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Ayudas de Estado en la Unión Europea

Las ayudas y subvenciones a las empresas constituyen instrumentos de intervención de los poderes públicos en el marco de su política económica. Cuando estas ayudas públicas van dirigidas a favorecer a ciertas empresas o producciones, pueden tener por resultado el falsear, o amenazar con falsear la competencia y afectar a los intercambios, perturbando el buen funcionamiento del mercado común, generando ventajas competitivas ilegítimas e incompatibles si no respeta el Régimen de Ayudas de Estado establecido por las autoridades comunitarias.

Para vigilar que las subvenciones y ayudas que otorgan los Estados miembros (en cualquier nivel de gobierno, nacional, regional, local u otros) no alteran ni interfieren en la competencia entre empresas, las autoridades comunitarias supervisa con rigor tales mecanismos, denominándolas Ayudas de Estado (State Aid).

Regulación

El punto de partida del régimen legal actual de las Ayudas de Estado lo constituye el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) que prohíbe a los Estados miembros conceder ayudas a empresas, incluyéndose dentro de este término las medidas de carácter fiscal (principio de no discriminación fiscal), que permitan a la empresa situarse en una situación ventajosa respecto a sus competidores.

Así, el artículo 107.1 del TFUE establece que son incompatibles con el mercado interior —y por lo tanto, en principio están prohibidas— las ayudas otorgadas por los Estados miembros o financiadas con fondos estatales (i.e., no las ayudas concedidas por la Comisión o con fondos europeos), bajo cualquier forma, en las que concurran los siguientes requisitos:

  • Que puedan afectar a los intercambios comerciales entre Estados miembros.
  • Que falseen o amenacen con falsear la competencia.
  • Que favorezcan a determinadas empresas o producciones.

Como excepción a este principio general, el artículo 107 TFUE (art. 107.2) declaran compatibles o susceptibles de ser declaradas compatibles (art. 107.3) con el mercado interior determinadas ayudas y categorías de ayudas públicas que se destinan a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o regiones económicas pero que no alteran las condiciones de los intercambios de forma contraria al interés común.

Concepto de ayuda de Estado

El concepto de Ayuda de Estado[1]​ es vaporoso. La falta de definición clara y precisa del concepto de «ayuda de Estado» conforme a lo dispuesto en el art. 107.1 TFUE, exige acudir a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que matiza y aclara el alcance de las ayudas de Estado.

La Comisión ha elaborado su “Comunicación relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea[2]​” (DOUE C262 de 19 de julio de 2016) en la que aclara diversos aspectos del artículo 107.1 TFUE y del concepto de Ayuda, basándose en la interpretación del Tribunal de Justicia y del Tribunal General.

De la jurisprudencia comunitaria puede destacarse la Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de marzo de 1994, en el asunto C‑387/92 Banco Exterior de España,[3]​ la primera en afirmar que el concepto de ayuda abarca no solo las prestaciones positivas como las subvenciones, sino también las intervenciones que, bajo formas diversas, alivian las cargas que normalmente recaen sobre el presupuesto de una empresa y que, por ello, sin ser subvenciones en el sentido estricto del término, son de la misma naturaleza y tienen efectos idénticos.

Por otra parte, las Ayudas públicas se dirigen a empresas, entendidas como entidades que ejercen una actividad económica, con independencia de su estatuto jurídico y de su modo de financiación.[4]

Así, son cuatro las características fundamentales de una Ayuda de Estado:

Transferencia de recursos públicos de un Estado miembro, en su más amplio sentido

  • La ayuda debe ser concedida por el Estado miembro, entendiendo este en un sentido amplio: la Administración General del Estado, las administraciones de las regiones y comunidades autónomas (en España), las entidades que integran la administración local, cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.
  • Las ayudas pueden ser concedidas directamente por el organismo público, o a través de un intermediario de carácter público o incluso privado. En este sentido el TJUE se pronuncia manteniendo que “solo las ventajas concedidas directa o indirectamente a través de fondos estatales se consideran ayudas a los efectos del artículo 92, apartado 1 (actual artículo 107), del Tratado”.[5]
  • La ayuda puede revestir gran variedad de formas jurídicas: subvenciones, bonificaciones fiscales, préstamos blandos, garantías, participaciones de financiación riesgo en sociedades, entrega directa de bienes y servicios, etc.

Así, una norma fiscal que tenga como consecuencia una reducción en la carga impositiva de una empresa (beneficio fiscal: deducciones, exenciones o bonificaciones) puede ser constitutiva de Ayuda de Estado y por tanto, sujeta al artículo 107 del TFUE.

En estos términos se ha pronunciado el TJUE al establecer que “una medida mediante la cual las autoridades públicas conceden a determinadas empresas una exención tributaria que, aunque no implique una transferencia de fondos estatales, coloque a los beneficiarios en una situación financiera más favorable a que a los restantes contribuyente, constituye ayuda de Estado”.

Algunas medidas fiscales pueden obstaculizar el buen funcionamiento del mercado interior. Para tales medidas el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ha previsto la posibilidad de armonizar las disposiciones fiscales de los Estados miembros para minimizar la competencia fiscal. Así, ante la necesidad de actuar de forma coordinada a nivel comunitario para hacer frente a la competencia fiscal perniciosa, el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de 1 de diciembre de 1997 aprobó una serie de conclusiones y dio su conformidad a una resolución relativa a un Código de Conducta sobre la fiscalidad de las empresas, adoptado en forma de resolución del Consejo en 1998[6]

La Comisión se comprometió a elaborar unas directrices relativas a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las medidas relacionadas con la fiscalidad directa de las empresas y “a velar escrupulosamente por que se apliquen con todo rigor las normas relativas a las citadas ayudas”.

Así, se aprobó la Comunicación de la Comisión relativa a la aplicación de las normas sobre ayudas estatales a las medidas relacionadas con la fiscalidad directa de las empresas (98/C 384/03[7]​)

En mayo de 2016, la Comisión aprobó una comunicación sobre la noción de ayuda de Estado [1] que clarifica cuando un gasto público entra en el ámbito de las ayudas de Estado controladas por la Comisión y cuando no.

Ventaja económica

Para que la ayuda otorgada por un Estado miembro a una empresa sea calificada como una ayuda de Estado, es preciso que la empresa obtenga de esa ayuda una ventaja económica especial que no habría obtenido en el desarrollo normal de su actividad, en condiciones normales de mercado, es decir, sin la intervención pública (Sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de julio de 1996, SFEI y otros, en el asunto C-39/94).

