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Derecho de acceso a la información

El derecho de acceso a la información se define como el derecho de una persona de buscar y recibir información en poder del gobierno y/o de las administraciones públicas, reconociendo esto como un derecho fundamental para el desarrollo pleno de una sociedad democrática.[1]

Es una prerrogativa de todas las personas, sin importar edad, sexo, religión, condición social, orientación sexual, nacionalidad, etnia, discapacidad, o alguna otra característica física, intelectual, profesional o patrimonial existente, y deberán ser informadas de la actuación del Estado. Es también un mecanismo que garantiza la rendición de cuentas del Estado.

Antecedentes

El derecho de acceso a la información y su estudio encuentran su origen en la evolución del pensamiento de la humanidad. Para abordar el tema, es fundamental referirse a los arcana imperii[2]​ (Secretos del Imperio o del Estado), base del pensamiento en la época medieval.

Existen diferentes modelos que marcaron la evolución del pensamiento:

  • Absolutista, en el que los intereses particulares de los individuos solo interesan si se alinean a los del Estado;
  • Liberal, en el que aparece la tolerancia y el reconocimiento de libertades, ello debido a la separación del Estado y la religión;
  • Republicano, que da paso a una sociedad participativa donde no existen verdades de Estado y,
  • Dialógico basado en el diálogo que involucra a toda la sociedad, en el que la trasparencia del gobierno, la cultura política y la educación de la ciudadanía conforman los elementos de una sociedad democrática y justa.

Aspectos generales

El derecho de acceso a la información pública es un componente del derecho fundamental a la libertad de expresión establecido en el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) que establece que el derecho fundamental a la libertad de expresión abarca la libertad de "buscar, recibir e impartir información e ideas a través de cualquier medio e independientemente de las fronteras". El acceso a la información pública y la libertad de información se reconocen como derechos humanos en los tres principales sistemas regionales de derechos humanos, es decir, dentro de las Américas, Europa y África, así como en los principales instrumentos internacionales[3]​.

El derecho de acceso a la información impone dos obligaciones a los organismos públicos. Primero, el deber Proactividad proactivo de hacer pública la información clave sobre las actividades de las autoridades y los gobiernos; segundo, la obligación reactiva de responder a las solicitudes de información de las personas, ya sea mediante la publicación de documentos públicos originales o copias de los documentos en posesión[4]​.

En los últimos 10 años, el derecho a la información y el acceso a la información pública ha sido reconocido en un número creciente de países y se han adoptado varias leyes de acceso a la información en todo el mundo, incluidos los países en desarrollo. Si en 1990 solo 13 países tenían una ley nacional de libertad de información, en 2015 existían 100 de esas leyes en todo el mundo.[5]

En 2015, la Conferencia General de la UNESCO votó para designar el 28 de septiembre como "Día Internacional para el Acceso Universal a la Información" o, como se lo conoce más comúnmente, Día de Acceso a la Información. La fecha se había celebrado anteriormente como "Día del Derecho a Saber" desde 2002.[6]

Responsabilidad, participación, eficiencia

La Organización de los Estados Americanos (OEA) se ha referido al acceso a la información pública como un derecho humano fundamental, instrumento básico para la participación ciudadana en un sistema democrático, que fortalece la rendición de cuentas y la confianza en las instituciones públicas[7]​:

La Oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión se ha abocado a una tarea permanente por garantizar y ampliar el acceso a la información en las Américas, en el entendido de que su implementación efectiva constituye la piedra angular para la consolidación del derecho a la libertad de expresión y ofrece un marco para el establecimiento de políticas de transparencia, necesarias para fortalecer a las democracias.[8]

La transparencia política mejorada a través del derecho de acceso a la información pública conlleva una serie de beneficios fundamentales para las sociedades democráticas. Primero, el acceso a la información pública mejora la responsabilidad pública, ya que contribuye a hacer que los gobiernos y los funcionarios públicos sean más responsables de sus acciones y decisiones. En segundo lugar, el derecho a saber aumenta la participación de las personas, ya que pone a disposición información que puede ayudar a los ciudadanos a tomar decisiones más efectivas sobre asuntos que afectan directamente sus vidas y a participar con opiniones informadas en debates públicos y en el proceso de toma de decisiones. En tercer lugar, el acceso a la información pública contribuye a la eficiencia de la toma de decisiones, ya que la divulgación alienta a las instituciones públicas a gestionar y organizar mejor la información y puede ayudar a mejorar la comunicación entre los organismos públicos[4]​. Además, el acceso a la información sirve a otros objetivos sociales. Por ejemplo, el acceso a los registros médicos puede ayudar a las personas a tomar mejores decisiones sobre el tratamiento médico, la planificación financiera y similares. Finalmente, el acceso a la información puede facilitar prácticas comerciales efectivas, ya que parte de la información en poder de los organismos públicos relacionados con cuestiones económicas puede ser útil para las empresas y, por lo tanto, puede contribuir a aumentar la eficacia del sector.[9]

Estándares internacionales

A nivel nacional, el acceso a la información pública está regulado por las leyes de libertad de información. Además de la legislación nacional, los principios y estándares para el acceso a la información pública se establecen en varias declaraciones y tratados internacionales que han reconocido con autoridad la naturaleza fundamental y legal del derecho a la libertad de información junto con la necesidad de legislaciones efectivas que garanticen la respeto de ese derecho en la práctica.[10]​ Dichas leyes y normas internacionales incluyen:

  • Normas y declaraciones de la sociedad civil: estos incluyen los Diez Principios sobre el Derecho a Saber de la Iniciativa de Justicia (2005); el derecho del público a saber: Principios sobre la legislación sobre libertad de información en virtud del artículo 19 (1999); la Declaración de Atlanta y el Plan de acción para el avance del derecho de acceso a la información (2008); la Declaración de Budapest sobre el derecho de acceso a la información (2008); la Carta de Transparencia para Instituciones Financieras Internacionales: Reclamando nuestro derecho a saber por la Iniciativa de Transparencia Global (2006); la Declaración sobre la apertura parlamentaria (2012);
  • Tratados internacionales: estos incluyen el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos (2009) y el Convenio de Aarhus sobre Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales (1999);
  • Principios y recomendaciones intergubernamentales: estos incluyen los Principios sobre el derecho de acceso a la información por parte de la Organización de los Estados Americanos (2000); la Recomendación 2002 (2) del Consejo de Europa sobre acceso a documentos oficiales (2002); la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión en África de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (2002); la Declaración de Maputo de la UNESCO sobre el fomento de la libertad de expresión, el acceso a la información y el empoderamiento de las personas (2008); la Declaración de la UNESCO sobre la libertad de información de Brisbane; la Declaración de Dakar sobre los medios y el buen gobierno (2005);
  • Informes anuales del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Libertad de Opinión y Expresión: el Relator Especial de la ONU ha abordado el tema de la libertad de información en sus informes anuales desde 1997. Después de eso, la Comisión de Derechos Humanos hizo suyos los comentarios del Relator Especial y le pidió que profundizara más sobre el derecho a buscar y recibir información. Como consecuencia, el Relator Especial de la ONU amplió significativamente su comentario sobre la libertad de información en sus informes anuales de 2000.[3]

Principios rectores

La organización no gubernamental Artículo 19 ha publicado un conjunto de principios llamados "El derecho del público a saber: Principios de la legislación sobre libertad de información" que describe las mejores prácticas y normas sobre legislación de libertad de información basadas en leyes internacionales y regionales, así como en prácticas y legislaciones nacionales en evolución. Dichos principios, que están diseñados principalmente para las leyes nacionales, también son aplicables a organismos intergubernamentales como las Naciones Unidas y la Unión Europea.[10]

Principio 1: divulgación máxima

El principio de máxima divulgación establece la presunción de que toda la información en poder de los organismos públicos debe estar cubierta por el alcance de las leyes de acceso a la información. Esta presunción solo acepta circunstancias limitadas para excepciones. Este principio incorpora la lógica muy básica que sustenta el concepto de libertad de información. Implica que las autoridades públicas que buscan negar el acceso a la información pública tienen la obligación de justificar su negativa. El principio de máxima divulgación establece una definición amplia de "organismos públicos" que están sujetos al deber de divulgar información. Una interpretación tan amplia incluye todas las ramas del gobierno, p. gobiernos locales, organismos electos, industrias nacionalizadas y corporaciones públicas, organismos judiciales y también organismos privados que desempeñan funciones públicas. El Principio 1 exige que la ley establezca normas mínimas sobre el mantenimiento y la preservación de documentos por parte de organismos públicos.[10]

Principio 2: obligación de publicar

Este principio implica la obligación de los organismos públicos de responder a las solicitudes de acceso a la información y de publicar y difundir documentos de interés público. Se pueden aceptar pocos límites razonables basados, por ejemplo, en recursos y capacidad. Como mínimo, las autoridades públicas deben hacer públicos los siguientes tipos de información:

  • información operativa sobre el funcionamiento de los organismos públicos, incluidos objetivos, resultados y costos;
  • información sobre cualquier solicitud o queja que las personas puedan tomar en relación con un determinado organismo público;
  • información sobre cómo los miembros del público pueden aportar su contribución al proceso de formulación de políticas;
  • los tipos y formatos de información en poder de los organismos públicos;
  • información sobre decisiones y políticas que afectan al público, junto con información de antecedentes sobre esas decisiones y la evidencia que condujo a su formulación.[10]

Principio 3: promoción del gobierno abierto

Este principio llama a los gobiernos a promover activamente una cultura de apertura para mejorar el respeto del derecho a la información. Esto es importante ya que las experiencias en diferentes países han demostrado que las autoridades públicas pueden socavar la aplicación de incluso las legislaciones más progresistas. Por lo tanto, las leyes nacionales deben asignar recursos adecuados para la promoción de una cultura de gobierno abierto, mediante códigos internos sobre acceso y apertura, programas educativos, cobertura de medios y campañas de comunicación. Dichas actividades también deberían tener como objetivo contrastar la cultura del secreto oficial dentro del gobierno, por ejemplo a través de capacitaciones para funcionarios públicos.[10]​ En 2011 se adoptó un paso importante en esta dirección con el establecimiento de una nueva alianza global de países democráticos comprometidos con la promoción de la transparencia, la rendición de cuentas y la participación bajo la etiqueta Alianza para el Gobierno Abierto.[11]

Principio 4: alcance limitado de excepciones

Las excepciones a la divulgación deben basarse en excepciones definidas clara y estrechamente. Las autoridades públicas deben demostrar que una negativa a proporcionar la información requerida ha pasado una prueba para evaluar si la divulgación de una información dada amenaza con causar un daño sustancial a un objetivo legítimo y si el daño es mayor que el interés público en tener la información . Las decisiones de no divulgación deben tomarse caso por caso. Las leyes nacionales deben proporcionar una lista exhaustiva de las razones legítimas que pueden justificar la no divulgación. Dicha lista debe definirse de manera limitada e incluir solo intereses altamente relevantes a proteger, como la aplicación de la ley, la privacidad, la seguridad nacional, la confidencialidad comercial y de otro tipo, la seguridad pública o individual y la integridad del proceso de toma de decisiones. Sin embargo, incluso si se puede demostrar que la divulgación causaría un daño sustancial a un interés legítimo, la información debería divulgarse cuando los beneficios de la divulgación prevalezcan sobre el daño. En otras palabras, el daño al interés legítimo debe compararse con el interés público de tener una determinada información a disposición del público.[10]

Principio 5: Procesos para facilitar el acceso

De acuerdo con este principio, las solicitudes de información pública deben procesarse de manera rápida y justa y una revisión independiente de cualquier rechazo debe ponerse a disposición del solicitante. Además, los organismos públicos están llamados a establecer sistemas abiertos y accesibles para implementar las leyes de libertad de información y garantizar así el derecho del público a recibir la información requerida. Además, la ley debería establecer un derecho individual para apelar ante un organismo independiente ante cualquier negativa de un organismo público a divulgar información. Todos los miembros del público deben estar en condiciones de acceder a los procedimientos de apelación sin incurrir en costos indebidos y procedimientos complicados.[10]

Principio 6: Costos

Este principio establece que los costos de acceso a la información pública no deberían ser tan altos como para disuadir a los solicitantes de realizar la solicitud. En todo el mundo existen diferentes regímenes de costos, que incluyen, por ejemplo, sistemas de tarifas fijas para cada solicitud y tarifas graduadas según el costo real de recuperar y reproducir la información y/o los documentos solicitados.[10]

