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Jorge Müller Silva

Jorge Hernán Müller Silva (Santiago, 10 de enero de 1947 - detenido desaparecido el 29 de noviembre de 1974) fue un cineasta chileno y militante del MIR que fue detenido por agentes de la DINA el 29 de noviembre de 1974, junto a su pareja la cineasta Carmen Bueno Cifuentes, quién también es detenida desaparecida. Tenía 27 años en la fecha de la detención. En recuerdo de la pareja de cineastas, el 29 de noviembre, se conmemora el Día del Cine Chileno.

Jorge Müller Silva
Información personal
Nombre de nacimiento Jorge Hernán Müller Silva
Nacimiento 10 de enero de 1947
Santiago, Chile
Desaparición 29 de noviembre de 1974 (27 años)
Nacionalidad Chilena
Familia
Pareja Carmen Bueno
Educación
Educado en Universidad de Chile
Información profesional
Ocupación Cineasta
Obras notables La batalla de Chile
Partido político Movimiento de Izquierda Revolucionaria

Un cineasta detenido por la DINA

El padre de Jorge, Rodolfo Müller, tenía 14 años cuando con su familia huyendo del nazismo, por lo que dejaron Alemania antes del inicio de la Segunda Guerra Mundial. Rodolfo contrajo matrimonio con una chilena, Irma Silva. De esta unión nacieron Jorge, el 10 de enero de 1947, y Sonia, tres años menor. La personalidad de Jorge lo llevó incluso a dejar el colegio en el año 1965. En 1969, postuló a cine siendo aceptando en la Escuela de Cine de la Universidad de Chile, con sede en Viña del Mar. Fue un alumno destacado tanto en lo académico como en lo creativo, siendo reconocido como un gran innovador para lo que se hacía en el cine de la época. También empieza a vincularse directamente con la política cuando ingresa a militar en las filas del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

Su primer trabajo cinematográfico fue en 1970, con la co-realización de un documental sobre la lucha y la vida de los trabajadores del carbón, “Reportaje a Lota”. Luego, poniendo en práctica sus conocimientos en la dirección de fotografía, trabaja con Miguel Littin en “La Tierra Prometida”. Colaboró para el director de cine Raúl Ruiz en los filmes “La Expropiación” y “Realismo Socialista”. Su trabajo más emblemático fue La batalla de Chile, bajo la dirección de Patricio Guzmán. Jorge Müller fue el único miembro del equipo que se quedó en Chile, por lo que nunca pudo ver la obra completada, que tuvo que ser sacada del país a través de la embajada de Suecia. En el gobierno de la Unidad Popular, se involucró fuertemente en el equipo de filmación del Presidente Salvador Allende. Incluso viajó junto con el mandatario hacia la Unión Soviética y lo acompañó a muchas otras partes.[1]

La noche anterior a la detención, ambos habían concurrido al cine Las Condes, al estreno de la película "A la sombra del Sol", en cuya producción habían participado. La pareja detenida fue conducida al recinto de la DINA de Villa Grimaldi. En este lugar fueron objeto de torturas. Ex presos políticos del recinto son testigos de la permanencia de Jorge Müller y Carmen Bueno en Villa Grimaldi. Jorge Müller en tanto, estuvo en Villa Grimaldi en la misma celda que Víctor Zúñiga, quién conversó con él y fueron trasladados en la misma época a Cuatro Álamos, no quedando juntos en esta ocasión. En el recinto de Cuatro Álamos, los testigos coinciden en manifestar que Jorge y Cecilia se comunicaban en este recinto por señas, cuando las mujeres eran llevadas al baño. Fueron sorprendidos en estas comunicaciones por un agente, Jorge Müller fue conducido a la oficina del Jefe del recinto, Orlando Manzo Durán, el que lo amonestó y le dijo que sería castigado. Al día siguiente de este incidente, la pareja fue sacada de Cuatro Álamos, no volvieron a ser vistos en ningún otro lugar.[2]

