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Dirección General de Fondos Europeos

La Dirección General de Fondos Europeos (DGFE) de España es el órgano directivo del Ministerio de Hacienda y Función Pública que, bajo la responsabilidad del titular de la Secretaría General de Fondos Europeos, es responsable del control, seguimiento y evaluación de los fondos provenientes de la Unión Europea así como de los fondos que España aporta a la misma y los fondos entre las comunidades autónomas.

Dirección General de Fondos Europeos
Dirección General de Fondos Comunitarios

Logotipo de la Dirección General de Fondos Europeos


Sede de la Dirección General, que la comparte con el Ministerio de Economía y Empresa
Información general
Sigla DGFE
Ámbito España España
Jurisdicción España
Tipo Dirección General
Sede Paseo de la Castellana, 162
28071 Madrid
Organización
Director General Esperanza Teba Samblás Quintana
Dependiente de Secretaría General de Fondos Europeos
Entidad superior Ministerio de Hacienda y Función Pública
Historia
Fundación 12 de mayo de 2000 (21 años)
Sucesión
Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria
Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales
Dirección General de Fondos Europeos
Sitio web

Historia

La Dirección General de Fondos Europeos, también conocida por su nombre tradicional Dirección General de Fondos Comunitarios (DGFC) se creó en mayo del año 2000 bajo la denominación de Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial. Este nuevo órgano directivo asumía parte de las competencias de la extinta Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria y de la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales.[1]​ Originalmente se componía de seis subdirecciones generales.

Se mantuvo con estas competencias hasta abril de 2004 cuando pierde las competencias sobre financiación territorial, pues se crea una dirección general propia para estas competencias.[2]​ La DGFC se componía de la Subdirección General de Programación Territorial y Evaluación de Programas Comunitarios, de la a Subdirección General de Administración del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, de la Subdirección General de Fondos de Compensación y Cohesión, de la Subdirección General de Incentivos Regionales, y de la Subdirección General de Inspección y Control.[3]

Apenas un año más tarde, se consideró conveniente separar, dentro del ámbito competencial de la DGFC, las funciones de propuesta de los pagos comunitarios de la realización de controles de los citados programas comunitarios, hasta entonces desarrollados por las mismas unidades (las subdirecciones generales de Administración del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y la de Fondos de Compensación y Cohesión, en función de los fondos respectivos), de modo que en lo sucesivo las citadas subdirecciones generales se encargarían de la gestión de las citadas propuestas de pago, mientras que la Subdirección General de Inspección y Control, hasta entonces encargada solo del control de los programas de incentivos regionales, realice también el control de estas ayudas.[4]

Desde entonces este órgano directivo ha aumentado en competencias y estructura hasta llegar a la actual, sobre todo por los cambios legislativos en la Unión Europea, destacando la reforma de 2014[5]​ y la 2017 que modificó la denominación por la actual «de Fondos Europeos» y creó una nueva subdirección general.[6]​ En 2020 se adscribió a la nueva Secretaría General de Fondos Europeos.[7]

Funciones

 
Fondos Europeos de Desarrollo Regional para el periodo 2014-2020.

Sus funciones se regulan en el Artículo 2.3 del Real Decreto 1182/2020, de 29 de diciembre, y sus funciones son:[8]

