarse a ninguna otra ocupación mientras dure su mandato. No pueden tampoco participar en la decisión de ningún asunto en que hayan intervenido anteriormente como agentes, consejeros o abogados de cualquiera de las partes, o como miembros de un tribunal nacional o internacional o de una comisión investigadora, o en cualquier otra calidad. Un tercio de la Corte es elegido cada tres años. Cada uno de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (los Estados Unidos, Francia, el Reino Unido, la República Popular de China y Rusia) tiene siempre un juez en la Corte Mundial.

La elección se realiza a través de un régimen de doble escrutinio. Para que una persona sea elegida para integrar la Corte, es necesario que haya contado con una mayoría absoluta de votos en la Asamblea General de las Naciones Unidas y en el Consejo de Seguridad.

En 1889 se creó la Corte Permanente de Arbitraje, que es una lista de nombres, cuatro propuestos por cada Estado, de la cual pueden las partes en un conflicto escoger árbitros.

Por lo común, la Corte celebra sesiones plenarias, pero también puede constituir unidades más pequeñas, denominadas "salas", cuando las partes lo soliciten. Las decisiones sometidas a la Corte se deciden por la mayoría de los jueces presentes pero las sentencias dictadas por las salas se consideran dictadas por la Corte en pleno. La Corte ha constituido además una Sala de Asuntos Ambientales.

Juramento

Los magistrados deben realizar, en la primera audiencia pública en la que el miembro del Tribunal esté presente, el siguiente juramento o declaración solemne:[13]

«Declaro solemnemente que cumpliré mis deberes y ejerceré mis atribuciones de juez, honrada y fielmente, con absoluta imparcialidad y con toda conciencia».

Presidentes

# Presidente Inicio Fin
1   José Gustavo Guerrero 1946 1949
2   Jules Basdevant 1949 1952
3   Arnold McNair 1952 1955
4   Green Hackworth 1955 1958
5   Helge Klæstad 1958 1961
6   Bohdan Winiarski 1961 1964
7   Percy Spender 1964 1967
8   José Luis Bustamante y Rivero 1967 1970
9   Muhammad Zafarullah Khan 1970 1973
10   Manfred Lachs 1973 1976
11   Eduardo Jiménez de Aréchaga 1976 1979
12   Humphrey Waldock 1979 1981
13   Taslim Elias 1982 1985
14   Nagendra Singh 1985 1988
15   José María Ruda 1988 1991
16   Robert Jennings 1991 1994
17   Mohammed Bedjaoui 1994 1997
18   Stephen Schwebel 1997 2000
19   Gilbert Guillaume 2000 2003
20   Shi Jiuyong 2003 2006
21   Rosalyn Higgins 2006 2009
22   Hisashi Owada 2009 2012
23   Peter Tomka 2012 2015
24   Ronny Abraham 2015 2018
25   Abdulqawi Ahmed Yusuf 2018 2021
26   Joan Donoghue 2021

Composición actual

La composición de la Corte Internacional de Justicia al 7 de febrero de 2018 es la siguiente:[14]

Nombre País de procedencia Cargo Fecha de nombramiento Fecha de salida
Joan Donoghue   Estados Unidos Presidenta 2010 2024
Xue Hanqin China  China Vicepresidente 2010 2021
Hisashi Owada Japón  Japón Miembro 2003 2021
Peter Tomka Eslovaquia  Eslovaquia 2003 2021
Ronny Abraham   Francia 2005 2027
Mohamed Bennouna Marruecos  Marruecos 2006 2024
Antônio Augusto Cançado Trindade Brasil  Brasil 2009 2027
Abdulqawi Ahmed Yusuf   Somalia 2009 2027
Giorgio Gaja Italia  Italia 2012 2021
Julia Sebutinde Uganda  Uganda 2012 2021
Dalveer Bhandari   India 2012 2021
James Crawford   Australia 2015 2024
Kirill Gevorgian Rusia  Rusia 2015 2024
Patrick Lipton Robinson   Jamaica 2015 2024
Nawaf Salam Líbano  Líbano 2018 2027

Jurisprudencia

La jurisprudencia internacional no es una fuente del Derecho, es decir, no crea derecho, sino que es solo un «medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho» (art. 38, 1, d) del Estatuto de la CIJ). Los dictámenes, junto con las decisiones en asuntos contenciosos, forman parte de esta jurisprudencia internacional, que tiene como principal función la de servir como elemento de interpretación del Derecho Internacional. La CIJ ha hecho en la práctica un uso indistinto como precedentes de sus dictámenes y sentencias, tratando a ambos tipos de resoluciones en pie de igualdad. Ambas, por tanto, son igualmente jurisprudencia. Ello se producía ya en la Corte Permanente de Justicia Internacional, que también podía dictar tanto dictámenes como sentencias.[15]