En noviembre de 1975, el delegado chileno ante las Naciones Unidas, Sergio Diez Palma, entregó un Informe del gobierno militar que él representaba a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU. En esta exposición, el Embajador Diez intentó demostrar que las denuncias de desaparición de prisioneros y las violaciones a los derechos humanos en Chile eran falsas y mal intencionadas. Entre otras cosas, entregó un listado de setenta personas que habían sido denunciadas como desaparecidas, las cuales no tendrían existencia legal; entre estos nombres figuraba el de Jorge Müller Silva. Sin embargo, como él tenía además nacionalidad alemana, ya que su padre es alemán, la Embajada de Alemania Federal pidió explicaciones al gobierno militar, el que respondió a través del Ministerio de Relaciones Exteriores que la inclusión de Müller en este Informe se debió "a un lamentable error, cuyas causas se investigan". El resultado de esta supuesta investigación nunca se conoció.[3]

Proceso judicial en dictadura

El 7 de diciembre de 1974 se interpuso un recurso de amparo en favor de Carmen Bueno ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 1534-74, el que fue declarado sin lugar el 23 de enero de 1975. La Corte ordenó remitir los antecedentes al Juzgado del Crimen correspondiente, para que se investigaran los hechos denunciados, la causa rol 91.149 en el 6° Juzgado del Crimen de Santiago, a la cual se acumuló en mayo del mismo año una denuncia presentada ante el mismo Tribunal por presunta desgracia de Jorge Müller. El 16 de diciembre de 1975 se cerró el sumario y se dictó sobreseimiento temporal, por no encontrarse acreditado el delito. El 14 de mayo de 1976, el padre de Carmen Bueno vuelve a interponer un recurso de amparo en favor de la joven ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 400-76. Sin embargo, una vez más también, la Corte rechazó el recurso. En mayo de 1979, el Ministro Servando Jordán, designado para investigar las causas por desaparición de personas detenidas por la DINA. El Ministro Jordán acumuló a este proceso otra causa por presunta desgracia de Jorge Müller, el Juez cerró el Sumario y dictó sobreseimiento temporal por no encontrarse acreditado el delito, a los diez días de haberse abierto el sumario. El Ministro Jordán se declaró incompetente para continuar la investigación por desaparición de Carmen Bueno y Jorge Müller y remitió los antecedentes a la 2a. Fiscalía Militar. La causa 553-78 de la 2° Fiscalía Militar tuvo a la vista los antecedentes que acumuló el Ministro en Visita por casos de detenidos desaparecidos. Sin que se realizaran diligencias durante cuatro años, el 20 de noviembre de 1989, el Teniente Coronel de Ejército, Enrique Ibarra Chamorro, Fiscal General Militar, solicitó para esta causa la aplicación del Decreto Ley de Amnistía (D.L. 2.191) porque el proceso había tenido como finalidad exclusiva la investigación de presuntos delitos ocurridos durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978 y porque, durante los 10 años de tramitación, no se había logrado "determinar responsabilidad de persona alguna". El 30 de noviembre de 1989, la solicitud fue acogida por el 2do. Juzgado Militar, el que sobreseyó total y definitivamente la causa

La madre de Jorge Müller enfermó de un cáncer que le provocó la muerte el año 1990, sin que pudiera encontrar a su hijo ni conocer toda la verdad de lo que le sucedió.[4]

Informe Rettig

Familiares de Jorge Müller Silva presentaron su caso ante la Comisión Rettig, Comisión de Verdad que tuvo la misión de calificar casos de detenidos desaparecidos y ejecutados durante la dictadura. Sobre el caso de Carmen Bueno y Jorge Muller, el Informe Rettig señaló que:

“El 29 de noviembre de 1974 fueron detenidos en la vía pública, en Santiago, cuando se dirigían a su trabajo los militantes del MIR Jorge Hernán MÜLLER SILVA y su compañera de trabajo en Chile Films, Carmen Cecilia BUENO CIFUENTES.

Según testimonios, ambos fueron llevados al recinto de Villa Grimaldi y luego trasladados a Cuatro Álamos desde donde desaparecieron en poder de la DINA.