  1. La definición de la posición española en las negociaciones para la aprobación y revisión de los sucesivos Marcos Financieros Plurianuales de la Unión Europea, sin perjuicio de las competencias de coordinación atribuidas en su ámbito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  2. El análisis, seguimiento y evaluación de los flujos financieros con la Unión Europea, incluida la elaboración y cifrado de los programas presupuestarios afectados, la elaboración de las propuestas de pago a la Unión Europea de los recursos propios del presupuesto de la Unión así como de otros conceptos que legalmente pueda exigir la Unión Europea, el enlace con la Unión Europea para asuntos presupuestarios y la participación en los comités y grupos de trabajo vinculados al presupuesto europeo.
  3. El análisis y seguimiento de la planificación y ejecución de las políticas financiadas con cargo al presupuesto de la Unión Europea mediante herramientas que integren dicha información
  4. La determinación anual de la base de recursos propios procedentes del Impuesto sobre el Valor Añadido, a efectos de la aportación española a los recursos propios de la Unión Europea.
  5. La propuesta de pagos procedentes de la Unión Europea que corresponda percibir al sector público estatal en aquellos casos en los que no existe un centro gestor u órgano coordinador competente para la realización de dicha propuesta.
  6. La gestión y el seguimiento de la aportación española al Fondo Europeo de Desarrollo, así como la participación en los comités y grupos de trabajo del mismo.
  7. La coordinación y el seguimiento de la ejecución de la programación cofinanciada con Fondos Europeos mediante herramientas que integren la información de dichos Fondos, estén o no incluidos en el Acuerdo de Asociación.
  8. La distribución del Fondo de Compensación Interterritorial entre las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía; la programación de dicho Fondo y el seguimiento de la misma; la realización de informes y propuestas legislativas relacionadas con dicho Fondo, así como las funciones previstas para el Comité de Inversiones Públicas en la Ley Reguladora del Fondo.
  9. La negociación, elaboración, evaluación y revisión, en coordinación con las distintas Administraciones, fondos y otros instrumentos de la Unión Europea, de los Acuerdos, Estrategias o Marcos, que sirven para la preparación de los programas operativos cofinanciados con los Fondos Europeos; así como la negociación, elaboración, programación, planificación, evaluación y modificación de los programas operativos y demás formas de intervención cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), y otros fondos que se le asignen.
  10. Garantizar la realización de las actividades de evaluación previstas en los Reglamentos relacionadas con los distintos fondos gestionados, en coordinación con las Administraciones territoriales; fomentar el cumplimiento de los principios horizontales de igualdad de género, igualdad de oportunidades y no discriminación, accesibilidad y desarrollo sostenible, así como velar por el cumplimiento del principio de adicionalidad.
  11. La realización de análisis y estudios económicos en el ámbito de los Fondos europeos.
  12. Las que, según los distintos Reglamentos europeos, correspondan al Estado Miembro español en lo referente al FEDER, el Fondo de Transición Justa, la Cooperación Territorial Europea, el Fondo de Cohesión, el Instrumento de Vecindad y otros fondos que se le asignen.
  13. Las que, según los distintos Reglamentos europeos, correspondan a la Autoridad de Gestión o autoridad asimilable de los programas operativos financiados por el FEDER, el Fondo de Transición Justa, la Cooperación Territorial Europea, el Fondo de Cohesión, el Fondo de Solidaridad, el Instrumento Financiero del Espacio Económico Europeo, el Instrumento de Vecindad y otros fondos que se le asignen.
  14. La selección de las operaciones para la financiación con fondos europeos y la implantación de sistemas tendentes a garantizar la conformidad con las normas europeas y nacionales, de los gastos presentados a la Comisión Europea para su cofinanciación.
  15. El desarrollo legislativo y la normativa relacionada con la gestión y control de las ayudas del FEDER, el Fondo de Cohesión, el Fondo de Transición Justa y otros fondos que se le asignen, así como la elaboración de las normas de subvencionabilidad de los gastos
  16. La designación de organismos intermedios de los programas operativos y la definición de los términos de los acuerdos relativos a los organismos intermedios gestores de los fondos de su competencia.
  17. La negociación con la Comisión Europea y otras instituciones de los asuntos relacionados con la regulación del FEDER, el Fondo de Transición Justa, la Cooperación Territorial Europea, el Fondo de Cohesión y otros fondos que se le asignen.
  18. La cooperación y coordinación con las Administraciones territoriales, en lo relativo a la gestión y seguimiento de las actuaciones realizadas con el FEDER, la Cooperación Territorial Europea, el Fondo de Cohesión, el Fondo de Transición Justa y otros fondos que se le asignen.
  19. La representación en los comités y grupos de trabajo de coordinación de fondos europeos y de otros comités u órganos colegiados donde sea competente y la coordinación e impulso de las Redes Temáticas relacionadas con el FEDER y otros fondos que se le asignen.
  20. Todas las actuaciones necesarias para la finalización y cierre de los programas operativos del FEDER, Fondo de Transición Justa la Cooperación Territorial Europea, Fondo de Cohesión y otros fondos que se le asignen.
  21. La realización de las verificaciones y la propuesta de las medidas correctoras precisas para asegurar el funcionamiento correcto del sistema de gestión y control de cada programa operativo del FEDER, de la Cooperación Territorial Europea, del Fondo de Cohesión, del Fondo de Transición Justa y otros fondos que se le asignen. La coordinación general del sistema de control y la formulación de las directrices que contribuyan a su mantenimiento.
  22. La gestión de la cooperación transfronteriza a través del Instrumento de Vecindad.
  23. Las relacionadas con la certificación, la contabilización y los pagos, en lo referente al FEDER, al Fondo de Transición Justa, al Fondo de Cohesión, Fondo de Solidaridad, al Instrumento Financiero del Espacio Económico Europeo y cualquier otro Fondo o Instrumento que se le asigne, las que según los distintos Reglamentos europeos y para los distintos periodos de Programación correspondan a la Autoridad de Certificación o al organismo responsable de la Función Contable de los programas operativos cofinanciados por dichos fondos; incluirá principalmente, la elaboración y remisión de las declaraciones de gastos, solicitudes de pagos, estados y cuentas de gastos y la tramitación de las propuestas de pago a los beneficiarios de las actuaciones cofinanciadas por los mencionados fondos. Igualmente incluirá aquellos abonos de fondos a destinatarios españoles en los programas operativos de Cooperación Territorial Europea en los que España no sea la Autoridad de Certificación u organismo equivalente.
  24. La gestión y el seguimiento de la información económico-financiera con incidencia en la ejecución presupuestaria, en relación con la programación cofinanciada con Fondos Europeos, estén o no incluidos en el Acuerdo de Asociación, mediante herramientas que integren dicha información.
  25. La ejecución estatal de la política de incentivos regionales, actuando como órgano de apoyo al Consejo Rector de Incentivos Regionales, así como la preparación de los anteproyectos de disposiciones que regulen la política de incentivos regionales y todas las demás funciones que se derivan de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales, y del Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, que la desarrolla y que no estén asignadas a órganos superiores de la Administración General del Estado o a los órganos competentes de las comunidades autónomas, sin perjuicio de las competencias que, en materia de asignación de recursos económicos, corresponden a la Dirección General de Presupuestos.
  26. El ejercicio de las actuaciones de inspección y comprobación que corresponden a la Administración General del Estado en relación con los incentivos económicos regionales, así como la tramitación de los expedientes de incumplimiento y sancionadores y la propuesta de adopción de las resoluciones que les pongan fin, sin perjuicio de las que correspondan a la Intervención General de la Administración del Estado en materia de control de recursos públicos.
  27. El análisis y evaluación del impacto territorial de los incentivos económicos regionales.
  28. En desarrollo de la política económica regional, la coordinación y gestión de las iniciativas europeas cofinanciadas con Fondos Europeos relacionadas con el desarrollo urbano y territorial y la cooperación local, así como la representación en los grupos, foros y comités de políticas urbanas y de cohesión territorial, tanto a nivel europeo como en otros ámbitos en los que sea competente.

