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Patente farmacéutica

Una patente farmacéutica es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado al inventor de un nuevo producto o tecnología farmacéutica, susceptible de ser explotado comercialmente, por un período limitado de tiempo a cambio de la divulgación de la invención. La patente se enmarca dentro de la propiedad industrial, que a su vez forma parte del régimen de propiedad intelectual.

Definición

La patente es un derecho, otorgado por el gobierno a un inventor o a su causahabiente (titular secundario). Este derecho permite al titular de la patente impedir que terceros hagan uso de la tecnología patentada. El titular de la patente es el único que puede hacer uso de la tecnología que reivindica en la patente o autorizar a terceros a implementarla bajo las condiciones que el titular fije. Las patentes son otorgadas por los Estados por un tiempo limitado que actualmente, según normas del ADPIC[1]​ es de veinte años. Después de la caducidad de la patente cualquier persona puede hacer uso de la tecnología de la patente sin la necesidad del consentimiento del titular de ésta. La invención entra entonces al dominio público.

Requisitos de Patentabilidad

Aspectos positivos

Son patentables las invenciones nuevas, que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial, aunque sea un producto que esté compuesto o que contenga materia biológica, o un procedimiento mediante el cual se produzca, transforme o utilice material biológico. Además se considera que una invención es nueva cuando no está comprendida en el estado de la técnica.

Aspectos negativos

Al igual que existen requisitos positivos en materia de patentabilidad, asimismo los hay de carácter negativo que son aquellos que se refieren a acepciones en materia de no patentabilidad. No se considerarán como invenciones susceptibles de aplicación industrial, los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal ni los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal. Esta disposición no será aplicable a los productos, especialmente a las sustancias o composiciones, ni a las invenciones de aparatos o instrumentos para puesta en práctica de tales métodos.

No podrán ser objeto de patente:

1. Las invenciones cuya explotación comercial sea contraria al orden público o a las buenas costumbres, sin poderse considerar como tal a la explotación de una invención por el mero hecho de que esté prohibida por una disposición legal o reglamentaria. En particular, no se considerarán patentables :

a) Los procedimientos de clonación de seres humanos.

b) Los procedimientos de modificación de la identidad germinal del ser humano.

c) Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales.

d) Los procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales que supongan para estos sufrimientos sin utilidad médica o veterinaria sustancial para el hombre o el animal, y los animales resultantes de tales procedimientos.

2. Las variedades vegetales y las razas animales. Serán, sin embargo, patentables las invenciones que tengan por objeto vegetales o animales si la viabilidad técnica de la invención no se limita a una variedad vegetal o una raza animal determinada.

3. Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o de animales. A estos efectos se considerarán esencialmente biológicos aquellos procedimientos que consistan íntegramente en fenómenos naturales como el cruce o la selección.

4. El cuerpo humano, en los diferentes estadios de su constitución y desarrollo, así como el simple descubrimiento de uno de sus elementos, incluida la secuencia o la secuencia parcial de un gen. Sin embargo, un elemento aislado del cuerpo humano u obtenido de otro modo mediante un procedimiento técnico, incluida la secuencia total o parcial de un gen, podría considerarse como una invención patentable, aun el caso de que la estructura de dicho elemento sea idéntica a la de un elemento natural. La aplicación industrial de una secuencia total o parcial de un gen deberá figurar explícitamente en la solicitud de patente.[2][3]

¿Dónde se puede solicitar una patente farmacéutica?

Patente nacional

La solicitud de patente y demás documentos que la acompañan se puede presentar:

  • directamente en la OEPM
  • en los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, de cualquier Administración de las CCAA
  • en las Oficinas de Correos
  • en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

También es posible realizar la solicitud de invenciones nacionales (patentes y modelos de utilidad) a través de Internet en la página web de la OEMPS.

Patente europea

Una solicitud de patente europea se puede presentar a través de la Oficina Europea de Patentes, o si la ley de un Estado Contratante lo permite, en la oficina central de la propiedad industrial o de otra autoridad competente de dicho Estado.

