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Cortes de Barcelona (1705)

Las Cortes de Barcelona de 1705 fueron las Cortes catalanas celebradas bajo la presidencia del archiduque Carlos —proclamado en Viena el 12 de septiembre de 1703 como Carlos III rey de España— tras el triunfo de la insurrección austracista y la rendición de Barcelona a las fuerzas aliadas el 9 de octubre de 1705, en el contexto de la Guerra de Sucesión Española. Se desarrollaron en el palacio de la Generalidad de Cataluña entre el 5 de diciembre de 1705 y el 31 de marzo de 1706. Contó con una amplia representación del brazo real incorporándose once nuevas poblaciones.

Actos de las Cortes de 1705.

Antecedentes

El 20 de junio de 1705 se firmaba el pacto de Génova que sellaba la alianza política y militar entre el Reino de Inglaterra y un grupo de propietarios y nobles catalanes austracistas (denominados vigatans) en representación del Principado de Cataluña. Según los términos del acuerdo, Inglaterra desembarcaría tropas en Cataluña, que unidas a las fuerzas catalanas lucharían en favor del archiduque Carlos de Austria, pretendiente al trono español, contra los ejércitos de Felipe V, comprometiéndose asimismo a mantener las leyes e instituciones propias catalanas.[1]

Los vigatans cumplieron su parte del pacto y desde la Plana de Vich, que ya controlaban desde la primavera, fueron extendiendo la rebelión en favor del Archiduque y a principios de octubre de 1705 se habían adueñado prácticamente de todo el Principado, excepto de Barcelona donde seguía dominando la situación el virrey felipista Francisco Antonio Fernández de Velasco y Tovar.[2]

Por su parte el archiduque Carlos, en cumplimiento de lo acordado en Génova, embarcó en Lisboa rumbo a Cataluña y llegó a Barcelona el 22 de agosto de 1705 cuando estaba en pleno apogeo la revuelta austracista. Pocos días después desembarcaban unos 17 000 soldados aliados y comenzaba el sitio de Barcelona, al que se sumaron los vigatans.[3]​ El 9 de octubre Barcelona capitulaba y el 22 de octubre entraba el archiduque Carlos a quien se le entregó un escrito con los términos de la rendición en el que se insistía en que fueran respetadas las Constituciones catalanas y las disposiciones de las últimas Cortes catalanas reunidas por Felipe V en 1701-1702, en clara referencia a lo acordado en el Pacto de Génova.[3]​ El Archiduque fue reconocido como rey Carlos III de España y el 7 de noviembre juraba las Constituciones catalanas. Seguidamente, el día 13 de noviembre convocó las Cortes catalanas[4]​ para el 26 de noviembre.

El ambiente en que se iban a desarrollar las Cortes iba a ser completamente diferente a de las Cortes anteriores presididas por Felipe V. El archiduque Carlos, titulado rey como Carlos III, recibió a los Tres Comunes de Cataluña y nombró en los puestos clave de las nueva Real Audiencia a austracistas reconocidos, y como secretario personal suyo y protonotario a Ramon de Vilana Perlas y como mediador con los tres brazos de las Cortes, a Narcís Feliu de la Penya, dos de los miembros más prominentes del austracismo catalán.[5]

Las medidas aprobadas por las Cortes

En el terreno económico se aprobaron importantes medidas, algunas de las cuales desarrollaron lo acordado en las Cortes de 1701, y que estaban a medio camino entre el «líbero comercio» y el proteccionismo de la producción agraria y manufacturera catalanas -singularmente ante Francia, el rival comercial del Principado:

  • "Se dictaron medidas para evitar la intromisión de los oficiales reales en el tráfico de mercancías y de ganado mediante cargas, y para impedir que los gobernadores de Cádiz y de otros puertos andaluces y de España pusieran trabas a los vinos y aguardientes catalanes, a la vez que se gravaba la entrada del vino forastero".[5]
  • Se acordó constituir una Compañía Náutica Mercantil y Universal[6]​ y dotar a Barcelona de puerto franco, a pesar de la oposición de Mataró por verse afectados sus intereses.[7]
  • Se amplió el número de barcos para el tráfico mercantil con América —de dos a cuatro— y se les eximió del control de la Casa de Contratación de Sevilla, por lo que no tendrían que incorporarse a la flota de Indias.[4][5]
  • Se suprimió el derecho de la lezda real que gravaba la entrada de mercancías en las ciudades, así como los derechos de Capitanía General que gravaban las mercancías extranjeras importadas
  • Se presentó un memorial para potenciar los lazos mercantiles con "los alidados": Inglaterra y Provincias Unidas; en lugar de Francia, porque con las importaciones necesarias «se logra el no salir el dinero, pues estos truecan sus géneros o mercadurías con vino aguardiente y otros géneros del Pahís» [sic].[8]