Limitaciones de la acción de la Corte Internacional de Justicia

Desde su creación el tribunal se ha mantenido al margen de los grandes conflictos entre estados, los más sensibles políticamente, porque los estados no los han llevado ante la Corte. Su acción se ha limitado a conflictos menores. A veces la Corte Internacional de Justicia ha tenido un papel disuasivo, de forma que los estados en conflicto han acabado para llegar a un acuerdo: este fue el caso del procedimiento sobre Ciertas tierras con fosfatos en Nauru[16]​ que enfrentó a Nauru y Australia en 1989 y que finalmente se resolvió en 1993 al desistir ambas partes de continuar el proceso.[17]​ Durante la década de 1970, muchos estados se negaron a comparecer ante la Corte Internacional de Justicia y otros retiraron su declaración voluntaria sobre la jurisdicción obligatoria después de que se produjeran decisiones desfavorables a sus intereses, como fue por ejemplo el caso de Francia en 1974 después de los casos sobre los ensayos nucleares planteados por Australia y Nueva Zelanda[18][19]​ o de los Estados Unidos lo 1986 después de la resolución del caso de las actividades militares y paramilitares a Nicaragua.[20]

La Corte Internacional de Justicia no es el único medio de resolución pacífica de las controversias que hay a disposición de los Estados, el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas enumera otros: Las partes en cualquier controversia la continuación de la cual sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales tendrán que buscar solución, en primer lugar, mediante negociación, encuesta, mediación, conciliación, arbitraje, arreglo judicial, recurso a organismos o acuerdos regionales o cualquier otro medio pacífico que escojan.[21]

La proliferación de órganos judiciales internacionales también ha contribuido a limitar el campo de acción de la Corte Internacional de Justicia. Podemos citar el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 firmada en Montego Bay (Jamaica) el 10 de diciembre,[22]​ que incide directamente sobre las competencias de la Corte en cuanto a la delimitación marítima. La creación de tribunales específicos como el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia creado en 1993[23]​ o Tribunal Penal Internacional para Ruanda creado en 1994[24]​ y el inicio de las actividades en 2002[25]​ de la Corte Penal Internacional (CPI) también puede introducir conflictos de competencia.

