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Voto particular

Se denomina voto particular, en derecho procesal, a la opinión divergente que emite el miembro de un Tribunal u órgano colegiado con respecto a la decisión tomada por la mayoría. El voto particular puede centrarse en la decisión final tomada (en cuyo caso se llamará voto disidente o discrepante) o en la argumentación (en este caso, se llamará voto concurrente, puesto que el miembro del tribunal no coincide con la argumentación mayoritaria, pero sí con la decisión final adoptada).

El voto particular tiene su aplicación principalmente en lo que se refiere a la jurisprudencia y decisiones judiciales, aunque el concepto también se extiende al resto de órganos públicos colegiados que emiten decisiones o recomendaciones.

Emisión del voto particular

Los requisitos para que se emita un voto particular son:

  • Que un Tribunal u órgano colegiado emita una decisión o sentencia.
  • Que alguno de sus miembros no esté de acuerdo con la decisión de la mayoría, y quiera dejar constancia por escrito de sus discrepancias y motivos.

En ese caso, el miembro del Tribunal puede dejar por escrito su voto particular, dejando claros sus motivos y la sentencia alternativa que él habría dictado.

Efectos del voto particular

Su validez respecto a la resolución dictada es nula, y no afecta en ningún modo a los efectos que esta pueda tener. Tampoco cabe recurrir una sentencia basándose en la existencia de votos particulares.

La utilidad del voto particular, sin embargo, es a largo plazo. Mediante el voto particular el magistrado puede hacer constar y hacer pública su opinión en un caso concreto. Dicha opinión puede ser por la aplicación de las normas jurídicas y su interpretación, de forma que está dando a entender que cabe la posibilidad de otra línea jurisprudencial diferente a la seguida.

Dicho voto afecta a la doctrina, y puede afectar a la jurisprudencia posterior, siendo en parte una fuente del derecho indirecta. Hay que tener en cuenta que en el caso de divergencia de opinión, -en la mayoría de los países- los magistrados no están obligados a emitir un voto particular, y para tomarse la molestia de publicar su opinión es probable que se encuentre muy motivado por sus opiniones, estando a la vez seguro de su propia argumentación. Por ello, los votos particulares suelen estar muy fundamentados, ser de gran interés hacía futuras interpretaciones jurisdiccionales, y son una fuente doctrinal fuerte.

  •   Datos: Q6164848

voto, particular, denomina, voto, particular, derecho, procesal, opinión, divergente, emite, miembro, tribunal, órgano, colegiado, respecto, decisión, tomada, mayoría, voto, particular, puede, centrarse, decisión, final, tomada, cuyo, caso, llamará, voto, disi. Se denomina voto particular en derecho procesal a la opinion divergente que emite el miembro de un Tribunal u organo colegiado con respecto a la decision tomada por la mayoria El voto particular puede centrarse en la decision final tomada en cuyo caso se llamara voto disidente o discrepante o en la argumentacion en este caso se llamara voto concurrente puesto que el miembro del tribunal no coincide con la argumentacion mayoritaria pero si con la decision final adoptada El voto particular tiene su aplicacion principalmente en lo que se refiere a la jurisprudencia y decisiones judiciales aunque el concepto tambien se extiende al resto de organos publicos colegiados que emiten decisiones o recomendaciones Emision del voto particular EditarLos requisitos para que se emita un voto particular son Que un Tribunal u organo colegiado emita una decision o sentencia Que alguno de sus miembros no este de acuerdo con la decision de la mayoria y quiera dejar constancia por escrito de sus discrepancias y motivos En ese caso el miembro del Tribunal puede dejar por escrito su voto particular dejando claros sus motivos y la sentencia alternativa que el habria dictado Efectos del voto particular EditarSu validez respecto a la resolucion dictada es nula y no afecta en ningun modo a los efectos que esta pueda tener Tampoco cabe recurrir una sentencia basandose en la existencia de votos particulares La utilidad del voto particular sin embargo es a largo plazo Mediante el voto particular el magistrado puede hacer constar y hacer publica su opinion en un caso concreto Dicha opinion puede ser por la aplicacion de las normas juridicas y su interpretacion de forma que esta dando a entender que cabe la posibilidad de otra linea jurisprudencial diferente a la seguida Dicho voto afecta a la doctrina y puede afectar a la jurisprudencia posterior siendo en parte una fuente del derecho indirecta Hay que tener en cuenta que en el caso de divergencia de opinion en la mayoria de los paises los magistrados no estan obligados a emitir un voto particular y para tomarse la molestia de publicar su opinion es probable que se encuentre muy motivado por sus opiniones estando a la vez seguro de su propia argumentacion Por ello los votos particulares suelen estar muy fundamentados ser de gran interes hacia futuras interpretaciones jurisdiccionales y son una fuente doctrinal fuerte Datos Q6164848Obtenido de https es wikipedia org w index php title Voto particular amp oldid 130734950, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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