Principio 7: reuniones abiertas

La libertad de información comprende el derecho del público a saber cómo se comporta el gobierno en nombre de las personas y a participar en la toma de decisiones. Por lo tanto, la ley de libertad de información debe incorporar la presunción de que todas las reuniones relevantes de los órganos rectores, es decir, las que participan en la toma de decisiones, deben estar abiertas al público. Las reuniones pueden estar cerradas, pero solo cuando existen buenas razones para el cierre. Tales razones deben explicarse claramente y el cierre debe cumplir con los procedimientos establecidos.[10]

Principio 8: la divulgación tiene prioridad

Otras leyes relacionadas con la información pública deben ser consistentes con el principio de máxima divulgación y los otros principios que sustentan la libertad de información. En particular, el régimen de excepciones debe definirse claramente en la legislación sobre libertad de información; las extensiones del régimen de excepciones no deberían estar permitidas por otras leyes.[10]

Principio 9: Protección para denunciantes

Los denunciantes de irregularidades, es decir, las personas que ponen a disposición del público información sobre las irregularidades del gobierno, incluida, por ejemplo, la corrupción, la deshonestidad, la mala administración, las amenazas graves para la salud, la seguridad o el medio ambiente, etc., deben protegerse de cualquier tipo de sanciones legales, administrativas o de otro tipo. En este contexto, el interés público se refiere a situaciones en las que el beneficio de la divulgación prevalece sobre el daño, sin importar cómo se haya realizado la divulgación. Esto se aplica en particular cuando existen razones excepcionalmente serias para divulgar cierta información, como una amenaza grave para la salud o la seguridad pública, o cuando existe una fuerte evidencia de que se ocultarán o destruirán las irregularidades.[10]

Situación por país

Argentina

Constitución de la Nación Argentina (1994)

Garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del artículo 1º, de los artículos 33, 41, 42 y concordantes del Capítulo Segundo —que establece nuevos Derechos y Garantías— y del artículo 75 inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales.[12]

Pública (1999) 

Establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado.

Capítulos: Deberes y pautas de comportamiento ético – Régimen de Declaraciones Juradas – Antecedentes – Incompatibilidades y conflictos de intereses – Régimen de obsequios a funcionarios públicos – Prevención sumaria – Comisión Nacional de Ética Pública – Reformas al Código Penal – Publicidad y Divulgación – Vigencia y Disposiciones Transitorias

El artículo más relevante de esta ley menciona:

"Art. 2º e) Fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijan

Art. 2º f) …Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados"[13]

Decreto 1172 - Acceso a la Información Pública (2003)

A través de este decreto se aprueba los siguientes reglamentos:

  • “Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional”
  • “Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional”
  • “Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas”
  • “Reglamento General del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional”
  • “Reglamento General de Reuniones Abiertas de los Entes Reguladores de los Servicios Públicos”

A su vez, respecto a la publicación del Boletín Oficial de la República Argentina se determina su acceso libre y gratuito vía Internet a la edición diaria en su totalidad exactamente fiel en texto y tiempo a la que se publica en papel con todas las Secciones y Anexos correspondientes[14]

Ley 27.275 - Derecho de Acceso a la Información Pública (2016)

Con esta ley se apunta a garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública. Contempla la posibilidad de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia de los sujetos obligados con las únicas limitaciones y excepciones que se establece en la norma.

Capítulos: Régimen general - Excepciones - Solicitud de información y vías de reclamo - Agencia de Acceso a la Información Pública - Responsables de acceso a la información pública - Transparencia activa -Disposiciones de aplicación transitoria

En esta ley se establece el concepto de "Información pública" referido a todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados generen, obtengan, transformen, controlen o custodien independientemente de su forma, origen, fecha de creación o carácter oficial

Adicionalmente regula las formas de solicitar la información, plazos y vías de reclamo fundados en el principio de transparencia activa por el cual "los sujetos obligados deberán facilitar la búsqueda y el acceso a la información publicada a través de su página oficial de la red informática, de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y procurando remover toda barrera que obstaculice o dificulte su reutilización por parte de terceros."[15]

Estados Unidos

En los Estados Unidos, los actos posteriores al 11-S tales como la Patriot Act, en beneficio de la seguridad, han dado lugar a restricciones en el acceso a ciertos tipos de información, así como un aumento de los intentos del gobierno en la vigilancia de la información privada del individuo, tales como los registros de la biblioteca. Los bibliotecarios siempre han abogado por el acceso libre y gratuito a la información gubernamental. Grupos como la American Library Association, la Asociación Americana de Bibliotecas de Derecho han abogado por el libre acceso a la información. Igualmente es un tema central para gremios de periodistas y organizaciones defensoras de la democracia.

España

En España, se aprobó en el año 2013 la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La ley crea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, organismo público independiente que tiene entre sus funciones salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

Además, numerosas organizaciones no gubernamentales tienen como misión luchar por la transparencia pública. Existe la Coalición Pro Acceso que nuclea a un conjunto de organizaciones cívicas con este propósito. En esta línea, la organización Access Info Europe, con sede en Madrid pero con proyección europea, es una de las que lidera los esfuerzos por fortalecer el ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos con numerosas iniciativas y programas.

México

La normatividad que regula en México desde el año 2003 ha sufrido diversas modificaciones con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la información de una manera amplia y a la vez de fácil acceso a la sociedad, ya que se rige bajo principios como el de máxima publicidad[16]​ y gratuidad.

La ley que regula el derecho a la información se denomina Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública3 , se deriva del Art. 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,[17]​ y se crea como modelo en tanto los estados modifican su normatividad local para garantizar el acceso a la información.

Una propuesta regional está representada por la Ley Modelo sobre Acceso a la Información emanada de la OEA, los jefes de estado y gobernadores se reunieron en Nuevo León, México, para declararse a favor del acceso a la información, afirmaron que deberían “contar con los marcos jurídicos y normativos… para garantizar a nuestros ciudadanos el derecho al acceso a la información.”[18]

En dicha ley se prevé la creación de la Unidad de Acceso a la Información Pública (AIP) como órgano desconcentrado de la AGESIC (organismo que lidera la estrategia de implementación de Gobierno Electrónico y depende de Presidencia) y de control. El mismo es el encargado principalmente de promover el ejercicio del derecho de acceso a la información y coordinar la implementación de políticas en la materia. Su página web es www.uaip.gub.uy.