La Comisión está convencida de que la desaparición de ambos fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos”.[5]

Proceso judicial en democracia

El caso de Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Müller Silva fue investigado por el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto. El magistrado investigó el proceso “Episodio Operación Colombo”, en un caso que denominó “Carmen Cecilia Bueno Cifuentes”, con el rol N.º 2182-98, con el objetivo de investigar el delito de secuestro calificado y el delito de aplicación de tormentos a de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernán Müller Silva. El 27 de noviembre el ministro Hernán Crisosto, dictó condena en contra de 56 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de la pareja de cineastas Carmen Bueno y Jorge Müller.

En la resolución, el ministro de fuero condenó a los exagentes DINA: César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a penas de 20 años de prisión, en calidad de autores de los delitos. En tanto, deberán purgar 12 años de prisión. También como autores, los exagentes DINA: Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis; Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Heriberto del Carmen Acevedo, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, José Mario Friz Esparza, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Ricardo Víctor Lawrence Mires; Ciro Ernesto Torré Sáez; Basclay Humberto Zapata Reyes, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Juan Ángel Urbina Cáceres, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Luis Fernando Espinace Contreras, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Héctor Wacinton Briones Burgos y Leonidas Emiliano Méndez Moreno.

Asimismo, el ministro Crisosto condenó a penas de 6 años de prisión, como cómplices de ambos delitos, a los agentes: Daniel Valentín Cancino Varas, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Raúl Alberto Soto Pérez, José Jaime Mora Diocares, Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez, Jaime Humberto Paris Ramos, José Stalin Muñoz Leal, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Víctor Manuel San Martín Jiménez, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Reinaldo Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Olegario Enrique González Moreno, Miguel Ángel Yáñez Ugalde, Víctor Manuel Molina Astete, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Rafael de Jesús Riveros Frost y Héctor Carlos Díaz Cabezas. En el caso del agente Samuel Fuenzalida Devia, se le aplicó una sentencia de 3 años y un día de prisión, por su responsabilidad como autor, con el beneficio de la libertad vigilada. Asimismo, fueron absueltos los agentes Alejandro Francisco Molina Cisternas, Nelson Alberto Paz Bustamante, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Carlos Enrique Letelier Verdugo, Herman Eduardo Ávalos Muñoz y Raúl Bernardo Toro Montes.[6]

En la etapa de investigación, el ministro Hernán Crisosto logró determinar los siguientes hechos:

"El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado "Villa Grimaldi", ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA;

Los ofendidos Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernán Müller Silva durante su estada en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros;

La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos hasta la fecha".[7]

En segunda instancia el 6 de marzo de 2020 la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a exmiembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) como autores del delito de secuestro calificado del matrimonio de Carmen Bueno y Jorge Müller. En fallo dividido se confirmó la sentencia dictada por el ministro en visita Hernán Crisosto, en la parte que condenó a 31 exagentes por su participación en el delito perpetrado en el marco del operativo conocido como "Operación Colombo". En la causa, los exagentes DINA fueron condenados por el delito a:

En el caso de los exagentes DINA: Manuel Carevic Cubillos, Alejandro Astudillo Adonis, Demóstenes Cárdenas Saavedra, Sylvia Oyarce Pinto, Gerardo Godoy García, Manuel Avendaño González, Heriberto del Carmen Acevedo, Nelson Ortiz Vignolo, Silvio Concha González, Pedro Araneda Araneda, Luis Videla Inzunza, Jorge Madariaga Acevedo, Teresa Osorio Navarro, José Aravena Ruiz, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Rosa Ramos Hernández, Pedro Alfaro Fernández, Luis Torres Méndez, Juan Urbina Cáceres, Jerónimo Neira Mendez, Palmira Almuna Guzmán, Hugo Delgado Carrasco, Carlos López Inostroza, Hugo Hernández Valle, Francisco Ferrer Lima y Fernando Lauriani Maturana se ratificó que deberán purgar 12 años de prisión. En tanto, la sala revocó la resolución en la parte que condenó a los procesados Julio José Hoyos Zegarra, Rodolfo Concha Rodríguez, Luis Espinace Contreras, Leonidas Méndez Moreno y Samuel Fuenzalida Devia, como autores de los delitos de secuestro de Bueno Cifuentes y Müller Silva.