No menos importantes fueron los acuerdos en el terreno político, en su mayoría dirigidos a lograr un mayor control sobre las autoridades reales y señoriales:[9]

  • En cuanto al espinoso problema de los alojamientos y manutención de las tropas —que ya se había tratado en las Cortes de 1701-1702 pero sobre lo que Felipe V se negó a hacer ninguna concesión— se acordó que estas tuvieran que vivir en cuarteles y no en casas particulares,[4]​ y se tomaron medidas para evitar los abusos de los soldados sobre la población. Además se precisaron los gastos que tenían que cubrir tanto la Generalidad como los municipios.[9]
  • En cuanto a las insaculaciones —la otra cuestión sobre la que Felipe V tampoco hizo ninguna concesión en las Cortes de 1701-1702—, se acordó que serían responsabilidad de la Generalidad y el Consejo de Ciento, por lo que la Corona dejaría de elaborar las listas de los insaculados aunque se reservaba algunas prerrogativas.[4][9]
  • Se acordó que ningún virrey pudiera tomar posesión del cargo hasta que su rey no hubiese jurado las Constituciones.[4]
  • La cuestión que provocó mayor tensión entre los brazos y la Corona fue la exigencia de Carlos III de que se aprobara «excluir a perpetuidad» a la casa de Borbón de los derechos sucesorios al condado de Barcelona,[4]​ a lo que las Cortes se oponían porque aprobarlo significaría quedar subordinadas al príncipe. Pero finalmente aprobaron la exclusión presionadas por la amenaza que en esos momentos se cernía sobre Barcelona de ser sitiada por las tropas borbónicas de Felipe V.[9]​ La inminencia de la ofensiva de las tropas borbónicas se materializó justo al acabar las Cortes el 31 de marzo de 1706. El 3 de abril Felipe V inició el sitio de Barcelona que tuvo que abandonar un mes después.[4]

El campo más innovador de los acuerdos de las Cortes fue el referido a la protección de los derechos individuales y al imperio de la ley, produciéndose, según el historiador Joaquim Albareda, "un avance notable en el ámbito de las garantías de la libertad civil":[11]

  • Se prohibió a los oficiales reales abrir investigaciones o procesar a los integrantes de la Diputación del General, del brazo militar y de los consejos municipales.
  • Se consagró el principio del secreto de la correspondencia.
  • Se prohibió que los oficiales reales pudieran detener a los habitantes del Principado sin causa legítima, y se estableció además que después de quince días pudieran recuperar la libertad si no eran juzgados, así como se reconoció el derecho del inculpado a la defensa.
  • Se delimitaron las atribuciones de la Real Audiencia para frenar los abusos de jueces, abogados, escribanos o notarios.

A cambio de las concesiones hechas por su rey Carlos III, las Cortes aprobaron un donativo de dos millones de libras -a pagar en diez años-, una cantidad muy debajo de las expectativas del rey. Además tanto la Generalidad como el Consejo de Ciento tenían que crear y sufragar cada un regimiento de 500 hombres.[12]

Balance

Según el historiador Joaquim Albareda, las Cortes de 1705-1706, junto las anteriores de 1701-1702, supusieron "una auténtica puesta al día del constitucionalismo" tras el recorte experimentado tras la Guerra de los Segadores:[13]

Las Constituciones se revelaban, de este modo, como un mecanismo eficaz para regir la sociedad catalana, adaptándose a sus demandas, lejos de haberse convertido en un marco jurídico anquilosado y marchito por el paso del tiempo. Una buena muestra de esta modernidad política la proporcionan las medidas aprobadas tendentes a reforzar el control de la actuación de los ministros reales, a preservar el cumplimiento de la ley y el estatuto jurídico de los individuos -preservar la propiedad y vincular la legislación al consenso parlamentario-. En suma, las Constituciones aprobadas en las Cortes de 1705-1706 constituyen la plasmación del partido austracista catalán tanto en el terreno económico como en el político