Acceder a la información que posee y produce el Estado es un derecho colectivo, según lo establece la Ley N° 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública. Esta información debe estar al alcance de todas las personas para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas.

El Marco Normativo vigente en México se encuentra conformado por:

Además de la normatividad mencionada, cada Entidad Federativa así como la Ciudad de México, cuentan con su normatividad local en la materia y en el ámbito Federal la autoridad encargada de dar seguimiento y vigilar el cumplimiento del Estado es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

En términos de la Reforma Constitucional en materia de Transparencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2014, las autoridades en la materia se denominan organismos garantes de las entidades federativas.

En cuestión de funcionalidad y congruencia, aún existen varias incongruencias en cuanto a la relación que existen entre las leyes que abordan el tema de la protección de datos personales y el acceso a la información. Según Sigrid Arzt, "una Ley General se deja a las entidades federativas y a los municipios, en el ámbito de su competencia, la regulación secundaria y con ello –tal como sucede en la actualidad– podrían existir serias disparidades en materia de transparencia".[19]​ La doctora Sigrid, a partir de octubre del 2009 es Comisionada del Instituto Federal de Acceso de Información y Protección de Datos (IFAI) y teniendo este puesto a su cargo, la doctora, menciona que siguen haciendo falta muchas regulaciones y congruencias en el marco regulatorio para que no se violen y se cumplan todos los derechos de las personas.[20]

Uruguay

En Uruguay el derecho al acceso a la información pública se entiende inmerso en al artículo 72 de la Constitución de la República, por el cual se considera hace a la construcción de la forma republicana de Gobierno. Existen además, la Ley N.º 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pública de fecha 17 de octubre de 2008 y su Decreto Reglamentario 232/010 del 2 de agosto de 2010.

Véase también

Bibliografía

  • Maravall, José María (2003). El control de los políticos. Madrid: Taurus. p. 263. ISBN 9788430605118. 
  • Nuestro Derecho a Saber, Guía para usar la Ley de Acceso a la Información en la Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires: Asociación por los Derechos Civiles. 2006. p. 32. 
  • Rodríguez Zepeda, Jesús; Estado y Transparencia: un paseo por la filosofía política, Cuadernos de Transparencia, No. 4, Instituto de Acceso a la Información Pública, México
  • Martínez Becerril, Rigoberto; (2009) El Derecho de Acceso a la Información Pública en México, su ejercicio y medios de impugnación Editado por el Instituto de Acceso a la Información del Estado de México. , 2009. ISBN 9876079532826

Referencias

  1. ADC Asociación por los Derechos Civiles (2006). Nuestro derecho a saber. guía para usar la Ley de Acceso a la Información Pública de la Ciudad de Buenos Aires. 
  2. Rodríguez Zepeda, Jesús. Estado y Transparencia: un paseo por la filosofía política, Cuadernos de Transparencia 2006, No. 4, pp.13-16. 
  3. «International standards: Right to information». ARTICLE 19 (en inglés estadounidense). Consultado el 5 de febrero de 2020. 
  4. . web.archive.org. 21 de octubre de 2016. Consultado el 7 de febrero de 2020. 
  5. «Freedom of Information | United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization». www.unesco.org. Consultado el 7 de febrero de 2020. 
  6. . Freedom Info. 17 de noviembre de 2015. Archivado desde el original el 14 de abril de 2020. Consultado el 7 de febrero de 2020. 
  7. OEA (1 de agosto de 2009). «OEA - Organización de los Estados Americanos: Democracia para la paz, la seguridad y el desarrollo». www.oas.org. Consultado el 5 de febrero de 2020. 
  8. OEA (1 de agosto de 2009). «OEA - Organización de los Estados Americanos: Democracia para la paz, la seguridad y el desarrollo». www.oas.org. Consultado el 7 de febrero de 2020. 
  9. Asociación por los Derechos Civiles, A. (2008). Companies and the Right to Access Public Information. Accessed May, 20, 2010.
  10. Mendel, T. (1999). The public's right to know: principles on freedom of information legislation. Article 19.
  11. Darbishire, H. (2015). Ten Challenges for the Right to Information in the Era of Mega-Leaks. McGonagle, T., Donders, Y., The United Nations and Freedom of Expression of Information Critical Perspectives. Cambridge University Press. Cambridge.
  12. . Archivado desde el original el 7 de mayo de 2017. Consultado el 20 de julio de 2017. 
  13. «Ley 25.188 - Ética Pública (1999)». Consultado el 20 de julio de 2017. 
  14. «Decreto 1172 - Acceso a la Información Pública (2003)». Consultado el 20 de julio de 2017. 
  15. «Ley 27.275 - Derecho de Acceso a la Información Pública (2016)». Consultado el 20 de julio de 2017. 
  16. «Principio de Publicidad». cevifaiprivada.ifai.org.mx. Consultado el 21 de octubre de 2016. 
  17. . info4.juridicas.unam.mx. Archivado desde el original el 3 de agosto de 2016. Consultado el 21 de octubre de 2016. 
  18. «Acceso a la información». Consultado el 2 de julio de 2016. 
  19. «Bibliotecas del Tecnológico de Monterrey /CIB». 0-web.a.ebscohost.com.millenium.itesm.mx. Consultado el 17 de abril de 2018. 
  20. Arzt, Sigrid (Octubre, 2012). «Fortalecer la Transparencia». Revista Mexicana De Comunicacion. 24, no. 132: 47-48. 

Enlaces externos

  • Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
  • Uso incorrecto de la plantilla enlace roto (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  • Info Access Europe
  • La Justicia cordobesa y su rol como garante del Derecho de Acceso a la Información Pública… ¿podemos confiar? en Fundación para el Desarrollo de Políticas Públicas - FUNDEPS
  • Ley simple. Acceso a la información pública en Argentina.
  • Diez años de incumplimiento del Convenio de Aarhus por España
  •   Datos: Q5803441

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Para la legislacion que asiste el acceso a la informacion vease Legislacion acerca de libertad de informacion El derecho de acceso a la informacion se define como el derecho de una persona de buscar y recibir informacion en poder del gobierno y o de las administraciones publicas reconociendo esto como un derecho fundamental para el desarrollo pleno de una sociedad democratica 1 Es una prerrogativa de todas las personas sin importar edad sexo religion condicion social orientacion sexual nacionalidad etnia discapacidad o alguna otra caracteristica fisica intelectual profesional o patrimonial existente y deberan ser informadas de la actuacion del Estado Es tambien un mecanismo que garantiza la rendicion de cuentas del Estado Indice 1 Antecedentes 2 Aspectos generales 2 1 Responsabilidad participacion eficiencia 3 Estandares internacionales 4 Principios rectores 5 Situacion por pais 5 1 Argentina 5 2 Estados Unidos 5 3 Espana 5 4 Mexico 5 5 Uruguay 6 Vease tambien 7 Bibliografia 8 Referencias 9 Enlaces externosAntecedentes EditarEl derecho de acceso a la informacion y su estudio encuentran su origen en la evolucion del pensamiento de la humanidad Para abordar el tema es fundamental referirse a los arcana imperii 2 Secretos del Imperio o del Estado base del pensamiento en la epoca medieval Existen diferentes modelos que marcaron la evolucion del pensamiento Absolutista en el que los intereses particulares de los individuos solo interesan si se alinean a los del Estado Liberal en el que aparece la tolerancia y el reconocimiento de libertades ello debido a la separacion del Estado y la religion Republicano que da paso a una sociedad participativa donde no existen verdades de Estado y Dialogico basado en el dialogo que involucra a toda la sociedad en el que la trasparencia del gobierno la cultura politica y la educacion de la ciudadania conforman los elementos de una sociedad democratica y justa Aspectos generales EditarEl derecho de acceso a la informacion publica es un componente del derecho fundamental a la libertad de expresion establecido en el Articulo 19 de la Declaracion Universal de los Derechos Humanos Declaracion Universal de Derechos Humanos 1948 que establece que el derecho fundamental a la libertad de expresion abarca la libertad de buscar recibir e impartir informacion e ideas a traves de cualquier medio e independientemente de las fronteras El acceso a la informacion publica y la libertad de informacion se reconocen como derechos humanos en los tres principales sistemas regionales de derechos humanos es decir dentro de las Americas Europa y Africa asi como en los principales instrumentos internacionales 3 El derecho de acceso a la informacion impone dos obligaciones a los organismos publicos Primero el deber Proactividad proactivo de hacer publica la informacion clave sobre las actividades de las autoridades y los gobiernos segundo la obligacion reactiva de responder a las solicitudes de informacion de las personas ya sea mediante la publicacion de documentos publicos originales o copias de los documentos en posesion 4 En los ultimos 10 anos el derecho a la informacion y el acceso a la informacion publica ha sido reconocido en un numero creciente de paises y se han adoptado varias leyes de acceso a la informacion en todo el mundo incluidos los paises en desarrollo Si en 1990 solo 13 paises tenian una ley nacional de libertad de informacion en 2015 existian 100 de esas leyes en todo el mundo 5 En 2015 la Conferencia General de la UNESCO voto para designar el 28 de septiembre como Dia Internacional para el Acceso Universal a la Informacion o como se lo conoce mas comunmente Dia de Acceso a la Informacion La fecha se habia celebrado anteriormente como Dia del Derecho a Saber desde 2002 6 Responsabilidad participacion eficiencia EditarLa Organizacion de los Estados Americanos OEA se ha referido al acceso a la informacion publica como un derecho humano fundamental instrumento basico para la participacion ciudadana en un sistema democratico que fortalece la rendicion de cuentas y la confianza en las instituciones publicas 7 La Oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresion se ha abocado a una tarea permanente por garantizar y ampliar el acceso a la informacion en las Americas en el entendido de que su implementacion efectiva constituye la piedra angular para la consolidacion del derecho a la libertad de expresion y ofrece un marco para el establecimiento de politicas de transparencia necesarias para fortalecer a las democracias 8 La transparencia politica mejorada a traves del derecho de acceso a la informacion publica conlleva una serie de beneficios fundamentales para las sociedades democraticas Primero el acceso a la informacion publica mejora la responsabilidad publica ya que contribuye a hacer que los gobiernos y los funcionarios publicos sean mas responsables de sus acciones y decisiones En segundo lugar el derecho a saber aumenta la participacion de las personas ya que pone a disposicion informacion que puede ayudar a los ciudadanos a tomar decisiones mas efectivas sobre asuntos que afectan directamente sus vidas y a participar con opiniones informadas en debates publicos y en el proceso de toma de decisiones En tercer lugar el acceso a la informacion publica contribuye a la eficiencia de la toma de decisiones ya que la divulgacion alienta a las instituciones publicas a gestionar y organizar mejor la informacion y puede ayudar a mejorar la comunicacion entre los organismos publicos 4 Ademas el acceso a la informacion sirve a otros objetivos sociales Por ejemplo el acceso a los registros medicos puede ayudar a las personas a tomar mejores decisiones sobre el tratamiento medico la planificacion financiera y similares Finalmente el acceso a la informacion puede facilitar practicas comerciales efectivas ya que parte de la informacion en poder de los organismos publicos relacionados con cuestiones economicas puede ser util para las empresas y por lo tanto puede contribuir a aumentar la eficacia del sector 9 Estandares internacionales EditarA nivel nacional el acceso a la informacion publica esta regulado por las leyes de libertad de informacion Ademas de la legislacion nacional los principios y estandares para el acceso a la informacion publica se establecen en varias declaraciones y tratados internacionales que han reconocido con autoridad la naturaleza fundamental y legal del derecho a la libertad de informacion junto con la necesidad de legislaciones efectivas que garanticen la respeto de ese derecho en la practica 10 Dichas leyes y normas internacionales incluyen Normas y declaraciones de la sociedad civil estos incluyen los Diez Principios sobre el Derecho a Saber de la Iniciativa de Justicia 2005 el derecho del publico a saber Principios sobre la legislacion sobre libertad de informacion en virtud del articulo 19 1999 la Declaracion de Atlanta y el Plan de accion para el avance del derecho de acceso a la informacion 2008 la Declaracion de Budapest sobre el derecho de acceso a la informacion 2008 la Carta de Transparencia para Instituciones Financieras Internacionales Reclamando nuestro derecho a saber por la Iniciativa de Transparencia Global 2006 la Declaracion sobre la apertura parlamentaria 2012 Tratados internacionales estos incluyen el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos 2009 y el Convenio de Aarhus sobre Acceso a la Informacion Participacion Publica y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales 1999 Principios y recomendaciones intergubernamentales estos incluyen los Principios sobre el derecho de acceso a la informacion por parte de la Organizacion de los Estados Americanos 2000 la Recomendacion 2002 2 del Consejo de Europa sobre acceso a documentos oficiales 2002 la Declaracion de Principios sobre la Libertad de Expresion en Africa de la Comision Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos 2002 la Declaracion de Maputo de la UNESCO sobre el fomento de la libertad de expresion el acceso a la informacion y el empoderamiento de las personas 2008 la Declaracion de la UNESCO sobre la libertad de informacion de Brisbane la Declaracion de Dakar sobre los medios y el buen gobierno 2005 Informes anuales del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre Libertad de Opinion y Expresion el Relator Especial de la ONU ha abordado el tema de la libertad de informacion en sus informes anuales desde 1997 Despues de eso la Comision de Derechos Humanos hizo suyos los comentarios del Relator Especial y le pidio que profundizara mas sobre el derecho a buscar y recibir informacion Como consecuencia el Relator Especial de la ONU amplio significativamente su comentario sobre la libertad de informacion en sus informes anuales de 2000 3 Principios rectores EditarLa organizacion no gubernamental Articulo 19 ha publicado un conjunto de principios llamados El derecho del publico a saber Principios de la legislacion sobre libertad de informacion que describe las mejores practicas y normas sobre legislacion de libertad de informacion basadas en leyes internacionales y regionales asi como en practicas y legislaciones nacionales en evolucion Dichos principios que estan disenados principalmente para las leyes nacionales tambien son aplicables a organismos intergubernamentales como las Naciones Unidas y la Union Europea 10 Principio 1 divulgacion maximaEl principio de maxima divulgacion establece la presuncion de que toda la informacion en poder de los organismos publicos debe estar cubierta por el alcance de las leyes de acceso a la informacion Esta presuncion solo acepta circunstancias limitadas para excepciones Este principio incorpora la logica muy basica que sustenta el concepto de libertad de informacion Implica que las autoridades publicas que buscan negar el acceso a la informacion publica tienen la obligacion de justificar su negativa El principio de maxima divulgacion establece una definicion amplia de organismos publicos que estan sujetos al deber de divulgar informacion Una interpretacion tan amplia incluye todas las ramas del gobierno p gobiernos locales organismos electos industrias nacionalizadas y corporaciones publicas organismos judiciales y tambien organismos privados que desempenan funciones publicas El Principio 1 exige que la ley establezca normas minimas sobre el mantenimiento y la preservacion de documentos por parte de organismos publicos 10 Principio 2 obligacion de publicarEste principio implica la obligacion de los organismos publicos de responder a las solicitudes de acceso a la informacion y de publicar y difundir documentos de interes publico Se pueden aceptar pocos limites razonables basados por ejemplo en recursos y capacidad Como minimo las autoridades publicas deben hacer publicos los siguientes tipos de informacion informacion operativa sobre el funcionamiento de los organismos publicos incluidos objetivos resultados y costos informacion sobre cualquier solicitud o queja que las personas puedan tomar en relacion con un determinado organismo publico informacion sobre como los miembros del publico pueden aportar su contribucion al proceso de formulacion de politicas los tipos y formatos de informacion en poder de los organismos publicos informacion sobre decisiones y politicas que afectan al publico junto con informacion de antecedentes sobre esas decisiones y la evidencia que condujo a su formulacion 10 Principio 3 promocion del gobierno abiertoEste principio llama a los gobiernos a promover activamente una cultura de apertura para mejorar el respeto del derecho a la informacion Esto es importante ya que las experiencias en diferentes paises han demostrado que las autoridades publicas pueden socavar la aplicacion de incluso las legislaciones mas progresistas Por lo tanto las leyes nacionales deben asignar recursos adecuados para la promocion de una cultura de gobierno abierto mediante codigos internos sobre acceso y apertura programas educativos cobertura de medios y campanas de comunicacion Dichas actividades tambien deberian tener como objetivo contrastar la cultura del secreto oficial dentro del gobierno por ejemplo a traves de capacitaciones para funcionarios publicos 10 En 2011 se adopto un paso importante en esta direccion con el establecimiento de una nueva alianza global de paises democraticos comprometidos con la promocion de la transparencia la rendicion de cuentas y la participacion bajo la etiqueta Alianza para el Gobierno Abierto 11 Principio 4 alcance limitado de excepcionesLas excepciones a la divulgacion deben basarse en excepciones definidas clara y estrechamente Las autoridades publicas deben demostrar que una negativa a proporcionar la informacion requerida ha pasado una prueba para evaluar si la divulgacion de una informacion dada amenaza con causar un dano sustancial a un objetivo legitimo y si el dano es mayor que el interes publico en tener la informacion Las decisiones de no divulgacion deben tomarse caso por caso Las leyes nacionales deben proporcionar una lista exhaustiva de las razones legitimas que pueden justificar la no divulgacion Dicha lista debe definirse de manera limitada e incluir solo intereses altamente relevantes a proteger como la aplicacion de la ley la privacidad la seguridad nacional la confidencialidad comercial y de otro tipo la seguridad publica o individual y la integridad del proceso de toma de decisiones Sin embargo incluso si se puede demostrar que la divulgacion causaria un dano sustancial a un interes legitimo la informacion deberia divulgarse cuando los beneficios de la divulgacion prevalezcan sobre el dano En otras palabras el dano al interes legitimo debe compararse con el interes publico de tener una determinada informacion a disposicion del publico 10 Principio 5 Procesos para facilitar el accesoDe acuerdo con este principio las solicitudes de informacion publica deben procesarse de manera rapida y justa y una revision independiente de cualquier rechazo debe ponerse a disposicion del solicitante Ademas los organismos publicos estan llamados a establecer sistemas abiertos y accesibles para implementar las leyes de libertad de informacion y garantizar asi el derecho del publico a recibir la informacion requerida Ademas la ley deberia establecer un derecho individual para apelar ante un organismo independiente ante cualquier negativa de un organismo publico a divulgar informacion Todos los miembros del publico deben estar en condiciones de acceder a los procedimientos de apelacion sin incurrir en costos indebidos y procedimientos complicados 10 Principio 6 CostosEste principio establece que los costos de acceso a la informacion publica no deberian ser tan altos como para disuadir a los solicitantes de realizar la solicitud En todo el mundo existen diferentes regimenes de costos que incluyen por ejemplo sistemas de tarifas fijas para cada solicitud y tarifas graduadas segun el costo real de recuperar y reproducir la informacion y o los documentos solicitados 10 Principio 7 reuniones abiertasLa libertad de informacion comprende el derecho del publico a saber como se comporta el gobierno en nombre de las personas y a participar en la toma de decisiones Por lo tanto la ley de libertad de informacion debe incorporar la presuncion de que todas las reuniones relevantes de los organos rectores es decir las que participan en la toma de decisiones deben estar abiertas al publico Las reuniones pueden estar cerradas pero solo cuando existen buenas razones para el cierre Tales razones deben explicarse claramente y el cierre debe cumplir con los procedimientos establecidos 10 Principio 8 la divulgacion tiene prioridadOtras leyes relacionadas con la informacion publica deben ser consistentes con el principio de maxima divulgacion y los otros principios que sustentan la libertad de informacion En particular el regimen de excepciones debe definirse claramente en la legislacion sobre libertad de informacion las extensiones del regimen de excepciones no deberian estar permitidas por otras leyes 10 Principio 9 Proteccion para denunciantesLos denunciantes de irregularidades es decir las personas que ponen a disposicion del publico informacion sobre las irregularidades del gobierno incluida por ejemplo la corrupcion la deshonestidad la mala administracion las amenazas graves para la salud la seguridad o el medio ambiente etc deben protegerse de cualquier tipo de sanciones legales administrativas o de otro tipo En este contexto el interes publico se refiere a situaciones en las que el beneficio de la divulgacion prevalece sobre el dano sin importar como se haya realizado la divulgacion Esto se aplica en particular cuando existen razones excepcionalmente serias para divulgar cierta informacion como una amenaza grave para la salud o la seguridad publica o cuando existe una fuerte evidencia de que se ocultaran o destruiran las irregularidades 10 Situacion por pais EditarArgentina Editar Constitucion de la Nacion Argentina 1994 Garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la informacion publica a traves del articulo 1º de los articulos 33 41 42 y concordantes del Capitulo Segundo que establece nuevos Derechos y Garantias y del articulo 75 inciso 22 que incorpora con jerarquia constitucional diversos Tratados Internacionales 12 Publica 1999 Establece un conjunto de deberes prohibiciones e incompatibilidades aplicables sin excepcion a todas las personas que se desempenen en la funcion publica en todos sus niveles y jerarquias en forma permanente o transitoria por eleccion popular designacion directa por concurso o por cualquier otro medio legal extendiendose su aplicacion a todos los magistrados funcionarios y empleados del Estado Capitulos Deberes y pautas de comportamiento etico Regimen de Declaraciones Juradas Antecedentes Incompatibilidades y conflictos de intereses Regimen de obsequios a funcionarios publicos Prevencion sumaria Comision Nacional de Etica Publica Reformas al Codigo Penal Publicidad y Divulgacion Vigencia y Disposiciones TransitoriasEl articulo mas relevante de esta ley menciona Art 2º e Fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir informacion a menos que una norma o el interes publico claramente lo exijanArt 2º f Abstenerse de utilizar informacion adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados 13 Decreto 1172 Acceso a la Informacion Publica 2003 A traves de este decreto se aprueba los siguientes reglamentos Reglamento General de Audiencias Publicas para el Poder Ejecutivo Nacional Reglamento General para la Publicidad de la Gestion de Intereses en el ambito del Poder Ejecutivo Nacional Reglamento General para la Elaboracion Participativa de Normas Reglamento General del Acceso a la Informacion Publica para el Poder Ejecutivo Nacional Reglamento General de Reuniones Abiertas de los Entes Reguladores de los Servicios Publicos A su vez respecto a la publicacion del Boletin Oficial de la Republica Argentina se determina su acceso libre y gratuito via Internet a la edicion diaria en su totalidad exactamente fiel en texto y tiempo a la que se publica en papel con todas las Secciones y Anexos correspondientes 14 Ley 27 275 Derecho de Acceso a la Informacion Publica 2016 Con esta ley se apunta a garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica promover la participacion ciudadana y la transparencia de la gestion publica Contempla la posibilidad de buscar acceder solicitar recibir copiar analizar reprocesar reutilizar y redistribuir libremente la informacion bajo custodia de los sujetos obligados con las unicas limitaciones y excepciones que se establece en la norma Capitulos Regimen general Excepciones Solicitud de informacion y vias de reclamo Agencia de Acceso a la Informacion Publica Responsables de acceso a la informacion publica Transparencia activa Disposiciones de aplicacion transitoriaEn esta ley se establece el concepto de Informacion publica referido a todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados generen obtengan transformen controlen o custodien independientemente de su forma origen fecha de creacion o caracter oficialAdicionalmente regula las formas de solicitar la informacion plazos y vias de reclamo fundados en el principio de transparencia activa por el cual los sujetos obligados deberan facilitar la busqueda y el acceso a la informacion publicada a traves de su pagina oficial de la red informatica de una manera clara estructurada y entendible para los interesados y procurando remover toda barrera que obstaculice o dificulte su reutilizacion por parte de terceros 15 Estados Unidos Editar En los Estados Unidos los actos posteriores al 11 S tales como la Patriot Act en beneficio de la seguridad han dado lugar a restricciones en el acceso a ciertos tipos de informacion asi como un aumento de los intentos del gobierno en la vigilancia de la informacion privada del individuo tales como los registros de la biblioteca Los bibliotecarios siempre han abogado por el acceso libre y gratuito a la informacion gubernamental Grupos como la American Library Association la Asociacion Americana de Bibliotecas de Derecho han abogado por el