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El Palmar (Quetzaltenango)

El Palmar (por la variedad de palmas de su vegetación) es un municipio del departamento de Quetzaltenango, localizado a 35 km de la ciudad de Quetzaltenango y a 178 km de la Ciudad de Guatemala en la región sur-occidente de la República de Guatemala. Celebra su fiesta titular en honor a Santiago Apóstol el 25 de julio.

El Palmar
Municipio

El Palmar
Localización de El Palmar en Guatemala
El Palmar
Localización de El Palmar en Quetzaltenango

Mapa interactivo de El Palmar.
Coordenadas 14°39′00″N 91°35′00″O / 14.65, -91.5833
Idioma oficial Español
 • Otros idiomas K'iche'
Entidad Municipio
 • País  Guatemala
 • Departamento  Quetzaltenango
Eventos históricos  
 • Fundación 1873
 • Creación 17 de octubre
Superficie  
 • Total 2300 km²
Altitud  
 • Media 705 m s. n. m.
Clima tropical, Am
Población (2022)  
 • Total 31706 hab.[1]
 • Densidad 13,79 hab/km²
Gentilicio Palmarense
Palmareño /a
IDH (2018) 0,646 (Puesto 141.º) – Medio
Huso horario UTC−6
Código postal 09019
Prefijo telefónico 502
Fiestas mayores 24 y 25 de julio
Patrono(a) Santiago el Mayor

Se considera como fecha de su creación como municipio el 17 de octubre de 1873, cuando el gobierno del general Justo Rufino Barrios expropió las tierras comunales de los indígenas para subastarlas entre sus correligionarios liberales como parte de la Reforma Agraria que se impulsó tras el triunfo de la Revolución Liberal de 1871.[2]

Después de la erupción del volcán Santa María en 1902, que destruyó el occidente de Guatemala, la actividad del volcán se mantuvo, al punto que en 1923 otra violenta erupción formó el volcán Santiaguito. Desde su formación, El Palmar fue víctima de las erupciones del nuevo volcán, hasta que fue totalmene destruido en 1986, y tuvo que trasladarse a una nueva ubicación llamada «Nuevo Palmar».

Toponimia

Cuando el municipio de Momostenango se fundó, los pobladores del municipio tenían que ir a otros lugar para incrementar su extensión territorial. Llegaron al territorio de El Palmar y lo nombraron con ese nombre debido a la variedad de palmas que existían dentro de su vegetación.[3]

División política

Cuenta con un total de dos aldeas y seis caseríos que son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala
Categoría Listado
Aldeas Niminá y San Miguelito Calahuache
Caseríos La Estancia, Monte Margarita, San Pedrito, Ojo de Agua, Belén y San Antonio Buena Vista

Costumbres y Tradiciones:

El municipio de El Palmar cuenta con muchas costumbres y tradiciones que se practican actualmente: por ejemplo tenemos bailes tradicionales como el convite típico, baile que se realiza en la feria titular del municipio el 25 de julio de cada año organizada por la agrupación cultural palmarense "Santiago Apóstol", cuyo fundador es el profesor Frisly Mazariegos, y que refleja la vivencia palmarense en sus costumbres y tradiciones.

Aldea Niminá

Es una comunidad pequeña con un pequeño territorio, y una población aproximada de 2,200 personas. Originalmente eran nueve habitantes, con casas bastante alejadas unas de otras; las familias originales eran Mazariegos, De León, Calderón, Reyes, Pérez y Ramírez: todas ellas eran originarias de San Carlos Sija, con excepción de las familias Pérez y Ramírez. Su fiesta más concurrida es el viernes santo, por la dramatización a su manera de la crucifixión.

En el siglo xxi Niminá, cuenta con centro adoquinado y calles pavimentadas, y numerosos servicios de salud y comercio, incluyendo uno de transporte de Niminá a Retalhuleu, destino donde se comercializan los productos que ofrece la comunidad.[cita requerida]

Geografía física

El municipio de El Palmar cuenta con una extensión territorial de 149 km².

Clima

La cabecera municipal de El Palmar tiene clima tropical (Köppen: Am).