Carácter selectivo

La “selectividad” puede definirse como un resultado, directo o indirecto, de la discriminación positiva o trato diferenciado positivo de una empresa, un grupo o categoría de empresas o, incluso, de un sector económico con respecto a los que se encuentran en la situación jurídico-económica comparable. Esta nota característica es fundamental para diferenciar a las ayuda de Estado de las denominadas “medidas generales” que de forma real y efectiva son accesibles a todos los agentes económicos. Las ayudas de Estado no se aplican a la generalidad de las empresas, sino a un territorio o empresa, grupo de empresas o sector empresarial concreto.

Pero además, para que una medida fiscal sea considerada como Ayuda de Estado es necesario que la excepción del sistema fiscal general aplicable no encuentre justificación en la naturaleza o economía del sistema tributario. Así se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, al indicar “aun siendo objetivo, el criterio de distinción utilizado por la legislación nacional controvertida en los procedimientos principales no encuentra justificación ni en la naturaleza ni en la economía general de aquélla, de manera que no puede privar del carácter de ayuda de Estado a la medida controvertida[8].”

Afectar negativamente a la competencia y los intercambios comerciales

Se entiende que una ayuda tiene o puede tener incidencia en la competencia y en los intercambios comerciales entre los Estados miembros si el beneficiario de la misma desarrolla cualquier tipo de actividad económica y opera en un mercado en el que existen intercambios comerciales entre los Estados miembros, con independencia de la naturaleza jurídica de dicho beneficiario.

En este sentido indicar que tanto la Comisión Europea como el TJUE se han pronunciado en numerosas ocasiones, manteniendo que el tamaño de la empresa beneficiaria o la cuantía de la ayuda recibida son aspectos irrelevantes para determinar si la ayuda tiene efectos perniciosos en la competencia o en los intercambios comerciales. Asimismo, tampoco es determinante el hecho de que la empresa participe en la actualidad o en un futuro en intercambios comerciales en otros mercados europeos o que el beneficiario no tenga actividad comercial fuera del mercado interno de su Estado miembro.

Ayudas compatibles con el mercado interior

El apartado segundo del artículo 107 del TFUE señala que son compatibles con el mercado interior las siguientes ayudas:

  • Las ayudas de carácter social concedidas a los consumidores individuales, siempre que se otorguen sin discriminaciones basadas en el origen de los productos.
  • Las ayudas destinadas a reparar los perjuicios causados por desastres naturales o por otros acontecimientos de carácter excepcional;
  • Las ayudas concedidas con objeto de favorecer la economía de determinadas regiones de la República Federal de Alemania, afectadas por la división de Alemania, en la medida en que sean necesarias para compensar las desventajas económicas que resultan de tal división. Cinco años después de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el Consejo podrá adoptar, a propuesta de la Comisión, una decisión por la que se derogue la presente letra.

En el apartado tercero del citado artículo relaciona una serie de ayudas que pueden ser compatibles con el mercado interior:

  • Las ayudas destinadas a favorecer el desarrollo económico de regiones en las que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situación de subempleo, así como el de las regiones contempladas en el artículo 349,[9]​ habida cuenta de su situación estructural, económica y social.
  • Las ayudas para fomentar la realización de un proyecto importante de interés común europeo o destinadas a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro.
  • Las ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones económicas, siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común.
  • Las ayudas destinadas a promover la cultura y la conservación del patrimonio, cuando no alteren las condiciones de los intercambios y de la competencia en la Unión en contra del interés común.
  • Las demás categorías de ayudas que determine el Consejo por decisión, tomada a propuesta de la Comisión.

El artículo 109 del TFUE establece “el Consejo, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo, podrá adoptar los reglamentos apropiados para la aplicación de los artículos 107 y 108 y determinar, en particular, las condiciones para la aplicación del apartado 3 del artículo 108 y las categorías de ayudas que quedan excluidas de tal procedimiento”.

Hay que tener en cuenta que la Comisión Europea cuenta con competencias exclusivas en la materia y que esta excepciones no se pueden aplicar directamente.

Reglamentos de la Comisión Europea relativos a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis

Las ayudas que cumplen los criterios del artículo 107, apartado 1, del Tratado constituyen ayudas de Estado y deben notificarse a la Comisión[10]​ en virtud del artículo 108, apartado 3, del Tratado. No obstante, de conformidad con el artículo 109 del Tratado, el Consejo podrá determinar las categorías de ayudas que quedan exentas de esta obligación de notificación.

De conformidad con el artículo 108, apartado 4, del Tratado, la Comisión ha adoptado reglamentos relativos a dichas categorías. En virtud del Reglamento (UE) 2015/1588, el Consejo decidió, de conformidad con el artículo 109 del Tratado, que las ayudas de minimis, además de otras categorías de ayudas que se especifican en el Reglamento, podían constituir una de dichas categorías. Sobre esa base, se considera que las ayudas de minimis, entendiendo como tales las que se conceden a una única empresa durante un cierto espacio de tiempo y no superan una cantidad fija determinada, no cumplen todos los criterios que establece el artículo 107, apartado 1, del Tratado y, por lo tanto, no están sujetas al procedimiento de notificación.

Esa cantidad está fijada en 200.000€ cada tres ejercicios fiscales para los sectores industriales. Pesca y Agricultura tiene sus propios límites.

Los Reglamentos "de minimis" vigentes en la actualidad[actualizar] son:

  • Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  • Reglamento (UE) 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrario (DOUE L 352/9, de 24.12.2013)
  • Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura.
  • Reglamento (UE) 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general.

Reglamentos de la Comisión Europea que declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior

La financiación estatal que cumple los criterios del artículo 107, apartado 1, del Tratado constituye ayuda estatal y debe notificarse a la Comisión en virtud del artículo 108, apartado 3, del Tratado. No obstante, de conformidad con el artículo 109 del Tratado, el Consejo podrá determinar las categorías de ayudas que quedan exentas de esta obligación de notificación. De conformidad con el artículo 108, apartado 4, del Tratado, la Comisión podrá adoptar reglamentos relativos a esas categorías de ayudas estatales. El Reglamento (UE) 2015/1588 del Consejo facultó a la Comisión para adoptar los siguientes Reglamentos:

  • Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  • Reglamento (UE) 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  • Reglamento (UE) 1388/2014 de la Comisión de 16 de diciembre de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas a empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Control de las Ayudas de Estado

El artículo 108 Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) encomienda a la Comisión Europea la facultad exclusiva y excluyente de declarar las ayudas estatales compatibles con el mercado interior.

