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Bigamia

La bigamia es el acto y estado de una persona que contrae un segundo matrimonio estando ya casada. Es un vocablo formado a partir de las palabras de origen griego bis, que significa dos veces, y gamia, gamos, matrimonio, por lo que en su sentido etimológico equivale a matrimonio doble.

Miniatura medieval que muestra al personaje bíblico Elcaná junto a sus dos esposas Ana y Penina. La primera no podía engendrar pero era la más amada por Elcaná, mientras la segunda le dio varios hijos. Dios se compadeció y le concedió la fertilidad a Ana, quien dio a luz a Samuel, el último profeta del pueblo de Israel.

En el campo del derecho, y más específicamente en el del derecho canónico, se contrapone a monogamia considerada por el cristianismo como la verdadera y única forma del matrimonio. De acuerdo en gran medida con esta tradición cristiana la bigamia es un delito en Europa y en América, y en otros países con herencias jurídicas, culturales y religiosas diversas.[1]

Derecho romano

En un principio en la Antigua Roma no existió una ley específica contra la bigamia, aunque con el tiempo se consideró adúltera a la mujer bígama por lo que se le aplicó la pena de muerte que correspondía al delito de adulterio y al varón bígamo reo de estupro. La primera ley sobre la bigamia fue obra del emperador Valeriano que declaró sujeto a la nota de infamia al que a un tiempo tuviese dos mujeres. La prohibición fue reiterada por Diocleciano y Maximiano quienes mandaron que los jueces no dejaran impune este delito. El Código de Justiniano recogió la prohibición de la bigamia, suscitándose la controversia de si esta debía castigarse con la misma pena que correspondía al adulterio o la que correspondía al estupro, o bien debía dejarse al arbitrio del juez según las circunstancias.[2]

Derecho canónico

En el canon 4, distinción 26, del Decreto de Graciano se dice:

[...]En el matrimonio es ley no reiterarlo ni procurar unirse a segunda consorte...

El canon 5, distinción 34, del mismo decreto dice:

Al cristiano no le es lícito tener no ya muchas mujeres, pero ni aun dos, sino solo una como esposa, o en lugar de esta si falta la consorte una concubina.

En el capítulo 2, título 21, libro 4 de las Decretales se recoge una del papa Lucio III de 1181:

Ninguno de aquí a delante se atreva a pasar a segundas nupcias mientras no le conste que su mujer ha muerto. Si alguno o alguna no ha cumplido hasta ahora con esta prescripción y cree que todavía debe dudar de la muerte de su primera mujer no niegue el débito al que o la que con ella o con él se casó si se lo pidiere; pero entienda que de ningún modo debe exigirlo. Si después de esto constase que vive su cónyuge, abandonando las uniones adulterinas debe volver a unirse a su primer consorte.

En el capítulo 19, título 1, libro 4 de las Decretales se recoge otra del papa Clemente III de 1188:

Se nos consultó qué debería hacerse respecto de las mujeres que hubiesen esperado más de siete años a sus maridos ausentes por causa de peregrinación o cautividad, y no pueden certificar de la vida o muerte de los mismos aunque hayan practicado activas diligencias para ello, y a causa de su edad juvenil o de la fragilidad de la carne no pueden contenerse y piden unirse a otros en matrimonio. —Respondemos que cualquiera que sea el número de años que pertenezcan en tal estado, mientras vivan sus maridos no pueden pasar canónicamente a nuevo consorcio y no debe permitírseles contraer con autoridad de la Iglesia hasta que no reciban noticia cierta de la muerte de sus maridos.

En el Concilio de Trento (siglo XVI) se acordó respecto del matrimonio:

Si alguno dijere que es lícito a los cristianos tener a un mismo tiempo muchas mujeres y que esto no está prohibido por ninguna ley divina, sea excomulgado.

