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Directiva 2011/62/UE

Conocida como la "Directiva de medicamentos falsificados",[1][2]​ fue creada para combatir la amenaza del incremento de dichos medicamentos en la Unión Europea.

Se trata de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, redactada en Estrasburgo, que modifica la anterior de 2001/83/CE (Directiva 2001/83/CE)[3]​ que ya fue modificada en 2010 por la Directiva 2010/84/UE[4]​en lo relativo a la Farmacovigilancia.

Esta nueva modificación, además de introducir el establecimiento y regulación de un código comunitario en relación a los medicamentos de uso humano, incluye una serie requerimientos técnicos que serán aplicados en la fabricación y distribución de medicamentos y principios activos La propuesta de esta Directiva fue redactada por la Comisión Europea y aprobada en junio de 2011. Posteriormente se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 1/7/2001 y entró en vigor 20 días después de dicha publicación.

Objetivos de la directiva

  • Diferenciar medicamento falsificado de medicamento ilegal, defectuoso o de aquellos que vulneran los derechos de la propiedad intelectual.
  • Definir los términos principio activo y excipiente.
  • Prevenir la entrada y puesta en circulación de medicamentos falsificados en las vías de suministro legal y garantizar la fiabilidad de la cadena de suministro incluyendo en la misma a todos los intermediarios.
  • Aumentar la Seguridad del Paciente reforzando los requisitos de verificación aplicables al fabricante de medicamentos.
  • Armonizar los dispositivos de seguridad de los medicamentos que necesitan receta médica, verificando la autenticidad y la identificación de envases individuales. En cuanto a los medicamentos que no necesiten receta, la directiva regula la introducción de dispositivos de seguridad en los casos en los que, con carácter excepcional, una evaluación muestre un riesgo de falsificación que tenga graves consecuencias.
  • Exigir la titularidad de una autorización de fabricación a cualquier agente de la cadena de suministros que envase medicamentos.
  • Garantizar la transparencia del Proceso mediante la publicación de una lista de distribuidores al por mayor que demuestren que cumplen con la legislación previa inspección realizada por autoridades competentes.
  • Asegurar que la fabricación de principios activos esté sujeta a prácticas correctas de fabricación
  • Ayudar al público a distinguir los sitios web de venta legal de medicamentos por medio de la creación de un logotipo común reconocible en toda la Unión Europea y que permita identificar el Estado miembro en el que se halla la persona que los ofrece a distancia.
  • Organizar campañas de sensibilización para advertir de los riesgos que conllevan la adquisición de medicamentos falsificados e imponer sanciones a los que no cumplan la ley.

Artículos de la Directiva 2011/62/UE

La Directiva 2011/62/UE consta de SEIS artículos.

Artículo 1

Se describen todas las modificaciones de la Directiva 2001/83/UE. Dichas modificaciones afectan a los artículos 1, 2, 8, 40, 46, 47, 51, 52, 54, 57, 76, 80, 82, 85, 111, 116, 117, 118 y 121.

Artículo 2

El segundo artículo redacta las bases necesarias para la posterior puesta en vigor de la directiva a través de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas y se establece fecha máxima de 2 de enero de 2013, con algunas excepciones.

Artículo 3

Establece un periodo de cinco años a partir de la fecha de publicación de los actos delegados para presentar un informe al Parlamento Europeo y al Consejo que incluya una descripción de las tendencias en la falsificación de medicamentos y un examen de la contribución de las medidas establecidas a la prevención de la entrada de medicamentos en la cadena de suministro legal.

Artículo 4

Anticipa la futura elaboración de un estudio por parte de la Comisión en el que se evaluarán todas las opciones técnicas relativas a: - los dispositivos de seguridad planteados - las modalidades de verificación de autenticidad del medicamento y su magnitud - los sistemas de archivos que contendrán la información sobre los dispositivos de seguridad

Dicho estudio evaluará tanto los beneficios y los costes como la relación entre costes y eficacia.

Artículos 5 y 6

Entrada en Vigor y destinatarios de la Directiva

Reglamento Delegado 2016/161

El día 2 de octubre de 2015, se redactó en Bruselas el Reglamento Delegado (UE) 2016/161,[5]​ cuyo objetivo era completar las Directivas 2001/83 y 2011/62 estableciendo disposiciones detalladas relativas a los dispositivos de seguridad que figurarán en el envase de los medicamentos de uso humano. Este reglamento se aplicará con obligatoriedad a partir del 9 de febrero de 2019 para la mayoría de Estados miembros. El resto tendrá un plazo mayor, hasta el 9 de febrero de 2025. Entre otras cosas, contempla la obligatoriedad de adoptar sistemas de trazabilidad en la producción y suministro de medicamentos .[6]

Véase también

Seguridad del Paciente

Trazabilidad

Receta médica

Medicamento

Farmacovigilancia

Lug Healthcare Technology

AEMPS

Reacción adversa a medicamento

Problemas relacionados con medicamentos (PRM)

