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Referéndum sobre la Ley de Urgente Consideración (Uruguay)

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Referéndum sobre la Ley de Urgente Consideración
Abrogación de 135 artículos
de la ley 19 889
Fecha 27 de marzo de 2022
Tipo Referéndum legal
Debate (s)
Ver lista
22 de febrero de 2022
7 de marzo de 2022
9 de marzo de 2022
14 de marzo de 2022
16 de marzo de 2022
21 de marzo de 2022

Demografía electoral
Población 3 554 915 (estimación)[2]
Hab. inscritos 2 684 131[1]

Resultados
No
  
50.52 %
  
49.48 %
Votos válidos

Corte Electoral
100.00% escrutado

El referéndum sobre la Ley de Urgente Consideración se celebró en Uruguay el 27 de marzo de 2022,[3]​ sometiendo a consulta popular la abrogación de 135 artículos de la ley 19 889 (conocida como «Ley de Urgente Consideración», «Ley de Urgencia» o simplemente «LUC»),[4]​ aprobada por la Asamblea General en 2020[5]​ y considerada la principal iniciativa legislativa del gobierno de coalición del presidente Luis Lacalle Pou.[6]

Fruto de una campaña promovida por diversos actores sociales y políticos como la central sindical nacional PIT-CNT y el partido opositor Frente Amplio,[7]​ el 8 de julio de 2021 se entregaron ante la Corte Electoral casi 800 000 adhesiones,[8]​ superando el 25% del total de inscriptos habilitados para votar que se requiere constitucionalmente para interponer un recurso de referéndum contra una ley.[9]​ El 8 de diciembre de 2021 la autoridad electoral finalizó el proceso de verificación y validación de las adhesiones presentadas y realizó la convocatoria a la votación.[10]

Antecedentes y contexto

Mecanismo legislativo de la urgente consideración

El artículo 168 de la Constitución uruguaya de 1967 establece que el Poder Ejecutivo puede remitir proyectos de ley al Poder Legislativo declarándolos como de urgente consideración.[11]​ En este caso, la Cámara que recibe en primera instancia dicho proyecto tiene un plazo de 45 días para considerarlo, una vez vencido el cual y si el proyecto no fue desechado, se lo considera aprobado en su forma original y se lo comunica a la otra Cámara. Esta tiene, a su vez, un plazo de 30 días para pronunciarse y en caso de aprobar un proyecto con modificaciones, el mismo deberá reingresar a la primera Cámara donde contará con otros 15 días para su consideración. Cumplido este plazo, si no hay un pronunciamiento expreso que traduzca común acuerdo entre las cámaras respecto a las modificaciones, el proyecto es remitido a la Asamblea General, que cuenta con 10 días para considerarlo.

Una de las particularidades de este mecanismo es que si un proyecto de ley no recibe aprobación parlamentaria en los plazos estipulados, automáticamente se convierte en ley en la forma como lo envió el Poder Ejecutivo.[12]​ De esta forma, permite que una ley entre en vigencia apenas unos 100 días después de su envío al la Asamblea General.[13]

Desde la restauración democrática en 1985, solamente 13 proyectos de ley fueron enviados al Legislativo con declaratoria de urgente consideración (0.003% del total de proyectos enviados por el Ejecutivo en dicho período), de los cuales 9 se aprobaron y 4 se rechazaron.[14]​ Todos los gobiernos aplicaron el mecanismo, excepto por los segundos mandatos de Julio María Sanguinetti y Tabaré Vázquez. Sin embargo, en la mayoría de estos casos se utilizó la urgente consideración para temas concretos y solo 3 proyectos entran en la categoría de «ley ómnibus», en función de la cantidad de temas que abarcan. La utilización de este último tipo de paquete legislativo ha sido criticado por algunos expertos en ciencia política, al considerar que perjudica la calidad de la democracia al impedir el adecuado debate legislativo.[15][16]

Propuesta en las elecciones de 2019

Consultado en 2018 sobre cuál sería su primera medida en caso de llegar a la presidencia en 2020, el entonces precandidato presidencial Luis Lacalle Pou (Partido Nacional, PN) contestó que enviaría al Poder Legislativo un proyecto de ley con el rótulo de urgente consideración, producto de la negociación entre los integrantes de un eventual gobierno de coalición y cuyo contenido incluiría «todo lo que haya que modificar del Estado», abarcando «educación, seguridad, vivienda, economía, temas administrativos».[17][18]​ El objetivo de tal iniciativa, afirmó, sería aprovechar el primer año de gobierno para aplicar rápidamente los cambios considerados como necesarios.[19]Pablo da Silveira, entonces coordinador programático de la campaña de Lacalle Pou y actual Ministro de Educación y Cultura, hizo referencia a que con esta «ley ómnibus» se podrían tomar acciones en un plazo abreviado con respecto a una ley presupuestal, que demanda un trámite legislativo más extenso.[20]

En marzo de 2019 Lacalle Pou lanzó oficialmente su campaña de cara a las elecciones internas de los partidos políticos,[21]​ las cuales se celebraron el 30 de junio del mismo año. El candidato del herrerismo obtuvo el 53.77% de los votos, venciendo a Juan Sartori, Jorge Larrañaga, Enrique Antía y Carlos Iafigliola.[22][23]​ Poco después de la victoria, el equipo de campaña del candidato nacionalista comenzó a redactar el proyecto de ley de urgente consideración (LUC), con Rodrigo Ferrés como principal responsable.[24]

Se afirmó entonces que el proyecto contaría con un total de entre 300 y 500 artículos y que su contenido se basaría en el programa de gobierno del PN, incluyendo aspectos como la eliminación de la representación docente en la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), la creación de una regla fiscal para «ordenar» el gasto público, la modificación de las políticas sociales en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), la desmonopolización del mercado de los combustibles y la eliminación de la bancarización obligatoria para pagos y transacciones.[25]

 
Luis Lacalle Pou y su compañera de fórmula, Beatriz Argimón, durante un acto de campaña de la Coalición Multicolor de cara a la segunda vuelta de las elecciones nacionales de 2019.

La iniciativa recibió críticas desde el Frente Amplio (FA). El Partido Socialista (PS) afirmó que el mecanismo sería inconstitucional ya que para su utilización se requiere de una urgencia preexistente identificada y no de una creada «por razones políticas o ideológicas o prioritarias de gobierno».[26]Gonzalo Civila, secretario general del PS, aludió a que el proyecto de LUC traducía un «programa oculto» y reclamó conocer su redacción,[27]​ a lo cual Lacalle Pou respondió que el contenido se encontraba en su programa de gobierno.[28]​ Ferrés expresó que la argumentación utilizada por el PS era «política y no técnica», coincidiendo con la opinión de los juristas Martín Risso y Eduardo Esteva.[29]

Originalmente, el equipo de campaña de Lacalle Pou tenía previsto finalizar la redacción del proyecto de LUC en octubre de 2019, de forma tal que estuviese presentado previamente a la primera vuelta de las elecciones nacionales, a celebrarse el 27 de dicho mes.[25]​ Sin embargo, esto no ocurrió así.[30]​ De hecho, Jorge Gandini (PN), entonces candidato al Senado, afirmó cuatro días antes de las elecciones que desconocía los contenidos del proyecto porque aún se estaba elaborando, si bien lo consideró «una buena herramienta».[31]​ El entonces presidente de la República, Tabaré Vázquez (FA), expresó la necesidad de informar al respecto «para que la gente pueda tomar una decisión».[32]

En la primera vuelta de las elecciones nacionales, el FA y el PN fueron los dos partidos más votados, con el 39% y el 28.6% de los votos, respectivamente.[33]​ Este resultado desembocó en una segunda vuelta entre los candidatos de cada uno a celebrarse en noviembre de 2019,[34]​ hacia la cual todos los partidos principales de oposición se alinearon detrás de Lacalle Pou, conformando la Coalición Multicolor,[35]​ que estableció un acuerdo programático de común acuerdo conocido como «Compromiso por el País».[36]​ Finalmente, Lacalle Pou resultó victorioso con el 50.79% de los votos válidos frente al 49.21% de Daniel Martínez,[37]​ un resultado más ajustado de lo esperado y que no permitió declarar un ganador en la misma noche de la elección.[38]

El primer borrador del proyecto de LUC se dio a conocer en enero de 2020, conteniendo 457 artículos divididos en 10 capítulos.[39]​ El mismo fue sufriendo modificaciones posteriores producto de la negociación entre los diferentes miembros de la Coalición Multicolor[40]​ y la versión final fue presentada el 9 de abril, contando con 502 artículos.[41]

Aprobación parlamentaria de la LUC

El proyecto final de LUC ingresó al Parlamento el 23 de abril de 2020.[42]​ Tanto en la Cámara de Senadores como en la de Diputados se formaron comisiones especiales para su tratamiento, conformadas por legisladores de todos los partidos políticos con representación parlamentaria.[43][44]​ Diversos individuos, organismos públicos, instituciones y organizaciones fueron citados por estas comisiones para conocer su visión sobre el contenido del proyecto de LUC.[45][46]​ Con la eliminación de 25 artículos y la modificación de más de 300,[47]​ la ley fue aprobada por la cámara alta en primera instancia el 6 de junio de 2020,[48]​ tras lo cual ingresó a la cámara baja donde se introdujeron 32 cambios y se aprobó el 5 de julio.[49]​ Finalmente, el Senado aprobó su versión final el 8 del mismo mes[50]​ solamente con los votos del oficialismo[51]​ y el Poder Ejecutivo la promulgó un día más tarde.[52]

Proceso hacia el referéndum

Iniciativa

Antes de ser enviado al Poder Legislativo y posteriormente durante la discusión parlamentaria del proyecto de ley de urgente consideración (LUC), la central sindical PIT-CNT se manifestó en contra de sus contenidos y de la utilización de la urgente consideración, considerándolo un mecanismo antidemocrático por limitar el debate político y social.[53][54]​ El 4 de junio de 2020, miles de personas participaron en una movilización frente al Palacio Legislativo convocada por la central de trabajadores,[55]​ durante la cual su secretario general, Marcelo Abdala, afirmó que la LUC no atendía las necesidades de la población en el contexto de la pandemia de COVID-19 «ni en forma ni en contenido».[56]

La Federación ANCAP (Fancap), sindicato que nuclea a los trabajadores de la empresa petrolera estatal ANCAP, fue una de las primeras organizaciones en expresarse a favor de la interposición de un recurso de referéndum contra la LUC, por considerarla contraria a «los intereses de la clase trabajadora», según expresó Gerardo Rodríguez, presidente del sindicato.[57]​ Uno de los principales puntos de objeción era la derogación del monopolio de ANCAP para la importación, exportación y refinación de petróleo crudo y derivados, tema que generó discusión incluso dentro de la propia coalición gobernante[58]​ y terminó siendo excluido del proyecto de ley durante el debate parlamentario.[59][60]​ En su lugar, se estableció que el precio de los combustibles sea definido por el Poder Ejecutivo, con un ajuste en línea con el precio de paridad de importación con una periodicidad no mayor a los sesenta días,[61][62]​ frente a lo cual Fancap también se manifestó en desacuerdo.[63]

La LUC fue finalmente aprobada y promulgada en julio de 2020. El presidente Lacalle Pou la catalogó entonces como un «instrumento necesario, justo y popular».[64]​ Pese a los cambios al proyecto original (como la mencionada desmonopolización de ANCAP), Fancap mantuvo su postura favorable a buscar la anulación, mientras que otros sindicatos inicialmente se mostraron cautelosos al considerar que una movida en este sentido podría resultar «contraproducente» si no se alcanzaba el objetivo, por lo cual se requeriría de un amplio acuerdo entre sectores sociales para promoverla.[65]

En el ámbito sindical, la idea de promover la interposición de un referéndum comenzó a ganar fuerza una vez promulgada la ley.[66]​ El 9 de septiembre, el PIT-CNT anunció por primera vez oficialmente que se comenzaría a analizar la posibilidad de desarrollar una campaña con dicho objetivo, si bien por el momento no se trataba de algo definido.[67]​ La realización de dicha campaña fue confirmada el 17 de octubre por la Intersocial,[68]​ un espacio que nuclea a diversas organizaciones sociales además del PIT-CNT, como la Federación Uruguaya de Cooperativas por Ahorro Mutuo (FUCVAM), la Intersocial Feminista y la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay (FEUU).[69][70]

Dentro del partido opositor Frente Amplio (FA) se generaron discusiones en torno a la oportunidad de apoyar orgánicamente la realización de un referéndum. En abril de 2020, cuando el anteproyecto de LUC estaba por ingresar a la cámara alta, el senador Óscar Andrade (Partido Comunista, PCU) expresó que si este no sufría modificaciones sustanciales, se planteaba la posibilidad de que la coalición de izquierda apoyara una campaña de recolección de firmas para anular sus contenidos,[71]​ lo cual le valió críticas por parte del senador Jorge Gandini (PN).[72]​ En mayo la Mesa Política Nacional del FA manifestó su rechazo al mecanismo de urgente consideración y caracterizó al proyecto como «inoportuno, inconstitucional y antidemocrático».[73]​ Durante su tratamiento parlamentario, legisladores opositores trabajaron para incorporar diversas modificaciones, pero consideraron que la versión final no presentó cambios sustanciales respecto a la original y, por lo tanto, mantuvieron su voto negativo al proyecto en general,[74]​ pese a que acompañaron con el voto afirmativo a casi el 50% del articulado.[75][76]​ En los primeros días tras la promulgación de la LUC, el entonces presidente del FA, Javier Miranda, manifestó que su partido no tenía como prioridad apoyar un referéndum anulatorio.[77]​ Sin embargo, esto comenzó a cambiar una vez que el PIT-CNT y la Intersocial se definieron a favor de aplicar este recurso constitucional y se abrieron espacios de diálogo.[78]​ Pese a que algunos dirigentes frenteamplistas entendieron que eventualmente se podría tratar de un error político,[79]​ el 19 de octubre el Plenario Nacional del FA resolvió apoyar la campaña[80]​ y la decisión fue confirmada por la Mesa Política el 23 del mismo mes.[81]

Definiciones formales

En Uruguay existen dos mecanismos para interponer un recurso de referéndum contra una ley ante la Corte Electoral.[82]​ Uno de ellos requiere alcanzar las adhesiones del 25% del total de inscriptos habilitados para votar en un plazo correspondiente al primer año tras la promulgación de la ley y da lugar directamente a la realización del referéndum.[9][83]​ El otro mecanismo requiere alcanzar al menos el 2% del total de inscriptos habilitados para votar en un plazo de 150 días tras la promulgación de la ley y da lugar a la realización de una elección con voto no obligatorio conocida como prerreferéndum, en la cual si el 25% vota afirmativamente se da lugar al referéndum propiamente dicho.[84]​ En referencia al tiempo que requiere la recolección de firmas en cada caso, el primer mecanismo es conocido popularmente como «camino largo» y el segundo como «camino corto».[85]

Esta fue una de las decisiones a las que tuvieron que enfrentarse los promotores de la iniciativa contra la LUC. Desde las primeras instancias, el PIT-CNT propuso seguir el camino largo[86]​ y en el mismo sentido se definió la Intersocial.[87]​ En el FA este asunto generó divisiones, ya que el Partido Comunista y el Partido Socialista apoyaban la vía larga, pero otros sectores como el Movimiento de Participación Popular (MPP), Asamblea Uruguay (AU) y Fuerza Renovadora (FR) preferían la vía corta ante el riesgo que implicaba el alto porcentaje de firmas requeridas por el otro mecanismo.[88]​ Por ejemplo, el senador Mario Bergara (FR) afirmó que las condiciones políticas y sociales no eran las más favorables para una gran recolección de firmas y que el recurso debía reservarse para eventualmente utilizarlo contra otras leyes más adelante en el gobierno de Lacalle Pou.[89][90]​ Finalmente, el FA también se inclinó por el camino largo, en acuerdo con las organizaciones sociales.[91]​ La decisión de los promotores fue informada formalmente el 8 de diciembre de 2020.[92]

Otra de las cuestiones centrales a definir fue si el referéndum buscaría una anulación total o parcial de la LUC y, en este último caso, de cuáles artículos. En julio de 2020 la Fancap entendió que la mejor opción en términos estratégicos era ir solamente contra los artículos a su criterio «más regresivos».[93]​ Una vez confirmada la realización de la campaña, se inició un período de discusión e intercambio entre el PIT-CNT, la Intersocial y el FA. Este último había resuelto priorizar los artículos que no había acompañado en la votación parlamentaria ya que en caso contrario se estaría incurriendo en una «contradicción», según el senador Charles Carrera (MPP).[94]​ El PIT-CNT anunció a mediados de noviembre que pretendía buscar la anulación de 116 artículos, cinco de los cuales habían sido votados por la oposición.[95]​ Esto llevó a más negociaciones en las que el FA revisó su postura inicial y consideró que, por tratarse de un número reducido de artículos, podría apoyar su inclusión en el paquete pese a haberlos votado,[96]​ si bien algunos sectores como FR, AU y la Vertiente Artiguista mostraron sus reparos.[97]​ A principios de diciembre, fruto de un acuerdo entre los diferentes actores, se comunicó que los artículos impugnados serían 133, vinculados a las áreas temáticas de seguridad pública, economía, empresas públicas, sector agropecuario, relaciones laborales, seguridad social y vivienda,[98][99][100]​ entre los cuales se encontraban cuatro artículos votados por el FA.[101]

El 14 de diciembre se instaló la Comisión Nacional Pro Referéndum (luego Comisión Nacional por el Sí),[102]​ integrada por el PIT-CNT, el FA, la Intersocial y otras organizaciones,[103]​ y cuatro días más tarde se inició formalmente el trámite ante la Corte Electoral.[104]​ Finalmente, el 29 de diciembre de 2020 se dio inicio a la campaña de recolección de firmas para anular 135 artículos de la LUC.[105]

Recolección de adhesiones

 
Manifestante a favor de la realización de un referéndum contra la Ley de Urgente Consideración.