En cualquier caso, la oficina central de la propiedad industrial de un Estado Contratante comunicará a la Oficina Europea de Patentes cualquier solicitud de patente europea presentada a ella o a cualquier otra autoridad competente de dicho Estado

Existen varias opciones para poder presentar los formularios de solicitud de patente Europea a través de la Oficina Europea de Patentes (EPO):

  • De manera en línea, utilizando el software oficial de la EPO o mediante el nuevo servicio de formulario web, ambos disponibles en la página oficial de la EPO
  • Por correo, por fax o a mano, presentándolos en la oficina central de la EPO en Múnich (Alemania), en la sub-oficina de Berlín (Alemania) o en su ramificación en La Haya (Países Bajos)
  • Mediante buzones automatizados, disponibles las 24 horas del día, situados en Múnich y en Berlín al lado de los edificios oficiales de la EPO. Actualmente La Haya no dispone de este tipo de buzones automatizados.

Como punto final hay que tener en cuenta que no es posible presentar una solicitud de patente Europea mediante e-mail, telegrama, teletipo o teletexto.

Solicitudes de patentes europeas también se pueden presentar en las oficinas centrales de la propiedad industrial de los Estados participantes de contratación .

Aparte de los puntos mencionados anteriormente relacionados con la Oficina Europea de Patentes, los residentes en España pueden presentar la solicitud de patente europea: En la Oficina Europea de Patentes, en Múnich, o en su Departamento de la Haya, o en Berlín En la Oficina Española de Patentes y Marcas En las siguientes comunidades autónomas: Andalucía (Sevilla), Canarias (Sta. Cruz de Tenerife), Cataluña (Barcelona), Comunidad Valenciana (Valencia), Galicia (Santiago de Compostela), Navarra (Pamplona) y País Vasco (Bilbao).

Patentes internacionales no europeas

Tratado de cooperación en materia de patentes (Patent cooperation treaty) (PCT)[4]

Requisitos de la solicitud de patente

Los requisitos a los que está sometida la solicitud de una patente nacional son los mismos que los que rigen a las patentes europeas:

Una solicitud de patente deberá contener:

  • Una solicitud para la concesión de la patente europea;
  • Una descripción de la invención;
  • Una o más reivindicaciones;
  • Los dibujos mencionados en la descripción o las reivindicaciones;
  • Un resumen

La solicitud de patente europea deberá exponer la invención de manera suficientemente clara y completa para que pueda ser entendida y replicada por un experto en la materia.

La solicitud de patente Europea está sujeta al pago de la tasa de búsqueda y de presentación.Las tasas de renovación de la solicitud de patente europea se pagarán a la Oficina Europea de Patentes al tercer año de presentar la patente y a partir de ese punto cada año siguiente. Si la cuota de renovación no se abona a su debido tiempo la solicitud se considera retirada.La obligación del pago de tasas de renovación termina con el pago de la tasa del año en que la patente es publicada en el Boletín de Patentes Europeas.

Tramitación de la solicitud de la patente

Tramitación de la solicitud de la patente nacional

Se establecen dos procedimientos de concesión:

  • Un procedimiento general, en el que se elabora un Informe sobre el Estado de la Técnica (IET). Dicho informe contiene una lista de divulgaciones anteriores de elementos iguales o similares a la invención, que sean necesarios para valorar la novedad y la actividad inventiva de la misma, y una Opinión Escrita (OE), preliminar y sin compromiso, acerca de si la invención objeto de la solicitud de patente cumple aparentemente los requisitos de patentabilidad establecidos en la Ley, y en particular, con referencia a los resultados de la búsqueda.
  • Un procedimiento de concesión con examen previo, en el que además del IET se realiza un examen de fondo de los requisitos de novedad y actividad inventiva así como de la suficiencia de la descripción.