Estructura

Las funciones anteriormente mencionadas son ejercidas por los órganos que forman la estructura del órgano directivo, siendo éstos:[8]

  • La Subdirección General de Relaciones Presupuestarias con la Unión Europea, a la que corresponden las funciones previstas en los puntos 1, 2, 3, 5, 6 y 8 y las que por razón de sus competencias le corresponden del punto 4 y en los puntos 10 y 12 en materia de comunicación.
  • La Subdirección General de Programación y Evaluación de Fondos Europeos, a la que corresponden, en relación con el FEDER y otros fondos que se le asignen, las funciones previstas en los puntos 1, 9, 10, 11 así como las que le correspondan por razón de sus competencias en los puntos 7, 17, 18, 19 y 20.
  • La Subdirección General de Desarrollo Urbano, a la que corresponden las funciones 11, 15, 17, 18, 19 y 28 relativas a las políticas de Desarrollo Urbano cofinanciadas por el FEDER, así como las funciones que, por razón de sus competencias relativas a los programas operativos del Fondo de Cohesión y del Fondo de Solidaridad, figuran en los puntos 12, 13, 14, 15, 17, 18, 19, y 20. Es la Autoridad de Gestión de los programas financiados por el Fondo de Cohesión, cuando así haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado, en el caso en que así se establezca en la reglamentación europea, el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto.
  • La Subdirección General de Gestión del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a la que corresponden las funciones que por razón de sus competencias relativas a los programas operativos del FEDER figuran en los puntos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20. Es la Autoridad de Gestión de los programas financiados por el FEDER, salvo los de Cooperación Territorial Europea, cuando así haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado, en el caso en que así se establezca en la reglamentación europea, el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto.
  • La Subdirección General de Cooperación Territorial Europea, a la que corresponden las funciones que por razón de sus competencias relativas a los programas operativos de Cooperación Territorial Europea, a la gestión de la cooperación transfronteriza del Instrumento de Vecindad al Instrumento Financiero del Espacio Económico Europeo y de otros fondos asignados figuran en los puntos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 22. Es la Autoridad de Gestión de los programas de Cooperación Territorial Europea financiados por el FEDER y de otros programas de naturaleza similar cuando así haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado, en el caso en que así se establezca en la reglamentación europea, el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto. Asimismo, las funciones que figuran en los puntos 1, 9 y 10 cuando sean de su competencia en el marco de los programas de Cooperación Territorial Europea y la gestión de la cooperación transfronteriza del Instrumento de Vecindad.
  • La Subdirección General de Incentivos Regionales, a la que corresponden las funciones señaladas en los puntos 25 y 27.
  • La Subdirección General de Inspección y Control, a la que corresponden las funciones que por razón de sus competencias relativas a los programas operativos FEDER figuran en los puntos 21 (incluidos los programas de Cooperación Territorial Europea cuando proceda), 26 y las que, por razón de sus competencias relativas a los programas operativos FEDER, le corresponden en los puntos 12, 15, 17, 19 y 20.
  • La Subdirección General de Certificación y Pagos, a la que corresponden las funciones señaladas en los puntos 23 y 24 y las que por razón de sus competencias le corresponden de los puntos 11, 15, 17, 18, 19 y 20, que desarrollará con plena independencia funcional. Es la Autoridad de Certificación u organismo equivalente y responsable de la función contable de los programas operativos financiados por el FEDER, y de otros Fondos y programas de naturaleza similar, cuando así haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado, en el caso en que así se establezca en la reglamentación europea, el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto.