Legislación por países

En todos los países de Europa (incluida Turquía), de América y de Oceanía la única forma de matrimonio reconocida legalmente es la monógama. En África ocurre lo contrario: prácticamente todos los países permiten el matrimonio con dos o más mujeres, excepto Costa de Marfil y Túnez. Una situación similar es la que se da en Oriente Medio, donde sólo el estado hebreo de Israel reconoce, en teoría, únicamente el matrimonio monógamo. En Asia es donde existe una situación más variada. En Asia central y oriental la ley sólo reconoce el matrimonio monógamo (Mongolia, China, Corea del Norte, Corea del Sur, Japón, Taiwán, Filipinas y las repúblicas exsoviéticas), mientras que en Asia del Sur predominan los países en los que está autorizada la poligamia (Indonesia, Vietnam, Tailandia, Malasia, Brunéi, India, Pakistán, Afganistán e Irán) y sólo unos pocos admiten únicamente el matrimonio monógamo (Camboya, Laos, Birmania, Bangladés, Bután y Nepal).[3]

En el Perú, según el artículo 139 de Delitos contra la familia del Código Penal, el casado que contrae otro matrimonio será encarcelado hasta cuatro años.[4]

Véase también

Referencias

  1. Arrazola, 1853, p. 571.
  2. Arrazola, 1853, p. 575.
  3. Macionis, 2001, pp. 464-465.
  4. «La bigamia: Los novios y hasta el párroco pueden ir a la cárcel». RPP. Consultado el 16 de diciembre de 2019. 

Bibliografía

  • Arrazola, Lorenzo (1853). «Bigamia». Enciclopedia española de Derecho y Administración o Nuevo Teatro de la Legislación de España e Indias. Tomo VI. Madrid: Imprenta de Días y Compañía. Consultado el 3 de diciembre de 2013. 
  • Macionis, John J.; Plummer, Ken (2001) [1998]. Sociología. Madrid: Prentice Hall. ISBN 84-8322-152-7. 
  •   Datos: Q720243
  •   Multimedia: Polygamy
  •   Citas célebres: Bigamia