Al objeto de que la Comisión pueda desarrollar la tarea que tiene encomendada, el artículo 108 TFUE define un régimen de control de ayudas estatales que gira en torno a cuatro principios esenciales:

  1. Los Estados miembros deben notificar a la Comisión cualquier proyecto de concesión de una Ayuda de Estado (o proyecto de modificación) antes de proceder a su aplicación. Una vez notificadas por el Estado miembro, la Comisión debe analizar si las medidas en cuestión pueden acogerse a alguna de las excepciones establecidas en el artículo 107 TFUE, apartados segundo y tercero, o por el contrario, deben considerarse incompatibles con el mercado interior. En este último caso, podrá ordenar al Estado miembro que suprima o modifique la medida propuesta.
  2. La Comisión está obligada a analizar todas las denuncias e informaciones que reciba sobre la posible concesión de Ayudas de Estado ilegales, con independencia de la fuente de la que proceda la información. Si la Ayuda de Estado investigada ya ha sido ejecutada sin notificación y autorización previa de la Comisión, y la Comisión aprecia que la ayuda es incompatible con el mercado interior, podrá exigir al Estado miembro que ordene su recuperación de las entidades beneficiarias de la medida.
  3. La Comisión debe revisar constantemente los regímenes de ayudas vigentes de los Estados miembros y puede proponerles las medidas que considere adecuadas para garantizar su compatibilidad con el mercado interior.
  4. Para aligerar la carga de trabajo y promover la seguridad jurídica, la Comisión puede adoptar reglamentos relativos a categorías de ayudas públicas que queden exentos del procedimiento de notificación y autorización previa de la Comisión, siempre que el Consejo de la Unión Europea previamente haya adoptado un reglamento habilitante que identifique las categorías de ayudas que pueden beneficiarse de este procedimiento de autorización ex ante. Las Ayudas exentas se someten, así, a un procedimiento de comunicación a la Comisión y al control del Estado miembro.

Ayudas de Estado en la Unión Europea por país

España

Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones en España

Dado que las Ayudas de Estado, a tenor del artículo 107 apartado 1 del Tratado están, en principio, prohibidas, es importante que para todas las partes sea posible comprobar si una ayuda se concede de conformidad con las normas aplicables. Por consiguiente, la transparencia de las ayudas estatales es esencial para la correcta aplicación de las normas del Tratado, y propicia un mejor cumplimiento, una mejor rendición de cuentas, una revisión inter pares y, en definitiva, un gasto público más eficaz. La transparencia es uno de los principales objetivos del “Plan de modernización de las ayudas estatales en la UE”, de 2012.

Para garantizar la transparencia, los citados Reglamentos[11]​ (UE) instan a los Estados miembros a crear sitios web exhaustivos sobre ayudas estatales, a nivel regional o nacional, que contengan información resumida relativa a cada medida de ayuda exenta concedida en virtud de esos Reglamentos.

De la misma manera, la Comunicación de la Comisión (2014/C 198/02)[12]​ de 27 de junio de 2014, que modifica diferentes Comunicaciones de la Comisión sobre Directrices de la Unión Europea para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales en varios sectores (banda ancha, cine, capital-riesgo, ayudas regionales…), también establece la obligación de publicación en los citados sitios web de todas las ayudas notificadas individualmente y las concedidas en el marco de los regímenes notificados y de los regímenes cubiertos por una exención por categorías que sean superiores a 500.000 euros.

Así, la compatibilidad de la ayuda con el mercado interior queda supeditada al cumplimiento de esa obligación.

Los enlaces a los sitios web de todos los Estados miembros se publican en el sitio web de la Comisión y en el sitio web de la Comisión se publica un resumen de la información relativa a cada medida de ayuda exenta en virtud de los Reglamentos por categoría.

La Base de Datos Nacional de Subvenciones se configura en España como el sitio web exhaustivo sobre Ayudas de Estado a nivel nacional, que contiene información resumida relativa a cada medida de ayuda exenta en virtud de esos Reglamentos.

Así, a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, España publica:

  • El texto completo de cada una de las ayudas sujetas a los reglamentos por categoría, incluidas sus modificaciones, mediante un enlace para acceder al mismo.
  • Un enlace a la información resumida de la ayuda facilitada por España a la Comisión mediante la aplicación informática habilitada al efecto por esta Comisión (referencia de la Ayuda, Estado miembro, referencia del Estado miembro, Región NUTS, autoridad concedente, denominación de la medida de ayuda, base jurídica nacional, tipo de medida,…).
  • La siguiente información relativa a cada ayuda individual concedida:
    • La referencia del número de identificación de la ayuda.
    • El nombre del beneficiario.
    • El tipo de empresa (PYME o gran empresa) en el momento de concesión de la ayuda.
    • La región en la que esté establecido el beneficiario, a nivel NUTS 2.
    • El sector de actividad a nivel de grupo de la NACE.
    • El elemento de ayuda, expresado en valores enteros en moneda nacional (ayuda equivalente en aquellos instrumentos distintos de subvención).
    • El instrumento de ayuda (subvención/bonificación de intereses, préstamo/anticipos reembolsables/subvención reembolsable, garantía, ventaja fiscal o exención fiscal, financiación de riesgos, y otros.
    • La fecha de concesión de la ayuda.
    • El objetivo de la ayuda.
    • La autoridad que concede la ayuda.

La información se publica, con carácter general, en un plazo de un mes a partir de la fecha de la concesión de la ayuda y, en el caso de las ayudas en forma de ventaja fiscal, en el plazo de un año a partir de la fecha en que se presenta la declaración de impuestos. Esta información estará disponible durante al menos diez años a partir de la fecha de la concesión de la ayuda.

Control de las ayudas de minimis

El derecho comunitario, en los Reglamentos relativos a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis,[13]​ se establece la obligación de los Estados miembros de registrar y compilar la información relativa a la aplicación de dichos reglamentos comunitarios, especialmente en lo referente al cumplimiento del límite del importe total de ayuda «de minimis» recibida por cualquier empresa.

Para el control del límite del importe total de ayuda de minimis, habilita (entre otras posibilidades) a los Estados miembros a establecer un registro central de las ayudas de minimis que permita suplir determinadas obligaciones exigidas.

La Ley 38/2003 General de Subvenciones, que establece el régimen jurídico de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) no configura expresamente a la BDNS como registro central de las ayudas de minimis, ni le atribuye las funciones propias de dicho registro.