La opinión escrita forma parte del IET, si la petición de IET se ha efectuado a partir del 16 de septiembre de 2008. En el caso de que la tramitación de la solicitud de patente tenga lugar por el procedimiento general, se concederá la patente al final de la tramitación, independientemente del contenido del IET.[3]

Tipos de patentes farmacéuticas

Patente de invención

Todo nuevo producto o procedimiento que ofrece una nueva manera de hacer algo, o una nueva solución técnica a un problema. La patente de producto es el derecho a impedir la fabricación, el ofrecimiento, la introducción, la venta o la utilización del producto sujeto a la patente Dentro de este tipo de patentes podemos englobar:

  • El producto puro
  • Combinaciones
  • Formas galénicas

Patente de modelo de utilidad

Toda nueva forma, configuración o disposición de elementos, de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte del mismo, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que le incorpore o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía.

La patente de procedimiento es el derecho a impedir la utilización del procedimiento que se ha patentado; así como terceras personas que están autorizadas ofrezcan, introduzcan en el mercado o utilicen el producto obtenido por el procedimiento que se ha patentado En cuanto a las patentes de procedimientos, podemos referirnos a: Procedimiento de fabricación Uso o utilización del producto obtenido por el procedimiento patentado[5]

Exclusividad de datos

Un medicamento genérico puede comercializarse solamente una vez que la patente y el Certificado Complementario de Protección (CCP) que protegen al producto original han expirado. Por otro lado, la exclusividad de datos impide que un fabricante genérico pueda hacer una solicitud para obtener una autorización de comercialización basada en la demostración de la bioequivalencia con el producto de referencia. La exclusividad de datos es una disposición separada y complementaria destinada a dar protección adicional al medicamento innovador. Se refiere a un período de tiempo durante el cual el solicitante del genérico no puede presentar una solicitud para obtener una autorización de comercialización a las autoridades competentes. Por lo tanto los medicamentos genéricos pueden solamente ser evaluados y aprobados por las autoridades competentes después de que el periodo de exclusividad de datos haya expirado. La exclusividad de datos se introdujo en 1987 para compensar la protección de las patentes de proceso -considerada insuficiente-y la inexistencia de patentes de producto en algunos países en ese momento. Aunque actualmente en los Estados miembros de la UE todos los productos farmacéuticos disponen de una fuerte protección a través de patentes de producto, la exclusividad de datos sin embargo se ha mantenido en la nueva legislación farmacéutica europea, que entró en vigor en 2005. La exclusividad de datos impide a los organismos de regulación de medicamentos aceptar una solicitud de autorización de comercialización basada en la bioequivalencia durante un determinado período. En la UE, la fórmula “8+2+1” es aplicable a todos los medicamentos nuevos, siempre que la solicitud se haya presentado después del 31 de octubre de 2005. En estos casos, los fabricantes de medicamentos genéricos pueden solicitar una autorización de comercialización basada en la bioequivalencia únicamente después de haber finalizado el período de 8 años de exclusividad de datos, y no pueden comercializar sus productos hasta dos o tres años después. El período efectivo de exclusividad comercial es, por consiguiente, de 10 u 11 años. El año adicional se aplica cuando las nuevas indicaciones (con beneficio clínico significativo probado) han sido añadidas por el original durante los primeros 8 años de comercialización del producto. Como esta disposición es prospectiva, las nuevas normas de exclusividad de datos no afectarán aplicaciones genéricas hasta después de octubre de 2013. En cuanto a los productos para los cuales la solicitud inicial se hizo antes de la transposición de la Directiva (31 de octubre de 2005), continuarán beneficiándose de los periodos previos de protección que son:

  • 10 años para autorizaciones nacionales concedidas por: Bélgica, Alemania, Francia, Italia, Países Bajos, Suecia, Reino Unido, Luxemburgo
  • 6 años para autorizaciones nacionales concedidas por: Austria, Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Portugal, España, Grecia, Polonia, República Checa, Hungría, Lituania, Letonia, Eslovenia, Eslovaquia, Malta, Estonia, Chipre y también Noruega, Liechtenstein e Islandia
  • 10 años para todos los medicamentos autorizados a través del procedimiento centralizado.[6]