Directores generales

El Director General de Fondos Europeos es el vicepresidente primero del Consejo Rector de Incentivos Regionales.

  • Julio Gómez-Pomar Rodríguez (2000-2002)
  • Luis de Fuentes Losada (2002-2004)
  • José Antonio Zamora Rodríguez (2004-2009)
  • Mercedes Caballero Fernández (2009-2012)
  • José María Piñero Campos (2012-2017)
  • Jorge García Reig (2017-2018)
  • Mercedes Caballero Fernández (2018-2020)[9]
  • Esperanza Teba Samblás Quintana (2020-2021). Interina por vacancia, subdirectora general de Relaciones Presupuestarias con la UE.
  • Esperanza Teba Samblás Quintana (2021-presente).[10]

Véase también

Referencias

  1. «Real Decreto 689/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y de Hacienda.». www.boe.es. Consultado el 27 de abril de 2019. 
  2. «Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.». www.boe.es. Consultado el 27 de abril de 2019. 
  3. «Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda.». www.boe.es. Consultado el 27 de abril de 2019. 
  4. «Real Decreto 756/2005, de 24 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda.». www.boe.es. Consultado el 27 de abril de 2019. 
  5. «Real Decreto 802/2014». www.boe.es. Consultado el 27 de abril de 2019. 
  6. «Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública.». www.boe.es. Consultado el 27 de abril de 2019. 
  7. Press, Europa (29 de diciembre de 2020). «El Gobierno crea una Secretaría General de Fondos Europeos que dirigirá Mercedes Caballero». Vozpópuli. Consultado el 31 de diciembre de 2020. 
  8. «Real Decreto 1182/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.». boe.es. Consultado el 31 de diciembre de 2020. 
  9. Press, Europa (11 de octubre de 2018). «El Gobierno nombra a Mercedes Caballero directora general de Fondos Europeos». www.europapress.es. Consultado el 10 de enero de 2019. 
  10. SMD/CDK (19 de enero de 2021). «El Gobierno nombra directora general del Plan de Recuperación a Rocío Frutos y de fondos UE a Esperanza Teba». ElDiario.es. Consultado el 20 de enero de 2021. 

Enlaces externos

  • Web oficial de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos
  • Principio de Adicionalidad
  • «Secretaría General de Fondos Europeos»
  •   Datos: Q39081785