Ahora bien, entre las funciones de la BDNS se encuentran la mejora de la gestión y la colaboración en la lucha contra el fraude de subvenciones y ayudas públicas.

Al estar obligados a suministrar información a la BDNS las administraciones públicas así como los organismos y entidades vinculadas o dependientes de ellas concedentes de subvenciones y ayudas públicas, la BDNS debe contener información sobre las concesiones de subvenciones y ayudas a los beneficiarios. Esta información centralizada que ofrece la BDNS es de gran utilidad a la hora de realizar las comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento por parte de los beneficiarios del requisito de no sobrepasar la obtención de ayudas de minimis por un determinado importe en un periodo predefinido, teniendo presente que no es un registro central de ayudas de minimis.

No obstante, el control de las normas de acumulación de ayudas se realiza sobre la base de un sistema declarativo por beneficiario, apoyado en la Ley General de Subvenciones, que en su en su artículo 14.1.d) establece como obligación del beneficiario “comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas”. Asimismo, en su artículo 30.4 establece que el beneficiarios deberá acreditar en la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, el importe, procedencia y aplicación de todos los fondos que han financiado las actividad, tanto los fondos propios como otras subvenciones o recursos.

Sobre la base de estos preceptos, las bases reguladoras de la concesión de subvenciones exigen al potencial beneficiario, en el momento de la solicitud, que declaren las fuentes de financiación previstas para acometer las actividades subvencionadas.

Eficacia de la aplicación de las normas de la UE sobre Ayudas de Estado en España

La regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones públicas españolas se encuentra en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta Ley establece en su artículo 9 que “en aquellos casos en los que, de acuerdo con los artículos 87 a 89 del Tratado Constitutivo de la Unión Europea, deban comunicarse los proyectos para el establecimiento, la concesión o la modificación de una subvención, las Administraciones públicas o cualesquiera entes deberán comunicar a la Comisión de la Unión Europea los oportunos proyectos de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los términos que se establezcan reglamentariamente, al objeto que se declare la compatibilidad de las mismas. En estos casos, no se podrá hacer efectiva una subvención en tanto no sea considerada compatible con el mercado común.”

En España existen tres niveles de control para garantizar la legalidad de las Ayudas de estado.

  1. En un primer nivel, todas las Ayudas de Estado deben ser objeto de examen previo, antes de su aprobación, en virtud tanto del ordenamiento jurídico comunitario como del ordenamiento interno español, que imponen que todas las Ayudas de Estado sean sometidas al procedimiento previsto en el Real Decreto 1755/1987, de 23 de diciembre, sobre el procedimiento de comunicación a la Comisión de las Comunidades Europeas de los proyectos de las Administraciones o Entes Públicos que se propongan establecer. Este procedimiento se canaliza a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, cuya Dirección General de Coordinación de Políticas Comunes y de Asuntos Generales de la Unión Europea el 20 de diciembre de 2016 en Wayback Machine. actúa como Coordinador Nacional de Ayudas Públicas.
  2. Por su parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia realiza funciones de control y seguimiento sobre las ayudas públicas en España, cualquiera que sea la Administración pública que la establezca.
  3. Un tercer nivel hace referencia a las subvenciones otorgadas a cada beneficiario y vela por el respeto de las normas de acumulación de ayudas (de minimis).

Además, el procedimiento se encuentra reforzado en el concreto ámbito de las subvenciones.

Véase también

Referencias

  1. En ocasiones se traduce State Aid como Ayuda Estatal.
  2. Comunicación relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea http://eur-lex.europa.eu/oj/direct-access.html?locale=es
  3. Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de marzo de 1994 http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?docid=145912&doclang=ES
  4. Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de septiembre de 2000, Pavlov y otros, en los asuntos acumulados C‑180/98 a C-184/98). http://curia.europa.eu/juris/liste.jsf?language=en&num=C-180/98
  5. Sentencia del Tribunal de Justicia de 13 de marzo de 2001, en el asunto C-379/98: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:61998CJ0379&qid=1474629342900&from=ES
  6. Parlamento Europeo – Fichas técnicas sobre la UE: LOS IMPUESTOS DIRECTOS: LA FISCALIDAD DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y DE LAS SOCIEDADES www.europarl.europa.eu/ftu/pdf/es/FTU_5.11.2.pdf
  7. Comunicación de la Comisión relativa a la aplicación de las normas sobre Ayudas Estatales a las medidas relacionadas con la fiscalidad directa de las empresas (98/C 384/03): http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:31998Y1210(01)&from=ES
  8. Sentencia del Tribunal de Justicia de 8/11/201 — Asunto C-143/99 (Sala Quinta): http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:61999CJ0143&from=EN
  9. Regiones ultraperiféricas: Guadalupe, la Guayana Francesa, Martinica, la Reunión, San Bartolomé, San Martín, las Azores, Madeira y las islas Canarias.
  10. Aunque se denomina "notificación", en la realidad es más que eso, pues es un procedimiento completo de autorización previa.
  11. Conocidos como Reglamentos de exención GBER (651/2014), ABER (702/2014), FBER (1388/2014).
  12. Comunicación de la Comisión (2014/C 198/02) de 27 de junio de 2014 http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:C:2014:198:FULL&from=ES
  13. Son los Reglamentos (UE) 1407/2013, 1308/2013, 717/2014, y 360/2012.

Enlaces externos

  • Ley General de Subvenciones
  • Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones
  • Portal de medidas y casos de competencia (DG COMP UE)
  • Módulo de Transparencia de AdE (DG COMP UE)
  • Tribunal de Justicia de la UE
  •   Datos: Q28501921

