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De los delitos y las penas

De los delitos y las penas (Dei delitti e delle pene [ˈdei deˈlitti e ˈdelle ˈpeːne]) es un ensayo jurídico escrito por el italiano Cesare Beccaria en 1764. Está considerado como uno de los libros más influyentes en la reforma del derecho penal europeo de inspiración ilustrada y penología.[1][2]

De los delitos y las penas
de Cesare Beccaria
Género Ensayo
Idioma Italiano
Título original Dei delitti e delle pene
Fecha de publicación 1764

Autor

Cesare Beccaria fue uno de los más importantes inspiradores del movimiento de reforma del antiguo derecho penal continental, un derecho caracterizado en toda Europa por su extrema crueldad, por su arbitrariedad y su falta de racionalidad. Es también un pilar imprescindible para la comprensión de la vasta reforma ilustrada del siglo XVIII, inspirada en las ideas de autonomía, emancipación y lucha contra el despotismo.[3]

Contenido

Beccaria en el prólogo de su obra presenta la realidad de la mayoría de las leyes penales que estaban vigentes en los Estados europeos de aquel siglo. Lo hace con crudeza y gran realismo.[cita requerida] Las define como la mezcla de restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador con recopilaciones de un príncipe que doce siglos antes reinaba en Constantinopla —refiriéndose a Justiniano I— y envueltas en farragosos volúmenes de privados y oscuros intérpretes.[1]

"Algunos restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador, recopiladas por orden de un príncipe, que doce siglos antes reinaba en Constantinopla, mezcladas después con ritos Lombardos, y envueltas en inconexos volúmenes de privados y oscuros intérpretes, forman aquella tradición de opiniones que en una gran parte de la Europa tiene todavía el nombre de leyes: y es cosa tan común como funesta ver en nuestros días, que una opinión de Carpzovius, un uso antiguo, señalado por Clarus, un tormento sugerido con iracunda complacencia por Frinaccias,sean las leyes obedecidas con seguridad y satisfacción de aquellos, que para regir las vidas y fortunas de los hombres deberían obrar llenos de temor y desconfianza". (Introducción)[1]

La realidad era más cruda que esta crítica y, también, más cruel. Sirva como ejemplo la Ley I perteneciente al Título XXX de la Partida VII, recopilación legal efectuada por Alfonso X el Sabio, que estuvieron vigentes hasta el siglo XIX en España.

Ideas fundamentales

En De los delitos y las penas en cierta manera se exponen ideas que hoy se asocian con frecuencia a los fundamentos del derecho, pero que en el marco social expuesto arriba resultaban ser una propuesta de reformas casi revolucionarias. El libro se publicó, de hecho, en forma muy discreta, aunque su enorme éxito hizo que se difundiera por toda Europa (la primera edición española data de 1774). Algunas de estas ideas son:[4]

  • No es en ningún caso la voluntad del juez, sino las leyes, lo que puede dictar las penas.
  • En las leyes deben estar fijadas de manera minuciosa y comprensible las normas de convivencia. Cualquier persona debe poder saber de antemano si sus actos son constitutivos de delito o no, y cuáles son exactamente las consecuencias de los mismos.
  • Las penas deben ser tan leves y humanas como sea posible mientras sirvan a su propósito, que no es causar daño, sino impedir al delincuente la comisión de nuevos delitos y disuadir a los demás ciudadanos de hacerlo. (El ensayo es un alegato contra las penas de tormento o la pena de muerte, muy comunes por aquel entonces, que Beccaria considera inútiles y perniciosas).
  • Lo que más disuade a los ciudadanos de violar la ley no es la exagerada gravedad de la pena, sino la inexorabilidad de la justicia. No se debe aplicar castigos inhumanos, sino aplicar castigos relativamente leves pero con toda seguridad.
  • La tortura aplicada al reo para que confiese y/o delate a sus cómplices debe abolirse, porque beneficia al culpable fuerte y perjudica al inocente débil.
  • Las penas deben ser proporcionales a la gravedad de los delitos. Si todas las penas son igual de rigurosas, el delincuente cometerá siempre el delito mayor.
  • La única medida válida de la gravedad de un delito es el grado de daño que causa a la sociedad.
  • Las penas deben ser iguales para todos los ciudadanos, nobles o plebeyos.
  • El poder legislativo y el judicial deben estar separados.
  • La interpretación de la ley no corresponde al juez, sino al legislador.
  • La pena y el delito deben estar tan próximos en el tiempo como sea posible, para que aquella cumpla su fin. Deben fijarse plazos mínimos (aunque suficientes) para la presentación de pruebas, el juicio y la aplicación de la pena.

