fbpx
Wikipedia

Ley Zamudio

La Ley 20.609 «Ley antidiscriminación» o por su nombre informal «Ley Zamudio», es una ley chilena que tiene por objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria, estableciendo un procedimiento judicial y medidas sancionatorias en caso de comisión de un acto de ese tipo.[1]

Fue promulgada por el presidente Sebastián Piñera el 12 de julio del 2012 y publicada en el Diario Oficial el 24 de julio del mismo año

Historia

Los orígenes de la ley Nº20.609,[2]​ se remontan al mensaje presentado el 22 de marzo del 2005 por el expresidente Ricardo Lagos (boletín 3815) a la Cámara de Diputados. Esta iniciativa una vez que fue introducida en la Cámara de origen, fue analizada y estudiada por la Comisión de Derechos Humanos y de Constitución, siendo aprobada por la sala, por lo que se despachó a la Cámara Revisora. En el Senado, el proyecto fue derivado a la Comisión de Derechos Humanos, la cual presentó su informe con respecto a este el 19 de abril de 2006. El proyecto fue aprobado por la sala el 2 de mayo, la cual dio un plazo de un mes para presentar indicaciones, sin embargo la fecha fue postergada en dos ocasiones, por lo que la Comisión tuvo que presentar un segundo informe, este fue presentado el 3 de enero de 2007, pese a este hecho, el 9 de enero del 2007 los Comités acordaron retirar la iniciativa de tabla y se envió a Comisiones Unidas de Derechos Humanos y Constitución. Finalmente luego del informe presentado por esta última comisión, el Senado aprobó e introdujo nuevas modificaciones a las indicaciones propuestas por este informe por lo que el 10 de noviembre de 2011 el proyecto se despachó a un tercer trámite constitucional..

En un tercer trámite constitucional la Cámara de Diputados rechazó las modificaciones hechas por el Senado, por lo que el proyecto se remitió a una Comisión Mixta. Esta emitió su informe el día 7 de mayo de 2012, siendo aprobado por ambas cámaras el 10 de mayo de 2012. Luego de este hecho la cámara de diputados envió un oficio al tribunal constitucional con respecto al proyecto originalmente ingresado y las modificaciones que sufrió este. El tribunal Constitucional aprueba el proyecto con sus modificaciones respectivas el 10 de mayo de 2012. Por lo que el proyecto finaliza con el envío de un oficio por la cámara de diputados al ejecutivo, para que este finalmente promulgue y publique el proyecto como ley.

La nueva ley Nº20.609 fue promulgada el 12 de julio de 2012 y publicada el 24 de julio del mismo año.[3]

Asesinato de Daniel Zamudio

 
El asesinato del joven Daniel Zamudio resultó transformarse en una fuente material clave en la tramitación del proyecto de ley.

La Ley antidiscriminación solo fue considerada de suma urgencia luego de que individuos adherentes al Neonazismo, dieran muerte tras una golpiza al joven homosexual Daniel Zamudio, el 27 de marzo del año 2012.[4]​ Este hecho reveló la falta de legislación que existía en Chile hasta ese momento en cuanto a tolerancia sexual, xenofobia y discriminación en general. Otros casos ocurridos durante el mismo año (2012), como por ejemplo el caso Atala llevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos,[5]​ demanda que surge luego de que se quitó el cuidado personal de sus hijas a la jueza Karen Atala, atendiendo solamente a su orientación homosexual. Así, variados organismos como Movimiento de Integración y Liberación Homosexual[6]​ o la Fundación Iguales han ayudado a acelerar este proceso de concientización y apertura que se ha gestado en Chile hace ya bastante tiempo, siendo el caso Zamudio uno de los más emblemáticos del último tiempo, razón por la cual la ley antidiscriminación fue bautizada con su nombre.

