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Comunidad de villa y tierra de Saldaña

Villa y Tierra de Saldaña es una Comunidad jurídica de carácter local formada por Saldaña y veinticinco lugares, llamados solariegos, situada en el centro de la Provincia de Palencia. Su existencia es multisecular. Por efecto de la desamortización se enajenaron casi todos sus bienes rústicos y su activad decayó notablemente, reducida a la rogativa que en el mes de mayo hacía al Santuario del Valle, que se celebró hasta 1969. El año 1943 se incorporó a la Hermandad Comarcal de Labradores y Ganaderos.

El territorio

 
Cruz procesional de San Llorente del Páramo.

La delimitación territorial de la Comunidad de Villa y Tierra de Saldaña, quizá más antigua conocida documentalmente, si bien referida a una parte del término, se halla en la pesquisa efectuada en el año 1194, ordenada por el Rey Alfonso VIII “para departir los términos entre Saldaña y Ledigos”, y en la que se deslindan los términos de uno y otro.

A través del tiempo se hicieron diversos deslindes. Con su referencia se pueden señalar los siguientes límites: Al Norte, los términos de Guardo, Villalba de Guardo, Fontecha y Villanueva de Abajo Al Sur, Gozón, Quintanilla de Onsoña, Villaproviano, Gañinas, Lobera, Renedo de la Vega, Moslares, Villamoronta, Villacuende, Bustillo del Páramo, Quintanilla y Calzadilla. Al Este, Tabanera, Ayuela, Carbonera, Villasur, Membrillar, Renedo del Monte, Relea, Villarmienzo, Villantodrigo, Villanuño de Valdavia, Itero Seco. Al Oeste, Cea, Renedo de Valderaduey, Villota del Páramo, San Andrés de la Regla, Villadiego, Villambrán, San Martín de la Cueza, Ledigos y Bustocirio.

Por el territorio discurren, de Norte a Sur, como corrientes fluviales naturales, el río Carrión y el Valdecuriada. Dentro del alfoz de Saldaña: el Ucieza, el Valbuena y el Valdavia. Son acequias que sangran al Carrión: la ribera de Saldaña, puerto del Sedenal (La Perihonda), el cuérnago de Matazorita, el de Río Nuevo (Los Molledos), el de Puerta Maya (que, en otro tiempo, discurría por las laderas del castillo de Saldaña) y el cuérnago de Moslares.

Orígenes

La jurisdicción de Saldaña sobre el territorio de su entorno se remonta al último siglo del primer milenio. Se configuró como un condado dentro del Reino de León. Gómez fue el primer gobernador de la comarca de San Román de Entrepeñas y dio origen al linaje Beni Gómez o Banu Gómez. Su nieto Diego Muñoz fue el primer conde de Saldaña. Le sucedió su hermano Gómez Muñoz, su hijo Gómez Díaz y su nieto García Gómez.

Desde la repoblación del siglo IX, dice el historiador Julio González González, sobre un conjunto de comarcas sobresalía Saldaña como núcleo principal de unidad, gracias a su posición geográfica y también a la presencia del conde, que estaba al frente de la demarcación.

Posteriormente, el condado se transformó en tenencia y merindad; sobre su base se formó el arcedianato. El alfoz de Saldaña era muy numeroso. La villa ejercía un señorío, reforzado en tiempos de Alfonso VI. La villa y la tierra formaban una comunidad concejil, una universitas. Algunos lugares, a comienzos del siglo XII, perdieron el carácter realengo para pasar al dominio de los monasterios, órdenes religiosas o señores laicos, ya como solariegos o, menos, en régimen de behetría.

A comienzos del siglo XIV, puede darse por finalizada la cesión del territorio de Saldaña por parte de los reyes, y quedó configurada la villa y su tierra solariega como concejo y entidad diferenciada del resto del alfoz, tierra, territorio o jurisdicción. En su entorno se agrupaban veintinueve aldeas.

Posteriormente se despoblaron varios lugares. En el siglo XVII se incorporó Lagartos y quedaron veinticinco “Los veinticinco”.

Los concejos solariegos

Para conocer los lugares que componían la tierra solariega de Saldaña a través del tiempo puede utilizarse: el “Becerro de las Behetrías”, (año 1351), donde se incluyen en la Merindad las que se denominan aldeas de Saldaña, en número de veintinueve, el “Censo de la Corona de Castilla”, de 1591, con veintisiete, una relación de los estados de la Casa del Infantado, realizada posiblemente por Juan José Sánchez, situada en el siglo XVII y una Cédula de Felipe V, de 3 de febrero de 1711.

Villota del Duque, Fresnuelo y Villagatón pertenecían a la bodega de Saldaña y doña Leonor Urraca de Alburquerque, señora de la villa y su tierra, Reina consorte de Aragón, los cedió a Juan Fernández de Segovia y a su mujer. Esta, luego, hizo lo mismo a favor del obispo Sancho de Rojas, sucesor en el señorío, con lo que volvieron a ser solariegos. (Villota se denominó, primeramente, de la bodega de Saldaña y posteriormente de la Reina y, por fin, del Duque). Lagartos se incorporó a finales del siglo XVII.

