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Referéndum constitucional y consulta popular de Ecuador de 2011

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Consulta Popular 2011
Reformas a la Constitución de 2008;
y, asuntos relativos al sistema judicial, seguridad,
medio ambiente, banca y medios de comunicación
Fecha 7 de mayo de 2011
Tipo referéndum constitucional y
consulta popular
Duración de campaña 26 de marzo al
4 de mayo de 2011 (40 días)

Demografía electoral
Hab. inscritos 11,158,419
Votantes 8,634,376
Participación
  
77.38 %  4.3 %

Resultados
Partidos que Apoyan
  
53.1 %
No
  
45.9 %

El referéndum constitucional y consulta popular de Ecuador de 2011 se desarrolló el 7 de mayo de ese año. Consiste de dos procesos electorales diferentes que suman un total de diez preguntas, las cuales buscarán la aprobación de reformas sobre asuntos relativos al sistema judicial, la seguridad, el medio ambiente, la banca y los medios de comunicación.

Historia

Antecedentes

El alto índice delictivo a nivel nacional provocó la reacción de varios sectores de la sociedad quienes pedían mayor control de la situación al gobierno en vías del mejoramiento de la Policía Nacional, y una reestructuración al sistema judicial. El problema radicaba principalmente al excesivo uso de la prisión preventiva en casos penales, que generalmente terminan sin juicio, por lo tanto, los imputados salen en libertad al no tener sentencias, principalmente por la cantidad de procesos almacenados. Desde junio de 2010, el gobierno planteó la propuesta de realizar ciertos cambios al código penal, que no se pudieron concretar hasta diciembre de aquel año.

Los principales puntos de las reformas eran: el endurecimiento de las penas para la tenencia ilegal de armas, involucrados en sicariato, participación de menores en hechos delictivos, la prisión preventiva, relación de la migración; y para la protección de víctimas y testigos. La Asamblea Nacional programaba regular el incremento y la acumulación de penas por un lado y, por el otro, la sanción a los jueces y fiscales por permitir que opere la caducidad de la prisión preventiva.

Propuesta

El presidente Rafael Correa, no solo proponía modificaciones al Código penal, sino también reformas a la Constitución de 2008. Como primeras medidas para tratar el tema de seguridad ciudadana, anunció cambios en su gabinete ministerial, reemplazando a Gustavo Jalkh por Alfredo Vera Arrata como ministro del Interior, mientras que José Serrano, ministro de Justicia, afirmaba la intención del presidente de remitir a la Corte Constitucional (CC) su propuesta de reformar la constitución.[1]​ Los frecuentes anuncios del presidente de organizar una consulta popular tuvieron incluso apoyo desde parte de la oposición en la Asamblea Nacional, quienes le pedían al Ejecutivo agilizar la organización del referéndum para que sea la población la que se pronuncie y no el órgano legislativo, en principio sobre el tema de seguridad ciudadana.

Tras varias modificaciones en el texto consultivo y tres aplazamientos de entrega,[2]​ el presidente Correa en persona entregó su propuesta en la Corte Constitucional el 17 de enero de 2010.[3]

Reacciones

Las preguntas no cubrieron las expectativas de varios sectores en cuanto a materia penal, y generó controversia en otros puntos.[4]​ Uno de los sectores que se vieron afectados, tras la propuesta presentada por Correa, fue la prensa, ya que en una de las preguntas de la consulta se pretende la aprobación de una ley de comunicación que permita crear un Consejo de Regulación que norme la difusión de contenidos en la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita.[5]

La tauromaquia y las peleas de gallos fueron el objetivo a regular por otra de las preguntas llevadas al análisis por parte de la Corte Constitucional. El 21 de enero se generaron varias marchas en la ciudad de Quito por parte de toreros y simpatizantes con las "galleras", en reclamo por la posible prohibición de esos eventos.[6]

Campaña

 
Rafael Correa fue el principal promotor del Si en el referéndum y consulta popular.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) designó que el período de campañas electorales inicie desde el 26 de marzo y se prolongue durante 40 días, es decir, hasta el 4 de mayo, tres días antes de las elecciones. Tras un intenso proceso de calificación, fueron 60 los actores políticos que tuvieron la aprobación del CNE para poder promocionar su publicidad electoral a favor de determinados intereses e ideologías.

Campaña a Favor

Los partidos que estuvieron por el SI fueron: Alianza PAIS, Partido Socialista Frente Amplio, Una Nueva Opción y el Partido Comunista del Ecuador.[7]

Campaña en contra

 
Lucio Gutiérrez impulsó la campaña por el no.

Los partidos que estuvieron por el NO fueron: Izquierda Democrática, Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik, Partido Roldosista Ecuatoriano Partido Comunista Marxista Leninista de Ecuador, Movimiento Popular Democrático, Red Ética y Democracia, Ruptura de los 25, Concentración de Fuerzas Populares, Concertación Nacional Democrática, Partido Sociedad Patriótica 21 de Enero, Partido Renovador Institucional Acción Nacional, Partido Social Cristiano y Unión Demócrata Cristiana.[7]

Contenido

Preguntas del referéndum

Pregunta 1

La primera pregunta del referéndum pretende la modificación de los plazos para la caducidad de la prisión preventiva.