El mecanismo elegido por los impulsores del referéndum requería la adhesión del 25% del total de inscriptos habilitados para votar, correspondiente a 673 592 personas en base a los datos de la última elección nacional, a alcanzarse antes del 9 de julio de 2021, lo que suponía recolectar un promedio de 3 600 adhesiones por día.[106]​ La negociación previa entre los diferentes actores sociales y políticos consumió 161 de los 365 días disponibles.[107]​ En el mes de lanzamiento de la campaña de recolección, el PIT-CNT consideró la posibilidad de solicitar una prórroga del plazo de un año establecido constitucional y legalmente, en función de las limitaciones impuestas por la pandemia de COVID-19,[108]​ aunque rápidamente optó por no hacerlo.[109]

La ley electoral establece que cada promotor debe presentar una papeleta ante la Corte Electoral conteniendo la impresión digital de su pulgar derecho y su firma.[83]​ Habitualmente hay una cantidad de papeletas que son descartadas por no cumplir estrictamente con todos los requerimientos legales para su llenado, por lo que la Comisión Nacional Pro Referéndum se propuso alcanzar la cifra de 700 000 adhesiones.[110]​ Desde el momento en que se lanzó la recolección, el entonces presidente del PIT-CNT, Fernando Pereira, se mostró seguro de que se alcanzarían las adhesiones requeridas, si bien reconoció que la dificultad estaría en las limitaciones físicas impuestas por la pandemia.[111]​ En los primeros días de enero de 2021, Pereira afirmó que la meta era alcanzar las 300 000 firmas para el mes de marzo.[112]​ A principios de febrero se llegó a 133 095[113]​ y a mediados de marzo a 252 720.[114]​ El 19 de marzo la Mesa Política del Frente Amplio analizó el ritmo de recolección de firmas hasta el momento y consideró necesario incrementarlo para alcanzar el objetivo final.[115]

El 25 de marzo, la Comisión Pro Referéndum solicitó a través de un comunicado la extensión del plazo para la recolección de firmas, argumentando que la situación sanitaria nacional impedía la realización de eventos con aglomeración de personas.[116]​ El pedido fue reiterado el 5 de abril ante el Poder Legislativo, cuando Rafael Michelini y otros representantes de la Comisión mantuvieron una reunión con la Vicepresidenta de la República, Beatriz Argimón.[117]​ Los promotores del referéndum se basaron en lo ocurrido con las elecciones departamentales y municipales de 2020, oportunidad en la cual a través de una ley se modificó la fecha prevista en la Constitución para el acto eleccionario,[118]​ solicitando un mecanismo similar.[119]​ El FA introdujo en el Parlamento un proyecto de ley en este sentido.[120]​ Sin embargo, los principales partidos integrantes de la oficialista Coalición Multicolor se opusieron a otorgar la extensión,[121][122][123]​ por lo que no estaban los votos suficientes para su aprobación. El presidente del directorio del Partido Nacional, Pablo Iturralde, afirmó que se debía «respetar la norma».[124]​ Michelini, entonces secretario político del FA, manifestó que la negativa a ampliar el plazo de recolección de firmas daría lugar a la generación de aglomeraciones con la consecuente intervención de las fuerzas policiales,[125]​ en referencia a la ley aprobada por el gobierno en marzo de 2021 que limitó el derecho de reunión consagrado en la Constitución.[126]​ El FA se desmarcó de estas declaraciones y posteriormente Michelini fue removido de su cargo por el presidente del partido.[127]

 
Cajas conteniendo las casi 800 000 papeletas que fueron entregadas a la Corte Electoral.

Durante la jornada de celebración del día de los trabajadores, el 1 de mayo, se juntaron unas 80 000 firmas, con un total de 450 000 anunciado más tarde en el mes.[128]​ El 17 de junio se llevó a cabo un paro general convocado por el PIT-CNT durante el cual se juntaron 25 000 firmas,[129]​ acontecimiento que no estuvo exento de críticas por parte del oficialismo.[130]​ A finales de junio, ya en la recta final del plazo constitucional, se anunció la cifra de 572 551 firmas alcanzadas.[131]​ El 23 de junio el PIT-CNT le solicitó al presidente Lacalle Pou el recurso de la cadena nacional de radio y televisión para dar mayor difusión a la campaña,[132]​ pero el mandatario se la negó, ofreciendo como alternativa un espacio en los medios públicos para transmitir un mensaje.[133]​ El FA criticó la decisión, considerando que silenciaba «a quienes opinan diferente».[134]

En los meses de abril y mayo, Uruguay atravesó el peor momento de la pandemia de COVID-19, alcanzando récords mundiales de contagios y muertes.[135][136][137]​ Esto implicó una importante dificultad para movilizar personas y llevó a cancelar o modificar actividades de campaña.[138]

El 5 de julio, a cuatro días de la fecha límite para la entrega, Marcelo Abdala informó que faltaban unas 40 000 firmas,[139][140]​ que se redujeron a unas 15 000 dos días más tarde.[141]​ Finalmente, la diaria informó en la madrugada del 8 de junio que se habían superado las 700 000 adhesiones.[142]​ Sobre el mediodía se llevó a cabo una conferencia de prensa donde la Comisión Pro Referéndum anunció que contaban con 763 443 firmas.[143]​ La cifra final de papeletas entregadas esa tarde a la Corte Electoral fue de 797 261,[144]​ un récord histórico para las iniciativas de este tipo en el país.[145]

El hecho fue celebrado por dirigentes sociales y políticos. El senador frenteamplista Mario Bergara habló de una «hazaña de la militancia anónima y porfiada».[146]​ A través de una declaración de su Mesa Política, el FA lo catalogó como «un triunfo popular».[147]

La mayor parte de las adhesiones recolectadas, cerca de un 57%, fue aportada por diferentes agrupaciones del FA (en particular por el MPP y el PCU), mientras que el PIT-CNT y las organizaciones sociales obtuvieron el 42% restante.[148]

El triunfo de la campaña de recolección de firmas fue valorado por analistas políticos como un evento que cambió significativamente la realidad política nacional. Óscar Bottinelli, director de la empresa FACTUM, expresó que por primera vez desde la asunción de Lacalle Pou el oficialismo quedó en una posición de desventaja frente a la oposición y que la decisión estratégica del gobierno de evitar el debate público podría haberse basado en una lectura errónea de los indicadores de opinión pública sobre su gestión.[149]​ Para el politólogo Adolfo Garcé, el hecho fortaleció al FA y lo reivindicó como la principal fuerza política del país,[150]​ mientras que Daniel Chasquetti destacó el rol «crucial» del PIT-CNT como nexo entre las organizaciones sociales.[151]

Postura inicial del gobierno

Desde que el PIT-CNT comenzó a discutir la posibilidad de interponer un recurso de referéndum contra la LUC, los legisladores oficialistas se mostraron críticos de la iniciativa e incluso plantearon que la misma podría ser inconstitucional,[152]​ lo cual fue posteriormente descartado.[153]​ En un comienzo los integrantes de la coalición de gobierno consideraron participar activamente de una campaña en defensa de la LUC con el objetivo de prevenir la obtención de las adhesiones necesarias,[154]​ tal como lo anunció, por ejemplo, el senador Jorge Gandini (PN).[155]

Esto cambió una vez puesta en marcha la recolección de firmas, cuando desde Presidencia de la República se transmitió a los parlamentarios que la estrategia política sería la de guardar silencio para evitar amplificar la iniciativa,[156]​ permitiendo que sean sus promotores quienes realicen el «desgaste».[157]​ Así, la actitud predominante en la interna del gobierno pasó a ser la de evitar el debate. «Nuestra responsabilidad es gobernar», dijo al respecto el senador Pablo Da Silva (PN).[158]

En febrero de 2021, el senador Óscar Andrade (FA) llamó al entonces presidente de la Cámara de Representantes, Martín Lema (PN), a participar de un intercambio público sobre los artículos impugnados.[159]​ Ningún legislador oficialista respondió, pero el presidente del directorio del PN, Pablo Iturralde, afirmó: «vamos a hacer lo que tengamos ganas».[160]​ Andrade insistió en la necesidad de realizar un «gran debate nacional» para contrarrestar el que no se pudo dar a nivel legislativo[161]​ y denunció que legisladores oficialistas cancelaron instancias de discusión en los medios de comunicación.[162]

Desde filas del oficialismo se vio con escepticismo que se alcanzasen las adhesiones necesarias. El expresidente de la República Julio María Sanguinetti (Partido Colorado, PC) expresó en mayo de 2021 que los promotores del referéndum no estaban teniendo éxito, pese a lo cual anunciaban diariamente «cifras publicitarias de presuntas firmas obtenidas».[163]​ Estas declaraciones fueron rechazadas por Fernando Pereira (PIT-CNT).[164]​ Cuando la Comisión Pro Referéndum solicitó una prórroga ante el Poder Legislativo, la diputada Nibia Reisch (PC) afirmó que el pedido traducía un inminente fracaso de la iniciativa.[165]

Una vez vencido el plazo y con la entrega de unas 800 000 firmas ante la Corte Electoral, superando la cifra mínima requerida, existieron diferentes opiniones respecto a la estrategia que llevó adelante el gobierno. Los legisladores Felipe Schipani (PC), Gustavo Penadés (PN) y Raúl Lozano (Cabildo Abierto, CA) se manifestaron conformes con la postura tomada,[166]​ mientras que para Gandini (PN) el oficialismo se equivocó al confiar en que no se alcanzarían suficientes adhesiones.[167]​ Por otra parte, la senadora Graciela Bianchi (PN) afirmó que algunas personas firmaron por «miedo» y «presión» ejercida desde los sindicatos, si bien no presentó ninguna evidencia.[168]

Al momento de lanzarse la iniciativa por el referéndum, el presidente Lacalle Pou se limitó a expresar que los impulsores estaban «en todo su derecho» de llevarla a cabo.[169]​ Recién volvió a referirse al tema cuando se entregaron las firmas, afirmando: «vamos a debatir y discutir si es que hay referéndum».[170]

Los partidos integrantes de la Coalición Multicolor definieron no esperar por la confirmación de la Corte Electoral para empezar la campaña a favor de la LUC de cara al eventual referéndum.[171][172][173]​ En el mismo sentido, los legisladores oficialistas cambiaron su postura respecto a la participación en debates públicos sobre el tema. El primero de estos debates se realizó el 12 de agosto de 2021, organizado por el Centro de Estudios para el Desarrollo, en el que participaron los senadores Penadés (PN) y Alejandro Sánchez (FA) y donde los principales ejes temáticos de discusión fueron la seguridad pública y los combustibles.[174][175]

Verificación de adhesiones y confirmación

La Corte Electoral comenzó el proceso de verificación y validación de las adhesiones una vez que estas fueron presentadas por la Comisión Nacional Pro Referéndum.[176]​ De acuerdo a la normativa, la Corte dispone de un total de 150 días hábiles para completar este proceso y, en caso de confirmarse la realización de la consulta popular, cuenta con 120 días para convocarla.[83]

La etapa inicial consistió en la numeración de las papeletas, la cual se llevó a cabo del 12 al 22 de julio de 2021 con un total de 795 750 contabilizadas.[177][178]​ El 19 de julio comenzó la revisión de los datos contenidos en cada papeleta, cotejando las firmas e impresiones digitales con los registros de la Corte.[179]

La autoridad electoral informó el 13 de julio que el total de inscriptos habilitados para votar al día 8 del mismo mes era de 2 686 174, correspondiendo el 25% de esta cifra (lo requerido para interponer el recurso de referéndum) a 671 544 adhesiones.[180]

El 8 de diciembre de 2021 se alcanzaron las 671 631 adhesiones validadas, superando la cifra requerida, por lo que se suspendió el proceso.[181]​ En el mismo día las autoridades de la Corte Electoral confirmaron la realización del referéndum e informaron que el mismo se llevaría a cabo el 27 de marzo de 2022,[3]​ con un total de 2 684 131 personas habilitadas para votar.[1]

Organización

 
Hojas de votación por la opción negativa (izquierda) y afirmativa (derecha) a la derogación.

Al momento de realizarse la consulta popular existirán dos hojas de votación (papeletas), una por el voto afirmativo (con la expresión «Sí») y otra por el voto negativo (con la expresión «No»), a través de las cuales los votantes se pronunciarán a favor o en contra, respectivamente, de dar lugar al recurso de referéndum contra los 135 artículos impugnados de la Ley de Urgente Consideración.[182]

Para tener éxito, la opción por la derogación (el «Sí») deberá superar el 50% del total de votos válidos (conformado por la suma de los afirmativos, los negativos y los votos en blanco).[183]​ En los hechos, el voto en blanco se considerará como voto negativo, mientras que el voto nulo no computará para ninguna de las dos opciones.[182]

La papeleta por el voto afirmativo a la derogación será color rosado, mientras que la papeleta por el voto negativo será celeste.[184]​ La Comisión Nacional por el Sí criticó esta decisión, argumentando que el color celeste es asociado con el Uruguay (por ejemplo, la selección nacional de fútbol lleva el seudónimo La Celeste) y por lo tanto no debería ser utilizado.[185]​ En este sentido se presentó un recurso ante la Corte Electoral para modificar la definición,[186]​ pero este fue rechazado.[187]

Campaña

A favor de la derogación

 
Logotipo principal de la campaña a favor de la derogación de 135 artículos de la LUC.

La Comisión Nacional por el Sí lanzó oficialmente la campaña para la derogación de los 135 artículos de la LUC el 24 de octubre de 2021, con un acto realizado en el Velódromo Municipal de Montevideo del que participaron artistas y figuras del Frente Amplio (como el expresidente de la República José Mujica y los intendentes de Canelones y Montevideo Yamandú Orsi y Carolina Cosse, respectivamente), el PIT-CNT y diversas organizaciones sociales.[188][189]​ En la proclama del evento se hizo énfasis en los temas de educación, seguridad pública, empresas estatales, economía y combustibles, afirmando que los cambios planteados por la LUC tienen el objetivo de debilitar el rol del Estado en estas áreas.[190]​ Mujica criticó a algunos miembros del oficialismo por los argumentos utilizados en defensa de la ley, acusándolos de realizar una «especie de terrorismo».[191]

El primer eslogan oficial de campaña elegido por los promotores de la derogación, presentado en los días previos al acto de lanzamiento, fue «la LUC no es Uruguay».[192]​ Algunos analistas políticos consideraron que este buscaba despertar sentimientos de patriotismo o nacionalismo, y podría haber tenido el objetivo de atraer votantes más conservadores.[193]​ El mismo recibió críticas procedentes de filas oficialistas, como las de Julio María Sanguinetti, para quien los promotores de la derogación pretendían tener «el monopolio de la patria».[194]

En enero de 2022 se anunció que Esteban Valenti estaría a cargo de la campaña de comunicación y publicidad a favor de la derogación[195]​ y se presentó un nuevo eslogan oficial, «en defensa propia».[196]​ La elección de Valenti, exmilitante frenteamplista pero alejado del partido desde el 2018,[197]​ se basó en su experiencia como publicista, habiendo participado, entre otras, en la campaña por la anulación de la Ley de Empresas Públicas (1992) y en campañas electorales del dirigente político de izquierda Tabaré Vázquez (por la Intendencia de Montevideo en 1989 y por la Presidencia de la República en 1999 y 2004).[198]​ La designación no estuvo exenta de críticas, procedentes tanto de filas del Frente Amplio como de la Coalición Multicolor.[199][200]

Dado que la papeleta por el «Sí» llevará el color rosado, diferentes organizaciones a favor de la derogación utilizaron la imagen y música asociada del personaje animado la pantera rosa en materiales de difusión y actos de campaña.[201]​ En febrero de 2022 la Federación ANCAP recibió una intimación por parte de la compañía estadounidense Metro-Goldwyn-Mayer, titular de los derechos de autor del personaje, solicitando el cese inmediato de su uso no autorizado, lo cual fue aceptado por la Comisión Nacional por el Sí.[202]

Además de las que conforman la comisión promotora de la derogación, otras organizaciones sociales y políticas se han manifestado a favor del «Sí», como la agrupación Fosalba (mayoritaria en el Sindicato Médico del Uruguay) y la Federación de Cooperativas de Producción.[203]​ La campaña también cuenta con el apoyo de diversos actores de la cultura (como los cantantes y compositores Gerardo Nieto y Alejandro Balbis, el murguista Raúl Castro, el escritor Roy Berocay y el actor Petru Valensky), del deporte (como los basquetbolistas Marcos Cabot y Mateo Sarni) y de otros ámbitos (como el abogado constitucionalista José Korzeniak, el publicista Claudio Invernizzi y el edil colorado de Paysandú David Elguera).[204][205][206][207]