libre acceso a la informacion Igualmente es un tema central para gremios de periodistas y organizaciones defensoras de la democracia Espana Editar En Espana se aprobo en el ano 2013 la Ley 19 2013 de 9 de diciembre de transparencia acceso a la informacion publica y buen gobierno La ley crea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno organismo publico independiente que tiene entre sus funciones salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica Ademas numerosas organizaciones no gubernamentales tienen como mision luchar por la transparencia publica Existe la Coalicion Pro Acceso que nuclea a un conjunto de organizaciones civicas con este proposito En esta linea la organizacion Access Info Europe con sede en Madrid pero con proyeccion europea es una de las que lidera los esfuerzos por fortalecer el ejercicio del derecho a la informacion de los ciudadanos con numerosas iniciativas y programas Mexico Editar Vease tambien Anexo Organismos Garantes del acceso a la informacion en las Entidades Federativas de Mexico La normatividad que regula en Mexico desde el ano 2003 ha sufrido diversas modificaciones con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la informacion de una manera amplia y a la vez de facil acceso a la sociedad ya que se rige bajo principios como el de maxima publicidad 16 y gratuidad La ley que regula el derecho a la informacion se denomina Ley General de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica3 se deriva del Art 6 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos 17 y se crea como modelo en tanto los estados modifican su normatividad local para garantizar el acceso a la informacion Una propuesta regional esta representada por la Ley Modelo sobre Acceso a la Informacion emanada de la OEA los jefes de estado y gobernadores se reunieron en Nuevo Leon Mexico para declararse a favor del acceso a la informacion afirmaron que deberian contar con los marcos juridicos y normativos para garantizar a nuestros ciudadanos el derecho al acceso a la informacion 18 En dicha ley se preve la creacion de la Unidad de Acceso a la Informacion Publica AIP como organo desconcentrado de la AGESIC organismo que lidera la estrategia de implementacion de Gobierno Electronico y depende de Presidencia y de control El mismo es el encargado principalmente de promover el ejercicio del derecho de acceso a la informacion y coordinar la implementacion de politicas en la materia Su pagina web es www uaip gub uy Acceder a la informacion que posee y produce el Estado es un derecho colectivo segun lo establece la Ley N 18 381 de Derecho de Acceso a la Informacion Publica Esta informacion debe estar al alcance de todas las personas para fortalecer la transparencia y la rendicion de cuentas El Marco Normativo vigente en Mexico se encuentra conformado por Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Ley General de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Ley Federal de Proteccion de Datos Personales en Posesion de los Particulares Ademas de la normatividad mencionada cada Entidad Federativa asi como la Ciudad de Mexico cuentan con su normatividad local en la materia y en el ambito Federal la autoridad encargada de dar seguimiento y vigilar el cumplimiento del Estado es el Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Informacion y Proteccion de Datos Personales En terminos de la Reforma Constitucional en materia de Transparencia publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 7 de febrero de 2014 las autoridades en la materia se denominan organismos garantes de las entidades federativas En cuestion de funcionalidad y congruencia aun existen varias incongruencias en cuanto a la relacion que existen entre las leyes que abordan el tema de la proteccion de datos personales y el acceso a la informacion Segun Sigrid Arzt una Ley General se deja a las entidades federativas y a los municipios en el ambito de su competencia la regulacion secundaria y con ello tal como sucede en la actualidad podrian existir serias disparidades en materia de transparencia 19 La doctora Sigrid a partir de octubre del 2009 es Comisionada del Instituto Federal de Acceso de Informacion y Proteccion de Datos IFAI y teniendo este puesto a su cargo la doctora menciona que siguen haciendo falta muchas regulaciones y congruencias en el marco regulatorio para que no se violen y se cumplan todos los derechos de las personas 20 Uruguay Editar En Uruguay el derecho al acceso a la informacion publica se entiende inmerso en al articulo 72 de la Constitucion de la Republica por el cual se considera hace a la construccion de la forma republicana de Gobierno Existen ademas la Ley N º 18 381 de Derecho de Acceso a la Informacion Publica de fecha 17 de octubre de 2008 y su Decreto Reglamentario 232 010 del 2 de agosto de 2010 Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Legislacion acerca de libertad de informacion Gobierno abierto Derecho a la comunicacion Libertad de informacion Habeas data Codigo abierto Acceso libreBibliografia EditarMaravall Jose Maria 2003 El control de los politicos Madrid Taurus p 263 ISBN 9788430605118 Nuestro Derecho a Saber Guia para usar la Ley de Acceso a la Informacion en la Ciudad de Buenos Aires Buenos Aires Asociacion por los Derechos Civiles 2006 p 32 Rodriguez Zepeda Jesus Estado y Transparencia un paseo por la filosofia politica Cuadernos de Transparencia No 4 Instituto de Acceso a la Informacion Publica MexicoMartinez Becerril Rigoberto 2009 El Derecho de Acceso a la Informacion Publica en Mexico su ejercicio y medios de impugnacion Editado por el Instituto de Acceso a la Informacion del Estado de Mexico 2009 ISBN 9876079532826Referencias Editar ADC Asociacion por los Derechos Civiles 2006 Nuestro derecho a saber guia para usar la Ley de Acceso a la Informacion Publica de la Ciudad de Buenos Aires Rodriguez Zepeda Jesus Estado y Transparencia un paseo por la filosofia politica Cuadernos de Transparencia 2006 No 4 pp 13 16 a b International standards Right to information ARTICLE 19 en ingles estadounidense Consultado el 5 de febrero de 2020 a b Legal Leaks Toolkit A guide for journalists on how to access government information web archive org 21 de octubre de 2016 Consultado el 7 de febrero de 2020 Freedom of Information United Nations Educational Scientific and Cultural Organization www unesco org Consultado el 7 de febrero de 2020 UNESCO Names Sept 28 Access to Information Day Freedom Info 17 de noviembre de 2015 Archivado desde el original el 14 de abril de 2020 Consultado el 7 de febrero de 2020 OEA 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la ultima Info Access Europe La Justicia cordobesa y su rol como garante del Derecho de Acceso a la Informacion Publica podemos confiar en Fundacion para el Desarrollo de Politicas Publicas FUNDEPS Comision de Investigacion de Atentados a Periodistas CIAP FELAP Ley simple Acceso a la informacion publica en Argentina Diez anos de incumplimiento del Convenio de Aarhus por Espana Datos Q5803441Obtenido de https es wikipedia org w index php title Derecho de acceso a la informacion amp oldid 136763724, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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