Asimismo, se revocaron las condenas, en calidad de cómplices, de los exagentes DINA: Raúl Alberto Soto Pérez, José Mora Diocares, Daniel Valentín Cancino Varas, Jaime Humberto Paris Ramos, José Stalin Muñoz Leal, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Víctor Manuel Molina Astete, Olegario Enrique González Moreno, Miguel Ángel Yáñez Ugalde, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Víctor Manuel San Martín Jiménez y Rafael de Jesús Riveros Frost, decretando, en su lugar, que todos quedan absueltos de los cargos formulados en su contra. Decisión acordada con el voto en contra del ministro Llanos, quien estuvo por confirmar la sentencia recurrida respecto de los procesados Samuel Fuenzalida Devia, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Daniel Cancino Varas y Pedro Bitterlich Jaramillo.[8]

Memoria, día del Cine Chileno

En recuerdo de la detención y desaparición de los cineastas Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Hernán Müller Silva es que el día de su detención el 29 de noviembre se conmemora el Día del Cine Chileno“.[9]

Véase también

Referencias

  1. La vida y obra de Jorge Müller Silva, el recordado camarógrafo de “La Batalla de Chile”
  2. Jorge Müller Silva en Memoria Viva
  3. Jorge Müller Silva en Memoria Viva
  4. Jorge Müller Silva en Memoria Viva
  5. “Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación”. Santiago. Edición Oficial. 1991. p. 793.
  6. Ministro Hernán Crisosto condena a 56 agente de la DINA por el secuestro calificado de pareja de cineastas
  7. Ministro Hernán Crisosto condena a 56 agente de la DINA por el secuestro calificado de pareja de cineastas
  8. Corte de Santiago condena a 31 exagentes de la DINA por secuestro calificado de cineastas
  9. Día del Cine Chileno

Bibliografía

  • Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1991). Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Santiago: Edición Oficial. 

Enlaces externos

  • Jorge Müller Silva en Memoria Viva
  • Jorge Müller Silva en las historias que podemos contar
  • Jorge Müller Silva en Los Latidos de la Memoria
  • La historia de amor y compromiso político de Carmen Bueno y Jorge Müller
  • La vida y obra de Jorge Müller Silva, el recordado camarógrafo de “La Batalla de Chile”

