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Muerte presunta

La muerte presunta, o declaración de fallecimiento, es una situación jurídica constituida por la declaración judicial que presume el fallecimiento de una persona pese a no haberse podido encontrar su cadáver para determinarla médicamente, y que puede realizarse tras el correspondiente expediente cuando no se tuviere noticia de la persona pasado determinado tiempo, respecto de personas que por haber desaparecido en circunstancias o desde tiempo que permite presumirla fallecida. Debe distinguirse de la declaración de ausencia, que simplemente permite la administración de los bienes del ausente (en España, arts. 181 ss. Cc). La declaración de fallecimiento permite declarar a la persona que ha desaparecido como fallecida a fin de que sus familiares puedan disponer de sus bienes y acceder a las prestaciones que en su caso puedan derivarse de su muerte, disolviéndose el matrimonio. La declaración de ausencia no produce dichos efectos.

Naturaleza

Regulación por países

Chile

Concepto

La muerte presunta es aquella que se declara judicialmente, respecto de un individuo que ha desaparecido y de quien se ignora si vive o no, habiendo transcurrido un plazo desde la fecha de las últimas noticias que se tuvieron de su existencia, concurriendo las demás formalidades legales.

En la muerte presunta, el juez, partiendo de ciertos antecedentes, establece una presunción de carácter simplemente legal, y se basa en dos circunstancias conocidas:

  • La ausencia o desaparecimiento de un individuo por largo tiempo de su domicilio; y
  • La carencia de noticias de este.

La muerte presunta aparece reglamentada en los artículos 80 al 94 del Código Civil.[1]

España

Plazos

El desaparecido podrá ser declarado como fallecido:[2]

  • Cuando hayan transcurrido 10 años desde que se tuvieran las últimas noticias del desaparecido o, a falta de estas, desde que se produjera su desaparición.
  • Cuando hayan transcurrido 5 años desde que se tuvieran noticias del ausente o, a falta de estas, desde que se produjera su desaparición, si el desaparecido hubiese cumplido ya los 75 años de edad.
  • Cuando haya transcurrido 1 año desde su desaparición cuando esta se haya producido en una situación de alto riesgo para la vida de la persona.
  • Cuando hayan transcurrido 2 años desde la firma del tratado de paz o del fin de la guerra si la persona desaparecida pertenecía a un contingente armado en funciones de campaña.
  • Cuando hayan transcurrido 3 meses para los tripulantes o pasajeros de un barco, en los casos de naufragio.(se ha modificado a 8 días en siniestros de barco y avión)
  • Cuando hayan transcurrido 3 meses para los tripulantes, auxiliares y pasajeros de un avión desde que se produjese el accidente aéreo.
  • Cuando haya transcurrido 1 año de la fecha en que hubo un riesgo inminente de muerte por causa de violencia contra la vida, en que una persona se hubiese encontrado sin haberse tenido, con posterioridad a la violencia, noticias suyas. En caso de siniestro este plazo será de tres meses. Se presume la violencia si en una subversión de orden político o social hubiese desaparecido una persona sin volverse a tener noticias suyas durante el tiempo expresado, siempre que hayan pasado seis meses desde la cesación de la subversión.

Efectos

Los efectos de la declaración de fallecimiento son los siguientes:

  • Permite que se abra la sucesión sobre los bienes del declarado como fallecido, lo que se realizará, si el desaparecido hubiese otorgado testamento, mediante el otorgamiento de Escritura notarial de adjudicación y manifestación de herencia, y en caso contrario, a través del correspondiente juicio de testamentaría.[3]
  • Hasta pasados 5 años de la declaración de fallecimiento, no se entregan legados ni se permite a los herederos realizar disposiciones gratuitas (regalos, donaciones… etc.) de los bienes que les han sido atribuidos. Sin embargo, sí se podrán entregar los legados que hayan sido realizados a favor de instituciones benéficas.[3]
  • Si después de la declaración de fallecimiento, aparece el ausente o se prueba su existencia, puede recobrar sus bienes pero lo hará en el estado en que estos se encuentren en el momento de su aparición. También tiene derecho a que se le entregue el importe obtenido con la venta de sus bienes o a que se le entreguen los bienes que se compraron con este dinero. Sin embargo, solo puede reclamar los frutos o rendimientos que produzcan sus bienes desde el momento de su aparición.[4]

[5]

Véase también

Referencias

  1. «Muerte Presunta». Inoponible. Consultado el 23 de abril de 2019. 
  2. Art. 193 y ss. Código Civil español
  3. Art. 196 Código Civil español
  4. Art. 197 Código Civil español
  5. Guzmán, Saul José Coca (13 de marzo de 2020). «Desaparición, ausencia y muerte presunta en el Código Civil peruano. Bien explicado». LP. Consultado el 29 de junio de 2020. 
  •   Datos: Q97284968

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Este articulo o seccion tiene una redaccion que mantiene un punto de vista regional centrado en Peru Por favor editalo para globalizarlo Mientras tanto no elimines este aviso La muerte presunta o declaracion de fallecimiento es una situacion juridica constituida por la declaracion judicial que presume el fallecimiento de una persona pese a no haberse podido encontrar su cadaver para determinarla medicamente y que puede realizarse tras el correspondiente expediente cuando no se tuviere noticia de la persona pasado determinado tiempo respecto de personas que por haber desaparecido en circunstancias o desde tiempo que permite presumirla fallecida Debe distinguirse de la declaracion de ausencia que simplemente permite la administracion de los bienes del ausente en Espana arts 181 ss Cc La declaracion de fallecimiento permite declarar a la persona que ha desaparecido como fallecida a fin de que sus familiares puedan disponer de sus bienes y acceder a las prestaciones que en su caso puedan derivarse de su muerte disolviendose el matrimonio La declaracion de ausencia no produce dichos efectos Indice 1 Naturaleza 2 Regulacion por paises 2 1 Chile 2 1 1 Concepto 2 2 Espana 2 2 1 Plazos 2 2 2 Efectos 3 Vease tambien 4 ReferenciasNaturaleza EditarRegulacion por paises EditarChile Editar Concepto Editar La muerte presunta es aquella que se declara judicialmente respecto de un individuo que ha desaparecido y de quien se ignora si vive o no habiendo transcurrido un plazo desde la fecha de las ultimas noticias que se tuvieron de su existencia concurriendo las demas formalidades legales En la muerte presunta el juez partiendo de ciertos antecedentes establece una presuncion de caracter simplemente legal y se basa en dos circunstancias conocidas La ausencia o desaparecimiento de un individuo por largo tiempo de su domicilio y La carencia de noticias de este La muerte presunta aparece reglamentada en los articulos 80 al 94 del Codigo Civil 1 Espana Editar Plazos Editar El desaparecido podra ser declarado como fallecido 2 Cuando hayan transcurrido 10 anos desde que se tuvieran las ultimas noticias del desaparecido o a falta de estas desde que se produjera su desaparicion Cuando hayan transcurrido 5 anos desde que se tuvieran noticias del ausente o a falta de estas desde que se produjera su desaparicion si el desaparecido hubiese cumplido ya los 75 anos de edad Cuando haya transcurrido 1 ano desde su desaparicion cuando esta se haya producido en una situacion de alto riesgo para la vida de la persona Cuando hayan transcurrido 2 anos desde la firma del tratado de paz o del fin de la guerra si la persona desaparecida pertenecia a un contingente armado en funciones de campana Cuando hayan transcurrido 3 meses para los tripulantes o pasajeros de un barco en los casos de naufragio se ha modificado a 8 dias en siniestros de barco y avion Cuando hayan transcurrido 3 meses para los tripulantes auxiliares y pasajeros de un avion desde que se produjese el accidente aereo Cuando haya transcurrido 1 ano de la fecha en que hubo un riesgo inminente de muerte por causa de violencia contra la vida en que una persona se hubiese encontrado sin haberse tenido con posterioridad a la violencia noticias suyas En caso de siniestro este plazo sera de tres meses Se presume la violencia si en una subversion de orden politico o social hubiese desaparecido una persona sin volverse a tener noticias suyas durante el tiempo expresado siempre que hayan pasado seis meses desde la cesacion de la subversion Efectos Editar Los efectos de la declaracion de fallecimiento son los siguientes Permite que se abra la sucesion sobre los bienes del declarado como fallecido lo que se realizara si el desaparecido hubiese otorgado testamento mediante el otorgamiento de Escritura notarial de adjudicacion y manifestacion de herencia y en caso contrario a traves del correspondiente juicio de testamentaria 3 Hasta pasados 5 anos de la declaracion de fallecimiento no se entregan legados ni se permite a los herederos realizar disposiciones gratuitas regalos donaciones etc de los bienes que les han sido atribuidos Sin embargo si se podran entregar los legados que hayan sido realizados a favor de instituciones beneficas 3 Si despues de la declaracion de fallecimiento aparece el ausente o se prueba su existencia puede recobrar sus bienes pero lo hara en el estado en que estos se encuentren en el momento de su aparicion Tambien tiene derecho a que se le entregue el importe obtenido con la venta de sus bienes o a que se le entreguen los bienes que se compraron con este dinero Sin embargo solo puede reclamar los frutos o rendimientos que produzcan sus bienes desde el momento de su aparicion 4 5 Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Ausencia MuerteReferencias Editar Muerte Presunta Inoponible Consultado el 23 de abril de 2019 Art 193 y ss Codigo Civil espanol a b Art 196 Codigo Civil espanol Art 197 Codigo Civil espanol Guzman Saul Jose Coca 13 de marzo de 2020 Desaparicion ausencia y muerte presunta en el Codigo Civil peruano Bien explicado LP Consultado el 29 de junio de 2020 Datos Q97284968Obtenido de https es wikipedia org w index php title Muerte presunta amp oldid 132966770, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

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