Estatuto de Garantías Democráticas
El Estatuto de Garantías Democráticas,[2] también conocido como Estatuto de Garantías Constitucionales[3] o como Pacto de garantías democráticas,[4] fue una reforma constitucional impulsada y aprobada hacia el final del Gobierno de Eduardo Frei Montalva como condición del Partido Demócrata Cristiano (PDC) para apoyar con sus votos en el Congreso la ratificación de Salvador Allende.
La reforma apuntaba a asegurar la libertad de expresión, el derecho a reunión, el sistema nacional de educación, la inviolabilidad de la correspondencia, los derechos de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, la libertad ambulatoria y su régimen, el fortalecimiento de la propiedad privada, la limitación de la expropiación irracional, los derechos de las diversas organizaciones sociales y las bases constitucionales de la fuerza pública para impedir el paramilitarismo, entre otros.
Antecedentes
Antes de 1989 en Chile no existía segunda vuelta electoral,[5] por lo tanto, si un candidato presidencial no alcanzaba la mayoría de 50% de los votos, debía ser el Congreso Pleno quien debía elegir como presidente a uno de los dos candidatos más votados, aunque por tradición este siempre votó a favor del candidato con la mayoría relativa de los votos.[6] La utilización del Congreso Pleno para confirmar al candidato con mayor número de votos ocurrió en cuatro oportunidades durante la vigencia de la Constitución de 1925, incluyendo la elección presidencial de 1970 ganada por Salvador Allende (solo elegido por el 36.63% de los votos), derrocado por un golpe de estado tres años después.
Sin embargo, la Unidad Popular (UP) por si sola no contaba con los votos en el senado para ratificar a Allende, pero sí el Partido Demócrata Cristiano. Se inició así, una intensa negociación sobre la ratificación del senado. La Unidad Popular apelaba a que era deber democrático ratificar a quién había sacado la mayor cantidad de los votos, por otra parte el Partido Demócrata Cristiano temía que la ratificación de Allende llevara a Chile a una Dictadura del proletariado, a una «cubanización» de Chile,[7] violando el principio de Chile como República democrática, generando fuerza paramilitar a control del gobierno, así como el desconocimiento de los tratados que Chile había suscrito en materia de dignidad y libertad humana (en específico la Declaración Universal de los Derechos Humanos). Nace así la necesidad de un Estatuto tanto para calmar a los sectores democratacristianos como para ratificar a Salvador Allende.[8]
El estatuto y su ratificación
El estatuto finalmente fue aprobado por ambos partidos en octubre de 1970. A las 10:39 del 24 de octubre, se inició la votación del Congreso Pleno, dirigido por el presidente del Senado Tomás Pablo Elorza. Sufragaron 195 parlamentarios: Allende obtuvo 153 votos contra 35 de Jorge Alessandri y 7 en blanco. En consecuencia, el Congreso proclamó a Salvador Allende cumpliendo el compromiso de la Democracia Cristiana, el estatuto por su parte fue votado y promulgado el 9 de enero de 1971 vía Ley 17 398 cumpliendo el compromiso de la Unidad Popular.[9]
El Estatuto reformulaba 24 aspectos muy diversos de la Constitución de 1925, que incluían:[10]
- Limita los casos de pérdida de nacionalidad, ciudadanía y el derecho al voto
- Asegura el libre ejercicio de derechos políticos, consagrando el sistema como democrático y republicano
- Asegura la libertad ideológica y la militancia libre en partidos políticos, además de darle autonomía a estos últimos
- Asegura la organización libre de partidos políticos, la posibilidad de presentar candidatos, generar propaganda y desarrollar intervenciones
- Asegura el pluralismo en los medios de comunicación, los partidos políticos libremente y de forma equitativa podrán dar sus opiniones en estos
- Robustece la igualdad ante la ley
- Robustece la libertad de expresión, no pudiendo entenderse como un abuso a esta libertad el difundir ideas políticas
- Establece el derecho de las personas y las organizaciones a dar su versión de los hechos y a la ratificación de la misma manera cuando sea ofendida o aludida de alguna manera
- Establece la libertad de prensa, incluyendo el formar diarios, radios y televisión (esta última limitada al estado y las universidades), limita su expropiación a una ley aprobada por mayoría de ambas cámaras
- Establece la libertad de importar, circular, trasmitir y comercializar libros, revistas, noticias e impresos, además de prohibir la discriminación en el suministro para fabricar estos, solo una ley podrá limitarlos en casos morales y contrarios a las buenas costumbres
- Robustece el Derecho de reunión en espacios libres, sin permiso y de forma pacífica
- Establece un Sistema Nacional de Enseñanza, garantizando la educación como democrática, pluralista y sin orientación partidaria, modifica los requisitos para sus reformas, estableciendo como obligación para su cambio discusión pluralista
- Crea una Superintendencia de Educación para inspeccionar que los principios de educación se cumplan.
- Se establece la libertad de los colegios a elegir los textos escolares, la fabricación de textos escolares se hará de forma pública y pluralista.
- Garantiza la autonomía universitaria, la libertad de cátedra, el financiamiento a estas.