Véase también

Referencias

  1. Raimondo, Fabián O. Corte Internacional de Justicia, derecho internacional humanitario y crimen internacional de genocidio. Universidad Nacional de La Plata. Consultado el 21 de noviembre de 2020. 
  2. Corte Internacional de Justicia (sf). "Funcionamiento de la Corte" [en digital]. Disponible en http://www.un.org/es/icj/how.shtml. Consultado el 29 de junio de 2015.
  3. Bonifaz, Tweddle, Gonzalo (2012). «La ejecución de los fallos de la Corte Internacional de Justicia». Revista Española de Derecho Internacional: 296. 
  4. Bonifaz, Tweddle, Gonzalo (2012). «La ejecución de los fallos de la Corte Internacional de Justicia». Revista Española de Derecho Internacional: 296. 
  5. Bonifaz, Tweddle, Gonzalo (2012). «La ejecución de los fallos de la Corte Internacional de Justicia». Revista Española de Derecho Internacional: 297. 
  6. Bonifaz, Tweddle, Gonzalo (2012). «La ejecución de los fallos de la Corte Internacional de Justicia». Revista Española de Derecho Internacional: 304. 
  7. Bonifaz, Tweddle, Gonzalo (2012). «La ejecución de los fallos de la Corte Internacional de Justicia». Revista Española de Derecho Internacional: 305. 
  8. Bonifaz, Tweddle, Gonzalo (2012). «La ejecución de los fallos de la Corte Internacional de Justicia». Revista Española de Derecho Internacional: 305. 
  9. Bonifaz, Tweddle, Gonzalo (2012). «La ejecución de los fallos de la Corte Internacional de Justicia». Revista Española de Derecho Internacional: 311. 
  10. Espósito, Carlos (2011). «El discreto ejercicio de la función consultiva de la Corte Internacional de Justicia en el asunto de Kosovo». Revista Española de Derecho Internacional. 
  11. Espósito, Carlos (2011). «El discreto ejercicio de la función consultiva de la Corte Internacional de Justicia en el asunto de Kosovo». Revista Española de Derecho Internacional. 
  12. «List of All Cases | International Court of Justice». www.icj-cij.org. Consultado el 21 de noviembre de 2020. 
  13. Reglamento del Tribunal Internacional de Justicia el 30 de noviembre de 2012 en Wayback Machine. Artículo 3.
  14. ICJ. (en inglés). Archivado desde el original el 13 de diciembre de 2008. Consultado el 18 de abril de 2015. 
  15. Véase Manuel Díez de Velasco, Instituciones de Derecho Internacional Público, Tecnos, Madrid, 1988, vol. I, pág. 98:
    Quedan aún por precisar algunas cuestiones respecto de la jurisprudencia. De ellas queremos hacer referencia, en primer lugar, a la existencia dentro de la emitida por la Corte Permanente de Justicia Internacional y la Corte Internacional de Justicia de dos claras categorías desde el punto de vista del Estatuto. Me refiero a la distinción entre sentencias y dictámenes de la Corte, cuyo valor vinculante es bien distinto. Ahora bien, la situación de hecho es también diferente, especialmente por el uso indistinto como precedentes que la Corte ha venido haciendo de sus sentencias y dictámenes. Ello ya fue señalado por De Visscher en su curso en la Academia de La Haya de 1939 (Visscher, Ch. «Les Avis Consultatifs de la CPJI», en Recueil des Cours de l'Académie de Droit International de La Haye, 1929, I, n. 26, p. 60) y ha sido desarrollado más tarde por Sörensen, avalándole con la doctrina de la propia Corte Permanente en los asuntos del Lotus y de la Alta Silesia y en el dictamen sobre la Comisión Europea del Danubio. Sörensen sienta la afirmación categórica de que para los efectos de uso de precedentes la Corte trata en pie de igualdad sentencias y dictámenes (Sörensen, M. Les sources du Droit International, Copenhague, 1946, p. 168), afirmación que nos parece en extremo convincente.»
  16. Certain phosphate lands in Nauru, Nauru contra Australia, 19 de mayo del 1989. Corte Internacional de Justicia
  17. Certaines tierras à phosphate à Nauru (Nauru c. Australie). Désistement, Comunicado de prensa 93/29 de la Corte Internacional de Justicia. 13 de septiembre del 1993.
  18. Essais nucléaires (Australie c. France; Nouvelle-Zélande c. France), Nota de prensa 74/13 de la Corte Internacional de Justicia. 20 de diciembre del 1974
  19. Essais nucléaires (Australie c. France, Nota de prensa 74/12 de la Corte Internacional de Justicia. 20 de diciembre del 1974
  20. Activités militaires et paramilitaires ave Nicaragua te contre celui-ci (Nicaragua c. Etats-Unis de Amérique) (enlace roto disponible en )., Nota de prensa 86/8 de la Corte Internacional de Justicia. 27 de junio del 1986
  21. Carta de las Naciones Unidas (enlace roto disponible en )., Butlletí Oficial del Principat d'Andorra, Núm. 64, 29 de novembre del 1993, pàg. 1116. En catalán.
  22. Tribunal Internacional del Derecho de Mar (ed.). «General Information - Overview Introduction» (en inglés). Consultado el 29 de mayo de 2011. 
  23. Consejo de Seguridad de la ONU, ed. (25 de mayo de 1993). «Resolución 827» (en inglés). Consultado el 13 de febrero de 2010. 
  24. Consejo de Seguridad de la ONU, ed. (8 de noviembre de 1994). «RESOLUTION 955 (1994)» (en inglés). Consultado el 29 de mayo de 2011. 
  25. Corte Penal Internacional (ed.). «About the Court» (en inglés). Consultado el 29 de mayo de 2011. 

Enlaces externos

  • Resúmenes de los fallos, opiniones consultivas y providencias de la Corte Internacional de Justicia en español (1948-2016)
  • Incluye el Estatuto y el Reglamento de la CIJ, así como un resumen de sus fallos, opiniones consultivas y providencias, entre otros documentos.
  • Organigrama de las Naciones Unidas
  •   Datos: Q7801
  •   Multimedia: International Court of Justice