Objetivo de la ley

La ley antidiscriminación o ley Zamudio tiene por propósito, según se consagra en su artículo primero, “instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria”.[1]​ Esto se conecta directamente con el art. 19 n°2 de la Constitución Política de la República de Chile, el que consagra el principio y derecho fundamental de igualdad ante la ley, el que en su inciso segundo dispone que “ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias”.[7]​ Por ello, la ley antidiscriminación es constitucional, al castigar las discriminaciones arbitrarias y permitir las discriminaciones no arbitrarias y justificadas, y esta justificación debe ser sobre la base de otro derecho fundamental.

Contenido

La llamada Ley Antidiscriminación, consta de 18 artículos, (insertos en tres títulos) en los que establece medidas contra las discriminaciones arbitrarias y un procedimiento judicial para restablecer el derecho cuando se cometa un acto de ese tipo. Además, manda a la implementación de políticas gubernamentales destinadas a garantizar a toda persona, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República de Chile. Luego entrega una definición de discriminación, para posteriormente establecer los criterios específicos para calificar la arbitrariedad del acto discriminatorio. Finalmente se refiere al proceso y tramitación judicial pertinente frente a los actos discriminatorios.[8]

Definición de discriminación

Para su aplicación, la ley establece una definición de discriminación arbitraria, en el artículo 2º: "Toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes".[1]

En el mismo artículo, en su inciso tercero, se establecen excepciones a la categoría de discriminación arbitraria, considerando razonables distinciones, exclusiones o restricciones sobre la base de un derecho fundamental, haciendo especial hincapié en los numerales 4° (derecho a la intimidad), 6° (derecho a la libertad de culto, de conciencia y de manifestación de estas), 11° (libertad de enseñanza), 12° (derecho a la salud), 15° (derecho de asociarse sin permiso previo, en donde entran en juego los partidos políticos y el pluralismo político), 16° (derecho a la libertad de trabajo) y 21° (derecho a desarrollar cualquier actividad económica) del artículo 19 de la Constitución Política de la República chilena.[7]​ De todos modos, se pueden invocar otros derechos fundamentales para justificar una discriminación, en virtud de que el artículo dice “se encuentren justificadas en el ejercicio legítimo de otro derecho fundamental”. Por ende, se puede distinguir, excluir o restringir, implicando una evidente discriminación sobre la base de los criterios mencionados en el inciso primero del artículo segundo, siempre que se base en el ejercicio legítimo de otro derecho fundamental.[1]

En este caso, existe un mandato directo para el juez de ponderar derechos fundamentales, en donde debe ponderar la igualdad ante la ley, la cual prohíbe por regla general las discriminaciones, siempre que sean arbitrarias, y excepcionalmente las permite, siempre que no sean arbitrarias y estén justificadas por otro derecho fundamental. Esta ponderación debe hacerse respecto al peso o importancia que tengan ambos derechos, en relación con el caso concreto que se trate. Se les debe considerar a ambos como igualmente válidos, aunque no similarmente pertinentes para prevalecer en el caso que se trate, de manera que el resultado de la ponderación es la aplicación de uno solo de ellos, aunque sin que se declare la invalidez del otro.[9]

Mandato a los órganos de la Administración del Estado

Según el artículo primero de la ley, en su inciso segundo, dispone que “le corresponderá a cada uno de los órganos de la Administración del Estado, dentro de su ámbito de competencia, elaborar e implementar las políticas destinadas a garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.[1]​ Es importante destacar de esta disposición que impone una obligación legal a todos los órganos de la Administración del Estado, sin excepción alguna, para que adecue su actuar y el ejercicio de sus funciones, dentro de su ámbito de competencia, para garantizar a toda persona el goce y ejercicio de sus derechos y libertades sin discriminación alguna. Los derechos y libertades que se refiere este artículo son los reconocidos en la Constitución, la ley y los Tratados Internacionales ratificados y vigentes, haciendo inmediata y directamente obligatoria la aplicación de estas Fuentes Formales del Derecho a los órganos de la Administración del Estado para evitar casos de discriminación arbitraria dentro de su ámbito de competencia.[1]​ Lo que en el fondo se señala es que el Estado no debe quedarse con un “no hacer”, con una obligación negativa; es decir, abstenerse de discriminar. Además de esto, debe hacer algo, pues tiene una obligación positiva. Esto implica, por ejemplo, generar instructivos internos, incorporar estas variables en la atención al público, capacitar a los jueces, a las empresas, a los sindicatos, e incluir algunas modificaciones a sus cuerpos armados disciplinados.[10]

