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Principio de irrenunciabilidad de derechos

El Derecho laboral, se conoce como principio de irrenunciabilidad de derechos a aquel que limita la autonomía de la voluntad para ciertos casos específicos relacionados con los contratos individuales de trabajo.

Bajo este principio, el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de las garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio. Lo que sea renunciado está viciado de nulidad absoluta. La autonomía de la voluntad no tiene ámbito de acción para los derechos irrenunciables. Esto evidencia que el principio de la autonomía de la voluntad de Derecho privado se ve severamente limitado en el Derecho laboral.

Así, un trabajador no puede renunciar a su salario, o aceptar uno que sea menor al mínimo establecido por el ordenamiento; si la jornada de trabajo diaria máxima es de 12 horas, un trabajador no puede pedirle a su empleador que le deje trabajar durante 18 horas.

Pronunciamientos

El Tribunal Constitucional de Perú, en la causa STC N.º 2906-2002-AA/TC, ha señalado lo siguiente:

“La Constitución protege al trabajador aún respecto de sus actos propios, cuando pretenda renunciar a los derechos y beneficios que por mandato constitucional y legal le corresponden, evitando que, por desconocimiento –y sobre todo en los casos de amenaza, coacción o violencia– se perjudique.”

Precisiones

Debe precisarse que un derecho de naturaleza laboral puede provenir de una norma dispositiva o taxativa. En ese contexto, la irrenunciabilidad es sólo operativa en el caso de la segunda. La norma dispositiva es aquella que opera sólo cuando no existe manifestación de voluntad o cuando ésta se expresa con ausencia de claridad. El Estado las hace valer únicamente por defecto u omisión en la expresión de voluntad de los sujetos de la relación laboral.

Las normas dispositivas se caracterizan por suplir o interpretar una voluntad no declarada o precisar y aclararla por defecto de manifestación; y por otorgar a los sujetos de una relación laboral la atribución de regulación con pleno albedrío dentro del marco de la Constitución y la ley.

Ante este tipo de modalidad normativa, el trabajador puede libremente decidir sobre la conveniencia, o no, de ejercitar total o parcialmente un derecho de naturaleza individual. Al respecto, puede citarse el caso del derecho a vacaciones contemplado en el Decreto Legislativo N.º 713 del Sistema Jurídico Peruano, en donde se establece que el trabajador tiene derecho a treinta días naturales de descanso remunerado al año y, dentro de ese contexto, por la prerrogativa de la voluntad establecida en dicha norma, este puede disponer hasta de quince días para continuar prestando servicios a su empleador, a cambio de una compensación extraordinaria. Por ende, tiene la capacidad autodeterminativa de decidir un “canje” sobre aquello.[1]

Véase también

Referencias

  1. Decreto Legislativo 713: Consolidan Información sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
  •   Datos: Q6086700

principio, irrenunciabilidad, derechos, derecho, laboral, conoce, como, principio, irrenunciabilidad, derechos, aquel, limita, autonomía, voluntad, para, ciertos, casos, específicos, relacionados, contratos, individuales, trabajo, bajo, este, principio, trabaj. El Derecho laboral se conoce como principio de irrenunciabilidad de derechos a aquel que limita la autonomia de la voluntad para ciertos casos especificos relacionados con los contratos individuales de trabajo Bajo este principio el trabajador esta imposibilitado de privarse voluntariamente de las garantias que le otorga la legislacion laboral aunque sea por beneficio propio Lo que sea renunciado esta viciado de nulidad absoluta La autonomia de la voluntad no tiene ambito de accion para los derechos irrenunciables Esto evidencia que el principio de la autonomia de la voluntad de Derecho privado se ve severamente limitado en el Derecho laboral Asi un trabajador no puede renunciar a su salario o aceptar uno que sea menor al minimo establecido por el ordenamiento si la jornada de trabajo diaria maxima es de 12 horas un trabajador no puede pedirle a su empleador que le deje trabajar durante 18 horas Indice 1 Pronunciamientos 2 Precisiones 3 Vease tambien 4 ReferenciasPronunciamientos EditarEl Tribunal Constitucional de Peru en la causa STC N º 2906 2002 AA TC ha senalado lo siguiente La Constitucion protege al trabajador aun respecto de sus actos propios cuando pretenda renunciar a los derechos y beneficios que por mandato constitucional y legal le corresponden evitando que por desconocimiento y sobre todo en los casos de amenaza coaccion o violencia se perjudique Precisiones EditarDebe precisarse que un derecho de naturaleza laboral puede provenir de una norma dispositiva o taxativa En ese contexto la irrenunciabilidad es solo operativa en el caso de la segunda La norma dispositiva es aquella que opera solo cuando no existe manifestacion de voluntad o cuando esta se expresa con ausencia de claridad El Estado las hace valer unicamente por defecto u omision en la expresion de voluntad de los sujetos de la relacion laboral Las normas dispositivas se caracterizan por suplir o interpretar una voluntad no declarada o precisar y aclararla por defecto de manifestacion y por otorgar a los sujetos de una relacion laboral la atribucion de regulacion con pleno albedrio dentro del marco de la Constitucion y la ley Ante este tipo de modalidad normativa el trabajador puede libremente decidir sobre la conveniencia o no de ejercitar total o parcialmente un derecho de naturaleza individual Al respecto puede citarse el caso del derecho a vacaciones contemplado en el Decreto Legislativo N º 713 del Sistema Juridico Peruano en donde se establece que el trabajador tiene derecho a treinta dias naturales de descanso remunerado al ano y dentro de ese contexto por la prerrogativa de la voluntad establecida en dicha norma este puede disponer hasta de quince dias para continuar prestando servicios a su empleador a cambio de una compensacion extraordinaria Por ende tiene la capacidad autodeterminativa de decidir un canje sobre aquello 1 Vease tambien EditarDerecho laboral Principio protector Principio de continuidad laboral Principio de primacia de la realidad Principio de razonabilidadReferencias Editar Decreto Legislativo 713 Consolidan Informacion sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al regimen laboral de la actividad privada Datos Q6086700 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Principio de irrenunciabilidad de derechos amp oldid 133018394, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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