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Subsidiariedad (Iglesia católica)

En la Doctrina social de la Iglesia se entiende por principio de subsidiariedad el principio en virtud del cual el Estado solo debe ejecutar una labor orientada al bien común cuando advierte que los particulares o los organismos intermedios no la realizan adecuadamente, sea por imposibilidad o sea por cualquier otra razón.

Se trata de uno de los principios más largamente repetidos y propios de la enseñanza de la Iglesia católica ya tratado en la que se considera la primera encíclica de temas sociales, la Rerum novarum[1]​ y refrendado en los documentos posteriores.[2]

Principio de Subsidariedad

Origen y significado

La subsidiariedad se encuentra entre las directrices más constantes y características de la doctrina social de la Iglesia, presente desde la primera gran encíclica social. Es imposible promover la dignidad de la persona si no se cuidan la familia, los grupos, las asociaciones, las realidades territoriales locales, en definitiva, aquellas expresiones agregativas de tipo económico, social, cultural, deportivo, recreativo, profesional, político, a las que las personas dan vida espontáneamente y que hacen posible su efectivo crecimiento social. Es éste el ámbito de la sociedad civil, entendida como el conjunto de las relaciones entre individuos y entre sociedades intermedias, que se realizan en forma originaria y gracias a la «subjetividad creativa del ciudadano. La red de estas relaciones forma el tejido social y constituye la base de una verdadera comunidad de personas, haciendo posible el reconocimiento de formas más elevadas de sociabilidad.

La exigencia de tutelar y de promover las expresiones originarias de la sociabilidad es subrayada por la Iglesia en la encíclica Quadragesimo anno, en la que el principio de subsidiariedad se indica como principio importantísimo de la <filosofía social>: «Como no se puede quitar a los individuos y darlo a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo, constituyendo un grave perjuicio y perturbación del recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero no destruirlos y absorberlos».

Conforme a este principio, todas las sociedades de orden superior deben ponerse en una actitud de ayuda («subsidium») —-por tanto de apoyo, promoción, desarrollo— respecto a las menores. De este modo, los cuerpos sociales intermedios pueden desarrollar adecuadamente las funciones que les competen, sin deber cederlas injustamente a otras agregaciones sociales de nivel superior, de las que terminarían por ser absorbidos y sustituidos y por ver negada, en definitiva, su dignidad propia y su espacio vital.

A la subsidiariedad entendida en sentido positivo, como ayuda económica, institucional, legislativa, ofrecida a las entidades sociales más pequeñas, corresponde una serie de implicaciones en negativo, que imponen al Estado abstenerse de cuanto restringiría, de hecho, el espacio vital de las células menores y esenciales de la sociedad. Su iniciativa, libertad y responsabilidad, no deben ser suplantadas.

Tipos?

Indicaciones concretas

El principio de subsidiariedad protege a las personas de los abusos de las instancias sociales superiores e insta a estas últimas a ayudar a los particulares y a los cuerpos intermedios a desarrollar sus tareas. Este principio se impone porque toda persona, familia y cuerpo intermedio tiene algo de original que ofrecer a la comunidad. La experiencia constata que la negación de la subsidiariedad, o su limitación en nombre de una pretendida democratización o igualdad de todos en la sociedad, limita y a veces también anula, el espíritu de libertad y de iniciativa.

Con el principio de subsidiariedad contrastan las formas de burocratización, de asistencialismo, de presencia injustificada y excesiva del Estado y del aparato público: «Al intervenir directamente y quitar responsabilidad a la sociedad, el Estado asistencial provoca la pérdida de energías humanas y el aumento exagerado de los aparatos públicos, dominados por las lógicas burocráticas más que por la preocupación de servir a los usuarios, con enorme crecimiento de los gastos». La ausencia o el inadecuado reconocimiento de la iniciativa privada, incluso económica, y de su función pública, así como también los monopolios, contribuyen a dañar gravemente el principio de subsidiariedad. A la actuación del principio de subsidiariedad corresponden: el respeto y la promoción efectiva del primado de la persona y de la familia; la valoración de las asociaciones y de las organizaciones intermedias, en sus opciones fundamentales y en todas aquellas que no pueden ser delegadas o asumidas por otros; el impulso ofrecido a la iniciativa privada, a fin de que cada organismo social permanezca, con las propias peculiaridades, al servicio del bien común; la articulación pluralista de la sociedad y la representación de sus fuerzas vitales; la salvaguardia de los derechos de los hombres y de las minorías; la descentralización burocrática y administrativa; el equilibrio entre la esfera pública y privada, con el consecuente reconocimiento de la función social del sector privado; una adecuada responsabilidad del ciudadano para «ser parte» activa de la realidad política y social del país.