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Las ayudas y subvenciones a las empresas constituyen instrumentos de intervencion de los poderes publicos en el marco de su politica economica Cuando estas ayudas publicas van dirigidas a favorecer a ciertas empresas o producciones pueden tener por resultado el falsear o amenazar con falsear la competencia y afectar a los intercambios perturbando el buen funcionamiento del mercado comun generando ventajas competitivas ilegitimas e incompatibles si no respeta el Regimen de Ayudas de Estado establecido por las autoridades comunitarias Para vigilar que las subvenciones y ayudas que otorgan los Estados miembros en cualquier nivel de gobierno nacional regional local u otros no alteran ni interfieren en la competencia entre empresas las autoridades comunitarias supervisa con rigor tales mecanismos denominandolas Ayudas de Estado State Aid Indice 1 Regulacion 2 Concepto de ayuda de Estado 2 1 Transferencia de recursos publicos de un Estado miembro en su mas amplio sentido 2 2 Ventaja economica 2 3 Caracter selectivo 2 4 Afectar negativamente a la competencia y los intercambios comerciales 3 Ayudas compatibles con el mercado interior 4 Reglamentos de la Comision Europea relativos a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis 5 Reglamentos de la Comision Europea que declaran determinadas categorias de ayudas compatibles con el mercado interior 6 Control de las Ayudas de Estado 7 Ayudas de Estado en la Union Europea por pais 7 1 Espana 7 1 1 Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones en Espana 7 1 2 Control de las ayudas de minimis 7 1 3 Eficacia de la aplicacion de las normas de la UE sobre Ayudas de Estado en Espana 8 Vease tambien 9 Referencias 10 Enlaces externosRegulacion EditarEl punto de partida del regimen legal actual de las Ayudas de Estado lo constituye el Tratado de Funcionamiento de la Union Europea TFUE que prohibe a los Estados miembros conceder ayudas a empresas incluyendose dentro de este termino las medidas de caracter fiscal principio de no discriminacion fiscal que permitan a la empresa situarse en una situacion ventajosa respecto a sus competidores Asi el articulo 107 1 del TFUE establece que son incompatibles con el mercado interior y por lo tanto en principio estan prohibidas las ayudas otorgadas por los Estados miembros o financiadas con fondos estatales i e no las ayudas concedidas por la Comision o con fondos europeos bajo cualquier forma en las que concurran los siguientes requisitos Que puedan afectar a los intercambios comerciales entre Estados miembros Que falseen o amenacen con falsear la competencia Que favorezcan a determinadas empresas o producciones Como excepcion a este principio general el articulo 107 TFUE art 107 2 declaran compatibles o susceptibles de ser declaradas compatibles art 107 3 con el mercado interior determinadas ayudas y categorias de ayudas publicas que se destinan a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o regiones economicas pero que no alteran las condiciones de los intercambios de forma contraria al interes comun Concepto de ayuda de Estado EditarEl concepto de Ayuda de Estado 1 es vaporoso La falta de definicion clara y precisa del concepto de ayuda de Estado conforme a lo dispuesto en el art 107 1 TFUE exige acudir a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Union Europea TJUE que matiza y aclara el alcance de las ayudas de Estado La Comision ha elaborado su Comunicacion relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el articulo 107 apartado 1 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea 2 DOUE C262 de 19 de julio de 2016 en la que aclara diversos aspectos del articulo 107 1 TFUE y del concepto de Ayuda basandose en la interpretacion del Tribunal de Justicia y del Tribunal General De la jurisprudencia comunitaria puede destacarse la Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de marzo de 1994 en el asunto C 387 92 Banco Exterior de Espana 3 la primera en afirmar que el concepto de ayuda abarca no solo las prestaciones positivas como las subvenciones sino tambien las intervenciones que bajo formas diversas alivian las cargas que normalmente recaen sobre el presupuesto de una empresa y que por ello sin ser subvenciones en el sentido estricto del termino son de la misma naturaleza y tienen efectos identicos Por otra parte las Ayudas publicas se dirigen a empresas entendidas como entidades que ejercen una actividad economica con independencia de su estatuto juridico y de su modo de financiacion 4 Asi son cuatro las caracteristicas fundamentales de una Ayuda de Estado Transferencia de recursos publicos de un Estado miembro en su mas amplio sentido Editar La ayuda debe ser concedida por el Estado miembro entendiendo este en un sentido amplio la Administracion General del Estado las administraciones de las regiones y comunidades autonomas en Espana las entidades que integran la administracion local cualesquiera organismos publicos y entidades de derecho publico vinculados o dependientes de las administraciones publicas asi como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Publicas Las ayudas pueden ser concedidas directamente por el organismo publico o a traves de un intermediario de caracter publico o incluso privado En este sentido el TJUE se pronuncia manteniendo que solo las ventajas concedidas directa o indirectamente a traves de fondos estatales se consideran ayudas a los efectos del articulo 92 apartado 1 actual articulo 107 del Tratado 5 La ayuda puede revestir gran variedad de formas juridicas subvenciones bonificaciones fiscales prestamos blandos garantias participaciones de financiacion riesgo en sociedades entrega directa de bienes y servicios etc Asi una norma fiscal que tenga como consecuencia una reduccion en la carga impositiva de una empresa beneficio fiscal deducciones exenciones o bonificaciones puede ser constitutiva de Ayuda de Estado y por tanto sujeta al articulo 107 del TFUE En estos terminos se ha pronunciado el TJUE al establecer que una medida mediante la cual las autoridades publicas conceden a determinadas empresas una exencion tributaria que aunque no implique una transferencia de fondos estatales coloque a los beneficiarios en una situacion financiera mas favorable a que a los restantes contribuyente constituye ayuda de Estado Algunas medidas fiscales pueden obstaculizar el buen funcionamiento del mercado interior Para tales medidas el Tratado de Funcionamiento de la Union Europea ha previsto la posibilidad de armonizar las disposiciones fiscales de los Estados miembros para minimizar la competencia fiscal Asi ante la necesidad de actuar de forma coordinada a nivel comunitario para hacer frente a la competencia fiscal perniciosa el Consejo de Ministros de Economia y Finanzas de 1 de diciembre de 1997 aprobo una serie de conclusiones y dio su conformidad a una resolucion relativa a un Codigo de Conducta sobre la fiscalidad de las empresas adoptado en forma de resolucion del Consejo en 1998 6 La Comision se comprometio a elaborar unas directrices relativas a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del TFUE a las medidas relacionadas con la fiscalidad directa de las empresas y a velar escrupulosamente por que se apliquen con todo rigor las normas relativas a las citadas ayudas Asi se aprobo la Comunicacion de la Comision relativa a la aplicacion de las normas sobre ayudas estatales a las medidas relacionadas con la fiscalidad directa de las empresas 98 C 384 03 7 En mayo de 2016 la Comision aprobo una comunicacion sobre la nocion de ayuda de Estado 1 que clarifica cuando un