La Real Cédula de Felipe V expresa el carácter de los concejos de la tierra de Saldaña, diciendo que los lugares tienen “el inmemorial nombre de solariegos, proviniendo esta denominación de que los naturales y demás vecinos tenían fundadas sus casa y haciendas en los solares de esta (Saldaña)”.

La configuración de Villa y Tierra se vio alterada en el siglo XIX, al constituirse los municipios. Se les dio al carácter de cabeza o sede municipal a Fresno del Río, Pino del Río, Santervás, Villaluenga, Villarrabé, Bustillo de la Vega, Villota del Duque, Villafruel y Lagartos.

La mayoría de los lugares solariegos se unieron a otros. Así, a Villaluenga, Barrios, Santaolaja y Quintana; a Santervás, Villarrobejo y Villapún; a Villarrabé, San Llorente del Páramo, San Martín del Valle y Villambroz (además del caserío de Bustocirio); a Bustillo de la Vega, Lagunilla; a Villafruel, Villorquite y Valcavadillo (además de Carbonera, no solariego).

Los menos formaron municipio con otro pueblo no solariego. Tal es el caso de Acera y Villosilla que, con San Andrés de la Regla, constituyeron el Ayuntamiento de Villota del Páramo. Villalafuente se unió a Relea y Villasur en municipio con Membrillar. Velillas, con Portillejo, Villantodrigo, Villaproviano y Villarmienzo hicieron lo mismo con Quintanilla de Onsoña. A Pino del Río se le unió Celadilla, y a Lagartos, Villambrán, Fresno y Villota del Duque no tuvieron agregados.

A lo largo de varios siglos se despoblaron Villagustos, Santovenía, Villafrandes, Frenuelo, Villagatón, Santibáñez y La Aldea. Gaviños formó concejo con Villaluenga de la Vega.

La Junta general el 9 de abril de 1855 aprobó el Reglamento. En su artículo primero se enumeran los pueblo que componen la Comunidad de Villa y tierra, del siguiente tenor: Acera, Fresno del Río, Lagartos, Lagunilla, Pino del Río, Quintana de la Vega, Santaolaja, Santervás de la Vega, San Llorente del Páramo, San Martín del Valle, Valcavadillo, Barrios de la Vega, Bustillo de la Vega, Velillas del Duque, Villota del Duque, Villalafuente, Villorquite del Páramo, Villafruel, Villosilla, Villaluenga, Villapùn, Villarrobejo. Villambroz, Villarrabé y Villarrodrigo.

Gobierno y administración

 
Ayuntamiento de Villa y Tierra de Saldaña del Siglo XIX.

Hasta mediados del siglo XV el gobierno de Villa y Tierra correspondía casi exclusivamente a los oficiales de la villa: los dos alcaldes y los regidores. Con toda probabilidad fue en el año 1455 cuando se incorporaron al Concejo regidores de la tierra, y lo hicieron con la peculiaridad de que su voto valía lo mismo que el de los de la villa; circunstancia que no se daba en todos aquellas comunidades de tierra en los que participaban representantes de las aldeas.

La Junta, Ayuntamiento o Concejo lo constituía la Justicia y Regimiento de Saldaña y los regidores generales de la tierra. El procurador general tenía el carácter de procurador de Villa y Tierra El escribano era el del Ayuntamiento de Saldaña. Lo presidieron los alcaldes y, a partir de 1504, el corregidor. En principio, los dos mayordomos de la villa eran comunes. Luego, cada Corporación tenía mayordomo propio.

Los regidores generales eran cuatro y correspondía uno a cada una de las cuadrillas que formaban las aldeas.

Cada cuadrilla agrupaba a los lugares solariegos del siguiente modo:

Cuadrilla 1 Cuadrilla 2 Cuadrilla 3 Cuadrilla 4
Villota del Duque Fresno Los Barrios Lagunilla
Velillas Pino del Río Santibáñez San Llorente del Páramo
La Aldea Acera Santa Olaja Villarrabé
Quintana Villosilla Villaluenga San Martín del Valle
Villarrodrigo Valcavadillo Gaviños Villambroz
Bustillo de la Vega Villafruel Villapún
Villarrobejo Villorquite Santervás
Villalafuente

La Cuadrilla número 4 se la denominaba a veces “Cuadrilla de Abajo“.

Los regidores generales eran nombrados el día de Reyes por la Justicia y Regimiento de la villa, según privilegio o regalía de inmemorial tiempo, Es decir, el corregidor, los cuatro regidores y el procurador general de Villa y Tierra. Se utilizaron diversas formas para la selección de los candidatos, aunque se impuso que la hiciera mediante propuesta de los que salían.

Al principio, el regidor general saliente proponía una persona de un lugar de la misma cuadrilla, y luego el corregidor, los regidores de la villa y el procurador general daban su conformidad. Posteriormente, la propuesta comprendía dos personas Dentro de cada cuadrilla los regidores salientes proponían a dos vecinos de los lugares a los que correspondía entrar. Esta manera de renovar los regidores generales de la tierra perduró hasta mediados del siglo XIX.