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La Corte Internacional de Justicia CIJ tambien llamada Tribunal Internacional de Justicia es el principal organo judicial de las Naciones Unidas Fue establecida en 1945 en La Haya Paises Bajos siendo la continuadora a partir de 1946 de la Corte Permanente de Justicia Internacional Corte Internacional de Justicia de La HayaSello oficial Sede de la Corte Internacional de Justicia Palacio de la Paz en La Haya Informacion generalAmbitoPaises BajosTipoTribunal de Justicia internacional agencia especializada de la ONUAcronimoCIJSedePalacio de la Paz en La Haya Paises Bajos Fundacion1945JurisdiccionInternacionalOrganizacionPresidenteJoan DonoghueVicepresidenteKirill GevorgianComposicionVease Composicion actualDependiente deSistema de las Naciones Unidas y Organizacion de las Naciones UnidasHistoricoCorte Permanente de Justicia Internacional Corte Internacional de JusticiaSitio web editar datos en Wikidata Llama de la Paz Mundial junto al Palacio de la Paz Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados procedimiento contencioso y emitir dictamenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestion juridica que le sea planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas procedimiento consultivo El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia forma parte integral de dicha Carta situada en su capitulo XIV En virtud del articulo 30 del Estatuto la Corte adopto el 14 de abril de 1978 un reglamento mediante el cual se determino la manera de ejercer sus funciones y en particular sus reglas de procedimiento Los idiomas oficiales de la corte son el frances y el ingles La Corte Internacional de Justicia funciona en la Haya Paises Bajos desde 1946 es un organo judicial establecido por la Carta de Naciones Unidas firmada en 1945 esta integrada por 15 jueces quienes deben resolver las controversias juridicas entre Estados que esten bajo su jurisdiccion de conformidad con el derecho internacional La constitucion de este organismo se fundamenta en la conciliacion pacifica de las discusiones acontecidas en materia Internacional por lo que rige bajo el ordenamiento juridico establecido en el Articulo 33 de la Carta de Naciones Unidas donde se disponen diferentes mecanismos de concertacion ante posibles situaciones donde pueda ponerse en riesgo la armonia y la estabilidad de las relaciones internacionales 1 Indice 1 Procedimientos ante la Corte Internacional de Justicia 1 1 Procedimiento contencioso sentencias 1 2 Procedimiento consultivo dictamenes 2 Casos notables 3 Magistrados 3 1 Juramento 3 2 Presidentes 3 3 Composicion actual 4 Jurisprudencia 5 Limitaciones de la accion de la Corte Internacional de Justicia 6 Vease tambien 7 Referencias 8 Enlaces externosProcedimientos ante la Corte Internacional de Justicia EditarExisten dos tipos de procedimientos dentro de la CIJ el contencioso para disputas entre Estados y el consultivo para aclaraciones juridicas a organos de la ONU 2 Pueden recurrir a la Corte de justicia en materia contenciosa todos los Estados que sean parte en su Estatuto lo que incluye automaticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General por recomendacion del Consejo de Seguridad Otros Estados no Miembros de las Naciones Unidas y no partes en el Estatuto pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad segun la Resolucion 9 del 15 de octubre de 1946 Ademas el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte Tanto la Asamblea General como el Consejo de Seguridad pueden solicitar una opinion consultiva de la Corte sobre cualquier cuestion juridica Otros organos de las Naciones Unidas y los organismos especializados con autorizacion de la Asamblea General pueden solicitar opiniones consultivas sobre cuestiones juridicas que correspondan al ambito de sus actividades Ninguna persona individual fisica o juridica podra recurrir a la Corte ni en la via contenciosa ni en la consultiva Procedimiento contencioso sentencias Editar Solamente los Estados pueden ser parte en los asuntos contenciosos planteados a la Corte Internacional de Justicia La jurisdiccion de la Corte esta limitada a los asuntos en los que ambas partes han sometido su disputa a la Corte Cada parte debe cumplir las obligaciones que le incumban como consecuencia del juicio emitido por la Corte el Consejo de Seguridad puede ser invitado a hacer recomendaciones o decidir sobre medidas si asi lo estima pertinente En la practica los poderes de la Corte se han visto limitados por la desgana de las partes condenadas en respetar las sentencias de la Corte o por la imposibilidad del Consejo de Seguridad para imponer las consecuencias del juicio muy especialmente si el fallo va