   Parámetros climáticos promedio de El Palmar  
Mes Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep. Oct. Nov. Dic. Anual
Temp. máx. media (°C) 28.2 28.7 29.4 29.4 29.1 27.9 28.5 28.8 27.8 27.4 27.9 28.1 28.4
Temp. media (°C) 21.9 22.4 23.2 23.7 23.8 23.1 23.3 23.5 22.9 22.6 22.5 22.1 22.9
Temp. mín. media (°C) 15.7 16.2 17.1 18.0 18.5 18.3 18.1 18.2 18.1 17.8 17.2 16.2 17.5
Precipitación total (mm) 29 29 75 182 452 666 502 565 709 633 208 57 4107
Fuente: Climate-Data.org[4]

Ubicación geográfica

El municipio de El Palmar se encuentra en la parte sureste del departamento de Quetzaltenango. Se encuentra a una distancia de 33 km de la cabecera departamental Quetzaltenango.

Sus colindancias son:

Gobierno municipal

Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la República, que establecen su forma de organización, lo relativo a la conformación de sus órganos administrativos y los tributos destinados para los mismos. Aunque se trata de entidades autónomas, se encuentran sujetos a la legislación nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son:

Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala
N.º Ley Descripción
1 Constitución Política de la República de Guatemala Tiene una regulación legal específica para los municipios en los artículos 253 al 262.
2 Ley Electoral y de Partidos Políticos Ley de carácter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformación de sus autoridades electas.
3 Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Tiene la categoría de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios, e inclusive contiene legislación referente a la creación de los municipios.
4 Ley de Servicio Municipal Decreto 1-87 del Congreso de la República de Guatemala. Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores públicos en materia laboral. Tiene su base constitucional en el artículo 262 de la constitución que ordena la emisión de la misma.
5 Ley General de Descentralización Decreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. Regula el deber constitucional del Estado, y por ende del municipio, de promover y aplicar la descentralización y desconcentración económica y administrativa.

El gobierno de los municipios está a cargo de un Concejo Municipal[5]​ mientras que el código municipal —ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios— establece que «el concejo municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales […] y tiene su sede en la circunscripción de la cabecera municipal»; el artículo 33 del mencionado código establece que «[le] corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio».[6]

El concejo municipal se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.[5][6]

Existen también las Alcaldías Auxiliares, los Comités Comunitarios de Desarrollo (COCODE), el Comité Municipal del Desarrollo (COMUDE), las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo. Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones, y se reúnen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes, mientras que los Comités Comunitarios de Desarrollo y el Comité Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participación de las comunidades priorizando necesidades y problemas.

Los alcaldes que ha habido en el municipio son:

  • 2012-2016: René Haroldo Ramírez[7]

Historia

Tras la Reforma Liberal

El poblado prosperó lentamente, con pobladores que arribaron de municipios de Totonicapán y vivieron allí hasta 1846. Debido a los problemas de los derechos del territorio fueron obligados a trasladarse a otro lugar; tras la Reforma Liberal de 1871, siguiendo los lineamientos de la Reforma Agraria impulsada por el gobierno de Justo Rufino Barrios para favorecer a sus correligionarios, el municipio se formó tras la expropiación de tierras comunales de los indígenas de la región por medio del siguiente decreto, del 17 de octubre de 1873:[2]

 
General liberal Justo Rufino Barrios, presidente de Guatemala de 1873 a 1885.

Palacio Nacional, Guatemala, octubre 17 de 1873
Considerando: que la feracidad de los terrenos baldíos del Palmar, es tan grande que, segun se asegura, no puede apreciarse el valor de cada caballería de tierra en menos de mil pesos; siendo muy probable que sacas al asta pública, se rematen en un precio más subido al señalado en el acuerdo de 22 de julio del corriente año, atendiendo a que el número de las solicitudes excede al de las que existen y pueden concederse; que enajenándose por el precio de quinientos pesos que fija el citado acuerdo, la Hacienda públia sufriría un verdadero perjuicio en provecho tal vez, no de los agricultores, sino de especuladores, que ahora solicitan los terrenos para venderlos despues tal vez en mayor cantidad; que el plazo fijado por el referido acuerdo para el pago del valor de las tierras, es también gravoso a la Hacienda Pública, ya por los cuantiosos gastos que tiene que hacer en la actualidad, ya porque, en virtud de las circunstancias indicadas, es muy natural esperar que haya postores dispuestos a satisfacer al contado o dentro de un breve término el precio de las tierras que rematen; que a solicitud de los pueblos de Santa María de Jesús y El Palmar, el Gobierno acordó que para terminar la cuestión pendiente, se adjudicará a cada uno de ellos una legua cuadrada de los baldíos de que se trata; y que si se considera el poco provecho que los indígenas sacan de sus tierras, la costumbre que tienen de dejarlas incultas en su mayor parte, la necesidad que la Hacienda Pública tiene de fondos y la conveniencia de que los baldíos en cuestión pasen a manos de empresarios que los exploten, no solo en su provecho, sino en beneficio general de la agricultura, no podía desconocerse la utilidad de reduciar aquella concesión adjudicando a Santa María dieciocho caballerías y doce al Palmar.
Por tanto, el general Presidente de la República tiene a bien acordar:

  1. Que los terrenos concedidos a los citados pueblos se limiten al número de treinta caballerías, de las cuales se adjudicarán doce a El Palmar y dieciocho a Santa María de Jesús.
  2. Que por la Jefatura Política del departamento de Quezaltenango se proceda al remate de las caballerías restantes del Palamar; en el concepto de que la subasta se verificará en el mejor postor, así en cuanto al precio y demás condiciones de la postura, como respecto al plazo que se proponga para el pago, y que en ningún caso podrá exceder de un año.
  3. Que el remate se verifique en la base de mil pesos caballería, no pudiendo admitirse ninguna postura que baje de las dos terceras partes de esa cantidad.
  4. Que respecto a los poseedores de terrenos cultivados en El Palmar se observe lo dispuesto en los artículo 1 y 2 del acuerdo del 22 de julio del corriente año, en el concepto de que perderán esa gracia si en el preciso término de tres meses contados desde esta fecha, no justificaren, ante la Jefatura Política de Quezaltenango, haber estado en posesión de dichos terrenos con anterioridad a la citada disposición.
  5. Que verificado el remate de los lotes que comprende El Palmar, la Jefatura de Quezaltenango dé cuenta al Gobierno con los expedientes para la concesión de los respectivos títulos y pago de las sumas que hayan de cubrise de contado, y que deberán entrearse en la Tesorería general.
  6. y que en estos términos quede reformado el acuerdo ya citado del 22 de julio, con expresa declaratorio de que las disposiciones del presente se limitan a las tierras del Palmar.

Erupciones

El municipio fue víctima de muchas erupciones. A finales del año de 1923 hizo erupción el volcán Santa María arrasando a muchas vidas y destruyendo a casi todo el territorio. Gracias a la erupción se formó el volcán Santiaguito. La segunda erupción sucedió en 1929 provocado por el volcán Santiaguito destruyendo grandes terrenos de agricultura. La tercera erupción la provocó el mismo volcán en 1954 dañando nuevamente a muchos terrenos de agricultura. La cuarta erpución también fue provocada por el volcán Santiaguito en 1983 destruyendo el rastro municipal. La quinta erupción se produjo en mismo año por el volcán Santiaguito y esta vez destruyó por completo la cabecera municipal.

La erupción —tipo peleana— más grande del volcán ocurrió en 1929, la cual mató a aproximadamente 2500 personas. Mucho del material expulsado es arrastrado por las lluvias produciendo lahares que siguen el cauce de los ríos que nacen en sus faldas. Este tipo de peligro obligó al traslado de la población de El Palmar.[9]

Traslado

Debido a las grandes cantidades de destrozos que provocaron las erupciones, desde de 1983 los pobladores planificaron el traslado del municipio en un lugar adecuado. Después de 3 años, en 1986 el municipio se trasladó en la finca San José en donde se encuentra actualmente la cabecera municipal. Poco a poco las familias afectadas se trasladaron al nuevo lugar y se finalizó en el año 1988.

Véase también

Notas y referencias

Referencias

  1. INE, 2018
  2. Gobierno de Guatemala, 1881, p. 227.
  3. CCEE, s.f..
  4. . Climate-Data.org (en inglés). Archivado desde el original el 17 de marzo de 2016. Consultado el 5 de septiembre de 2016. 
  5. Asamblea Constituyente, 1985
  6. Congreso de Guatemala, 2012
  7. Prensa Libre, 2011.
  8. Gobierno de Guatemala, 1881, pp. 227-228.
  9. Prahl, 1999.