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La Direccion General de Fondos Europeos DGFE de Espana es el organo directivo del Ministerio de Hacienda y Funcion Publica que bajo la responsabilidad del titular de la Secretaria General de Fondos Europeos es responsable del control seguimiento y evaluacion de los fondos provenientes de la Union Europea asi como de los fondos que Espana aporta a la misma y los fondos entre las comunidades autonomas Direccion General de Fondos EuropeosDireccion General de Fondos ComunitariosLogotipo de la Direccion General de Fondos EuropeosSede de la Direccion General que la comparte con el Ministerio de Economia y EmpresaInformacion generalSiglaDGFEAmbitoEspana EspanaJurisdiccionEspanaTipoDireccion GeneralSedePaseo de la Castellana 16228071 MadridOrganizacionDirector GeneralEsperanza Teba Samblas QuintanaDependiente deSecretaria General de Fondos EuropeosEntidad superiorMinisterio de Hacienda y Funcion PublicaHistoriaFundacion12 de mayo de 2000 21 anos SucesionDireccion General de Analisis y Programacion PresupuestariaDireccion General de Coordinacion con las Haciendas Territoriales Direccion General de Fondos EuropeosSitio web editar datos en Wikidata Indice 1 Historia 2 Funciones 3 Estructura 4 Directores generales 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externosHistoria EditarLa Direccion General de Fondos Europeos tambien conocida por su nombre tradicional Direccion General de Fondos Comunitarios DGFC se creo en mayo del ano 2000 bajo la denominacion de Direccion General de Fondos Comunitarios y Financiacion Territorial Este nuevo organo directivo asumia parte de las competencias de la extinta Direccion General de Analisis y Programacion Presupuestaria y de la Direccion General de Coordinacion con las Haciendas Territoriales 1 Originalmente se componia de seis subdirecciones generales Se mantuvo con estas competencias hasta abril de 2004 cuando pierde las competencias sobre financiacion territorial pues se crea una direccion general propia para estas competencias 2 La DGFC se componia de la Subdireccion General de Programacion Territorial y Evaluacion de Programas Comunitarios de la a Subdireccion General de Administracion del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Subdireccion General de Fondos de Compensacion y Cohesion de la Subdireccion General de Incentivos Regionales y de la Subdireccion General de Inspeccion y Control 3 Apenas un ano mas tarde se considero conveniente separar dentro del ambito competencial de la DGFC las funciones de propuesta de los pagos comunitarios de la realizacion de controles de los citados programas comunitarios hasta entonces desarrollados por las mismas unidades las subdirecciones generales de Administracion del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y la de Fondos de Compensacion y Cohesion en funcion de los fondos respectivos de modo que en lo sucesivo las citadas subdirecciones generales se encargarian de la gestion de las citadas propuestas de pago mientras que la Subdireccion General de Inspeccion y Control hasta entonces encargada solo del control de los programas de incentivos regionales realice tambien el control de estas ayudas 4 Desde entonces este organo directivo ha aumentado en competencias y estructura hasta llegar a la actual sobre todo por los cambios legislativos en la Union Europea destacando la reforma de 2014 5 y la 2017 que modifico la denominacion por la actual de Fondos Europeos y creo una nueva subdireccion general 6 En 2020 se adscribio a la nueva Secretaria General de Fondos Europeos 7 Funciones Editar Fondos Europeos de Desarrollo Regional para el periodo 2014 2020 Sus funciones se regulan en el Articulo 2 3 del Real Decreto 1182 2020 de 29 de diciembre y sus funciones son 8 La definicion de la posicion espanola en las negociaciones para la aprobacion y revision de los sucesivos Marcos Financieros Plurianuales de la Union Europea sin perjuicio de las competencias de coordinacion atribuidas en su ambito al Ministerio de Asuntos Exteriores Union Europea y Cooperacion El analisis seguimiento y evaluacion de los flujos financieros con la Union Europea incluida la elaboracion y cifrado de los programas presupuestarios afectados la elaboracion de las propuestas de pago a la Union Europea de los recursos propios del presupuesto de la Union asi como de otros conceptos que legalmente pueda exigir la Union Europea el enlace con la Union Europea para asuntos presupuestarios y la participacion en los comites y grupos de trabajo vinculados al presupuesto europeo El analisis y seguimiento de la planificacion y ejecucion de las politicas financiadas con cargo al presupuesto de la Union Europea mediante herramientas que integren dicha informacion La determinacion anual de la base de recursos propios procedentes del Impuesto sobre el Valor Anadido a efectos de la aportacion espanola a los recursos propios de la Union Europea La propuesta de pagos procedentes de la Union Europea que corresponda percibir al sector