El 22 de marzo la campaña por el «Sí» transmitió un mensaje oficial de forma simultánea por radio y televisión, el cual contó con la participación del actor uruguayo César Troncoso.[208]

En contra de la derogación

El oficialismo desarrolló el primer acto en defensa de los 135 artículos de la LUC el 31 de septiembre de 2021, en el departamento de Salto, del que participaron integrantes de todos los partidos que conforman la Coalición Multicolor.[209]​ Días más tarde, en una actividad organizada por el sector Todos Hacia Adelante (Partido Nacional), se lanzaron materiales audiovisuales de campaña acompañados del eslogan «defendé tu libertad»,[210]​ los cuales fueron compartidos a través de las redes sociales por varios políticos del gobierno.[211]

El 31 de enero de 2022, mediante una conferencia de prensa, el oficialismo dio inicio formal a la campaña en contra de la derogación. El evento fue encabezado por la vicepresidenta de la República Beatriz Argimón y dirigentes políticos de los cinco partidos que integran la coalición de gobierno.[212]​ El coordinador nacional de la campaña es el nacionalista Alejo Umpiérrez, intendente de Rocha,[213]​ y el eslogan oficial es «con la celeste ganamos todos».[214]

Algunas organizaciones empresariales, tales como la Federación Rural, la Asociación Rural, las Cámaras Empresariales de Frontera, la Cámara Regional de Empresarios y Comerciantes del Este y la Asociación de Cultivadores de Arroz, manifestaron su apoyo a la campaña por el «No» a la derogación.[215][216]

Participación del presidente de la República

Desde el momento en que se entregaron las adhesiones ante la Corte Electoral, el presidente Lacalle Pou se expresó en reiteradas ocasiones en defensa de los artículos de la LUC que se pretenden derogar,[217][218]​ refiriéndose a la ley como «justa, popular y necesaria»[219]​ y llamando a no desinformar sobre el impacto que la norma tiene en la sociedad.[220]

El rol activo del presidente en la campaña fue criticado por algunos actores de la oposición, como los senadores frenteamplistas Óscar Andrade y Charles Carrera, ya que a su juicio implica un accionar inconstitucional.[221]​ El artículo 77 de la Constitución uruguaya establece que el presidente de la República está impedido de participar en «propaganda política de carácter electoral».[222]​ La postura del Poder Ejecutivo es que un referéndum no es una elección, sino un pronunciamiento a favor o en contra de una ley vigente, por lo que el primer mandatario está habilitado a expresarse públicamente,[223]​ visión con la cual coinciden algunos constitucionalistas.[224]

Lacalle Pou encabezó una conferencia de prensa el 23 de marzo, la cual ofició de cierre oficial de la campaña por el «No» (el comando optó por suspender todas las apariciones públicas y debates planificados para después de dicha fecha, incluso los previamente pactados y anunciados).[225][226]​ En un principio el presidente afirmó que sería el orador en un mensaje publicitario a transmitirse de forma simultánea por radio y televisión.[227]​ La decisión de cambiar el formato fue criticada por la Comisión Nacional por el Sí, ya que la conferencia se realizó en vivo un día después de la transmisión del mensaje oficial de la campaña por la derogación, si bien el presidente se había comprometido a no responder a este.[228][229]

Debates públicos

Desde noviembre de 2021, el programa radial En Perspectiva, dirigido por el periodista Emiliano Cotelo, organiza una serie de debates entre dirigentes políticos, sindicales y sociales, representantes del gobierno y de la oposición. Hasta la fecha se han abarcado los temas de combustibles, educación, portabilidad numérica, actividad laboral, vivienda, seguridad pública e inclusión financiera.[230][231][232][233][234][235][236]

Tras meses de negociaciones, el 22 de febrero de 2022 se realizó en Florida el primer debate público televisado desde la confirmación del referéndum, entre los senadores Óscar Andrade (Frente Amplio, FA) y Guido Manini Ríos (Cabildo Abierto, CA).[237][238]​ La organización de este debate no estuvo exenta de polémica, particularmente en relación a los medios de comunicación encargados de su transmisión. En un inicio, asesores de ambos senadores mantuvieron discusiones con representantes de los canales de televisión privados Canal 10 y Teledoce, los cuales finalmente optaron por no participar de la organización y en su lugar se acordó con el canal público Cardinal TV y los más de 100 canales del interior del país representados por la Cámara Uruguaya de Televisión para Abonados (CUTA), además de una transmisión en línea a través de YouTube, Vera TV y Facebook. Canal 5, el canal público estatal, también pretendió sumarse al evento, a pedido de su director Gerardo Sotelo. Sin embargo, al día siguiente del anuncio público del debate, el propio Sotelo decidió excluir a los medios públicos de su transmisión, citando la necesidad de «guardar la ecuanimidad del canal público».[239]​ Andrade lamentó el cambio de criterio, al cual calificó de «insólito».[240]​ La decisión también fue criticada desde CA; el senador Guillermo Domenech afirmó que la misma se tomó desde el gobierno para quitar visibilidad a la figura de Manini Ríos, potencial candidato presidencial para las elecciones generales de 2024.[241]​ Tras la baja de Canal 5, se informó que el canal público de la Intendencia de Montevideo TV Ciudad también transmitiría el debate.[242]​ En el mismo se discutieron los artículos impugnados de la LUC referidos a seguridad pública, educación, relaciones laborales y vivienda. Estos temas fueron previamente acordados entre los representantes de ambos senadores; el frenteamplista propuso los primeros dos y el cabildante el resto.[243]​ La transmisión del debate tuvo altos niveles de audiencia y llegó a ser el programa más visto en la televisión abierta de Montevideo,[244]​ mientras que en Twitter se alcanzaron las 85 menciones por minuto y el hashtag más utilizado fue «#VotáSí».[245]​ En las redes sociales, la participación de Andrade contó con el apoyo de otros dirigentes políticos del FA y lo propio ocurrió con la de Manini e integrantes de CA, pero no del resto de los partidos que conforman la Coalición Multicolor.[246]

El 7 de marzo se realizó en Canelones el segundo debate televisado de cara al referéndum, entre los senadores Mario Bergara (FA) y Gustavo Penadés (Partido Nacional, PN), nuevamente organizado por la CUTA.[247][248]​ El intercambio se centró en las modificaciones introducidas por los artículos impugnados en materia de educación, seguridad pública, vivienda e inclusión financiera.[249]

El tercer y último debate organizado por la CUTA había sido pactado para el 23 de marzo en Punta del Este entre los senadores Alejandro Sánchez (FA) y Jorge Gandini (PN), pero debió suspenderse porque el nacionalista decidió no participar.[250]

Finalmente Canal 5 optó por organizar una serie de debates propia, cuya primera instancia se dio el 9 de marzo entre el senador Sánchez (FA) y el intendente de Rocha y coordinador de la campaña por el «No» Alejo Umpiérrez (PN), la segunda el 14 de marzo entre los senadores Germán Coutinho (Partido Colorado, PC) y Liliam Kechichián (FA), la tercera el 16 de marzo entre los diputados Gonzalo Civila (FA) y Felipe Schipani (PC) y la cuarta el 21 de marzo entre el exsenador Rafael Michelini (FA) y el senador Penadés (PN).[251][252][253][254]​ CA rechazó la invitación a participar en estos intercambios, citando la decisión de Gerardo Sotelo de no transmitir el debate Andrade-Manini por los medios públicos.[255]

Por su parte, la Universidad de la República coordinó la realización de dos debates que fueron transmitidos por TV Ciudad.[256]​ El primero de estos se realizó el 21 de marzo entre el economista Jorge Polgar (en representación del «Sí») y el diputado Iván Posada (Partido Independiente), donde se discutieron asuntos económicos; en otra instancia ese mismo día estaba previsto un intercambio sobre seguridad, pero todos los convocados en representación de la campaña por el «No» declinaron participar.[257]​ El segundo debate se llevó a cabo el 22 de marzo, en el que la abogada Valeria España (por el «Sí») y el subsecretario Tabaré Hackenbruch (PC) contendieron sobre vivienda, mientras que el maestro Luis Garibaldi (por el «Sí») y el diputado Schipani (PC) hicieron lo propio sobre educación.[258]

En un principio se anunció que Fernando Pereira (presidente del FA) participaría en un debate con Pablo Iturralde (presidente del directorio del PN), pero esto nunca ocurrió.[259]​ También se había acordado un intercambio entre Pereira y Umpiérrez en Rocha, pero finalmente el nacionalista optó por no participar del mismo.[260][261]​ De todas formas, Pereira se presentó en el lugar y a la hora previamente pactados para el debate.[262]

Artículos impugnados

A través del recurso de referéndum se busca la derogación de 135 de los 476 artículos de la LUC, que abarcan diferentes áreas temáticas.[4][263]

Sección Capítulo Artículos
Seguridad pública Normas penales 1 (legítima defensa), 4 (resistencia al arresto), 5 (circunstancia agravante del encubrimiento), 10 (delitos contra la propiedad mueble o inmueble), 11 (agravio a la autoridad policial), 12 (disposiciones aplicables a otros tipos penales), 13 (autoevasión), 14 (ocupación indebida de espacios públicos).
Normas sobre proceso penal 18 (información al Ministerio Público), 21 (declaraciones voluntarias al indagado ante la policía), 22 (objeto de los registros), 23 (registro de personas), 24 (registro personal, de vestimenta, equipaje y vehículo), 35 (inaplicabilidad del beneficio de libertad anticipada por la comisión de ciertos delitos).
Legislación profesional policial 43 (comunicación inmediata), 44 (seguridad necesaria), 45 (oportunidad para el uso de la fuerza), 49 (presunción de legitimidad de la actuación policial), 50 (deber de identificarse), 51 (alcance de la medida), 52 (conducción policial de personas eventualmente implicadas), 56 (Dirección Nacional de Políticas de Género), 63 (estado policial del personal en situación de retiro), 64 (derecho al porte de armas), 65 (derecho de reprimir delitos flagrantes por el personal policial en situación de retiro), 74 (actividades delictivas del artículo 36 del Decreto-Ley N° 14.294).
Normas sobre adolescentes privados de libertad 75 (régimen de semilibertad), 76 (duración de las medidas de privación de libertad), 77 (régimen especial), 78 (limitaciones), 79 (adecuación a la normativa del Código Penal y de la Ley N° 16.707), 80 (clausura del proceso del artículo 103 de la Ley N° 17.823).
Normas sobre gestión de la privación de libertad 86 (redención de pena por trabajo o estudio).
Secretaría de inteligencia estratégica del Estado n/p 118 (definición), 125 (información reservada y restringida e información secreta), 126 (acceso a la información reservada del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado).
Educación n/p 127 (de la obligatoriedad), 128 (de la libertad de cátedra), 129 (tratados internacionales y cooperación internacional), 130 (concepto), 134 (de la educación media superior), 135 (de la educación técnico profesional),[nota 1]​ 136 (de la educación terciaria),[nota 1]​ 140 (de la educación en primera infancia), 142 (Congreso Nacional de la Educación), 143 (del Congreso Nacional de Educación), 144 (Organización General de la Educación Pública), 145 (del Ministerio de Educación y Cultura), 146 (derogaciones), 148 (de los órganos), 151 (del Consejo Directivo Central), 152 (cometidos del Consejo Directivo Central), 155 (Subsistemas de la Administración Nacional de Educación Pública), 156 (de las Direcciones Generales), 158 (cometidos de las Direcciones Generales y del Consejo de Formación en Educación), 159 (de otros cometidos de la Dirección General de Educación Técnico Profesional), 160 (de la designación de los Directores Generales, Subdirectores y miembros del Consejo de Formación en Educación), 161 (atribuciones del Presidente del Consejo Directivo Central, de los Directores Generales de Educación y del Presidente del Consejo de Formación en Educación), 163 (del estatuto docente y del funcionario no docente), 167 (concepto), 169 (del Sistema Nacional de Educación Terciaria), 171 (del Programa Nacional de Fortalecimiento de la Formación en Educación), 172 (creación de las Comisiones Departamentales de Educación), 183 (denominación del Capítulo XIX del Título VIII), 184 (creación), 185 (integración), 186 (cometidos), 193 (de los estatutos del personal docente y no docente), 198 (procedimiento voluntario de reconocimiento del nivel universitario de carreras de formación docente impartidas por entidades públicas no universitarias), 206 (derogaciones).
Economía y empresas públicas Regla fiscal 207 (alcance), 208 (Meta Indicativa de Resultado Fiscal Estructural), 209 (metodología), 210 (Institucionalidad Fiscal), 211 (Rendición de Cuentas), 212 (Fondo de Estabilización).
Libertad financiera 215 (opción a favor del trabajador), 219 (opción para el cobro de honorarios profesionales), 220 (opción del medio de pago para proveedores del Estado), 221 (restricción al uso de efectivo para ciertos pagos), 224 (derogación de artículos de la Ley N° 19.210), 225 (procedimientos de debida diligencia).
Mercado del petróleo crudo y derivados 235 (aprobación de los precios de los combustibles),[nota 1]​ 236 (revisión de precios de paridad de importación),[nota 1]​ 237 (reforma del mercado de petróleo crudo y derivados).
Del control de las sociedades anónimas de los entes autónomos y servicios descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado 285 (sociedades anónimas con participación estatal).
Sector agropecuario Del Instituto Nacional de Colonización 357 (declaración sobre parcelas que integran colonias), 358 (excepción a la obligación prevista en la norma).
Relaciones laborales y seguridad social Libertad de trabajo y derecho de la dirección de la empresa 392 (libertad de trabajo y derecho de la dirección de la empresa).
Elección de los directores sociales del Banco de Previsión 399 (elección de representación en el Directorio del Banco de Previsión Social. Registro de listas).
Desarrollo social y salud Mejoras al régimen de adopciones 403 (selección de familia adoptante), 404 (integración familiar de niños, niñas o adolescente en tenencia o guarda con fines de adopción).
Normativa sobre la emergencia en vivienda Régimen de arrendamiento sin garantía 426 (causales de desalojo), 427 (pago de consumos, gastos comunes u otros servicios accesorios a la locación), 428 (cláusulas nulas), 429 (desalojo por vencimiento del plazo), 430 (trámite del proceso de desalojo por vencimiento de placo. Verificación del cumplimiento de requisitos. Plazo de desalojo), 431 (trámite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo. Citación de excepciones), 432 (trámite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo. Traslado de excepciones), 433 (trámite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo. Lanzamiento), 434 (trámite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo. Prórroga de lanzamiento), 435 (trámite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo. Irrecurribilidad), 436 (pago de arriendos, consumos, servicios y tributos durante procesos de desalojo y lanzamiento. Mutación), 437 (desalojo por mal pagador), 438 (desalojo por mal pagador. Mora y proceso de estructura monitoria), 439 (desalojo por mal pagador. Admisibilidad. Plazo), 440 (desalojo por mal pagador. Citación de excepciones), 441 (desalojo por mal pagador. Traslado de excepciones), 442 (desalojo por mal pagador. Lanzamiento), 443 (desalojo por mal pagador. Prórroga de lanzamiento), 444 (lanzamiento en desalojo por mal pagador. Irrecurribilidad), 445 (lanzamiento en desalojo por mal pagador. Clausura), 446 (inspección ocular), 447 (inspección ocular pactada), 448 (inspección ocular como medida preparatoria), 449 (entrega de la finca en caso de desocupación), 450 (Proceso Ejecutivo), 451 (acumulación de pretensiones), 452 (otras acciones), 453 (lanzamiento), 454 (competencia), 455 (legitimación activa. Acreditación), 456 (legitimación activa. Legitimados), 457 (notificaciones), 458 (normas complementarias y subsidiarias), 459 (simulación de ausencia de garantías).
Otras disposiciones De la protección a la libre circulación 468 (piquetes que impidan la libre circulación), 469 (preservación del derecho a la libre circulación y el orden público), 470 (actuación en casos de hechos de apariencia delictiva).
Portabilidad numérica 471 (derecho a la portabilidad numérica), 472 (obligación de los servicios de telefonía móvil de prestar el servicio de portabilidad numérica), 473 (Comité de Portabilidad Numérica), 474 (cronograma de actividades), 475 (costos de adecuación de redes y sistemas), 476 (implementación del sistema).
  1. Artículo votado afirmativamente por legisladores del Frente Amplio.

Principales áreas temáticas

Combustibles

En su artículo 235 (votado afirmativamente tanto por el oficialismo como por la oposición),[264]​ la LUC establece una nueva metodología para la fijación del precio de venta al público de los combustibles producidos por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP), según la cual:[265]

  • El Poder Ejecutivo aprobará los nuevos precios contando previamente con un informe obligatorio realizado por ANCAP y otro por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA).
  • El informe realizado por la URSEA deberá incluir el precio de paridad de importación (PPI) y transporte a las plantas distribuidoras de los diferentes combustibles. Esto equivale al precio que hipotéticamente debería asumir un actor privado en caso de importar y vender los mismos combustibles que ANCAP, basándose en el mercado internacional del petróleo y en los eventuales ajustes correspondientes al mercado nacional.[266]​ El objetivo es, según el gobierno, aumentar la competitividad de la empresa estatal.[267]
  • La actualización de los precios por parte del Poder Ejecutivo se realizará con una periodicidad que no supere los 60 días.