en contra de los intereses de uno de los cinco paises miembros del Consejo de Seguridad que tiene el poder del veto sobre cualquier decision Sin embargo en lo que concierne a las partes un juicio de la Corte es vinculante final y sin posibilidad de apelacion y como consecuencia de la firma de la Carta de las Naciones Unidas cada Estado Miembro de las Naciones Unidas se compromete automaticamente a obedecer cualquier sentencia de la Corte Internacional de Justicia en un asunto en el cual sea parte Asimismo la Carta de las Naciones Unidas contempla en su articulo 94 parrafo segundo la posibilidad de los Estados de recurrir frente a un incumplimiento de una resolucion de la Corte al Consejo de Seguridad el cual tiene la potestad de hacer las recomendaciones o dictar medidas con el fin de que se cumpla lo fallado por parte de la Corte en el caso particular Por ejemplo los Estados Unidos habian aceptado previamente la jurisdiccion obligatoria de la Corte desde su creacion en 1946 pero retiro su aceptacion tras el juicio de 1984 que compelio a los Estados Unidos a cesar y abstenerse del uso ilegal de la fuerza contra el gobierno de Nicaragua La Corte afirmo que los Estados Unidos se encontraban incursos en una infraccion de su obligacion bajo el Derecho internacional consuetudinario de abstencion del uso de la fuerza contra otro Estado y le fue ordenado pagar compensaciones aunque nunca cumplio su obligacion A traves de sus fallos la Corte determina el alcance de los derechos y obligaciones de las partes en las controversias a la vez se identifica desde una perspectiva mas general el contenido y la correcta interpretacion de la normatividad internacional Estos fallos se toman por mayoria de votos de los magistrados presentes y en caso de empate decidira el voto del Presidente 3 Los fallos solo son obligatorios para las partes en conflicto y respecto del caso que ha sido decidido Asimismo este sera definitivo e inapelable pero en caso de desacuerdo sobre su sentido o alcance la Corte podra interpretarlo a solicitud de cualquiera de las partes esto no significa que se cambiara la sustancia de la resolucion Por otro lado la revision del fallo de la Corte solo puede pedirse cuando la solicitud este fundada en el descubrimiento de un hecho que pueda ser factor decisivo y que al pronunciarse el fallo hubiere sido desconocido por la Corte y de la parte que pide su revision siempre que ello no se deba a negligencia de la parte que la pidio 4 Los fallos de la Corte pueden contener disposiciones de diversa naturaleza y pueden tener caracter declarativo en el cual no implica necesariamente que los Estados parte en la controversia no deban posteriormente efectuar acciones especificas para darle efectividad a lo resuelto o un caracter prescriptivo en el cual se ordenan acciones especificas ya sea de hacer o no hacer a una o ambas partes en la controversia 5 Cabe destacar que la Corte no tiene dentro de sus competencias la tarea de verificar la efectiva ejecucion de sus fallos por parte de los Estados Por lo que le corresponde a las partes en el litigio cumplir sus obligaciones internacionales dandole efectividad al fallo conforme a los terminos dispuesto por la Corte Estas obligaciones se le atribuyen directamente al Estado y no a sus diversos organos o subdivisiones que pudieran haber generado la controversia Sin embargo en sus fallos la Corte podra ordenar algunas medidas especificas en las que se haga referencia a estos organos o subdivisiones 6 En caso que un Estado incumpla con lo dispuesto en un fallo de la Corte la otra parte en la controversia tendra el derecho de recurrir al Consejo de Seguridad 7 pero no estara obligado a hacerlo si asi lo considera Puede darse el caso que el Estado en cuestion prefiera dejar de lado lo dispuesto por la Corte en su fallo e inicie negociaciones directas con el otro Estado y finalmente lleguen a un acuerdo cuyo contenido difiera de lo resuelto por esta 8 Ello no significa que el fallo pierda su caracter obligatorio La Carta unicamente atribuye a la parte en el litigio la posibilidad de acudir al Consejo de Seguridad para exigir a la otra parte el cumplimiento de las obligaciones derivadas del fallo Con ello se otorga un caracter excluyente a este mecanismo ya que ningun otro Estado ni organo de Naciones Unidas podra activar este mecanismo a fin de que el Consejo de Seguridad pueda asumir competencia sobre el particular 9 Procedimiento consultivo dictamenes Editar Los dictamenes o consultivas son realizadas en una funcion de la Corte que solo esta abierta a ciertos organismos y agencias de las Naciones Unidas Al recibir una consulta la Corte decide acerca de que Estados y organizaciones pueden proporcionar