La Real Orden del Consejo de Castilla de 31 de marzo de 1761 dispuso que los oficios concejiles tanto en las ciudades, villas y lugares realengos como de señorío y abadengos fueran ejercidos desde el día primero del año hasta el 31 de diciembre.

Los acontecimientos políticos acontecidos con la Revolución francesa no afectaron a la configuración de los órganos de gobierno de Villa y Tierra.

Hasta la promulgación de la Real Cédula de S. M. y de los Srs. del Consejo de 17 de octubre de 1824, el Ayuntamiento de Villa y Tierra se constituía el 1 de enero con el protocolo acostumbrado. A tenor de aquella disposición, correspondía a la Real Chancillería de Valladolid el nombramiento de las juntas o corporaciones de los pueblos, y, por tanto, el de los capitulares de la tierra solariega de Saldaña Esta circunstancia privó al Ayuntamiento de la villa del derecho o regalía de nombrar los regidores generales.

El modo de hacer las propuestas cambió radicalmente, por cuanto intervienen todos los capitulares, es decir, la Junta o Ayuntamiento de Villa y Tierra y no los salientes.

Cada uno de los lugares tenía un regidor particular. Se encargaba de los asuntos más específicos del concejo como la recaudación de tributos.

A tenor del Reglamento aprobado en abril de 1855, la Comunidad estará gobernada por su presidente, que es el alcalde de Saldaña, la Junta General y una Junta de Vigilancia. El secretario será el del Ayuntamiento de Saldaña.

La primera, denominada también Junta de la Comunidad, está integrada por los alcaldes de Saldaña y de los veinticinco pueblos con el síndico de la villa.

La de Vigilancia la forman el alcalde de Saldaña, el síndico y cuatro vocales nombrados por la Junta General de entre los vecinos de los veinticinco pueblos.

El patrimonio

El patrimonio de Villa y Tierra de Saldaña lo integraban dos bienes inmuebles y una importante extensión de montes, baldíos y humedales, cuya extensión se cifró cuando se practicó la desamortización en 7.136 hectáreas.

Siguiendo el inventario contenido en el Catastro de la Ensenada resulta el siguiente patrimonio: La Ribera Saldaña (La Perihonda), Molino de San Martín Obispo.

Bienes inmuebles

Casa de Ayuntamiento, situada en la Plaza Vieja de Saldaña, con cuarto bajo y principal. Confronta a Levante con calle que va a San Pedro, a Poniente, con casa de Joaquín Gallo, Norte, con la calle del reloj, y a Sur, con dicha Plaza.

Otra casa a la Puentecilla (Plaza del Mercado), con cuarto principal y segundo, que es la cárcel. Confronta a Levante con calleja que viene del barrio de labradores, a poniente, con arroyo (que baja del Valle), a Norte, lo mismo y a Sur, con calle que va a la Plaza Vieja.

Esta casa, a principios del siglo XX, pasó a ser la sede del Ayuntamiento de Saldaña, en la plaza de España.

Bienes comunales

Se relacionan 57 fincas. Las superiores a 200 obradas son:

Páramo 2,5 Matorrales de leña de roble 522 2 L Campo Casa del Nido 2.205
Vallejones 2 Monte chaparro de leña roble 271 2 L Villota del Páramo 1.566
La Raigada 2 Monte chaparro de leña roble 258 5 46 p S term. De Andrés de la Regla 1.024
El Pozanco 2,5 Monte chaparro de leña roble 418 3 70 p P Renedo de los Rotos 1.717
Valle del Hornillo 2 Monte chaparro leña de roble 245 P y N cam. Carbonero 1.035
Mambuey 2 Monte chaparral de leña roble 833 L term. de. Villapún

3.517

Valquemado 2 Monte chaparral de leña roble 261 2 P term. de Villadiego 1.142
Val de el Espino 2 Monte de leña de roble 509 3 60 e S term. de Villambroz 2.162
La Cepilla 2 Monte chaparral de leña roble 213 2 40 e L cam. Carbonero 900
Valdeconejos 2 Monte chaparral de leña roble 205 4 80 e L y N cam. Carbonero 866
Muelle Matarrubia 3 Monte chaparro de leña roble 465 3 N cam. Fresno-Ermita 1.965
Los Valuengos 2 Monte maj. vieja leña roble 449 1 L cam. S Andrés-Guardo 1.896
Valdequintanilla 4,5 Monte chaparro de leña roble 245 N cam. S Pedro a Fresno 1.034
Urzal de la Herrera 4,5 Monte de leña de roble 252 3 N Valdelobo (Villalba) 1.066
El Lomo 2,5 Pasto 205 4 80 e N term de Lagunilla 866

Abreviaturas utilizadas. “Pago“, en el que está situada la finca dentro del término de Villa y Tierra. “D“: distancia a Saldaña, expresado en leguas; “Naturaleza “; características de su producción; “O“: obradas por las que se mide su superficie. “C“: cuartas “ E, P“: estadales o palos, según figura en el documento “Lindero“, se designa, entre los que constan en el documento, el que parece puede ser más útil para el mejor conocimiento de su situación. “Valor“, se refiere a la rentabilidad expresada en maravedís.