Texto de la pregunta 1 (y el anexo 1) de la propuesta hecha por el presidente Rafael Correa, se establecía de la siguiente manera:

1. Con la finalidad de mejorar la seguridad ciudadana, ¿está usted de acuerdo en que la correspondiente ley cambie los plazos razonables para la caducidad de la prisión preventiva, enmendando la Constitución de la República como lo establece el anexo 1?
ANEXO 1
El numeral nueve del artículo 77 de la Constitución dirá:
“Bajo la responsabilidad de la jueza o juez que conoce el proceso, la prisión preventiva no podrá exceder de los plazos y condiciones que indique la ley, en consideración a la gravedad del delito y la complejidad de la investigación. Si se exceden de estos plazos, la orden de prisión preventiva quedará sin efecto.”

El texto de la Constitución de 2008 a modificarse se establecía:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las siguientes garantías básicas:

[...]

9. Bajo la responsabilidad de la jueza o juez que conoce el proceso, la prisión preventiva no podrá exceder de seis meses en las causas por delitos sancionados con prisión, ni de un año en los casos de delitos sancionados con reclusión.

Si se exceden estos plazos, la orden de prisión preventiva quedará sin efecto.

[...]
Constitución del 2008 (Art. 77 numeral 9)

La pregunta 1 que aprobó la Corte Constitucional para el referéndum presentaba cambios a partir de su formulación original en la propuesta aunque su estructura esencial se conservó. La pregunta fue modificada para especificar el texto constitucional que se pretendía modificar y, tratar de que no existan ambigüedades al tratar de interpretarlo. Su composición final fue la siguiente:

1. ¿Está usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del artículo 77 de la Constitución de la República incorporando un inciso que impida la caducidad de la prisión preventiva cuando esta ha sido provocada por la persona procesada y que permita sancionar la trabas irrazonables en la administración de justicia por parte de juezas, jueces, fiscales, peritos o servidores de órganos auxiliares de la Función Judicial, como establece el anexo 1?
ANEXO 1
Incorpórese a continuación del primer inciso al numeral 9 del artículo 77 uno que dirá:
"La orden de prisión preventiva se mantendrá vigente si por cualquier medio la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera durante el proceso o produjera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defensor público, peritos o servidores de órganos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en falta gravísima y deberán ser sancionados de conformidad de la ley".

Pregunta 2

La segunda pregunta del referéndum pretende la modificación de parámetros de las medidas sustitutivas a la privación de libertad.

Texto de la pregunta 2 (y el anexo 2) de la propuesta hecha por el presidente Rafael Correa, se establecía de la siguiente manera:

2. Con la finalidad de evitar la impunidad y garantizar la comparecencia a los juicios penales de las personas procesadas, ¿está usted de acuerdo que las medidas sustitutivas a la prisión preventiva se apliquen únicamente para los delitos menos graves, enmendando la Constitución de la República como lo establece el anexo 2?
ANEXO 2
El numeral uno del artículo 77 de la Constitución dirá:
La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para garantizar la comparecencia del imputado o acusado al proceso, el derecho de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jueza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de juicio por más de cuarenta y ocho horas. Las medidas no privativas de libertad se utilizarán únicamente en aquellos delitos que, de acuerdo con la ley, sean susceptibles de ventilarse mediante procedimientos especiales.”

El numeral once del artículo 77 dirá:
La jueza o juez podrá aplicar sanciones y medidas cautelares alternativas a la privación de libertad, únicamente en aquellos delitos que, de acuerdo con la ley, sean susceptibles de ventilarse mediante procedimientos especiales.
DEROGATORIA
Suprímase el segundo inciso del artículo 159 del Código de Procedimiento Penal.

El texto de la Constitución de 2008 a modificarse se establecía:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las siguientes garantías básicas:
1. La privación de la libertad se aplicará excepcionalmente cuando sea necesaria para garantizar la comparecencia en el proceso, o para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jueza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de juicio por más de veinticuatro horas. La jueza o juez siempre podrá ordenar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva.
[...]
11. La jueza o juez aplicará de forma prioritaria sanciones y medidas cautelares alternativas a la privación de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas se aplicarán de acuerdo con las circunstancias, la personalidad de la persona infractora y las exigencias de reinserción social de la persona sentenciada.
[...]

El texto final para la pregunta 2:

2. ¿Está usted de acuerdo con que las medidas sustitutivas a la privación de libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la Ley, de acuerdo al anexo 2?
ANEXO 2
El artículo 77 numeral 1 dirá:
"La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para garantizar la comparencia del imputado o acusado al proceso, el derecho de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jueza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de juicio por más de 24 horas. Las medidas no privativas de libertad se aplicarán de conformidad con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la ley".

El artículo 77 numeral 11 dirá:
"La jueza o juez aplicará las medidas cautelares alternativas a la privación de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas se aplicarán de acuerdo con los casos, plazos, condiciones y requisitos establecidos en la Ley".

Pregunta 3

La tercera pregunta del referéndum pretende limitar (o prohibir) la participación accionaria en el ámbito financiero o comunicacional de empresas e instituciones privadas referentes a esas áreas.

Texto de la pregunta 3 (y el anexo 3) de la propuesta hecha por el presidente Rafael Correa, se establecía de la siguiente manera:

3. Con la finalidad de evitar conflicto de intereses, ¿está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el anexo 3?
ANEXO 3
El primer inciso del artículo 312 de la Constitución, dirá:
“Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa ni indirectamente, de acciones y participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición.”

