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Democracia constitucional

Democracia constitucional es el término acuñado por autores como Karl Friedrich Krause y Karl Loewenstein, que han difundido este término para referirse a aquellas democracias que se fundan sobre una Constitución con un contenido particular, substancial, que es capaz de organizar y limitar el poder político de un Estado[1]​, que permite desplegar relaciones de igualdad y justicia, para defender la soberanía popular.

Esto y más, tiene su explicación en que la palabra democracia es utilizada por los más opuestos sectores políticos, por lo que se ha creado una confusión en cuanto a su significado, lo que hace necesario un esfuerzo para precisar su sentido y alcance con una noción más exacta; de allí surge el concepto elaborado por los autores ya citados.

La democracia constitucional tiene las siguientes características o elementos:

Participación política universal

"Para que un régimen sea democrático. debe asegurar cuantitativa y cualitativamente la participación en los asuntos públicos del mayor número posible de personas"
[2]

Al no haber jamás coincidencia entre el número de miembros de la población y el número de participantes en asuntos del Estado, la lógica democrática tiende a otorgar la participación política más amplia posible. En la Democracia representativa esta participación política se expresa en el sufragio universal, la posibilidad de ser elegido en cargos públicos y el acceso a los Partidos Políticos. En la Democracia semidirecta se expresa en las instituciones propias de´este sistema, como por ejemplo, el Referéndum, Plebiscito, Revocatoria

El sufragio universal supone el otorgamiento de este derecho a toda la población adulta, sin ninguna exclusión colectiva, sino solo exclusiones individuales y que se establezcan por incapacidades o indignidades manifiestas.

Pluralismo político

El pluralismo es el resultado natural de la libertad del ser humano, ya que en virtud de ella, este puede pensar o expresar su pensamiento por cualquier medio, y actuar como estime conveniente para su perfeccionamiento y pleno desarrollo, no yendo contra la ley o el derecho de terceros. Su alcance no solo es individual, sino también social, en cuanto el ser humano posee el derecho de asociación, que se expresa en la formación de grupos o cuerpos intermedios que se crean para satisfacer necesidades e intereses diversos: religiosos, políticos, económicos, culturales, etc.

"La esencia de la democracia constitucional es que los grupos pluralistas más diversos pueden participar ilimitadamente en el proceso económico y político. Todas las fuerzas sociales de importancia tienen garantizada la libertad de competir en un circuito abierto de valores"
[3]

El pluralismo político abarca un aspecto fundamental, pero específico del pluralismo, ya que comprende por una parte, la libre expresión de las ideas políticas, comprendiéndose las ideologías y doctrinas políticas sin exclusiones, que se debaten públicamente; pues, las ideas han de rebatirse con ideas.

La democracia cree en el diálogo, en la confrontación de las opiniones. Se admite, en la democracia, que las diversas opiniones tengan la posibilidad de conquistar mayoría popular, y el Estado no otorga privilegios a ninguna en particular. Debe darse en esta confrontación ideológica un "Fair play", un juego limpio, entre las distintas corrientes ideológicas; debe haber una lucha lícita, y con medios lícitos que reflejen un espíritu de tolerancia y de respeto hacia quienes sostienen planteamientos diferentes. Así, en síntesis, como explica el constitucionalista y profesor titular del Departamento de Derecho Público de la Universidad de Concepción; Hernán Molina, "la lucha ideológica ha de desarrollarse entre adversarios leales y no entre enemigos".

Pero el Estado solamente asegura la igualdad jurídica a la expresión de las distintas opiniones. Ello no implica un deber para el Estado, de asegurar a las ideologías distintas una igualdad de hecho. Ya que "la calidad intelectual y el peso social de las opiniones es variable; gozan de acogida y apoyo muy diferentes: el entusiasmo de la masa, la simpatía de los clérigos, el sostén de organizaciones sindicales, los recursos de las grandes empresas. Esos diversos factores juegan libremente, tendiendo ellos mismos a un cierto equilibrio"

La Democracia acepta y respeta la opinión mayoritaria y la que está en minoría. Por esto "Ella no las considera como similarmente valederas, indiferentes o intercambiables en su fondo, sino por relación a la elección subjetiva del pueblo. Este no decide acerca de lo verdadero o lo falso, sino designa aquello que estima como útil y oportuno".[4]