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Jorge Hernan Muller Silva Santiago 10 de enero de 1947 detenido desaparecido el 29 de noviembre de 1974 fue un cineasta chileno y militante del MIR que fue detenido por agentes de la DINA el 29 de noviembre de 1974 junto a su pareja la cineasta Carmen Bueno Cifuentes quien tambien es detenida desaparecida Tenia 27 anos en la fecha de la detencion En recuerdo de la pareja de cineastas el 29 de noviembre se conmemora el Dia del Cine Chileno Jorge Muller SilvaInformacion personalNombre de nacimientoJorge Hernan Muller SilvaNacimiento10 de enero de 1947Santiago ChileDesaparicion29 de noviembre de 1974 27 anos NacionalidadChilenaFamiliaParejaCarmen BuenoEducacionEducado enUniversidad de ChileInformacion profesionalOcupacionCineastaObras notablesLa batalla de ChilePartido politicoMovimiento de Izquierda Revolucionaria editar datos en Wikidata Indice 1 Un cineasta detenido por la DINA 2 Proceso judicial en dictadura 3 Informe Rettig 4 Proceso judicial en democracia 5 Memoria dia del Cine Chileno 6 Vease tambien 7 Referencias 8 Bibliografia 9 Enlaces externosUn cineasta detenido por la DINA EditarEl padre de Jorge Rodolfo Muller tenia 14 anos cuando con su familia huyendo del nazismo por lo que dejaron Alemania antes del inicio de la Segunda Guerra Mundial Rodolfo contrajo matrimonio con una chilena Irma Silva De esta union nacieron Jorge el 10 de enero de 1947 y Sonia tres anos menor La personalidad de Jorge lo llevo incluso a dejar el colegio en el ano 1965 En 1969 postulo a cine siendo aceptando en la Escuela de Cine de la Universidad de Chile con sede en Vina del Mar Fue un alumno destacado tanto en lo academico como en lo creativo siendo reconocido como un gran innovador para lo que se hacia en el cine de la epoca Tambien empieza a vincularse directamente con la politica cuando ingresa a militar en las filas del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR Su primer trabajo cinematografico fue en 1970 con la co realizacion de un documental sobre la lucha y la vida de los trabajadores del carbon Reportaje a Lota Luego poniendo en practica sus conocimientos en la direccion de fotografia trabaja con Miguel Littin en La Tierra Prometida Colaboro para el director de cine Raul Ruiz en los filmes La Expropiacion y Realismo Socialista Su trabajo mas emblematico fue La batalla de Chile bajo la direccion de Patricio Guzman Jorge Muller fue el unico miembro del equipo que se quedo en Chile por lo que nunca pudo ver la obra completada que tuvo que ser sacada del pais a traves de la embajada de Suecia En el gobierno de la Unidad Popular se involucro fuertemente en el equipo de filmacion del Presidente Salvador Allende Incluso viajo junto con el mandatario hacia la Union Sovietica y lo acompano a muchas otras partes 1 La noche anterior a la detencion ambos habian concurrido al cine Las Condes al estreno de la pelicula A la sombra del Sol en cuya produccion habian participado La pareja detenida fue conducida al recinto de la DINA de Villa Grimaldi En este lugar fueron objeto de torturas Ex presos politicos del recinto son testigos de la permanencia de Jorge Muller y Carmen Bueno en Villa Grimaldi Jorge Muller en tanto estuvo en Villa Grimaldi en la misma celda que Victor Zuniga quien converso con el y fueron trasladados en la misma epoca a Cuatro Alamos no quedando juntos en esta ocasion En el recinto de Cuatro Alamos los testigos coinciden en manifestar que Jorge y Cecilia se comunicaban en este recinto por senas cuando las mujeres eran llevadas al bano Fueron sorprendidos en estas comunicaciones por un agente Jorge Muller fue conducido a la oficina del Jefe del recinto Orlando Manzo Duran el que lo amonesto y le dijo que seria castigado Al dia siguiente de este incidente la pareja fue sacada de Cuatro Alamos no volvieron a ser vistos en ningun otro lugar 2 En noviembre de 1975 el delegado chileno ante las Naciones Unidas Sergio Diez Palma entrego un Informe del gobierno militar que el representaba a la Comision de Derechos Humanos de la ONU En esta exposicion el Embajador Diez intento demostrar que las denuncias de desaparicion de prisioneros y las violaciones a los derechos humanos en Chile eran falsas y mal intencionadas Entre otras cosas entrego un listado de setenta personas que habian sido denunciadas