En el primer inciso de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGÉSIMO NOVENA dirá:
“Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas distintas al sector en que participan, se enajenarán en el plazo de un año contado a partir de la aprobación de esta reforma en referendo”.

El texto de la Constitución de 2008 a modificarse se establecía:

Art. 312.- Las entidades o grupos financieros no podrán poseer participaciones permanentes, totales o parciales, en empresas ajenas a la actividad financiera.

Se prohíbe la participación en el control del capital, la inversión o el patrimonio de los medios de comunicación social, a entidades o grupos financieros, sus representantes legales, miembros de su directorio y accionistas.

Cada entidad integrante del sistema financiero nacional tendrá una defensora o defensor del cliente, que será independiente de la institución y designado de acuerdo con la ley.
Constitución del 2008 (Art. 312)

El texto de las Disposiciones Transitorias de la Constitución del 2008 en cuestión se establecía de la siguiente manera:

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
[...]
VIGESIMONOVENA.- Las participaciones accionarias que posean las personas jurídicas del sector financiero en empresas ajenas a este sector, se enajenarán en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución. Las participaciones accionarias de las personas jurídicas del sector financiero, sus representantes legales y miembros de directorio y accionistas que tengan participación en el capital pagado de medios de comunicación social, deberán ser enajenadas en el plazo de dos años a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución.
[...]

El texto el final para la pregunta 3 quedó definida de la siguiente manera:

3. ¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sea dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el anexo 3?
ANEXO 3
El primer inciso del artículo 312 de la Constitución dirá:
"Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa o indirectamente, de acciones o participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente".

En el primer inciso de la disposición transitoria vigésimo novena dirá:
"Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas distintas al sector en que participan, se enajenarán en el plazo de un año contado a partir de la aprobación de esta reforma en referéndum".

Pregunta 4

¿Está usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres miembros elegidos, uno por la Función Ejecutiva, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial, como lo establece el anexo 4?}} 
ANEXO 4
El artículo 20 del Régimen de Transición dirá:
"Se disuelve el actual pleno del Consejo de la Judicatura. En su reemplazo se crea un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres delegados designados y sus respectivos alternos: uno por el Presidente de la República, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social; todos los delegados y sus alternos estarán sometidos a juicio político. Este Consejo de la Judicatura transitorio tendrá todas las facultades establecidas en la Constitución, así como las dispuestas en el Código Orgánico de la Función Judicial, y ejercerán sus funciones por un período improrrogable de 18 meses. El Consejo de la Judicatura definitivo se conformará mediante el procedimiento establecido en la Constitución enmendada. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social asegurará que los miembros del nuevo Consejo de la Judicatura estén designados antes de concluidos los 18 meses de funciones del Consejo de la Judicatura de transición. Queda sin efecto el concurso de méritos y oposición que lleva a cabo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para la designación de los nuevos vocales del Consejo de la Judiactura".

Suprímase la disposición transitoria primera del Código Orgánico de la Función Judicial.

Enmiéndese la Constitución de la República del Ecuador de la siguiente manera:

"Art. 179.- El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.

Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación ciudadana.

El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años.

El Consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la Asamblea Nacional, que podrá fiscalizar y juzgar a sus miembros".

Pregunta 5

5. ¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial como establece el anexo 5?
ANEXO 5
Enmiéndese la Constitución de la República del Ecuador de la siguiente manera: "Art. 179.- El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados, y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, quien lo presidirá; por el Fiscal General del Estado; por el Defensor Público; por la Función Ejecutiva; y por la Asamblea Nacional. Los delegados mencionados en el inciso anterior, serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana. El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6 años. El Consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la Asamblea Nacional, que podrá fiscalizar y juzgar a sus miembros".

Preguntas del plebiscito

Pregunta 6

6. ¿Está usted de acuerdo que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique en el Código Penal, como un delito autónomo el enriquecimiento privado no justificado?

Pregunta 7

7. ¿Está usted de acuerdo que en el país se prohíban los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego?

Pregunta 8

8. ¿Está usted de acuerdo que en el cantón de su domicilio se prohíban los espectáculos que tengan como finalidad dar muerte al animal?

Pregunta 9

9. ¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, expida una Ley de Comunicación que cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos de la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o medios emisores?

Pregunta 10

10. ¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados del plebiscito, tipifique como infracción penal la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relación de dependencia?

Resultados

Los resultados de la consulta popular fueron los siguientes:[8]

Preguntas No Blancos Nulos
Votos Porcentaje Votos Porcentaje Votos Porcentaje Votos Porcentaje
Referendum
Pregunta 1 4,357,105 50.46% 3,356,545 38.87% 462,867 5.36% 457,859 5.30%
Pregunta 2 4,167,893 48.27% 3,525,832 40.84% 449,296 5.20% 491,355 5.69%
Pregunta 3 4,074,307 47.19% 3,616,589 41.89% 451,226 5.23% 492,254 5.70%
Pregunta 4 3,984,723 46.15% 3,674,727 42.56% 478,597 5.54% 496,329 5.75%
Pregunta 5 4,029,458 46.67% 3,622,646 41.96% 505,490 5.85% 476,782 5.52%
Consulta popular
Pregunta 6 4,023,533 46.60% 3,507,168 40.62% 672,650 7.79% 431,025 4.99%
Pregunta 7 3,951,787 45.77% 3,599,093 41.68% 613,088 7.10% 470,408 5.45%
Pregunta 8 Solamente resultados por cantones
Pregunta 9 3,882,379 44.96% 3,630,263 42.04% 667,397 7.73% 454,337 5.26%
Pregunta 10 4,146,640 48.03% 3,388,807 39.25% 648,855 7.52% 450,074 5.21%