La desamortización

 
Iglesia de San Pedro (Pino del Río).

Después de la desamortización de bienes eclesiásticos, comenzada en el siglo XVIII, la Ley de 1 de mayo de 1855, declaró en estado de venta todos los bienes rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes al Estado, a la Iglesia, “a los propios y comunes de los pueblos, a la beneficencia” y otros públicos. Del precio de la venta, se invertirá el 80 por 100 en títulos de la Deuda pública al 3 por 100, a favor de las corporaciones o de los pueblos propietarios. El patrimonio de Villa y Tierra sufrió los efectos expropiatorios y fueron enajenados prácticamente la totalidad de sus bienes rústicos.

La primera reacción de Villa y Tierra fue tomada en la Junta de Alcaldes de 5 de octubre de 1855, encargando a la de Vigilancia que confecciones una lista de los bienes que eran de común aprovechamiento para pedir la exclusión de la venta al amparo del art.2 de la Ley. El expediente no lo inició hasta el año 1864. El 3 de junio se practicó una información en el Juzgado de 1ª Instancia de Saldaña de la que resultó: 7.136 hectáreas 73 áreas con aquellas características. Esta extensión sirvió de base para la posterior demanda judicial.

Los trámites administrativos concluyeron con una Real Orden del Ministerio de Hacienda de 11 de febrero de 1870 por la que desestimó la excepción pedida y dispuso que se procediera a la venta de los bienes.

Villa y Tierra se dispuso a recurrir la Orden ante el Tribunal Supremo. Se encargó el asunto a Venancio Gutiérrez Marín, saldañés, doctor en derecho con despacho en Madrid. La preparación fue muy laboriosa porque tuvieron que pronunciarse individualmente cada lugar. La demanda la presentaron el presidente, Mariano Osorio Orense, Ignacio de Salas Calderón, Melchor Gallo de Cartagena, vecinos de Saldaña y Gaspar Berzosa de Coz, vecino de Santa Olaja. El 11 de junio de 1873 recayó sentencia desestimatoria. No se pronunció sobre el fondo de la cuestión sino, fundamentalmente, consideró que las comunidades de campo y tierra se habían extinguido y concurría en los demandantes falta de legitimación procesal.

Cabía plantear nuevo recurso. El alcalde presidente, Francisco Urizar de Aldaca Barba, intentó denodadamente obtener la propuesta de todos los lugares uno por uno y no lo consiguió.

El Boletín Oficial de Ventas de Bienes Nacionales de la Provincia de Palencia de la segunda mitad del siglo XIX fue publicando los anuncios de las subastas y el resultado de las adjudicaciones. Se fueron extendiendo láminas a favor de la Villa y Tierra, correspondientes al 80 por 100 del precio que la correspondía.

El Día de los Veinticinco

 
Ermita de Nuestra Señora del Valle.
 
Cruz procesional de San Martín del Valle.

Toda la comarca saldañesa, a través del tiempo, ha sentido un impulso muy profundo hacia la Virgen María en su advocación del Valle, en el Santuario que, bajo su nombre, ha mil años que se erigió extramuros de la villa. La Villa y Tierra solariega acudía en rogativa para impetrar el auxilio divino o testimoniar su gratitud por lo favores recibidos.

Particularmente, Saldaña y los veinticinco lugares solariegos, desde tiempo inmemorial acudían al Santuario en el mes de mayo cubriendo caminos y veredas procesionalmente con sus cruces, pendones insignias y, en los últimos tiempos, también con imágenes, hasta llegar a los pies de Santa María del Valle. Tal fecha revestía especial solemnidad con el popular nombre de “Día de los 25”.

No es posible determinar con exactitud cuando surgió tan piadosa y romántica costumbre. En la primera mitad del siglo XIX se la concibe como un acto de profunda tradición. El Reglamento de la Comunidad de 9 de abril de 1855 consigna como gastos ordinarios ”los que por costumbre se hacen en la rogativa llamada de los veinticinco lugares”.

El último año que se celebró fue 1969. Las cruces procesionales de singular belleza como las de San Llorente del Páramo, San Martín del Valle, Bustillo de la Vega, Villambroz, Velillas del Duque o Valcavadillo y los pendones parroquiales de Saldaña y los lugares solariegos dejaron de desfilar pausadamente al rumor de las brisas de primavera hacia el Santuario del Valle.

Bibliografía

  • CABALLERO GONZÁLEZ José María. “Saldaña, la villa y su tierra solariega”, Saldaña 2010, dos tomos.
  • CABALLERO GONZÁLEZ José María, “Saldaña y su tierra en el Valle”, Saldaña 2005.
  • CABALLERO, CORTES, LEÓN, LOZANO, “Saldaña y su tierra Narraciones y Testimonios históricos”, Saldaña 2003.
  • LOZANO MARTÍNEZ, J.J., RODRÍGUEZ GARCIA, O.,S., DE PRADO DE LA FUENTE, C., LEÓN PALENZUELAS, G, L., “Comarca Páramos y Valles (Saldaña, Valdavia, Boedo y Ojeda)”. Palencia 2008.
  • ALCALDE CRESPO, Gonzalo, “La Vega, Loma y Valdivia (Saldaña-Valdavia)”. Ediciones Cálamo. Palencia 1999.
  • TARILONTE DÍEZ, José Antonio, “La Villa y Tierra de Saldaña, pleitos civiles, de hidalguía y criminales en los siglos XVII, XVIII y XIX” Palencia 2000.

