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Gobernador de Yucatán

El Gobernador Constitucional del Estado de Yucatán es el titular del poder ejecutivo y de la administración pública de la entidad federativa mexicana de Yucatán. Su origen está establecido en la Constitución Política del Estado en su Título Quinto. De carácter unipotestal, la elección del gobernador es a través del voto popular directo y universal. El gobernador se encuentra auxiliado, para el ejercicio de la administración pública y de hacienda del Estado, de órganos centralizados establecidos como dependencias o secretarías, quien estará a cargo de un titular denominado Secretario. La duración es de 6 años sin posibilidad de ejercer el cargo por un segundo periodo, sea su origen constitucional, interino, provisional o sustituto e iniciará funciones el 1 de octubre del año realizada la elección.

Gobernador de Yucatán

Escudo de armas del Estado de Yucatán.
Titular
Mauricio Vila Dosal
Desde el 1 de octubre de 2018

Sede Palacio de Gobierno del Estado de Yucatán
Designado por Votación por elección popular.
Duración 6 años, sin posibilidad de reelección.
Precedido por Rolando Zapata Bello
Salario $141,152 pesos mensuales[1]
Sitio web http://www.yucatan.gob.mx/
Palacio de Gobierno del Estado de Yucatán, sede del titular del Poder Ejecutivo.

Se denominará Gobernador Interino a aquel que sea nombrado por el Congreso del Estado de Yucatán en sesión, mientras se convoca a elecciones nuevas, si ocurriese una falta absoluta del gobernador constitucional a menos de 2 años de haber iniciado su periodo.

Se denominará Gobernador Provisional a aquel nombrado por la Comisión Permanente del Congreso del Estado, en el tiempo que se organizan elecciones nuevas, cuando este no se encuentre en sesiones, si ocurriese la falta absoluta del gobernador constitucional a menos de 2 años de haber iniciado su periodo; el gobernador provisional nombrará posteriormente a un gobernador interino.

El cargo de Gobernador Sustituto será denominado al ciudadano nombrado para ejercerlo, si durante en los últimos 4 años del periodo ocurriese una falta absoluta del gobernador constitucional. [2]

Requisitos para llegar a la Gubernatura de Yucatán

El artículo 46 y 47 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán señalan que para ser Gobernador del Estado de manera electa o interina, se requieren:[2]

  • I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento y tener además la calidad de ciudadano yucateco en el ejercicio de sus derechos;
  • II.- Haber nacido en el Estado y con vecindad no menor de un año inmediatamente anterior al día de la elección. La vecindad no se pierde por desempeñar el cargo de Diputado Federal o Senador;
  • III.- En caso de no haber nacido en el Estado, tener residencia efectiva en él no menor de 5 años inmediatamente anteriores al día de la elección;
  • IV.- Tener 30 años cumplidos el día de la elección;
  • V.- No ser ministro de culto religioso alguno, salvo que se haya separado definitivamente 5 años antes del día de la elección;
  • VI.- No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército o corporación similar, 90 días antes de la fecha de la elección;
  • VII.- No ser titular o encargado del despacho de alguna de las dependencias a que se refiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, a menos que se separe de su puesto 90 días antes de la fecha de la elección;
  • VIII.- No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 53; y (sic)
  • IX.- No haber sido sentenciado con resolución firme de autoridad judicial competente, por la comisión de delito intencional, que amerite pena privativa de la libertad;
  • X.- No ser Magistrado del Tribunal Superior de Justicia o del Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios, Consejero de la Judicatura, Diputado local, Regidor o Síndico, a menos que se separe de su cargo 120 días antes de la fecha de la elección;
  • XI.- No ser Magistrado o Secretario del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado, Consejero, Secretario Ejecutivo o sus equivalentes, de los órganos electorales locales o federales, a menos que se separen de sus funciones 3 años antes de la fecha de la elección;
  • XIII.- Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar vigente.

Facultades y obligaciones del gobernador

El artículo 55 de la Constitución Política del Estado de Yucatán menciona que es facultad del Gobernador del Estado:[2]