Sin embargo, muchos de los logros alcanzados no llegaron a ponerse en práctica a causa de la guerra y de la derrota del austracismo en la misma. Eso fue lo que sucedió con buena parte de las medidas económicas: la supresión de la lezda real tuvo que aplazarse para sufragar los gastos de la guerra; el puerto franco chocó con los intereses de la Generalidad que no estaba dispuesta a ver reducidos sus ingresos fiscales; la compañía náutica nunca se fundó ni zarpó ninguno de los cuatro barcos que podían comerciar con las Indias. Tampoco las constituciones políticas fueron respetadas por el archiduque Carlos. Debido a la falta endémica de recursos para mantener su ejército, no aplicó lo aprobado sobre alojamientos de tropas y contribuciones de guerra y siguió controlando la insaculación de la Generalidad y del Consejo de Ciento, a lo que se sumó la persecución implacable que sufrieron los partidarios de la causa borbónica. "Estos problemas, sumados a los rigores de la guerra, a la penuria económica y a los abusos cometidos por los ejércitos de uno y otro bando, sumieron a los catalanes en el desencanto y la desesperación", afirma Joaquim Albareda.[14]

Referencias

  1. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). pp. 175-176. 
  2. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). pp. 176-177. 
  3. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). p. 177. 
  4. Alcoberro, Agustí. «Història de la Generalitat de Catalunya i dels seus presidents». En Enciclopèdia Catalana, ed. Enciclopèdia Catalana (en catalán) II. p. 314. ISBN 84-412-0885-9. 
  5. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). p. 178. 
  6. Fontana, Josep. Acte conmemoratiu del 11 de setembre de 1714.
  7. González Fernández, Mònica (2001). «L’actuació de Barcelona a les Corts de 1705-1706». Barcelona Quaderns d’Història (5): 249-258. Consultado el 13 de noviembre de 2012. 
  8. ALBAREDA,Joaquim. «Felip V i Catalunya», Manuscrits, 18 (2000), p. 30-31.
  9. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). p. 181. 
  10. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). pp. 183-184. 
  11. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). p. 183. 
  12. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). p. 182. 
  13. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). pp. 182-183. 
  14. Albareda Salvadó, Joaquim (2010). La Guerra de Sucesión de España (1700-1714). p. 184. 

Bibliografía


Predecesor:
Cortes de Barcelona (1701)
Cortes Catalanas
1705-1706
Sucesor:
No se volvieron a celebrar
  •   Datos: Q40552