gasto publico entra en el ambito de las ayudas de Estado controladas por la Comision y cuando no Ventaja economica Editar Para que la ayuda otorgada por un Estado miembro a una empresa sea calificada como una ayuda de Estado es preciso que la empresa obtenga de esa ayuda una ventaja economica especial que no habria obtenido en el desarrollo normal de su actividad en condiciones normales de mercado es decir sin la intervencion publica Sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de julio de 1996 SFEI y otros en el asunto C 39 94 Caracter selectivo Editar La selectividad puede definirse como un resultado directo o indirecto de la discriminacion positiva o trato diferenciado positivo de una empresa un grupo o categoria de empresas o incluso de un sector economico con respecto a los que se encuentran en la situacion juridico economica comparable Esta nota caracteristica es fundamental para diferenciar a las ayuda de Estado de las denominadas medidas generales que de forma real y efectiva son accesibles a todos los agentes economicos Las ayudas de Estado no se aplican a la generalidad de las empresas sino a un territorio o empresa grupo de empresas o sector empresarial concreto Pero ademas para que una medida fiscal sea considerada como Ayuda de Estado es necesario que la excepcion del sistema fiscal general aplicable no encuentre justificacion en la naturaleza o economia del sistema tributario Asi se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de la Union Europea al indicar aun siendo objetivo el criterio de distincion utilizado por la legislacion nacional controvertida en los procedimientos principales no encuentra justificacion ni en la naturaleza ni en la economia general de aquella de manera que no puede privar del caracter de ayuda de Estado a la medida controvertida 8 Afectar negativamente a la competencia y los intercambios comerciales Editar Se entiende que una ayuda tiene o puede tener incidencia en la competencia y en los intercambios comerciales entre los Estados miembros si el beneficiario de la misma desarrolla cualquier tipo de actividad economica y opera en un mercado en el que existen intercambios comerciales entre los Estados miembros con independencia de la naturaleza juridica de dicho beneficiario En este sentido indicar que tanto la Comision Europea como el TJUE se han pronunciado en numerosas ocasiones manteniendo que el tamano de la empresa beneficiaria o la cuantia de la ayuda recibida son aspectos irrelevantes para determinar si la ayuda tiene efectos perniciosos en la competencia o en los intercambios comerciales Asimismo tampoco es determinante el hecho de que la empresa participe en la actualidad o en un futuro en intercambios comerciales en otros mercados europeos o que el beneficiario no tenga actividad comercial fuera del mercado interno de su Estado miembro Ayudas compatibles con el mercado interior EditarEl apartado segundo del articulo 107 del TFUE senala que son compatibles con el mercado interior las siguientes ayudas Las ayudas de caracter social concedidas a los consumidores individuales siempre que se otorguen sin discriminaciones basadas en el origen de los productos Las ayudas destinadas a reparar los perjuicios causados por desastres naturales o por otros acontecimientos de caracter excepcional Las ayudas concedidas con objeto de favorecer la economia de determinadas regiones de la Republica Federal de Alemania afectadas por la division de Alemania en la medida en que sean necesarias para compensar las desventajas economicas que resultan de tal division Cinco anos despues de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el Consejo podra adoptar a propuesta de la Comision una decision por la que se derogue la presente letra En el apartado tercero del citado articulo relaciona una serie de ayudas que pueden ser compatibles con el mercado interior Las ayudas destinadas a favorecer el desarrollo economico de regiones en las que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situacion de subempleo asi como el de las regiones contempladas en el articulo 349 9 habida cuenta de su situacion estructural economica y social Las ayudas para fomentar la realizacion de un proyecto importante de interes comun europeo o destinadas a poner remedio a una grave perturbacion en la economia de un Estado miembro Las ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones economicas siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interes comun Las ayudas destinadas a promover la cultura y la conservacion del patrimonio cuando no alteren las condiciones de los intercambios y de la competencia en la Union en contra del interes comun Las demas categorias de ayudas que determine el Consejo por decision tomada a propuesta de la Comision El articulo 109 del TFUE establece el Consejo a propuesta de la Comision y previa consulta al Parlamento Europeo podra adoptar los reglamentos apropiados para la aplicacion de los articulos 107 y 108 y determinar en particular las condiciones para la aplicacion del apartado 3 del articulo 108 y las categorias de ayudas que quedan excluidas de tal procedimiento Hay que tener en cuenta que la Comision Europea cuenta con competencias exclusivas en la materia y que esta excepciones no se pueden aplicar directamente Reglamentos de la Comision Europea relativos a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis EditarLas ayudas que cumplen los criterios del articulo 107 apartado 1 del Tratado constituyen ayudas de Estado y deben notificarse a la Comision 10 en virtud del articulo 108 apartado 3 del Tratado No obstante de conformidad con el articulo 109 del Tratado el Consejo podra determinar las categorias de ayudas que quedan exentas de esta obligacion de notificacion De conformidad con el articulo 108 apartado 4 del Tratado la Comision ha adoptado reglamentos relativos a dichas categorias En virtud del Reglamento UE 2015 1588 el Consejo decidio de conformidad con el articulo 109 del Tratado que las ayudas de minimis ademas de otras categorias de ayudas que se especifican en el Reglamento podian constituir una de dichas categorias Sobre esa base se considera que las ayudas de minimis entendiendo como tales las que se conceden a una unica empresa durante un cierto espacio de tiempo y no superan una cantidad fija determinada no cumplen todos los criterios que establece el articulo 107 apartado 1 del Tratado y por lo tanto no estan sujetas al procedimiento de notificacion Esa cantidad esta fijada en 200 000 cada tres ejercicios fiscales para los sectores industriales Pesca y Agricultura tiene sus propios limites Los Reglamentos de minimis vigentes en la actualidad actualizar son Reglamento UE 1407 2013 de la Comision de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea a las ayudas de minimis Reglamento UE 1408 2013 de la Comision de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea a las ayudas de minimis en el sector agrario DOUE L 352 9 de 24 12 2013 Reglamento UE 717 2014 de la Comision de 27 de junio de 2014 relativo a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura Reglamento UE 360 2012 de la Comision de 25 de abril de 2012 relativo a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interes economico general Reglamentos de la Comision Europea que declaran determinadas categorias de ayudas compatibles con el mercado interior EditarLa financiacion estatal que cumple los criterios del articulo 107 apartado 1 del Tratado constituye ayuda estatal y debe notificarse a la Comision en virtud del articulo 108 apartado 3 del Tratado No obstante de conformidad con el articulo 109 del Tratado el