publico estatal en aquellos casos en los que no existe un centro gestor u organo coordinador competente para la realizacion de dicha propuesta La gestion y el seguimiento de la aportacion espanola al Fondo Europeo de Desarrollo asi como la participacion en los comites y grupos de trabajo del mismo La coordinacion y el seguimiento de la ejecucion de la programacion cofinanciada con Fondos Europeos mediante herramientas que integren la informacion de dichos Fondos esten o no incluidos en el Acuerdo de Asociacion La distribucion del Fondo de Compensacion Interterritorial entre las comunidades autonomas y ciudades con Estatuto de Autonomia la programacion de dicho Fondo y el seguimiento de la misma la realizacion de informes y propuestas legislativas relacionadas con dicho Fondo asi como las funciones previstas para el Comite de Inversiones Publicas en la Ley Reguladora del Fondo La negociacion elaboracion evaluacion y revision en coordinacion con las distintas Administraciones fondos y otros instrumentos de la Union Europea de los Acuerdos Estrategias o Marcos que sirven para la preparacion de los programas operativos cofinanciados con los Fondos Europeos asi como la negociacion elaboracion programacion planificacion evaluacion y modificacion de los programas operativos y demas formas de intervencion cofinanciados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER y otros fondos que se le asignen Garantizar la realizacion de las actividades de evaluacion previstas en los Reglamentos relacionadas con los distintos fondos gestionados en coordinacion con las Administraciones territoriales fomentar el cumplimiento de los principios horizontales de igualdad de genero igualdad de oportunidades y no discriminacion accesibilidad y desarrollo sostenible asi como velar por el cumplimiento del principio de adicionalidad La realizacion de analisis y estudios economicos en el ambito de los Fondos europeos Las que segun los distintos Reglamentos europeos correspondan al Estado Miembro espanol en lo referente al FEDER el Fondo de Transicion Justa la Cooperacion Territorial Europea el Fondo de Cohesion el Instrumento de Vecindad y otros fondos que se le asignen Las que segun los distintos Reglamentos europeos correspondan a la Autoridad de Gestion o autoridad asimilable de los programas operativos financiados por el FEDER el Fondo de Transicion Justa la Cooperacion Territorial Europea el Fondo de Cohesion el Fondo de Solidaridad el Instrumento Financiero del Espacio Economico Europeo el Instrumento de Vecindad y otros fondos que se le asignen La seleccion de las operaciones para la financiacion con fondos europeos y la implantacion de sistemas tendentes a garantizar la conformidad con las normas europeas y nacionales de los gastos presentados a la Comision Europea para su cofinanciacion El desarrollo legislativo y la normativa relacionada con la gestion y control de las ayudas del FEDER el Fondo de Cohesion el Fondo de Transicion Justa y otros fondos que se le asignen asi como la elaboracion de las normas de subvencionabilidad de los gastos La designacion de organismos intermedios de los programas operativos y la definicion de los terminos de los acuerdos relativos a los organismos intermedios gestores de los fondos de su competencia La negociacion con la Comision Europea y otras instituciones de los asuntos relacionados con la regulacion del FEDER el Fondo de Transicion Justa la Cooperacion Territorial Europea el Fondo de Cohesion y otros fondos que se le asignen La cooperacion y coordinacion con las Administraciones territoriales en lo relativo a la gestion y seguimiento de las actuaciones realizadas con el FEDER la Cooperacion Territorial Europea el Fondo de Cohesion el Fondo de Transicion Justa y otros fondos que se le asignen La representacion en los comites y grupos de trabajo de coordinacion de fondos europeos y de otros comites u organos colegiados donde sea competente y la coordinacion e impulso de las Redes Tematicas relacionadas con el FEDER y otros fondos que se le asignen Todas las actuaciones necesarias para la finalizacion y cierre de los programas operativos del FEDER Fondo de Transicion Justa la Cooperacion Territorial Europea Fondo de Cohesion y otros fondos que se le asignen La realizacion de las verificaciones y la propuesta de las medidas correctoras precisas para asegurar el funcionamiento correcto del sistema de gestion y control de cada programa operativo del FEDER de la Cooperacion Territorial Europea del Fondo de Cohesion del Fondo de Transicion Justa y otros fondos que se le asignen La coordinacion general del sistema de control y la formulacion de las directrices que contribuyan a su mantenimiento La gestion de la cooperacion transfronteriza a traves del Instrumento de Vecindad Las relacionadas con la certificacion la contabilizacion y los pagos en lo referente al FEDER al Fondo de Transicion Justa al Fondo de Cohesion Fondo de Solidaridad al Instrumento Financiero del Espacio Economico Europeo y cualquier otro Fondo o