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Realismo jurídico

El realismo jurídico es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones judiciales. El realismo jurídico comparte con las diferentes corrientes del realismo filosófico una consideración unitaria de la ciencia y la filosofía, el uso del análisis como método, y el pluralismo como metafísica, así como una visión del mundo naturalista y anti-idealista.[1]​ El realismo jurídico se desarrolla especialmente en el siglo XX, a raíz de la revuelta contra el formalismo conceptual que había caracterizado a la ciencia jurídica del siglo anterior.

En otra acepción, se denomina "realismo jurídico clásico" a la doctrina del iusnaturalismo clásico.

Antecedentes

Puede citarse como antecedente el realismo clásico de los sofistas griegos. Entre ellos destaca Trasímaco, para quien el derecho es la voluntad del más fuerte.

Caracteres

Para los realistas jurídicos el derecho no está formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio, sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal. Esto supone que el concepto de vigencia (o validez formal) pasa a un segundo término, mientras que el concepto de validez (validez material, que es igual a eficacia) se convierte en la piedra angular del conocimiento del derecho.

La función jurisdiccional recupera un rol preponderante. El derecho se contiene, principalmente, en los precedentes judiciales y en las sentencias dictadas por los tribunales; una ley que no se aplica es una ley muerta.

Escuelas

En el realismo jurídico contemporáneo se pueden distinguir al menos cuatro escuelas:

  • La escuela del realismo estadounidense
  • La escuela del realismo genovés (Giovanni Tarello, P. Comanducci, R. Guastini, etc.)
  • La escuela escandinava
  • El realismo de la interpretación jurídica del francés Michel Troper.

Como precursor de los realistas estadounidenses cabe mencionar a Oliver Wendell Holmes Jr., quien consideraba que el derecho no es otra cosa que las profecías de cómo los jueces resolverán los asuntos jurídicos. Dentro de sus principales representantes tenemos a Karl Llewellyn y a Chipman Gray. Otros autores destacados son Roscoe Pound, Jerome Frank, Thurman Arnold, Felix S. Cohen, y B. N. Cardozo. Todos ellos son juristas, y no filósofos. Puntos comunes del movimiento(siempre rechazaron el término "escuela") son: una concepción instrumental del derecho, como un medio para fines sociales; una visión dinámica de la sociedad y las instituciones; desconfianza en las reglas del método jurídico tradicional (ver Positivismo Jurídico); rechazo de la teoría imperativista de las normas; valoración de las normas por sus efectos; y un enfoque del derecho desde la perspectiva de los casos y de los problemas reales que se presentan.[1]

Axel Hägerström, Alf Ross y Karl Olivecrona destacan entre los realistas escandinavos, para quienes la eficacia o vigencia real de las normas jurídicas es la propiedad determinante, por encima de la validez meramente formal y del contenido moral de las mismas. Lo que define al Derecho no son las normas aisladamente consideradas, sino las instituciones, el sistema, por lo que el análisis de los fenómenos jurídicos debe hacerse en su conjunto.

Finalmente, Michel Troper ha desarrollado una teoría realista según la cual la interpretación no es un acto de conocimiento de la ley, sino un acto de voluntad del juez.

Posteridad del realismo jurídico

Aunque declinó su fuerza luego de la Segunda Guerra Mundial, la influencia del realismo jurídico ha alcanzado a la corriente llamada "estudios críticos del derecho" (Duncan Kennedy y Roberto Unger), a la teoría jurídica feminista y al análisis económico del derecho (autores como Richard Posner y Richard Epstein).

Críticas

Para el iusnaturalismo clásico se trata de un positivismo jurídico-sociológico, positivismo sociológico-jurídico o sociologismo jurídico.

Notas y referencias

  1. Hierro, Liborio (1996): Realismo jurídico, en El Derecho y la Justicia. Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía 11, Madrid, CSIC/BOE/Trotta, p. 77.