Reacciones

Rafael Correa defendió los resultados de la consulta tomando en cuenta solamente los votos válidos. Argumentó que en las elecciones del 2009 fue elegido presidente de la República en una sola vuelta con 3,5 millones de votos, que representaron el 51,99% de los votos. Todos sus opositores juntos, alcanzaron el 48,9% restante, mientras que la consulta del 2011, más de 4 millones de ciudadanos dijeron SÍ en la Consulta Popular y Referéndum, lo que representa alrededor de 500 mil votos más que en las últimas elecciones del 2009; y más de un punto porcentual de los votos válidos que ahora alcanzaron el 53,1% frente al 46,9% del NO.[9]

Los resultados fueron proclamados el 12 de julio de 2011 fue hechos después de 2 meses de realizada la Consulta, y se ratificó que el Sí ganó en todas las preguntas a nivel nacional.[10]

Los mismos fueron publicados en el primer suplemento del Registro Oficial Nº 490 del 13 de julio de 2011, siendo así oficializados y entrando en vigencia las reformas constitucionales, e iniciándose los plazos para la elaboración de leyes, ordenanzas y reglamentos que mandaba la consulta.

Véase también

Referencias

  1. Diario El Universo (15 de diciembre de 2010). «Reformas a la Carta Magna sí irán a la Corte Constitucional». Consultado el 25 de febrero de 2011. 
  2. Diario El Universo (14 de enero de 2011). «Nuevo cambio la en fecha de envío de preguntas a la CC». Consultado el 26 de febrero de 2011. 
  3. Diario Expreso (18 de enero de 2011). «Las preguntas de la consulta ya están en manos de la CC». Consultado el 26 de febrero de 2011. 
  4. Víctimas del crimen no están conformes con texto de consulta. El Universo. 19 de enero de 2011. Consultado el 20 de marzo de 2011. 
  5. Consejo Regulador planteado en consulta violentaría acuerdo. El Universo. 19 de enero de 2011. Consultado el 20 de marzo de 2011. 
  6. . Andes.info.ec/. 21 de enero de 2011. Archivado desde el original el 25 de enero de 2011. Consultado el 20 de marzo de 2011. 
  7. http://www.eluniverso.com/2011/04/03/1/1355/sindicatos-agrupaciones-miden-fuerzas-consulta.html
  8. http://www.elciudadano.gob.ec/index.php?option=com_content&view=article&id=24683:cada-dia-mas-ecuatorianos-creen-en-el-proyecto-de-la-revolucion-ciudadana&catid=2:politica&Itemid=43
  9. . Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016. Consultado el 27 de agosto de 2012. 

Enlaces externos

  •   Artículos en Wikinoticias: Referéndum en Ecuador aprueba reformas en la constitución
  •   Datos: Q2995370

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aprobacion de reformas sobre asuntos relativos al sistema judicial la seguridad el medio ambiente la banca y los medios de comunicacion Indice 1 Historia 1 1 Antecedentes 1 2 Propuesta 1 3 Reacciones 2 Campana 2 1 Campana a Favor 2 2 Campana en contra 3 Contenido 3 1 Preguntas del referendum 3 1 1 Pregunta 1 3 1 2 Pregunta 2 3 1 3 Pregunta 3 3 1 4 Pregunta 4 3 1 5 Pregunta 5 3 2 Preguntas del plebiscito 3 2 1 Pregunta 6 3 2 2 Pregunta 7 3 2 3 Pregunta 8 3 2 4 Pregunta 9 3 2 5 Pregunta 10 4 Resultados 5 Reacciones 6 Vease tambien 7 Referencias 8 Enlaces externosHistoria EditarAntecedentes Editar El alto indice delictivo a nivel nacional provoco la reaccion de varios sectores de la sociedad quienes pedian mayor control de la situacion al gobierno en vias del mejoramiento de la Policia Nacional y una reestructuracion al sistema judicial El problema radicaba principalmente al excesivo uso de la prision preventiva en casos penales que generalmente terminan sin juicio por lo tanto los imputados salen en libertad al no tener sentencias principalmente por la cantidad de procesos almacenados Desde junio de 2010 el gobierno planteo la propuesta de realizar ciertos cambios al codigo penal que no se pudieron concretar hasta diciembre de aquel ano Los principales puntos de las reformas eran el endurecimiento de las penas para la tenencia ilegal de armas involucrados en sicariato participacion de menores en hechos delictivos la prision preventiva relacion de la migracion y para la proteccion de victimas y testigos La Asamblea Nacional programaba regular el incremento y la acumulacion de penas por un lado y por el otro la sancion a los jueces y fiscales por permitir que opere la caducidad de la prision preventiva Propuesta Editar El presidente Rafael Correa no solo proponia modificaciones al Codigo penal sino tambien reformas a la Constitucion de 2008 Como primeras medidas para tratar el tema de seguridad ciudadana anuncio cambios en su gabinete ministerial reemplazando a Gustavo Jalkh por Alfredo Vera Arrata como ministro del Interior mientras que Jose Serrano ministro de Justicia afirmaba la intencion del presidente de remitir a la Corte Constitucional CC su propuesta de reformar la constitucion 1 Los frecuentes anuncios del presidente de organizar una consulta popular tuvieron incluso apoyo desde parte de la oposicion en la Asamblea Nacional quienes le pedian al Ejecutivo agilizar la organizacion del referendum para que sea la poblacion la que se pronuncie y no el organo legislativo en principio sobre el tema de seguridad ciudadana Tras varias modificaciones en el texto consultivo y tres aplazamientos de entrega 2 el presidente Correa en persona entrego su propuesta en la Corte Constitucional el 17 de enero de 2010 3 Reacciones Editar Las preguntas no cubrieron las expectativas de varios sectores en cuanto a materia penal y genero controversia en otros puntos 4 Uno de los sectores que se vieron afectados tras la propuesta presentada por Correa fue la prensa ya que en una de las preguntas de la consulta se pretende la aprobacion de una ley de comunicacion que permita crear un Consejo de Regulacion que norme la difusion de contenidos en la television radio y publicaciones de prensa escrita 5 La tauromaquia y las peleas de gallos fueron el objetivo a regular por otra de las preguntas llevadas al analisis por parte de la Corte Constitucional El 21 de enero se generaron varias marchas en la ciudad de Quito por parte de toreros y simpatizantes con las galleras en reclamo por la posible prohibicion de esos eventos 6 Campana Editar Rafael Correa fue el principal promotor del Si en el referendum y consulta popular El Consejo Nacional Electoral CNE designo que el periodo de campanas electorales inicie desde el 26 de marzo y se prolongue durante 40 dias es decir hasta el 4 de mayo tres dias antes de las elecciones Tras un intenso proceso de calificacion fueron 60 los actores politicos que tuvieron la aprobacion del CNE para poder promocionar su publicidad electoral a favor de determinados intereses e ideologias Campana a Favor Editar Los partidos que estuvieron por el SI fueron Alianza PAIS Partido Socialista Frente Amplio Una Nueva Opcion y el Partido Comunista del Ecuador 7 Campana en contra Editar Lucio Gutierrez impulso la campana por el no Los partidos que estuvieron por el NO fueron Izquierda Democratica Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik Partido Roldosista Ecuatoriano Partido Comunista Marxista Leninista de Ecuador Movimiento Popular Democratico Red Etica y Democracia Ruptura de los 25 Concentracion de Fuerzas Populares Concertacion Nacional Democratica Partido Sociedad Patriotica 21 de Enero Partido Renovador Institucional Accion Nacional Partido Social Cristiano y Union Democrata Cristiana 7 Contenido EditarPreguntas del referendum Editar Pregunta 1 Editar La primera pregunta del referendum pretende la modificacion de los plazos para la caducidad de la prision preventiva Texto de la pregunta 1 y el anexo 1 de la propuesta hecha por el presidente Rafael Correa se establecia de la siguiente manera 1 Con la finalidad de mejorar la seguridad ciudadana esta usted de acuerdo en que la correspondiente ley cambie los plazos razonables para la caducidad de la prision preventiva enmendando la Constitucion de la Republica como lo establece el anexo 1 ANEXO 1El numeral nueve del articulo 77 de la Constitucion dira Bajo la responsabilidad de la jueza o juez que conoce el proceso la prision preventiva no podra exceder de los plazos y condiciones que indique la ley en consideracion a la gravedad del delito y la complejidad de la investigacion Si se exceden de estos plazos la orden de prision preventiva quedara sin efecto El texto de la Constitucion de 2008 a modificarse se establecia Art 77 En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona se observaran las siguientes garantias basicas 9 Bajo la responsabilidad de la jueza o juez que conoce el proceso la prision preventiva no podra exceder de seis meses en las causas por delitos sancionados con prision ni de un ano en los casos de delitos sancionados con reclusion Si se exceden estos plazos la orden de prision