Instrumento que se le asigne las que segun los distintos Reglamentos europeos y para los distintos periodos de Programacion correspondan a la Autoridad de Certificacion o al organismo responsable de la Funcion Contable de los programas operativos cofinanciados por dichos fondos incluira principalmente la elaboracion y remision de las declaraciones de gastos solicitudes de pagos estados y cuentas de gastos y la tramitacion de las propuestas de pago a los beneficiarios de las actuaciones cofinanciadas por los mencionados fondos Igualmente incluira aquellos abonos de fondos a destinatarios espanoles en los programas operativos de Cooperacion Territorial Europea en los que Espana no sea la Autoridad de Certificacion u organismo equivalente La gestion y el seguimiento de la informacion economico financiera con incidencia en la ejecucion presupuestaria en relacion con la programacion cofinanciada con Fondos Europeos esten o no incluidos en el Acuerdo de Asociacion mediante herramientas que integren dicha informacion La ejecucion estatal de la politica de incentivos regionales actuando como organo de apoyo al Consejo Rector de Incentivos Regionales asi como la preparacion de los anteproyectos de disposiciones que regulen la politica de incentivos regionales y todas las demas funciones que se derivan de la Ley 50 1985 de 27 de diciembre de incentivos regionales para la correccion de desequilibrios economicos interterritoriales y del Real Decreto 899 2007 de 6 de julio que la desarrolla y que no esten asignadas a organos superiores de la Administracion General del Estado o a los organos competentes de las comunidades autonomas sin perjuicio de las competencias que en materia de asignacion de recursos economicos corresponden a la Direccion General de Presupuestos El ejercicio de las actuaciones de inspeccion y comprobacion que corresponden a la Administracion General del Estado en relacion con los incentivos economicos regionales asi como la tramitacion de los expedientes de incumplimiento y sancionadores y la propuesta de adopcion de las resoluciones que les pongan fin sin perjuicio de las que correspondan a la Intervencion General de la Administracion del Estado en materia de control de recursos publicos El analisis y evaluacion del impacto territorial de los incentivos economicos regionales En desarrollo de la politica economica regional la coordinacion y gestion de las iniciativas europeas cofinanciadas con Fondos Europeos relacionadas con el desarrollo urbano y territorial y la cooperacion local asi como la representacion en los grupos foros y comites de politicas urbanas y de cohesion territorial tanto a nivel europeo como en otros ambitos en los que sea competente Estructura EditarLas funciones anteriormente mencionadas son ejercidas por los organos que forman la estructura del organo directivo siendo estos 8 La Subdireccion General de Relaciones Presupuestarias con la Union Europea a la que corresponden las funciones previstas en los puntos 1 2 3 5 6 y 8 y las que por razon de sus competencias le corresponden del punto 4 y en los puntos 10 y 12 en materia de comunicacion La Subdireccion General de Programacion y Evaluacion de Fondos Europeos a la que corresponden en relacion con el FEDER y otros fondos que se le asignen las funciones previstas en los puntos 1 9 10 11 asi como las que le correspondan por razon de sus competencias en los puntos 7 17 18 19 y 20 La Subdireccion General de Desarrollo Urbano a la que corresponden las funciones 11 15 17 18 19 y 28 relativas a las politicas de Desarrollo Urbano cofinanciadas por el FEDER asi como las funciones que por razon de sus competencias relativas a los programas operativos del Fondo de Cohesion y del Fondo de Solidaridad figuran en los puntos 12 13 14 15 17 18 19 y 20 Es la Autoridad de Gestion de los programas financiados por el Fondo de Cohesion cuando asi haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado en el caso en que asi se establezca en la reglamentacion europea el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto La Subdireccion General de Gestion del Fondo Europeo de Desarrollo Regional a la que corresponden las funciones que por razon de sus competencias relativas a los programas operativos del FEDER figuran en los puntos 12 13 14 15 16 17 18 19 y 20 Es la Autoridad de Gestion de los programas financiados por el FEDER salvo los de Cooperacion Territorial Europea cuando asi haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado en el caso en que asi se establezca en la reglamentacion europea el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto La Subdireccion General de Cooperacion Territorial Europea a la que corresponden las funciones que por razon de sus competencias relativas a los programas operativos de Cooperacion Territorial Europea a la gestion de la cooperacion transfronteriza del Instrumento de Vecindad al Instrumento Financiero del Espacio Economico Europeo y de otros fondos asignados figuran en los puntos 12 13 14 15 16 17 18 19 20 y 22 Es la