Diversas circunstancias pueden aconsejar que el Estado ejercite una función de suplencia. Piénsese, por ejemplo, en las situaciones donde es necesario que el Estado mismo promueva la economía, a causa de la imposibilidad de que la sociedad civil asuma autónomamente la iniciativa; piénsese también en las realidades de grave desequilibrio e injusticia social, en las que sólo la intervención pública puede crear condiciones de mayor igualdad, de justicia y de paz. A la luz del principio de subsidiariedad, sin embargo, esta suplencia institucional no debe prolongarse y extenderse más allá de lo estrictamente necesario, dado que encuentra justificación sólo en lo excepcional de la situación. En todo caso, el bien común correctamente entendido, cuyas exigencias no deberán en modo alguno estar en contraste con la tutela y la promoción del primado de la persona y de sus principales expresiones sociales, deberá permanecer como el criterio de discernimiento acerca de la aplicación del principio de subsidiariedad.

Notas

  1. Cf. Compendio de doctrina social de la Iglesia (datos en la bibliografía).
  2. Véase, por ejemplo, la encíclica Mater et Magistra de Juan XXIII, la constitución pastoral Gaudium et Spes del Concilio Vaticano II (núm. 65); el documento Libertatis conscientia de la Congregación para la doctrina de la fe.

Véase también

Bibliografía

  • Pontificio Consejo Justicia y Paz (Madrid, 2005). Compendio de la doctrina social de la Iglesia. Biblioteca de Autores Cristianos. ISBN 978-84-7914-787-7. 
  • COLOM, ENRIQUE (2001). Curso de doctrina social de la Iglesia. Madrid: Ediciones Palabra. ISBN 84-8239-523-8. 
  • SPIAZZI, RAIMONDO (1992). Enciclopedia del pensiero sociale cristiano. Bolonia: Edizioni Studio Domenicano. ISBN 88-7094-101-9. 
  • SPIAZZI, RAIMONDO (1989). Principi di etica sociale. Bolonia: Edizioni Studio Domenicano. ISBN 88-7094-006-3. 
  • Texto de La Doctrina Social de la Iglesia
  •   Datos: Q7631996