"...
  • I.- publicar y hacer cumplir las Leyes federales;
  • II.- promulgar, publicar y ejecutar las leyes que expida el Congreso, proveer en su esfera administrativa, exacta observancia. Publicar los bandos y reglamentos que acuerden los ayuntamientos, siempre y cuando, estos no cuenten con sus propios órganos de difusión oficial;
  • III.- nombrar y remover a los titulares de las dependencias que señala el Código de la Administración Pública de Yucatán, cuyo nombramiento o remoción no estén determinados de otro modo en la Constitución o en las leyes;
  • IV.- disponer de la Guardia Nacional;
  • V.- disponer de las policías municipales, en aquellos casos que considere como causa de fuerza mayor, o alteración grave del orden público;
  • VI.- nombrar uno o más apoderados para asuntos judiciales, dentro o fuera del Estado;
  • VIII.- pedir a la Diputación Permanente que convoque al Congreso a sesiones extraordinarias.
  • IX.- facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones;
  • X.- hacer observaciones a las Leyes y a los Decretos, en los términos que establece el artículo 38 de esta Constitución;
  • XIII.- expedir la convocatoria para las elecciones ordinarias;
  • XIV.- presentar ante el Congreso del Estado, a más tardar el día 25 de noviembre de cada año, las iniciativas relativas a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, que hubieren de regir durante el año inmediato siguiente;
  • XV.- resolver definitivamente por sí o por conducto del funcionario que al efecto señale el Código de la Administración Pública de Yucatán, sobre las sanciones que las autoridades administrativas apliquen por infracciones a los reglamentos gubernativos, de policía y de los demás recursos que conforme a las Leyes competan;
  • XVII.- practicar visitas oficiales, cuando lo crea conveniente, a los municipios del Estado;
  • XVIII.- concurrir al Congreso, cuando lo juzgue conveniente, para presentar o sostener alguna Iniciativa del Ejecutivo o autorizar a cualquier funcionario del mismo para dicho objeto;
  • XIX.- conceder licencia a los servidores públicos y empleados de la Administración Pública Estatal en el ejercicio de su cargo, en términos de la ley;
  • XX.- pedir la protección de los Poderes de la Unión en caso de sublevación o trastorno interior; y
  • XXI.- conceder primas y subsidios a los que establezcan en el Estado, industrias y cultivos nuevos, necesarios o ampliados;
  • XXII.- establecer los procedimientos de participación y consulta popular en el Sistema Estatal de Planeación Integral y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas sectoriales, especiales, institucionales y operativos;
    • XXII Bis.- disponer lo necesario, en los términos de la ley respectiva, para garantizar el resultado de los plebiscitos;
  • XXIII.- elaborar y remitir el Plan Estatal de Desarrollo, sus actualizaciones, los programas mencionados en la fracción XXII de este Artículo, así como los criterios que le sirven de base al Congreso del Estado para su conocimiento y consideración al ejercer sus atribuciones constitucionales;
  • XXIV.- presentar la cuenta pública con la documentación respectiva, en los términos establecidos en la Ley de la materia, y
  • XXV.- las demás que le confieren esta Constitución y otras Leyes.

Gobernadores de Yucatán contemporáneos

Esta es la lista de los gobernadores que han ejercido el cargo para periodos sexenales, a partir del año 1946, iniciando con José González Beytia:[3]

Imagen Gobernador Período Partido Notas
José González Beytia 1946 - 1951   Primer gobernador electo para un periodo sexenal, dimitió al cargo
Humberto Esquivel Medina 1951 - 1952   Interino
Tomás Marentes Miranda 1952 - 1953   Presionado a pedir licencia
Víctor Mena Palomo 1953 - 1958   Interino
Agustín Franco Aguilar 1958 - 1964  
  Luis Torres Mesías 1964 - 1970  
Carlos Loret de Mola Mediz 1970 - 1976  
  Francisco Luna Kan 1976 - 1982  
Graciliano Alpuche Pinzón 1982 - 1984   Obligado a pedir licencia
  Víctor Cervera Pacheco 1984 - 1988   Interino
Víctor Manzanilla Schaffer 1988 - 1991   Renunció al cargo
  Dulce María Sauri Riancho 1991 - 1993   Interina, primera mujer gobernadora de Yucatán
Ricardo Ávila Heredia 1993 - 1994 Encargado del despacho/Interino
Federico Granja Ricalde 1994 - 1995   Electo por el Congreso del Estado.
  Víctor Cervera Pacheco 1995 - 2001  
  Patricio Patrón Laviada 2001 - 2007   Primer gobernador electo del Partido Acción Nacional
  Ivonne Ortega Pacheco 2007 - 2012   Primera mujer electa Gobernadora. Ejerció el cargo durante un quinquenio, en vez de sexenio, por haberse recortado su mandato para hacer coincidir las siguientes elecciones estatales con las federales.
  Rolando Zapata Bello 2012 - 2018  
  Mauricio Vila Dosal 2018 - 2024  

Véase también

Referencias

  1. http://yucatan.gob.mx/docs/transparencia/imco/2015/vi-46-pag331-334.pdf
  2. Constitución Política del Estado de Yucatán, Última reforma publicada en el Diario Oficial del Estado: 31 de julio de 2019.
  3. Gobierno del Estado de Yucatán Cronología de los Gobernadores de Yucatán. Consultado el 22/09/2015.
  •   Datos: Q5589736
  •   Multimedia: Governors of Yucatán