Efecto de una patente. Obligaciones y derechos

Obligaciones

  • Explotar la invención (máximo 4 años desde la solicitud o 3 años desde su publicación en el BOPI)
  • Pagar tasas anuales

Derechos

Prohibición del uso a terceros con varias excepciones

  • Actos en al ámbito privado con fines no comerciales.
  • Preparaciones de medicamentos realizadas en las farmacias extemporáneamente y por unidad en ejecución de una receta médica ni a los actos relaticos a los medicamentos así preparados.
  • Fines experimentales. Estipulación Bolar (Directiva 2004/27/CE, Ley 29/2006)[7]

Caducidad de la patente

Una patente puede caducar por cualquiera de los siguientes motivos:

  • Por la expiración del plazo para el que hubieren sido concedidas.
  • Por renuncia del titular.
  • Si la invención no es explotada en los dos años siguientes a la concesión de la primera licencia.
  • Por falta de pago en tiempo oportuno de las tasas anuales ( el pago debe efectuarse antes de la fecha de vencimiento).

La patente cuya caducidad se hubiere producido por la falta de pago de la tasa anual podrá ser rehabilitada cuando el titular de la patente justifique que fue por una causa de fuerza mayor (a cual ha de ser presentada antes de seis meses a la publicación de la caducidad) y abonando la anualidad no pagada con una penalización correspondiente.

Nulidad de una patente

Los Tribunales podrán anular la vigencia de una patente en cualquiera de los siguientes casos:

  • No se cumple alguna de las condiciones de patentabilidad.
  • No se describe la invención de forma suficientemente clara y completa para que pueda ejecutarla un experto sobre la materia.
  • El titular de la patente no tenía derecho a obtenerla.

Bibliografía

  • http://www.wto.org/spanish/tratop_s/trips_s/trips_s.htm
  • http://www.boe.es/boe/dias/2002/04/30/pdfs/A15691-15696.pdf (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  • https://www.oepm.es/cs/OEPMSite/contenidos/NORMATIVA/NormasSobrePatentes_MU_Topografias_CCP/NSPMTCCP_Patentes_Modelos/NSPMTCCP_Patentes_Modelos_Nacionales/Ley11_1986de20demarzo_dePatentes.htm#tit2 (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  • http://www.oepm.es/comun/documentos_relacionados/PDF/Manual_Solic_Patentes_Actualizado_FEB2012.pdf.
  • https://www.oepm.es/es/invenciones/patentes_nacionales/
  • http://www.ub.edu/centredepatents/pdf/doc_dilluns_CP/Lopez-Bellosta_Excepcion_uso_experimental_clausula_Bolar.pdf
  • http://www.aeseg.es/pdf%20aeseg%20fichas/ficha09.pdf

Enlaces interés

www.aemps.gob.es

www.oepm.es

Referencias

  1. «Página web del la Organización Mundial de Comercio». 
  2. «Ley 10/2002 de, 29 de abril, por la que se modifica la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes». 
  3. . Archivado desde el original el 5 de abril de 2014. Consultado el 9 de mayo de 2014. 
  4. «Documento de la Oficina Española de Patentes y Marcas.». 
  5. «Documento de la Oficina Española de Patentes y Marcas». 
  6. «Ficha explicativa de la Asociación Española de Medicamentos Genéricos». 
  7. «Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes». 
  •   Datos: Q16913117