El contenido ideológico en la democracia como es plural, es variable. Pero lo que tiene fijo es que institucionalmente debe asegurarse el procedimiento, para que el pueblo decida en libertad su apoyo o rechazo a las soluciones propuestas por las distintas corrientes ideológicas. En el Período de entreguerras se señaló y acentuó el carácter relativista de la democracia. Este relativismo, esta falta de creencia en valores absolutos, se basa en que estima la voluntad política de todos por igual, respetando todo credo y opinión política, y por ello concede a todas las convicciones políticas la misma posibilidad para expresar y conquistar por la libre concurrencia la adhesión de cada persona.[5]​ La crítica antidemocrática subrayó estos aspectos gnósticos, y en la medida que no existen para el demoliberalismo, verdades absolutas, la democracia será guiada a su autodestrucción o a su suicidio. En ese período ya citado fueron batidos por sus propias formas jurídicas, el régimen liberal italiano por el Fascismo, y la República de Weimar por el Nazismo. Pero también, en aquella época, se sostuvo (y con mayor vigor en la segunda posguerra) que "no es la indiferencia ante las concepciones humanas lo que lleva a las instituciones democráticas, sino al contrario, el profundo respeto de lo que ordinariamente se estima como el bien más sagrado del hombre: su dignidad, su libertad."[6]

Entonces, la democracia se vive establemente, entre quienes aceptan un conjunto de principios mínimos y comunes. Las diferencias y divergencias propias de la vida democrática han de descansar, no obstante, en un basamento mínimo común, aceptado en la sociedad política. Es así como los aspectos relativistas extremos son propios de un período histórico de la democracia, pero que no subsisten en el Estado democrático contemporáneo, el cual se enfrenta a sus enemigos y se defiende.

Loewenstein y la democracia

Karl Loewenstein en 1970 señaló que la verdadera democracia es protección de las minorías que defienden opiniones políticas impopulares. Según los principios democráticos, la proscripción de cualquier opinión pública, cualquiera que pueda ser su objetivo político, encubierto o declarado, es ilícita. Una sociedad estatal que declara ilegales opiniones políticas, como tales, no puede seguir siendo considerada plenamente democrática. Se trata aquí, ni más ni menos, de un principio cuya renuncia significa renunciar a la democracia misma. Todos los participantes en el proceso político tienen que someterse a determinadas leyes generales. Tiene que establecerse una separación estricta entre las meras opiniones políticas, que deben ser libres, y las situaciones de hecho y conductas basadas ostensiblemente en la ilegalidad y en la violencia, que podrán y deberán ser sometidas y reprimidas por el poder de la ley, al haber sido prohibidas legalmente.[7]​mentira

La democracia protegida

La democracia protegida o democracia limitante es aquella que se defiende de sus enemigos y los proscribe de la legalidad. Así, trata de consagrar un pluralismo ideológico restringido, con exclusión de las ideologías totalitarias o antidemocráticas.

Esta posición rechaza la afirmación de que la restricción del pluralismo es negación de la democracia, señalándose que se conserva el pluralismo que es lo característico e intrínseco de la democracia, puesto que aceptan los Partidos políticos y sus ideologías de derecha, centro y de izquierda, pero con la única exclusión de los totalitarios. En cambio el Totalitarismo es una ideología excluyente, exclusivista, puesto que una vez en el poder, solo legaliza su ideología y su partido político, como en los casos históricos (y avalados jurídicamente) del comunismo soviético, el Partido nacional socialista alemán y el Fascismo.

El alcance de la limitación ideológica, como el método seguido, puede variar. Podríamos señalar lo expuesto por Wheare, que nos dice que "teóricamente no existe contradicción entre gobierno constitucional y supresión del comunismo. Los comunistas no creen en el gobierno constitucional y no pueden ocultar su menosprecio por él". Pero si bien el Estado se encuentra legitimado para establecer su proscripción, es un problema de política práctica que se debe resolver tomando en consideración las ventajas y desventajas que significa tal medida.

El punto examinado es fundamental y da lugar a legítimas dudas dada la importancia de la democracia y su fragilidad. No obstante, existe consenso respecto a que debe privilegiarse la libertad y no su restricción, con los enormes peligros que esta también comporta.

Principio mayoritario

En un plano de utopía, podría imaginarse que todas las decisiones se tomarán por unanimidad, dándose lugar de este modo a una identificación de la voluntad estatal y de los gobernados. Pero de hecho, en la sociedad contemporánea, y con libertad real, la unidad es prácticamente imposible, y como es necesario que el debate de las opiniones tenga término, pues es preciso adoptar decisiones y hacer posible la función de gobernar, es imperativo acudir a lo que se denomina Aceptación del principio mayoritario. Que se adopte como decisión y valga como voluntad estatal, la que reúna el mayor número de sufragios.