como desaparecidas las cuales no tendrian existencia legal entre estos nombres figuraba el de Jorge Muller Silva Sin embargo como el tenia ademas nacionalidad alemana ya que su padre es aleman la Embajada de Alemania Federal pidio explicaciones al gobierno militar el que respondio a traves del Ministerio de Relaciones Exteriores que la inclusion de Muller en este Informe se debio a un lamentable error cuyas causas se investigan El resultado de esta supuesta investigacion nunca se conocio 3 Proceso judicial en dictadura EditarEl 7 de diciembre de 1974 se interpuso un recurso de amparo en favor de Carmen Bueno ante la Corte de Apelaciones de Santiago rol 1534 74 el que fue declarado sin lugar el 23 de enero de 1975 La Corte ordeno remitir los antecedentes al Juzgado del Crimen correspondiente para que se investigaran los hechos denunciados la causa rol 91 149 en el 6 Juzgado del Crimen de Santiago a la cual se acumulo en mayo del mismo ano una denuncia presentada ante el mismo Tribunal por presunta desgracia de Jorge Muller El 16 de diciembre de 1975 se cerro el sumario y se dicto sobreseimiento temporal por no encontrarse acreditado el delito El 14 de mayo de 1976 el padre de Carmen Bueno vuelve a interponer un recurso de amparo en favor de la joven ante la Corte de Apelaciones de Santiago rol 400 76 Sin embargo una vez mas tambien la Corte rechazo el recurso En mayo de 1979 el Ministro Servando Jordan designado para investigar las causas por desaparicion de personas detenidas por la DINA El Ministro Jordan acumulo a este proceso otra causa por presunta desgracia de Jorge Muller el Juez cerro el Sumario y dicto sobreseimiento temporal por no encontrarse acreditado el delito a los diez dias de haberse abierto el sumario El Ministro Jordan se declaro incompetente para continuar la investigacion por desaparicion de Carmen Bueno y Jorge Muller y remitio los antecedentes a la 2a Fiscalia Militar La causa 553 78 de la 2 Fiscalia Militar tuvo a la vista los antecedentes que acumulo el Ministro en Visita por casos de detenidos desaparecidos Sin que se realizaran diligencias durante cuatro anos el 20 de noviembre de 1989 el Teniente Coronel de Ejercito Enrique Ibarra Chamorro Fiscal General Militar solicito para esta causa la aplicacion del Decreto Ley de Amnistia D L 2 191 porque el proceso habia tenido como finalidad exclusiva la investigacion de presuntos delitos ocurridos durante el periodo comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978 y porque durante los 10 anos de tramitacion no se habia logrado determinar responsabilidad de persona alguna El 30 de noviembre de 1989 la solicitud fue acogida por el 2do Juzgado Militar el que sobreseyo total y definitivamente la causaLa madre de Jorge Muller enfermo de un cancer que le provoco la muerte el ano 1990 sin que pudiera encontrar a su hijo ni conocer toda la verdad de lo que le sucedio 4 Informe Rettig EditarFamiliares de Jorge Muller Silva presentaron su caso ante la Comision Rettig Comision de Verdad que tuvo la mision de calificar casos de detenidos desaparecidos y ejecutados durante la dictadura Sobre el caso de Carmen Bueno y Jorge Muller el Informe Rettig senalo que El 29 de noviembre de 1974 fueron detenidos en la via publica en Santiago cuando se dirigian a su trabajo los militantes del MIR Jorge Hernan MULLER SILVA y su companera de trabajo en Chile Films Carmen Cecilia BUENO CIFUENTES Segun testimonios ambos fueron llevados al recinto de Villa Grimaldi y luego trasladados a Cuatro Alamos desde donde desaparecieron en poder de la DINA La Comision esta convencida de que la desaparicion de ambos fue obra de agentes del Estado quienes violaron asi sus derechos humanos 5 Proceso judicial en democracia EditarEl caso de Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Muller Silva fue investigado por el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernan Crisosto El magistrado investigo el proceso Episodio Operacion Colombo en un caso que denomino Carmen Cecilia Bueno Cifuentes con el rol N º 2182 98 con el objetivo de investigar el delito de secuestro calificado y el delito de aplicacion de tormentos a de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernan Muller Silva El 27 de noviembre el ministro Hernan Crisosto dicto condena en contra de 56 exagentes de la Direccion de