- Garantiza un acceso y egreso sin discriminación hacia la universidad, además de garantizar la no discriminación ideológica en la contrata de profesores e investigadores universitarios
- Garantiza el debate universitario diverso y discrepante, el pluralismo doctrinario en sus textos y la libertad del estudiante de expresar sus ideas y elegir a sus profesores
- Robustece la privacidad de las cartas, la telegrafía y las comunicaciones telefónicas
- Establece la libertad de trabajo, la libertad de empresa y la libertad y autonomía sindical
- Robustece la Libertad de circulación, limitando las detenciones injustificadas
- Asegura el acceso a derechos sociales, económicos y culturales sin discriminación alguna
- Asegura la libertad de la vida social, cultural, cívica, política y económica, en plena igualdad
- Le da autonomía a las juntas de vecinos, centro de madres, sindicatos y cooperativas, exige su elección interna de forma democrática y les prohíbe arrogarse la representación del pueblo o el ejercicio de poderes del estado
- Establece como únicas fuerzas existentes las Fuerzas Armadas y Carabineros estableciéndolas como profesionales, jerarquizadas y obedientes, solo pudiendo entrar a ellas por sus propias escuelas
Consecuencias
Aprobado el estatuto, se refundió el texto de la Constitución de 1925, si bien calmo los temores de la Democracia Cristiana, fue fuertemente criticado por el sector más duro de la Izquierda Chilena, quienes veían en el estatuto un signo de debilidad en un gobierno que pretendía construir el socialismo, Allende posteriormente lo relataría como una "Necesidad táctica".[11]
Iniciado el gobierno presidente Salvador Allende se impulsó una serie de expropiaciones del sector privado,[12][13]la violencia política presente en las calles entre simpatizantes y militantes de la UP contra opositores al gobierno izquierdista, ambiente que incrementó la violencia callejera ejercida tanto por el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) en la extrema izquierda como aquella impulsada por el Frente Nacionalista Patria y Libertad (FNPL) en la extrema derecha[14], así como asesinatos políticos como el del exministro del Interior durante el gobierno del presidente Eduardo Frei Montalva, el militante demócrata cristiano Edmundo Pérez Zujovic por parte de un comando armado del grupo paramilitar de extrema izquierda Vanguardia Organizada del Pueblo (VOP), gatilló el fortalecimiento la acusación de que el gobierno de la Unidad Popular quebrantó este pacto.[15]
El acuerdo fue suspendido con el Golpe de Estado en Chile de 1973, siendo derogado con la ratificación de la Constitución de 1980.
Uso posterior y metafórico
Si bien, con la aprobación de la Constitución de 1980 el estatuto se derogó, se ha reutilizado mucho la expresión Estatuto de garantías durante el retorno a la democracia o cuando se hacen reformas que implican Garantías Fundamentales, Para el Acuerdo Nacional para la Transición a la Plena Democracia que fue un documento suscrito por representantes de diversos partidos políticos chilenos, bajo el patrocinio de la Iglesia Católica, el 25 de agosto de 1985 que traía las bases para transitar hacia una democracia plena y a posterior, para la conformación de la Concertación de Partidos por la Democracia, se ha invocado como forma de propaganda o demostración que se firmaran acuerdos de respeto a la democracia que no se cumplirán.[16]
El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentesArtículo 135 de la Ley 21200 que inicia el Proceso constituyente Chileno de 2020
También se ha señalado el Artículo 135 de la Constitución Política de 1980 como una garantía de que la Convención Constitucional no redactará un nuevo texto constitucional fuera del marco de la Declaración Universal de Derechos Humanos o que contradigan los principios democráticos, de república y los tratados que Chile ha suscrito en esta materia[17], otros lo señalan como una limitación al proceso constituyente[18]
Referencias
- «Página 40 - La democracia cristiana y el gobierno de Allende».
- «Estatuto de garantías democráticas».
- «A 50 años del triunfo de la Unidad Popular: el proyecto de nueva constitución del presidente Salvador Allende».
- «Pacto de garantías democráticas».
- «Tipos de sistemas electorales para la elección de Gobernadores Regionales* en Chile».
- «Arturo Alessandri y su época».
- «Chile, la Unidad Popular».
- «El auge y la caída de la revolución chilena».
- «Pacto de garantías democráticas».
- Ministerio de Justicia (9 de enero de 1971), «Ley 17398: Modifica la Constitución Política del Estado», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 28 de noviembre de 2015..
- «Entrevista de Régis Debray a Salvador Allende».
- «Allende y el fracaso de la vía chilena al socialismo».
- «Violencia Política (Violencia Política en Chile. 1983-1 986)».
- «Los “grupos de choque” que surgieron pre y post golpe de Estado».
- «40 años del acuerdo de la Cámara que declaró la ilegitimidad del Gobierno de Allende».
- «El miedo como práctica política en Chile».
- «Hoja en blanco y derechos humanos.».
- «¿Y la «hoja en blanco»? Las limitaciones de contenido a la Nueva Constitución del artículo 135 de la Reforma Constitucional».