Norma penal especial

Con esta ley se modifica el artículo 12 del Código Penal en lo que respecta a las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal, con la finalidad de establecer una nueva agravante, esta es, la comisión del acto delictivo motivado por la discriminación.[1]​ Esta nueva agravante se aplicaría en todo crimen, ya sea delito o simple falta. Con la exigencia de la concurrencia de algunos de los factores señalados como discriminación en la ley.

Derecho comparado

Chile no ha sido el primer país en legislar sobre el tema,[11]​ existiendo experiencia internacional en la lucha contra la discriminación, tales como:

  • En Alemania, por ejemplo, la Ley General de Igualdad de Trato[12]​ persigue cualquier tipo de discriminación por raza, etnia, sexo, religión, discapacidad, edad o identidad sexual. Mientras que una segunda ley prohíbe la “incitación al odio hacia el pueblo” y penaliza el ataque personal por razones discriminatorias.
  • En Sudáfrica la Constitución establece que ni el Estado ni los particulares pueden ejercer la discriminación arbitraria en forma directa o indirecta, entre otras razones, por raza, género, embarazo, estado civil, etnia u origen social, color, orientación sexual, edad, discapacidad, religión, conciencia o creencias.
  • En México la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, promulgada el 2003, define la discriminación como toda distinción, exclusión o restricción basada en origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil u otros motivos.
  • En el caso de Brasil, la Constitución, la legislación laboral y de protección a la infancia y la ancianidad, castigan con multas y penas de cárcel los actos discriminatorios o atentatorios contra la dignidad de las personas. Y la Secretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Presidencia de la República, resguarda los derechos de lesbianas, gais, bisexuales, travestis y transexuales.
  • En Estados Unidos la legislación es variada y muy específica, existiendo leyes contra “crímenes de odio”, una ley que permite el ingreso de homosexuales al ejército y leyes federales contra la discriminación por embarazo o discapacidad en los programas sociales.

Por contraparte, existen aún varios países que tienen dentro de sus ordenamientos legislación abiertamente discriminatoria por ejemplo Nigeria seguirá el camino de Uganda y aprobará una ley que castiga la homosexualidad.[13]​ La homosexualidad es ilegal en 78 países. En Irán, Yemen y Arabia Saudita, en Asia; Mauritania y Sudán, por otra parte, penalizan la homosexualidad con la pena de muerte.[14]​ También en oriente medio, es de conocimiento común que en los países árabes la existencia legislación odiosa hacia la mujer y los castigos desproporcionados a las mismas.

Consecuencias

Los logros obtenidos por esta nueva ley son: en primer lugar, un desarrollo legal del derecho a la igualdad ante la ley y la prohibición de la discriminación arbitraria, algo ya consagrado en nuestra Constitución Política, pero que era necesario darle un desarrollo legislativo detallado. Este desarrollo legislativo tendrá por fin definir qué se entiende por discriminación, incluir categorías sospechosas, establecer un mecanismo judicial para combatir actos u omisiones discriminatorias y una serie de medidas especiales, como la agravante en casos de delitos motivados por algunas de estas categorías.[10]

Esto, siguiendo lo dicho por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Atala: “Si bien es cierto que ciertas sociedades pueden ser intolerantes a condiciones como la raza, el sexo, la nacionalidad o la orientación sexual de una persona, los Estados no pueden utilizar esto como justificación para perpetuar tratos discriminatorios”.[10][15]

El segundo logro, es la inclusión de una serie de categorías sospechosas, las cuales en principio, serán consideradas como discriminación arbitraria en caso de utilizar una de estas categorías para distinguir. Esto, salvo que se justifique muy bien (sobre la base de otro derecho fundamental) la utilización de esta causal.[10]