informacion util y les da la oportunidad de presentar declaracion de forma oral o escrita El procedimiento consultivo de la Corte esta disenado con base en el procedimiento contencioso y por lo tanto las fuentes de derecho aplicables son las mismas en ambos procedimientos A menos que se haya pactado que el fallo sea vinculante en principio los dictamenes de la Corte son de caracter consultivo y por lo tanto no son vinculantes para las partes que los solicitan Sin embargo ciertas normas o instrumentos pueden adelantar a las partes que la opinion resultante sera vinculante La Corte tiene la facultad de emitir opiniones consultivas pero no esta obligada a responder las solicitudes de opiniones consultivas aun cuando se hayan cubierto los requisitos que respalden su competencia consultiva Para ejercer con discrecion esa funcion judicial la Corte tiene en cuenta consideraciones de caracter factico normativo e incluso politico todas esas variables confluyen en una cuestion principal salvaguardar la integridad y la independencia de la Corte como un tribunal de justicia Esto ha establecido una especie de obligacion prima facie de cooperar con los entes autorizados para plantear cuestiones juridicas y de esa forma participar en las actividades de la Organizacion a menos de que existan razones decisivas para negarse a responder 10 La Asamblea General ha solicitado opiniones de la Corte en relacion con numerosos asuntos que han sido examinados por la Corte mientras que el Consejo de Seguridad solo lo ha hecho una vez La Corte ha recibido tambien solicitudes de otros organos u organismos de Naciones Unidas autorizados por la Asamblea General para plantear cuestiones juridicas que surjan dentro del ambito de sus actividades como la Organizacion Mundial de la Salud la UNESCO la Organizacion Maritima Internacional y el Consejo Economico y Social 11 Casos notables EditarArticulo principal Anexo Casos de la Corte Internacional de Justicia Algunos ejemplos de asuntos puestos en consideracion de la Corte Internacional de Justicia 12 Personal diplomatico y consular de los Estados Unidos en Teheran Estados Unidos contra Iran Ano 1979 Solicitud de revision e interpretacion del fallo de 24 de febrero de 1982 en la causa relativa a la plataforma continental Tunez y la Jamahiriya Arabe Libia Ano 1984 Delimitacion de la frontera maritima en la region del Golfo de Maine Ano 1981 Haya de la Torre Colombia contra Peru Ano 1950 Fabricas de celulosas en el Rio Uruguay Ano 2005 Solicitud de interpretacion del fallo de 15 de junio de 1962 en el caso relativo al templo de Preah Vihear Camboya contra Tailandia Ano 2011 Controversia Territorial y Delimitacion Maritima Colombia contra Nicaragua Ano 2001 Controversia Maritima Chile Contra Peru Ano 2008 Controversia sobre la negociacion maritima entre Bolivia y Chile Ano 2013 Ejemplos de dictamenes El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 8 de julio de 1996 sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 9 de julio de 2004 sobre las consecuencias juridicas de la construccion de un muro en el territorio palestino ocupado Magistrados EditarLa Corte esta integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad en votaciones democraticas Se los elige por sus meritos y si fallece en funciones se buscara que sea de la misma nacionalidad y se intenta que esten representados en la Corte los principales sistemas juridicos del mundo No puede haber dos magistrados que sean nacionales de un mismo Estado Los magistrados cumplen mandatos de nueve anos y pueden ser reelegidos No pueden dedicarse a ninguna otra ocupacion mientras dure su mandato No pueden tampoco participar en la decision de ningun asunto en que hayan intervenido anteriormente como agentes consejeros o abogados de cualquiera de las partes o como miembros de un tribunal nacional o internacional o de una comision investigadora o en cualquier otra calidad Un tercio de la Corte es elegido cada tres anos Cada uno de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad los Estados Unidos Francia el Reino Unido la Republica Popular de China y Rusia tiene siempre un juez en la Corte Mundial La eleccion se realiza a traves de un regimen de doble escrutinio Para que una persona sea elegida para integrar la Corte es necesario que haya contado con una mayoria absoluta de votos en la Asamblea General de las Naciones Unidas y en el Consejo de Seguridad En 1889 se creo la Corte Permanente de Arbitraje que es una lista de nombres cuatro propuestos por cada Estado de la cual pueden las partes en un conflicto escoger arbitros Por lo comun la Corte celebra sesiones plenarias pero tambien puede constituir unidades mas pequenas denominadas salas cuando las