Medicamento falsificado

Referencias

  •   Datos: Q28502673

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Conocida como la Directiva de medicamentos falsificados 1 2 fue creada para combatir la amenaza del incremento de dichos medicamentos en la Union Europea Se trata de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de la Union Europea redactada en Estrasburgo que modifica la anterior de 2001 83 CE Directiva 2001 83 CE 3 que ya fue modificada en 2010 por la Directiva 2010 84 UE 4 en lo relativo a la Farmacovigilancia Esta nueva modificacion ademas de introducir el establecimiento y regulacion de un codigo comunitario en relacion a los medicamentos de uso humano incluye una serie requerimientos tecnicos que seran aplicados en la fabricacion y distribucion de medicamentos y principios activos La propuesta de esta Directiva fue redactada por la Comision Europea y aprobada en junio de 2011 Posteriormente se publico en el Diario Oficial de la Union Europea el 1 7 2001 y entro en vigor 20 dias despues de dicha publicacion Indice 1 Objetivos de la directiva 2 Articulos de la Directiva 2011 62 UE 2 1 Articulo 1 2 2 Articulo 2 2 3 Articulo 3 2 4 Articulo 4 2 5 Articulos 5 y 6 3 Reglamento Delegado 2016 161 4 Vease tambien 5 ReferenciasObjetivos de la directiva EditarDiferenciar medicamento falsificado de medicamento ilegal defectuoso o de aquellos que vulneran los derechos de la propiedad intelectual Definir los terminos principio activo y excipiente Prevenir la entrada y puesta en circulacion de medicamentos falsificados en las vias de suministro legal y garantizar la fiabilidad de la cadena de suministro incluyendo en la misma a todos los intermediarios Aumentar la Seguridad del Paciente reforzando los requisitos de verificacion aplicables al fabricante de medicamentos Armonizar los dispositivos de seguridad de los medicamentos que necesitan receta medica verificando la autenticidad y la identificacion de envases individuales En cuanto a los medicamentos que no necesiten receta la directiva regula la introduccion de dispositivos de seguridad en los casos en los que con caracter excepcional una evaluacion muestre un riesgo de falsificacion que tenga graves consecuencias Exigir la titularidad de una autorizacion de fabricacion a cualquier agente de la cadena de suministros que envase medicamentos Garantizar la transparencia del Proceso mediante la publicacion de una lista de distribuidores al por mayor que demuestren que cumplen con la legislacion previa inspeccion realizada por autoridades competentes Asegurar que la fabricacion de principios activos este sujeta a practicas correctas de fabricacion Ayudar al publico a distinguir los sitios web de venta legal de medicamentos por medio de la creacion de un logotipo comun reconocible en toda la Union Europea y que permita identificar el Estado miembro en el que se halla la persona que los ofrece a distancia Organizar campanas de sensibilizacion para advertir de los riesgos que conllevan la adquisicion de medicamentos falsificados e imponer sanciones a los que no cumplan la ley Articulos de la Directiva 2011 62 UE EditarLa Directiva 2011 62 UE consta de SEIS articulos Articulo 1 Editar Se describen todas las modificaciones de la Directiva 2001 83 UE Dichas modificaciones afectan a los articulos 1 2 8 40 46 47 51 52 54 57 76 80 82 85 111 116 117 118 y 121 Articulo 2 Editar El segundo articulo redacta las bases necesarias para la posterior puesta en vigor de la directiva a traves de disposiciones legales reglamentarias y administrativas y se establece fecha maxima de 2 de enero de 2013 con algunas excepciones Articulo 3 Editar Establece un periodo de cinco anos a partir de la fecha de publicacion de los actos delegados para presentar un informe al Parlamento Europeo y al Consejo que incluya una descripcion de las tendencias en la falsificacion de medicamentos y un examen de la contribucion de las medidas establecidas a la prevencion de la entrada de medicamentos en la cadena de suministro legal Articulo 4 Editar Anticipa la futura elaboracion de un estudio por parte de la Comision en el que se evaluaran todas las opciones tecnicas relativas a los dispositivos de seguridad planteados las modalidades de verificacion de autenticidad del medicamento y su magnitud los sistemas de archivos que contendran la informacion sobre los dispositivos de seguridadDicho estudio evaluara tanto los beneficios y los costes como la relacion entre costes y eficacia Articulos 5 y 6 Editar Entrada en Vigor y destinatarios de la DirectivaReglamento Delegado 2016 161 EditarEl dia 2 de octubre de 2015 se redacto en Bruselas el Reglamento Delegado UE 2016 161 5 cuyo objetivo era completar las Directivas 2001 83 y 2011 62 estableciendo disposiciones detalladas relativas a los dispositivos de seguridad que figuraran en el envase de los medicamentos de uso humano Este reglamento se aplicara con obligatoriedad a partir del 9 de febrero de 2019 para la mayoria de Estados miembros El resto tendra un plazo mayor hasta el 9 de febrero de 2025 Entre otras cosas contempla la obligatoriedad de adoptar sistemas de trazabilidad en la produccion y suministro de medicamentos 6 Vease tambien EditarSeguridad del PacienteTrazabilidadReceta medicaMedicamentoFarmacovigilanciaLug Healthcare TechnologyAEMPSReaccion adversa a medicamentoProblemas relacionados con medicamentos PRM Medicamento falsificadoReferencias Editar http ec europa eu health files eudralex vol 1 dir 2011 62 dir 2011 62 es pdf http elfarmaceutico es index php el color de mi cristal item 6948 trazabilidad de medicamentos el sistema emvo WDgwqyj2mjE https www boe es doue 2001 311 L00067 00128 pdf http ec europa eu health files eudralex vol 1 dir 2010 84 dir 2010 84 es pdf https ec europa eu health files eudralex vol 1 reg 2016 161 reg 2016 161 es pdf http www medicina21 com Notas de Prensa V9946 html Datos Q28502673Obtenido de https es wikipedia org w index php title Directiva 2011 62 UE amp oldid 122932812, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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