Inteligencia Nacional DINA por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de la pareja de cineastas Carmen Bueno y Jorge Muller En la resolucion el ministro de fuero condeno a los exagentes DINA Cesar Manriquez Bravo Pedro Espinoza Bravo Raul Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a penas de 20 anos de prision en calidad de autores de los delitos En tanto deberan purgar 12 anos de prision Tambien como autores los exagentes DINA Orlando Manzo Duran Manuel Andres Carevic Cubillos Alejandro Francisco Astudillo Adonis Demostenes Eugenio Cardenas Saavedra Sylvia Teresa Oyarce Pinto Gerardo Ernesto Godoy Garcia Manuel Heriberto Avendano Gonzalez Heriberto del Carmen Acevedo Nelson Aquiles Ortiz Vignolo Julio Jose Hoyos Zegarra Silvio Antonio Concha Gonzalez Pedro Ariel Araneda Araneda Jose Mario Friz Esparza Luis Rigoberto Videla Inzunza Jorge Segundo Madariaga Acevedo Teresa del Carmen Osorio Navarro Jose Abel Aravena Ruiz Ricardo Victor Lawrence Mires Ciro Ernesto Torre Saez Basclay Humberto Zapata Reyes Rosa Humilde Ramos Hernandez Pedro Rene Alfaro Fernandez Luis Rene Torres Mendez Rodolfo Valentino Concha Rodriguez Juan Angel Urbina Caceres Jeronimo del Carmen Neira Mendez Luis Fernando Espinace Contreras Palmira Isabel Almuna Guzman Hugo Ruben Delgado Carrasco Carlos Lopez Inostroza Hugo del Transito Hernandez Valle Francisco Maximiliano Ferrer Lima Fernando Eduardo Lauriani Maturana Hector Wacinton Briones Burgos y Leonidas Emiliano Mendez Moreno Asimismo el ministro Crisosto condeno a penas de 6 anos de prision como complices de ambos delitos a los agentes Daniel Valentin Cancino Varas Fernando Enrique Guerra Guajardo Jorge Antonio Lepileo Barrios Lautaro Eugenio Diaz Espinoza Raul Alberto Soto Perez Jose Jaime Mora Diocares Eugenio Jesus Fieldhouse Chavez Jaime Humberto Paris Ramos Jose Stalin Munoz Leal Juan Carlos Escobar Valenzuela Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo Victor Manuel San Martin Jimenez Juvenal Alfonso Pina Garrido Reinaldo Concha Orellana Osvaldo Octavio Castillo Arellano Guido Arnoldo Jara Brevis Hugo Hernan Claveria Leiva Carlos Enrique Miranda Mesa Victor Manuel Alvarez Droguett Olegario Enrique Gonzalez Moreno Miguel Angel Yanez Ugalde Victor Manuel Molina Astete Gustavo Galvarino Caruman Soto Rafael de Jesus Riveros Frost y Hector Carlos Diaz Cabezas En el caso del agente Samuel Fuenzalida Devia se le aplico una sentencia de 3 anos y un dia de prision por su responsabilidad como autor con el beneficio de la libertad vigilada Asimismo fueron absueltos los agentes Alejandro Francisco Molina Cisternas Nelson Alberto Paz Bustamante Hector Raul Valdebenito Araya Carlos Enrique Letelier Verdugo Herman Eduardo Avalos Munoz y Raul Bernardo Toro Montes 6 En la etapa de investigacion el ministro Hernan Crisosto logro determinar los siguientes hechos El dia 29 de noviembre de 1974 Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernan Muller Silva militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR fueron detenidos en la via publica en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago por agentes pertenecientes a la Direccion Nacional de Inteligencia DINA quienes los introdujeron a una camioneta C 10 y los trasladaron al recinto de reclusion clandestino de la DINA denominado Villa Grimaldi ubicado en Lo Arrieta N 8200 de La Reina y posteriormente al recinto de reclusion clandestino denominado Cuatro Alamos ubicado en calle Canada N 3000 de Santiago que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenian acceso los agentes de la DINA Los ofendidos Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernan Muller Silva durante su estada en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Alamos permanecieron sin contacto con el exterior vendados y amarrados siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles con el proposito de obtener informacion relativa a integrantes del MIR para proceder a la detencion de sus miembros La ultima vez que las victimas Bueno Cifuentes y Muller Silva fueron vistos con vida ocurrio un dia no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974 sin que exista hasta la fecha antecedentes sobre el paradero de ambos encontrandose desparecidos hasta la fecha 7 En segunda instancia el 6 de marzo de 2020 la Corte de Apelaciones de Santiago