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Código de Derecho Canónico

El Código de Derecho Canónico (en latín Codex Iuris Canonici, representado como "CIC" en las citas bibliográficas) es el conjunto ordenado de las normas jurídicas que regulan la organización de la Iglesia latina, la jerarquía de gobierno, los derechos y obligaciones de los fieles, los sacramentos y las sanciones que se establecen por la contravención de esas normas.

El Código de Derecho Canónico vigente es el de 25 de enero de 1983, promulgado por Juan Pablo II y que entró en vigor el 27 de noviembre.

El Código de 1917

 
Benedicto XV, quien promulgó el primer Código de Derecho Canónico.

Hasta 1917, la Iglesia católica estaba regida por un conjunto disperso y sin codificar de normas jurídicas, tanto espirituales como temporales, conocido como Corpus Iuris Canonici. El Concilio Vaticano I hizo referencia a la necesidad de realizar una compilación en la que se agrupasen y ordenasen dichas normas, se eliminaran las que no estaban ya en vigor, y se codificaran, aportándoles orden y claridad.

Las ligeras compilaciones efectuadas por Pío IX y León XIII habían resultado insuficientes. Hubo que esperar hasta que Pío X creó en 1904 una Comisión para la redacción del Código de Derecho Canónico. Tras doce años de trabajos, sería Benedicto XV quien promulgase el Código el 27 de mayo de 1917, que entraría en vigor el 19 de mayo de 1918. El Código de Derecho Canónico de 1917 es conocido, por sus dos principales impulsores, como Código pío-benedictino.

El nuevo código pasó a formar un cuerpo único y auténtico para toda la Iglesia católica de rito latino, creándose una comisión de interpretación en el mismo año de su promulgación, siendo la única competente para resolver las dudas que pudieran surgir y cuyos dictámenes tenían el valor de una interpretación auténtica sobre cualquiera de los cánones del código.

A la vez, se continuó con el trabajo de codificación, con el objetivo de completar el ordenamiento jurídico con un código de derecho canónico para las Iglesias sui iuris o autónomas, de rito oriental. Estas Iglesias se encuentran en comunión con el Romano Pontífice, y tienen una tradición disciplinar y jurídica propia desde tiempos inmemoriales.

El Código de 1983

 
Juan Pablo II, que promulgó el código vigente.

Al mismo tiempo que el Papa Juan XXIII convoca el Concilio Vaticano II, anuncia la reforma del Código, que se retrasaría hasta la finalización del Concilio. Muerto Juan XXIII y acabado el Concilio, Pablo VI nombra la comisión reformadora en 1964.

El código mantuvo su naturaleza distinta para ambas iglesias, la latina y la oriental, tal como estaba el de 1917. Los Decretos conciliares habían modificado una parte sustancial del Código de 1917, y los primeros trabajos se dirigieron a la adaptación y derogación de los cánones afectados. Se hicieron consultas a todos los Obispos del mundo y a otros eclesiásticos, así como a todas las facultades de derecho canónico. Se realizaron dos proyectos en 1977 y 1980 que fueron objeto de estudio por canonistas, obispos, cardenales y superiores religiosos. Con todas las reflexiones se efectuó el borrador de 1982. El 25 de enero de 1983, por medio de la Constitución apostólica Sacrae disciplinae leges el Papa Juan Pablo II promulgó el nuevo Código, que entró en vigor el 27 de noviembre del mismo año. Igualmente creó un órgano para su interpretación, la Pontificia Comisión para la interpretación auténtica del Código de Derecho Canónico, con las mismas funciones que tenía la anterior comisión de interpretación. En 1988, mediante la constitución apostólica Pastor Bonus, esta comisión se transformó en el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, con unas competencias más amplias y articuladas[1], entre las que se incluyen las reformas del mismo.

Paralelamente, con la convocatoria del Concilio Vaticano II se abandonó la codificación oriental y se comenzó una nueva codificación del derecho oriental, que terminó en 1991 con la promulgación del Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium, o Código de los cánones de las Iglesias orientales. Este Código viene a completar la codificación en la Iglesia católica, al estar en vigor para las Iglesias sui iuris católicas de rito oriental.

El 23 de mayo de 2021 el papa Francisco promulgó la Constitución apostólica Pascite gregem Dei con la que reformaba el Libro VI del Código de Derecho Canónico.

Contenido del Código

El Código de Derecho Canónico se ordena en cánones que cumplen funciones similares a los artículos en los textos legislativos civiles y se divide en siete libros:

  1. Libro Primero: De las normas generales
  2. Libro Segundo: Del Pueblo de Dios
  3. Libro tercero: De la función de enseñar de la Iglesia
  4. Libro Cuarto: De la función de santificar la Iglesia
  5. Libro Quinto: De los bienes temporales de la Iglesia
  6. Libro Sexto: De las sanciones en la Iglesia
  7. Libro Séptimo: De los procesos

Véase también

Enlaces externos

  • Codex iuris canonici (1917)
  • Codex Iuris Canonici Texto latino oficial, en el portal de la Santa Sede.
  • Código de Derecho Canónico, versión española en el portal de la Santa Sede.
  • Código de Derecho Canónico Texto íntegro en español.
  • Ius canonicum Página con textos y estudios sobre el derecho canónico.