Bibliografía

  • Asamblea Constituyente (1985). . Guatemala: Gobierno de Guatemala. Archivado desde el original el 2 de febrero de 2016. 
  • CCEE (s.f.). Diagnóstico socioeconómica, potencialidades productivas y propuestas de inversión, municipio de El Palmar, departamento de Quetzaltenango. Ejercicio profesional supervisado. Guatemala: Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. 
  • Congreso de Guatemala (2012). . Guatemala: Gobierno de Guatemala. Archivado desde el original el 7 de agosto de 2015. 
  • Gobierno de Guatemala (1881). Recopilación: Las Leyes emitidas por el Gobierno democrático de la República de Guatemala, 1871-1881 I. Guatemala: Tipografía El Progreso. 
  • Prensa Libre (2011). . Prensa Libre (Guatemala). Archivado desde el original el 1 de diciembre de 2011. Consultado el 13 de septiembre de 2011. 
  • SEGEPLAN (2009). «Población del municipio de El Palmar en el año 2002». segeplan.gob.gt. Guatemala. 

Enlaces externos

    •   Datos: Q2717583
    •   Multimedia: Viejo Palmar / Q2717583

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El Palmar por la variedad de palmas de su vegetacion es un municipio del departamento de Quetzaltenango localizado a 35 km de la ciudad de Quetzaltenango y a 178 km de la Ciudad de Guatemala en la region sur occidente de la Republica de Guatemala Celebra su fiesta titular en honor a Santiago Apostol el 25 de julio El PalmarMunicipioEl PalmarLocalizacion de El Palmar en GuatemalaEl PalmarLocalizacion de El Palmar en QuetzaltenangoMapa interactivo de El Palmar Coordenadas14 39 00 N 91 35 00 O 14 65 91 5833Idioma oficialEspanol Otros idiomasK iche EntidadMunicipio Pais Guatemala Departamento QuetzaltenangoEventos historicos Fundacion1873 Creacion17 de octubreSuperficie Total2300 km Altitud Media705 m s n m Climatropical AmPoblacion 2022 Total31706 hab 1 Densidad13 79 hab km GentilicioPalmarensePalmareno aIDH 2018 0 646 Puesto 141 º MedioHuso horarioUTC 6Codigo postal09019Prefijo telefonico502Fiestas mayores24 y 25 de julioPatrono a Santiago el Mayor editar datos en Wikidata Se considera como fecha de su creacion como municipio el 17 de octubre de 1873 cuando el gobierno del general Justo Rufino Barrios expropio las tierras comunales de los indigenas para subastarlas entre sus correligionarios liberales como parte de la Reforma Agraria que se impulso tras el triunfo de la Revolucion Liberal de 1871 2 Despues de la erupcion del volcan Santa Maria en 1902 que destruyo el occidente de Guatemala la actividad del volcan se mantuvo al punto que en 1923 otra violenta erupcion formo el volcan Santiaguito Desde su formacion El Palmar fue victima de las erupciones del nuevo volcan hasta que fue totalmene destruido en 1986 y tuvo que trasladarse a una nueva ubicacion llamada Nuevo Palmar Indice 1 Toponimia 2 Division politica 2 1 Aldea Nimina 3 Geografia fisica 3 1 Clima 3 2 Ubicacion geografica 4 Gobierno municipal 5 Historia 5 1 Tras la Reforma Liberal 5 2 Erupciones 5 3 Traslado 6 Vease tambien 7 Notas y referencias 7 1 Referencias 7 2 Bibliografia 8 Enlaces externosToponimia EditarCuando el municipio de Momostenango se fundo los pobladores del municipio tenian que ir a otros lugar para incrementar su extension territorial Llegaron al territorio de El Palmar y lo nombraron con ese nombre debido a la variedad de palmas que existian dentro de su vegetacion 3 Division politica EditarCuenta con un total de dos aldeas y seis caserios que son Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala Categoria ListadoAldeas Nimina y San Miguelito CalahuacheCaserios La Estancia Monte Margarita San Pedrito Ojo de Agua Belen y San Antonio Buena Vista Costumbres y Tradiciones El municipio de El Palmar cuenta con muchas costumbres y tradiciones que se practican actualmente por ejemplo tenemos bailes tradicionales como el convite tipico baile que se realiza en la feria titular del municipio el 25 de julio de cada ano organizada por la agrupacion cultural palmarense Santiago Apostol cuyo fundador es el profesor Frisly Mazariegos y que refleja la vivencia palmarense en sus costumbres y tradiciones Aldea Nimina Editar Es una comunidad pequena con un pequeno territorio y una poblacion