condeno a exmiembros de la Direccion de Inteligencia Nacional DINA como autores del delito de secuestro calificado del matrimonio de Carmen Bueno y Jorge Muller En fallo dividido se confirmo la sentencia dictada por el ministro en visita Hernan Crisosto en la parte que condeno a 31 exagentes por su participacion en el delito perpetrado en el marco del operativo conocido como Operacion Colombo En la causa los exagentes DINA fueron condenados por el delito a Cesar Manriquez Bravo 20 anos de prision Pedro Espinosa 20 anos de prision Raul Iturriaga 20 anos de prision Miguel Krassnoff 20 anos de prision En el caso de los exagentes DINA Manuel Carevic Cubillos Alejandro Astudillo Adonis Demostenes Cardenas Saavedra Sylvia Oyarce Pinto Gerardo Godoy Garcia Manuel Avendano Gonzalez Heriberto del Carmen Acevedo Nelson Ortiz Vignolo Silvio Concha Gonzalez Pedro Araneda Araneda Luis Videla Inzunza Jorge Madariaga Acevedo Teresa Osorio Navarro Jose Aravena Ruiz Ricardo Lawrence Mires Ciro Torre Saez Rosa Ramos Hernandez Pedro Alfaro Fernandez Luis Torres Mendez Juan Urbina Caceres Jeronimo Neira Mendez Palmira Almuna Guzman Hugo Delgado Carrasco Carlos Lopez Inostroza Hugo Hernandez Valle Francisco Ferrer Lima y Fernando Lauriani Maturana se ratifico que deberan purgar 12 anos de prision En tanto la sala revoco la resolucion en la parte que condeno a los procesados Julio Jose Hoyos Zegarra Rodolfo Concha Rodriguez Luis Espinace Contreras Leonidas Mendez Moreno y Samuel Fuenzalida Devia como autores de los delitos de secuestro de Bueno Cifuentes y Muller Silva Asimismo se revocaron las condenas en calidad de complices de los exagentes DINA Raul Alberto Soto Perez Jose Mora Diocares Daniel Valentin Cancino Varas Jaime Humberto Paris Ramos Jose Stalin Munoz Leal Juan Carlos Escobar Valenzuela Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo Juvenal Alfonso Pina Garrido Osvaldo Octavio Castillo Arellano Reinaldo Alfonso Concha Orellana Fernando Enrique Guerra Guajardo Guido Arnoldo Jara Brevis Hugo Hernan Claveria Leiva Carlos Enrique Miranda Mesa Victor Manuel Alvarez Droguett Victor Manuel Molina Astete Olegario Enrique Gonzalez Moreno Miguel Angel Yanez Ugalde Hector Carlos Diaz Cabezas Jorge Antonio Lepileo Barrios Lautaro Eugenio Diaz Espinoza Victor Manuel San Martin Jimenez y Rafael de Jesus Riveros Frost decretando en su lugar que todos quedan absueltos de los cargos formulados en su contra Decision acordada con el voto en contra del ministro Llanos quien estuvo por confirmar la sentencia recurrida respecto de los procesados Samuel Fuenzalida Devia Rodolfo Valentino Concha Rodriguez Daniel Cancino Varas y Pedro Bitterlich Jaramillo 8 Memoria dia del Cine Chileno EditarEn recuerdo de la detencion y desaparicion de los cineastas Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Hernan Muller Silva es que el dia de su detencion el 29 de noviembre se conmemora el Dia del Cine Chileno 9 Vease tambien EditarVilla Grimaldi Anexo Detenidos desaparecidos de ChileReferencias Editar La vida y obra de Jorge Muller Silva el recordado camarografo de La Batalla de Chile Jorge Muller Silva en Memoria Viva Jorge Muller Silva en Memoria Viva Jorge Muller Silva en Memoria Viva Informe de la Comision Nacional de Verdad y Reconciliacion Santiago Edicion Oficial 1991 p 793 Ministro Hernan Crisosto condena a 56 agente de la DINA por el secuestro calificado de pareja de cineastas Ministro Hernan Crisosto condena a 56 agente de la DINA por el secuestro calificado de pareja de cineastas Corte de Santiago condena a 31 exagentes de la DINA por secuestro calificado de cineastas Dia del Cine ChilenoBibliografia EditarComision Nacional de Verdad y Reconciliacion 1991 Informe de la Comision Nacional de Verdad y Reconciliacion Santiago Edicion Oficial Enlaces externos EditarJorge Muller Silva en Memoria Viva Jorge Muller Silva en las historias que podemos contar Jorge Muller Silva en Los Latidos de la Memoria La historia de amor y compromiso politico de Carmen Bueno y Jorge Muller Homenaje a Jorge Muller La vida y obra de Jorge Muller Silva el recordado camarografo de La Batalla de Chile Obtenido de https es wikipedia org w index php title Jorge Muller Silva amp oldid 133918390, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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