Este principio parte del supuesto de la igualdad de las voluntades de las personas, de que ninguna tiene un valor superior a otra. Y su fundamentación racional reside en que este principio permite reducir al mínimo la cantidad de personas que puedan discrepar de la voluntad estatal.

El concepto de la mayoría implica la existencia de una minoría. La mayoría es legítima, porque es resultado de un proceso previo de libre discusión de las ideas, y en el que la minoría tuvo todas oportunidades para exponer sus planetamientos. Para la minoría la decisión de la mayoría no le resulta, puesto que la impugnó en el debate, y es ese debate, esa libre discusión, que ha debido necesariamente tener un término por el imperativo de gobernar, lo que hace respetable la decisión mayoritaria.

Pero además se legitima el principio mayoritario por la circunstancia que la democracia constitucional asegura a la minoría su existencia libre, y la seguridad de que le debate solo ha tenido una decisión provisional. Se reabrirá sucesivamente tras cada decisión, y en forma indefinida, de modo que la minoría puede transformarse en mayoría y acceder al gobierno si recibe la confianza del electorado, configurándose una nueva minoría que será oposición del nuevo gobierno.

Por tanto, el principio mayoritario no es un valor en sí, sino un procedimiento técnico, que se legitima mediante los límites indicados. La mayoría puede ser simple o relativa, cuando en la pluralidad de votos es aquella que tiene la cifra más alta. Se atiende solo a la pluralidad de votos expresados en favor de las distintas opciones, no al total de votos emitidos.

Notas

  1. «Salazar, Pedro, "Sobre el concepto de Constitución". UNAM, México, 2015.». 
  2. Marcel Prelot, La Ciencia Política, 1965.
  3. Karl Loewenstein, Teoría de la Constitución, 1970.
  4. Prèlot, Marcel: “Institutions politiques et droit constitutionnel”, Dalloz, París, 1978
  5. Lucas Verdú, Pablo: “Tomo II: Curso de Derecho Político”, Tecnos, Madrid, 1976
  6. Lucas Verdú, Pablo: Ídem, pág. 236
  7. Karl Loewenstein: “Teoría de la Constitución”, Ediciones Ariel, Barcelona, 1970
  •   Datos: Q5651743

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Democracia constitucional es el termino acunado por autores como Karl Friedrich Krause y Karl Loewenstein que han difundido este termino para referirse a aquellas democracias que se fundan sobre una Constitucion con un contenido particular substancial que es capaz de organizar y limitar el poder politico de un Estado 1 que permite desplegar relaciones de igualdad y justicia para defender la soberania popular Esto y mas tiene su explicacion en que la palabra democracia es utilizada por los mas opuestos sectores politicos por lo que se ha creado una confusion en cuanto a su significado lo que hace necesario un esfuerzo para precisar su sentido y alcance con una nocion mas exacta de alli surge el concepto elaborado por los autores ya citados La democracia constitucional tiene las siguientes caracteristicas o elementos Participacion politica Derechos fundamentales Pluralismo politico Principio mayoritario Separacion organica de funciones Representacion politica vease Democracia representativa y democracia semidirecta Indice 1 Participacion politica universal 2 Pluralismo politico 2 1 Loewenstein y la democracia 2 2 La democracia protegida 3 Principio mayoritario 3 1 NotasParticipacion politica universal Editar Para que un regimen sea democratico debe asegurar cuantitativa y cualitativamente la participacion en los asuntos publicos del mayor numero posible de personas 2 Al no haber jamas coincidencia entre el numero de miembros de la poblacion y el numero de participantes en asuntos del Estado la logica democratica tiende a otorgar la participacion politica mas amplia posible En la Democracia representativa esta participacion politica se expresa en el sufragio universal la posibilidad de ser elegido en cargos publicos y el acceso a los Partidos Politicos En la Democracia semidirecta se expresa en las instituciones propias de este sistema como por ejemplo el Referendum Plebiscito RevocatoriaEl sufragio universal supone el otorgamiento de este derecho a toda la poblacion adulta sin ninguna exclusion colectiva sino solo exclusiones individuales y que se establezcan por incapacidades o indignidades manifiestas Pluralismo politico EditarEl pluralismo es el resultado natural de la libertad del ser humano ya que en virtud de ella este puede pensar o expresar su pensamiento por cualquier medio y actuar como estime conveniente para su perfeccionamiento y pleno desarrollo no yendo contra la ley o el derecho de terceros Su alcance no solo es individual sino tambien social en cuanto el ser humano posee el derecho de asociacion que se expresa en la formacion de grupos o cuerpos intermedios que se crean para satisfacer necesidades e intereses diversos religiosos politicos economicos culturales etc La esencia de la democracia constitucional es que los grupos pluralistas mas diversos pueden participar ilimitadamente en el proceso economico y politico Todas las fuerzas sociales de importancia tienen garantizada la libertad de competir en un circuito abierto de valores 3 El pluralismo politico abarca un aspecto fundamental pero especifico del pluralismo ya que comprende por una parte la libre expresion de las ideas politicas comprendiendose las ideologias y doctrinas politicas sin exclusiones que se debaten publicamente pues las ideas han de rebatirse con ideas La democracia cree en el dialogo en la confrontacion de las opiniones Se admite en la democracia que las diversas opiniones tengan la posibilidad de conquistar mayoria popular y el Estado no otorga privilegios a ninguna en particular Debe darse en esta confrontacion ideologica un Fair play un juego limpio entre las distintas corrientes ideologicas debe haber una lucha licita y con medios licitos que reflejen un espiritu de tolerancia y de respeto hacia quienes sostienen planteamientos diferentes Asi en sintesis como explica el constitucionalista y profesor titular del Departamento de Derecho Publico de la Universidad de Concepcion Hernan Molina la lucha ideologica ha de desarrollarse entre adversarios leales y no entre enemigos Pero el Estado solamente asegura la igualdad juridica a la expresion de las distintas opiniones Ello no implica un deber para el Estado de asegurar a las ideologias distintas una igualdad de hecho Ya que la calidad intelectual y el peso social de las opiniones es variable gozan de acogida y apoyo muy diferentes el entusiasmo de la masa la simpatia de los clerigos el sosten de organizaciones sindicales los recursos de las grandes empresas Esos diversos factores juegan libremente tendiendo ellos mismos a un cierto equilibrio La Democracia acepta y respeta la opinion mayoritaria y la que esta en minoria Por esto Ella no las considera como similarmente valederas indiferentes o intercambiables en su fondo sino por relacion a la eleccion subjetiva del pueblo Este no decide acerca de lo verdadero o lo falso sino designa aquello que estima como util y oportuno 4 El contenido ideologico en la democracia como es plural es variable Pero lo que tiene fijo es que institucionalmente debe asegurarse el procedimiento para que el pueblo decida en libertad su apoyo o rechazo a las soluciones propuestas por las distintas corrientes ideologicas En el Periodo de entreguerras se senalo y acentuo el caracter relativista de la democracia Este relativismo esta falta de creencia en valores absolutos se basa en que estima la voluntad politica de todos por igual respetando todo credo y opinion politica y por ello concede a todas las convicciones politicas la misma posibilidad para expresar y conquistar por la libre concurrencia la adhesion de cada persona 5 La critica antidemocratica subrayo estos aspectos gnosticos y en la medida que no existen para el demoliberalismo verdades absolutas la democracia sera guiada a su autodestruccion o a su suicidio En ese periodo ya citado fueron batidos por sus propias formas juridicas el regimen liberal italiano por el Fascismo y la Republica de Weimar por el Nazismo Pero tambien en aquella epoca se sostuvo y con mayor vigor en la segunda posguerra que no es la indiferencia ante las concepciones humanas lo que lleva a las instituciones democraticas sino al contrario el profundo respeto de lo que ordinariamente se estima como el bien mas sagrado del hombre su dignidad su libertad 6 Entonces la democracia se vive establemente entre quienes aceptan un conjunto de principios minimos y comunes Las diferencias y divergencias propias de la vida democratica han de descansar no obstante en un basamento minimo comun aceptado en la sociedad politica Es asi como los aspectos relativistas extremos son propios de un periodo historico de la democracia pero que no subsisten en el Estado democratico contemporaneo el cual se enfrenta a sus enemigos y se defiende Loewenstein y la democracia Editar Karl Loewenstein en 1970 senalo que la verdadera democracia es proteccion de las minorias que defienden opiniones politicas impopulares Segun los principios democraticos la proscripcion de cualquier opinion publica cualquiera que pueda ser su objetivo politico encubierto o declarado es ilicita Una sociedad estatal que declara ilegales opiniones politicas como tales no puede seguir siendo considerada plenamente democratica Se trata aqui ni mas ni menos de un principio cuya renuncia significa renunciar a la democracia misma Todos los participantes en el proceso politico tienen que someterse a determinadas leyes generales Tiene que establecerse una separacion estricta entre las meras opiniones politicas que deben ser libres y las situaciones de hecho y conductas basadas ostensiblemente en la ilegalidad y en la violencia que podran y deberan ser sometidas y reprimidas por el poder de la ley al haber sido prohibidas legalmente 7 mentira La democracia protegida Editar La democracia protegida o democracia limitante es aquella que se defiende de sus enemigos y los proscribe de la legalidad Asi trata de consagrar un pluralismo ideologico restringido con exclusion de las ideologias totalitarias o antidemocraticas Esta posicion rechaza la afirmacion de que la restriccion del pluralismo es negacion de la democracia senalandose que se conserva el pluralismo que es lo caracteristico e intrinseco de la democracia puesto que aceptan los Partidos politicos y sus ideologias de derecha centro y de izquierda pero con la unica exclusion de los totalitarios En cambio el Totalitarismo es una ideologia excluyente exclusivista puesto que una vez en el poder solo legaliza su ideologia y su partido politico como en los casos historicos y avalados juridicamente del comunismo sovietico el Partido nacional socialista aleman y el Fascismo El alcance de la limitacion ideologica como el metodo seguido puede variar Podriamos senalar lo expuesto por Wheare que nos dice que teoricamente no existe contradiccion entre gobierno constitucional y supresion del comunismo Los comunistas no creen en el gobierno constitucional y no pueden ocultar su menosprecio por el Pero si bien el Estado se encuentra legitimado para establecer su proscripcion es un problema de politica practica que se debe resolver tomando en consideracion las ventajas y desventajas que significa tal medida El punto examinado es fundamental y da lugar a legitimas dudas dada la importancia de la democracia y su fragilidad No obstante existe consenso respecto a que debe privilegiarse la libertad y no su restriccion con los enormes peligros que esta tambien comporta Principio mayoritario EditarEn un plano de utopia podria imaginarse que todas las decisiones se tomaran por unanimidad dandose lugar de este modo a una identificacion de la voluntad estatal y de los gobernados Pero de hecho en la sociedad contemporanea y con libertad real la unidad es practicamente imposible y como es necesario que el debate de las opiniones tenga termino pues es preciso adoptar decisiones y hacer posible la funcion de gobernar es imperativo acudir a lo que se denomina Aceptacion del principio mayoritario Que se adopte como decision y valga como voluntad estatal la que reuna el mayor numero de sufragios Este principio parte del supuesto de la igualdad de las voluntades de las personas de que ninguna tiene un valor superior a otra Y su fundamentacion racional reside en que este principio permite reducir al minimo la cantidad de personas que puedan discrepar de la voluntad estatal El concepto de la mayoria implica la existencia de una minoria La mayoria es legitima porque es resultado de un proceso previo de libre discusion de las ideas y en el que la minoria tuvo todas oportunidades para exponer sus planetamientos Para la minoria la decision de la mayoria no le resulta puesto que la impugno en el debate y es ese debate esa libre discusion que ha debido necesariamente tener un termino por el imperativo de gobernar lo que hace respetable la decision mayoritaria Pero ademas se legitima el principio mayoritario por la circunstancia que la democracia constitucional asegura a la minoria su existencia libre y la seguridad de que le debate solo ha tenido una decision provisional Se reabrira sucesivamente tras cada decision y en forma indefinida de modo que la minoria puede transformarse en mayoria y acceder al gobierno si recibe la confianza del electorado configurandose una nueva minoria que sera oposicion del nuevo gobierno Por tanto el principio mayoritario no es un valor en si sino un procedimiento tecnico que se legitima mediante los limites indicados La mayoria puede ser simple o relativa cuando en la pluralidad de votos es aquella que tiene la cifra mas alta Se atiende solo a la pluralidad de votos expresados en favor de las distintas opciones no al total de votos emitidos Notas Editar Salazar Pedro Sobre el concepto de Constitucion UNAM Mexico 2015 Marcel Prelot La Ciencia Politica 1965 Karl Loewenstein Teoria de la Constitucion 1970 Prelot Marcel Institutions politiques et droit constitutionnel Dalloz Paris 1978 Lucas Verdu Pablo Tomo II Curso de Derecho Politico Tecnos Madrid 1976 Lucas Verdu Pablo Idem pag 236 Karl Loewenstein Teoria de la Constitucion Ediciones Ariel Barcelona 1970 Datos Q5651743Obtenido de https es wikipedia org w index php title Democracia constitucional amp oldid 136375943, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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