El tercer gran logro, es la inclusión y el arduo trabajo de distintas minorías (con menos recursos y sin el apoyo de lobistas profesionales) para lograr la realización del proyecto, destacando el primer recibimiento formal en el Congreso en la historia de Organización de Transexuales por la Dignidad de la Diversidad.[10][16]

El último gran logro fue la modificación de algunas de las cuestiones más polémicas, como el ejemplo odioso que vinculaba la homosexualidad o transexualidad con la pedofilia, o la exclusión de la categoría de identidad de género en la agravante penal.[10]​ Pero esta ley dejó algunos aspectos importantes de lado, como lo fue la falta de medidas afirmativas para corregir las actuales discriminaciones, esto es, otorgar tratamiento diferenciado para eliminar obstáculos fácticos en el ejercicio pleno de ciertos derechos, en este sentido, Óscar Rementería, vocero del Movilh, ha señalado que la ley “no especifica ni fechas, ni plazos, ni cómo debe ser llevado a cabo ese proceso. Es sólo una declaración de buena voluntad. No existe una responsabilidad delimitada”, por otro lado, Pablo Simonetti, presidente de la Fundación Iguales, afirma que "el foco debería estar en políticas de prevención y educación. “Se necesita una institución del Estado que tenga presupuesto y poder efectivo para intervenir en los trabajos sectoriales de cada ministerio"[17]​ Tal como señaló el Tribunal Federal Supremo de Brasil, este tipo de medidas no son incompatibles con la obligación constitucional que pesa sobre todo Estado moderno de “hacer algo” por erradicar situaciones discriminatorias.[10][18]

Referencias

  1. Ministerio Secretaría General de Gobierno de Chile (21 de julio de 2012), «Ley N.º 20.609: Establece medidas contra la discriminación», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 21 de febrero de 2015 .
  2. Historia de la Ley Nº20.609 en Biblioteca Congreso Nacional
  3. Noticia de la entrada en vigencia de la ley
  4. http://www.biobiochile.cl/2012/03/27/confirman-muerte-de-joven-daniel-zamudio.shtml
  5. http://www.lanacion.cl/cidh-condeno-al-estado-de-chile-por-el-caso-de-karen-atala/noticias/2012-03-20/222331.html
  6. http://www.latercera.com/noticia/nacional/2013/10/680-547145-9-querellante-del-movilh-la-unica-bacteria-que-mato-a-daniel-zamudio-es-la.shtml
  7. http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=242302
  8. Resumen de la Ley en Biblioteca Congreso Nacional
  9. Introducción al Derecho, segunda edición actualizada y ampliada, Squella Narducci, Agustín. Editorial Jurídica, Santiago, Chile, 2011. Páginas 478, 479 y 484.
  10. http://ciperchile.cl/2012/05/10/ley-antidiscriminacion-una-comprension-republicana/
  11. . Archivado desde el original el 27 de diciembre de 2013. Consultado el 30 de diciembre de 2013. 
  12. http://www.dosmanzanas.com/2013/12/nigeria-aprueba-una-nueva-ley-que-castiga-cualquier-actividad-relacionada-con-la-realidad-homosexual.html
  13. http://www.rpp.com.pe/2012-05-15-en-5-paises-ser-homosexual-se-paga-con-la-muerte-noticia_482020.html
  14. . Archivado desde el original el 21 de febrero de 2015. Consultado el 30 de diciembre de 2013. 
  15. http://transexualesdechile.org/
  16. http://www.quepasa.cl/articulo/actualidad/2013/03/1-11418-9-el-balance-de-la-ley-zamudio.shtml /
  17. http://www.stf.jus.br/portal/cms/verNoticiaDetalhe.asp?idConteudo=206553

