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Criterios de Copenhague

Criterios de adhesión
Lo que un nuevo Estado miembro debe cumplir
para adherirse a la Unión Europea[1]
Criterio político

la existencia de instituciones estables que garanticen la democracia, el Estado de derecho, el respeto de los derechos humanos y el respeto y protección de las minorías.

Criterio económico

la existencia de una economía de mercado viable, así como la capacidad de hacer frente a la presión competitiva y las fuerzas del mercado dentro de la Unión.

La capacidad para asumir las obligaciones que se derivan de la adhesión, especialmente aceptar los objetivos de la unión política, económica y monetaria.
Haber creado las condiciones para su integración mediante la adaptación de sus estructuras administrativas.

Los criterios de Copenhague, o criterios de adhesión,[1]​ son las condiciones previas que debe respetar todo país que desee convertirse en un Estado miembro de la Unión Europea (UE). Estos criterios de adhesión fueron establecidos en junio de 1993 en el Consejo Europeo celebrado en la ciudad de Copenhague (Dinamarca), de la que toman su nombre. Luego fueron completados en el Consejo Europeo de Madrid de 1995.

Toda solicitud de adhesión es objeto de un dictamen de la Comisión Europea y de una decisión del Consejo Europeo. La Comisión se basa en los criterios de Copenhague para emitir su dictamen relativo a las solicitudes de adhesión.[1]​ Los criterios requieren que el Estado tenga unas instituciones que preserven la gobernabilidad democrática y los derechos humanos, una economía de mercado en funcionamiento, y que el Estado acepte las obligaciones e intenciones de la UE. Aunque se haya otorgado el estatuto de país candidato al país solicitante, eso no implica el inicio inmediato de negociaciones con vistas a la adhesión. Para ello, debe cumplir los criterios de adhesión.[1]

Junto a los criterios de Copenhague, otros dos documentos definen la pertenencia a la Unión Europea: El Tratado de Maastricht de 1992 (Artículo 49, criterios geográficos y políticos[2]​ por parte de la Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea), y las negociaciones marco para cada país candidato (Condiciones específicas y detalladas). Durante las negociaciones con cada país candidato, el progreso hacia el cumplimiento de los criterios de Copenhague se controla regularmente. Sobre esta base se toman las decisiones sobre cuando y como un país ha de participar, o qué acciones ha de tomar antes de unirse.

Historia

Participantes en el Consejo Europeo de Copenhague[3]
Poul Nyrup Rasmussen
Primer Ministro de Dinamarca y
Presidente del Consejo Europeo
Jacques Delors
Presidente de la Comisión Europea
Hans van den Broek
Comisario de Asuntos Exteriores (Comisión Europea)
Alemania Helmut Kohl Canciller Federal
Klaus Kinkel Ministro de AA EE.
Bélgica Jean-Luc Dehaene Primer ministro
Willy Claes Ministro de AA EE.
España Felipe González Presidente del gobierno
Javier Solana Ministro de AA EE.
Francia François Mitterrand Presidente de la República
Édouard Balladur Primer ministro
Alain Juppé Ministerio de AA EE.
Grecia Constantinos Mitsotakis Primer ministro
Irlanda Albert Reynolds Taoiseach
Italia Carlo Azeglio Ciampi Primer ministro
Luxemburgo Jacques Santer Primer ministro
Jacques Poos Ministro de AA EE.
Países Bajos Ruud Lubbers Primer ministro
Portugal Aníbal Cavaco Silva Primer ministro
José Manuel Barroso Ministro de AA EE.
Reino Unido John Major Primer ministro

En la cumbre del 21 y 22 de junio en Copenhague, el Consejo Europeo estableció los criterios que todo país candidato debe cumplir para poder ingresar en la Unión Europea. Los principios fundamentales buscaban la homogeneidad de las instituciones en el seno de la UE, de forma que cada Estado miembro respete los principios de libertad, democracia, de los derechos humanos y las libertades fundamentales y Estado de derecho. Estos puntos se incluyeron en el Tratado de la Unión Europea (artículo 6, artículo 49).[4]​ Luego se intensificaron dichos criterios en el Consejo Europeo de Madrid, en 1995.[4]

Cuando estos criterios se acordaron en 1993 no existía un mecanismo para asegurarse que cualquier país que ya era miembro de la UE cumpliera estos criterios. Estas disposiciones entraron en vigor hacia los estados ya miembros el 1 de febrero de 2003 en virtud de las disposiciones del Tratado de Niza.