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Este articulo o seccion tiene una redaccion con un sesgo cultural o territorial especificamente centrado en Espana Por favor editalo para globalizarlo Mientras tanto no elimines este aviso Una patente farmaceutica es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado al inventor de un nuevo producto o tecnologia farmaceutica susceptible de ser explotado comercialmente por un periodo limitado de tiempo a cambio de la divulgacion de la invencion La patente se enmarca dentro de la propiedad industrial que a su vez forma parte del regimen de propiedad intelectual Indice 1 Definicion 2 Requisitos de Patentabilidad 2 1 Aspectos positivos 2 2 Aspectos negativos 3 Donde se puede solicitar una patente farmaceutica 3 1 Patente nacional 3 2 Patente europea 3 3 Patentes internacionales no europeas 4 Requisitos de la solicitud de patente 5 Tramitacion de la solicitud de la patente 5 1 Tramitacion de la solicitud de la patente nacional 6 Tipos de patentes farmaceuticas 6 1 Patente de invencion 6 2 Patente de modelo de utilidad 7 Exclusividad de datos 8 Efecto de una patente Obligaciones y derechos 8 1 Obligaciones 8 2 Derechos 9 Caducidad de la patente 10 Nulidad de una patente 11 Bibliografia 12 Enlaces interes 13 ReferenciasDefinicion EditarLa patente es un derecho otorgado por el gobierno a un inventor o a su causahabiente titular secundario Este derecho permite al titular de la patente impedir que terceros hagan uso de la tecnologia patentada El titular de la patente es el unico que puede hacer uso de la tecnologia que reivindica en la patente o autorizar a terceros a implementarla bajo las condiciones que el titular fije Las patentes son otorgadas por los Estados por un tiempo limitado que actualmente segun normas del ADPIC 1 es de veinte anos Despues de la caducidad de la patente cualquier persona puede hacer uso de la tecnologia de la patente sin la necesidad del consentimiento del titular de esta La invencion entra entonces al dominio publico Requisitos de Patentabilidad EditarAspectos positivos Editar Son patentables las invenciones nuevas que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicacion industrial aunque sea un producto que este compuesto o que contenga materia biologica o un procedimiento mediante el cual se produzca transforme o utilice material biologico Ademas se considera que una invencion es nueva cuando no esta comprendida en el estado de la tecnica Aspectos negativos Editar Al igual que existen requisitos positivos en materia de patentabilidad asimismo los hay de caracter negativo que son aquellos que se refieren a acepciones en materia de no patentabilidad No se consideraran como invenciones susceptibles de aplicacion industrial los metodos de tratamiento quirurgico o terapeutico del cuerpo humano o animal ni los metodos de diagnostico aplicados al cuerpo humano o animal Esta disposicion no sera aplicable a los productos especialmente a las sustancias o composiciones ni a las invenciones de aparatos o instrumentos para puesta en practica de tales metodos No podran ser objeto de patente 1 Las invenciones cuya explotacion comercial sea contraria al orden publico o a las buenas costumbres sin poderse considerar como tal a la explotacion de una invencion por el mero hecho de que este prohibida por una disposicion legal o reglamentaria En particular no se consideraran patentables a Los procedimientos de clonacion de seres humanos b Los procedimientos de modificacion de la identidad germinal del ser humano c Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales d Los procedimientos de modificacion de la identidad genetica de los animales que supongan para estos sufrimientos sin utilidad medica o veterinaria sustancial para el hombre o el animal y los animales resultantes de tales procedimientos 2 Las variedades vegetales y las razas animales Seran sin embargo patentables las invenciones que tengan por objeto vegetales o animales si la viabilidad tecnica de la invencion no se limita a una variedad vegetal o una raza animal determinada 3 Los procedimientos esencialmente biologicos de obtencion de vegetales o de animales A estos efectos se consideraran esencialmente biologicos aquellos procedimientos que consistan integramente en fenomenos naturales como el cruce o la seleccion 4 El cuerpo humano en los diferentes estadios de su constitucion y desarrollo asi como el simple descubrimiento