aproximada de 2 200 personas Originalmente eran nueve habitantes con casas bastante alejadas unas de otras las familias originales eran Mazariegos De Leon Calderon Reyes Perez y Ramirez todas ellas eran originarias de San Carlos Sija con excepcion de las familias Perez y Ramirez Su fiesta mas concurrida es el viernes santo por la dramatizacion a su manera de la crucifixion En el siglo xxi Nimina cuenta con centro adoquinado y calles pavimentadas y numerosos servicios de salud y comercio incluyendo uno de transporte de Nimina a Retalhuleu destino donde se comercializan los productos que ofrece la comunidad cita requerida Geografia fisica EditarEl municipio de El Palmar cuenta con una extension territorial de 149 km Clima Editar La cabecera municipal de El Palmar tiene clima tropical Koppen Am Parametros climaticos promedio de El Palmar Mes Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic AnualTemp max media C 28 2 28 7 29 4 29 4 29 1 27 9 28 5 28 8 27 8 27 4 27 9 28 1 28 4Temp media C 21 9 22 4 23 2 23 7 23 8 23 1 23 3 23 5 22 9 22 6 22 5 22 1 22 9Temp min media C 15 7 16 2 17 1 18 0 18 5 18 3 18 1 18 2 18 1 17 8 17 2 16 2 17 5Precipitacion total mm 29 29 75 182 452 666 502 565 709 633 208 57 4107Fuente Climate Data org 4 Ubicacion geografica Editar El municipio de El Palmar se encuentra en la parte sureste del departamento de Quetzaltenango Se encuentra a una distancia de 33 km de la cabecera departamental Quetzaltenango Sus colindancias son Norte Colomba San Martin Sacatepequez y Concepcion Chiquirichapa municipios del departamento de Quetzaltenango Este Colomba municipio del departamento de Quetzaltenango y Nuevo San Carlos municipio del departamento de Retalhuleu Oeste Zunil municipio del departamento de Quetzaltenango y San Felipe municipio del departamento de Retalhuleu Sur Nuevo San Carlos y San Felipe municipios del departamento de RetalhuleuNoroeste Colomba Norte ColombaSan Martin SacatepequezConcepcion Chiquirichapa Noreste Zunil Suroeste Nuevo San Carlos Sur Nuevo San CarlosSan Felipe Sureste San FelipeGobierno municipal EditarArticulo principal Municipios de Guatemala Los municipios se encuentran regulados en diversas leyes de la Republica que establecen su forma de organizacion lo relativo a la conformacion de sus organos administrativos y los tributos destinados para los mismos Aunque se trata de entidades autonomas se encuentran sujetos a la legislacion nacional y las principales leyes que los rigen desde 1985 son Principales leyes que rigen a los municipios de Guatemala N º Ley Descripcion1 Constitucion Politica de la Republica de Guatemala Tiene una regulacion legal especifica para los municipios en los articulos 253 al 262 2 Ley Electoral y de Partidos Politicos Ley de caracter constitucional aplicable a los municipios en el tema de la conformacion de sus autoridades electas 3 Codigo Municipal Decreto 12 2002 del Congreso de la Republica de Guatemala Tiene la categoria de ley ordinaria y contiene preceptos generales aplicables a todos los municipios e inclusive contiene legislacion referente a la creacion de los municipios 4 Ley de Servicio Municipal Decreto 1 87 del Congreso de la Republica de Guatemala Regula las relaciones entra la municipalidad y los servidores publicos en materia laboral Tiene su base constitucional en el articulo 262 de la constitucion que ordena la emision de la misma 5 Ley General de Descentralizacion Decreto 14 2002 del Congreso de la Republica de Guatemala Regula el deber constitucional del Estado y por ende del municipio de promover y aplicar la descentralizacion y desconcentracion economica y administrativa El gobierno de los municipios esta a cargo de un Concejo Municipal 5 mientras que el codigo municipal ley ordinaria que contiene disposiciones que se aplican a todos los municipios establece que el concejo municipal es el organo colegiado superior de deliberacion y de decision de los asuntos municipales y tiene su sede en la circunscripcion de la cabecera municipal el articulo 33 del mencionado codigo establece que le corresponde con exclusividad al concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio 6 El concejo municipal se integra con el alcalde los