Enlaces externos

  •   Datos: Q5780608

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Villa y Tierra de Saldana es una Comunidad juridica de caracter local formada por Saldana y veinticinco lugares llamados solariegos situada en el centro de la Provincia de Palencia Su existencia es multisecular Por efecto de la desamortizacion se enajenaron casi todos sus bienes rusticos y su activad decayo notablemente reducida a la rogativa que en el mes de mayo hacia al Santuario del Valle que se celebro hasta 1969 El ano 1943 se incorporo a la Hermandad Comarcal de Labradores y Ganaderos Indice 1 El territorio 2 Origenes 3 Los concejos solariegos 4 Gobierno y administracion 5 El patrimonio 5 1 Bienes inmuebles 5 2 Bienes comunales 6 La desamortizacion 7 El Dia de los Veinticinco 8 Bibliografia 9 Enlaces externosEl territorio Editar Cruz procesional de San Llorente del Paramo La delimitacion territorial de la Comunidad de Villa y Tierra de Saldana quiza mas antigua conocida documentalmente si bien referida a una parte del termino se halla en la pesquisa efectuada en el ano 1194 ordenada por el Rey Alfonso VIII para departir los terminos entre Saldana y Ledigos y en la que se deslindan los terminos de uno y otro A traves del tiempo se hicieron diversos deslindes Con su referencia se pueden senalar los siguientes limites Al Norte los terminos de Guardo Villalba de Guardo Fontecha y Villanueva de Abajo Al Sur Gozon Quintanilla de Onsona Villaproviano Ganinas Lobera Renedo de la Vega Moslares Villamoronta Villacuende Bustillo del Paramo Quintanilla y Calzadilla Al Este Tabanera Ayuela Carbonera Villasur Membrillar Renedo del Monte Relea Villarmienzo Villantodrigo Villanuno de Valdavia Itero Seco Al Oeste Cea Renedo de Valderaduey Villota del Paramo San Andres de la Regla Villadiego Villambran San Martin de la Cueza Ledigos y Bustocirio Por el territorio discurren de Norte a Sur como corrientes fluviales naturales el rio Carrion y el Valdecuriada Dentro del alfoz de Saldana el Ucieza el Valbuena y el Valdavia Son acequias que sangran al Carrion la ribera de Saldana puerto del Sedenal La Perihonda el cuernago de Matazorita el de Rio Nuevo Los Molledos el de Puerta Maya que en otro tiempo discurria por las laderas del castillo de Saldana y el cuernago de Moslares Origenes EditarLa jurisdiccion de Saldana sobre el territorio de su entorno se remonta al ultimo siglo del primer milenio Se configuro como un condado dentro del Reino de Leon Gomez fue el primer gobernador de la comarca de San Roman de Entrepenas y dio origen al linaje Beni Gomez o Banu Gomez Su nieto Diego Munoz fue el primer conde de Saldana Le sucedio su hermano Gomez Munoz su hijo Gomez Diaz y su nieto Garcia Gomez Desde la repoblacion del siglo IX dice el historiador Julio Gonzalez Gonzalez sobre un conjunto de comarcas sobresalia Saldana como nucleo principal de unidad gracias a su posicion geografica y tambien a la presencia del conde que estaba al frente de la demarcacion Posteriormente el condado se transformo en tenencia y merindad sobre su base se formo el arcedianato El alfoz de Saldana era muy numeroso La villa ejercia un senorio reforzado en tiempos de Alfonso VI La villa y la tierra formaban una comunidad concejil una universitas Algunos lugares a comienzos del siglo XII perdieron el caracter realengo para pasar al dominio de los monasterios ordenes religiosas o senores laicos ya como solariegos o menos en regimen de behetria A comienzos del siglo XIV puede darse por finalizada la cesion del territorio de Saldana por parte de los reyes y quedo configurada la villa y su tierra solariega como concejo y entidad diferenciada del resto del alfoz tierra territorio o jurisdiccion En su entorno se agrupaban veintinueve aldeas Posteriormente se despoblaron varios lugares En el siglo XVII se incorporo Lagartos y quedaron veinticinco Los veinticinco Los concejos solariegos EditarPara conocer los lugares que componian la tierra solariega de Saldana a traves del tiempo puede utilizarse el Becerro de las Behetrias ano 1351 donde se incluyen en la Merindad las que se denominan aldeas de Saldana en numero de veintinueve el Censo de la Corona de Castilla de 1591 con veintisiete una relacion de los estados de la Casa del Infantado realizada posiblemente por Juan Jose Sanchez situada en el siglo XVII y una Cedula de Felipe V de 3 de febrero de 1711 Villota del Duque Fresnuelo y Villagaton pertenecian a la bodega de Saldana y dona Leonor Urraca de Alburquerque senora de la villa y su tierra Reina consorte de Aragon los cedio a Juan Fernandez de Segovia y a su mujer Esta luego hizo lo mismo a favor del obispo Sancho de Rojas sucesor en el senorio con lo que volvieron a ser solariegos Villota se denomino