La aplicación de este artículo comenzó en junio de 2021,[268]​ produciendo una sucesión de aumentos en el precio de los combustibles durante el segundo cuatrimestre del año,[269][270][271]​ con tres ajustes al alza en un período de casi dos meses[272]​ y en ocasiones con aumentos incluso por encima de los recomendados por la URSEA en su informe.[273]​ Desde la oposición se criticó que durante la campaña electoral, el actual presidente Lacalle Pou se había comprometido a no subir los precios de los combustibles en caso de ganar las elecciones.[274][275]

Si bien la LUC permite espaciar las actualizaciones de precios hasta 60 días, el gobierno definió hacerlo mensualmente.[276]​ A finales de agosto el Poder Ejecutivo modificó las fechas utilizadas para el cálculo del PPI, considerándose la variación en el precio internacional del barril de petróleo entre el día 26 de un mes y el 25 del siguiente y no entre el día 16 y el 15, como se hacía hasta entonces.[277]​ Se explicó que el objetivo de dicha modificación era reducir el período de tiempo transcurrido entre la fecha en que se publica el informe mensual de la URSEA y el momento en que se define la actualización de los precios (al final de cada mes, comenzando a regir desde el primer día del mes siguiente).[278]​ Como consecuencia de esto, en septiembre se dio el primer ajuste a la baja desde la entrada en vigencia del mecanismo, si bien la reducción estuvo en el entorno del 1%.[279]

Para los meses de octubre, noviembre y diciembre, la URSEA recomendó un aumento, en base a la variación al alza de los precios internacionales con su respectivo impacto en el PPI, pero en las tres oportunidades el Ejecutivo optó por no considerar dicho informe y mantener sin modificaciones los precios de los combustibles,[280][281][282]​ aludiendo resultados positivos extraordinarios en el balance de ANCAP.[283][284]​ Esta decisión significó una pérdida de 15 millones de dólares para la empresa estatal en el mes de noviembre.[285]

La decisión política del Ejecutivo de no considerar la metodología de actualización de precios fijada en la LUC recibió fuertes críticas desde el Frente Amplio (FA).[286]​ Para la oposición, la misma obedeció al hecho de que el gobierno busca no debilitar su imagen pública de cara al referéndum.[287][288]​ De hecho, la intención del oficialismo fue la de mantener los precios incambiados hasta la realización de la votación.[289]

Para enero de 2022, la referencia de la URSEA marcaba una rebaja en los precios,[290]​ pero el gobierno optó por mantenerlos.[291]​ Para febrero el Ejecutivo definió un aumento de más del 4% para las naftas y del 6% para el gasoil,[292]​ en un contexto de suba del precio internacional del petróleo,[293]​ pese a que el presidente Lacalle Pou había afirmado en los días previos que el gobierno contaba con «espalda» para evitar un aumento.[294]​ Nuevamente esta decisión fue criticada por la oposición, pero también desde otros sectores sociales y políticos. El senador Alejandro Sánchez (FA) comparó el incremento de entre el 18% y el 25% en los precios de los diferentes combustibles durante el último año con el incremento del 6% de los salarios y las jubilaciones en el mismo período.[295]​ Por su parte, el movimiento Un Solo Uruguay habló de «tarifazo».[296]​ El intendente de Río Negro Omar Lafluf (Partido Nacional) reconoció el potencial efecto negativo de la aplicación de estos artículos de la LUC.[297]

El informe de la URSEA para el mes de marzo daba cuenta de un incremento en el PPI de los combustibles del 5-7%, nuevamente siguiendo la tendencia internacional del precio de referencia del crudo (si bien el rango de tiempo utilizado para dicho cálculo no llegó a incluir la invasión rusa de Ucrania por los días feriados de carnaval).[298]​ El gobierno definió un aumento del 2%.[299]

Actualizaciones de precios de los principales combustibles
desde la entrada en vigencia del artículo 235 de la LUC ($ por litro)
Período Nafta súper 95 Gasoil 50-S
2021 Junio +7.10 +4.90
Julio +0.34 +0.41
Agosto +5.00 +5.00
Septiembre -0.39 -0.76
Octubre 0 0
Noviembre 0 0
Diciembre 0 0
2022 Enero 0 0
Febrero +3.00 +3.00
Marzo +1.47 +1.05
Total acumulado +16.52 +13.60

Un estudio de grupo focal encargado por el propio gobierno dio como resultado que el articulado referente a la fijación del precio de los combustibles es el que cuenta con menor nivel de apoyo popular.[300]

Seguridad pública

En los artículos impugnados de la LUC referentes a la seguridad pública se introducen diversas modificaciones en el ordenamiento jurídico, incluyendo cambios en el Código Penal, el Código del Proceso Penal, la Ley Orgánica Policial y el Código de la Niñez y la Adolescencia, entre otros, siendo algunos ejemplos:

  • Se amplía la legítima defensa. En los casos que se actúe defendiendo derechos de naturaleza patrimonial, la racionalidad del medio empleado deberá evaluarse sin considerar la existencia o no de una agresión física al individuo que se defiende. En los casos que se actúe en defensa de determinados parientes, la falta de provocación suficiente del individuo que se defiende deja de ser un requisito. A su vez, se detallan las «dependencias de la casa habitada» en las que se justifica la agresión mortal ejecutada en defensa propia.[301][302]
  • Se crea el delito de resistencia al arresto: la oposición de resistencia física al arresto por parte de una autoridad pública se castiga con pena de 6 meses de prisión a 3 años de penitenciaría.[303]​ La desobediencia al mandato legítimo de un funcionario público ya estaba incluida con pena en el delito de desacato, con nueva redacción dada por ley en 2009.[304]
  • Se crea el delito de agravio a la autoridad policial: el insulto, agravio, amenaza, obstaculización o arrojamiento de objetos a un policía en funciones se castiga con pena de 3 a 18 meses de prisión.[305]​ El ejercicio de violencia o amenaza contra un funcionario público ya estaba incluido en el delito de atentado.[306]
  • El beneficio de la libertad anticipada se vuelve inaplicable para los delitos de rapiña, rapiña con privación de libertad, copamiento y extorsión.[307]
  • El accionar de un funcionario policial actuando en ejercicio de sus funciones se presume en acuerdo a la Constitución, las leyes y las reglamentaciones vigentes, excepto cuando exista prueba de lo contrario.[308]
  • Todo individuo tiene el deber de identificarse cuando la policía así se lo solicite. Con el fin de confirmar la identidad, la policía podrá requerir la presentación de un documento idóneo para tal fin (como cédula de identidad o credencial cívica). Cuando una persona no lleve consigo un documento identificatorio, o se niegue a identificarse, podrá ser conducida a una dependencia policial.[309]​ La solicitud de identificación de un individuo por parte de la policía y el requerimiento de presentación de un documento idóneo ya estaban contemplados en la ley 18 315 de 2008, en caso de individuos que «razonablemente» pudieran coincidir con personas requeridas por la Justicia o fugadas.[310]
  • El personal policial en situación de retiro tendrá derecho al porte de armas, siempre y cuando no cuente con antecedentes penales,[311]​ y podrá intervenir para reprimir un delito flagrante, con las mismas facultades legales del personal en actividad.[312]
  • La duración máxima posible de las medidas de privación de libertad para adolescentes se amplía de 5 a 10 años para los delitos de homicidio intencional agravado y muy especialmente agravado, violación y abuso sexual muy especialmente agravado.[313]
  • Se excluyen del régimen de redención de penas por trabajo y estudio a los individuos condenados por los delitos de narcotráfico, violación, abuso sexual, abuso sexual especialmente agravado, homicidio especialmente agravado y muy especialmente agravado, rapiña con privación de libertad, copamiento y secuestro.[314]
  • Se establece una pena de cuatro a quince años de penitenciaría para ciertas situaciones vinculadas al delito de narcomenudeo, incluyendo: cuando el receptor de la sustancia es un menor de 21 años o está privado de discernimiento o voluntad; cuando la sustancia se administra sin consentimiento de la víctima; cuando el delito se comete ejerciendo de forma abusiva o fraudulenta una profesión vinculada a la salud pública; cuando el delito se comete en las inmediaciones o en el interior de centros de enseñanza o de salud, cárceles, sedes deportivas, culturales o sociales o un espacio donde se realizan reuniones de carácter público; y cuando se utiliza un hogar para vender, depositar o distribuir las sustancias.[315]​ Previamente a la LUC, la mayoría de estas situaciones ya estaban incluidas con igual pena en el decreto ley 14 294 de 1974,[316]​ pero este fue posteriormente sustituido por la ley 17 016 de 1998, la cual elimina el requerimiento de aplicar un castigo con un mínimo y un máximo de años de penitenciaría.[317]​ En la práctica, en muchos de estos casos se aplicaba la suspensión condicional del proceso penal como método alternativo de resolución del conflicto, mediante la cual un individuo acusado de un delito leve puede, en lugar de ir a la cárcel, cumplir con ciertas condiciones u obligaciones determinadas por la Justicia (como realizar tareas comunitarias, reparar simbólica o materialmente a la víctima o fijar residencia, entre otras).[318]​ La LUC elimina esta alternativa,[319]​ incluso para individuos sin antecedentes penales, quitando también la posibilidad de redimir la pena por trabajo o estudio.[314]
  • Se prohíbe la realización de piquetes que impidan la libre circulación de personas, bienes o servicios, tanto en espacios públicos como en privados de uso público.[320]

En los primeros nueve meses de 2021 se registró un descenso de todos los delitos en Uruguay, en comparación con igual período de 2019 y 2020,[321]​ tendencia que se confirmó con los datos completos del 2021.[322]​ El oficialismo argumentó que este cambio fue posible gracias a las modificaciones introducidas por la LUC, las cuales afirman dieron respaldo político y jurídico al accionar de los efectivos policiales.[323]​ El ministro del Interior Luis Alberto Heber, refiriéndose a la nuevos delitos y al aumento de penas establecidos en la ley, expresó que en caso de lograrse la derogación el gobierno tendría que liberar presos,[324]​ lo cual le valió críticas desde el Frente Amplio.[325]

Por su parte, los impulsores de la derogación sostienen que la LUC persigue una «lógica punitiva», criminaliza la situación de pobreza (por ejemplo, al aumentar las penas a los condenados por microtráfico de drogas)[326]​ y respalda los posibles casos de abuso de la autoridad policial.[327]​ Asimismo se sostiene que el cambio observado en la conducta delictiva obedece a los efectos de la pandemia de COVID-19, notando que la baja en los delitos comenzó en marzo de 2020, cuando asumió el nuevo gobierno y se declaró la emergencia sanitaria nacional, mientras que la LUC no fue aprobada hasta julio del mismo año.[328][329]​ Esta incidencia de las medidas de reducción de la movilidad sobre la criminalidad es respaldada por evidencia nacional e internacional.[330][331]

En julio de 2021, la Asociación de Defensores Públicos (ADEPU) presentó una denuncia ante la Suprema Corte de Justicia tras haber identificado un aumento en el uso abusivo de la fuerza policial, situación que, según los abogados denunciantes, se agravó tras la aprobación de la LUC.[332]​ Desde el sindicato policial se cuestionó la veracidad de estos hechos.[333]​ Sin embargo, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) analizó más de 100 denuncias realizadas por ADEPU de hechos acontecidos en 2020 y 2021, concluyendo a través de un informe publicado en marzo de 2022 que se evidencia un «debilitamiento de las garantías de las personas durante los primeros momentos de la detención».[334]​ El abogado Wilder Tayler, director de la INDDHH, expresó que las modificaciones introducidas por la LUC crean un marco legal más propicio al uso abusivo de la fuerza por parte de los policías y acusó al gobierno de minimizar los casos denunciados.[335][336]​ Tanto el ministro Heber como el expresidente colorado Julio María Sanguinetti criticaron la publicación del informe de la INDDHH, acusando a la institución de perseguir un fin electoral de cara al referéndum.[337][338]

Uno de los artículos más criticados por los promotores de la derogación es el referente a penas de penitenciaría por el delito de narcomenudeo, particularmente por el ingreso de pequeñas cantidades de estupefacientes a establecimientos carcelarios. Se afirma que este castigo afecta principalmente a mujeres en situación de pobreza, muchas con niños a cargo, que suelen cometer este delito como último recurso en «una serie de estrategias infructuosas de subsistencia económica para ellas y sus familias» y usualmente «como resultado de coacciones, abusos, intimidaciones o relaciones de dominación con algún referente masculino privado de libertad».[339]​ De hecho, el 95% de las personas formalizadas a partir de este artículo son mujeres,[319]​ sobre todo jóvenes,[340]​ y la cantidad total de mujeres privadas de libertad aumentó en un 60% durante el primer año y medio del gobierno de Lacalle Pou.[341]​ El endurecimiento de las penas de microtráfico en estas situaciones fue criticado incluso desde la Organización de las Naciones Unidas (ONU) por las consecuencias que genera en la población femenina.[342]​ En función de esto, algunos legisladores del oficialismo se mostraron dispuestos a revisar la norma[343]​ y la senadora colorada Carmen Sanguinetti incluso expresó su voluntad de eliminar el artículo en cuestión.[344]

Mario Layera, exdirector de la Policía Nacional, se manifestó a favor de la opción por el «Sí», sosteniendo que la LUC empodera a la Policía para enfrentar al «conflicto social más que al crimen organizado, la corrupción y la violencia de género».[345]​ Las declaraciones de Layera fueron criticadas por integrantes del gobierno, quienes apuntaron contra su gestión durante los gobiernos del Frente Amplio.[346]

Vivienda

La LUC crea un nuevo régimen para el arrendamiento de bienes inmuebles sin la necesidad de que el inquilino cuente con una garantía.[347]​ Los artículos impugnados explicitan algunas de las características del mismo, incluyendo:

  • Durante la vigencia del contrato de arrendamiento, el desalojo puede darse solamente por arrendatario mal pagador, inmueble expropiado o finca ruinosa. El plazo para la concreción del desalojo no puede exceder los 45 días.[348]
  • Una vez vencido el contrato de arrendamiento, el plazo para el desalojo del arrendatario buen pagador es de 30 días desde que se efectúa la notificación de la sentencia judicial correspondiente.[349]​ Si vencido este plazo el arrendatario no realizó la entrega voluntaria del inmueble, el arrendador podrá solicitar en cualquier momento su lanzamiento, el cual se hará efectivo dentro de los siguientes 15 días hábiles a efectuada la notificación correspondiente.[350]​ Este plazo podrá ser prorrogado una única vez y por un máximo de 7 días hábiles, a solicitud del arrendatario por causa de fuerza mayor aceptada por Juez competente.[351]​ Según lo estipulado en el régimen existente antes de la LUC, el plazo para el desalojo del arrendatario buen pagador es de 6 o 12 meses, pudiendo prorrogarse por hasta 120 días.[352]
  • Una vez vencido el plazo acordado para el pago del alquiler sin que este se haya efectuado, el arrendador podrá intimar el pago al arrendatario. Si el arrendatario no efectúa el pago en los 3 días hábiles siguientes a la intimación, será considerado moroso,[353]​ pudiendo iniciarse el trámite de desalojo por mal pagador.[354]
  • El plazo para el desalojo del arrendatario mal pagador es de 6 días hábiles desde que se efectúa la notificación de la sentencia judicial correspondiente.[355]​ Si vencido este plazo el arrendatario no realizó la entrega voluntaria del inmueble, el arrendador podrá solicitar en cualquier momento su lanzamiento, el cual se hará efectivo dentro de los siguientes 5 días hábiles a efectuada la notificación correspondiente.[356]​ Este plazo podrá ser prorrogado una única vez y por un máximo de 5 días hábiles, a solicitud del arrendatario por causa de fuerza mayor aceptada por Juez competente.[357]​ Según lo estipulado en el régimen existente antes de la LUC, el plazo para el desalojo del arrendatario moroso es de 20 días.[358]

Los promotores de la derogación de estos artículos argumentan que el nuevo régimen desprotege al inquilino, permitiendo un desalojo o lanzamiento «exprés», incluso siendo buen pagador.[359]​ Según sostienen, las personas que más usarían este régimen son aquellas que no cuentan con ingresos económicos estables, y los plazos abreviados para el desalojo no harían más que aumentar su situación de vulnerabilidad social y la dificultad en el acceso a la vivienda.[360]​ Asimismo se afirma que el alquiler de inmuebles sin garantía ya ocurría previamente.[361]

Desde el gobierno se sostiene que el nuevo régimen de arrendamiento no sustituye al anterior, sino que pretende ser una solución para aquellos individuos que desean alquilar un inmueble pero no cuentan aún con los recursos para constituir una garantía.[362]

Educación

En los artículos impugnados se introducen diversos cambios a la Ley General de Educación de 2008 y otras normas, entre los cuales se incluyen:

  • Se mantiene el carácter obligatorio de la educación inicial a partir de los 4 años de edad, la educación primaria y la educación media, pero la obligación de los padres o responsables legales de inscribir a los niños en un centro de enseñanza y controlar su asistencia se sustituye por el deber de «contribuir al cumplimiento» de la obligación educativa.[363]
  • Se establece la no obligatoriedad de la educación en la primera infancia (desde el nacimiento hasta los 3 años de vida).[364]
  • Se modifica la gobernanza de los diferentes subsistemas o niveles educativos (educación inicial, secundaria y técnico-profesional) en el marco de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). En este sentido se sustituyen los Consejos de Educación por Direcciones Generales. Solo se mantiene el Consejo de Formación en Educación.[365]​ Los sustituidos Consejos de Educación eran órganos desconcentrados integrados por 3 miembros, 2 de los cuales eran designados por el Consejo Directivo Central (CODICEN) y el tercero era elegido por los docentes.[366]​ En cambio, las nuevas Direcciones Generales son órganos unipersonales a cargo de un Director General designado por el CODICEN.[367][368]​ En efecto, esta modificación elimina la representación docente en la gobernanza de los diferentes niveles educativos.
  • Se potencia el rol del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) como rector de la política educativa nacional, aumentando sus competencias: pasa a encargarse de los procedimientos de reválida y reconocimiento de títulos, certificados o diplomas obtenidos en el extranjero (hasta entonces a cargo de la Universidad de la República, Udelar)[369]​ y tiene el cometido de elaborar un «Plan de Política Educativa Nacional» que deberá enviar a la Asamblea General antes de la presentación de la ley de presupuesto y un «Compromiso de Política Educativa Nacional» en acuerdo con los candidatos a integrar el CODICEN propuestos por el Poder Ejecutivo.[370]
  • Se crea la Comisión Coordinadora de la Educación, en sustitución de la Comisión Coordinadora del Sistema Nacional de la Educación Pública.[371]​ A diferencia de su antecesora, la nueva comisión cuenta entre sus integrantes con representantes de la educación privada, de las instituciones de formación militar y policial, del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) y del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), al tiempo que se reduce la representación de la Udelar, incluso dejando por fuera a su rector.[372]
  • Se mantiene el funcionamiento de un Consejo de Participación en cada centro educativo público, pero se elimina el requisito de que al menos un tercio de sus integrantes en la educación media y técnico-profesional sean representantes estudiantiles.[373]

El ministro de Educación y Cultura Pablo da Silveira defendió los cambios introducidos por la LUC, a los cuales calificó de «modestos e imprescindibles». Haciendo referencia al cambio en la gobernanza de los diferentes niveles educativos, argumentó que el sistema previo de Consejos de Educación, al cual definió como propio de un régimen soviético,[374]​ dificultaba la toma de decisiones para efectivizar cambios en la política educativa impulsados desde el CODICEN. A su vez, expresó que la representación docente se mantiene en el CODICEN y en el Consejo de Formación en Educación.[375]​ En el mismo sentido, el presidente Lacalle Pou afirmó que «una cosa es escuchar a los sindicatos y otra cosa es compartir el gobierno de la educación».[376]

Los promotores de la derogación de estos artículos sostienen que los mismos tienen un carácter conservador, culpabilizan a los docentes de los problemas educativos,[375]​ suprimen la participación estudiantil, disminuyen la influencia de los órganos autónomos al potenciar el rol del MEC, utilizan criterios del mercado para organizar a los centros educativos[377]​ y persiguen una lógica privatizadora de la educación pública.[378]

Un análisis académico realizado por la Facultad de Ciencias Sociales de la Udelar respecto a los cambios educativos introducidos por la LUC concluye que estos responden a una «filosofía política liberal [consistente] con un tipo de bienestar donde el Estado juega un papel residual».[379]​ Para el Instituto de Educación de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Udelar se da un cambio en la valoración conceptual de la educación, a la cual se deja de considerar un derecho humano fundamental y en su lugar se prioriza la adquisición de capacidades «con una perspectiva exclusivamente económica».[380]

Finanzas

Mediante artículos que se pretenden derogar, la LUC introduce múltiples modificaciones a la Ley de Inclusión Financiera de 2014 y otras normas, entre las cuales se incluyen:

  • Se habilita el efectivo como modalidad de pago a los trabajadores en situación de dependencia, eliminando la obligatoriedad de hacerlo mediante la acreditación en cuenta de instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico.[381]​ Desde el 2018, el pago en efectivo a trabajadores estaba permitido en todas las localidades del país de menos de 2 000 habitantes, por la dificultad en el acceso a puntos de extracción de efectivo.[382]
  • Se habilita el efectivo como modalidad de pago del Estado a proveedores de bienes o servicios, eliminando la obligatoriedad de hacerlo mediante la acreditación en cuenta de instituciones de intermediación financiera.[383]
  • Se habilita el efectivo como modalidad de pago de honorarios profesionales con un monto límite de 1 000 000 U.I., eliminando la obligatoriedad de hacerlo mediante medios de pago electrónicos o a través de acreditación en cuenta en instituciones de intermediación financiera o en instrumento de dinero electrónico.[384]
  • El límite para realizar cualquier tipo de transacción en efectivo se incrementa de 40 000 a 1 000 000 U.I. (aproximadamente 115 000 dólares).[385][386]
  • Se eliminan los límites al uso de efectivo para el arrendamiento, subarrendamiento, crédito, enajenación y otros negocios sobre bienes inmuebles y para la adquisición de vehículos motorizados.[387]
  • Se habilita el efectivo como modalidad de pago de los tributos nacionales.[387]
  • Se elimina la prohibición a proveedores o comercios de cobrar los productos o servicios que ofrezcan a un precio mayor si el pago se realiza con tarjeta de débito o instrumento de dinero electrónico que si se realiza en efectivo.[387]

Desde el gobierno se afirma que los cambios en materia financiera introducidos por la LUC permiten una mayor libertad del ciudadano para disponer de su dinero en efectivo.[388]

Mario Bergara, senador del Frente Amplio, expresidente del Banco Central (BCU) y exministro de Economía, sostuvo que la ampliación en el uso del efectivo conlleva un mayor nivel de evasión fiscal y facilita el lavado de activos.[389]

Portabilidad numérica

En su artículo 471, la LUC declara a la portabilidad numérica como un derecho de los usuarios de telefonía móvil.[390]​ En efecto, la nueva normativa permite a los usuarios cambiar de compañía proveedora del servicio entre las tres disponibles en Uruguay (la estatal Antel y las privadas Claro y Movistar), sin que ello implique la pérdida de su número de teléfono.[391]​ La fecha prevista para su entrada en vigor era el 27 de diciembre de 2021,[392]​ si bien para la oposición correspondía esperar por el resultado del referéndum en función de los costos operativos de su aplicación[393]​ (todo el articulado referente a esta temática fue impugnado).

Desde el gobierno se afirma que la nueva reglamentación otorga mayor libertad a los usuarios y mejora la competitividad,[394]​ además de que alinea a Uruguay con la mayoría de los países del mundo.[395]​ El Sindicato Único de Telecomunicaciones (Sutel) se manifestó en contra de la misma, entendiendo que su implementación debilita al Estado en beneficio de las compañías privadas.[396]​ Los promotores de la derogación sostienen que Antel deberá invertir grandes sumas de dinero para poder mantenerse en competencia con las multinacionales.[397]

Antel es el líder del mercado de telefonía móvil en el país contando con el 46.06% de los usuarios, seguido por Movistar (33.17%) y Claro (20.77%).[398]​ En base a un estudio realizado por la empresa consultora Equipos, Antel tendría una pérdida neta de 22 000 clientes personales y del 11% del mercado empresarial como consecuencia de la aplicación de la portabilidad numérica.[399][400]

Finalmente la nueva normativa comenzó a regir el 12 de enero de 2022.[401]​ En las primeras semanas desde su entrada en vigor, Antel fue la única de las tres compañías en tener una ganancia neta de clientes,[402]​ con un balance de 2 500 clientes adicionales en los primeros 40 días.[403]​ Esta tendencia se revirtió en la primera quincena de marzo, cuando la compañía estatal tuvo un saldo neto de 800 clientes menos.[404]

Adopciones

Los artículos 403 a 406 de la LUC introducen modificaciones al régimen de adopciones establecido en el Código de la Niñez y la Adolescencia. Dos de estos artículos, el 403 y el 404 (ambos referentes a los cuidados alternativos de niños y adolescentes privados de su medio familiar), se encuentran entre aquellos impugnados.

El artículo 403 de la LUC da nueva redacción al artículo 2 de la ley 19 092 de 2013,[405]​ mientras que el 404 lo hace para el artículo 3 de la ley 18 590 de 2009.[406]​ La modificación se introduce en relación a los casos en que un juez dispone la inserción familiar de un menor. Tanto la normativa anterior como la LUC establecen que la selección de la familia adoptante es responsabilidad del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) y que el tribunal actuante sólo puede apartarse de esta selección con una decisión fundada y avalada por informe de equipos técnicos del Poder Judicial.[407][408][409][410]​ La LUC agrega, además, que el tribunal actuante podrá prescindir de la selección realizada por el INAU de forma excepcional en aquellos casos en que el menor «se encuentre plenamente integrado a un núcleo familiar […] siempre y cuando esta tenencia haya comenzado en forma lícita, priorizándose el interés superior del [menor] en cuestión».

Esta modificación permite, de hecho, que un juez seleccione por sí mismo una familia adoptante para un niño o adolescente, sin participación alguna de los equipos técnicos del INAU.[411]​ En estos casos, los especialistas del instituto no participan, por ejemplo, de la preparación previa de la familia adoptante ni del seguimiento posterior a la adopción. Los impulsores de la derogación de estos artículos argumentan que el mecanismo incrementa los riesgos para los menores involucrados (como el de explotación infantil), «quita transparencia y violenta derechos»[412]​ con una perspectiva centrada en el adulto.[413]​ Por su parte, el gobierno afirma que el objetivo es agilizar el proceso de adopciones manteniendo las garantías del mismo.[414]

En noviembre de 2021 se generó una polémica cuando dos integrantes del gobierno, la vicepresidenta de la República Beatriz Argimón y el secretario de la Presidencia Álvaro Delgado, compartieron en sus respectivas cuentas de Twitter un spot publicitario en contra de la derogación de los artículos de la LUC.[415]​ En el mismo se afirmaba que dicha ley «reduce de 5 años a 18 meses el proceso de adopción»,[416][417]​ en referencia al artículo 406 de la LUC. Este establece que la evaluación por parte del INAU de los interesados en adoptar un menor para su inclusión en un registro de aspirantes no puede prolongarse por más de 18 meses desde la expresión de voluntad de los interesados.[418]​ Sin embargo, el artículo 406 no se encuentra entre los impugnados por los promotores de la derogación.[419]

Colonización

Entre los artículos impugnados de la LUC se encuentran dos que introducen modificaciones a la colonización de tierras.

El artículo 357 da nueva redacción al artículo 5 de la ley 18 756 de 2011,[420]​ dejando por fuera del régimen establecido en la Ley de Colonización a todas las tierras entregadas por el Estado a colonos antes de 1948, cuando se creó el Instituto Nacional de Colonización (INC).[421]

El artículo 358 introduce una modificación al artículo 61 de la ley 11 029 de 1948, sobre los requerimientos que deben cumplir los colonos.[422]​ Ambas normativa establecen la obligatoriedad de que el colono trabaje el predio de forma directa y lo habite, pero la LUC agrega que puede realizarse una excepción a esta obligación cuando el colono haya estado radicado por al menos 10 años, haya cumplido con un plan de inversiones en caso de haberse comprometido a uno y se invoquen motivos fundados de salud, trabajo o educación.[423][424]​ En efecto, el cambio habilita la adjudicación de una fracción de tierra sin necesidad de que la misma sea trabajada directamente y/o habitada. La versión original del artículo 358 incluida en el proyecto inicial de LUC eliminaba la obligación del colono de residir en la tierra, sin incluir condiciones, pero a pedido del senador Guido Manini Ríos (Cabildo Abierto) este artículo fue retirado y luego reintroducido con su redacción final.[425]

Los impulsores de la derogación de estos artículos de la LUC sostienen que los mismos son contrarios a la propia esencia de la Ley de Colonización de 1948 y argumentan que con la aplicación del artículo 357 tierras previamente administradas por el INC pasan al mercado general a precios más elevados, limitando el acceso de productores menores al igual que su recompra por parte del instituto.[426]​ Miguel Vassallo, ingeniero agrónomo y exdirector del INC durante el gobierno del Frente Amplio (FA),[427]​ expresó que a través de este cambio, que afecta a más de 100 000 hectáreas, se favorece la reconcentración y extranjerización de la tierra, se vulnera la soberanía de los pequeños y medianos productores agrícolas y se beneficia económicamente a un grupo específico y limitado de colonos en su mayoría sin mérito propio frente al resto.[428]

Para el senador Alejandro Sánchez (FA) las modificaciones introducidas por el artículo 458 eliminan la esencia conceptual de la colonización de tierras y se enmarcan en una visión ideológica negativa del INC por parte del gobierno.[429]​ Por su parte, el senador oficialista Sebastián da Silva (Partido Nacional) afirmó que el objetivo buscado es otorgar mayor libertad a los colonos con respecto a su organización y desarrollo familiar y que los cambios obedecen a una «realidad nueva» de las personas que viven en el campo.[429]

Una inspección técnica del INC realizada a finales de 2021 encontró que el senador Manini Ríos, su esposa Irene Moreira (actual ministra de Vivienda) y el padre de esta son colonos propietarios de 2 856 hectáreas de tierra en el departamento de Artigas, las cuales no habitan ni trabajan de forma directa.[430]​ Previamente tanto Manini como Moreira habían negado ser colonos, y el senador votó a favor del artículo de la LUC que flexibiliza las obligaciones de los mismos.[431]

Relaciones laborales

En su artículo 392, que se encuentra entre aquellos impugnados, la LUC refiere al Estado como garante del «ejercicio pacífico del derecho de huelga», pero también del «derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar» en el lugar donde desarrollen su actividad laboral, así como del «derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente».[432]

La Constitución de Uruguay declara la huelga como «un derecho gremial», agregando que «sobre esta base se reglamentará su ejercicio y efectividad», sin hacer otras puntualizaciones al respecto.[433]

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) a través de su Comité de Libertad Sindical afirma que el derecho de huelga es «uno de los medios legítimos fundamentales de que disponen los trabajadores y sus organizaciones para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales», agregando que los piquetes de huelga en particular «no deben impedir el ejercicio de la libertad de trabajo por los no huelguitas» y estando justificada su limitación solo si la huelga perdiese el carácter pacífico. A su vez se reconoce el derecho de los empresarios y el personal de la dirección de una empresa a ingresar a las instalaciones de la misma y ejercer sus actividades durante la realización de una huelga.[434]

Desde el PIT-CNT se entiende que este artículo es «antisindical» porque deja a discreción del gobierno la definición del carácter pacífico de una huelga al tiempo que fomenta acciones que debilitan la efectividad de la medida, como el esquirolaje (contratación de personas por fuera de la empresa para sustituir a los trabajadores huelguistas).[435][436][437]​ En sentido similar se expresó la Asociación Uruguaya de Laboristas, agregando que la LUC crea un obstáculo para el ejercicio del derecho de huelga.[438]

Pablo Mieres, ministro de Trabajo y Seguridad Social, afirmó que la norma se basa en los principios establecidos por la OIT y que su objetivo es establecer un límite a la huelga para defender el derecho a trabajar de los no huelguistas.[436]

Para el académico especialista en derecho laboral Hugo Barreto, el artículo 392 de la LUC tiene una interpretación ambigua ya que hace mención a la huelga en términos generales, pero parece referirse a la ocupación (una de las modalidades que puede tomar el ejercicio del derecho de huelga), y es además impreciso al no definir qué organismo o agente del Estado es el que actúa como garante.[439]

Consecuencias de un eventual triunfo del recurso

En caso de triunfar la voluntad de dar lugar al recurso de referéndum contra los 135 artículos impugnados de la Ley de Urgente Consideración (LUC), existen discrepancias entre analistas sobre el impacto que esto tendrá a nivel jurídico.[440]​ Una de las cuestiones no resueltas es si el efecto será derogatorio o anulatorio, es decir, si las consecuencias rigen desde el pronunciamiento del cuerpo electoral (ex nunc) o desde la promulgación de la ley (ex tunc), respectivamente.[441]

En el caso de una derogación, la ley deja de existir solo desde el momento en que se declara triunfador al «Sí» en adelante, sin afectar los efectos que esta haya podido tener desde su promulgación, los cuales quedan firmes (no hay efecto retroactivo). Cuando los artículos impugnados de la LUC derogan leyes previas, no vuelven a entrar en vigencia las normas anteriores (permanecen derogadas). Esto último ha llevado a plantear que podría generarse así un «vacío legal».[442]

En el caso de una anulación, en cambio, se considera que la ley nunca existió y por lo tanto se invalidan todos los efectos que esta haya podido tener durante el tiempo que estuvo en vigencia (sí hay efecto retroactivo). Cualquier norma derogada por los artículos de la LUC vuelve a entrar en vigencia. Esta es la tesis más aceptada por los expertos.[442]