Consejo podra determinar las categorias de ayudas que quedan exentas de esta obligacion de notificacion De conformidad con el articulo 108 apartado 4 del Tratado la Comision podra adoptar reglamentos relativos a esas categorias de ayudas estatales El Reglamento UE 2015 1588 del Consejo faculto a la Comision para adoptar los siguientes Reglamentos Reglamento UE 651 2014 de la Comision de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorias de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicacion de los articulos 107 y 108 del Tratado Reglamento UE 702 2014 de la Comision de 25 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorias de ayuda en los sectores agricola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicacion de los articulos 107 y 108 del Tratado Reglamento UE 1388 2014 de la Comision de 16 de diciembre de 2014 por el que se declaran determinadas categorias de ayudas a empresas dedicadas a la produccion transformacion y comercializacion de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicacion de los articulos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea Control de las Ayudas de Estado EditarEl articulo 108 Tratado de Funcionamiento de la Union Europea TFUE encomienda a la Comision Europea la facultad exclusiva y excluyente de declarar las ayudas estatales compatibles con el mercado interior Al objeto de que la Comision pueda desarrollar la tarea que tiene encomendada el articulo 108 TFUE define un regimen de control de ayudas estatales que gira en torno a cuatro principios esenciales Los Estados miembros deben notificar a la Comision cualquier proyecto de concesion de una Ayuda de Estado o proyecto de modificacion antes de proceder a su aplicacion Una vez notificadas por el Estado miembro la Comision debe analizar si las medidas en cuestion pueden acogerse a alguna de las excepciones establecidas en el articulo 107 TFUE apartados segundo y tercero o por el contrario deben considerarse incompatibles con el mercado interior En este ultimo caso podra ordenar al Estado miembro que suprima o modifique la medida propuesta La Comision esta obligada a analizar todas las denuncias e informaciones que reciba sobre la posible concesion de Ayudas de Estado ilegales con independencia de la fuente de la que proceda la informacion Si la Ayuda de Estado investigada ya ha sido ejecutada sin notificacion y autorizacion previa de la Comision y la Comision aprecia que la ayuda es incompatible con el mercado interior podra exigir al Estado miembro que ordene su recuperacion de las entidades beneficiarias de la medida La Comision debe revisar constantemente los regimenes de ayudas vigentes de los Estados miembros y puede proponerles las medidas que considere adecuadas para garantizar su compatibilidad con el mercado interior Para aligerar la carga de trabajo y promover la seguridad juridica la Comision puede adoptar reglamentos relativos a categorias de ayudas publicas que queden exentos del procedimiento de notificacion y autorizacion previa de la Comision siempre que el Consejo de la Union Europea previamente haya adoptado un reglamento habilitante que identifique las categorias de ayudas que pueden beneficiarse de este procedimiento de autorizacion ex ante Las Ayudas exentas se someten asi a un procedimiento de comunicacion a la Comision y al control del Estado miembro Ayudas de Estado en la Union Europea por pais EditarEspana Editar Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones en Espana Editar Articulo principal Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones Dado que las Ayudas de Estado a tenor del articulo 107 apartado 1 del Tratado estan en principio prohibidas es importante que para todas las partes sea posible comprobar si una ayuda se concede de conformidad con las normas aplicables Por consiguiente la transparencia de las ayudas estatales es esencial para la correcta aplicacion de las normas del Tratado y propicia un mejor cumplimiento una mejor rendicion de cuentas una revision inter pares y en definitiva un gasto publico mas eficaz La transparencia es uno de los principales objetivos del Plan de modernizacion de las ayudas estatales en la UE de 2012 Para garantizar la transparencia los citados Reglamentos 11 UE instan a los Estados miembros a crear sitios web exhaustivos sobre ayudas estatales a nivel regional o nacional que contengan informacion resumida relativa a cada medida de ayuda exenta concedida en virtud de esos Reglamentos De la misma manera la Comunicacion de la Comision 2014 C 198 02 12 de 27 de junio de 2014 que modifica diferentes Comunicaciones de la Comision sobre Directrices de la Union Europea para la aplicacion de las normas sobre ayudas estatales en varios sectores banda ancha cine capital riesgo ayudas regionales tambien establece la obligacion de publicacion en los citados sitios web de todas las ayudas notificadas individualmente y las concedidas en el marco de los regimenes notificados y de los regimenes cubiertos por una exencion por categorias que sean superiores a 500 000 euros Asi la compatibilidad de la ayuda con el mercado interior queda supeditada al cumplimiento de esa obligacion Los enlaces a los sitios web de todos los Estados miembros se publican en el sitio web de la Comision y en el sitio web de la Comision se publica un resumen de la informacion relativa a cada medida de ayuda exenta en virtud de los Reglamentos por categoria La Base de Datos Nacional de Subvenciones se configura en Espana como el sitio web exhaustivo sobre Ayudas de Estado a nivel nacional que contiene informacion resumida relativa a cada medida de ayuda exenta en virtud de esos Reglamentos Asi a traves del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones Espana publica El texto completo de cada una de las ayudas sujetas a los reglamentos por categoria incluidas sus modificaciones mediante un enlace para acceder al mismo Un enlace a la informacion resumida de la ayuda facilitada por Espana a la Comision mediante la aplicacion informatica habilitada al efecto por esta Comision referencia de la Ayuda Estado miembro referencia del Estado miembro Region NUTS autoridad concedente denominacion de la medida de ayuda base juridica nacional tipo de medida La siguiente informacion relativa a cada ayuda individual concedida La referencia del numero de identificacion de la ayuda El nombre del beneficiario El tipo de empresa PYME o gran empresa en el momento de concesion de la ayuda La region en la que este establecido el beneficiario a nivel NUTS 2 El sector de actividad a nivel de grupo de la NACE El elemento de ayuda expresado en valores enteros en moneda nacional ayuda equivalente en aquellos instrumentos distintos de subvencion El instrumento de ayuda subvencion bonificacion de intereses prestamo anticipos reembolsables subvencion reembolsable garantia ventaja fiscal o exencion fiscal financiacion de riesgos y otros La fecha de concesion de la ayuda El objetivo de la ayuda La autoridad que concede la ayuda La informacion se publica con caracter general en un plazo de un mes a partir de la fecha de la concesion de la ayuda y en el caso de las ayudas en forma de ventaja fiscal en el plazo de un ano a partir de la fecha en que se presenta la declaracion de impuestos Esta informacion estara disponible durante al menos diez anos a partir de la fecha de la concesion de la ayuda Control de las ayudas de minimis Editar El derecho comunitario en los Reglamentos relativos a la aplicacion de los articulos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis 13 se establece la obligacion de los Estados miembros de registrar y compilar la