primeramente de la bodega de Saldana y posteriormente de la Reina y por fin del Duque Lagartos se incorporo a finales del siglo XVII La Real Cedula de Felipe V expresa el caracter de los concejos de la tierra de Saldana diciendo que los lugares tienen el inmemorial nombre de solariegos proviniendo esta denominacion de que los naturales y demas vecinos tenian fundadas sus casa y haciendas en los solares de esta Saldana La configuracion de Villa y Tierra se vio alterada en el siglo XIX al constituirse los municipios Se les dio al caracter de cabeza o sede municipal a Fresno del Rio Pino del Rio Santervas Villaluenga Villarrabe Bustillo de la Vega Villota del Duque Villafruel y Lagartos La mayoria de los lugares solariegos se unieron a otros Asi a Villaluenga Barrios Santaolaja y Quintana a Santervas Villarrobejo y Villapun a Villarrabe San Llorente del Paramo San Martin del Valle y Villambroz ademas del caserio de Bustocirio a Bustillo de la Vega Lagunilla a Villafruel Villorquite y Valcavadillo ademas de Carbonera no solariego Los menos formaron municipio con otro pueblo no solariego Tal es el caso de Acera y Villosilla que con San Andres de la Regla constituyeron el Ayuntamiento de Villota del Paramo Villalafuente se unio a Relea y Villasur en municipio con Membrillar Velillas con Portillejo Villantodrigo Villaproviano y Villarmienzo hicieron lo mismo con Quintanilla de Onsona A Pino del Rio se le unio Celadilla y a Lagartos Villambran Fresno y Villota del Duque no tuvieron agregados A lo largo de varios siglos se despoblaron Villagustos Santovenia Villafrandes Frenuelo Villagaton Santibanez y La Aldea Gavinos formo concejo con Villaluenga de la Vega La Junta general el 9 de abril de 1855 aprobo el Reglamento En su articulo primero se enumeran los pueblo que componen la Comunidad de Villa y tierra del siguiente tenor Acera Fresno del Rio Lagartos Lagunilla Pino del Rio Quintana de la Vega Santaolaja Santervas de la Vega San Llorente del Paramo San Martin del Valle Valcavadillo Barrios de la Vega Bustillo de la Vega Velillas del Duque Villota del Duque Villalafuente Villorquite del Paramo Villafruel Villosilla Villaluenga Villapun Villarrobejo Villambroz Villarrabe y Villarrodrigo Gobierno y administracion Editar Ayuntamiento de Villa y Tierra de Saldana del Siglo XIX Hasta mediados del siglo XV el gobierno de Villa y Tierra correspondia casi exclusivamente a los oficiales de la villa los dos alcaldes y los regidores Con toda probabilidad fue en el ano 1455 cuando se incorporaron al Concejo regidores de la tierra y lo hicieron con la peculiaridad de que su voto valia lo mismo que el de los de la villa circunstancia que no se daba en todos aquellas comunidades de tierra en los que participaban representantes de las aldeas La Junta Ayuntamiento o Concejo lo constituia la Justicia y Regimiento de Saldana y los regidores generales de la tierra El procurador general tenia el caracter de procurador de Villa y Tierra El escribano era el del Ayuntamiento de Saldana Lo presidieron los alcaldes y a partir de 1504 el corregidor En principio los dos mayordomos de la villa eran comunes Luego cada Corporacion tenia mayordomo propio Los regidores generales eran cuatro y correspondia uno a cada una de las cuadrillas que formaban las aldeas Cada cuadrilla agrupaba a los lugares solariegos del siguiente modo Cuadrilla 1 Cuadrilla 2 Cuadrilla 3 Cuadrilla 4Villota del Duque Fresno Los Barrios LagunillaVelillas Pino del Rio Santibanez San Llorente del ParamoLa Aldea Acera Santa Olaja VillarrabeQuintana Villosilla Villaluenga San Martin del ValleVillarrodrigo Valcavadillo Gavinos VillambrozBustillo de la Vega Villafruel VillapunVillarrobejo Villorquite SantervasVillalafuenteLa Cuadrilla numero 4 se la denominaba a veces Cuadrilla de Abajo Los regidores generales eran nombrados el dia de Reyes por la Justicia y Regimiento de la villa segun privilegio o regalia de inmemorial tiempo Es decir el corregidor los cuatro regidores y el procurador general de Villa y Tierra Se utilizaron diversas formas para la seleccion de los candidatos aunque se impuso que la hiciera mediante propuesta de los que salian Al principio el regidor general saliente proponia una persona de un lugar de la misma cuadrilla y luego el corregidor los regidores de la villa y el procurador general daban su conformidad Posteriormente la propuesta comprendia dos personas Dentro de cada cuadrilla los regidores salientes proponian a dos vecinos de los lugares a los que correspondia entrar Esta manera de renovar los regidores generales de la tierra perduro hasta mediados del siglo XIX La Real Orden del Consejo de Castilla de 31 de marzo de 1761 dispuso que los oficios concejiles tanto en las ciudades villas y