Encuestas de intención de voto

Fecha de realización Empresa ¿Votará por derogar los 135 artículos de la LUC?
No NS/NC En blanco/anulado No votará
2022 18 al 22 de marzo UPC 43% 43% 10% 4%
17 al 22 de marzo Opción 41% 44% 14% 1%
11 al 20 de marzo Cifra 41% 45% 10% 4%
11 al 14 de marzo Factum 42% 48% 5% 5%
19 de febrero al 2 de marzo Equipos 34% 35% 28% 3%
17 al 26 de febrero Opción 36% 38% 22% 4%
12 al 22 de febrero Factum 41% 49% 4% 6%
10 al 17 de febrero Cifra 33% 45% 20% 2%
4 al 11 de febrero Nómade 47% 42.6% 10.4%
26 de enero al 1 de febrero Equipos 31% 41% 26% 2%
14 al 24 de enero UPC 43% 38% 15% 3%
2021 9 al 27 de diciembre Nómade 49.4% 41.2% 9.4%
25 de noviembre al 2 de diciembre Equipos 33% 46% 18% 3%
6 al 15 de noviembre Factum 39% 51% 10%
29 de octubre al 8 de noviembre Opción 37% 39% 19% 5%
28 de octubre al 7 de noviembre Cifra 41% 48% 11%
1 al 14 de septiembre Factum 45% 50% 5%
26 de agosto al 3 de septiembre Cifra 34% 44% 22%
9 al 16 de agosto Opción 41% 37% 19% 3%
23 de julio al 2 de agosto Equipos 33% 47% 20%
22 al 31 de julio Radar 43% 40% 11% 2% 3%
24 de junio al 3 de julio Cifra 34% 43% 23%
13 al 20 de mayo Opción 40% 38% 22%

Resultados

Totales

Opción Votos % votos totales % votos válidos
No 0
 0 %
 0 %
0
 0 %
 0 %
Voto en blanco 0
 0 %
-
Votos válidos 0
 0 %
 100 %
Voto nulo 0
 0 %
Total de votos emitidos 0
 100 %
Votantes habilitados y participación 2 684 131
 0 %

Por departamento

Opción No
Votos % Votos %
Artigas 15.933
 32.55 %
33.011
 67.45 %
Canelones 179.194
 54.05 %
152.318
 45.95 %
Cerro Largo 22.679
 38.65 %
36.005
 61.35 %
Colonia 38.430
 44.40 %
48.128
 55.60 %
Durazno 17.176
 41.69 %
24.020
 58.31 %
Flores 6.631
 35.67 %
11.960
 64.33 %
Florida 20.730
 44.31 %
26.051
 55.69 %
Lavalleja 14.961
 35.79 %
26.840
 64.21 %
Maldonado 47.542
 40.99 %
68.430
 59.01 %
Montevideo 464.809
 56.66 %
355.511
 43.34 %
Paysandú 39.242
 51.95 %
36.291
 48.05 %
Río Negro 16.997
 46.10 %
19.869
 53.90 %
Rivera 17.970
 25.68 %
52.017
 74.32 %
Rocha 22.101
 44.23 %
27.864
 55.77 %
Salto 40.935
 48.32 %
43.781
 51.68 %
San José 32.878
 47.14 %
36.870
 52.86 %
Soriano 28.199
 47.69 %
30.932
 52.31 %
Tacuarembó 24.813
 39.59 %
37.866
 60.41 %
Treinta y Tres 13.781
 41.05 %
19.793
 58.95 %