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La bigamia es el acto y estado de una persona que contrae un segundo matrimonio estando ya casada Es un vocablo formado a partir de las palabras de origen griego bis que significa dos veces y gamia gamos matrimonio por lo que en su sentido etimologico equivale a matrimonio doble Miniatura medieval que muestra al personaje biblico Elcana junto a sus dos esposas Ana y Penina La primera no podia engendrar pero era la mas amada por Elcana mientras la segunda le dio varios hijos Dios se compadecio y le concedio la fertilidad a Ana quien dio a luz a Samuel el ultimo profeta del pueblo de Israel En el campo del derecho y mas especificamente en el del derecho canonico se contrapone a monogamia considerada por el cristianismo como la verdadera y unica forma del matrimonio De acuerdo en gran medida con esta tradicion cristiana la bigamia es un delito en Europa y en America y en otros paises con herencias juridicas culturales y religiosas diversas 1 Indice 1 Derecho romano 2 Derecho canonico 3 Legislacion por paises 4 Vease tambien 5 Referencias 6 BibliografiaDerecho romano EditarEn un principio en la Antigua Roma no existio una ley especifica contra la bigamia aunque con el tiempo se considero adultera a la mujer bigama por lo que se le aplico la pena de muerte que correspondia al delito de adulterio y al varon bigamo reo de estupro La primera ley sobre la bigamia fue obra del emperador Valeriano que declaro sujeto a la nota de infamia al que a un tiempo tuviese dos mujeres La prohibicion fue reiterada por Diocleciano y Maximiano quienes mandaron que los jueces no dejaran impune este delito El Codigo de Justiniano recogio la prohibicion de la bigamia suscitandose la controversia de si esta debia castigarse con la misma pena que correspondia al adulterio o la que correspondia al estupro o bien debia dejarse al arbitrio del juez segun las circunstancias 2 Derecho canonico EditarEn el canon 4 distincion 26 del Decreto de Graciano se dice En el matrimonio es ley no reiterarlo ni procurar unirse a segunda consorte Arrazola 1853 p 574 El canon 5 distincion 34 del mismo decreto dice Al cristiano no le es licito tener no ya muchas mujeres pero ni aun dos sino solo una como esposa o en lugar de esta si falta la consorte una concubina Arrazola 1853 p 574 En el capitulo 2 titulo 21 libro 4 de las Decretales se recoge una del papa Lucio III de 1181 Ninguno de aqui a delante se atreva a pasar a segundas nupcias mientras no le conste que su mujer ha muerto Si alguno o alguna no ha cumplido hasta ahora con esta prescripcion y cree que todavia debe dudar de la muerte de su primera mujer no niegue el debito al que o la que con ella o con el se caso si se lo pidiere pero entienda que de ningun modo debe exigirlo Si despues de esto constase que vive su conyuge abandonando las uniones adulterinas debe volver a unirse a su primer consorte Arrazola 1853 p 574 En el capitulo 19 titulo 1 libro 4 de las Decretales se recoge otra del papa Clemente III de 1188 Se nos consulto que deberia hacerse respecto de las mujeres que hubiesen esperado mas de siete anos a sus maridos ausentes por causa de peregrinacion o cautividad y no pueden certificar de la vida o muerte de los mismos aunque hayan practicado activas diligencias para ello y a causa de su edad juvenil o de la fragilidad de la carne no pueden contenerse y piden unirse a otros en matrimonio Respondemos que cualquiera que sea el numero de anos que pertenezcan en tal estado mientras vivan sus maridos no pueden pasar canonicamente a nuevo consorcio y no debe permitirseles contraer con autoridad de la Iglesia hasta que no reciban noticia cierta de la muerte de sus maridos Arrazola 1853 p 574 En el Concilio de Trento siglo XVI se acordo respecto del matrimonio Si alguno dijere que es licito a los cristianos tener a un mismo tiempo muchas mujeres y que esto no esta prohibido por ninguna ley divina sea excomulgado Arrazola 1853 p 574 Legislacion por paises EditarEn todos los paises de Europa incluida Turquia de America y de Oceania la unica forma de matrimonio reconocida legalmente es la monogama En Africa ocurre lo contrario practicamente todos los paises permiten el matrimonio con dos o mas mujeres excepto Costa de Marfil y Tunez Una situacion similar es la que se da en Oriente Medio donde solo el estado hebreo de Israel reconoce en teoria unicamente el matrimonio monogamo En Asia es donde existe una situacion mas variada En Asia central y oriental la ley solo reconoce el matrimonio monogamo Mongolia China Corea del Norte Corea del Sur Japon Taiwan Filipinas y las republicas exsovieticas mientras que en Asia del Sur predominan los paises en los que esta autorizada la poligamia Indonesia Vietnam Tailandia Malasia Brunei India Pakistan Afganistan e Iran y solo unos pocos admiten unicamente el matrimonio monogamo Camboya Laos Birmania Banglades Butan y Nepal 3 En el Peru segun el articulo 139 de Delitos contra la familia del Codigo Penal el casado que contrae otro matrimonio sera encarcelado hasta cuatro anos 4 Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Bigamia en Espana MatrimonioReferencias Editar Arrazola 1853 p 571 Arrazola 1853 p 575 Macionis 2001 pp 464 465 La bigamia Los novios y hasta el parroco pueden ir a la carcel RPP Consultado el 16 de diciembre de 2019 Bibliografia EditarArrazola Lorenzo 1853 Bigamia Enciclopedia espanola de Derecho y Administracion o Nuevo Teatro de la Legislacion de Espana e Indias Tomo VI Madrid Imprenta de Dias y Compania Consultado el 3 de diciembre de 2013 Macionis John J Plummer Ken 2001 1998 Sociologia Madrid Prentice Hall ISBN 84 8322 152 7 Datos Q720243 Multimedia Polygamy Citas celebres BigamiaObtenido de https es wikipedia org w index php title Bigamia amp oldid 133615259, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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