lugares realengos como de senorio y abadengos fueran ejercidos desde el dia primero del ano hasta el 31 de diciembre Los acontecimientos politicos acontecidos con la Revolucion francesa no afectaron a la configuracion de los organos de gobierno de Villa y Tierra Hasta la promulgacion de la Real Cedula de S M y de los Srs del Consejo de 17 de octubre de 1824 el Ayuntamiento de Villa y Tierra se constituia el 1 de enero con el protocolo acostumbrado A tenor de aquella disposicion correspondia a la Real Chancilleria de Valladolid el nombramiento de las juntas o corporaciones de los pueblos y por tanto el de los capitulares de la tierra solariega de Saldana Esta circunstancia privo al Ayuntamiento de la villa del derecho o regalia de nombrar los regidores generales El modo de hacer las propuestas cambio radicalmente por cuanto intervienen todos los capitulares es decir la Junta o Ayuntamiento de Villa y Tierra y no los salientes Cada uno de los lugares tenia un regidor particular Se encargaba de los asuntos mas especificos del concejo como la recaudacion de tributos A tenor del Reglamento aprobado en abril de 1855 la Comunidad estara gobernada por su presidente que es el alcalde de Saldana la Junta General y una Junta de Vigilancia El secretario sera el del Ayuntamiento de Saldana La primera denominada tambien Junta de la Comunidad esta integrada por los alcaldes de Saldana y de los veinticinco pueblos con el sindico de la villa La de Vigilancia la forman el alcalde de Saldana el sindico y cuatro vocales nombrados por la Junta General de entre los vecinos de los veinticinco pueblos El patrimonio EditarEl patrimonio de Villa y Tierra de Saldana lo integraban dos bienes inmuebles y una importante extension de montes baldios y humedales cuya extension se cifro cuando se practico la desamortizacion en 7 136 hectareas Siguiendo el inventario contenido en el Catastro de la Ensenada resulta el siguiente patrimonio La Ribera Saldana La Perihonda Molino de San Martin Obispo Bienes inmuebles Editar Casa de Ayuntamiento situada en la Plaza Vieja de Saldana con cuarto bajo y principal Confronta a Levante con calle que va a San Pedro a Poniente con casa de Joaquin Gallo Norte con la calle del reloj y a Sur con dicha Plaza Otra casa a la Puentecilla Plaza del Mercado con cuarto principal y segundo que es la carcel Confronta a Levante con calleja que viene del barrio de labradores a poniente con arroyo que baja del Valle a Norte lo mismo y a Sur con calle que va a la Plaza Vieja Esta casa a principios del siglo XX paso a ser la sede del Ayuntamiento de Saldana en la plaza de Espana Bienes comunales Editar Se relacionan 57 fincas Las superiores a 200 obradas son Paramo 2 5 Matorrales de lena de roble 522 2 L Campo Casa del Nido 2 205Vallejones 2 Monte chaparro de lena roble 271 2 L Villota del Paramo 1 566La Raigada 2 Monte chaparro de lena roble 258 5 46 p S term De Andres de la Regla 1 024El Pozanco 2 5 Monte chaparro de lena roble 418 3 70 p P Renedo de los Rotos 1 717Valle del Hornillo 2 Monte chaparro lena de roble 245 P y N cam Carbonero 1 035Mambuey 2 Monte chaparral de lena roble 833 L term de Villapun 3 517Valquemado 2 Monte chaparral de lena roble 261 2 P term de Villadiego 1 142Val de el Espino 2 Monte de lena de roble 509 3 60 e S term de Villambroz 2 162La Cepilla 2 Monte chaparral de lena roble 213 2 40 e L cam Carbonero 900Valdeconejos 2 Monte chaparral de lena roble 205 4 80 e L y N cam Carbonero 866Muelle Matarrubia 3 Monte chaparro de lena roble 465 3 N cam Fresno Ermita 1 965Los Valuengos 2 Monte maj vieja lena roble 449 1 L cam S Andres Guardo 1 896Valdequintanilla 4 5 Monte chaparro de lena roble 245 N cam S Pedro a Fresno 1 034Urzal de la Herrera 4 5 Monte de lena de roble 252 3 N Valdelobo Villalba 1 066El Lomo 2 5 Pasto 205 4 80 e N term de Lagunilla 866Abreviaturas utilizadas Pago en el que esta situada la finca dentro del termino de Villa y Tierra D distancia a Saldana expresado en leguas Naturaleza caracteristicas de su produccion O obradas por las que se mide su superficie C cuartas E P estadales o palos segun figura en el documento Lindero se designa entre los que constan en el documento el que parece puede ser mas util para el mejor conocimiento de su situacion Valor se refiere a la rentabilidad expresada en maravedis La desamortizacion Editar Iglesia de San Pedro Pino del Rio Despues de la desamortizacion de bienes eclesiasticos comenzada en el siglo XVIII la Ley de 1 de mayo de 1855 declaro en estado de venta todos los bienes rusticos y urbanos censos y foros pertenecientes al Estado a la Iglesia a los propios y comunes de los pueblos a la beneficencia y otros publicos Del precio de la venta se invertira el 80 por 100 en titulos de la Deuda