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Sucesión de Estados

La sucesión de Estados es una situación propia del Derecho Internacional en la cual un Estado es reemplazado por otro en sus derechos sobre la administración y gobierno de un territorio, pero sobre todo cuando el estado "sucesor" asume las responsabilidades propias del estado "predecesor" en cuanto a sus relaciones internacionales y sus obligaciones con otros estados.

La sucesión de estados enfatiza la transferencia de derechos y obligaciones de un estado a otro, pudiendo incluir dentro de estos conceptos a diversos elementos como propiedades muebles e inmuebles, participación en tratados, pertenencia a organizaciones internacionales, o la condición de acreedor (o deudor) de préstamos financieros de otros estados.

Las situaciones en las cuales un Estado sucedía a otro en la administración y gobierno de un territorio han sido frecuentes a lo largo de la historia, por causa de anexiones y guerras, pero el desarrollo de las relaciones interestatales en el siglo XIX con su correspondiente abundancia de tratados internacionales multilaterales (convenciones sobre comercio, cultura, comunicaciones, alianzas militares, etc.), así como su relevante influencia sobre la economía mundial y sus manifestaciones (comercio, industria, banca, etc.) han causado que la sucesión de estados debe ser reglamentada con un detalle superior a lo ocurrido en el pasado, en tanto la sucesión de un Estado por otro es un evento que puede causar graves consecuencias a las expectativas de otros estados dentro del Derecho Internacional.

Para reglamentar los casos de sucesión de estados se ha celebrado en 1978 la Convención de Viena sobre la sucesión de Estados en materia de tratados, que entró en vigor el 6 de noviembre de 1996, regulando las responsabilidades asumidas por los estados sucesores frente al resto del mundo en cuanto a tratados internacionales celebrados por su estado predecesor.

Los procesos de independización de las antiguas colonias americanas del Imperio español fueron una inicial preocupación de la sucesión de estados, pues se hacía necesario establecer cómo las nuevas repúblicas de América Latina asumían la sucesión en los derechos territoriales de España sobre territorios americanos, así como en las obligaciones comerciales de la Corona española hacia otros países europeos. Situaciones similares ocurrieron tras la disolución del Imperio Austrohúngaro en 1918, cuando las nuevas naciones surgidas de dicho estado debieron establecer los derechos y obligaciones en las cuales eran sucesoras del fenecido imperio.

Los procesos de descolonización ocurridos en África y Asia desde 1945 trajeron el renovado interés sobre la sucesión de estados, respecto no sólo a derechos territoriales sino además a los derechos de las poblaciones de los territorios involucrados, su situación jurídica, y la transmisión a los nuevos estados de los derechos ganados por la metrópoli frente a terceros estados.

Un reciente ejemplo de sucesión de estados en forma masiva ocurrió en 1991 cuando se disolvió la Unión Soviética, siendo que de inmediato se hizo urgente determinar cuáles de las quince nuevas repúblicas surgidas de la antigua URSS serían sucesoras de esta en cuanto a sus derechos y deberes (por ejemplo, la deuda externa soviética con terceros países, o las deudas que países extranjeros tenían con la URSS).

También se hizo preciso determinar cuáles de esas nuevas naciones asumirían las obligaciones que había contraído la URSS mediante tratados internacionales en numerosos aspectos (comercio, pesca, industria, control de armas, etc.), e inclusive cuáles propiedades muebles e inmuebles situadas en el territorio de cada nuevo estado serían incluidas en la "sucesión" (edificios históricos, colecciones artísticas, reliquias históricas, entre otros). De igual manera se hizo necesario determinar el nuevo régimen de las fuerzas armadas de la extinta URSS, determinando desde la posesión física de material de guerra entre las quince repúblicas (incluyendo aviones, tanques, buques, arsenales convencionales o nucleares) hasta los derechos del personal militar (unidades militares de las nuevas repúblicas, grados militares, sueldos y pensiones).

En este caso en particular, las Naciones Unidas admitieron que sea la Federación de Rusia el "Estado sucesor" de la URSS en cuanto a relaciones internacionales dentro de la ONU, en tanto la antigua República Socialista Federativa Soviética de Rusia ejercía control sobre el 77% del territorio y el 51% de la población de la Unión Soviética. Ante este hecho, se estableció que los derechos y prerrogativas de la URSS en la ONU (incorporación a la Asamblea General y el puesto permanente en el Consejo de Seguridad de la ONU) correspondieran a Rusia, así como la transformación de las legaciones diplomáticas soviéticas en legaciones rusas.

Análogos problemas surgieron con la disolución de Yugoslavia en 1991, y de Checoslovaquia en 1993, al fundarse nuevos estados. En estos casos, la República Checa y Eslovaquia acordaron una división armónica de los derechos y obligaciones del antiguo Estado checoslovaco en tanto Eslovaquia conservaba un territorio y población casi idénticos a los de la República Checa. En la situación yugoslava, la ONU sólo aceptó que Serbia y Montenegro mantuvieran su carácter de miembro bajo el nombre de "Antigua República de Yugoslavia" en tanto el Estado formado por ambas repúblicas sólo conservaba porciones minoritarias del territorio y población de la extinta Yugoslavia, ya fraccionada entre Croacia, Eslovenia, Bosnia y Herzegovina y la Antigua República Yugoslava de Macedonia (hoy Macedonia del Norte).

Referencias

  • Wilfried Fiedler: , in: Staat und Recht. Festschrift für Günther Winkler, Wien, 1997, S. 217-236.
  • Wilfried Fiedler: Staatensukzession und Menschenrechte, in: B. Ziemske u.a. (Hrsg.), Festschrift für Martin Kriele, München 1997, S. 1371-1391
  • [1] Enciclopedia Jurídica - sucesión de estados.
  • [2] Convención de Viena sobre la Sucesión de Estados respecto a los Tratados, en la web de la ONU.
  • [3] Texto de la Convención de Viena sobre la Sucesión de Estados respecto a los Tratados, en inglés.

Enlaces externos

  • Convención sobre la sucesión de Estados en materia de tratados, 23 de agosto de 1978
  • Convención sobre la sucesión de Estados en materia de bienes, archivos y deudas de Estado, 8 de abril de 1983
  • Nacionalidad de las personas naturales en relación con la sucesión de Estados
  •   Datos: Q1054283

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Este articulo o seccion tiene referencias pero necesita mas para complementar su verificabilidad Este aviso fue puesto el 17 de diciembre de 2017 Las referencias de este articulo no tienen un formato correcto Puedes colaborar editandolas como se indica en esta pagina Tambien puedes avisar en su pagina de discusion a quien las anadio pegando lo siguiente subst Aviso formato de referencias Sucesion de Estados Este aviso fue puesto el 17 de diciembre de 2017 La sucesion de Estados es una situacion propia del Derecho Internacional en la cual un Estado es reemplazado por otro en sus derechos sobre la administracion y gobierno de un territorio pero sobre todo cuando el estado sucesor asume las responsabilidades propias del estado predecesor en cuanto a sus relaciones internacionales y sus obligaciones con otros estados La sucesion de estados enfatiza la transferencia de derechos y obligaciones de un estado a otro pudiendo incluir dentro de estos conceptos a diversos elementos como propiedades muebles e inmuebles participacion en tratados pertenencia a organizaciones internacionales o la condicion de acreedor o deudor de prestamos financieros de otros estados Las situaciones en las cuales un Estado sucedia a otro en la administracion y gobierno de un territorio han sido frecuentes a lo largo de la historia por causa de anexiones y guerras pero el desarrollo de las relaciones interestatales en el siglo XIX con su correspondiente abundancia de tratados internacionales multilaterales convenciones sobre comercio cultura comunicaciones alianzas militares etc asi como su relevante influencia sobre la economia mundial y sus manifestaciones comercio industria banca etc han causado que la sucesion de estados debe ser reglamentada con un detalle superior a lo ocurrido en el pasado en tanto la sucesion de un Estado por otro es un evento que puede causar graves consecuencias a las expectativas de otros estados dentro del Derecho Internacional Para reglamentar los casos de sucesion de estados se ha celebrado en 1978 la Convencion de Viena sobre la sucesion de Estados en materia de tratados que entro en vigor el 6 de noviembre de 1996 regulando las responsabilidades asumidas por los estados sucesores frente al resto del mundo en cuanto a tratados internacionales celebrados por su estado predecesor Los procesos de independizacion de las antiguas colonias americanas del Imperio espanol fueron una inicial preocupacion de la sucesion de estados pues se hacia necesario establecer como las nuevas republicas de America Latina asumian la sucesion en los derechos territoriales de Espana sobre territorios americanos asi como en las obligaciones comerciales de la Corona espanola hacia otros paises europeos Situaciones similares ocurrieron tras la disolucion del Imperio Austrohungaro en 1918 cuando las nuevas naciones surgidas de dicho estado debieron establecer los derechos y obligaciones en las cuales eran sucesoras del fenecido imperio Los procesos de descolonizacion ocurridos en Africa y Asia desde 1945 trajeron el renovado interes sobre la sucesion de estados respecto no solo a derechos territoriales sino ademas a los derechos de las poblaciones de los territorios involucrados su situacion juridica y la transmision a los nuevos estados de los derechos ganados por la metropoli frente a terceros estados Un reciente ejemplo de sucesion de estados en forma masiva ocurrio en 1991 cuando se disolvio la Union Sovietica siendo que de inmediato se hizo urgente determinar cuales de las quince nuevas republicas surgidas de la antigua URSS serian sucesoras de esta en cuanto a sus derechos y deberes por ejemplo la deuda externa sovietica con terceros paises o las deudas que paises extranjeros tenian con la URSS Tambien se hizo preciso determinar cuales de esas nuevas naciones asumirian las obligaciones que habia contraido la URSS mediante tratados internacionales en numerosos aspectos comercio pesca industria control de armas etc e inclusive cuales propiedades muebles e inmuebles situadas en el territorio de cada nuevo estado serian incluidas en la sucesion edificios historicos colecciones artisticas reliquias historicas entre otros De igual manera se hizo necesario determinar el nuevo regimen de las fuerzas armadas de la extinta URSS determinando desde la posesion fisica de material de guerra entre las quince republicas incluyendo aviones tanques buques arsenales convencionales o nucleares hasta los derechos del personal militar unidades militares de las nuevas republicas grados militares sueldos y pensiones En este caso en particular las Naciones Unidas admitieron que sea la Federacion de Rusia el Estado sucesor de la URSS en cuanto a relaciones internacionales dentro de la ONU en tanto la antigua Republica Socialista Federativa Sovietica de Rusia ejercia control sobre el 77 del territorio y el 51 de la poblacion de la Union Sovietica Ante este hecho se establecio que los derechos y prerrogativas de la URSS en la ONU incorporacion a la Asamblea General y el puesto permanente en el Consejo de Seguridad de la ONU correspondieran a Rusia asi como la transformacion de las legaciones diplomaticas sovieticas en legaciones rusas Analogos problemas surgieron con la disolucion de Yugoslavia en 1991 y de Checoslovaquia en 1993 al fundarse nuevos estados En estos casos la Republica Checa y Eslovaquia acordaron una division armonica de los derechos y obligaciones del antiguo Estado checoslovaco en tanto Eslovaquia conservaba un territorio y poblacion casi identicos a los de la Republica Checa En la situacion yugoslava la ONU solo acepto que Serbia y Montenegro mantuvieran su caracter de miembro bajo el nombre de Antigua Republica de Yugoslavia en tanto el Estado formado por ambas republicas solo conservaba porciones minoritarias del territorio y poblacion de la extinta Yugoslavia ya fraccionada entre Croacia Eslovenia Bosnia y Herzegovina y la Antigua Republica Yugoslava de Macedonia hoy Macedonia del Norte 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