de uno de sus elementos incluida la secuencia o la secuencia parcial de un gen Sin embargo un elemento aislado del cuerpo humano u obtenido de otro modo mediante un procedimiento tecnico incluida la secuencia total o parcial de un gen podria considerarse como una invencion patentable aun el caso de que la estructura de dicho elemento sea identica a la de un elemento natural La aplicacion industrial de una secuencia total o parcial de un gen debera figurar explicitamente en la solicitud de patente 2 3 Donde se puede solicitar una patente farmaceutica EditarPatente nacional Editar La solicitud de patente y demas documentos que la acompanan se puede presentar directamente en la OEPM en los registros de cualquier organo administrativo de la Administracion General del Estado de cualquier Administracion de las CCAA en las Oficinas de Correos en las representaciones diplomaticas u oficinas consulares de Espana en el extranjero Tambien es posible realizar la solicitud de invenciones nacionales patentes y modelos de utilidad a traves de Internet en la pagina web de la OEMPS Patente europea Editar Una solicitud de patente europea se puede presentar a traves de la Oficina Europea de Patentes o si la ley de un Estado Contratante lo permite en la oficina central de la propiedad industrial o de otra autoridad competente de dicho Estado En cualquier caso la oficina central de la propiedad industrial de un Estado Contratante comunicara a la Oficina Europea de Patentes cualquier solicitud de patente europea presentada a ella o a cualquier otra autoridad competente de dicho EstadoExisten varias opciones para poder presentar los formularios de solicitud de patente Europea a traves de la Oficina Europea de Patentes EPO De manera en linea utilizando el software oficial de la EPO o mediante el nuevo servicio de formulario web ambos disponibles en la pagina oficial de la EPO Por correo por fax o a mano presentandolos en la oficina central de la EPO en Munich Alemania en la sub oficina de Berlin Alemania o en su ramificacion en La Haya Paises Bajos Mediante buzones automatizados disponibles las 24 horas del dia situados en Munich y en Berlin al lado de los edificios oficiales de la EPO Actualmente La Haya no dispone de este tipo de buzones automatizados Como punto final hay que tener en cuenta que no es posible presentar una solicitud de patente Europea mediante e mail telegrama teletipo o teletexto Solicitudes de patentes europeas tambien se pueden presentar en las oficinas centrales de la propiedad industrial de los Estados participantes de contratacion Aparte de los puntos mencionados anteriormente relacionados con la Oficina Europea de Patentes los residentes en Espana pueden presentar la solicitud de patente europea En la Oficina Europea de Patentes en Munich o en su Departamento de la Haya o en Berlin En la Oficina Espanola de Patentes y Marcas En las siguientes comunidades autonomas Andalucia Sevilla Canarias Sta Cruz de Tenerife Cataluna Barcelona Comunidad Valenciana Valencia Galicia Santiago de Compostela Navarra Pamplona y Pais Vasco Bilbao Patentes internacionales no europeas Editar Tratado de cooperacion en materia de patentes Patent cooperation treaty PCT 4 Requisitos de la solicitud de patente EditarLos requisitos a los que esta sometida la solicitud de una patente nacional son los mismos que los que rigen a las patentes europeas Una solicitud de patente debera contener Una solicitud para la concesion de la patente europea Una descripcion de la invencion Una o mas reivindicaciones Los dibujos mencionados en la descripcion o las reivindicaciones Un resumenLa solicitud de patente europea debera exponer la invencion de manera suficientemente clara y completa para que pueda ser entendida y replicada por un experto en la materia La solicitud de patente Europea esta sujeta al pago de la tasa de busqueda y de presentacion Las tasas de renovacion de la solicitud de patente europea se pagaran a la Oficina Europea de Patentes al tercer ano de presentar la patente y a partir de ese punto cada ano siguiente Si la cuota de renovacion no se abona a su debido tiempo la solicitud se considera retirada La obligacion del pago de tasas de renovacion termina con el pago de la tasa del ano en que la patente es publicada en el Boletin de Patentes Europeas Tramitacion de la solicitud de la patente EditarTramitacion de la solicitud de la patente nacional Editar Se establecen dos procedimientos