sindicos y concejales electos directamente por sufragio universal y secreto para un periodo de cuatro anos pudiendo ser reelectos 5 6 Existen tambien las Alcaldias Auxiliares los Comites Comunitarios de Desarrollo COCODE el Comite Municipal del Desarrollo COMUDE las asociaciones culturales y las comisiones de trabajo Los alcaldes auxiliares son elegidos por las comunidades de acuerdo a sus principios y tradiciones y se reunen con el alcalde municipal el primer domingo de cada mes mientras que los Comites Comunitarios de Desarrollo y el Comite Municipal de Desarrollo organizan y facilitan la participacion de las comunidades priorizando necesidades y problemas Los alcaldes que ha habido en el municipio son 2012 2016 Rene Haroldo Ramirez 7 Historia EditarArticulo principal Historia de Guatemala Tras la Reforma Liberal Editar Articulo principal Revolucion Liberal de 1871 El poblado prospero lentamente con pobladores que arribaron de municipios de Totonicapan y vivieron alli hasta 1846 Debido a los problemas de los derechos del territorio fueron obligados a trasladarse a otro lugar tras la Reforma Liberal de 1871 siguiendo los lineamientos de la Reforma Agraria impulsada por el gobierno de Justo Rufino Barrios para favorecer a sus correligionarios el municipio se formo tras la expropiacion de tierras comunales de los indigenas de la region por medio del siguiente decreto del 17 de octubre de 1873 2 General liberal Justo Rufino Barrios presidente de Guatemala de 1873 a 1885 Palacio Nacional Guatemala octubre 17 de 1873 Considerando que la feracidad de los terrenos baldios del Palmar es tan grande que segun se asegura no puede apreciarse el valor de cada caballeria de tierra en menos de mil pesos siendo muy probable que sacas al asta publica se rematen en un precio mas subido al senalado en el acuerdo de 22 de julio del corriente ano atendiendo a que el numero de las solicitudes excede al de las que existen y pueden concederse que enajenandose por el precio de quinientos pesos que fija el citado acuerdo la Hacienda publia sufriria un verdadero perjuicio en provecho tal vez no de los agricultores sino de especuladores que ahora solicitan los terrenos para venderlos despues tal vez en mayor cantidad que el plazo fijado por el referido acuerdo para el pago del valor de las tierras es tambien gravoso a la Hacienda Publica ya por los cuantiosos gastos que tiene que hacer en la actualidad ya porque en virtud de las circunstancias indicadas es muy natural esperar que haya postores dispuestos a satisfacer al contado o dentro de un breve termino el precio de las tierras que rematen que a solicitud de los pueblos de Santa Maria de Jesus y El Palmar el Gobierno acordo que para terminar la cuestion pendiente se adjudicara a cada uno de ellos una legua cuadrada de los baldios de que se trata y que si se considera el poco provecho que los indigenas sacan de sus tierras la costumbre que tienen de dejarlas incultas en su mayor parte la necesidad que la Hacienda Publica tiene de fondos y la conveniencia de que los baldios en cuestion pasen a manos de empresarios que los exploten no solo en su provecho sino en beneficio general de la agricultura no podia desconocerse la utilidad de reduciar aquella concesion adjudicando a Santa Maria dieciocho caballerias y doce al Palmar Por tanto el general Presidente de la Republica tiene a bien acordar Que los terrenos concedidos a los citados pueblos se limiten al numero de treinta caballerias de las cuales se adjudicaran doce a El Palmar y dieciocho a Santa Maria de Jesus Que por la Jefatura Politica del departamento de Quezaltenango se proceda al remate de las caballerias restantes del Palamar en el concepto de que la subasta se verificara en el mejor postor asi en cuanto al precio y demas condiciones de la postura como respecto al plazo que se proponga para el pago y que en ningun caso podra exceder de un ano Que el remate se verifique en la base de mil pesos caballeria no pudiendo admitirse ninguna postura que baje de las dos terceras partes de esa cantidad Que respecto a los poseedores de terrenos cultivados en El Palmar se observe lo dispuesto en los articulo 1 y 2 del acuerdo del 22 de julio del