preventiva quedara sin efecto Constitucion del 2008 Art 77 numeral 9 La pregunta 1 que aprobo la Corte Constitucional para el referendum presentaba cambios a partir de su formulacion original en la propuesta aunque su estructura esencial se conservo La pregunta fue modificada para especificar el texto constitucional que se pretendia modificar y tratar de que no existan ambiguedades al tratar de interpretarlo Su composicion final fue la siguiente 1 Esta usted de acuerdo en enmendar el numeral 9 del articulo 77 de la Constitucion de la Republica incorporando un inciso que impida la caducidad de la prision preventiva cuando esta ha sido provocada por la persona procesada y que permita sancionar la trabas irrazonables en la administracion de justicia por parte de juezas jueces fiscales peritos o servidores de organos auxiliares de la Funcion Judicial como establece el anexo 1 ANEXO 1Incorporese a continuacion del primer inciso al numeral 9 del articulo 77 uno que dira La orden de prision preventiva se mantendra vigente si por cualquier medio la persona procesada ha evadido retardado evitado o impedido su juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad Si la dilacion ocurriera durante el proceso o produjera la caducidad sea esta por acciones u omisiones de juezas jueces fiscales defensor publico peritos o servidores de organos auxiliares se considerara que estos han incurrido en falta gravisima y deberan ser sancionados de conformidad de la ley Pregunta 2 Editar La segunda pregunta del referendum pretende la modificacion de parametros de las medidas sustitutivas a la privacion de libertad Texto de la pregunta 2 y el anexo 2 de la propuesta hecha por el presidente Rafael Correa se establecia de la siguiente manera 2 Con la finalidad de evitar la impunidad y garantizar la comparecencia a los juicios penales de las personas procesadas esta usted de acuerdo que las medidas sustitutivas a la prision preventiva se apliquen unicamente para los delitos menos graves enmendando la Constitucion de la Republica como lo establece el anexo 2 ANEXO 2El numeral uno del articulo 77 de la Constitucion dira La privacion de la libertad no sera la regla general y se aplicara para garantizar la comparecencia del imputado o acusado al proceso el derecho de la victima del delito a una justicia pronta oportuna y sin dilaciones y para asegurar el cumplimiento de la pena procedera por orden escrita de jueza o juez competente en los casos por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley Se exceptuan los delitos flagrantes en cuyo caso no podra mantenerse a la persona detenida sin formula de juicio por mas de cuarenta y ocho horas Las medidas no privativas de libertad se utilizaran unicamente en aquellos delitos que de acuerdo con la ley sean susceptibles de ventilarse mediante procedimientos especiales El numeral once del articulo 77 dira La jueza o juez podra aplicar sanciones y medidas cautelares alternativas a la privacion de libertad unicamente en aquellos delitos que de acuerdo con la ley sean susceptibles de ventilarse mediante procedimientos especiales DEROGATORIASuprimase el segundo inciso del articulo 159 del Codigo de Procedimiento Penal El texto de la Constitucion de 2008 a modificarse se establecia Art 77 En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona se observaran las siguientes garantias basicas 1 La privacion de la libertad se aplicara excepcionalmente cuando sea necesaria para garantizar la comparecencia en el proceso o para asegurar el cumplimiento de la pena procedera por orden escrita de jueza o juez competente en los casos por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley Se exceptuan los delitos flagrantes en cuyo caso no podra mantenerse a la persona detenida sin formula de juicio por mas de veinticuatro horas La jueza o juez siempre podra ordenar medidas cautelares distintas a la prision preventiva 11 La jueza o juez aplicara de forma prioritaria sanciones y medidas cautelares alternativas a la privacion de libertad contempladas en la ley Las sanciones alternativas se aplicaran de acuerdo con las circunstancias la personalidad de la persona infractora y las exigencias de reinsercion social de la persona sentenciada El texto final para la pregunta 2 2 Esta usted de acuerdo con que las medidas sustitutivas a la privacion de libertad se apliquen bajo las condiciones y requisitos establecidos en la Ley de acuerdo al anexo 2 ANEXO 2El articulo 77 numeral 1 dira La privacion de la libertad no sera la regla general y se aplicara para garantizar la comparencia del imputado o acusado al proceso el derecho de la victima del delito a una justicia pronta oportuna y sin dilaciones y para asegurar el cumplimiento de la pena procedera por orden escrita de jueza o juez competente en los casos por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley Se exceptuan los delitos flagrantes en cuyo caso no podra mantenerse a la persona detenida sin formula de juicio por mas de 24 horas Las medidas no privativas de libertad se aplicaran de conformidad con los casos plazos condiciones y requisitos establecidos en la ley El articulo 77 numeral 11 dira La jueza o juez aplicara las medidas cautelares alternativas a la privacion de libertad contempladas en la ley Las sanciones alternativas se aplicaran de acuerdo con los casos plazos condiciones y requisitos establecidos en la Ley Pregunta 3 Editar La tercera pregunta del referendum pretende limitar o prohibir la participacion accionaria en el ambito financiero o comunicacional de empresas e instituciones privadas referentes a esas areas Texto de la pregunta 3 y el anexo 3 de la propuesta hecha por el presidente Rafael Correa se establecia de la siguiente manera 3 Con la finalidad de evitar conflicto de intereses esta usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado asi como las empresas de comunicacion privadas de caracter nacional sus directores y principales accionistas sean duenos o tengan participacion accionaria fuera del ambito financiero o comunicacional respectivamente enmendando la Constitucion como lo establece el anexo 3 ANEXO 3El primer inciso del articulo 312 de la Constitucion dira Las instituciones del sistema financiero privado