Enlaces externos

  • Ley 20.609 en la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
  • Historia de la Ley N.º 20.609
  •   Datos: Q16493689

zamudio, antidiscriminación, nombre, informal, chilena, tiene, objetivo, fundamental, instaurar, mecanismo, judicial, permita, restablecer, eficazmente, imperio, derecho, toda, cometa, acto, discriminación, arbitraria, estableciendo, procedimiento, judicial, m. La Ley 20 609 Ley antidiscriminacion o por su nombre informal Ley Zamudio es una ley chilena que tiene por objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminacion arbitraria estableciendo un procedimiento judicial y medidas sancionatorias en caso de comision de un acto de ese tipo 1 Fue promulgada por el presidente Sebastian Pinera el 12 de julio del 2012 y publicada en el Diario Oficial el 24 de julio del mismo ano Indice 1 Historia 1 1 Asesinato de Daniel Zamudio 2 Objetivo de la ley 3 Contenido 3 1 Definicion de discriminacion 3 2 Mandato a los organos de la Administracion del Estado 3 3 Norma penal especial 4 Derecho comparado 5 Consecuencias 6 Referencias 7 Enlaces externosHistoria EditarLos origenes de la ley Nº20 609 2 se remontan al mensaje presentado el 22 de marzo del 2005 por el expresidente Ricardo Lagos boletin 3815 a la Camara de Diputados Esta iniciativa una vez que fue introducida en la Camara de origen fue analizada y estudiada por la Comision de Derechos Humanos y de Constitucion siendo aprobada por la sala por lo que se despacho a la Camara Revisora En el Senado el proyecto fue derivado a la Comision de Derechos Humanos la cual presento su informe con respecto a este el 19 de abril de 2006 El proyecto fue aprobado por la sala el 2 de mayo la cual dio un plazo de un mes para presentar indicaciones sin embargo la fecha fue postergada en dos ocasiones por lo que la Comision tuvo que presentar un segundo informe este fue presentado el 3 de enero de 2007 pese a este hecho el 9 de enero del 2007 los Comites acordaron retirar la iniciativa de tabla y se envio a Comisiones Unidas de Derechos Humanos y Constitucion Finalmente luego del informe presentado por esta ultima comision el Senado aprobo e introdujo nuevas modificaciones a las indicaciones propuestas por este informe por lo que el 10 de noviembre de 2011 el proyecto se despacho a un tercer tramite constitucional En un tercer tramite constitucional la Camara de Diputados rechazo las modificaciones hechas por el Senado por lo que el proyecto se remitio a una Comision Mixta Esta emitio su informe el dia 7 de mayo de 2012 siendo aprobado por ambas camaras el 10 de mayo de 2012 Luego de este hecho la camara de diputados envio un oficio al tribunal constitucional con respecto al proyecto originalmente ingresado y las modificaciones que sufrio este El tribunal Constitucional aprueba el proyecto con sus modificaciones respectivas el 10 de mayo de 2012 Por lo que el proyecto finaliza con el envio de un oficio por la camara de diputados al ejecutivo para que este finalmente promulgue y publique el proyecto como ley La nueva ley Nº20 609 fue promulgada el 12 de julio de 2012 y publicada el 24 de julio del mismo ano 3 Asesinato de Daniel Zamudio Editar Articulo principal Daniel Zamudio El asesinato del joven Daniel Zamudio resulto transformarse en una fuente material clave en la tramitacion del proyecto de ley La Ley antidiscriminacion solo fue considerada de suma urgencia luego de que individuos adherentes al Neonazismo dieran muerte tras una golpiza al joven homosexual Daniel Zamudio el 27 de marzo del ano 2012 4 Este hecho revelo la falta de legislacion que existia en Chile hasta ese momento en cuanto a tolerancia sexual xenofobia y discriminacion en general Otros casos ocurridos durante el mismo ano 2012 como por ejemplo el caso Atala llevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos 5 demanda que surge luego de que se quito el cuidado personal de sus hijas a la jueza Karen Atala atendiendo solamente a su orientacion homosexual Asi variados organismos como Movimiento de Integracion y Liberacion Homosexual 6 o la Fundacion Iguales han ayudado a acelerar este proceso de concientizacion y apertura que se ha gestado en Chile hace ya bastante tiempo siendo el caso Zamudio uno de los mas emblematicos del ultimo tiempo razon por la cual la ley antidiscriminacion fue bautizada con su nombre Objetivo de la ley EditarLa ley antidiscriminacion o