Bibliografía

  • Liborio Hierro: El realismo jurídico escandinavo. Una teoría empirista del derecho, Valencia, Fernando Torres, 1981.
  • Karl Llewellyn: A Realistic Jurisprudence – The Next Step (1930)
  • Karl Llewellyn: Some Realism About Realism - Responding to Dean Pound (1931).
  • Realino Marra, Per una scienza di realtà del diritto (contro il feticismo giuridico), «Materiali per una storia della cultura giuridica», XXXVIII-2, 2008, pp. 317-346; XXXIX-1, 2009, pp. 5-30.
  • Karl Olivecrona: El derecho como hecho, Buenos Aires, Depalma, 1959.
  • Enrico Pattaro: Elementos para una teoría del derecho, Madrid, Debate, 1986.
  • Alf Ross: Sobre el Derecho y la Justicia, Buenos Aires, EUDEBA, 1963.
  • Alf Ross: El concepto de validez y el conflicto entre el positivismo jurídico y el derecho natural, en Academia, 6, 12, pp. 199-220 (trad. cast. de G. R. Carrió y O. Paschero, publicado originalmente en 1961).
  • Giovanni Tarello, Il realismo giuridico americano, Giuffrè, Milano, 1962.
  • Miguel Villoro: El realismo jurídico escandinavo.
  • José Puig Brutau: La jurisprudencia como fuente del Derecho, Barcelona, Bosch, 2006
  • M. E. Bigotte Chorão, Aproximação ao Realismo Jurídico, sep. de AA.VV., P. Ferreira Da Cunha (org.), Direito Natural, Religiões e Culturas. I Congresso Internacional de Direito Natural. Faculdade de Direito da Universidade do Porto, Coimbra Editora, Coímbra.

Véase también

Enlaces externos

  • Brian Leiter: voz Naturalism in Legal Philosophy, en Stanford Encyclopedia of Philosophy.
  • Brian Leiter: «American legal realism», en The Blackwell Guide to Philosophy of Law and Legal Theory (W. Edmundson & M. Golding, eds.), 2003.
  • Michael Steven Green: Legal Realism as Theory of Law, William & Mary Law Review 46 (2005), pp. 1915-2000.
  • Geoffrey MacCormack: , en 11 Juridical Review, 1970.
  • H. Erlanger y otros: Is It Time for a New Legal Realism?, Wisconsin Law Review 2 (2005), pp. 335-363
  •   Datos: Q1779167