asi como las empresas privadas de comunicacion de caracter nacional sus directores y principales accionistas no podran ser titulares directa ni indirectamente de acciones y participaciones en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional segun el caso Los respectivos organismos de control seran los encargados de regular esta disposicion En el primer inciso de la DISPOSICIoN TRANSITORIA VIGESIMO NOVENA dira Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado asi como las empresas de comunicacion privadas de caracter nacional sus directores y principales accionistas en empresas distintas al sector en que participan se enajenaran en el plazo de un ano contado a partir de la aprobacion de esta reforma en referendo El texto de la Constitucion de 2008 a modificarse se establecia Art 312 Las entidades o grupos financieros no podran poseer participaciones permanentes totales o parciales en empresas ajenas a la actividad financiera Se prohibe la participacion en el control del capital la inversion o el patrimonio de los medios de comunicacion social a entidades o grupos financieros sus representantes legales miembros de su directorio y accionistas Cada entidad integrante del sistema financiero nacional tendra una defensora o defensor del cliente que sera independiente de la institucion y designado de acuerdo con la ley Constitucion del 2008 Art 312 El texto de las Disposiciones Transitorias de la Constitucion del 2008 en cuestion se establecia de la siguiente manera DISPOSICIONES TRANSITORIAS VIGESIMONOVENA Las participaciones accionarias que posean las personas juridicas del sector financiero en empresas ajenas a este sector se enajenaran en el plazo de dos anos a partir de la entrada en vigencia de esta Constitucion Las participaciones accionarias de las personas juridicas del sector financiero sus representantes legales y miembros de directorio y accionistas que tengan participacion en el capital pagado de medios de comunicacion social deberan ser enajenadas en el plazo de dos anos a partir de la entrada en vigencia de esta Constitucion El texto el final para la pregunta 3 quedo definida de la siguiente manera 3 Esta usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado asi como las empresas de comunicacion privadas de caracter nacional sus directores y principales accionistas sea duenos o tengan participacion accionaria fuera del ambito financiero o comunicacional respectivamente enmendando la Constitucion como lo establece el anexo 3 ANEXO 3El primer inciso del articulo 312 de la Constitucion dira Las instituciones del sistema financiero privado asi como las empresas privadas de comunicacion de caracter nacional sus directores y principales accionistas no podran ser titulares directa o indirectamente de acciones o participaciones en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional segun el caso Los respectivos organismos de control seran los encargados de regular esta disposicion de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente En el primer inciso de la disposicion transitoria vigesimo novena dira Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado asi como las empresas privadas de comunicacion de caracter nacional sus directores y principales accionistas en empresas distintas al sector en que participan se enajenaran en el plazo de un ano contado a partir de la aprobacion de esta reforma en referendum Pregunta 4 Editar Esta usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transicion conformado por tres miembros elegidos uno por la Funcion Ejecutiva otro por el Poder Legislativo y otro por la Funcion de Transparencia y Control Social para que en el plazo improrrogable de 18 meses ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Funcion Judicial como lo establece el anexo 4 ANEXO 4El articulo 20 del Regimen de Transicion dira Se disuelve el actual pleno del Consejo de la Judicatura En su reemplazo se crea un Consejo de la Judicatura de Transicion conformado por tres delegados designados y sus respectivos alternos uno por el Presidente de la Republica otro por el Poder Legislativo y otro por la Funcion de Transparencia y Control Social todos los delegados y sus alternos estaran sometidos a juicio politico Este Consejo de la Judicatura transitorio tendra todas las facultades establecidas en la Constitucion asi como las dispuestas en el Codigo Organico de la Funcion Judicial y ejerceran sus funciones por un periodo improrrogable de 18 meses El Consejo de la Judicatura definitivo se conformara mediante el procedimiento establecido en la Constitucion enmendada El Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social asegurara que los miembros del nuevo Consejo de la Judicatura esten designados antes de concluidos los 18 meses de funciones del Consejo de la Judicatura de transicion Queda sin efecto el concurso de meritos y oposicion que lleva a cabo el Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social para la designacion de los nuevos vocales del Consejo de la Judiactura Suprimase la disposicion transitoria primera del Codigo Organico de la Funcion Judicial Enmiendese la Constitucion de la Republica del Ecuador de la siguiente manera Art 179 El Consejo de la Judicatura se integrara por 5 delegados y sus respectivos suplentes quienes seran elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia cuyo representante lo presidira por el Fiscal General del Estado por el Defensor Publico por la Funcion Ejecutiva y por la Asamblea Nacional Los delegados mencionados en el inciso anterior seran elegidos por el Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social a traves de un proceso publico de escrutinio con veeduria y posibilidad de una impugnacion ciudadana El procedimiento plazos y demas elementos del proceso seran determinados por el Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social Los miembros del Consejo de la Judicatura tanto titulares como suplentes duraran en el ejercicio de sus funciones 6 anos El Consejo de la Judicatura rendira su informe anual ante la Asamblea Nacional que podra fiscalizar y juzgar a sus miembros Pregunta 5 Editar 5 Esta usted de acuerdo en modificar la composicion del Consejo de la Judicatura enmendando la