ley Zamudio tiene por proposito segun se consagra en su articulo primero instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminacion arbitraria 1 Esto se conecta directamente con el art 19 n 2 de la Constitucion Politica de la Republica de Chile el que consagra el principio y derecho fundamental de igualdad ante la ley el que en su inciso segundo dispone que ni la ley ni autoridad alguna podran establecer diferencias arbitrarias 7 Por ello la ley antidiscriminacion es constitucional al castigar las discriminaciones arbitrarias y permitir las discriminaciones no arbitrarias y justificadas y esta justificacion debe ser sobre la base de otro derecho fundamental Contenido EditarLa llamada Ley Antidiscriminacion consta de 18 articulos insertos en tres titulos en los que establece medidas contra las discriminaciones arbitrarias y un procedimiento judicial para restablecer el derecho cuando se cometa un acto de ese tipo Ademas manda a la implementacion de politicas gubernamentales destinadas a garantizar a toda persona el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitucion Politica de la Republica de Chile Luego entrega una definicion de discriminacion para posteriormente establecer los criterios especificos para calificar la arbitrariedad del acto discriminatorio Finalmente se refiere al proceso y tramitacion judicial pertinente frente a los actos discriminatorios 8 Definicion de discriminacion Editar Para su aplicacion la ley establece una definicion de discriminacion arbitraria en el articulo 2º Toda distincion exclusion o restriccion que carezca de justificacion razonable efectuada por agentes del Estado o particulares y que cause privacion perturbacion o amenaza en el ejercicio legitimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitucion Politica de la Republica o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes 1 En el mismo articulo en su inciso tercero se establecen excepciones a la categoria de discriminacion arbitraria considerando razonables distinciones exclusiones o restricciones sobre la base de un derecho fundamental haciendo especial hincapie en los numerales 4 derecho a la intimidad 6 derecho a la libertad de culto de conciencia y de manifestacion de estas 11 libertad de ensenanza 12 derecho a la salud 15 derecho de asociarse sin permiso previo en donde entran en juego los partidos politicos y el pluralismo politico 16 derecho a la libertad de trabajo y 21 derecho a desarrollar cualquier actividad economica del articulo 19 de la Constitucion Politica de la Republica chilena 7 De todos modos se pueden invocar otros derechos fundamentales para justificar una discriminacion en virtud de que el articulo dice se encuentren justificadas en el ejercicio legitimo de otro derecho fundamental Por ende se puede distinguir excluir o restringir implicando una evidente discriminacion sobre la base de los criterios mencionados en el inciso primero del articulo segundo siempre que se base en el ejercicio legitimo de otro derecho fundamental 1 En este caso existe un mandato directo para el juez de ponderar derechos fundamentales en donde debe ponderar la igualdad ante la ley la cual prohibe por regla general las discriminaciones siempre que sean arbitrarias y excepcionalmente las permite siempre que no sean arbitrarias y esten justificadas por otro derecho fundamental Esta ponderacion debe hacerse respecto al peso o importancia que tengan ambos derechos en relacion con el caso concreto que se trate Se les debe considerar a ambos como igualmente validos aunque no similarmente pertinentes para prevalecer en el caso que se trate de manera que el resultado de la ponderacion es la aplicacion de uno solo de ellos aunque sin que se declare la invalidez del otro 9 Mandato a los organos de la Administracion del Estado Editar Segun el articulo primero de la ley en su inciso segundo dispone que le correspondera a cada uno de los organos de la Administracion del Estado dentro de su ambito de competencia elaborar e implementar las politicas destinadas a garantizar a toda persona sin discriminacion arbitraria el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitucion Politica de la Republica las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes 1 Es importante destacar de esta disposicion que impone una obligacion legal a todos los organos de la Administracion del Estado sin excepcion alguna para que