de concesion Un procedimiento general en el que se elabora un Informe sobre el Estado de la Tecnica IET Dicho informe contiene una lista de divulgaciones anteriores de elementos iguales o similares a la invencion que sean necesarios para valorar la novedad y la actividad inventiva de la misma y una Opinion Escrita OE preliminar y sin compromiso acerca de si la invencion objeto de la solicitud de patente cumple aparentemente los requisitos de patentabilidad establecidos en la Ley y en particular con referencia a los resultados de la busqueda Un procedimiento de concesion con examen previo en el que ademas del IET se realiza un examen de fondo de los requisitos de novedad y actividad inventiva asi como de la suficiencia de la descripcion La opinion escrita forma parte del IET si la peticion de IET se ha efectuado a partir del 16 de septiembre de 2008 En el caso de que la tramitacion de la solicitud de patente tenga lugar por el procedimiento general se concedera la patente al final de la tramitacion independientemente del contenido del IET 3 Tipos de patentes farmaceuticas EditarPatente de invencion Editar Todo nuevo producto o procedimiento que ofrece una nueva manera de hacer algo o una nueva solucion tecnica a un problema La patente de producto es el derecho a impedir la fabricacion el ofrecimiento la introduccion la venta o la utilizacion del producto sujeto a la patente Dentro de este tipo de patentes podemos englobar El producto puro Combinaciones Formas galenicasPatente de modelo de utilidad Editar Toda nueva forma configuracion o disposicion de elementos de algun artefacto herramienta instrumento mecanismo u otro objeto o de alguna parte del mismo que permita un mejor o diferente funcionamiento utilizacion o fabricacion del objeto que le incorpore o que le proporcione alguna utilidad ventaja o efecto tecnico que antes no tenia La patente de procedimiento es el derecho a impedir la utilizacion del procedimiento que se ha patentado asi como terceras personas que estan autorizadas ofrezcan introduzcan en el mercado o utilicen el producto obtenido por el procedimiento que se ha patentado En cuanto a las patentes de procedimientos podemos referirnos a Procedimiento de fabricacion Uso o utilizacion del producto obtenido por el procedimiento patentado 5 Exclusividad de datos EditarUn medicamento generico puede comercializarse solamente una vez que la patente y el Certificado Complementario de Proteccion CCP que protegen al producto original han expirado Por otro lado la exclusividad de datos impide que un fabricante generico pueda hacer una solicitud para obtener una autorizacion de comercializacion basada en la demostracion de la bioequivalencia con el producto de referencia La exclusividad de datos es una disposicion separada y complementaria destinada a dar proteccion adicional al medicamento innovador Se refiere a un periodo de tiempo durante el cual el solicitante del generico no puede presentar una solicitud para obtener una autorizacion de comercializacion a las autoridades competentes Por lo tanto los medicamentos genericos pueden solamente ser evaluados y aprobados por las autoridades competentes despues de que el periodo de exclusividad de datos haya expirado La exclusividad de datos se introdujo en 1987 para compensar la proteccion de las patentes de proceso considerada insuficiente y la inexistencia de patentes de producto en algunos paises en ese momento Aunque actualmente en los Estados miembros de la UE todos los productos farmaceuticos disponen de una fuerte proteccion a traves de patentes de producto la exclusividad de datos sin embargo se ha mantenido en la nueva legislacion farmaceutica europea que entro en vigor en 2005 La exclusividad de datos impide a los organismos de regulacion de medicamentos aceptar una solicitud de autorizacion de comercializacion basada en la bioequivalencia durante un determinado periodo En la UE la formula 8 2 1 es aplicable a todos los medicamentos nuevos siempre que la solicitud se haya presentado despues del 31 de octubre de 2005 En estos casos los fabricantes de medicamentos genericos pueden solicitar una autorizacion de comercializacion basada en la bioequivalencia unicamente despues de haber finalizado el periodo de 8 anos de exclusividad de datos y no pueden comercializar sus productos hasta dos o tres anos despues El periodo efectivo de exclusividad comercial es por consiguiente de 10 u 11 anos El ano