Constitucion y reformando el Codigo Organico de la Funcion Judicial como establece el anexo 5 ANEXO 5 Enmiendese la Constitucion de la Republica del Ecuador de la siguiente manera Art 179 El Consejo de la Judicatura se integrara por 5 delegados y sus respectivos suplentes quienes seran elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia quien lo presidira por el Fiscal General del Estado por el Defensor Publico por la Funcion Ejecutiva y por la Asamblea Nacional Los delegados mencionados en el inciso anterior seran elegidos por el Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social a traves de un proceso publico de escrutinio con veeduria y posibilidad de impugnacion ciudadana El procedimiento plazos y demas elementos del proceso seran determinados por el Consejo de Participacion Ciudadana y Control Social Los miembros del Consejo de la Judicatura tanto titulares como suplentes duraran en el ejercicio de sus funciones 6 anos El Consejo de la Judicatura rendira su informe anual ante la Asamblea Nacional que podra fiscalizar y juzgar a sus miembros dd Preguntas del plebiscito Editar Pregunta 6 Editar 6 Esta usted de acuerdo que la Asamblea Nacional sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Organica de la Funcion Legislativa a partir de la publicacion de los resultados del plebiscito tipifique en el Codigo Penal como un delito autonomo el enriquecimiento privado no justificado Pregunta 7 Editar 7 Esta usted de acuerdo que en el pais se prohiban los negocios dedicados a juegos de azar tales como casinos y salas de juego Pregunta 8 Editar 8 Esta usted de acuerdo que en el canton de su domicilio se prohiban los espectaculos que tengan como finalidad dar muerte al animal Pregunta 9 Editar 9 Esta usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Organica de la Funcion Legislativa expida una Ley de Comunicacion que cree un Consejo de Regulacion que regule la difusion de contenidos de la television radio y publicaciones de prensa escrita que contengan mensajes de violencia explicitamente sexuales o discriminatorios y que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o medios emisores Pregunta 10 Editar 10 Esta usted de acuerdo con que la Asamblea Nacional sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Organica de la Funcion Legislativa a partir de la publicacion de los resultados del plebiscito tipifique como infraccion penal la no afiliacion al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relacion de dependencia Resultados EditarLos resultados de la consulta popular fueron los siguientes 8 Preguntas Si No Blancos NulosVotos Porcentaje Votos Porcentaje Votos Porcentaje Votos PorcentajeReferendumPregunta 1 4 357 105 50 46 3 356 545 38 87 462 867 5 36 457 859 5 30 Pregunta 2 4 167 893 48 27 3 525 832 40 84 449 296 5 20 491 355 5 69 Pregunta 3 4 074 307 47 19 3 616 589 41 89 451 226 5 23 492 254 5 70 Pregunta 4 3 984 723 46 15 3 674 727 42 56 478 597 5 54 496 329 5 75 Pregunta 5 4 029 458 46 67 3 622 646 41 96 505 490 5 85 476 782 5 52 Consulta popularPregunta 6 4 023 533 46 60 3 507 168 40 62 672 650 7 79 431 025 4 99 Pregunta 7 3 951 787 45 77 3 599 093 41 68 613 088 7 10 470 408 5 45 Pregunta 8 Solamente resultados por cantonesPregunta 9 3 882 379 44 96 3 630 263 42 04 667 397 7 73 454 337 5 26 Pregunta 10 4 146 640 48 03 3 388 807 39 25 648 855 7 52 450 074 5 21 Reacciones EditarRafael Correa defendio los resultados de la consulta tomando en cuenta solamente los votos validos Argumento que en las elecciones del 2009 fue elegido presidente de la Republica en una sola vuelta con 3 5 millones de votos que representaron el 51 99 de los votos Todos sus opositores juntos alcanzaron el 48 9 restante mientras que la consulta del 2011 mas de 4 millones de ciudadanos dijeron SI en la Consulta Popular y Referendum lo que representa alrededor de 500 mil votos mas que en las ultimas elecciones del 2009 y mas de un punto porcentual de los votos validos que ahora alcanzaron el 53 1 frente al 46 9 del NO 9 Los resultados fueron proclamados el 12 de julio de 2011 fue hechos despues de 2 meses de realizada la Consulta y se ratifico que el Si gano en todas las preguntas a nivel nacional 10 Los mismos fueron publicados en el primer suplemento del Registro Oficial Nº 490 del 13 de julio de 2011 siendo asi oficializados y entrando en vigencia las reformas constitucionales e iniciandose los plazos para la elaboracion de leyes ordenanzas y reglamentos que mandaba la consulta Vease tambien EditarElecciones en Ecuador Constitucion de Ecuador de 2008Referencias Editar Diario El Universo 15 de diciembre de 2010 Reformas a la Carta Magna si iran a la Corte Constitucional Consultado el 25 de febrero de 2011 Diario El Universo 14 de enero de 2011 Nuevo cambio la en fecha de envio de preguntas a la CC Consultado el 26 de febrero de 2011 Diario Expreso 18 de enero de 2011 Las preguntas de la consulta ya estan en manos de la CC Consultado el 26 de febrero de 2011 Victimas del crimen no estan conformes con texto de consulta El Universo 19 de enero de 2011 Consultado el 20 de marzo de 2011 Consejo Regulador planteado en consulta violentaria acuerdo El Universo 19 de enero de 2011 Consultado el 20 de marzo de 2011 Toreros y aficionados marchan en Quito Andes info ec 21 de enero de 2011 Archivado desde el original el 25 de enero de 2011 Consultado el 20 de marzo de 2011 a b http www eluniverso com 2011 04 03 1 1355 sindicatos agrupaciones miden fuerzas consulta html https web archive org web 20111219194152 http app2 cne gob ec resultados resultadosn aspx http www elciudadano gob ec index php option com content amp view article amp id 24683 cada dia mas ecuatorianos creen en el proyecto de la revolucion ciudadana amp catid 2 politica amp Itemid 43 Copia archivada Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016 Consultado el 27 de agosto de 2012 Enlaces externos Editar Articulos en Wikinoticias Referendum en Ecuador aprueba reformas en la constitucion Datos Q2995370 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Referendum constitucional y consulta popular de Ecuador de 2011 amp oldid 137330556, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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