La mayoría de estos elementos fueron esclarecidos y expuestos de un modo más preciso, en los quince años posteriores a través de la legislación del Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo, así como por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.

No obstante, a veces aparecen conflictos en las interpretaciones que hacen los diferentes Estados miembros actuales. Algunos ejemplos se detallan a continuación.

Los criterios

Criterios políticos

Democracia

La democracia funcional de la gestión de los asuntos públicos exige que todos los ciudadanos de los estados miembros tienen que estar en condiciones de participar, en condiciones de igualdad, en la toma de las decisiones políticas que rigen la vida política, en cada uno de los niveles, ya sea a nivel local, regional o estatal. Esto también exige la libre elección con voto secreto, el derecho a establecer partidos políticos sin ningún obstáculo por parte del Estado; la libertad de expresión y prensa; la libre organización en sindicatos, y la libertad judicial.

Estado de Derecho

El Estado de Derecho implica que la autoridad del gobierno sólo puede ejercer en conformidad con las leyes establecidas en cada país, que fueron aprobadas a través de un procedimiento establecido. El principio es la intención de ser una salvaguarda contra las arbitrariedades falladas en casos individuales.

Derechos humanos

Los derechos humanos son los derechos que tiene toda persona debido a su calidad como ser humano, estos derechos son "inalienables" y pertenecientes a todos los seres humanos. Si es un derecho inalienable, lo que significa que no puede ser otorgado, concedido, vendido o limitado. Entre ellos figuran el derecho a la vida, el derecho a ser procesado sólo según las leyes que están en existencia en el momento de cometer el delito, el derecho a no ser sometido a la esclavitud, y el derecho a no ser sometido a torturas.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos realizada por la ONU es considerada la más alta formulación de los derechos humanos, aunque la UE cuenta asimismo con un mecanismo de refuerzo, la Convención Europea de Derechos Humanos. La obligación de seguir en esta línea ha forzado varias naciones recientemente adheridas a la UE a realizar cambios importantes en su legislación, los servicios públicos y el poder judicial. Muchos de los cambios en el tratamiento de las minorías étnicas y religiosas, o la eliminación de las disparidades de tratamiento entre las diferentes facciones políticas.

El respeto y la protección de las minorías

Los miembros de estas minorías nacionales tienen que ser capaces de mantener su cultura y prácticas tradicionales, incluyendo su idioma sin sufrir ningún tipo de discriminación.[5]

La convención del Consejo de Europa en este tema fue un gran avance en este campo. Sin embargo este tema es tan sensible que el convenio todavía no incluye una definición clara de estas minorías. Como resultado de esto, muchos de los Estados firmantes han añadido aclaraciones oficiales para su firma en las cuales constan las minorías del país. Las declaraciones hechas con respecto a los tratados N º 157. Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales incluyen:

Otros firmantes declararon que no tienen minorías nacionales, tal como quedó definido.

Se llegó a un consenso (entre otros expertos jurídicos, los llamados grupos de Venecia) que esta convención se refiere a cualquier grupo étnico, lingüístico o religioso de personas que se define a sí misma como un grupo distintivo, que forma la histórica población o en una parte importante histórica y actual de las minorías en una zona bien definida, y que mantiene estable y las relaciones de amistad con el estado que vive. Algunos expertos y países querían ir más allá. Sin embargo, las recientes minorías, como los inmigrantes, no han sido enumeradas por los países firmantes de las minorías afectadas por este convenio.

Criterios económicos

Los criterios económicos, en termas generales, requieren que los países candidatos tengan un funcionamiento de economía de mercado y que sus productores tengan la capacidad de plantar cara a la presión competitiva de las fuerzas del mercado dentro de la Unión.

Otros criterios

Finalmente aparece el requisito último que todos los miembros potenciales tienen que adecuar la legislación nacional para armonizarla con el cuerpo de la legislación europea construida hacia arriba sobre la historia de la Unión, conocida como el acervo comunitario. En la preparación para cada admisión, el acervo es dividido en capítulos separados, cada uno tratando áreas de política diferente. Para el proceso de la quinta ampliación que concluyó con la admisión de Bulgaria y Rumanía en 2007, se dividió en 31 capítulos. En las rondas de conversaciones con Croacia y Turquía el acervo ha sido dividido en más de 35 capítulos.

Véase también

Referencias

  1. «Proceso de adhesión de un nuevo Estado miembro». EUR-Lex. 28 de febrero de 2007. Consultado el 7 de agosto de 2015. 
  2. «Los problemas jurídicos de la ampliación». «El artículo 49 del Tratado de Maastricht establece que cualquier país europeo que respete los principios de la Unión Europea puede solicitar su incorporación a la Unión. No se hace mención alguna a una posible ampliación de la Unión Europea a países no europeos. Sin embargo, varias definiciones de Europa insisten en definir que un país es europeo sobre la base de su "valoración política".» 
  3. «Copenhagen European Council». Comisión Europea. 21 de junio de 1993. Consultado el 7 de agosto de 2015. 
  4. Lopez Alonso, Eduardo (17 de enero de 2014). «¿Cuáles son los criterios de admisión y entrada en la UE?». El Periódico. Consultado el 7 de agosto de 2015. 
  5. Fernández Vítores, David (2001). «Las lenguas en la Unión Europea y la situación del español». Instituto Cervantes. Consultado el 7 de agosto de 2015. 

Enlaces externos

  • European Neighbourhood Policy: Página de la Comión Europea sobre las condiciones para ser miembro.
  • European Council - Copenhague 1993: Imágenes de la cumbre de Copenhague.
  •   Datos: Q748176

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Criterios de adhesion Lo que un nuevo Estado miembro debe cumplirpara adherirse a la Union Europea 1 Criterio politico la existencia de instituciones estables que garanticen la democracia el Estado de derecho el respeto de los derechos humanos y el respeto y proteccion de las minorias Criterio economico la existencia de una economia de mercado viable asi como la capacidad de hacer frente a la presion competitiva y las fuerzas del mercado dentro de la Union La capacidad para asumir las obligaciones que se derivan de la adhesion especialmente aceptar los objetivos de la union politica economica y monetaria Haber creado las condiciones para su integracion mediante la adaptacion de sus estructuras administrativas Los criterios de Copenhague o criterios de adhesion 1 son las condiciones previas que debe respetar todo pais que desee convertirse en un Estado miembro de la Union Europea UE Estos criterios de adhesion fueron establecidos en junio de 1993 en el Consejo Europeo celebrado en la ciudad de Copenhague Dinamarca de la que toman su nombre Luego fueron completados en el Consejo Europeo de Madrid de 1995 Toda solicitud de adhesion es objeto de un dictamen de la Comision Europea y de una decision del Consejo Europeo La Comision se basa en los criterios de Copenhague para emitir su dictamen relativo a las solicitudes de adhesion 1 Los criterios requieren que el Estado tenga unas instituciones que preserven la gobernabilidad democratica y los derechos humanos una economia de mercado en funcionamiento y que el Estado acepte las obligaciones e intenciones de la UE Aunque se haya otorgado el estatuto de pais candidato al pais solicitante eso no implica el inicio inmediato de negociaciones con vistas a la adhesion Para ello debe cumplir los criterios de adhesion 1 Junto a los criterios de Copenhague otros dos documentos definen la pertenencia a la Union Europea El Tratado de Maastricht de 1992 Articulo 49 criterios geograficos y politicos 2 por parte de la Comision Europea y el Consejo de la Union Europea y las negociaciones marco para cada pais candidato Condiciones especificas y detalladas Durante las negociaciones con cada pais candidato el progreso hacia el cumplimiento de los criterios de Copenhague se controla regularmente Sobre esta base se toman las decisiones sobre cuando y como un pais ha de participar o que acciones ha de tomar antes de unirse Indice 1 Historia 2 Los criterios 2 1 Criterios politicos 2 2 Criterios economicos 2 3 Otros criterios 3 Vease tambien 4 Referencias 5 Enlaces externosHistoria EditarParticipantes en el Consejo Europeo de Copenhague 3 Poul Nyrup RasmussenPrimer Ministro de Dinamarca yPresidente del Consejo EuropeoJacques DelorsPresidente de la Comision EuropeaHans van den BroekComisario de Asuntos Exteriores Comision Europea Alemania Helmut Kohl Canciller FederalKlaus Kinkel Ministro de AA EE Belgica Jean Luc Dehaene Primer ministroWilly Claes Ministro de AA EE Espana Felipe Gonzalez Presidente del gobiernoJavier Solana Ministro de AA EE Francia Francois Mitterrand Presidente de la RepublicaEdouard Balladur Primer ministroAlain Juppe Ministerio de AA EE Grecia Constantinos Mitsotakis Primer ministroIrlanda Albert Reynolds TaoiseachItalia Carlo Azeglio Ciampi Primer ministroLuxemburgo Jacques Santer Primer ministroJacques Poos Ministro de AA EE Paises Bajos Ruud Lubbers Primer ministroPortugal Anibal Cavaco Silva Primer ministroJose Manuel Barroso Ministro de AA EE Reino Unido John Major Primer ministroEn la cumbre del 21 y 22 de junio en Copenhague el Consejo Europeo establecio los criterios que todo pais candidato debe cumplir para poder ingresar en la Union Europea Los principios fundamentales buscaban la homogeneidad de las instituciones en el seno de la UE de forma que cada Estado miembro respete los principios de libertad democracia de los derechos humanos y las libertades fundamentales y Estado de derecho Estos puntos se incluyeron en el Tratado de la Union Europea articulo 6 articulo 49 4 Luego se intensificaron dichos criterios en el Consejo Europeo de Madrid en 1995 4 Cuando estos criterios se acordaron en 1993 no existia un mecanismo para asegurarse que cualquier pais que ya era miembro de la UE cumpliera estos criterios Estas disposiciones entraron en vigor hacia los estados ya miembros el 1 de febrero de 2003 en virtud de las disposiciones del Tratado de Niza La mayoria de estos elementos fueron esclarecidos y expuestos de un modo mas preciso en los quince anos posteriores a traves de la legislacion del Consejo la Comision y el Parlamento Europeo asi como por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia No obstante a veces aparecen conflictos en las interpretaciones que hacen los diferentes Estados miembros actuales Algunos ejemplos se detallan a continuacion Los criterios EditarCriterios politicos Editar DemocraciaLa democracia funcional de la gestion de los asuntos publicos exige que todos los ciudadanos de los estados miembros tienen que estar en condiciones de participar en condiciones de igualdad en la toma de las decisiones politicas que rigen la vida politica en cada uno de los niveles ya sea a nivel local regional o estatal Esto tambien exige la libre eleccion con voto secreto el derecho a establecer partidos politicos sin ningun obstaculo por parte del Estado la libertad de expresion y prensa la libre organizacion en sindicatos y la libertad judicial Estado de DerechoEl Estado de Derecho implica que la autoridad del gobierno solo puede ejercer en conformidad con las leyes establecidas en cada pais que fueron aprobadas a traves de un procedimiento establecido El principio es la intencion de ser una salvaguarda contra las arbitrariedades falladas en casos individuales Derechos humanosLos derechos humanos son los derechos que tiene toda persona debido a su calidad como ser humano estos derechos son inalienables y pertenecientes a todos los seres humanos Si es un derecho inalienable lo que significa que no puede ser otorgado concedido vendido o limitado Entre ellos figuran el derecho a la vida el derecho a ser procesado solo segun las leyes que estan en existencia en el momento de cometer el delito el derecho a no ser sometido a la esclavitud y el derecho a no ser sometido a torturas La Declaracion Universal de los Derechos Humanos realizada por la ONU es considerada la mas alta formulacion de los derechos humanos aunque la UE cuenta asimismo con un mecanismo de refuerzo la Convencion Europea de Derechos Humanos La obligacion de seguir en esta linea ha forzado varias naciones recientemente adheridas a la UE a realizar cambios importantes en su legislacion los servicios publicos y el poder judicial Muchos de los cambios en el tratamiento de las minorias etnicas y religiosas o la eliminacion de las disparidades de tratamiento entre las diferentes facciones politicas El respeto y la proteccion de las minoriasLos miembros de estas minorias nacionales tienen que ser capaces de mantener su cultura y practicas tradicionales incluyendo su idioma sin sufrir ningun tipo de discriminacion 5 La convencion del Consejo de Europa en este tema fue un gran avance en este campo Sin embargo este tema es tan sensible que el convenio todavia no incluye una definicion clara de estas minorias Como resultado de esto muchos de los Estados firmantes han anadido aclaraciones oficiales para su firma en las cuales constan las minorias del pais Las declaraciones hechas con respecto a los tratados N º 157 Convenio Marco para la Proteccion de las Minorias Nacionales incluyen En Dinamarca la minoria alemana del sur de Jutlandia En Alemania daneses de nacionalidad alemana y los sorabos de Lusacia los grupos etnicos que residen tradicionalmente en Alemania los frisones y los gitanos En Eslovenia las minorias italianas y hungaras En el Reino Unido las minorias cornicas de Cornualles En Austria las minorias croatas eslovenas hungaras checas eslovacas y gitanas En Rumania este pais reconoce 20 minorias nacionales y su ley electoral les garantiza representacion parlamentaria Otros firmantes declararon que no tienen minorias nacionales tal como quedo definido Se llego a un consenso entre otros expertos juridicos los llamados grupos de Venecia que esta convencion se refiere a cualquier grupo etnico linguistico o religioso de personas que se define a si misma como un grupo distintivo que forma la historica poblacion o en una parte importante historica y actual de las minorias en una zona bien definida y que mantiene estable y las relaciones de amistad con el estado que vive Algunos expertos y paises querian ir mas alla Sin embargo las recientes minorias como los inmigrantes no han sido enumeradas por los paises firmantes de las minorias afectadas por este convenio Criterios economicos Editar Los criterios economicos en termas generales requieren que los paises candidatos tengan un funcionamiento de economia de mercado y que sus productores tengan la capacidad de plantar cara a la presion competitiva de las fuerzas del mercado dentro de la Union Otros criterios Editar Finalmente aparece el requisito ultimo que todos los miembros potenciales tienen que adecuar la legislacion nacional para armonizarla con el cuerpo de la legislacion europea construida hacia arriba sobre la historia de la Union conocida como el acervo comunitario En la preparacion para cada admision el acervo es dividido en capitulos separados cada uno tratando areas de politica diferente Para el proceso de la quinta ampliacion que concluyo con la admision de Bulgaria y Rumania en 2007 se dividio en 31 capitulos En las rondas de conversaciones con Croacia y Turquia el acervo ha sido dividido en mas de 35 capitulos Vease tambien Editar Portal Union Europea Contenido relacionado con Union Europea Ampliacion de la Union Europea Historia de la ampliacion de la Union Europea Politica Europea de VecindadReferencias Editar a b c d Proceso de adhesion de un nuevo Estado miembro EUR Lex 28 de febrero de 2007 Consultado el 7 de agosto de 2015 Los problemas juridicos de la ampliacion El articulo 49 del Tratado de Maastricht establece que cualquier pais europeo que respete los principios de la Union Europea puede solicitar su incorporacion a la Union No se hace mencion alguna a una posible ampliacion de la Union Europea a paises no europeos Sin embargo varias definiciones de Europa insisten en definir que un pais es europeo sobre la base de su valoracion politica Copenhagen European Council Comision Europea 21 de junio de 1993 Consultado el 7 de agosto de 2015 a b Lopez Alonso Eduardo 17 de enero de 2014 Cuales son los criterios de admision y entrada en la UE El Periodico Consultado el 7 de agosto de 2015 Fernandez Vitores David 2001 Las lenguas en la Union Europea y la situacion del espanol Instituto Cervantes Consultado el 7 de agosto de 2015 Enlaces externos EditarEuropean Neighbourhood Policy Pagina de la Comion Europea sobre las condiciones para ser miembro European Council Copenhague 1993 Imagenes de la cumbre de Copenhague Datos Q748176Obtenido de https es wikipedia org w index php title Criterios de Copenhague amp oldid 136999785, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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