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Las Cortes de Barcelona de 1705 fueron las Cortes catalanas celebradas bajo la presidencia del archiduque Carlos proclamado en Viena el 12 de septiembre de 1703 como Carlos III rey de Espana tras el triunfo de la insurreccion austracista y la rendicion de Barcelona a las fuerzas aliadas el 9 de octubre de 1705 en el contexto de la Guerra de Sucesion Espanola Se desarrollaron en el palacio de la Generalidad de Cataluna entre el 5 de diciembre de 1705 y el 31 de marzo de 1706 Conto con una amplia representacion del brazo real incorporandose once nuevas poblaciones Actos de las Cortes de 1705 Indice 1 Antecedentes 2 Las medidas aprobadas por las Cortes 3 Balance 4 Referencias 5 BibliografiaAntecedentes EditarEl 20 de junio de 1705 se firmaba el pacto de Genova que sellaba la alianza politica y militar entre el Reino de Inglaterra y un grupo de propietarios y nobles catalanes austracistas denominados vigatans en representacion del Principado de Cataluna Segun los terminos del acuerdo Inglaterra desembarcaria tropas en Cataluna que unidas a las fuerzas catalanas lucharian en favor del archiduque Carlos de Austria pretendiente al trono espanol contra los ejercitos de Felipe V comprometiendose asimismo a mantener las leyes e instituciones propias catalanas 1 Los vigatans cumplieron su parte del pacto y desde la Plana de Vich que ya controlaban desde la primavera fueron extendiendo la rebelion en favor del Archiduque y a principios de octubre de 1705 se habian aduenado practicamente de todo el Principado excepto de Barcelona donde seguia dominando la situacion el virrey felipista Francisco Antonio Fernandez de Velasco y Tovar 2 Por su parte el archiduque Carlos en cumplimiento de lo acordado en Genova embarco en Lisboa rumbo a Cataluna y llego a Barcelona el 22 de agosto de 1705 cuando estaba en pleno apogeo la revuelta austracista Pocos dias despues desembarcaban unos 17 000 soldados aliados y comenzaba el sitio de Barcelona al que se sumaron los vigatans 3 El 9 de octubre Barcelona capitulaba y el 22 de octubre entraba el archiduque Carlos a quien se le entrego un escrito con los terminos de la rendicion en el que se insistia en que fueran respetadas las Constituciones catalanas y las disposiciones de las ultimas Cortes catalanas reunidas por Felipe V en 1701 1702 en clara referencia a lo acordado en el Pacto de Genova 3 El Archiduque fue reconocido como rey Carlos III de Espana y el 7 de noviembre juraba las Constituciones catalanas Seguidamente el dia 13 de noviembre convoco las Cortes catalanas 4 para el 26 de noviembre El ambiente en que se iban a desarrollar las Cortes iba a ser completamente diferente a de las Cortes anteriores presididas por Felipe V El archiduque Carlos titulado rey como Carlos III recibio a los Tres Comunes de Cataluna y nombro en los puestos clave de las nueva Real Audiencia a austracistas reconocidos y como secretario personal suyo y protonotario a Ramon de Vilana Perlas y como mediador con los tres brazos de las Cortes a Narcis Feliu de la Penya dos de los miembros mas prominentes del austracismo catalan 5 Las medidas aprobadas por las Cortes EditarEn el terreno economico se aprobaron importantes medidas algunas de las cuales desarrollaron lo acordado en las Cortes de 1701 y que estaban a medio camino entre el libero comercio y el proteccionismo de la produccion agraria y manufacturera catalanas singularmente ante Francia el rival comercial del Principado Se dictaron medidas para evitar la intromision de los oficiales reales en el trafico de mercancias y de ganado mediante cargas y para impedir que los gobernadores de Cadiz y de otros puertos andaluces y de Espana pusieran trabas a los vinos y aguardientes catalanes a la vez que se gravaba la entrada del vino forastero 5 Se acordo constituir una Compania Nautica Mercantil y Universal 6 y dotar a Barcelona de puerto franco a pesar de la oposicion de Mataro por verse afectados sus intereses 7 Se amplio el numero de barcos para el trafico mercantil con America de dos a cuatro y se les eximio del control de la Casa de Contratacion de Sevilla por lo que no tendrian que incorporarse a la flota de Indias 4 5 Se suprimio el derecho de la lezda real que gravaba la entrada de mercancias en las ciudades asi como los derechos de Capitania General que gravaban las mercancias extranjeras importadasSe presento un memorial para potenciar los lazos mercantiles con los alidados Inglaterra y Provincias Unidas en lugar de Francia porque con las importaciones necesarias se logra el no salir el dinero pues estos truecan sus generos o mercadurias con vino aguardiente y otros generos del Pahis sic 8 No menos importantes fueron los acuerdos en el terreno politico en su mayoria dirigidos a lograr un mayor control sobre las autoridades reales y senoriales 9 En cuanto al espinoso problema de los alojamientos y manutencion de las tropas que ya se habia tratado en las Cortes de 1701 1702 pero sobre lo que Felipe V se nego a hacer ninguna concesion se acordo que estas tuvieran que vivir en cuarteles y no en casas particulares 4 y se tomaron medidas para evitar los abusos de los soldados sobre la poblacion Ademas se precisaron los gastos que tenian que cubrir tanto la Generalidad como los municipios 9 En cuanto a las insaculaciones la otra cuestion sobre la que Felipe V tampoco hizo ninguna concesion en las Cortes de 1701 1702 se acordo que serian responsabilidad de la Generalidad y el Consejo de Ciento por lo que la Corona dejaria de elaborar las listas de los insaculados aunque se reservaba algunas prerrogativas 4 9 Se perfecciono el Tribunal de Contrafacciones extremando las garantias para que los oficiales reales no pudieran saltarse las Constituciones catalanas y en caso de hacerlo su reparacion en un plazo de tres dias 9 Carlos III se comprometio a devolver el Rosellon y la Cerdana anexionados por Francia en vitud del Tratado de los Pirineos