corriente ano en el concepto de que perderan esa gracia si en el preciso termino de tres meses contados desde esta fecha no justificaren ante la Jefatura Politica de Quezaltenango haber estado en posesion de dichos terrenos con anterioridad a la citada disposicion Que verificado el remate de los lotes que comprende El Palmar la Jefatura de Quezaltenango de cuenta al Gobierno con los expedientes para la concesion de los respectivos titulos y pago de las sumas que hayan de cubrise de contado y que deberan entrearse en la Tesoreria general y que en estos terminos quede reformado el acuerdo ya citado del 22 de julio con expresa declaratorio de que las disposiciones del presente se limitan a las tierras del Palmar General Presidente Justo Rufino BarriosMarco Aurelio SotoRecopilacion de las Leyes de la Republica de Guatemala 1871 1881 8 Erupciones Editar Articulo principal Volcan Santiaguito El municipio fue victima de muchas erupciones A finales del ano de 1923 hizo erupcion el volcan Santa Maria arrasando a muchas vidas y destruyendo a casi todo el territorio Gracias a la erupcion se formo el volcan Santiaguito La segunda erupcion sucedio en 1929 provocado por el volcan Santiaguito destruyendo grandes terrenos de agricultura La tercera erupcion la provoco el mismo volcan en 1954 danando nuevamente a muchos terrenos de agricultura La cuarta erpucion tambien fue provocada por el volcan Santiaguito en 1983 destruyendo el rastro municipal La quinta erupcion se produjo en mismo ano por el volcan Santiaguito y esta vez destruyo por completo la cabecera municipal La erupcion tipo peleana mas grande del volcan ocurrio en 1929 la cual mato a aproximadamente 2500 personas Mucho del material expulsado es arrastrado por las lluvias produciendo lahares que siguen el cauce de los rios que nacen en sus faldas Este tipo de peligro obligo al traslado de la poblacion de El Palmar 9 Traslado Editar Debido a las grandes cantidades de destrozos que provocaron las erupciones desde de 1983 los pobladores planificaron el traslado del municipio en un lugar adecuado Despues de 3 anos en 1986 el municipio se traslado en la finca San Jose en donde se encuentra actualmente la cabecera municipal Poco a poco las familias afectadas se trasladaron al nuevo lugar y se finalizo en el ano 1988 Vease tambien Editar Portal Guatemala Contenido relacionado con Geografia Elecciones municipales de Guatemala de 2015 Historia Territorial de Guatemala Organizacion territorial de GuatemalaNotas y referencias EditarReferencias Editar INE 2018 a b Gobierno de Guatemala 1881 p 227 CCEE s f Climate El Palmar Climate Data org en ingles Archivado desde el original el 17 de marzo de 2016 Consultado el 5 de septiembre de 2016 a b Asamblea Constituyente 1985 a b Congreso de Guatemala 2012 Prensa Libre 2011 Gobierno de Guatemala 1881 pp 227 228 Prahl 1999 Bibliografia Editar Asamblea Constituyente 1985 Constitucion Politica de la Republica de Guatemala Guatemala Gobierno de Guatemala Archivado desde el original el 2 de febrero de 2016 CCEE s f Diagnostico socioeconomica potencialidades productivas y propuestas de inversion municipio de El Palmar departamento de Quetzaltenango Ejercicio profesional supervisado Guatemala Facultad de Ciencias Economicas de la Universidad de San Carlos de Guatemala Congreso de Guatemala 2012 Codigo Municipal de Guatemala Guatemala Gobierno de Guatemala Archivado desde el original el 7 de agosto de 2015 Gobierno de Guatemala 1881 Recopilacion Las Leyes emitidas por el Gobierno democratico de la Republica de Guatemala 1871 1881 I Guatemala Tipografia El Progreso Prensa Libre 2011 Ganadores del poder local en las elecciones de Guatemala 2011 Prensa Libre Guatemala Archivado desde el original el 1 de diciembre de 2011 Consultado el 13 de septiembre de 2011 SEGEPLAN 2009 Poblacion del municipio de El Palmar en el ano 2002 segeplan gob gt Guatemala Enlaces externos EditarInformacion Completa sobre El Palmar Datos Q2717583 Multimedia Viejo Palmar Q2717583 Obtenido de https es wikipedia org w index php title El Palmar Quetzaltenango amp oldid 146794943, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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