adicional se aplica cuando las nuevas indicaciones con beneficio clinico significativo probado han sido anadidas por el original durante los primeros 8 anos de comercializacion del producto Como esta disposicion es prospectiva las nuevas normas de exclusividad de datos no afectaran aplicaciones genericas hasta despues de octubre de 2013 En cuanto a los productos para los cuales la solicitud inicial se hizo antes de la transposicion de la Directiva 31 de octubre de 2005 continuaran beneficiandose de los periodos previos de proteccion que son 10 anos para autorizaciones nacionales concedidas por Belgica Alemania Francia Italia Paises Bajos Suecia Reino Unido Luxemburgo 6 anos para autorizaciones nacionales concedidas por Austria Dinamarca Finlandia Irlanda Portugal Espana Grecia Polonia Republica Checa Hungria Lituania Letonia Eslovenia Eslovaquia Malta Estonia Chipre y tambien Noruega Liechtenstein e Islandia 10 anos para todos los medicamentos autorizados a traves del procedimiento centralizado 6 Efecto de una patente Obligaciones y derechos EditarObligaciones Editar Explotar la invencion maximo 4 anos desde la solicitud o 3 anos desde su publicacion en el BOPI Pagar tasas anualesDerechos Editar Prohibicion del uso a terceros con varias excepciones Actos en al ambito privado con fines no comerciales Preparaciones de medicamentos realizadas en las farmacias extemporaneamente y por unidad en ejecucion de una receta medica ni a los actos relaticos a los medicamentos asi preparados Fines experimentales Estipulacion Bolar Directiva 2004 27 CE Ley 29 2006 7 Caducidad de la patente EditarUna patente puede caducar por cualquiera de los siguientes motivos Por la expiracion del plazo para el que hubieren sido concedidas Por renuncia del titular Si la invencion no es explotada en los dos anos siguientes a la concesion de la primera licencia Por falta de pago en tiempo oportuno de las tasas anuales el pago debe efectuarse antes de la fecha de vencimiento La patente cuya caducidad se hubiere producido por la falta de pago de la tasa anual podra ser rehabilitada cuando el titular de la patente justifique que fue por una causa de fuerza mayor a cual ha de ser presentada antes de seis meses a la publicacion de la caducidad y abonando la anualidad no pagada con una penalizacion correspondiente Nulidad de una patente EditarLos Tribunales podran anular la vigencia de una patente en cualquiera de los siguientes casos No se cumple alguna de las condiciones de patentabilidad No se describe la invencion de forma suficientemente clara y completa para que pueda ejecutarla un experto sobre la materia El titular de la patente no tenia derecho a obtenerla Bibliografia Editarhttp www wto org spanish tratop s trips s trips s htmhttp www boe es boe dias 2002 04 30 pdfs A15691 15696 pdf enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima https www oepm es cs OEPMSite contenidos NORMATIVA NormasSobrePatentes MU Topografias CCP NSPMTCCP Patentes Modelos NSPMTCCP Patentes Modelos Nacionales Ley11 1986de20demarzo dePatentes htm tit2 enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima http www oepm es comun documentos relacionados PDF Manual Solic Patentes Actualizado FEB2012 pdf https www oepm es es invenciones patentes nacionales http www ub edu centredepatents pdf doc dilluns CP Lopez Bellosta Excepcion uso experimental clausula Bolar pdfhttp www aeseg es pdf 20aeseg 20fichas ficha09 pdfhttp noticias juridicas com base datos Admin l11 1986 t6 html t6 enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima http www epo org law practice legal texts html epc 2013 e ar78 html http www epo org applying european filing htmlEnlaces interes Editarwww aemps gob eswww oepm esReferencias Editar Pagina web del la Organizacion Mundial de Comercio Ley 10 2002 de 29 de abril por la que se modifica la Ley 11 1986 de 20 de marzo de Patentes a b Ley 11 1986 de 20 de marzo de Patentes Archivado desde el original el 5 de abril de 2014 Consultado el 9 de mayo de 2014 Documento de la Oficina Espanola de Patentes y Marcas Documento de la Oficina Espanola de Patentes y Marcas Ficha explicativa de la Asociacion Espanola de Medicamentos Genericos Ley 11 1986 de 20 de marzo de Patentes Datos Q16913117 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Patente farmaceutica amp oldid 139060510, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

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