Ediciones De Los delitos y las penas

 
VI edición, 1766

El libro, publicado en italiano en 1764, tiene numerosas ediciones y traducciones al castellano:

  • 1774 - Tratado de los delitos y de las penas, trad. de D. Juan Antonio de las Casas, Madrid, D. Joachin Ibarra.
  • 1820 - Tratado de los delitos y de las penas, Madrid, Imprenta de Doña Rosa Sanz.
  • 1821 - Tratado de los delitos y de las penas, trad. de Juan Rivera, Imprenta de Firmín Villalpando.
  • 1879 - De los delitos y de las penas, según el texto publicado en Florencia en 1862 por César Cantú siguiendo la gran edición en folio de la Imprenta Real de Milan con las adiciones de la primera reimpresión y posteriores y confrontada con los originales manuscritos del autor, trad. de Pascual Vincent, Sevilla, Impr. de José María Ariza.
  • 1905 - Del delito y de la pena, trad. de M. Doppelheim, Barcelona, Sopena.
  • 1930 - El Derecho penal (de los delitos y de las penas), est. prel. de Quintiliano Saldaña, Madrid, Hernando.
  • 1935 - Delitos y penas, Madrid, Sociedad General Española de Librería.
  • 1968 - De los delitos y de las penas. Comentario al libro De los delitos y de las penas de Voltaire, trad. de Juan Antonio de las Casas, ed. de Juan Antonio delVal (1ª ed. de bolsillo: 1980, 3ª ed.: 2014; 1ª ed. en Área de conocimiento: Ciencias Sociales: 1998; otras ed.: Barcelona, Altaya, 1994).
  • 1969 - De los delitos y de las penas, ed. de Francisco Tomás y Valiente, Madrid, Aguilar (reimpr.: 1974, 1976, 1979; luego Barcelona, Orbis, 1985; luego Barcelona, Folio: 2000, 2002).
  • 1978 - Tratado de los delitos y de las penas [seguido del Tratado de las virtudes y de los premios escrito por Jacinto Dragonetti para servir de continuación al Tratado de los delitos y de las penas con los "Comentarios" de Voltaire, la "Respuesta de Beccaria a las Notas" de Facchinei, las "Observaciones" de Hautefort, las "Consideraciones" de M. Roederer sobre la pena de muerte, incluyendo además las "Notas" de Diderot, Morellet, Warville, Mirabeau, Servan, Berenger, Benjamín Franklin, etc.], ed. de Guillermo Cabanellas, Buenos Aires, Heliasta.
  • 1983 - De los delitos y de las penas, trad. de Joaquín Jordá Català, Barcelona, Bruguera.
  • 1996 - Tratado de los delitos y de las penas, trad. de Juan Antonio de las Casas, intr. de F. Javier Álvarez García, Granada, Comares (2ª ed.: 2008).
  • 2008 - De los delitos y de las penas, trad. de Juan Antonio de las Casas, intr. de José Jiménez Villarejo, Madrid, Tecnos.
  • 2011 - De los delitos y de las penas, prefacio de Piero Calamandrei, ed. bilingüe de Perfecto Andrés Ibáñez, Madrid, Trotta.

Ha sido traducido también al catalán (Dels delictes i de les penes, trad. y ed. de Jordi Moners i Sinyol, Barcelona, Edicions 62, 1989), al gallego (Dos delitos e das penas, prol. de Luis González Guitián, trad. de Benedict Buono, Universidad de Santiago de Compostela, 2011) y al euskera (Delituez eta zigorrez, trad. de Juan Martin Elexpuru, Bilbao, Klasikoak, 1999).

Fue incluido por la Iglesia católica en su Índice de Libros Prohibidos en 1766.[5]

Véase también

Referencias

  1. Cesare Beccaria, Tratado de los delitos y de las penas, Traducción al español por D. Juan Antonio de las Casas, edición de 1774, Madrid, Ed. D. Joachin Ibarra, Impresor de Cámara de S.M.
  2. Plantilla:Ref-book
  3. Javier García Algarra. "La reforma carcelaria en el pensamiento ilustrado y su plasmación en modelos arquitectónicos", UNED, 2002
  4. «Index Librorum Prohibitorum». 

Enlaces externos

  • Cesare Beccaria - Tratado de los delitos y de las penas, Traducción al español por D. Juan Antonio de las Casas, edición de 1774, Madrid, archivo descargable]
  •   Datos: Q2755269
  •   Multimedia: Dei delitti e delle pene

delitos, penas, delitti, delle, pene, ˈdei, deˈlitti, ˈdelle, ˈpeːne, ensayo, jurídico, escrito, italiano, cesare, beccaria, 1764, está, considerado, como, libros, más, influyentes, reforma, derecho, penal, europeo, inspiración, ilustrada, penología, cesare, b. De los delitos y las penas Dei delitti e delle pene ˈdei deˈlitti e ˈdelle ˈpeːne es un ensayo juridico escrito por el italiano Cesare Beccaria en 1764 Esta considerado como uno de los libros mas influyentes en la reforma del derecho penal europeo de inspiracion ilustrada y penologia 1 2 De los delitos y las penasde Cesare BeccariaGeneroEnsayoIdiomaItalianoTitulo originalDei delitti e delle peneFecha de publicacion1764 editar datos en Wikidata Indice 1 Autor 2 Contenido 3 Ideas fundamentales 4 Ediciones De Los delitos y las penas 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externosAutor EditarArticulo principal Cesare Beccaria Cesare Beccaria fue uno de los mas importantes inspiradores del movimiento de reforma del antiguo derecho penal continental un derecho caracterizado en toda Europa por su extrema crueldad por su arbitrariedad y su falta de racionalidad Es tambien un pilar imprescindible para la comprension de la vasta reforma ilustrada del siglo XVIII inspirada en las ideas de autonomia emancipacion y lucha contra el despotismo 3 Contenido EditarBeccaria en el prologo de su obra presenta la realidad de la mayoria de las leyes penales que estaban vigentes en los Estados europeos de aquel siglo Lo hace con crudeza y gran realismo cita requerida Las define como la mezcla de restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador con recopilaciones de un principe que doce siglos antes reinaba en Constantinopla refiriendose a Justiniano I y envueltas en farragosos volumenes de privados y oscuros interpretes 1 Algunos restos de leyes de un antiguo pueblo conquistador recopiladas por orden de un principe que doce siglos antes reinaba en Constantinopla mezcladas despues con ritos Lombardos y envueltas en inconexos volumenes de privados y oscuros interpretes forman aquella tradicion de opiniones que en una gran parte de la Europa tiene todavia el nombre de leyes y es cosa tan comun como funesta ver en nuestros dias que una opinion de Carpzovius un uso antiguo senalado por Clarus un tormento sugerido con iracunda complacencia por Frinaccias sean las leyes obedecidas con seguridad y satisfaccion de aquellos que para regir las vidas y fortunas de los hombres deberian obrar llenos de temor y desconfianza Introduccion 1 La realidad era mas cruda que esta critica y tambien mas cruel Sirva como ejemplo la Ley I perteneciente al Titulo XXX de la Partida VII recopilacion legal efectuada por Alfonso X el Sabio que estuvieron vigentes hasta el siglo XIX en Espana Ideas fundamentales EditarEn De los delitos y las penas en cierta manera se exponen ideas que hoy se asocian con frecuencia a los fundamentos del derecho pero que en el marco social expuesto arriba resultaban ser una propuesta de reformas casi revolucionarias El libro se publico de hecho en forma muy discreta aunque su enorme exito hizo que se difundiera por toda Europa la primera edicion espanola data de 1774 Algunas de estas ideas son 4 No es en ningun caso la voluntad del juez sino las leyes lo que puede dictar las penas En las leyes deben estar fijadas de manera minuciosa y comprensible las normas de convivencia Cualquier persona debe poder saber de antemano si sus actos son constitutivos de delito o no y cuales son exactamente las consecuencias de los mismos Las penas deben ser tan leves y humanas como sea posible mientras sirvan a su proposito que no es causar dano sino impedir al delincuente la comision de nuevos delitos y disuadir a los demas ciudadanos de hacerlo El ensayo es un alegato contra las penas de tormento o la pena de muerte muy comunes por aquel entonces que Beccaria considera inutiles y perniciosas Lo que mas disuade a los ciudadanos de violar la ley no es la exagerada gravedad de la pena sino la inexorabilidad de