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En la Doctrina social de la Iglesia se entiende por principio de subsidiariedad el principio en virtud del cual el Estado solo debe ejecutar una labor orientada al bien comun cuando advierte que los particulares o los organismos intermedios no la realizan adecuadamente sea por imposibilidad o sea por cualquier otra razon Se trata de uno de los principios mas largamente repetidos y propios de la ensenanza de la Iglesia catolica ya tratado en la que se considera la primera enciclica de temas sociales la Rerum novarum 1 y refrendado en los documentos posteriores 2 Indice 1 Principio de Subsidariedad 1 1 Origen y significado 1 2 Indicaciones concretas 2 Notas 3 Vease tambien 4 BibliografiaPrincipio de Subsidariedad EditarOrigen y significado Editar La subsidiariedad se encuentra entre las directrices mas constantes y caracteristicas de la doctrina social de la Iglesia presente desde la primera gran enciclica social Es imposible promover la dignidad de la persona si no se cuidan la familia los grupos las asociaciones las realidades territoriales locales en definitiva aquellas expresiones agregativas de tipo economico social cultural deportivo recreativo profesional politico a las que las personas dan vida espontaneamente y que hacen posible su efectivo crecimiento social Es este el ambito de la sociedad civil entendida como el conjunto de las relaciones entre individuos y entre sociedades intermedias que se realizan en forma originaria y gracias a la subjetividad creativa del ciudadano La red de estas relaciones forma el tejido social y constituye la base de una verdadera comunidad de personas haciendo posible el reconocimiento de formas mas elevadas de sociabilidad La exigencia de tutelar y de promover las expresiones originarias de la sociabilidad es subrayada por la Iglesia en la enciclica Quadragesimo anno en la que el principio de subsidiariedad se indica como principio importantisimo de la lt filosofia social gt Como no se puede quitar a los individuos y darlo a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria asi tampoco es justo constituyendo un grave perjuicio y perturbacion del recto orden quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y darselo a una sociedad mayor y mas elevada ya que toda accion de la sociedad por su propia fuerza y naturaleza debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social pero no destruirlos y absorberlos Conforme a este principio todas las sociedades de orden superior deben ponerse en una actitud de ayuda subsidium por tanto de apoyo promocion desarrollo respecto a las menores De este modo los cuerpos sociales intermedios pueden desarrollar adecuadamente las funciones que les competen sin deber cederlas injustamente a otras agregaciones sociales de nivel superior de las que terminarian por ser absorbidos y sustituidos y por ver negada en definitiva su dignidad propia y su espacio vital A la subsidiariedad entendida en sentido positivo como ayuda economica institucional legislativa ofrecida a las entidades sociales mas pequenas corresponde una serie de implicaciones en negativo que imponen al Estado abstenerse de cuanto restringiria de hecho el espacio vital de las celulas menores y esenciales de la sociedad Su iniciativa libertad y responsabilidad no deben ser suplantadas Tipos Indicaciones concretas Editar El principio de subsidiariedad protege a las personas de los abusos de las instancias sociales superiores e insta a estas ultimas a ayudar a los particulares y a los cuerpos intermedios a desarrollar sus tareas Este principio se impone porque toda persona familia y cuerpo intermedio tiene algo de original que ofrecer a la comunidad La experiencia constata que la negacion de la subsidiariedad o su limitacion en nombre de una pretendida democratizacion o igualdad de todos en la sociedad limita y a veces tambien anula el espiritu de libertad y de iniciativa Con el principio de subsidiariedad contrastan las formas de burocratizacion de asistencialismo de presencia injustificada y excesiva del Estado y del aparato publico Al intervenir directamente y quitar responsabilidad a la sociedad el Estado asistencial provoca la perdida de energias humanas y el aumento exagerado de los aparatos publicos dominados por las logicas burocraticas mas que por la preocupacion de servir a los usuarios con enorme crecimiento de los gastos La ausencia o el inadecuado reconocimiento de la iniciativa privada incluso economica y de su funcion publica asi como tambien los monopolios contribuyen a danar gravemente el principio de subsidiariedad A la actuacion del principio de subsidiariedad corresponden el respeto y la promocion efectiva del primado de la persona y de la familia la valoracion de las asociaciones y de las organizaciones intermedias en sus opciones fundamentales y en todas aquellas que no pueden ser delegadas o asumidas por otros el impulso ofrecido a la iniciativa privada a fin de que cada organismo social permanezca con las propias peculiaridades al servicio del bien comun la articulacion pluralista de la sociedad y la representacion de sus fuerzas vitales la salvaguardia de los derechos de los hombres y de las minorias la descentralizacion burocratica y administrativa el equilibrio entre la esfera publica y privada con el consecuente reconocimiento de la funcion social del sector privado una adecuada responsabilidad del ciudadano para ser parte activa de la realidad politica y social del pais Diversas circunstancias pueden aconsejar que el Estado ejercite una funcion de suplencia Piensese por ejemplo en las situaciones donde es necesario que el Estado mismo promueva la economia a causa de la imposibilidad de que la sociedad civil asuma autonomamente la iniciativa piensese tambien en las realidades de grave desequilibrio e injusticia social en las que solo la intervencion publica puede crear condiciones de mayor igualdad de justicia y de paz A la luz del principio de subsidiariedad sin embargo esta suplencia institucional no debe prolongarse y extenderse mas alla de lo estrictamente necesario dado que encuentra justificacion solo en lo excepcional de la situacion En todo caso el bien comun correctamente entendido cuyas exigencias no deberan en modo alguno estar en contraste con la tutela y la promocion del primado de la persona y de sus principales expresiones sociales debera permanecer como el criterio de discernimiento acerca de la aplicacion del principio de subsidiariedad Notas Editar Cf Compendio de doctrina social de la Iglesia datos en la bibliografia Vease por ejemplo la enciclica Mater et Magistra de Juan XXIII la constitucion pastoral Gaudium et Spes del Concilio Vaticano II num 65 el documento Libertatis conscientia de la Congregacion para la doctrina de la fe Vease tambien Editar Portal Iglesia catolica Contenido relacionado con Iglesia catolica Principio de solidaridadBibliografia EditarPontificio Consejo Justicia y Paz Madrid 2005 Compendio de la 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