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No debe confundirse con Gobernantes de Yucatan articulo que contiene informacion del ambito historico El Gobernador Constitucional del Estado de Yucatan es el titular del poder ejecutivo y de la administracion publica de la entidad federativa mexicana de Yucatan Su origen esta establecido en la Constitucion Politica del Estado en su Titulo Quinto De caracter unipotestal la eleccion del gobernador es a traves del voto popular directo y universal El gobernador se encuentra auxiliado para el ejercicio de la administracion publica y de hacienda del Estado de organos centralizados establecidos como dependencias o secretarias quien estara a cargo de un titular denominado Secretario La duracion es de 6 anos sin posibilidad de ejercer el cargo por un segundo periodo sea su origen constitucional interino provisional o sustituto e iniciara funciones el 1 de octubre del ano realizada la eleccion Gobernador de YucatanEscudo de armas del Estado de Yucatan TitularMauricio Vila DosalDesde el 1 de octubre de 2018SedePalacio de Gobierno del Estado de YucatanDesignado porVotacion por eleccion popular Duracion6 anos sin posibilidad de reeleccion Precedido porRolando Zapata BelloSalario 141 152 pesos mensuales 1 Sitio webhttp www yucatan gob mx editar datos en Wikidata Palacio de Gobierno del Estado de Yucatan sede del titular del Poder Ejecutivo Se denominara Gobernador Interino a aquel que sea nombrado por el Congreso del Estado de Yucatan en sesion mientras se convoca a elecciones nuevas si ocurriese una falta absoluta del gobernador constitucional a menos de 2 anos de haber iniciado su periodo Se denominara Gobernador Provisional a aquel nombrado por la Comision Permanente del Congreso del Estado en el tiempo que se organizan elecciones nuevas cuando este no se encuentre en sesiones si ocurriese la falta absoluta del gobernador constitucional a menos de 2 anos de haber iniciado su periodo el gobernador provisional nombrara posteriormente a un gobernador interino El cargo de Gobernador Sustituto sera denominado al ciudadano nombrado para ejercerlo si durante en los ultimos 4 anos del periodo ocurriese una falta absoluta del gobernador constitucional 2 Indice 1 Requisitos para llegar a la Gubernatura de Yucatan 2 Facultades y obligaciones del gobernador 3 Gobernadores de Yucatan contemporaneos 4 Vease tambien 5 ReferenciasRequisitos para llegar a la Gubernatura de Yucatan EditarEl articulo 46 y 47 de la Constitucion Politica del Estado Libre y Soberano de Yucatan senalan que para ser Gobernador del Estado de manera electa o interina se requieren 2 I Ser ciudadano mexicano por nacimiento y tener ademas la calidad de ciudadano yucateco en el ejercicio de sus derechos II Haber nacido en el Estado y con vecindad no menor de un ano inmediatamente anterior al dia de la eleccion La vecindad no se pierde por desempenar el cargo de Diputado Federal o Senador III En caso de no haber nacido en el Estado tener residencia efectiva en el no menor de 5 anos inmediatamente anteriores al dia de la eleccion IV Tener 30 anos cumplidos el dia de la eleccion V No ser ministro de culto religioso alguno salvo que se haya separado definitivamente 5 anos antes del dia de la eleccion VI No estar en servicio activo en caso de pertenecer al Ejercito o corporacion similar 90 dias antes de la fecha de la eleccion VII No ser titular o encargado del despacho de alguna de las dependencias a que se refiere la Ley Organica de la Administracion Publica del Estado a menos que se separe de su puesto 90 dias antes de la fecha de la eleccion VIII No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el articulo 53 y sic IX No haber sido sentenciado con resolucion firme de autoridad judicial competente por la comision de delito intencional que amerite pena privativa de la libertad X No ser Magistrado del Tribunal Superior de Justicia o del Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios Consejero de la Judicatura Diputado local Regidor o Sindico a menos que se separe de su cargo 120 dias antes de la fecha de la eleccion XI No ser Magistrado o Secretario del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado Consejero Secretario Ejecutivo o sus equivalentes de los organos electorales locales o federales a menos que se separen de sus funciones 3 anos antes de la fecha de la eleccion XIII Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar vigente Facultades y obligaciones del gobernador EditarEl articulo 55 de la Constitucion Politica del Estado de Yucatan menciona que es facultad del Gobernador del Estado 2 I publicar y hacer cumplir las Leyes federales II promulgar publicar y ejecutar las leyes que expida el Congreso proveer en su esfera administrativa exacta observancia Publicar los bandos y reglamentos que acuerden los ayuntamientos siempre y cuando estos no cuenten con sus propios organos de difusion oficial III nombrar y remover a los titulares de las dependencias que