informacion relativa a la aplicacion de dichos reglamentos comunitarios especialmente en lo referente al cumplimiento del limite del importe total de ayuda de minimis recibida por cualquier empresa Para el control del limite del importe total de ayuda de minimis habilita entre otras posibilidades a los Estados miembros a establecer un registro central de las ayudas de minimis que permita suplir determinadas obligaciones exigidas La Ley 38 2003 General de Subvenciones que establece el regimen juridico de la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS no configura expresamente a la BDNS como registro central de las ayudas de minimis ni le atribuye las funciones propias de dicho registro Ahora bien entre las funciones de la BDNS se encuentran la mejora de la gestion y la colaboracion en la lucha contra el fraude de subvenciones y ayudas publicas Al estar obligados a suministrar informacion a la BDNS las administraciones publicas asi como los organismos y entidades vinculadas o dependientes de ellas concedentes de subvenciones y ayudas publicas la BDNS debe contener informacion sobre las concesiones de subvenciones y ayudas a los beneficiarios Esta informacion centralizada que ofrece la BDNS es de gran utilidad a la hora de realizar las comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento por parte de los beneficiarios del requisito de no sobrepasar la obtencion de ayudas de minimis por un determinado importe en un periodo predefinido teniendo presente que no es un registro central de ayudas de minimis No obstante el control de las normas de acumulacion de ayudas se realiza sobre la base de un sistema declarativo por beneficiario apoyado en la Ley General de Subvenciones que en su en su articulo 14 1 d establece como obligacion del beneficiario comunicar al organo concedente o la entidad colaboradora la obtencion de otras subvenciones ayudas ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas Asimismo en su articulo 30 4 establece que el beneficiarios debera acreditar en la justificacion del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecucion de los objetivos previstos en el acto de concesion de la subvencion el importe procedencia y aplicacion de todos los fondos que han financiado las actividad tanto los fondos propios como otras subvenciones o recursos Sobre la base de estos preceptos las bases reguladoras de la concesion de subvenciones exigen al potencial beneficiario en el momento de la solicitud que declaren las fuentes de financiacion previstas para acometer las actividades subvencionadas Eficacia de la aplicacion de las normas de la UE sobre Ayudas de Estado en Espana Editar La regulacion del regimen juridico general de las subvenciones otorgadas por las Administraciones publicas espanolas se encuentra en la Ley 38 2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones Esta Ley establece en su articulo 9 que en aquellos casos en los que de acuerdo con los articulos 87 a 89 del Tratado Constitutivo de la Union Europea deban comunicarse los proyectos para el establecimiento la concesion o la modificacion de una subvencion las Administraciones publicas o cualesquiera entes deberan comunicar a la Comision de la Union Europea los oportunos proyectos de acuerdo con el articulo 10 de la Ley 30 1992 de 26 de noviembre de Regimen Juridico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Comun y en los terminos que se establezcan reglamentariamente al objeto que se declare la compatibilidad de las mismas En estos casos no se podra hacer efectiva una subvencion en tanto no sea considerada compatible con el mercado comun En Espana existen tres niveles de control para garantizar la legalidad de las Ayudas de estado En un primer nivel todas las Ayudas de Estado deben ser objeto de examen previo antes de su aprobacion en virtud tanto del ordenamiento juridico comunitario como del ordenamiento interno espanol que imponen que todas las Ayudas de Estado sean sometidas al procedimiento previsto en el Real Decreto 1755 1987 de 23 de diciembre sobre el procedimiento de comunicacion a la Comision de las Comunidades Europeas de los proyectos de las Administraciones o Entes Publicos que se propongan establecer Este procedimiento se canaliza a traves del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperacion cuya Direccion General de Coordinacion de Politicas Comunes y de Asuntos Generales de la Union Europea Archivado el 20 de diciembre de 2016 en Wayback Machine actua como Coordinador Nacional de Ayudas Publicas Por su parte la Comision Nacional de los Mercados y la Competencia realiza funciones de control y seguimiento sobre las ayudas publicas en Espana cualquiera que sea la Administracion publica que la establezca Un tercer nivel hace referencia a las subvenciones otorgadas a cada beneficiario y vela por el respeto de las normas de acumulacion de ayudas de minimis Ademas el procedimiento se encuentra reforzado en el concreto ambito de las subvenciones Vease tambien EditarDerecho comunitario Derecho de la competencia Comision Nacional de los Mercados y la Competencia Tratado de Funcionamiento de la Union Europea Base de Datos Nacional de Subvenciones Sistema Nacional de Publicidad de SubvencionesReferencias Editar En ocasiones se traduce State Aid como Ayuda Estatal Comunicacion relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el articulo 107 apartado 1 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea http eur lex europa eu oj direct access html locale es Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de marzo de 1994 http curia europa eu juris document document jsf docid 145912 amp doclang ES Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de septiembre de 2000 Pavlov y otros en los asuntos acumulados C 180 98 a C 184 98 http curia europa eu juris liste jsf language en amp num C 180 98 Sentencia del Tribunal de Justicia de 13 de marzo de 2001 en el asunto C 379 98 http eur lex europa eu legal content ES TXT PDF uri CELEX 61998CJ0379 amp qid 1474629342900 amp from ES Parlamento Europeo Fichas tecnicas sobre la UE LOS IMPUESTOS DIRECTOS LA FISCALIDAD DE LAS PERSONAS FISICAS Y DE LAS SOCIEDADES www europarl europa eu ftu pdf es FTU 5 11 2 pdf Comunicacion de la Comision relativa a la aplicacion de las normas sobre Ayudas Estatales a las medidas relacionadas con la fiscalidad directa de las empresas 98 C 384 03 http eur lex europa eu legal content ES TXT PDF uri CELEX 31998Y1210 01 amp from ES Sentencia del Tribunal de Justicia de 8 11 201 Asunto C 143 99 Sala Quinta http eur lex europa eu legal content ES TXT PDF uri CELEX 61999CJ0143 amp from EN Regiones ultraperifericas Guadalupe la Guayana Francesa Martinica la Reunion San Bartolome San Martin las Azores Madeira y las islas Canarias Aunque se denomina notificacion en la realidad es mas que eso pues es un procedimiento completo de autorizacion previa Conocidos como Reglamentos de exencion GBER 651 2014 ABER 702 2014 FBER 1388 2014 Comunicacion de la Comision 2014 C 198 02 de 27 de junio de 2014 http eur lex europa eu legal content ES TXT PDF uri OJ C 2014 198 FULL amp from ES Son los Reglamentos UE 1407 2013 1308 2013 717 2014 y 360 2012 Enlaces externos EditarLey General de Subvenciones Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones Portal de medidas y casos de competencia DG COMP UE Modulo de Transparencia de AdE DG COMP UE Tribunal de Justicia de la UE Datos Q28501921 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ayudas de Estado en la Union Europea amp oldid 136639134, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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