partes lo soliciten Las decisiones sometidas a la Corte se deciden por la mayoria de los jueces presentes pero las sentencias dictadas por las salas se consideran dictadas por la Corte en pleno La Corte ha constituido ademas una Sala de Asuntos Ambientales Juramento Editar Los magistrados deben realizar en la primera audiencia publica en la que el miembro del Tribunal este presente el siguiente juramento o declaracion solemne 13 Declaro solemnemente que cumplire mis deberes y ejercere mis atribuciones de juez honrada y fielmente con absoluta imparcialidad y con toda conciencia Presidentes Editar Presidente Inicio Fin1 Jose Gustavo Guerrero 1946 19492 Jules Basdevant 1949 19523 Arnold McNair 1952 19554 Green Hackworth 1955 19585 Helge Klaestad 1958 19616 Bohdan Winiarski 1961 19647 Percy Spender 1964 19678 Jose Luis Bustamante y Rivero 1967 19709 Muhammad Zafarullah Khan 1970 197310 Manfred Lachs 1973 197611 Eduardo Jimenez de Arechaga 1976 197912 Humphrey Waldock 1979 198113 Taslim Elias 1982 198514 Nagendra Singh 1985 198815 Jose Maria Ruda 1988 199116 Robert Jennings 1991 199417 Mohammed Bedjaoui 1994 199718 Stephen Schwebel 1997 200019 Gilbert Guillaume 2000 200320 Shi Jiuyong 2003 200621 Rosalyn Higgins 2006 200922 Hisashi Owada 2009 201223 Peter Tomka 2012 201524 Ronny Abraham 2015 201825 Abdulqawi Ahmed Yusuf 2018 202126 Joan Donoghue 2021Composicion actual Editar La composicion de la Corte Internacional de Justicia al 7 de febrero de 2018 es la siguiente 14 Nombre Pais de procedencia Cargo Fecha de nombramiento Fecha de salidaJoan Donoghue Estados Unidos Presidenta 2010 2024Xue Hanqin China China Vicepresidente 2010 2021Hisashi Owada Japon Japon Miembro 2003 2021Peter Tomka Eslovaquia Eslovaquia 2003 2021Ronny Abraham Francia 2005 2027Mohamed Bennouna Marruecos Marruecos 2006 2024Antonio Augusto Cancado Trindade Brasil Brasil 2009 2027Abdulqawi Ahmed Yusuf Somalia 2009 2027Giorgio Gaja Italia Italia 2012 2021Julia Sebutinde Uganda Uganda 2012 2021Dalveer Bhandari India 2012 2021James Crawford Australia 2015 2024Kirill Gevorgian Rusia Rusia 2015 2024Patrick Lipton Robinson Jamaica 2015 2024Nawaf Salam Libano Libano 2018 2027Jurisprudencia EditarLa jurisprudencia internacional no es una fuente del Derecho es decir no crea derecho sino que es solo un medio auxiliar para la determinacion de las reglas de derecho art 38 1 d del Estatuto de la CIJ Los dictamenes junto con las decisiones en asuntos contenciosos forman parte de esta jurisprudencia internacional que tiene como principal funcion la de servir como elemento de interpretacion del Derecho Internacional La CIJ ha hecho en la practica un uso indistinto como precedentes de sus dictamenes y sentencias tratando a ambos tipos de resoluciones en pie de igualdad Ambas por tanto son igualmente jurisprudencia Ello se producia ya en la Corte Permanente de Justicia Internacional que tambien podia dictar tanto dictamenes como sentencias 15 Limitaciones de la accion de la Corte Internacional de Justicia EditarDesde su creacion el tribunal se ha mantenido al margen de los grandes conflictos entre estados los mas sensibles politicamente porque los estados no los han llevado ante la Corte Su accion se ha limitado a conflictos menores A veces la Corte Internacional de Justicia ha tenido un papel disuasivo de forma que los estados en conflicto han acabado para llegar a un acuerdo este fue el caso del procedimiento sobre Ciertas tierras con fosfatos en Nauru 16 que enfrento a Nauru y Australia en 1989 y que finalmente se resolvio en 1993 al desistir ambas partes de continuar el proceso 17 Durante la decada de 1970 muchos estados se negaron a comparecer ante la Corte Internacional de Justicia y otros retiraron su declaracion voluntaria sobre la jurisdiccion obligatoria despues de que se produjeran decisiones desfavorables a sus intereses como fue por ejemplo el caso de Francia en 1974 despues de los casos sobre los ensayos nucleares planteados por Australia y Nueva Zelanda 18 19 o de los Estados Unidos lo 1986 despues de la resolucion del caso de las actividades militares y paramilitares a Nicaragua 20 La Corte Internacional de Justicia no es el unico medio de resolucion pacifica de las controversias que hay a disposicion de los Estados el articulo 33 de la Carta de las Naciones Unidas enumera otros Las partes en cualquier controversia la continuacion de la cual sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales tendran que buscar solucion en primer lugar mediante negociacion encuesta mediacion conciliacion arbitraje arreglo judicial recurso a organismos o acuerdos regionales o cualquier otro medio pacifico que escojan 21 La proliferacion de organos judiciales internacionales tambien