publica al 3 por 100 a favor de las corporaciones o de los pueblos propietarios El patrimonio de Villa y Tierra sufrio los efectos expropiatorios y fueron enajenados practicamente la totalidad de sus bienes rusticos La primera reaccion de Villa y Tierra fue tomada en la Junta de Alcaldes de 5 de octubre de 1855 encargando a la de Vigilancia que confecciones una lista de los bienes que eran de comun aprovechamiento para pedir la exclusion de la venta al amparo del art 2 de la Ley El expediente no lo inicio hasta el ano 1864 El 3 de junio se practico una informacion en el Juzgado de 1ª Instancia de Saldana de la que resulto 7 136 hectareas 73 areas con aquellas caracteristicas Esta extension sirvio de base para la posterior demanda judicial Los tramites administrativos concluyeron con una Real Orden del Ministerio de Hacienda de 11 de febrero de 1870 por la que desestimo la excepcion pedida y dispuso que se procediera a la venta de los bienes Villa y Tierra se dispuso a recurrir la Orden ante el Tribunal Supremo Se encargo el asunto a Venancio Gutierrez Marin saldanes doctor en derecho con despacho en Madrid La preparacion fue muy laboriosa porque tuvieron que pronunciarse individualmente cada lugar La demanda la presentaron el presidente Mariano Osorio Orense Ignacio de Salas Calderon Melchor Gallo de Cartagena vecinos de Saldana y Gaspar Berzosa de Coz vecino de Santa Olaja El 11 de junio de 1873 recayo sentencia desestimatoria No se pronuncio sobre el fondo de la cuestion sino fundamentalmente considero que las comunidades de campo y tierra se habian extinguido y concurria en los demandantes falta de legitimacion procesal Cabia plantear nuevo recurso El alcalde presidente Francisco Urizar de Aldaca Barba intento denodadamente obtener la propuesta de todos los lugares uno por uno y no lo consiguio El Boletin Oficial de Ventas de Bienes Nacionales de la Provincia de Palencia de la segunda mitad del siglo XIX fue publicando los anuncios de las subastas y el resultado de las adjudicaciones Se fueron extendiendo laminas a favor de la Villa y Tierra correspondientes al 80 por 100 del precio que la correspondia El Dia de los Veinticinco Editar Ermita de Nuestra Senora del Valle Cruz procesional de San Martin del Valle Toda la comarca saldanesa a traves del tiempo ha sentido un impulso muy profundo hacia la Virgen Maria en su advocacion del Valle en el Santuario que bajo su nombre ha mil anos que se erigio extramuros de la villa La Villa y Tierra solariega acudia en rogativa para impetrar el auxilio divino o testimoniar su gratitud por lo favores recibidos Particularmente Saldana y los veinticinco lugares solariegos desde tiempo inmemorial acudian al Santuario en el mes de mayo cubriendo caminos y veredas procesionalmente con sus cruces pendones insignias y en los ultimos tiempos tambien con imagenes hasta llegar a los pies de Santa Maria del Valle Tal fecha revestia especial solemnidad con el popular nombre de Dia de los 25 No es posible determinar con exactitud cuando surgio tan piadosa y romantica costumbre En la primera mitad del siglo XIX se la concibe como un acto de profunda tradicion El Reglamento de la Comunidad de 9 de abril de 1855 consigna como gastos ordinarios los que por costumbre se hacen en la rogativa llamada de los veinticinco lugares El ultimo ano que se celebro fue 1969 Las cruces procesionales de singular belleza como las de San Llorente del Paramo San Martin del Valle Bustillo de la Vega Villambroz Velillas del Duque o Valcavadillo y los pendones parroquiales de Saldana y los lugares solariegos dejaron de desfilar pausadamente al rumor de las brisas de primavera hacia el Santuario del Valle Bibliografia EditarCABALLERO GONZALEZ Jose Maria Saldana la villa y su tierra solariega Saldana 2010 dos tomos CABALLERO GONZALEZ Jose Maria Saldana y su tierra en el Valle Saldana 2005 CABALLERO CORTES LEoN LOZANO Saldana y su tierra Narraciones y Testimonios historicos Saldana 2003 LOZANO MARTINEZ J J RODRIGUEZ GARCIA O S DE PRADO DE LA FUENTE C LEoN PALENZUELAS G L Comarca Paramos y Valles Saldana Valdavia Boedo y Ojeda Palencia 2008 ALCALDE CRESPO Gonzalo La Vega Loma y Valdivia Saldana Valdavia Ediciones Calamo Palencia 1999 TARILONTE DIEZ Jose Antonio La Villa y Tierra de Saldana pleitos civiles de hidalguia y criminales en los siglos XVII XVIII y XIX Palencia 2000 Enlaces externos EditarHistoriador Julio Gonzalez Gonzalez en Wikipedia Blog del investigador Jose Maria Caballero Gonzalez Publicaciones en linea Datos Q5780608 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Comunidad de villa y tierra de Saldana amp oldid 133327227, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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