adecue su actuar y el ejercicio de sus funciones dentro de su ambito de competencia para garantizar a toda persona el goce y ejercicio de sus derechos y libertades sin discriminacion alguna Los derechos y libertades que se refiere este articulo son los reconocidos en la Constitucion la ley y los Tratados Internacionales ratificados y vigentes haciendo inmediata y directamente obligatoria la aplicacion de estas Fuentes Formales del Derecho a los organos de la Administracion del Estado para evitar casos de discriminacion arbitraria dentro de su ambito de competencia 1 Lo que en el fondo se senala es que el Estado no debe quedarse con un no hacer con una obligacion negativa es decir abstenerse de discriminar Ademas de esto debe hacer algo pues tiene una obligacion positiva Esto implica por ejemplo generar instructivos internos incorporar estas variables en la atencion al publico capacitar a los jueces a las empresas a los sindicatos e incluir algunas modificaciones a sus cuerpos armados disciplinados 10 Norma penal especial Editar Con esta ley se modifica el articulo 12 del Codigo Penal en lo que respecta a las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal con la finalidad de establecer una nueva agravante esta es la comision del acto delictivo motivado por la discriminacion 1 Esta nueva agravante se aplicaria en todo crimen ya sea delito o simple falta Con la exigencia de la concurrencia de algunos de los factores senalados como discriminacion en la ley Derecho comparado EditarChile no ha sido el primer pais en legislar sobre el tema 11 existiendo experiencia internacional en la lucha contra la discriminacion tales como En Alemania por ejemplo la Ley General de Igualdad de Trato 12 persigue cualquier tipo de discriminacion por raza etnia sexo religion discapacidad edad o identidad sexual Mientras que una segunda ley prohibe la incitacion al odio hacia el pueblo y penaliza el ataque personal por razones discriminatorias En Sudafrica la Constitucion establece que ni el Estado ni los particulares pueden ejercer la discriminacion arbitraria en forma directa o indirecta entre otras razones por raza genero embarazo estado civil etnia u origen social color orientacion sexual edad discapacidad religion conciencia o creencias En Mexico la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminacion promulgada el 2003 define la discriminacion como toda distincion exclusion o restriccion basada en origen etnico o nacional sexo edad discapacidad condicion social o economica condiciones de salud embarazo lengua religion opiniones preferencias sexuales estado civil u otros motivos En el caso de Brasil la Constitucion la legislacion laboral y de proteccion a la infancia y la ancianidad castigan con multas y penas de carcel los actos discriminatorios o atentatorios contra la dignidad de las personas Y la Secretaria de Derechos Humanos dependiente de la Presidencia de la Republica resguarda los derechos de lesbianas gais bisexuales travestis y transexuales En Estados Unidos la legislacion es variada y muy especifica existiendo leyes contra crimenes de odio una ley que permite el ingreso de homosexuales al ejercito y leyes federales contra la discriminacion por embarazo o discapacidad en los programas sociales Por contraparte existen aun varios paises que tienen dentro de sus ordenamientos legislacion abiertamente discriminatoria por ejemplo Nigeria seguira el camino de Uganda y aprobara una ley que castiga la homosexualidad 13 La homosexualidad es ilegal en 78 paises En Iran Yemen y Arabia Saudita en Asia Mauritania y Sudan por otra parte penalizan la homosexualidad con la pena de muerte 14 Tambien en oriente medio es de conocimiento comun que en los paises arabes la existencia legislacion odiosa hacia la mujer y los castigos desproporcionados a las mismas Consecuencias EditarLos logros obtenidos por esta nueva ley son en primer lugar un desarrollo legal del derecho a la igualdad ante la ley y la prohibicion de la discriminacion arbitraria algo ya consagrado en nuestra Constitucion Politica pero que era necesario darle un desarrollo legislativo detallado Este desarrollo legislativo tendra por fin definir que se entiende por discriminacion incluir categorias sospechosas establecer un mecanismo judicial para combatir actos u omisiones discriminatorias y una serie de medidas especiales como la agravante en casos de delitos motivados