Reforma agraria peruana
La reforma agraria peruana fue el proceso de una de las transformaciones de la propiedad del suelo agrícola en el Perú aplicada por el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada.
A partir de 1969, el gobierno Peruano implementó una serie de medidas con el objetivo de transformar el panorama social del país, a través de un cambio en el sistema de distribución de la riqueza, particularmente del régimen económico y el de propiedad de la tierra. Una de tales medidas fue la promulgación del Decreto Ley n.º 17716 (Ley de Reforma Agraria) el cual tenía el objetivo de transformar la estructura de titularidad de tierras del país y sustituir los regímenes de latifundio y minifundio por un sistema de redistribución equitativa de la propiedad rural.[1] La reforma agraria se llevó a cabo a través de expropiaciones de predios rústicos. Dichos terrenos – cuyos propietarios eran tanto personas naturales como jurídicas – pasaron en un primer momento a ser de dominio estatal, y luego fueron distribuidos entre campesinos y pequeños agricultores organizados en cooperativas y sociedades agrícolas.[2] Las personas expropiadas obtuvieron el derecho a ser indemnizadas según una tasación realizada por el Estado, y sobre la base de un justiprecio cuyo pago era imperativo por mandato constitucional.[3]
Historia
Contexto internacional
La reforma agraria fue un proceso político social ejecutado a nivel mundial. Muchos países, básicamente los del llamado Tercer Mundo, se sumaron a la nueva forma de distribución de la riqueza.
Entre los años 1900 y 1918 más de mil ciento catorce haciendas que representaban el 49 % de la superficie agrícola del país fueron adquiridas por tres gigantes de la industria: los hermanos Larco (relacionadas con la familia de José A. Larco), Rowe and Co y los Gildemeister (familia de origen judío de Polonia). En total estos tres trust pertenecientes a cinco familias poseían más de once millones de hectáreas.[cita requerida]
Entre junio de 1969 y junio de 1970 se expropiaron más de nueve millones de hectáreas de tierra, que representaron unos 15,826 lotes, con las cuales se beneficiaron unas 370,000 familias.[4][5] Los propietarios de las tierras expropiadas fueron obligados a aceptar a cambio Bonos de la Reforma Agraria, de tres clases: a pagar en 20 años (clase A), 25 años (clase B) y 30 años (clase C), que se pagarían con un interés anual del 4 al 6% al rebatir. En la actualidad, se discute en los tribunales el actual valor de dichos bonos, cuyos principales propietarios son el Gramercy Funds Management (USA) y el Banco de Crédito del Perú.[6]
Antecedentes
En 1958, 11 años antes de la reforma velasquista, Pedro Beltrán había encabezado una Comisión para la Reforma Agraria sin ningún resultado concreto.
En 1963, durante el gobierno de la Junta Militar presidida por Nicolás Lindley, se promulgó la Ley de bases para la Reforma Agraria que creó el IRAC (Instituto de Reforma Agraria y Colonización) e inició el proceso de la reforma agraria en el valle de La Convención (Cuzco).
Al año siguiente, durante el primer gobierno de Fernando Belaúnde Terry, se promulgó la Ley de Reforma Agraria, que no incluyó a las grandes propiedades de la costa norte y tuvo problemas para ser aplicada. Belaúnde, como signatario de la Carta de Punta del Este, se comprometió a:
"Impulsar dentro de la particularidad de cada país, programas de Reforma Agraria Integral, orientados a la efectiva transformación de las estructuras e injustos sistemas de tenencia y explotación de la tierra donde así se requiera, con miras a sustituir el régimen de latifundio y minifundio por un sistema justo de propiedad, de tal manera que, mediante el complemento de crédito oportuno y distribución de los productos, la tierra constituya, para el hombre que la trabaja, base de su estabilidad económica, fundamento de su progresivo bienestar y garantía de su libertad y dignidad".[7]
Ley de Reforma Agraria del gobierno de Velasco
La reforma fue retomada durante la dictadura de Juan Velasco Alvarado. El 24 de junio de 1969, se promulgó el Decreto Ley n.º 17716, con el cual se inició el proceso. En los años siguientes, alrededor de 11 millones de hectáreas fueron adjudicados a cooperativas y comunidades campesinas. Dos tipos de cooperativas fueron formados: las Cooperativas Agrarias de Producción Social (CAPS) y las Sociedades Agrícolas de Interés Social (SAIS). Las CAPS fueron formadas en las haciendas agrícolas de la costa como propiedad colectiva de los trabajadores agrícolas. Las SAIS fueron organizadas en las haciendas ganaderas de los Andes como combinación de cooperativa de trabajo asalariado y comunidades campesinas tradicionales.
Como resultado no solo se repartieron siete millones de hectáreas de tierras, sino que, además, liberó a una fuerza social que había estado oprimida durante la colonia española y la república criolla.
Los complejos agroindustriales de la costa fueron los primeros en ser alcanzados por la reforma. El 24 de junio de 1969 soldados armados ingresaron a las haciendas azucareras de la costa norte para tomar las instalaciones y desalojar a sus propietarios[cita requerida], avanzando así, según Enrique Mayer, en la toma de los "privilegios de la oligarquía terrateniente nacional".2:344-345
La Confederación Campesina del Perú apoyó la expropiación de las haciendas, pero criticó la formación de estas supercooperativas y defendió el derecho de las comunidades campesinas a recuperar las tierras de las haciendas adjudicadas a las SAIS.
En 1972, fue promulgada la Ley n.º 19400, la cual liquidó las organizaciones de los hacendados: la Sociedad Nacional Agraria, la Asociación de Ganaderos y la Asociación de Productores de Arroz. Para 1979, se habían expropiado 9.1 millones de hectáreas de las 30 de tierra cultivable del país. De 1969 a 1979, que fue lo que aproximadamente duraron los gobiernos de los generales Juan Velasco Alvarado y Francisco Morales-Bermúdez, se expropiaron 9. 065, 772 haciendas y 15, 826 fundos. Haciendas tradicionales como: Huyro, Pucuto, Pistipata (Familia De La Torre Romainville); Cartavio y Paramonga (W. R. Grace & Co.), Casa Grande (Familia Gildemeister), Roma (Familia Larco), El Choloque, La pared (Familia Muro), Cayaltí (Familia Aspíllaga), Pucalá (Sociedad Vda.de Virgilio Dallorso), Pomalca (Familia de la Piedra), Tumán (Familia Pardo), Laredo (Familia Chopitea), Huando (Familia Graña) y Calipuy (Familia Ganoza) pasaron a ser cooperativas administradas por los trabajadores.
La deuda actual
Al mes de marzo de 1975 se habían expropiado un total de 7.873 fundos, lo que ha dado un total de 6'664,308 hectáreas expropiadas con un total de costo para el estado de 12,131'576,343 Soles.[7]
En el 2012, el Tribunal Constitucional anunció que elaboraba una resolución para que el gobierno cancelara la deuda.
La deuda de la reforma agraria se estima impagable, puesto que los valores reconocidos a los más de 20,000 agricultores grandes y pequeños, que fueron perjudicados, estaban por debajo de 1/50 de su valor real, es decir, once millones de hectáreas fueron bonificadas a un valor cincuenta veces menor que el real.[cita requerida] Empresas agrícolas del norte del Perú obtuvieron valores incluso menores.[cita requerida]
Hacer un estimado del valor de la deuda del estado con 20,000 empresarios peruanos es hablar de cientos de millones de dólares, si asumimos que una hectárea estimaba un valor actualizado de 2,000 dólares americanos.[cita requerida]
La deuda que se quiere asumir y reconocer dista mucho de la verdadera deuda provocada por el gobierno militar de aquella época.[cita requerida]
Hasta hoy, la Confederación Nacional Agraria (CNA), agrupación comercial fundada por campesinos beneficiarios de la reforma en 1974, la considera un modelo a imitar, a pesar de los problemas económicos que aún ahora acarrea al Perú.[cita requerida] Sin embargo organizaciones mundiales que promueven el libre comercio entre países[¿cuál?], al que Perú se suma velozmente con EE. UU. y la Comunidad europea, no ven[¿quién?] con buenos ojos la demora del pago de deudas.
Véase también
Referencias
- Decreto Ley N° 17716, Ley de Reforma Agraria, artículos 1, 2 y 3, http://peru.justia.com/federales/decretos-leyes/17716-jun-24-1969/gdoc/.
- Decreto Ley N° 17716, Ley de Reforma Agraria, artículos 56 y 67, http://peru.justia.com/federales/decretos-leyes/17716-jun-24-1969/gdoc/.
- Constitución Política del Perú de 1933, modificada por la Ley N° 15242, publicada el 30 de noviembre de 1964, artículo 29: "La propiedad es inviolable. A nadie se puede privar de la suya sino en virtud de mandato judicial o por causa de utilidad pública o de interés social, probada legalmente y previa indemnización justipreciada. Cuando se trate de expropiación con fines de Reforma Agraria (...), la ley podrá establecer que el pago de la indemnización (...) se cancele mediante bonos de aceptación obligatoria (...)," . Archivado desde el original el 17 de diciembre de 2015. Consultado el 10 de febrero de 2016.. También, Kresalja, Baldo y Ochoa, César, Derecho Constitucional Económico, p. 194, citación 40, disponible en http://www.derecho.usmp.edu.pe/10ciclo/corporativo/derecho_constitucional_economico/dr_alvarez_miranda/Kresalja_Clase_2.PDF el 16 de febrero de 2016 en Wayback Machine..
- Ministerio de Agricultura y Riego. El proceso de reforma agraria, Objetivos de la reforma agraria, disponible en http://minagri.gob.pe/portal/70-marco-legal/titulacion-agraria-en-el-peru/413-el-proceso-de-reforma-agraria.
- Ver también Matos Mar, José y Mejía, J. M.. La reforma agraria en el Perú. Instituto de Estudios Peruanos. Lima, 1980. p. 171.
- https://larepublica.pe/economia/726387-quienes-son-los-propietarios-de-los-bonos-de-la-reforma-agraria/
- ↑ Kerekes, György. (1972) Reforma agraria y cooperativismo en Hungría : anexo el texto de la Ley de Reforma Agraria húngara, Lima: Humboldt. p5 - Universidad Nacional Agraria La Molina.
Enlaces externos
- Wikisource contiene documentos digitalizados sobre: Mensaje a la Nación de Juan Velasco Alvarado, 24 de junio de 1969.
- 1969 Decretan reforma agraria en YouTube. (Instituto de Estudios Peruanos)
- Perú: la revolución que nunca fue (PERU: The Revolution that never was. Dir: Peter Tiffin, UK, 1979) en YouTube. (Archivo Peruano de Imagen y Sonido)
- Historia de la Confederación Nacional Agraria del Perú
- Web oficial de la Alianza por el Pago Justo de los Bonos Agrarios (APJBA)