senala el Codigo de la Administracion Publica de Yucatan cuyo nombramiento o remocion no esten determinados de otro modo en la Constitucion o en las leyes IV disponer de la Guardia Nacional V disponer de las policias municipales en aquellos casos que considere como causa de fuerza mayor o alteracion grave del orden publico VI nombrar uno o mas apoderados para asuntos judiciales dentro o fuera del Estado VIII pedir a la Diputacion Permanente que convoque al Congreso a sesiones extraordinarias IX facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones X hacer observaciones a las Leyes y a los Decretos en los terminos que establece el articulo 38 de esta Constitucion XIII expedir la convocatoria para las elecciones ordinarias XIV presentar ante el Congreso del Estado a mas tardar el dia 25 de noviembre de cada ano las iniciativas relativas a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado que hubieren de regir durante el ano inmediato siguiente XV resolver definitivamente por si o por conducto del funcionario que al efecto senale el Codigo de la Administracion Publica de Yucatan sobre las sanciones que las autoridades administrativas apliquen por infracciones a los reglamentos gubernativos de policia y de los demas recursos que conforme a las Leyes competan XVII practicar visitas oficiales cuando lo crea conveniente a los municipios del Estado XVIII concurrir al Congreso cuando lo juzgue conveniente para presentar o sostener alguna Iniciativa del Ejecutivo o autorizar a cualquier funcionario del mismo para dicho objeto XIX conceder licencia a los servidores publicos y empleados de la Administracion Publica Estatal en el ejercicio de su cargo en terminos de la ley XX pedir la proteccion de los Poderes de la Union en caso de sublevacion o trastorno interior y XX Bis Solicitar a la Comision Nacional de los Derechos Humanos la investigacion de hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos XXI conceder primas y subsidios a los que establezcan en el Estado industrias y cultivos nuevos necesarios o ampliados XXII establecer los procedimientos de participacion y consulta popular en el Sistema Estatal de Planeacion Integral y los criterios para la formulacion instrumentacion control y evaluacion del plan y los programas sectoriales especiales institucionales y operativos XXII Bis disponer lo necesario en los terminos de la ley respectiva para garantizar el resultado de los plebiscitos XXIII elaborar y remitir el Plan Estatal de Desarrollo sus actualizaciones los programas mencionados en la fraccion XXII de este Articulo asi como los criterios que le sirven de base al Congreso del Estado para su conocimiento y consideracion al ejercer sus atribuciones constitucionales XXIV presentar la cuenta publica con la documentacion respectiva en los terminos establecidos en la Ley de la materia y XXV las demas que le confieren esta Constitucion y otras Leyes Gobernadores de Yucatan contemporaneos EditarArticulo principal Gobernantes de Yucatan Esta es la lista de los gobernadores que han ejercido el cargo para periodos sexenales a partir del ano 1946 iniciando con Jose Gonzalez Beytia 3 Imagen Gobernador Periodo Partido NotasJose Gonzalez Beytia 1946 1951 Primer gobernador electo para un periodo sexenal dimitio al cargoHumberto Esquivel Medina 1951 1952 InterinoTomas Marentes Miranda 1952 1953 Presionado a pedir licenciaVictor Mena Palomo 1953 1958 InterinoAgustin Franco Aguilar 1958 1964 Luis Torres Mesias 1964 1970 Carlos Loret de Mola Mediz 1970 1976 Francisco Luna Kan 1976 1982 Graciliano Alpuche Pinzon 1982 1984 Obligado a pedir licencia Victor Cervera Pacheco 1984 1988 InterinoVictor Manzanilla Schaffer 1988 1991 Renuncio al cargo Dulce Maria Sauri Riancho 1991 1993 Interina primera mujer gobernadora de YucatanRicardo Avila Heredia 1993 1994 Encargado del despacho InterinoFederico Granja Ricalde 1994 1995 Electo por el Congreso del Estado Victor Cervera Pacheco 1995 2001 Patricio Patron Laviada 2001 2007 Primer gobernador electo del Partido Accion Nacional Ivonne Ortega Pacheco 2007 2012 Primera mujer electa Gobernadora Ejercio el cargo durante un quinquenio en vez de sexenio por haberse recortado su mandato para hacer coincidir las siguientes elecciones estatales con las federales Rolando Zapata Bello 2012 2018 Mauricio Vila Dosal 2018 2024 Vease tambien EditarGobernantes de Yucatan Gobernadores de los Estados Unidos MexicanosReferencias Editar http yucatan gob mx docs transparencia imco 2015 vi 46 pag331 334 pdf a b c Constitucion Politica del Estado de Yucatan Ultima reforma publicada en el Diario Oficial del Estado 31 de julio de 2019 Gobierno del Estado de Yucatan Cronologia de los Gobernadores de Yucatan Consultado el 22 09 2015 Datos Q5589736 Multimedia Governors of YucatanObtenido de https es wikipedia org w index php title Gobernador de Yucatan amp oldid 136481737, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, 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