por algunas de estas categorias 10 Esto siguiendo lo dicho por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Atala Si bien es cierto que ciertas sociedades pueden ser intolerantes a condiciones como la raza el sexo la nacionalidad o la orientacion sexual de una persona los Estados no pueden utilizar esto como justificacion para perpetuar tratos discriminatorios 10 15 El segundo logro es la inclusion de una serie de categorias sospechosas las cuales en principio seran consideradas como discriminacion arbitraria en caso de utilizar una de estas categorias para distinguir Esto salvo que se justifique muy bien sobre la base de otro derecho fundamental la utilizacion de esta causal 10 El tercer gran logro es la inclusion y el arduo trabajo de distintas minorias con menos recursos y sin el apoyo de lobistas profesionales para lograr la realizacion del proyecto destacando el primer recibimiento formal en el Congreso en la historia de Organizacion de Transexuales por la Dignidad de la Diversidad 10 16 El ultimo gran logro fue la modificacion de algunas de las cuestiones mas polemicas como el ejemplo odioso que vinculaba la homosexualidad o transexualidad con la pedofilia o la exclusion de la categoria de identidad de genero en la agravante penal 10 Pero esta ley dejo algunos aspectos importantes de lado como lo fue la falta de medidas afirmativas para corregir las actuales discriminaciones esto es otorgar tratamiento diferenciado para eliminar obstaculos facticos en el ejercicio pleno de ciertos derechos en este sentido oscar Rementeria vocero del Movilh ha senalado que la ley no especifica ni fechas ni plazos ni como debe ser llevado a cabo ese proceso Es solo una declaracion de buena voluntad No existe una responsabilidad delimitada por otro lado Pablo Simonetti presidente de la Fundacion Iguales afirma que el foco deberia estar en politicas de prevencion y educacion Se necesita una institucion del Estado que tenga presupuesto y poder efectivo para intervenir en los trabajos sectoriales de cada ministerio 17 Tal como senalo el Tribunal Federal Supremo de Brasil este tipo de medidas no son incompatibles con la obligacion constitucional que pesa sobre todo Estado moderno de hacer algo por erradicar situaciones discriminatorias 10 18 Referencias Editar a b c d e f g Ministerio Secretaria General de Gobierno de Chile 21 de julio de 2012 Ley N º 20 609 Establece medidas contra la discriminacion Biblioteca del Congreso Nacional de Chile consultado el 21 de febrero de 2015 Historia de la Ley Nº20 609 en Biblioteca Congreso Nacional Noticia de la entrada en vigencia de la ley http www biobiochile cl 2012 03 27 confirman muerte de joven daniel zamudio shtml http www lanacion cl cidh condeno al estado de chile por el caso de karen atala noticias 2012 03 20 222331 html http www latercera com noticia nacional 2013 10 680 547145 9 querellante del movilh la unica bacteria que mato a daniel zamudio es la shtml a b http www leychile cl Navegar idNorma 242302 Resumen de la Ley en Biblioteca Congreso Nacional Introduccion al Derecho segunda edicion actualizada y ampliada Squella Narducci Agustin Editorial Juridica Santiago Chile 2011 Paginas 478 479 y 484 a b c d e f g http ciperchile cl 2012 05 10 ley antidiscriminacion una comprension republicana Copia archivada Archivado desde el original el 27 de diciembre de 2013 Consultado el 30 de diciembre de 2013 https web archive org web 20140201192655 http www antidiskriminierungsstelle de SharedDocs Downloads DE publikationen agg wegweiser spanisch guia de la ley pdf blob publicationFile http www dosmanzanas com 2013 12 nigeria aprueba una nueva ley que castiga cualquier actividad relacionada con la realidad homosexual html http www rpp com pe 2012 05 15 en 5 paises ser homosexual se paga con la muerte noticia 482020 html Copia archivada Archivado desde el original el 21 de febrero de 2015 Consultado el 30 de diciembre de 2013 http transexualesdechile org http www quepasa cl articulo actualidad 2013 03 1 11418 9 el balance de la ley zamudio shtml http www stf jus br portal cms verNoticiaDetalhe asp idConteudo 206553Enlaces externos EditarLey 20 609 en la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Historia de la Ley N º 20 609 Datos Q16493689 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ley Zamudio amp oldid 138817251, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos