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Causa Ernestina Herrera de Noble sobre sustracción de bebés

La causa penal Ernestina Herrera de Noble sobre sustracción de bebés, en Argentina, trata sobre la mencionada empresaria, fallecida en junio de 2017, viuda de Roberto Noble (fundador del Diario Clarín) y una de las principales propietarias del Grupo Clarín. La causa, que terminó con su sobreseimiento,[1]​ se inició en la Argentina hacia 2002, y tenía que ver con la identidad de dos jóvenes que en 1977 fueron adoptados por la acusada.[2]

Tuvo innumerables dilaciones y derivó en la destitución del juez Roberto Marquevich decidida por un Tribunal de Enjuiciamiento por considerar que el magistrado había procedido en forma arbitraria al ordenar la detención de Herrera de Noble y denegarle la excarcelación.[3]

Uno de los aspectos jurídicos debatidos en esta causa que ha demorado las actuaciones con sucesivas resoluciones y apelaciones es el relativo a la obligación de las presuntas víctimas como hijos de personas desaparecidas de entregar material biológico ―muestras de saliva, sangre, pelos, etc.― para compararlo con muestras obtenidas de familiares de aquellas personas. En esta causa, los cotejos realizados con los perfiles genéticos de personas detenidas desaparecidas durante 1975 y 1976, salvo tres casos en que la información genética era insuficiente, arrojó resultado negativo. Por último, la comparación con el resto de los datos almacenados también resultó negativa.

Ernestina Herrera de Noble fue finalmente sobreseída en enero de 2016, por no hallarse evidencia que la inculpara.[4]

Antecedentes Editar

Ernestina Herrera de Noble solicitó el 13 de mayo de 1976 en el Juzgado de Menores N.º 1 de San Isidro, por entonces a cargo de la jueza Ofelia Hejt, la adopción de una niña que dijo haber encontrado once días antes en una caja de cartón dejada en la puerta de su casa, ofreciendo como testigos a su vecina Yolanda Echagüe de Aragón y a Roberto García, su chófer, a quien presentó como el cuidador de la finca de Yolanda Echagüe de Aragón. La jueza murió en 1978.[5][2]

Al momento de la declaración, existieron varias contradicciones entre lo declarado por Ernestina de Noble y Yolanda Echagüe de Aragón.[5]​ Por su parte, Roberto García afirmó en el año 2001, que «nunca concurrió a un Tribunal de Menores en San Isidro», que nunca fue cuidador de finca, y que desde 1952 fue chofer de Roberto Noble, y tras el fallecimiento de este, continuó desempeñando la misma tarea para Ernestina Herrera de Noble.[5]​ Además, la nieta de Yolanda Echagüe de Aragón, Eugenia Duro de Aragón, declaró que su abuela ―quien había fallecido al momento de la investigación― "no fue vecina de Herrera de Noble".[5]

Poco después, el 7 de julio de 1976, Herrera le solicitó a la misma jueza, la adopción de otro bebé, un varón que habría sido dejado ese mismo día en el mismo juzgado de la jueza Hejt, por una persona que dijo ser madre soltera, que exhibió un documento nacional de identidad que luego se comprobó que no le correspondía y dio un domicilio que resultó falso. Ese mismo día, sin más trámite, la jueza le entregó la guarda del bebé y apenas 43 días después le otorga la adopción y le impone el nombre de Felipe Noble Herrera.[2]

La causa penal Editar

En 1995 una persona, cuyo esposo era ese mismo día condenado por estafa procesal cometida en un juicio contra Herrera de Noble, realizó contra esta una primera denuncia penal que resultó desestimada, al igual que otras dos posteriores, una de 1997 de la misma denunciante y otra por Guillermo Patricio Kelly de 2000.[2]

En 2002 se realizó una nueva denuncia penal a instancias de las Abuelas de Plaza de Mayo y de las familias Lanuscou-Miranda y García-Gualdero, que suponían que Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera, podrían ser hijos de desaparecidos. El juez Marquevich el 8 de enero de 2003 procesó a Ernestina Herrera de Noble por los delitos de hacer "insertar en un instrumento público declaraciones falsas en carácter de autora; insertar tales declaraciones en documentos públicos destinados a acreditar la identidad de las personas como partícipe necesario; usar documentos públicos falsos, los que concurren en forma ideal entre sí; falsificación de documentos públicos destinados a acreditar la identidad de las personas en carácter de partícipe necesario y uso de documentos públicos falsos en carácter de autora, los que concurren idealmente entre sí" “uso de documento público falso”, trabó un embargo sobre sus bienes por la suma de un millón de pesos y la citó a declarar bajo libertad provisional.[5]​ El 17 de diciembre de 2002, luego de que la procesada no concurriera a las comparecencias, el juez dispuso que la policía condujera detenida a Herrera de Noble para tomarle declaración indagatoria e inmediatamente le negó la excarcelación.[2]​ Herrera de Noble recusó al juez y el Tribunal de Enjuiciamiento dictaminó, por 7 votos sobre 9, que este proceder había sido "arbitrario y por ende antojadizo” y con “hostigamiento” respecto de Herrera de Noble, y mostró “desprecio por normas que privilegian la libertad ambulatoria” al rechazar excarcelar a la empresaria pese a su edad y falta de antecedentes. Sin embargo el fallo destacó que "la remoción del magistrado no afecta la investigación sobre la identidad de los hijos de Herrera de Noble".[3]

La asociación Abuelas de Plaza de Mayo, que fue tenida por parte en la causa, afirmó que las irregularidades en el expediente de adopción eran:

1) La adoptante dijo que dos personas habían visto que una beba había sido dejada en la puerta de su casa el 2 de mayo de 1976, pero esas dos personas desmintieron tal afirmación;
2) También afirmó que una de esas personas era su vecina, pero en realidad no vivía en esa localidad, y que la otra era el “cuidador de la finca vecina” (el Sr. Roberto García), pero se corroboró que en realidad se tr ataba de su chofer personal;
3) Quien concurrió afirmando ser la progenitora de quien hoy es Felipe, brindó un nombre y un número de documento que no era el suyo y no se intentó corroborar por ningún medio que efectivamente fuera su madre;
4) Ernestina Herrera de Noble dio un domicilio distinto a aquel donde tenía su residencia, cuestión decisiva para determinar la competencia del Tribunal interviniente;
5) Se omitió el sistema de turnos para que la guarda de Felipe quedara radicada en el mismo Tribunal que la de Marcela.
6) Se los inscribió con el apellido “Noble Herrera” en función de una ley derogada.[6]

La Cámara Federal de Apelaciones dispuso desplazar de la causa a Marquevich endilgándole parcialidad, anuló la resolución y pasó el expediente al juez federal Conrado Bergesio, quien resolvió que no está probada la existencia de delito por Herrera de Noble y la desvinculó de presuntas irregularidades en los trámites de adopción de sus hijos, tras analizar en detalle todas las pruebas. El juez entendió que no está probado que fueran falsas las declaraciones de testigos acerca de cómo recibió a su hija Marcela y que las pruebas permiten sostener que es probable que la Sra. de Noble hubiera estado en una casa de San Isidro sin que la aparición de Marcela esté desmentida por las diligencias practicadas. En el caso de Felipe, los funcionarios judiciales de aquel momento atestiguaron de qué manera el niño había sido entregado personalmente al Juzgado de Menores por una mujer sin que Herrera tuviera intervención alguna en el momento de la llegada del bebé al Juzgado sino que su actuación fue posterior a este hecho. La conclusión del juez es que una postura contraria a la falta de mérito de la señora de Noble "únicamente podría fundarse en una cadena de especulaciones, suposiciones, deducciones y suposiciones de suposiciones".[7]​ Esta resolución fue posteriormente confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín[8]​ por lo cual a partir de ese momento solo quedó pendiente el tema relativo al examen de histocompatibilidad.

Las pruebas de histocompatibilidad Editar

Días después de ser liberada, Ernestina Herrera de Noble emitió su primera y única declaración pública sobre el tema:

Muchas veces he hablado con mis hijos sobre la posibilidad de que ellos y sus padres hayan sido víctimas de la represión ilegal
Editorial de Ernestina Herrera de Noble en el diario Clarín[9]

El 11 de agosto de 2004, apenas Marquevich fue apartado del caso, Marcela y Felipe Noble Herrera pidieron que se les realizara un examen de ADN, para poder confrontarlo con las dos familias querellantes y determinar si guardan vínculo biológico con ellas. El tribunal determinó que dicha «peritación genética» debería realizarse en el Banco Nacional de Datos Genéticos y respecto de las mencionadas familias.[8]

El juez Marquevich había sido reemplazado por el juez Conrado Bergesio,[10]​ el mismo que había pedido la destitución del primero por no haber concedido el arresto domiciliario en una causa sobre robos de bebés.[10]​ Bergesio le imprimió a la causa una gran lentitud y admitió una serie de maniobras de la defensa de Herrera de Noble, que los organismos de derechos humanos consideraron abiertamente irregulares. Por el contrario, el tribunal de apelación de los actos del juez Bergesio, la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, adoptó una línea de acción frontalmente opuesta al juez, tendientes a determinar si el ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera, indica si son hijos de desaparecidos.[10]​ Luego de que la causa estuviera paralizada durante cinco años, el juez Bergesio recibió orden de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín de tomar los ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera, y realizar los análisis necesarios para establecer quiénes son sus padres biológicos.[10]

Cuando todo estaba listo para la realización del examen, el 20 de marzo de 2010, la Sala II de la Cámara de Casación Penal dictó un nuevo fallo suspendiendo el estudio mientras tramitaba un recurso.[11]​ El hecho produjo un escándalo y hasta la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, anunció públicamente que apoyaría a las Abuelas de Plaza de Mayo si estas y los posibles familiares de los bebés robados, decidían denunciar a los tribunales argentinos ante tribunales internacionales.[12]​ Posteriormente la Cámara de Casación rechazó por razones formales ―falta de firma de los interesados― el recurso sin pronunciarse sobre el fondo del mismo con lo que la resolución de la Cámara Federal de San Martín disponiendo que el cotejo no se limite a las dos familias querellantes habría quedado firme. A fines de abril de 2010 la Cámara Federal de San Martín apartó de la causa al juez Conrado Bergesio aceptando una recusación presentado por el fiscal, por lo que tomó la misma el juzgado en lo Criminal de Sandra Arroyo Salgado.[13]

El 28 de mayo de 2010 por orden de la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo se realizó en el juzgado una reunión en el curso de la cual se ofreció a Marcela y Felipe que dieran su consentimiento para la utilización de muestras, ante lo cual los mismos manifestaron su negativa a entregar ningún tipo de material genético, retirándose a su domicilio. La jueza dispuso entonces la obtención del material a partir de las prendas que vestían Marcela y Felipe, para lo cual debían ser interceptados en la vía pública, llevados a su domicilio y que en un lugar privado entregaran la ropa interior y la vestimenta necesaria para realizar los estudios. En el procedimiento realizado el mismo día en el domicilio de los jóvenes intervinieron secretarios del juzgado, médicos del BNDG y del Cuerpo Médico Forense, policías de civil y testigos, el trato con Marcela y Felipe fue con personas del mismo sexo y la entrega de la ropa interior para obtener las muestras se hizo dentro de un baño. Simultáneamente la jueza formuló denuncia penal contra el juez Bergesio por haber demorado la obtención de esas muestras desde 2004.[14]

Los hermanos Noble Herrera sostuvieron en varias presentaciones en la causa que se oponían a que el examen de histocompatibilidad fuera realizado en el Banco Nacional de Datos Genéticos porque ―según alegaban― no les daba seguridad de que sus resultados no fueran manipulados y porque no les otorgaba la posibilidad de realizar contrapruebas. En junio de 2010 cinco científicos expertos en biología y genética presentaron un escrito a la jueza de la causa sosteniendo que no hay forma de fraguar los resultados del examen de ADN porque son obtenidos de forma automatizada y la información queda documentada electrónicamente. Explicaron que la contraprueba es posible porque en este caso los perfiles de los individuos pueden ser reproducidos tantas veces como se requiera, incluso si se trata de personas fallecidas y, como medida extrema, se puede recurrir a la exhumación por lo que la veracidad de los resultados puede ser confirmada por cualquiera de las partes en litigio que lo desee. En la presentación agregaron: “El planteo de la posibilidad de alteración o cambio de perfil genético de una muestra en el tiempo es una falacia sin fundamento científico. Más aberrante aún es considerar que estos cambios puedan ocurrir de modo tal que los resultados del análisis contribuyan a demostrar la existencia de un vínculo que no existe. Si esto fuera así, los hipotéticos cambios deberían ser, en este caso, programados y no fruto del azar. Un hecho técnicamente imposible.”[15]​ Posteriormente los abogados de Marcela y Felipe Noble Herrera declararon en televisión: “A nuestros peritos no les van a alcanzar el material genético de las familias que están en el Banco Nacional de Datos Genéticos. Les van a dar un papel que va a decir que los datos genéticos allí consignados corresponden a tal o cual familia pero no el material genético directamente” y agregaron que es muy difícil la contraprueba y que la propia directora del Banco reconoció que no existe material genético original de todas las familias que buscan a hijos de desaparecidos.[16]

Fallo de la Cámara de Casación Penal Editar

El 2 de junio de 2011 la Sala II de la Cámara de Casación Penal ordenó que Marcela y Felipe Noble Herrera se sometieran «a la extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras de sangre, saliva, piel, cabello u otras muestras biológicas» que les pertenezcan de «manera indubitable» para poder determinar si son hijos de desaparecidos. El tribunal aceptó así a un reclamo de Abuelas de Plaza de Mayo; en la misma resolución dispuso que la comparación de los perfiles genéticos obtenidos se realizara solamente con el ADN de las familias de personas detenidas o desaparecidas con certeza» hasta el 13 de mayo de 1976, en el caso de Marcela, y hasta el 7 de julio del mismo año en el de Felipe. Sobre esta resolución opinó Estela de Carlotto:

«Es una de cal y otra de arena, es querer quedar bien con Dios y con el diablo», resumió la presidenta de Abuelas, Estela Carlotto, en su primera impresión de la resolución que firmaron Guillermo Yacobucci, Luis García y Raúl Madueño. Aun así la evaluó como «un paso importante» porque determina que «sí o sí la extracción de sangre o de elementos que contengan ADN debe proceder». «Lo que nos cayó mal», acotó, es la limitación temporal que permitirá que la comparación se haga sólo con un grupo de familias. «Seguimos con la historia de que acá hay de primera y de segunda. ¿Por qué todos los demás casos siempre se han comparado con el Banco (de Datos Genéticos) completo y este no?».[17]

Conformidad con la extracción de muestras Editar

El 17 de junio de 2011 el fiscal Raúl Plée, una de las familias querellantes y las Abuelas de Plaza de Mayo recurrieron el fallo de la Sala II de Casación, en tanto los abogados de Marcela y Felipe Noble Herrera solicitaron a la jueza Arroyo Salgado “cuanto antes” se les hicieran nuevas extracciones de sangre para confrontar su ADN con todo el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), tal cual era reclamado por los querellantes. Los abogados de los hermanos explicaron que con su decisión Marcela y Felipe buscan “llevarle paz y tranquilidad a su madre, a la que por su edad y estado de salud, no quieren exponer a nuevos agravios y sufrimientos durante el plazo que puede durar una apelación ante la Corte”.[18]

Por su parte, Alan Iud ―abogado de Abuelas― dijo que tomaran los recaudos para que la pericia que se haga respete todos los procedimientos habituales y que no haya "situaciones extrañas y dudosas como ha ocurrido tantas veces en esta causa”.[19]

Cotejos en el Banco Nacional de Datos Genéticos Editar

El 11 de julio de 2011 se informó que el examen realizado en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) reveló que Marcela y Felipe Noble Herrera no son hijos de las dos familias querellantes, Miranda-Lanoscou y García-Gualdero, que reclamaban la paternidad de los dos jóvenes. El BNDG arribó a esta primera conclusión mediante un procedimiento informatizado. En el trámite estuvieron Arroyo Salgado, la fiscal Rita Molina y los peritos de las partes.

El 15 de julio de 2011 concluyó el segundo examen en el que se comprobó que no son hijos de personas desaparecidas en 1975 y 1976, año este último en que nacieron los hermanos. Este estudio es el más importante de los tres ordenados por la jueza, porque el cotejo consistió en comparar los perfiles genéticos de Marcela y Felipe ―que nacieron a comienzos de 1976 y fueron entregados en guarda, respectivamente, en mayo y julio de ese año―, con el de familiares de personas que desaparecieron en los 24 meses más próximos a aquellas fechas.[20]

El ADN de Marcela fue entrecruzado con el de 55 familias, pero en tres de ellas la información genética disponible resultó insuficiente para excluir o confirmar algún vínculo, según dice el informe que firmaron la titular del BNDG, María Belén Rodríguez Cardozo, y el resto de los peritos. En el caso de Felipe el análisis se hizo con 57 familias y también resultó que faltaban datos de una de las familias.[21]

La tercera etapa consistió en comparar los datos de Marcela y Felipe con la totalidad de las muestras almacenadas en el BNDG, dicho procedimiento, que concluyó el 9 de octubre de 2012, tuvo resultado negativo.[22]

Debates políticos y mediáticos Editar

El caso de Marcela y Felipe Noble Herrera ha dado lugar a un fuerte debate mediático y político que, más allá de este caso en particular, se refiere en general a la obtención del ADN y la negativa mantenida hasta cierta fecha por los presuntos hijos secuestrados a entregar muestras biológicas.

El periodista Mempo Giardinelli afirmó en una nota que los jóvenes «Marcela y Felipe Noble Herrera son los herederos de una fortuna de 1000 millones de euros y de un gigantesco poder, el cual perderían en caso de probarse otras filiaciones. Y esto también dejaría al Grupo prácticamente acéfalo, toda vez que el matrimonio entre Roberto Noble y Ernestina Herrera no tuvo descendencia natural».[2]​ El exjuez federal Gabriel Cavallo descartó que el resultado pudiera incidir en la herencia afirmando: «El código civil establece que la señora de Noble puede dejar a quien ella quiera sus bienes. La ley lo permite», afirma Gabriel Cavallo.[23]

El periodista Mariano Grondona, en su tradicional programa de opinión política Hora Clave del 1 de noviembre de 2009, sostuvo públicamente que una vez que los presuntos hijos de secuestrados son mayores de edad no pueden ser obligados a entregar material biológico para determinar su identidad.[24]​ En ese mismo programa, el periodista Luis Novaresio, colaborador de Grondona, tuvo un pensamiento diferente al del conductor sobre la extracción de sangre a posibles hijos/nietos de desaparecidos, durante una entrevista a la diputada de la Coalición Cívica ARI, Fernanda Gil Lozano.[25]​ Desde ese día, el coconductor dejó de participar de Hora Clave.

La posibilidad de una extracción compulsiva de muestras motivó críticas de algunos políticos de la oposición: Ricardo Alfonsín, Eduardo Duhalde, Francisco de Narváez, Margarita Stolbizer, Julio Cobos, Ricardo Gil Lavedra o Martín Redrado.[26]Elisa Carrió, líder del partido Coalición Cívica ARI, también expresó su opinión contraria a la extracción compulsiva de sangre y manifestó que «los hijos de Herrera de Noble son nuestros hijos».[27]

Por el otro lado, se han declarado a favor de la obtención compulsiva, algunas personas pertenecientes a organizaciones de defensa de los Derechos Humanos como Estela de Carlotto y Adolfo Pérez Esquivel, y otros políticos, como Néstor Kirchner, Cristina Fernández de Kirchner, Hugo Moyano, Daniel Scioli, Pino Solanas y Aníbal Fernández.[26]

Sobreseimiento Editar

El 30 de diciembre de 2015 la jueza Arroyo Salgado dictó el sobreseimiento de Herrera de Noble, al entender que en la causa no existía evidencia alguna que probase los hechos por los cuales fuese acusada. "En atención al resultado negativo que arrojó el peritaje de ADN a los fines de establecer vínculo biológico con los grupos familiares de personas desaparecidas durante la última dictadura militar que integran el Archivo Nacional de Datos Genéticos, no existe motivo de sospecha", sentenció la jueza.[1][28]

Referencias Editar

  1. La jueza Sandra Arroyo Salgado sobreseyó a Ernestina Herrera de Noble en la causa por apropiación de niños durante la dictadura, por Hernán Cappiello Diario La Nación, 4/01/2016.
  2. Giardinelli, Mempo (22 de diciembre de 2002). «La señora y sus extraños herederos». España: El Mundo. Consultado el 26 de diciembre de 2010. 
  3. «El jury de enjuiciamiento destituyó a Marquevich», Página 12 9 de junio de 2004. Consultado el 16 de abril de 2010.
  4. La jueza Sandra Arroyo Salgado sobreseyó a Ernestina Herrera de Noble en la causa por apropiación de niños durante la dictadura
  5. Abuelas de Plaza de Mayo (2004). Los niños desaparecidos y la Justicia. Algunos fallos y resoluciones. Tomo III. Abuelas de Plaza de Mayo. 
  6. Escrito presentado en la causa el 18 de julio de 2009 en Wayback Machine.. Consultado el 16 de abril de 2010.
  7. Dictaron la falta de mérito. Publicado en “Clarín” del 5-6-2004. Fecha de acceso 16-10-2010
  8. Resolución de la Cámara Federal de San Martín Publicado en el diario Clarín del 1-10-2004. Fecha de acceso 16-4-2010
  9. Martínez, Diego: «Camino despejado para el ADN», Página/12, 20 de mayo de 2010.
  10. Cecchini, Daniel (5 de enero de 2010). . Miradas al Sur, republicado en Psicofxp. Archivado desde el original el 17 de octubre de 2010. Consultado el 26 de diciembre de 2010. 
  11. «Caso Noble Herrera: suspenden una prueba». Clarín. 20 de marzo de 2010. Consultado el 26 de marzo de 2010. 
  12. . Rosario 3. 24 de marzo de 2010. Archivado desde el original el 26 de marzo de 2010. Consultado el 26 de marzo de 2010. 
  13. [Removieron al juez de la causa de los hijos de Ernestina Herrera de Noble http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1259219 diario La Nación]]
  14. Kollmann, Raúl: «El trato fue respetuoso, se guardó el pudor», Página 12, 1 de junio de 2010.
  15. Una presentación científica. Los autores de la presentación son Alberto Kornblihtt, María Mercedes Lojo, Diego Golombek, Alberto Díaz y Alejandro Rubén Darío Krimer. Publicado en Página/12 del 12-6-2010. Acceso 12-6-2010
  16. «Denuncian falta de garantías en el caso Noble Herrera», Clarín, 21 de junio de 2010. Consultado el 21 de octubre de 2010.
  17. «La Corte limita los casos para comparar a sólo un grupo restringido de familias de desaparecidos», Página/12, 3 de junio de 2011.
  18. Clarin.com del 17 de junio de 2011
  19. Hauser, Irina; y Kollmann, Raúl: «Marcela y Felipe aceptaron comparar su ADN con todas las familias del Banco Nacional de Datos Genéticos», Pagina/12, 18 de junio de 2011.
  20. «Caso Noble: un segundo examen de ADN dio negativo», La Nación, 16 de julio de 2011
  21. Hauser, Irina; y Kollmann, Raúl: «Terminó el segundo cruce de los ADN», Pagina/12, 16 de julio de 2011.
  22. «Herrera de Noble pide ser sobreseída», La Nación, 14 de octubre de 2012. Consultado el 14 de octubre de 2012.
  23. «¿Pueden las pruebas de los Noble Herrera tumbar a “Clarín”?», BBC, 11 de noviembre de 2011.
  24. Hora Clave, Canal 26, 1 de noviembre de 2009.
  25. . Archivado desde el original el 20 de enero de 2011. Consultado el 21 de agosto de 2011. 
  26. «Unánime crítica de la oposición al Gobierno por el caso Noble», La Nación.
  27. «Strassera, contra el proyecto de ADN compulsivo». Clarín. 23 de octubre de 2009. Consultado el 26 de marzo de 2010. 
  28. Arroyo Salgado, la jueza que incomodó a Herrera de Noble El destape, 14/06/2017
  •   Datos: Q7045826

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La causa penal Ernestina Herrera de Noble sobre sustraccion de bebes en Argentina trata sobre la mencionada empresaria fallecida en junio de 2017 viuda de Roberto Noble fundador del Diario Clarin y una de las principales propietarias del Grupo Clarin La causa que termino con su sobreseimiento 1 se inicio en la Argentina hacia 2002 y tenia que ver con la identidad de dos jovenes que en 1977 fueron adoptados por la acusada 2 Tuvo innumerables dilaciones y derivo en la destitucion del juez Roberto Marquevich decidida por un Tribunal de Enjuiciamiento por considerar que el magistrado habia procedido en forma arbitraria al ordenar la detencion de Herrera de Noble y denegarle la excarcelacion 3 Uno de los aspectos juridicos debatidos en esta causa que ha demorado las actuaciones con sucesivas resoluciones y apelaciones es el relativo a la obligacion de las presuntas victimas como hijos de personas desaparecidas de entregar material biologico muestras de saliva sangre pelos etc para compararlo con muestras obtenidas de familiares de aquellas personas En esta causa los cotejos realizados con los perfiles geneticos de personas detenidas desaparecidas durante 1975 y 1976 salvo tres casos en que la informacion genetica era insuficiente arrojo resultado negativo Por ultimo la comparacion con el resto de los datos almacenados tambien resulto negativa Ernestina Herrera de Noble fue finalmente sobreseida en enero de 2016 por no hallarse evidencia que la inculpara 4 Indice 1 Antecedentes 2 La causa penal 3 Las pruebas de histocompatibilidad 4 Fallo de la Camara de Casacion Penal 5 Conformidad con la extraccion de muestras 6 Cotejos en el Banco Nacional de Datos Geneticos 7 Debates politicos y mediaticos 8 Sobreseimiento 9 ReferenciasAntecedentes EditarErnestina Herrera de Noble solicito el 13 de mayo de 1976 en el Juzgado de Menores N º 1 de San Isidro por entonces a cargo de la jueza Ofelia Hejt la adopcion de una nina que dijo haber encontrado once dias antes en una caja de carton dejada en la puerta de su casa ofreciendo como testigos a su vecina Yolanda Echague de Aragon y a Roberto Garcia su chofer a quien presento como el cuidador de la finca de Yolanda Echague de Aragon La jueza murio en 1978 5 2 Al momento de la declaracion existieron varias contradicciones entre lo declarado por Ernestina de Noble y Yolanda Echague de Aragon 5 Por su parte Roberto Garcia afirmo en el ano 2001 que nunca concurrio a un Tribunal de Menores en San Isidro que nunca fue cuidador de finca y que desde 1952 fue chofer de Roberto Noble y tras el fallecimiento de este continuo desempenando la misma tarea para Ernestina Herrera de Noble 5 Ademas la nieta de Yolanda Echague de Aragon Eugenia Duro de Aragon declaro que su abuela quien habia fallecido al momento de la investigacion no fue vecina de Herrera de Noble 5 Poco despues el 7 de julio de 1976 Herrera le solicito a la misma jueza la adopcion de otro bebe un varon que habria sido dejado ese mismo dia en el mismo juzgado de la jueza Hejt por una persona que dijo ser madre soltera que exhibio un documento nacional de identidad que luego se comprobo que no le correspondia y dio un domicilio que resulto falso Ese mismo dia sin mas tramite la jueza le entrego la guarda del bebe y apenas 43 dias despues le otorga la adopcion y le impone el nombre de Felipe Noble Herrera 2 La causa penal EditarEn 1995 una persona cuyo esposo era ese mismo dia condenado por estafa procesal cometida en un juicio contra Herrera de Noble realizo contra esta una primera denuncia penal que resulto desestimada al igual que otras dos posteriores una de 1997 de la misma denunciante y otra por Guillermo Patricio Kelly de 2000 2 En 2002 se realizo una nueva denuncia penal a instancias de las Abuelas de Plaza de Mayo y de las familias Lanuscou Miranda y Garcia Gualdero que suponian que Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera podrian ser hijos de desaparecidos El juez Marquevich el 8 de enero de 2003 proceso a Ernestina Herrera de Noble por los delitos de hacer insertar en un instrumento publico declaraciones falsas en caracter de autora insertar tales declaraciones en documentos publicos destinados a acreditar la identidad de las personas como participe necesario usar documentos publicos falsos los que concurren en forma ideal entre si falsificacion de documentos publicos destinados a acreditar la identidad de las personas en caracter de participe necesario y uso de documentos publicos falsos en caracter de autora los que concurren idealmente entre si uso de documento publico falso trabo un embargo sobre sus bienes por la suma de un millon de pesos y la cito a declarar bajo libertad provisional 5 El 17 de diciembre de 2002 luego de que la procesada no concurriera a las comparecencias el juez dispuso que la policia condujera detenida a Herrera de Noble para tomarle declaracion indagatoria e inmediatamente le nego la excarcelacion 2 Herrera de Noble recuso al juez y el Tribunal de Enjuiciamiento dictamino por 7 votos sobre 9 que este proceder habia sido arbitrario y por ende antojadizo y con hostigamiento respecto de Herrera de Noble y mostro desprecio por normas que privilegian la libertad ambulatoria al rechazar excarcelar a la empresaria pese a su edad y falta de antecedentes Sin embargo el fallo destaco que la remocion del magistrado no afecta la investigacion sobre la identidad de los hijos de Herrera de Noble 3 La asociacion Abuelas de Plaza de Mayo que fue tenida por parte en la causa afirmo que las irregularidades en el expediente de adopcion eran 1 La adoptante dijo que dos personas habian visto que una beba habia sido dejada en la puerta de su casa el 2 de mayo de 1976 pero esas dos personas desmintieron tal afirmacion 2 Tambien afirmo que una de esas personas era su vecina pero en realidad no vivia en esa localidad y que la otra era el cuidador de la finca vecina el Sr Roberto Garcia pero se corroboro que en realidad se tr ataba de su chofer personal 3 Quien concurrio afirmando ser la progenitora de quien hoy es Felipe brindo un nombre y un numero de documento que no era el suyo y no se intento corroborar por ningun medio que efectivamente fuera su madre 4 Ernestina Herrera de Noble dio un domicilio distinto a aquel donde tenia su residencia cuestion decisiva para determinar la competencia del Tribunal interviniente 5 Se omitio el sistema de turnos para que la guarda de Felipe quedara radicada en el mismo Tribunal que la de Marcela 6 Se los inscribio con el apellido Noble Herrera en funcion de una ley derogada 6 La Camara Federal de Apelaciones dispuso desplazar de la causa a Marquevich endilgandole parcialidad anulo la resolucion y paso el expediente al juez federal Conrado Bergesio quien resolvio que no esta probada la existencia de delito por Herrera de Noble y la desvinculo de presuntas irregularidades en los tramites de adopcion de sus hijos tras analizar en detalle todas las pruebas El juez entendio que no esta probado que fueran falsas las declaraciones de testigos acerca de como recibio a su hija Marcela y que las pruebas permiten sostener que es probable que la Sra de Noble hubiera estado en una casa de San Isidro sin que la aparicion de Marcela este desmentida por las diligencias practicadas En el caso de Felipe los funcionarios judiciales de aquel momento atestiguaron de que manera el nino habia sido entregado personalmente al Juzgado de Menores por una mujer sin que Herrera tuviera intervencion alguna en el momento de la llegada del bebe al Juzgado sino que su actuacion fue posterior a este hecho La conclusion del juez es que una postura contraria a la falta de merito de la senora de Noble unicamente podria fundarse en una cadena de especulaciones suposiciones deducciones y suposiciones de suposiciones 7 Esta resolucion fue posteriormente confirmada por la Camara Federal de Apelaciones de San Martin 8 por lo cual a partir de ese momento solo quedo pendiente el tema relativo al examen de histocompatibilidad Las pruebas de histocompatibilidad EditarDias despues de ser liberada Ernestina Herrera de Noble emitio su primera y unica declaracion publica sobre el tema Muchas veces he hablado con mis hijos sobre la posibilidad de que ellos y sus padres hayan sido victimas de la represion ilegalEditorial de Ernestina Herrera de Noble en el diario Clarin 9 El 11 de agosto de 2004 apenas Marquevich fue apartado del caso Marcela y Felipe Noble Herrera pidieron que se les realizara un examen de ADN para poder confrontarlo con las dos familias querellantes y determinar si guardan vinculo biologico con ellas El tribunal determino que dicha peritacion genetica deberia realizarse en el Banco Nacional de Datos Geneticos y respecto de las mencionadas familias 8 El juez Marquevich habia sido reemplazado por el juez Conrado Bergesio 10 el mismo que habia pedido la destitucion del primero por no haber concedido el arresto domiciliario en una causa sobre robos de bebes 10 Bergesio le imprimio a la causa una gran lentitud y admitio una serie de maniobras de la defensa de Herrera de Noble que los organismos de derechos humanos consideraron abiertamente irregulares Por el contrario el tribunal de apelacion de los actos del juez Bergesio la Sala II de la Camara Federal de San Martin 1 adopto una linea de accion frontalmente opuesta al juez tendientes a determinar si el ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera indica si son hijos de desaparecidos 10 Luego de que la causa estuviera paralizada durante cinco anos el juez Bergesio recibio orden de la Sala II de la Camara Federal de San Martin de tomar los ADN de Marcela y Felipe Noble Herrera y realizar los analisis necesarios para establecer quienes son sus padres biologicos 10 Cuando todo estaba listo para la realizacion del examen el 20 de marzo de 2010 la Sala II de la Camara de Casacion Penal dicto un nuevo fallo suspendiendo el estudio mientras tramitaba un recurso 11 El hecho produjo un escandalo y hasta la presidenta de la Nacion Cristina Fernandez de Kirchner anuncio publicamente que apoyaria a las Abuelas de Plaza de Mayo si estas y los posibles familiares de los bebes robados decidian denunciar a los tribunales argentinos ante tribunales internacionales 12 Posteriormente la Camara de Casacion rechazo por razones formales falta de firma de los interesados el recurso sin pronunciarse sobre el fondo del mismo con lo que la resolucion de la Camara Federal de San Martin disponiendo que el cotejo no se limite a las dos familias querellantes habria quedado firme A fines de abril de 2010 la Camara Federal de San Martin aparto de la causa al juez Conrado Bergesio aceptando una recusacion presentado por el fiscal por lo que tomo la misma el juzgado en lo Criminal de Sandra Arroyo Salgado 13 El 28 de mayo de 2010 por orden de la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo se realizo en el juzgado una reunion en el curso de la cual se ofrecio a Marcela y Felipe que dieran su consentimiento para la utilizacion de muestras ante lo cual los mismos manifestaron su negativa a entregar ningun tipo de material genetico retirandose a su domicilio La jueza dispuso entonces la obtencion del material a partir de las prendas que vestian Marcela y Felipe para lo cual debian ser interceptados en la via publica llevados a su domicilio y que en un lugar privado entregaran la ropa interior y la vestimenta necesaria para realizar los estudios En el procedimiento realizado el mismo dia en el domicilio de los jovenes intervinieron secretarios del juzgado medicos del BNDG y del Cuerpo Medico Forense policias de civil y testigos el trato con Marcela y Felipe fue con personas del mismo sexo y la entrega de la ropa interior para obtener las muestras se hizo dentro de un bano Simultaneamente la jueza formulo denuncia penal contra el juez Bergesio por haber demorado la obtencion de esas muestras desde 2004 14 Los hermanos Noble Herrera sostuvieron en varias presentaciones en la causa que se oponian a que el examen de histocompatibilidad fuera realizado en el Banco Nacional de Datos Geneticos porque segun alegaban no les daba seguridad de que sus resultados no fueran manipulados y porque no les otorgaba la posibilidad de realizar contrapruebas En junio de 2010 cinco cientificos expertos en biologia y genetica presentaron un escrito a la jueza de la causa sosteniendo que no hay forma de fraguar los resultados del examen de ADN porque son obtenidos de forma automatizada y la informacion queda documentada electronicamente Explicaron que la contraprueba es posible porque en este caso los perfiles de los individuos pueden ser reproducidos tantas veces como se requiera incluso si se trata de personas fallecidas y como medida extrema se puede recurrir a la exhumacion por lo que la veracidad de los resultados puede ser confirmada por cualquiera de las partes en litigio que lo desee En la presentacion agregaron El planteo de la posibilidad de alteracion o cambio de perfil genetico de una muestra en el tiempo es una falacia sin fundamento cientifico Mas aberrante aun es considerar que estos cambios puedan ocurrir de modo tal que los resultados del analisis contribuyan a demostrar la existencia de un vinculo que no existe Si esto fuera asi los hipoteticos cambios deberian ser en este caso programados y no fruto del azar Un hecho tecnicamente imposible 15 Posteriormente los abogados de Marcela y Felipe Noble Herrera declararon en television A nuestros peritos no les van a alcanzar el material genetico de las familias que estan en el Banco Nacional de Datos Geneticos Les van a dar un papel que va a decir que los datos geneticos alli consignados corresponden a tal o cual familia pero no el material genetico directamente y agregaron que es muy dificil la contraprueba y que la propia directora del Banco reconocio que no existe material genetico original de todas las familias que buscan a hijos de desaparecidos 16 Fallo de la Camara de Casacion Penal EditarEl 2 de junio de 2011 la Sala II de la Camara de Casacion Penal ordeno que Marcela y Felipe Noble Herrera se sometieran a la extraccion directa con o sin consentimiento de minimas muestras de sangre saliva piel cabello u otras muestras biologicas que les pertenezcan de manera indubitable para poder determinar si son hijos de desaparecidos El tribunal acepto asi a un reclamo de Abuelas de Plaza de Mayo en la misma resolucion dispuso que la comparacion de los perfiles geneticos obtenidos se realizara solamente con el ADN de las familias de personas detenidas o desaparecidas con certeza hasta el 13 de mayo de 1976 en el caso de Marcela y hasta el 7 de julio del mismo ano en el de Felipe Sobre esta resolucion opino Estela de Carlotto Es una de cal y otra de arena es querer quedar bien con Dios y con el diablo resumio la presidenta de Abuelas Estela Carlotto en su primera impresion de la resolucion que firmaron Guillermo Yacobucci Luis Garcia y Raul Madueno Aun asi la evaluo como un paso importante porque determina que si o si la extraccion de sangre o de elementos que contengan ADN debe proceder Lo que nos cayo mal acoto es la limitacion temporal que permitira que la comparacion se haga solo con un grupo de familias Seguimos con la historia de que aca hay de primera y de segunda Por que todos los demas casos siempre se han comparado con el Banco de Datos Geneticos completo y este no 17 Conformidad con la extraccion de muestras EditarEl 17 de junio de 2011 el fiscal Raul Plee una de las familias querellantes y las Abuelas de Plaza de Mayo recurrieron el fallo de la Sala II de Casacion en tanto los abogados de Marcela y Felipe Noble Herrera solicitaron a la jueza Arroyo Salgado cuanto antes se les hicieran nuevas extracciones de sangre para confrontar su ADN con todo el Banco Nacional de Datos Geneticos BNDG tal cual era reclamado por los querellantes Los abogados de los hermanos explicaron que con su decision Marcela y Felipe buscan llevarle paz y tranquilidad a su madre a la que por su edad y estado de salud no quieren exponer a nuevos agravios y sufrimientos durante el plazo que puede durar una apelacion ante la Corte 18 Por su parte Alan Iud abogado de Abuelas dijo que tomaran los recaudos para que la pericia que se haga respete todos los procedimientos habituales y que no haya situaciones extranas y dudosas como ha ocurrido tantas veces en esta causa 19 Cotejos en el Banco Nacional de Datos Geneticos EditarEl 11 de julio de 2011 se informo que el examen realizado en el Banco Nacional de Datos Geneticos BNDG revelo que Marcela y Felipe Noble Herrera no son hijos de las dos familias querellantes Miranda Lanoscou y Garcia Gualdero que reclamaban la paternidad de los dos jovenes El BNDG arribo a esta primera conclusion mediante un procedimiento informatizado En el tramite estuvieron Arroyo Salgado la fiscal Rita Molina y los peritos de las partes El 15 de julio de 2011 concluyo el segundo examen en el que se comprobo que no son hijos de personas desaparecidas en 1975 y 1976 ano este ultimo en que nacieron los hermanos Este estudio es el mas importante de los tres ordenados por la jueza porque el cotejo consistio en comparar los perfiles geneticos de Marcela y Felipe que nacieron a comienzos de 1976 y fueron entregados en guarda respectivamente en mayo y julio de ese ano con el de familiares de personas que desaparecieron en los 24 meses mas proximos a aquellas fechas 20 El ADN de Marcela fue entrecruzado con el de 55 familias pero en tres de ellas la informacion genetica disponible resulto insuficiente para excluir o confirmar algun vinculo segun dice el informe que firmaron la titular del BNDG Maria Belen Rodriguez Cardozo y el resto de los peritos En el caso de Felipe el analisis se hizo con 57 familias y tambien resulto que faltaban datos de una de las familias 21 La tercera etapa consistio en comparar los datos de Marcela y Felipe con la totalidad de las muestras almacenadas en el BNDG dicho procedimiento que concluyo el 9 de octubre de 2012 tuvo resultado negativo 22 Debates politicos y mediaticos EditarEl caso de Marcela y Felipe Noble Herrera ha dado lugar a un fuerte debate mediatico y politico que mas alla de este caso en particular se refiere en general a la obtencion del ADN y la negativa mantenida hasta cierta fecha por los presuntos hijos secuestrados a entregar muestras biologicas El periodista Mempo Giardinelli afirmo en una nota que los jovenes Marcela y Felipe Noble Herrera son los herederos de una fortuna de 1000 millones de euros y de un gigantesco poder el cual perderian en caso de probarse otras filiaciones Y esto tambien dejaria al Grupo practicamente acefalo toda vez que el matrimonio entre Roberto Noble y Ernestina Herrera no tuvo descendencia natural 2 El exjuez federal Gabriel Cavallo descarto que el resultado pudiera incidir en la herencia afirmando El codigo civil establece que la senora de Noble puede dejar a quien ella quiera sus bienes La ley lo permite afirma Gabriel Cavallo 23 El periodista Mariano Grondona en su tradicional programa de opinion politica Hora Clave del 1 de noviembre de 2009 sostuvo publicamente que una vez que los presuntos hijos de secuestrados son mayores de edad no pueden ser obligados a entregar material biologico para determinar su identidad 24 En ese mismo programa el periodista Luis Novaresio colaborador de Grondona tuvo un pensamiento diferente al del conductor sobre la extraccion de sangre a posibles hijos nietos de desaparecidos durante una entrevista a la diputada de la Coalicion Civica ARI Fernanda Gil Lozano 25 Desde ese dia el coconductor dejo de participar de Hora Clave La posibilidad de una extraccion compulsiva de muestras motivo criticas de algunos politicos de la oposicion Ricardo Alfonsin Eduardo Duhalde Francisco de Narvaez Margarita Stolbizer Julio Cobos Ricardo Gil Lavedra o Martin Redrado 26 Elisa Carrio lider del partido Coalicion Civica ARI tambien expreso su opinion contraria a la extraccion compulsiva de sangre y manifesto que los hijos de Herrera de Noble son nuestros hijos 27 Por el otro lado se han declarado a favor de la obtencion compulsiva algunas personas pertenecientes a organizaciones de defensa de los Derechos Humanos como Estela de Carlotto y Adolfo Perez Esquivel y otros politicos como Nestor Kirchner Cristina Fernandez de Kirchner Hugo Moyano Daniel Scioli Pino Solanas y Anibal Fernandez 26 Sobreseimiento EditarEl 30 de diciembre de 2015 la jueza Arroyo Salgado dicto el sobreseimiento de Herrera de Noble al entender que en la causa no existia evidencia alguna que probase los hechos por los cuales fuese acusada En atencion al resultado negativo que arrojo el peritaje de ADN a los fines de establecer vinculo biologico con los grupos familiares de personas desaparecidas durante la ultima dictadura militar que integran el Archivo Nacional de Datos Geneticos no existe motivo de sospecha sentencio la jueza 1 28 Referencias Editar a b La jueza Sandra Arroyo Salgado sobreseyo a Ernestina Herrera de Noble en la causa por apropiacion de ninos durante la dictadura por Hernan Cappiello Diario La Nacion 4 01 2016 a b c d e f Giardinelli Mempo 22 de diciembre de 2002 La senora y sus extranos herederos Espana El Mundo Consultado el 26 de diciembre de 2010 a b El jury de enjuiciamiento destituyo a Marquevich Pagina 12 9 de junio de 2004 Consultado el 16 de abril de 2010 La jueza Sandra Arroyo Salgado sobreseyo a Ernestina Herrera de Noble en la causa por apropiacion de ninos durante la dictadura a b c d e Abuelas de Plaza de Mayo 2004 Los ninos desaparecidos y la Justicia Algunos fallos y resoluciones Tomo III Abuelas de Plaza de Mayo fechaacceso requiere url ayuda Escrito presentado en la causa Archivado el 18 de julio de 2009 en Wayback Machine Consultado el 16 de abril de 2010 Dictaron la falta de merito Publicado en Clarin del 5 6 2004 Fecha de acceso 16 10 2010 a b Resolucion de la Camara Federal de San Martin Publicado en el diario Clarin del 1 10 2004 Fecha de acceso 16 4 2010 Martinez Diego Camino despejado para el ADN Pagina 12 20 de mayo de 2010 a b c d Cecchini Daniel 5 de enero de 2010 El ADN del juez Bergesio Vida obra y recientes piruetas del magistrado que Clarin quiso tener en la causa Noble Miradas al Sur republicado en Psicofxp Archivado desde el original el 17 de octubre de 2010 Consultado el 26 de diciembre de 2010 Caso Noble Herrera suspenden una prueba Clarin 20 de marzo de 2010 Consultado el 26 de marzo de 2010 Desde la ex Esma Cristina dio un fuerte respaldo al reclamo de Abuelas Rosario 3 24 de marzo de 2010 Archivado desde el original el 26 de marzo de 2010 Consultado el 26 de marzo de 2010 Removieron al juez de la causa de los hijos de Ernestina Herrera de Noble http www lanacion com ar nota asp nota id 1259219 diario La Nacion Kollmann Raul El trato fue respetuoso se guardo el pudor Pagina 12 1 de junio de 2010 Una presentacion cientifica Los autores de la presentacion son Alberto Kornblihtt Maria Mercedes Lojo Diego Golombek Alberto Diaz y Alejandro Ruben Dario Krimer Publicado en Pagina 12 del 12 6 2010 Acceso 12 6 2010 Denuncian falta de garantias en el caso Noble Herrera Clarin 21 de junio de 2010 Consultado el 21 de octubre de 2010 La Corte limita los casos para comparar a solo un grupo restringido de familias de desaparecidos Pagina 12 3 de junio de 2011 Clarin com del 17 de junio de 2011 Hauser Irina y Kollmann Raul Marcela y Felipe aceptaron comparar su ADN con todas las familias del Banco Nacional de Datos Geneticos Pagina 12 18 de junio de 2011 Caso Noble un segundo examen de ADN dio negativo La Nacion 16 de julio de 2011 Hauser Irina y Kollmann Raul Termino el segundo cruce de los ADN Pagina 12 16 de julio de 2011 Herrera de Noble pide ser sobreseida La Nacion 14 de octubre de 2012 Consultado el 14 de octubre de 2012 Pueden las pruebas de los Noble Herrera tumbar a Clarin BBC 11 de noviembre de 2011 Hora Clave Canal 26 1 de noviembre de 2009 Lo rajaron a Luis Novaresio por esto Archivado desde el original el 20 de enero de 2011 Consultado el 21 de agosto de 2011 a b Unanime critica de la oposicion al Gobierno por el caso Noble La Nacion Strassera contra el proyecto de ADN compulsivo Clarin 23 de octubre de 2009 Consultado el 26 de marzo de 2010 Arroyo Salgado la jueza que incomodo a Herrera de Noble El destape 14 06 2017 nbsp Datos Q7045826 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Causa Ernestina Herrera de Noble sobre sustraccion de bebes amp oldid 148131376, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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