realismo, jurídico, realismo, jurídico, doctrina, filosófica, identifica, derecho, fuerza, estatal, probabilidad, asociada, decisiones, judiciales, realismo, jurídico, comparte, diferentes, corrientes, realismo, filosófico, consideración, unitaria, ciencia, fi. El realismo juridico es una doctrina filosofica que identifica al derecho con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones judiciales El realismo juridico comparte con las diferentes corrientes del realismo filosofico una consideracion unitaria de la ciencia y la filosofia el uso del analisis como metodo y el pluralismo como metafisica asi como una vision del mundo naturalista y anti idealista 1 El realismo juridico se desarrolla especialmente en el siglo XX a raiz de la revuelta contra el formalismo conceptual que habia caracterizado a la ciencia juridica del siglo anterior En otra acepcion se denomina realismo juridico clasico a la doctrina del iusnaturalismo clasico Indice 1 Antecedentes 2 Caracteres 3 Escuelas 4 Posteridad del realismo juridico 5 Criticas 6 Notas y referencias 7 Bibliografia 8 Vease tambien 9 Enlaces externosAntecedentes EditarPuede citarse como antecedente el realismo clasico de los sofistas griegos Entre ellos destaca Trasimaco para quien el derecho es la voluntad del mas fuerte Caracteres EditarPara los realistas juridicos el derecho no esta formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal Esto supone que el concepto de vigencia o validez formal pasa a un segundo termino mientras que el concepto de validez validez material que es igual a eficacia se convierte en la piedra angular del conocimiento del derecho La funcion jurisdiccional recupera un rol preponderante El derecho se contiene principalmente en los precedentes judiciales y en las sentencias dictadas por los tribunales una ley que no se aplica es una ley muerta Escuelas EditarEn el realismo juridico contemporaneo se pueden distinguir al menos cuatro escuelas La escuela del realismo estadounidense La escuela del realismo genoves Giovanni Tarello P Comanducci R Guastini etc La escuela escandinava El realismo de la interpretacion juridica del frances Michel Troper Como precursor de los realistas estadounidenses cabe mencionar a Oliver Wendell Holmes Jr quien consideraba que el derecho no es otra cosa que las profecias de como los jueces resolveran los asuntos juridicos Dentro de sus principales representantes tenemos a Karl Llewellyn y a Chipman Gray Otros autores destacados son Roscoe Pound Jerome Frank Thurman Arnold Felix S Cohen y B N Cardozo Todos ellos son juristas y no filosofos Puntos comunes del movimiento siempre rechazaron el termino escuela son una concepcion instrumental del derecho como un medio para fines sociales una vision dinamica de la sociedad y las instituciones desconfianza en las reglas del metodo juridico tradicional ver Positivismo Juridico rechazo de la teoria imperativista de las normas valoracion de las normas por sus efectos y un enfoque del derecho desde la perspectiva de los casos y de los problemas reales que se presentan 1 Axel Hagerstrom Alf Ross y Karl Olivecrona destacan entre los realistas escandinavos para quienes la eficacia o vigencia real de las normas juridicas es la propiedad determinante por encima de la validez meramente formal y del contenido moral de las mismas Lo que define al Derecho no son las normas aisladamente consideradas sino las instituciones el sistema por lo que el analisis de los fenomenos juridicos debe hacerse en su conjunto Finalmente Michel Troper ha desarrollado una teoria realista segun la cual la interpretacion no es un acto de conocimiento de la ley sino un acto de voluntad del juez Posteridad del realismo juridico EditarAunque declino su fuerza luego de la Segunda Guerra Mundial la influencia del realismo juridico ha alcanzado a la corriente llamada estudios criticos del derecho Duncan Kennedy y Roberto Unger a la teoria juridica feminista y al analisis economico del derecho autores como Richard Posner y Richard Epstein Criticas EditarPara el iusnaturalismo clasico se trata de un positivismo juridico sociologico positivismo sociologico juridico o sociologismo juridico Notas y referencias Editar a b Hierro Liborio 1996 Realismo juridico en El Derecho y la Justicia Enciclopedia Iberoamericana de Filosofia 11 Madrid CSIC BOE Trotta p 77 Bibliografia EditarLiborio Hierro El realismo juridico escandinavo Una teoria empirista del derecho Valencia Fernando Torres 1981 Karl Llewellyn A Realistic Jurisprudence The Next Step 1930 Karl Llewellyn Some Realism About Realism Responding to Dean Pound 1931 Realino Marra Per una scienza di realta del diritto contro il feticismo giuridico Materiali per una storia della cultura giuridica XXXVIII 2 2008 pp 317 346 XXXIX 1 2009 pp 5 30 Karl Olivecrona El derecho como hecho Buenos Aires Depalma 1959 Enrico Pattaro Elementos para una teoria del derecho Madrid Debate 1986 Alf Ross Sobre el Derecho y la Justicia Buenos Aires EUDEBA 1963 Alf Ross El concepto de validez y el conflicto entre el positivismo juridico y el derecho natural en Academia 6 12 pp 199 220 trad cast de G R Carrio y O Paschero publicado originalmente en 1961 Giovanni Tarello Il realismo giuridico americano Giuffre Milano 1962 Miguel Villoro El realismo juridico escandinavo Jose Puig Brutau La jurisprudencia como fuente del Derecho Barcelona Bosch 2006 M E Bigotte Chorao Aproximacao ao Realismo Juridico sep de AA VV P Ferreira Da Cunha org Direito Natural Religioes e Culturas I Congresso Internacional de Direito Natural Faculdade de Direito da Universidade do Porto Coimbra Editora Coimbra Vease tambien EditarIuspositivismoEnlaces externos EditarBrian Leiter voz Naturalism in Legal Philosophy en Stanford Encyclopedia of Philosophy Brian Leiter American legal realism en The Blackwell Guide to Philosophy of Law and Legal Theory W Edmundson amp M Golding eds 2003 Michael Steven Green Legal Realism as Theory of Law William amp Mary Law Review 46 2005 pp 1915 2000 Geoffrey MacCormack Scandinavian realism en 11 Juridical Review 1970 H Erlanger y otros Is It Time for a New Legal Realism Wisconsin Law Review 2 2005 pp 335 363 Datos Q1779167Obtenido de https es wikipedia org w index php title Realismo juridico amp oldid 137417297, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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