de 1659 4 Ademas se acordo restituir a la Corona de Aragon los reinos de Napoles y de Sicilia separados de la misma en 1556 al crearse el Consejo de Italia 9 Se acordo que ningun virrey pudiera tomar posesion del cargo hasta que su rey no hubiese jurado las Constituciones 4 Se reconocio juridicamente a la Conferencia de los Tres Comunes prohibida por el virrey felipista Velasco que se convirtio en un organo asesor 10 La cuestion que provoco mayor tension entre los brazos y la Corona fue la exigencia de Carlos III de que se aprobara excluir a perpetuidad a la casa de Borbon de los derechos sucesorios al condado de Barcelona 4 a lo que las Cortes se oponian porque aprobarlo significaria quedar subordinadas al principe Pero finalmente aprobaron la exclusion presionadas por la amenaza que en esos momentos se cernia sobre Barcelona de ser sitiada por las tropas borbonicas de Felipe V 9 La inminencia de la ofensiva de las tropas borbonicas se materializo justo al acabar las Cortes el 31 de marzo de 1706 El 3 de abril Felipe V inicio el sitio de Barcelona que tuvo que abandonar un mes despues 4 El campo mas innovador de los acuerdos de las Cortes fue el referido a la proteccion de los derechos individuales y al imperio de la ley produciendose segun el historiador Joaquim Albareda un avance notable en el ambito de las garantias de la libertad civil 11 Se prohibio a los oficiales reales abrir investigaciones o procesar a los integrantes de la Diputacion del General del brazo militar y de los consejos municipales Se consagro el principio del secreto de la correspondencia Se prohibio que los oficiales reales pudieran detener a los habitantes del Principado sin causa legitima y se establecio ademas que despues de quince dias pudieran recuperar la libertad si no eran juzgados asi como se reconocio el derecho del inculpado a la defensa Se delimitaron las atribuciones de la Real Audiencia para frenar los abusos de jueces abogados escribanos o notarios A cambio de las concesiones hechas por su rey Carlos III las Cortes aprobaron un donativo de dos millones de libras a pagar en diez anos una cantidad muy debajo de las expectativas del rey Ademas tanto la Generalidad como el Consejo de Ciento tenian que crear y sufragar cada un regimiento de 500 hombres 12 Balance EditarSegun el historiador Joaquim Albareda las Cortes de 1705 1706 junto las anteriores de 1701 1702 supusieron una autentica puesta al dia del constitucionalismo tras el recorte experimentado tras la Guerra de los Segadores 13 Las Constituciones se revelaban de este modo como un mecanismo eficaz para regir la sociedad catalana adaptandose a sus demandas lejos de haberse convertido en un marco juridico anquilosado y marchito por el paso del tiempo Una buena muestra de esta modernidad politica la proporcionan las medidas aprobadas tendentes a reforzar el control de la actuacion de los ministros reales a preservar el cumplimiento de la ley y el estatuto juridico de los individuos preservar la propiedad y vincular la legislacion al consenso parlamentario En suma las Constituciones aprobadas en las Cortes de 1705 1706 constituyen la plasmacion del partido austracista catalan tanto en el terreno economico como en el politico Sin embargo muchos de los logros alcanzados no llegaron a ponerse en practica a causa de la guerra y de la derrota del austracismo en la misma Eso fue lo que sucedio con buena parte de las medidas economicas la supresion de la lezda real tuvo que aplazarse para sufragar los gastos de la guerra el puerto franco choco con los intereses de la Generalidad que no estaba dispuesta a ver reducidos sus ingresos fiscales la compania nautica nunca se fundo ni zarpo ninguno de los cuatro barcos que podian comerciar con las Indias Tampoco las constituciones politicas fueron respetadas por el archiduque Carlos Debido a la falta endemica de recursos para mantener su ejercito no aplico lo aprobado sobre alojamientos de tropas y contribuciones de guerra y siguio controlando la insaculacion de la Generalidad y del Consejo de Ciento a lo que se sumo la persecucion implacable que sufrieron los partidarios de la causa borbonica Estos problemas sumados a los rigores de la guerra a la penuria economica y a los abusos cometidos por los ejercitos de uno y otro bando sumieron a los catalanes en el desencanto y la desesperacion afirma Joaquim Albareda 14 Referencias Editar Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 pp 175 176 Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 pp 176 177 a b Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 p 177 a b c d e f g h Alcoberro Agusti Historia de la Generalitat de Catalunya i dels seus presidents En Enciclopedia Catalana ed Enciclopedia Catalana en catalan II p 314 ISBN 84 412 0885 9 a b c Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 p 178 Fontana Josep Acte conmemoratiu del 11 de setembre de 1714 Gonzalez Fernandez Monica 2001 L actuacio de Barcelona a les Corts de 1705 1706 Barcelona Quaderns d Historia 5 249 258 Consultado el 13 de noviembre de 2012 ALBAREDA Joaquim Felip V i Catalunya Manuscrits 18 2000 p 30 31 a b c d e f Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 p 181 Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 pp 183 184 Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 p 183 Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 p 182 Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 pp 182 183 Albareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 p 184 Bibliografia EditarAlbareda Salvado Joaquim 2010 La Guerra de Sucesion de Espana 1700 1714 Barcelona Critica ISBN 978 84 9892 060 4 Predecesor Cortes de Barcelona 1701 Cortes Catalanas1705 1706 Sucesor No se volvieron a celebrar Datos Q40552Obtenido de https es wikipedia org w index php title Cortes de Barcelona 1705 amp oldid 132198938, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

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