Autoridad de Gestion de los programas de Cooperacion Territorial Europea financiados por el FEDER y de otros programas de naturaleza similar cuando asi haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado en el caso en que asi se establezca en la reglamentacion europea el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto Asimismo las funciones que figuran en los puntos 1 9 y 10 cuando sean de su competencia en el marco de los programas de Cooperacion Territorial Europea y la gestion de la cooperacion transfronteriza del Instrumento de Vecindad La Subdireccion General de Incentivos Regionales a la que corresponden las funciones senaladas en los puntos 25 y 27 La Subdireccion General de Inspeccion y Control a la que corresponden las funciones que por razon de sus competencias relativas a los programas operativos FEDER figuran en los puntos 21 incluidos los programas de Cooperacion Territorial Europea cuando proceda 26 y las que por razon de sus competencias relativas a los programas operativos FEDER le corresponden en los puntos 12 15 17 19 y 20 La Subdireccion General de Certificacion y Pagos a la que corresponden las funciones senaladas en los puntos 23 y 24 y las que por razon de sus competencias le corresponden de los puntos 11 15 17 18 19 y 20 que desarrollara con plena independencia funcional Es la Autoridad de Certificacion u organismo equivalente y responsable de la funcion contable de los programas operativos financiados por el FEDER y de otros Fondos y programas de naturaleza similar cuando asi haya sido designada previamente o una vez haya sido evaluado en el caso en que asi se establezca en la reglamentacion europea el cumplimiento de los requisitos necesarios a tal efecto Directores generales EditarEl Director General de Fondos Europeos es el vicepresidente primero del Consejo Rector de Incentivos Regionales Julio Gomez Pomar Rodriguez 2000 2002 Luis de Fuentes Losada 2002 2004 Jose Antonio Zamora Rodriguez 2004 2009 Mercedes Caballero Fernandez 2009 2012 Jose Maria Pinero Campos 2012 2017 Jorge Garcia Reig 2017 2018 Mercedes Caballero Fernandez 2018 2020 9 Esperanza Teba Samblas Quintana 2020 2021 Interina por vacancia subdirectora general de Relaciones Presupuestarias con la UE Esperanza Teba Samblas Quintana 2021 presente 10 Vease tambien EditarPresupuestos Generales del Estado Fondos estructurales de la Union Europea Fondo Europeo de Desarrollo Regional Fondo Europeo de Estabilidad Financiera Fondo Europeo de Inversiones Fondo de Compensacion InterterritorialReferencias Editar Real Decreto 689 2000 de 12 de mayo por el que se establece la estructura organica basica de los Ministerios de Economia y de Hacienda www boe es Consultado el 27 de abril de 2019 Real Decreto 562 2004 de 19 de abril por el que se aprueba la estructura organica basica de los departamentos ministeriales www boe es Consultado el 27 de abril de 2019 Real Decreto 1552 2004 de 25 de junio por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Economia y Hacienda www boe es Consultado el 27 de abril de 2019 Real Decreto 756 2005 de 24 de junio por el que se modifica el Real Decreto 1552 2004 de 25 de junio por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Economia y Hacienda www boe es Consultado el 27 de abril de 2019 Real Decreto 802 2014 www boe es Consultado el 27 de abril de 2019 Real Decreto 769 2017 de 28 de julio por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Hacienda y Funcion Publica www boe es Consultado el 27 de abril de 2019 Press Europa 29 de diciembre de 2020 El Gobierno crea una Secretaria General de Fondos Europeos que dirigira Mercedes Caballero Vozpopuli Consultado el 31 de diciembre de 2020 a b Real Decreto 1182 2020 de 29 de diciembre por el que se modifica el Real Decreto 139 2020 de 28 de enero por el que se establece la estructura organica basica de los departamentos ministeriales el Real Decreto 689 2020 de 21 de julio por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real Decreto 139 2020 de 28 de enero por el que se establece la estructura organica basica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 390 1998 de 13 de marzo por el que se regulan las funciones y la estructura organica de las Delegaciones de Economia y Hacienda boe es Consultado el 31 de diciembre de 2020 Press Europa 11 de octubre de 2018 El Gobierno nombra a Mercedes Caballero directora general de Fondos Europeos www europapress es Consultado el 10 de enero de 2019 SMD CDK 19 de enero de 2021 El Gobierno nombra directora general del Plan de Recuperacion a Rocio Frutos y de fondos UE a Esperanza Teba ElDiario es Consultado el 20 de enero de 2021 Enlaces externos EditarWeb oficial de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos Principio de Adicionalidad Secretaria General de Fondos Europeos Datos Q39081785 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Direccion General de Fondos Europeos amp oldid 140702286, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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