ha contribuido a limitar el campo de accion de la Corte Internacional de Justicia Podemos citar el Tribunal Internacional del Derecho del Mar creado por la Convencion de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 firmada en Montego Bay Jamaica el 10 de diciembre 22 que incide directamente sobre las competencias de la Corte en cuanto a la delimitacion maritima La creacion de tribunales especificos como el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia creado en 1993 23 o Tribunal Penal Internacional para Ruanda creado en 1994 24 y el inicio de las actividades en 2002 25 de la Corte Penal Internacional CPI tambien puede introducir conflictos de competencia Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Naciones Unidas Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia Tribunal Penal Internacional para Ruanda Corte Penal Internacional Corte Permanente de Justicia Internacional Declaracion Universal de Derechos Humanos Carta Internacional de Derechos Humanos Pacto de BogotaReferencias Editar Raimondo Fabian O Corte Internacional de Justicia derecho internacional humanitario y crimen internacional de genocidio Universidad Nacional de La Plata Consultado el 21 de noviembre de 2020 Corte Internacional de Justicia sf Funcionamiento de la Corte en digital Disponible en http www un org es icj how shtml Consultado el 29 de junio de 2015 Bonifaz Tweddle Gonzalo 2012 La ejecucion de los fallos de la Corte Internacional de Justicia Revista Espanola de Derecho Internacional 296 Bonifaz Tweddle Gonzalo 2012 La ejecucion de los fallos de la Corte Internacional de Justicia 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Internacional de Justicia en el asunto de Kosovo Revista Espanola de Derecho Internacional List of All Cases International Court of Justice www icj cij org Consultado el 21 de noviembre de 2020 Reglamento del Tribunal Internacional de Justicia Archivado el 30 de noviembre de 2012 en Wayback Machine Articulo 3 ICJ Current Members en ingles Archivado desde el original el 13 de diciembre de 2008 Consultado el 18 de abril de 2015 Vease Manuel Diez de Velasco Instituciones de Derecho Internacional Publico Tecnos Madrid 1988 vol I pag 98 Quedan aun por precisar algunas cuestiones respecto de la jurisprudencia De ellas queremos hacer referencia en primer lugar a la existencia dentro de la emitida por la Corte Permanente de Justicia Internacional y la Corte Internacional de Justicia de dos claras categorias desde el punto de vista del Estatuto Me refiero a la distincion entre sentencias y dictamenes de la Corte cuyo valor vinculante es bien distinto Ahora bien la situacion de hecho es tambien diferente especialmente por el uso indistinto como precedentes que la Corte ha venido haciendo de sus sentencias y dictamenes Ello ya fue senalado por De Visscher en su curso en la Academia de La Haya de 1939 Visscher Ch Les Avis Consultatifs de la CPJI en Recueil des Cours de l Academie de Droit International de La Haye 1929 I n 26 p 60 y ha sido desarrollado mas tarde por Sorensen avalandole con la doctrina de la propia Corte Permanente en los asuntos delLotusy de laAlta Silesiay en el dictamen sobre laComision Europea del Danubio Sorensen sienta la afirmacion categorica de que para los efectos de uso de precedentes la Corte trata en pie de igualdad sentencias y dictamenes Sorensen M Les sources du Droit International Copenhague 1946 p 168 afirmacion que nos parece en extremo convincente Certain phosphate lands in Nauru Nauru contra Australia 19 de mayo del 1989 Corte Internacional de Justicia Certaines tierras a phosphate a Nauru Nauru c Australie Desistement Comunicado de prensa 93 29 de la Corte Internacional de Justicia 13 de septiembre del 1993 Essais nucleaires Australie c France Nouvelle Zelande c France Nota de prensa 74 13 de la Corte Internacional de Justicia 20 de diciembre del 1974 Essais nucleaires Australie c France Nota de prensa 74 12 de la Corte Internacional de Justicia 20 de diciembre del 1974 Activites militaires et paramilitaires ave Nicaragua te contre celui ci Nicaragua c Etats Unis de Amerique enlace roto disponible en este archivo Nota de prensa 86 8 de la Corte Internacional de Justicia 27 de junio del 1986 Carta de las Naciones Unidas enlace roto disponible en este archivo Butlleti Oficial del Principat d Andorra Num 64 29 de novembre del 1993 pag 1116 En catalan Tribunal Internacional del Derecho de Mar ed General Information Overview Introduction en ingles Consultado el 29 de mayo de 2011 Consejo de Seguridad de la ONU ed 25 de mayo de 1993 Resolucion 827 en ingles Consultado el 13 de febrero de 2010 Consejo de Seguridad de la ONU ed 8 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