Véase también

Referencias

  1. Corte Electoral (27 de diciembre de 2021). «Circular N°11262» (PDF). Montevideo. 
  2. Instituto Nacional de Estadística. «Población por sexo y edad, 1996-2050» (XLS). 
  3. ElPais. «El referéndum contra la LUC será el 27 de marzo». Diario EL PAIS Uruguay. Consultado el 8 de diciembre de 2021. 
  4. Observador, El. «Estos son los 135 artículos de la LUC que el FA y las organizaciones sociales quieren llevar a referéndum». El Observador. Consultado el 16 de julio de 2021. 
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referéndum, sobre, urgente, consideración, uruguay, este, artículo, refiere, está, relacionado, proceso, electoral, reciente, actualmente, curso, información, este, artículo, puede, cambiar, frecuentemente, favor, agregues, datos, especulativos, recuerda, colo. Este articulo se refiere o esta relacionado con un proceso electoral reciente o actualmente en curso La informacion de este articulo puede cambiar frecuentemente Por favor no agregues datos especulativos y recuerda colocar referencias a fuentes fiables para dar mas detalles 2019 Referendum sobre la Ley de Urgente ConsideracionAbrogacion de 135 articulosde la ley 19 889Fecha 27 de marzo de 2022Tipo Referendum legalDebate s Ver lista22 de febrero de 2022 7 de marzo de 2022 9 de marzo de 2022 14 de marzo de 2022 16 de marzo de 2022 21 de marzo de 2022Demografia electoralPoblacion 3 554 915 estimacion 2 Hab inscritos 2 684 131 1 ResultadosNo 50 52 Si 49 48 Votos validosCorte Electoral100 00 escrutadoEl referendum sobre la Ley de Urgente Consideracion se celebro en Uruguay el 27 de marzo de 2022 3 sometiendo a consulta popular la abrogacion de 135 articulos de la ley 19 889 conocida como Ley de Urgente Consideracion Ley de Urgencia o simplemente LUC 4 aprobada por la Asamblea General en 2020 5 y considerada la principal iniciativa legislativa del gobierno de coalicion del presidente Luis Lacalle Pou 6 Fruto de una campana promovida por diversos actores sociales y politicos como la central sindical nacional PIT CNT y el partido opositor Frente Amplio 7 el 8 de julio de 2021 se entregaron ante la Corte Electoral casi 800 000 adhesiones 8 superando el 25 del total de inscriptos habilitados para votar que se requiere constitucionalmente para interponer un recurso de referendum contra una ley 9 El 8 de diciembre de 2021 la autoridad electoral finalizo el proceso de verificacion y validacion de las adhesiones presentadas y realizo la convocatoria a la votacion 10 Indice 1 Antecedentes y contexto 1 1 Mecanismo legislativo de la urgente consideracion 1 2 Propuesta en las elecciones de 2019 1 3 Aprobacion parlamentaria de la LUC 2 Proceso hacia el referendum 2 1 Iniciativa 2 2 Definiciones formales 2 3 Recoleccion de adhesiones 2 4 Postura inicial del gobierno 2 5 Verificacion de adhesiones y confirmacion 3 Organizacion 4 Campana 4 1 A favor de la derogacion 4 2 En contra de la derogacion 4 3 Participacion del presidente de la Republica 4 4 Debates publicos 5 Articulos impugnados 6 Principales areas tematicas 6 1 Combustibles 6 2 Seguridad publica 6 3 Vivienda 6 4 Educacion 6 5 Finanzas 6 6 Portabilidad numerica 6 7 Adopciones 6 8 Colonizacion 6 9 Relaciones laborales 7 Consecuencias de un eventual triunfo del recurso 8 Encuestas de intencion de voto 9 Resultados 9 1 Totales 9 2 Por departamento 10 Vease tambien 11 Referencias 12 Enlaces externosAntecedentes y contexto EditarMecanismo legislativo de la urgente consideracion Editar El articulo 168 de la Constitucion uruguaya de 1967 establece que el Poder Ejecutivo puede remitir proyectos de ley al Poder Legislativo declarandolos como de urgente consideracion 11 En este caso la Camara que recibe en primera instancia dicho proyecto tiene un plazo de 45 dias para considerarlo una vez vencido el cual y si el proyecto no fue desechado se lo considera aprobado en su forma original y se lo comunica a la otra Camara Esta tiene a su vez un plazo de 30 dias para pronunciarse y en caso de aprobar un proyecto con modificaciones el mismo debera reingresar a la primera Camara donde contara con otros 15 dias para su consideracion Cumplido este plazo si no hay un pronunciamiento expreso que traduzca comun acuerdo entre las camaras respecto a las modificaciones el proyecto es remitido a la Asamblea General que cuenta con 10 dias para considerarlo Una de las particularidades de este mecanismo es que si un proyecto de ley no recibe aprobacion parlamentaria en los plazos estipulados automaticamente se convierte en ley en la forma como lo envio el Poder Ejecutivo 12 De esta forma permite que una ley entre en vigencia apenas unos 100 dias despues de su envio al la Asamblea General 13 Desde la restauracion democratica en 1985 solamente 13 proyectos de ley fueron enviados al Legislativo con declaratoria de urgente consideracion 0 003 del total de proyectos enviados por el Ejecutivo en dicho periodo de los cuales 9 se aprobaron y 4 se rechazaron 14 Todos los gobiernos aplicaron el mecanismo excepto por los segundos mandatos de Julio Maria Sanguinetti y Tabare Vazquez Sin embargo en la mayoria de estos casos se utilizo la urgente consideracion para temas concretos y solo 3 proyectos entran en la categoria de ley omnibus en funcion de la cantidad de temas que abarcan La utilizacion de este ultimo tipo de paquete legislativo ha sido criticado por algunos expertos en ciencia politica al considerar que perjudica la calidad de la democracia al impedir el adecuado debate legislativo 15 16 Propuesta en las elecciones de 2019 Editar Articulos principales Elecciones internas de Uruguay de 2019y Elecciones generales de Uruguay de 2019 Consultado en 2018 sobre cual seria su primera medida en caso de llegar a la presidencia en 2020 el entonces precandidato presidencial Luis Lacalle Pou Partido Nacional PN contesto que enviaria al Poder Legislativo un proyecto de ley con el rotulo de urgente consideracion producto de la negociacion entre los integrantes de un eventual gobierno de coalicion y cuyo contenido incluiria todo lo que haya que modificar del Estado abarcando educacion seguridad vivienda economia temas administrativos 17 18 El objetivo de tal iniciativa afirmo seria aprovechar el primer ano de gobierno para aplicar rapidamente los cambios considerados como necesarios 19 Pablo da Silveira entonces coordinador programatico de la campana de Lacalle Pou y actual Ministro de Educacion y Cultura hizo referencia a que con esta ley omnibus se podrian tomar acciones en un plazo abreviado con respecto a una ley presupuestal que demanda un tramite legislativo mas extenso 20 En marzo de 2019 Lacalle Pou lanzo oficialmente su campana de cara a las elecciones internas de los partidos politicos 21 las cuales se celebraron el 30 de junio del mismo ano El candidato del herrerismo obtuvo el 53 77 de los votos venciendo a Juan Sartori Jorge Larranaga Enrique Antia y Carlos Iafigliola 22 23 Poco despues de la victoria el equipo de campana del candidato nacionalista comenzo a redactar el proyecto de ley de urgente consideracion LUC con Rodrigo Ferres como principal responsable 24 Se afirmo entonces que el proyecto contaria con un total de entre 300 y 500 articulos y que su contenido se basaria en el programa de gobierno del PN incluyendo aspectos como la eliminacion de la representacion docente en la Administracion Nacional de Educacion Publica ANEP la creacion de una regla fiscal para ordenar el gasto publico la modificacion de las politicas sociales en la orbita del Ministerio de Desarrollo Social MIDES la desmonopolizacion del mercado de los combustibles y la eliminacion de la bancarizacion obligatoria para pagos y transacciones 25 Luis Lacalle Pou y su companera de formula Beatriz Argimon durante un acto de campana de la Coalicion Multicolor de cara a la segunda vuelta de las elecciones nacionales de 2019 La iniciativa recibio criticas desde el Frente Amplio FA El Partido Socialista PS afirmo que el mecanismo seria inconstitucional ya que para su utilizacion se requiere de una urgencia preexistente identificada y no de una creada por razones politicas o ideologicas o prioritarias de gobierno 26 Gonzalo Civila secretario general del PS aludio a que el proyecto de LUC traducia un programa oculto y reclamo conocer su redaccion 27 a lo cual Lacalle Pou respondio que el contenido se encontraba en su programa de gobierno 28 Ferres expreso que la argumentacion utilizada por el PS era politica y no tecnica coincidiendo con la opinion de los juristas Martin Risso y Eduardo Esteva 29 Originalmente el equipo de campana de Lacalle Pou tenia previsto finalizar la redaccion del proyecto de LUC en octubre de 2019 de forma tal que estuviese presentado previamente a la primera vuelta de las elecciones nacionales a celebrarse el 27 de dicho mes 25 Sin embargo esto no ocurrio asi 30 De hecho Jorge Gandini PN entonces candidato al Senado afirmo cuatro dias antes de las elecciones que desconocia los contenidos del proyecto porque aun se estaba elaborando si bien lo considero una buena herramienta 31 El entonces presidente de la Republica Tabare Vazquez FA expreso la necesidad de informar al respecto para que la gente pueda tomar una decision 32 En la primera vuelta de las elecciones nacionales el FA y el PN fueron los dos partidos mas votados con el 39 y el 28 6 de los votos respectivamente 33 Este resultado desemboco en una segunda vuelta entre los candidatos de cada uno a celebrarse en noviembre de 2019 34 hacia la cual todos los partidos principales de oposicion se alinearon detras de Lacalle Pou conformando la Coalicion Multicolor 35 que establecio un acuerdo programatico de comun acuerdo conocido como Compromiso por el Pais 36 Finalmente Lacalle Pou resulto victorioso con el 50 79 de los votos validos frente al 49 21 de Daniel Martinez 37 un resultado mas ajustado de lo esperado y que no permitio declarar un ganador en la misma noche de la eleccion 38 El primer borrador del proyecto de LUC se dio a conocer en enero de 2020 conteniendo 457 articulos divididos en 10 capitulos 39 El mismo fue sufriendo modificaciones posteriores producto de la negociacion entre los diferentes miembros de la Coalicion Multicolor 40 y la version final fue presentada el 9 de abril contando con 502 articulos 41 Aprobacion parlamentaria de la LUC Editar El proyecto final de LUC ingreso al Parlamento el 23 de abril de 2020 42 Tanto en la Camara de Senadores como en la de Diputados se formaron comisiones especiales para su tratamiento conformadas por legisladores de todos los partidos politicos con representacion parlamentaria 43 44 Diversos individuos organismos publicos instituciones y organizaciones fueron citados por estas comisiones para conocer su vision sobre el contenido del proyecto de LUC 45 46 Con la eliminacion de 25 articulos y la modificacion de mas de 300 47 la ley fue aprobada por la camara alta en primera instancia el 6 de junio de 2020 48 tras lo cual ingreso a la camara baja donde se introdujeron 32 cambios y se aprobo el 5 de julio 49 Finalmente el Senado aprobo su version final el 8 del mismo mes 50 solamente con los votos del oficialismo 51 y el Poder Ejecutivo la promulgo un dia mas tarde 52 Proceso hacia el referendum EditarIniciativa Editar Antes de ser enviado al Poder Legislativo y posteriormente durante la discusion parlamentaria del proyecto de ley de urgente consideracion LUC la central sindical PIT CNT se manifesto en contra de sus contenidos y de la utilizacion de la urgente consideracion considerandolo un mecanismo antidemocratico por limitar el debate politico y social 53 54 El 4 de junio de 2020 miles de personas participaron en una movilizacion frente al Palacio Legislativo convocada por la central de trabajadores 55 durante la cual su secretario general Marcelo Abdala afirmo que la LUC no atendia las necesidades de la poblacion en el contexto de la pandemia de COVID 19 ni en forma ni en contenido 56 La Federacion ANCAP Fancap sindicato que nuclea a los trabajadores de la empresa petrolera estatal ANCAP fue una de las primeras organizaciones en expresarse a favor de la interposicion de un recurso de referendum contra la LUC por considerarla contraria a los intereses de la clase trabajadora segun expreso Gerardo Rodriguez presidente del sindicato 57 Uno de los principales puntos de objecion era la derogacion del monopolio de ANCAP para la importacion exportacion y refinacion de petroleo crudo y derivados tema que genero discusion incluso dentro de la propia coalicion gobernante 58 y termino siendo excluido del proyecto de ley durante el debate parlamentario 59 60 En su lugar se establecio que el precio de los combustibles sea definido por el Poder Ejecutivo con un ajuste en linea con el precio de paridad de importacion con una periodicidad no mayor a los sesenta dias 61 62 frente a lo cual Fancap tambien se manifesto en desacuerdo 63 La LUC fue finalmente aprobada y promulgada en julio de 2020 El presidente Lacalle Pou la catalogo entonces como un instrumento necesario justo y popular 64 Pese a los cambios al proyecto original como la mencionada desmonopolizacion de ANCAP Fancap mantuvo su postura favorable a buscar la anulacion mientras que otros sindicatos inicialmente se mostraron cautelosos al considerar que una movida en este sentido podria resultar contraproducente si no se alcanzaba el objetivo por lo cual se requeriria de un amplio acuerdo entre sectores sociales para promoverla 65 En el ambito sindical la idea de promover la interposicion de un referendum comenzo a ganar fuerza una vez promulgada la ley 66 El 9 de septiembre el PIT CNT anuncio por primera vez oficialmente que se comenzaria a analizar la posibilidad de desarrollar una campana con dicho objetivo si bien por el momento no se trataba de algo definido 67 La realizacion de dicha campana fue confirmada el 17 de octubre por la Intersocial 68 un espacio que nuclea a diversas organizaciones sociales ademas del PIT CNT como la Federacion Uruguaya de Cooperativas por Ahorro Mutuo FUCVAM la Intersocial Feminista y la Federacion de Estudiantes Universitarios del Uruguay FEUU 69 70 Dentro del partido opositor Frente Amplio FA se generaron discusiones en torno a la oportunidad de apoyar organicamente la realizacion de un referendum En abril de 2020 cuando el anteproyecto de LUC estaba por ingresar a la camara alta el senador oscar Andrade Partido Comunista PCU expreso que si este no sufria modificaciones sustanciales se planteaba la posibilidad de que la coalicion de izquierda apoyara una campana de recoleccion de firmas para anular sus contenidos 71 lo cual le valio criticas por parte del senador Jorge Gandini PN 72 En mayo la Mesa Politica Nacional del FA manifesto su rechazo al mecanismo de urgente consideracion y caracterizo al proyecto como inoportuno inconstitucional y antidemocratico 73 Durante su tratamiento parlamentario legisladores opositores trabajaron para incorporar diversas modificaciones pero consideraron que la version final no presento cambios sustanciales respecto a la original y por lo tanto mantuvieron su voto negativo al proyecto en general 74 pese a que acompanaron con el voto afirmativo a casi el 50 del articulado 75 76 En los primeros dias tras la promulgacion de la LUC el entonces presidente del FA Javier Miranda manifesto que su partido no tenia como prioridad apoyar un referendum anulatorio 77 Sin embargo esto comenzo a cambiar una vez que el PIT CNT y la Intersocial se definieron a favor de aplicar este recurso constitucional y se abrieron espacios de dialogo 78 Pese a que algunos dirigentes frenteamplistas entendieron que eventualmente se podria tratar de un error politico 79 el 19 de octubre el Plenario Nacional del FA resolvio apoyar la campana 80 y la decision fue confirmada por la Mesa Politica el 23 del mismo mes 81 Definiciones formales Editar En Uruguay existen dos mecanismos para interponer un recurso de referendum contra una ley ante la Corte Electoral 82 Uno de ellos requiere alcanzar las adhesiones del 25 del total de inscriptos habilitados para votar en un plazo correspondiente al primer ano tras la promulgacion de la ley y da lugar directamente a la realizacion del referendum 9 83 El otro mecanismo requiere alcanzar al menos el 2 del total de inscriptos habilitados para votar en un plazo de 150 dias tras la promulgacion de la ley y da lugar a la realizacion de una eleccion con voto no obligatorio conocida como prerreferendum en la cual si el 25 vota afirmativamente se da lugar al referendum propiamente dicho 84 En referencia al tiempo que requiere la recoleccion de firmas en cada caso el primer mecanismo es conocido popularmente como camino largo y el segundo como camino corto 85 Esta fue una de las decisiones a las que tuvieron que enfrentarse los promotores de la iniciativa contra la LUC Desde las primeras instancias el PIT CNT propuso seguir el camino largo 86 y en el mismo sentido se definio la Intersocial 87 En el FA este asunto genero divisiones ya que el Partido Comunista y el Partido Socialista apoyaban la via larga pero otros sectores como el Movimiento de Participacion Popular MPP Asamblea Uruguay AU y Fuerza Renovadora FR preferian la via corta ante el riesgo que implicaba el alto porcentaje de firmas requeridas por el otro mecanismo 88 Por ejemplo el senador Mario Bergara FR afirmo que las condiciones politicas y sociales no eran las mas favorables para una gran recoleccion de firmas y que el recurso debia reservarse para eventualmente utilizarlo contra otras leyes mas adelante en el gobierno de Lacalle Pou 89 90 Finalmente el FA tambien se inclino por el camino largo en acuerdo con las organizaciones sociales 91 La decision de los promotores fue informada formalmente el 8 de diciembre de 2020 92 Otra de las cuestiones centrales a definir fue si el referendum buscaria una anulacion total o parcial de la LUC y en este ultimo caso de cuales articulos En julio de 2020 la Fancap entendio que la mejor opcion en terminos estrategicos era ir solamente contra los articulos a su criterio mas regresivos 93 Una vez confirmada la realizacion de la campana se inicio un periodo de discusion e intercambio entre el PIT CNT la Intersocial y el FA Este ultimo habia resuelto priorizar los articulos que no habia acompanado en la votacion parlamentaria ya que en caso contrario se estaria incurriendo en una contradiccion segun el senador Charles Carrera MPP 94 El PIT CNT anuncio a mediados de noviembre que pretendia buscar la anulacion de 116 articulos cinco de los cuales habian sido votados por la oposicion 95 Esto llevo a mas negociaciones en las que el FA reviso su postura inicial y considero que por tratarse de un numero reducido de articulos podria apoyar su inclusion en el paquete pese a haberlos votado 96 si bien algunos sectores como FR AU y la Vertiente Artiguista mostraron sus reparos 97 A principios de diciembre fruto de un acuerdo entre los diferentes actores se comunico que los articulos impugnados serian 133 vinculados a las areas tematicas de seguridad publica economia empresas publicas sector agropecuario relaciones laborales seguridad social y vivienda 98 99 100 entre los cuales se encontraban cuatro articulos votados por el FA 101 El 14 de diciembre se instalo la Comision Nacional Pro Referendum luego Comision Nacional por el Si 102 integrada por el PIT CNT el FA la Intersocial y otras organizaciones 103 y cuatro dias mas tarde se inicio formalmente el tramite ante la Corte Electoral 104 Finalmente el 29 de diciembre de 2020 se dio inicio a la campana de recoleccion de firmas para anular 135 articulos de la LUC 105 Recoleccion de adhesiones Editar Manifestante a favor de la realizacion de un referendum contra la Ley de Urgente Consideracion El mecanismo elegido por los impulsores del referendum requeria la adhesion del 25 del total de inscriptos habilitados para votar correspondiente a 673 592 personas en base a los datos de la ultima eleccion nacional a alcanzarse antes del 9 de julio de 2021 lo que suponia recolectar un promedio de 3 600 adhesiones por dia 106 La negociacion previa entre los diferentes actores sociales y politicos consumio 161 de los 365 dias disponibles 107 En el mes de lanzamiento de la campana de recoleccion el PIT CNT considero la posibilidad de solicitar una prorroga del plazo de un ano establecido constitucional y legalmente en funcion de las limitaciones impuestas por la pandemia de COVID 19 108 aunque rapidamente opto por no hacerlo 109 La ley electoral establece que cada promotor debe presentar una papeleta ante la Corte Electoral conteniendo la impresion digital de su pulgar derecho y su firma 83 Habitualmente hay una cantidad de papeletas que son descartadas por no cumplir estrictamente con todos los requerimientos legales para su llenado por lo que la Comision Nacional Pro Referendum se propuso alcanzar la cifra de 700 000 adhesiones 110 Desde el momento en que se lanzo la recoleccion el entonces presidente del PIT CNT Fernando Pereira se mostro seguro de que se alcanzarian las adhesiones requeridas si bien reconocio que la dificultad estaria en las limitaciones fisicas impuestas por la pandemia 111 En los primeros dias de enero de 2021 Pereira afirmo que la meta era alcanzar las 300 000 firmas para el mes de marzo 112 A principios de febrero se llego a 133 095 113 y a mediados de marzo a 252 720 114 El 19 de marzo la Mesa Politica del Frente Amplio analizo el ritmo de recoleccion de firmas hasta el momento y considero necesario incrementarlo para alcanzar el objetivo final 115 El 25 de marzo la Comision Pro Referendum solicito a traves de un comunicado la extension del plazo para la recoleccion de firmas argumentando que la situacion sanitaria nacional impedia la realizacion de eventos con aglomeracion de personas 116 El pedido fue reiterado el 5 de abril ante el Poder Legislativo cuando Rafael Michelini y otros representantes de la Comision mantuvieron una reunion con la Vicepresidenta de la Republica Beatriz Argimon 117 Los promotores del referendum se basaron en lo ocurrido con las elecciones departamentales y municipales de 2020 oportunidad en la cual a traves de una ley se modifico la fecha prevista en la Constitucion para el acto eleccionario 118 solicitando un mecanismo similar 119 El FA introdujo en el Parlamento un proyecto de ley en este sentido 120 Sin embargo los principales partidos integrantes de la oficialista Coalicion Multicolor se opusieron a otorgar la extension 121 122 123 por lo que no estaban los votos suficientes para su aprobacion El presidente del directorio del Partido Nacional Pablo Iturralde afirmo que se debia respetar la norma 124 Michelini entonces secretario politico del FA manifesto que la negativa a ampliar el plazo de recoleccion de firmas daria lugar a la generacion de aglomeraciones con la consecuente intervencion de las fuerzas policiales 125 en referencia a la ley aprobada por el gobierno en marzo de 2021 que limito el derecho de reunion consagrado en la Constitucion 126 El FA se desmarco de estas declaraciones y posteriormente Michelini fue removido de su cargo por el presidente del partido 127 Cajas conteniendo las casi 800 000 papeletas que fueron entregadas a la Corte Electoral Durante la jornada de celebracion del dia de los trabajadores el 1 de mayo se juntaron unas 80 000 firmas con un total de 450 000 anunciado mas tarde en el mes 128 El 17 de junio se llevo a cabo un paro general convocado por el PIT CNT durante el cual se juntaron 25 000 firmas 129 acontecimiento que no estuvo exento de criticas por parte del oficialismo 130 A finales de junio ya en la recta final del plazo constitucional se anuncio la cifra de 572 551 firmas alcanzadas 131 El 23 de junio el PIT CNT le solicito al presidente Lacalle Pou el recurso de la cadena nacional de radio y television para dar mayor difusion a la campana 132 pero el mandatario se la nego ofreciendo como alternativa un espacio en los medios publicos para transmitir un mensaje 133 El FA critico la decision considerando que silenciaba a quienes opinan diferente 134 En los meses de abril y mayo Uruguay atraveso el peor momento de la pandemia de COVID 19 alcanzando records mundiales de contagios y muertes 135 136 137 Esto implico una importante dificultad para movilizar personas y llevo a cancelar o modificar actividades de campana 138 El 5 de julio a cuatro dias de la fecha limite para la entrega Marcelo Abdala informo que faltaban unas 40 000 firmas 139 140 que se redujeron a unas 15 000 dos dias mas tarde 141 Finalmente la diaria informo en la madrugada del 8 de junio que se habian superado las 700 000 adhesiones 142 Sobre el mediodia se llevo a cabo una conferencia de prensa donde la Comision Pro Referendum anuncio que contaban con 763 443 firmas 143 La cifra final de papeletas entregadas esa tarde a la Corte Electoral fue de 797 261 144 un record historico para las iniciativas de este tipo en el pais 145 El hecho fue celebrado por dirigentes sociales y politicos El senador frenteamplista Mario Bergara hablo de una hazana de la militancia anonima y porfiada 146 A traves de una declaracion de su Mesa Politica el FA