  •   Datos: Q7341605
  •   Multimedia: Canon law (Roman Catholic Church)

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El Codigo de Derecho Canonico en latin Codex Iuris Canonici representado como CIC en las citas bibliograficas es el conjunto ordenado de las normas juridicas que regulan la organizacion de la Iglesia latina la jerarquia de gobierno los derechos y obligaciones de los fieles los sacramentos y las sanciones que se establecen por la contravencion de esas normas El Codigo de Derecho Canonico vigente es el de 25 de enero de 1983 promulgado por Juan Pablo II y que entro en vigor el 27 de noviembre Indice 1 El Codigo de 1917 2 El Codigo de 1983 3 Contenido del Codigo 4 Vease tambien 5 Enlaces externosEl Codigo de 1917 Editar Benedicto XV quien promulgo el primer Codigo de Derecho Canonico Hasta 1917 la Iglesia catolica estaba regida por un conjunto disperso y sin codificar de normas juridicas tanto espirituales como temporales conocido como Corpus Iuris Canonici El Concilio Vaticano I hizo referencia a la necesidad de realizar una compilacion en la que se agrupasen y ordenasen dichas normas se eliminaran las que no estaban ya en vigor y se codificaran aportandoles orden y claridad Las ligeras compilaciones efectuadas por Pio IX y Leon XIII habian resultado insuficientes Hubo que esperar hasta que Pio X creo en 1904 una Comision para la redaccion del Codigo de Derecho Canonico Tras doce anos de trabajos seria Benedicto XV quien promulgase el Codigo el 27 de mayo de 1917 que entraria en vigor el 19 de mayo de 1918 El Codigo de Derecho Canonico de 1917 es conocido por sus dos principales impulsores como Codigo pio benedictino El nuevo codigo paso a formar un cuerpo unico y autentico para toda la Iglesia catolica de rito latino creandose una comision de interpretacion en el mismo ano de su promulgacion siendo la unica competente para resolver las dudas que pudieran surgir y cuyos dictamenes tenian el valor de una interpretacion autentica sobre cualquiera de los canones del codigo A la vez se continuo con el trabajo de codificacion con el objetivo de completar el ordenamiento juridico con un codigo de derecho canonico para las Iglesias sui iuris o autonomas de rito oriental Estas Iglesias se encuentran en comunion con el Romano Pontifice y tienen una tradicion disciplinar y juridica propia desde tiempos inmemoriales El Codigo de 1983 Editar Juan Pablo II que promulgo el codigo vigente Al mismo tiempo que el Papa Juan XXIII convoca el Concilio Vaticano II anuncia la reforma del Codigo que se retrasaria hasta la finalizacion del Concilio Muerto Juan XXIII y acabado el Concilio Pablo VI nombra la comision reformadora en 1964 El codigo mantuvo su naturaleza distinta para ambas iglesias la latina y la oriental tal como estaba el de 1917 Los Decretos conciliares habian modificado una parte sustancial del Codigo de 1917 y los primeros trabajos se dirigieron a la adaptacion y derogacion de los canones afectados Se hicieron consultas a todos los Obispos del mundo y a otros eclesiasticos asi como a todas las facultades de derecho canonico Se realizaron dos proyectos en 1977 y 1980 que fueron objeto de estudio por canonistas obispos cardenales y superiores religiosos Con todas las reflexiones se efectuo el borrador de 1982 El 25 de enero de 1983 por medio de la Constitucion apostolica Sacrae disciplinae leges el Papa Juan Pablo II promulgo el nuevo Codigo que entro en vigor el 27 de noviembre del mismo ano Igualmente creo un organo para su interpretacion la Pontificia Comision para la interpretacion autentica del Codigo de Derecho Canonico con las mismas funciones que tenia la anterior comision de interpretacion En 1988 mediante la constitucion apostolica Pastor Bonus esta comision se transformo en el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos con unas competencias mas amplias y articuladas 1 entre las que se incluyen las reformas del mismo Paralelamente con la convocatoria del Concilio Vaticano II se abandono la codificacion oriental y se comenzo una nueva codificacion del derecho oriental que termino en 1991 con la promulgacion del Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium o Codigo de los canones de las Iglesias orientales Este Codigo viene a completar la codificacion en la Iglesia catolica al estar en vigor para las Iglesias sui iuris catolicas de rito oriental El 23 de mayo de 2021 el papa Francisco promulgo la Constitucion apostolica Pascite gregem Dei con la que reformaba el Libro VI del Codigo de Derecho Canonico Contenido del Codigo EditarEl Codigo de Derecho Canonico se ordena en canones que cumplen funciones similares a los articulos en los textos legislativos civiles y se divide en siete libros Libro Primero De las normas generales Libro Segundo Del Pueblo de Dios Libro tercero De la funcion de ensenar de la Iglesia Libro Cuarto De la funcion de santificar la Iglesia Libro Quinto De los bienes temporales de la Iglesia Libro Sexto De las sanciones en la Iglesia Libro Septimo De los procesosVease tambien Editar Portal Iglesia catolica Contenido relacionado con Iglesia catolica Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Derecho canonico Decreto de Graciano Corpus Iuris CanoniciEnlaces externos EditarCodex iuris canonici 1917 Codex Iuris Canonici Texto latino oficial en el portal de la Santa Sede Codigo de Derecho Canonico version espanola en el portal de la Santa Sede Codigo de Derecho Canonico Texto integro en espanol Ius canonicum Pagina con textos y estudios sobre el derecho canonico Datos Q7341605 Multimedia Canon law Roman Catholic Church Obtenido de https es wikipedia org w index php title Codigo de Derecho Canonico amp oldid 135994806, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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