la justicia No se debe aplicar castigos inhumanos sino aplicar castigos relativamente leves pero con toda seguridad La tortura aplicada al reo para que confiese y o delate a sus complices debe abolirse porque beneficia al culpable fuerte y perjudica al inocente debil Las penas deben ser proporcionales a la gravedad de los delitos Si todas las penas son igual de rigurosas el delincuente cometera siempre el delito mayor La unica medida valida de la gravedad de un delito es el grado de dano que causa a la sociedad Las penas deben ser iguales para todos los ciudadanos nobles o plebeyos El poder legislativo y el judicial deben estar separados La interpretacion de la ley no corresponde al juez sino al legislador La pena y el delito deben estar tan proximos en el tiempo como sea posible para que aquella cumpla su fin Deben fijarse plazos minimos aunque suficientes para la presentacion de pruebas el juicio y la aplicacion de la pena Ediciones De Los delitos y las penas Editar VI edicion 1766 El libro publicado en italiano en 1764 tiene numerosas ediciones y traducciones al castellano 1774 Tratado de los delitos y de las penas trad de D Juan Antonio de las Casas Madrid D Joachin Ibarra 1820 Tratado de los delitos y de las penas Madrid Imprenta de Dona Rosa Sanz 1821 Tratado de los delitos y de las penas trad de Juan Rivera Imprenta de Firmin Villalpando 1879 De los delitos y de las penas segun el texto publicado en Florencia en 1862 por Cesar Cantu siguiendo la gran edicion en folio de la Imprenta Real de Milan con las adiciones de la primera reimpresion y posteriores y confrontada con los originales manuscritos del autor trad de Pascual Vincent Sevilla Impr de Jose Maria Ariza 1905 Del delito y de la pena trad de M Doppelheim Barcelona Sopena 1930 El Derecho penal de los delitos y de las penas est prel de Quintiliano Saldana Madrid Hernando 1935 Delitos y penas Madrid Sociedad General Espanola de Libreria 1968 De los delitos y de las penas Comentario al libro De los delitos y de las penas de Voltaire trad de Juan Antonio de las Casas ed de Juan Antonio delVal 1ª ed de bolsillo 1980 3ª ed 2014 1ª ed en Area de conocimiento Ciencias Sociales 1998 otras ed Barcelona Altaya 1994 1969 De los delitos y de las penas ed de Francisco Tomas y Valiente Madrid Aguilar reimpr 1974 1976 1979 luego Barcelona Orbis 1985 luego Barcelona Folio 2000 2002 1978 Tratado de los delitos y de las penas seguido del Tratado de las virtudes y de los premios escrito por Jacinto Dragonetti para servir de continuacion al Tratado de los delitos y de las penas con los Comentarios de Voltaire la Respuesta de Beccaria a las Notas de Facchinei las Observaciones de Hautefort las Consideraciones de M Roederer sobre la pena de muerte incluyendo ademas las Notas de Diderot Morellet Warville Mirabeau Servan Berenger Benjamin Franklin etc ed de Guillermo Cabanellas Buenos Aires Heliasta 1983 De los delitos y de las penas trad de Joaquin Jorda Catala Barcelona Bruguera 1996 Tratado de los delitos y de las penas trad de Juan Antonio de las Casas intr de F Javier Alvarez Garcia Granada Comares 2ª ed 2008 2008 De los delitos y de las penas trad de Juan Antonio de las Casas intr de Jose Jimenez Villarejo Madrid Tecnos 2011 De los delitos y de las penas prefacio de Piero Calamandrei ed bilingue de Perfecto Andres Ibanez Madrid Trotta Ha sido traducido tambien al catalan Dels delictes i de les penes trad y ed de Jordi Moners i Sinyol Barcelona Edicions 62 1989 al gallego Dos delitos e das penas prol de Luis Gonzalez Guitian trad de Benedict Buono Universidad de Santiago de Compostela 2011 y al euskera Delituez eta zigorrez trad de Juan Martin Elexpuru Bilbao Klasikoak 1999 Fue incluido por la Iglesia catolica en su Indice de Libros Prohibidos en 1766 5 Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Derecho penal Pena de muerte Criminologia Sociologia de la desviacion IlustracionReferencias Editar a b c Cesare Beccaria Tratado de los delitos y de las penas Traduccion al espanol por D Juan Antonio de las Casas edicion de 1774 Madrid Ed D Joachin Ibarra Impresor de Camara de S M Plantilla Ref book Javier Garcia Algarra La reforma carcelaria en el pensamiento ilustrado y su plasmacion en modelos 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