lo catalogo como un triunfo popular 147 La mayor parte de las adhesiones recolectadas cerca de un 57 fue aportada por diferentes agrupaciones del FA en particular por el MPP y el PCU mientras que el PIT CNT y las organizaciones sociales obtuvieron el 42 restante 148 El triunfo de la campana de recoleccion de firmas fue valorado por analistas politicos como un evento que cambio significativamente la realidad politica nacional oscar Bottinelli director de la empresa FACTUM expreso que por primera vez desde la asuncion de Lacalle Pou el oficialismo quedo en una posicion de desventaja frente a la oposicion y que la decision estrategica del gobierno de evitar el debate publico podria haberse basado en una lectura erronea de los indicadores de opinion publica sobre su gestion 149 Para el politologo Adolfo Garce el hecho fortalecio al FA y lo reivindico como la principal fuerza politica del pais 150 mientras que Daniel Chasquetti destaco el rol crucial del PIT CNT como nexo entre las organizaciones sociales 151 Postura inicial del gobierno Editar Desde que el PIT CNT comenzo a discutir la posibilidad de interponer un recurso de referendum contra la LUC los legisladores oficialistas se mostraron criticos de la iniciativa e incluso plantearon que la misma podria ser inconstitucional 152 lo cual fue posteriormente descartado 153 En un comienzo los integrantes de la coalicion de gobierno consideraron participar activamente de una campana en defensa de la LUC con el objetivo de prevenir la obtencion de las adhesiones necesarias 154 tal como lo anuncio por ejemplo el senador Jorge Gandini PN 155 Esto cambio una vez puesta en marcha la recoleccion de firmas cuando desde Presidencia de la Republica se transmitio a los parlamentarios que la estrategia politica seria la de guardar silencio para evitar amplificar la iniciativa 156 permitiendo que sean sus promotores quienes realicen el desgaste 157 Asi la actitud predominante en la interna del gobierno paso a ser la de evitar el debate Nuestra responsabilidad es gobernar dijo al respecto el senador Pablo Da Silva PN 158 En febrero de 2021 el senador oscar Andrade FA llamo al entonces presidente de la Camara de Representantes Martin Lema PN a participar de un intercambio publico sobre los articulos impugnados 159 Ningun legislador oficialista respondio pero el presidente del directorio del PN Pablo Iturralde afirmo vamos a hacer lo que tengamos ganas 160 Andrade insistio en la necesidad de realizar un gran debate nacional para contrarrestar el que no se pudo dar a nivel legislativo 161 y denuncio que legisladores oficialistas cancelaron instancias de discusion en los medios de comunicacion 162 Desde filas del oficialismo se vio con escepticismo que se alcanzasen las adhesiones necesarias El expresidente de la Republica Julio Maria Sanguinetti Partido Colorado PC expreso en mayo de 2021 que los promotores del referendum no estaban teniendo exito pese a lo cual anunciaban diariamente cifras publicitarias de presuntas firmas obtenidas 163 Estas declaraciones fueron rechazadas por Fernando Pereira PIT CNT 164 Cuando la Comision Pro Referendum solicito una prorroga ante el Poder Legislativo la diputada Nibia Reisch PC afirmo que el pedido traducia un inminente fracaso de la iniciativa 165 Una vez vencido el plazo y con la entrega de unas 800 000 firmas ante la Corte Electoral superando la cifra minima requerida existieron diferentes opiniones respecto a la estrategia que llevo adelante el gobierno Los legisladores Felipe Schipani PC Gustavo Penades PN y Raul Lozano Cabildo Abierto CA se manifestaron conformes con la postura tomada 166 mientras que para Gandini PN el oficialismo se equivoco al confiar en que no se alcanzarian suficientes adhesiones 167 Por otra parte la senadora Graciela Bianchi PN afirmo que algunas personas firmaron por miedo y presion ejercida desde los sindicatos si bien no presento ninguna evidencia 168 Al momento de lanzarse la iniciativa por el referendum el presidente Lacalle Pou se limito a expresar que los impulsores estaban en todo su derecho de llevarla a cabo 169 Recien volvio a referirse al tema cuando se entregaron las firmas afirmando vamos a debatir y discutir si es que hay referendum 170 Los partidos integrantes de la Coalicion Multicolor definieron no esperar por la confirmacion de la Corte Electoral para empezar la campana a favor de la LUC de cara al eventual referendum 171 172 173 En el mismo sentido los legisladores oficialistas cambiaron su postura respecto a la participacion en debates publicos sobre el tema El primero de estos debates se realizo el 12 de agosto de 2021 organizado por el Centro de Estudios para el Desarrollo en el que participaron los senadores Penades PN y Alejandro Sanchez FA y donde los principales ejes tematicos de discusion fueron la seguridad publica y los combustibles 174 175 Verificacion de adhesiones y confirmacion Editar La Corte Electoral comenzo el proceso de verificacion y validacion de las adhesiones una vez que estas fueron presentadas por la Comision Nacional Pro Referendum 176 De acuerdo a la normativa la Corte dispone de un total de 150 dias habiles para completar este proceso y en caso de confirmarse la realizacion de la consulta popular cuenta con 120 dias para convocarla 83 La etapa inicial consistio en la numeracion de las papeletas la cual se llevo a cabo del 12 al 22 de julio de 2021 con un total de 795 750 contabilizadas 177 178 El 19 de julio comenzo la revision de los datos contenidos en cada papeleta cotejando las firmas e impresiones digitales con los registros de la Corte 179 La autoridad electoral informo el 13 de julio que el total de inscriptos habilitados para votar al dia 8 del mismo mes era de 2 686 174 correspondiendo el 25 de esta cifra lo requerido para interponer el recurso de referendum a 671 544 adhesiones 180 El 8 de diciembre de 2021 se alcanzaron las 671 631 adhesiones validadas superando la cifra requerida por lo que se suspendio el proceso 181 En el mismo dia las autoridades de la Corte Electoral confirmaron la realizacion del referendum e informaron que el mismo se llevaria a cabo el 27 de marzo de 2022 3 con un total de 2 684 131 personas habilitadas para votar 1 Organizacion Editar Hojas de votacion por la opcion negativa izquierda y afirmativa derecha a la derogacion Al momento de realizarse la consulta popular existiran dos hojas de votacion papeletas una por el voto afirmativo con la expresion Si y otra por el voto negativo con la expresion No a traves de las cuales los votantes se pronunciaran a favor o en contra respectivamente de dar lugar al recurso de referendum contra los 135 articulos impugnados de la Ley de Urgente Consideracion 182 Para tener exito la opcion por la derogacion el Si debera superar el 50 del total de votos validos conformado por la suma de los afirmativos los negativos y los votos en blanco 183 En los hechos el voto en blanco se considerara como voto negativo mientras que el voto nulo no computara para ninguna de las dos opciones 182 La papeleta por el voto afirmativo a la derogacion sera color rosado mientras que la papeleta por el voto negativo sera celeste 184 La Comision Nacional por el Si critico esta decision argumentando que el color celeste es asociado con el Uruguay por ejemplo la seleccion nacional de futbol lleva el seudonimo La Celeste y por lo tanto no deberia ser utilizado 185 En este sentido se presento un recurso ante la Corte Electoral para modificar la definicion 186 pero este fue rechazado 187 Campana EditarA favor de la derogacion Editar Logotipo principal de la campana a favor de la derogacion de 135 articulos de la LUC La Comision Nacional por el Si lanzo oficialmente la campana para la derogacion de los 135 articulos de la LUC el 24 de octubre de 2021 con un acto realizado en el Velodromo Municipal de Montevideo del que participaron artistas y figuras del Frente Amplio como el expresidente de la Republica Jose Mujica y los intendentes de Canelones y Montevideo Yamandu Orsi y Carolina Cosse respectivamente el PIT CNT y diversas organizaciones sociales 188 189 En la proclama del evento se hizo enfasis en los temas de educacion seguridad publica empresas estatales economia y combustibles afirmando que los cambios planteados por la LUC tienen el objetivo de debilitar el rol del Estado en estas areas 190 Mujica critico a algunos miembros del oficialismo por los argumentos utilizados en defensa de la ley acusandolos de realizar una especie de terrorismo 191 El primer eslogan oficial de campana elegido por los promotores de la derogacion presentado en los dias previos al acto de lanzamiento fue la LUC no es Uruguay 192 Algunos analistas politicos consideraron que este buscaba despertar sentimientos de patriotismo o nacionalismo y podria haber tenido el objetivo de atraer votantes mas conservadores 193 El mismo recibio criticas procedentes de filas oficialistas como las de Julio Maria Sanguinetti para quien los promotores de la derogacion pretendian tener el monopolio de la patria 194 En enero de 2022 se anuncio que Esteban Valenti estaria a cargo de la campana de comunicacion y publicidad a favor de la derogacion 195 y se presento un nuevo eslogan oficial en defensa propia 196 La eleccion de Valenti exmilitante frenteamplista pero alejado del partido desde el 2018 197 se baso en su experiencia como publicista habiendo participado entre otras en la campana por la anulacion de la Ley de Empresas Publicas 1992 y en campanas electorales del dirigente politico de izquierda Tabare Vazquez por la Intendencia de Montevideo en 1989 y por la Presidencia de la Republica en 1999 y 2004 198 La designacion no estuvo exenta de criticas procedentes tanto de filas del Frente Amplio como de la Coalicion Multicolor 199 200 Dado que la papeleta por el Si llevara el color rosado diferentes organizaciones a favor de la derogacion utilizaron la imagen y musica asociada del personaje animado la pantera rosa en materiales de difusion y actos de campana 201 En febrero de 2022 la Federacion ANCAP recibio una intimacion por parte de la compania estadounidense Metro Goldwyn Mayer titular de los derechos de autor del personaje solicitando el cese inmediato de su uso no autorizado lo cual fue aceptado por la Comision Nacional por el Si 202 Ademas de las que conforman la comision promotora de la derogacion otras organizaciones sociales y politicas se han manifestado a favor del Si como la agrupacion Fosalba mayoritaria en el Sindicato Medico del Uruguay y la Federacion de Cooperativas de Produccion 203 La campana tambien cuenta con el apoyo de diversos actores de la cultura como los cantantes y compositores Gerardo Nieto y Alejandro Balbis el murguista Raul Castro el escritor Roy Berocay y el actor Petru Valensky del deporte como los basquetbolistas Marcos Cabot y Mateo Sarni y de otros ambitos como el abogado constitucionalista Jose Korzeniak el publicista Claudio Invernizzi y el edil colorado de Paysandu David Elguera 204 205 206 207 El 22 de marzo la campana por el Si transmitio un mensaje oficial de forma simultanea por radio y television el cual conto con la participacion del actor uruguayo Cesar Troncoso 208 En contra de la derogacion Editar El oficialismo desarrollo el primer acto en defensa de los 135 articulos de la LUC el 31 de septiembre de 2021 en el departamento de Salto del que participaron integrantes de todos los partidos que conforman la Coalicion Multicolor 209 Dias mas tarde en una actividad organizada por el sector Todos Hacia Adelante Partido Nacional se lanzaron materiales audiovisuales de campana acompanados del eslogan defende tu libertad 210 los cuales fueron compartidos a traves de las redes sociales por varios politicos del gobierno 211 El 31 de enero de 2022 mediante una conferencia de prensa el oficialismo dio inicio formal a la campana en contra de la derogacion El evento fue encabezado por la vicepresidenta de la Republica Beatriz Argimon y dirigentes politicos de los cinco partidos que integran la coalicion de gobierno 212 El coordinador nacional de la campana es el nacionalista Alejo Umpierrez intendente de Rocha 213 y el eslogan oficial es con la celeste ganamos todos 214 Algunas organizaciones empresariales tales como la Federacion Rural la Asociacion Rural las Camaras Empresariales de Frontera la Camara Regional de Empresarios y Comerciantes del Este y la Asociacion de Cultivadores de Arroz manifestaron su apoyo a la campana por el No a la derogacion 215 216 Participacion del presidente de la Republica Editar Desde el momento en que se entregaron las adhesiones ante la Corte Electoral el presidente Lacalle Pou se expreso en reiteradas ocasiones en defensa de los articulos de la LUC que se pretenden derogar 217 218 refiriendose a la ley como justa popular y necesaria 219 y llamando a no desinformar sobre el impacto que la norma tiene en la sociedad 220 El rol activo del presidente en la campana fue criticado por algunos actores de la oposicion como los senadores frenteamplistas oscar Andrade y Charles Carrera ya que a su juicio implica un accionar inconstitucional 221 El articulo 77 de la Constitucion uruguaya establece que el presidente de la Republica esta impedido de participar en propaganda politica de caracter electoral 222 La postura del Poder Ejecutivo es que un referendum no es una eleccion sino un pronunciamiento a favor o en contra de una ley vigente por lo que el primer mandatario esta habilitado a expresarse publicamente 223 vision con la cual coinciden algunos constitucionalistas 224 Lacalle Pou encabezo una conferencia de prensa el 23 de marzo la cual oficio de cierre oficial de la campana por el No el comando opto por suspender todas las apariciones publicas y debates planificados para despues de dicha fecha incluso los previamente pactados y anunciados 225 226 En un principio el presidente afirmo que seria el orador en un mensaje publicitario a transmitirse de forma simultanea por radio y television 227 La decision de cambiar el formato fue criticada por la Comision Nacional por el Si ya que la conferencia se realizo en vivo un dia despues de la transmision del mensaje oficial de la campana por la derogacion si bien el presidente se habia comprometido a no responder a este 228 229 Debates publicos Editar Desde noviembre de 2021 el programa radial En Perspectiva dirigido por el periodista Emiliano Cotelo organiza una serie de debates entre dirigentes politicos sindicales y sociales representantes del gobierno y de la oposicion Hasta la fecha se han abarcado los temas de combustibles educacion portabilidad numerica actividad laboral vivienda seguridad publica e inclusion financiera 230 231 232 233 234 235 236 Tras meses de negociaciones el 22 de febrero de 2022 se realizo en Florida el primer debate publico televisado desde la confirmacion del referendum entre los senadores oscar Andrade Frente Amplio FA y Guido Manini Rios Cabildo Abierto CA 237 238 La organizacion de este debate no estuvo exenta de polemica particularmente en relacion a los medios de comunicacion encargados de su transmision En un inicio asesores de ambos senadores mantuvieron discusiones con representantes de los canales de television privados Canal 10 y Teledoce los cuales finalmente optaron por no participar de la organizacion y en su lugar se acordo con el canal publico Cardinal TV y los mas de 100 canales del interior del pais representados por la Camara Uruguaya de Television para Abonados CUTA ademas de una transmision en linea a traves de YouTube Vera TV y Facebook Canal 5 el canal publico estatal tambien pretendio sumarse al evento a pedido de su director Gerardo Sotelo Sin embargo al dia siguiente del anuncio publico del debate el propio Sotelo decidio excluir a los medios publicos de su transmision citando la necesidad de guardar la ecuanimidad del canal publico 239 Andrade lamento el cambio de criterio al cual califico de insolito 240 La decision tambien fue criticada desde CA el senador Guillermo Domenech afirmo que la misma se tomo desde el gobierno para quitar visibilidad a la figura de Manini Rios potencial candidato presidencial para las elecciones generales de 2024 241 Tras la baja de Canal 5 se informo que el canal publico de la Intendencia de Montevideo TV Ciudad tambien transmitiria el debate 242 En el mismo se discutieron los articulos impugnados de la LUC referidos a seguridad publica educacion relaciones laborales y vivienda Estos temas fueron previamente acordados entre los representantes de ambos senadores el frenteamplista propuso los primeros dos y el cabildante el resto 243 La transmision del debate tuvo altos niveles de audiencia y llego a ser el programa mas visto en la television abierta de Montevideo 244 mientras que en Twitter se alcanzaron las 85 menciones por minuto y el hashtag mas utilizado fue VotaSi 245 En las redes sociales la participacion de Andrade conto con el apoyo de otros dirigentes politicos del FA y lo propio ocurrio con la de Manini e integrantes de CA pero no del resto de los partidos que conforman la Coalicion Multicolor 246 El 7 de marzo se realizo en Canelones el segundo debate televisado de cara al referendum entre los senadores Mario Bergara FA y Gustavo Penades Partido Nacional PN nuevamente organizado por la CUTA 247 248 El intercambio se centro en las modificaciones introducidas por los articulos impugnados en materia de educacion seguridad publica vivienda e inclusion financiera 249 El tercer y ultimo debate organizado por la CUTA habia sido pactado para el 23 de marzo en Punta del Este entre los senadores Alejandro Sanchez FA y Jorge Gandini PN pero debio suspenderse porque el nacionalista decidio no participar 250 Finalmente Canal 5 opto por organizar una serie de debates propia cuya primera instancia se dio el 9 de marzo entre el senador Sanchez FA y el intendente de Rocha y coordinador de la campana por el No Alejo Umpierrez PN la segunda el 14 de marzo entre los senadores German Coutinho Partido Colorado PC y Liliam Kechichian FA la tercera el 16 de marzo entre los diputados Gonzalo Civila FA y Felipe Schipani PC y la cuarta el 21 de marzo entre el exsenador Rafael Michelini FA y el senador Penades PN 251 252 253 254 CA rechazo la invitacion a participar en estos intercambios citando la decision de Gerardo Sotelo de no transmitir el debate Andrade Manini por los medios publicos 255 Por su parte la Universidad de la Republica coordino la realizacion de dos debates que fueron transmitidos por TV Ciudad 256 El primero de estos se realizo el 21 de marzo entre el economista Jorge Polgar en representacion del Si y el diputado Ivan Posada Partido Independiente donde se discutieron asuntos economicos en otra instancia ese mismo dia estaba previsto un intercambio sobre seguridad pero todos los convocados en representacion de la campana por el No declinaron participar 257 El segundo debate se llevo a cabo el 22 de marzo en el que la abogada Valeria Espana por el Si y el subsecretario Tabare Hackenbruch PC contendieron sobre vivienda mientras que el maestro Luis Garibaldi por el Si y el diputado Schipani PC hicieron lo propio sobre educacion 258 En un principio se anuncio que Fernando Pereira presidente del FA participaria en un debate con Pablo Iturralde presidente del directorio del PN pero esto nunca ocurrio 259 Tambien se habia acordado un intercambio entre Pereira y Umpierrez en Rocha pero finalmente el nacionalista opto por no participar del mismo 260 261 De todas formas Pereira se presento en el lugar y a la hora previamente pactados para el debate 262 Articulos impugnados EditarA traves del recurso de referendum se busca la derogacion de 135 de los 476 articulos de la LUC que abarcan diferentes areas tematicas 4 263 Seccion Capitulo ArticulosSeguridad publica Normas penales 1 legitima defensa 4 resistencia al arresto 5 circunstancia agravante del encubrimiento 10 delitos contra la propiedad mueble o inmueble 11 agravio a la autoridad policial 12 disposiciones aplicables a otros tipos penales 13 autoevasion 14 ocupacion indebida de espacios publicos Normas sobre proceso penal 18 informacion al Ministerio Publico 21 declaraciones voluntarias al indagado ante la policia 22 objeto de los registros 23 registro de personas 24 registro personal de vestimenta equipaje y vehiculo 35 inaplicabilidad del beneficio de libertad anticipada por la comision de ciertos delitos Legislacion profesional policial 43 comunicacion inmediata 44 seguridad necesaria 45 oportunidad para el uso de la fuerza 49 presuncion de legitimidad de la actuacion policial 50 deber de identificarse 51 alcance de la medida 52 conduccion policial de personas eventualmente implicadas 56 Direccion Nacional de Politicas de Genero 63 estado policial del personal en situacion de retiro 64 derecho al porte de armas 65 derecho de reprimir delitos flagrantes por el personal policial en situacion de retiro 74 actividades delictivas del articulo 36 del Decreto Ley N 14 294 Normas sobre adolescentes privados de libertad 75 regimen de semilibertad 76 duracion de las medidas de privacion de libertad 77 regimen especial 78 limitaciones 79 adecuacion a la normativa del Codigo Penal y de la Ley N 16 707 80 clausura del proceso del articulo 103 de la Ley N 17 823 Normas sobre gestion de la privacion de libertad 86 redencion de pena por trabajo o estudio Secretaria de inteligencia estrategica del Estado n p 118 definicion 125 informacion reservada y restringida e informacion secreta 126 acceso a la informacion reservada del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado Educacion n p 127 de la obligatoriedad 128 de la libertad de catedra 129 tratados internacionales y cooperacion internacional 130 concepto 134 de la educacion media superior 135 de la educacion tecnico profesional nota 1 136 de la educacion terciaria nota 1 140 de la educacion en primera infancia 142 Congreso Nacional de la Educacion 143 del Congreso Nacional de Educacion 144 Organizacion General de la Educacion Publica 145 del Ministerio de Educacion y Cultura 146 derogaciones 148 de los organos 151 del Consejo Directivo Central 152 cometidos del Consejo Directivo Central 155 Subsistemas de la Administracion Nacional de Educacion Publica 156 de las Direcciones Generales 158 cometidos de las Direcciones Generales y del Consejo de Formacion en Educacion 159 de otros cometidos de la Direccion General de Educacion Tecnico Profesional 160 de la designacion de los Directores Generales Subdirectores y miembros del Consejo de Formacion en Educacion 161 atribuciones del Presidente del Consejo Directivo Central de los Directores Generales de Educacion y del Presidente del Consejo de Formacion en Educacion 163 del estatuto docente y del funcionario no docente 167 concepto 169 del Sistema Nacional de Educacion Terciaria 171 del Programa Nacional de Fortalecimiento de la Formacion en Educacion 172 creacion de las Comisiones Departamentales de Educacion 183 denominacion del Capitulo XIX del Titulo VIII 184 creacion 185 integracion 186 cometidos 193 de los estatutos del personal docente y no docente 198 procedimiento voluntario de reconocimiento del nivel universitario de carreras de formacion docente impartidas por entidades publicas no universitarias 206 derogaciones Economia y empresas publicas Regla fiscal 207 alcance 208 Meta Indicativa de Resultado Fiscal Estructural 209 metodologia 210 Institucionalidad Fiscal 211 Rendicion de Cuentas 212 Fondo de Estabilizacion Libertad financiera 215 opcion a favor del trabajador 219 opcion para el cobro de honorarios profesionales 220 opcion del medio de pago para proveedores del Estado 221 restriccion al uso de efectivo para ciertos pagos 224 derogacion de articulos de la Ley N 19 210 225 procedimientos de debida diligencia Mercado del petroleo crudo y derivados 235 aprobacion de los precios de los combustibles nota 1 236 revision de precios de paridad de importacion nota 1 237 reforma del mercado de petroleo crudo y derivados Del control de las sociedades anonimas de los entes autonomos y servicios descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado 285 sociedades anonimas con participacion estatal Sector agropecuario Del Instituto Nacional de Colonizacion 357 declaracion sobre parcelas que integran colonias 358 excepcion a la obligacion prevista en la norma Relaciones laborales y seguridad social Libertad de trabajo y derecho de la direccion de la empresa 392 libertad de trabajo y derecho de la direccion de la empresa Eleccion de los directores sociales del Banco de Prevision 399 eleccion de representacion en el Directorio del Banco de Prevision Social Registro de listas Desarrollo social y salud Mejoras al regimen de adopciones 403 seleccion de familia adoptante 404 integracion familiar de ninos ninas o adolescente en tenencia o guarda con fines de adopcion Normativa sobre la emergencia en vivienda Regimen de arrendamiento sin garantia 426 causales de desalojo 427 pago de consumos gastos comunes u otros servicios accesorios a la locacion 428 clausulas nulas 429 desalojo por vencimiento del plazo 430 tramite del proceso de desalojo por vencimiento de placo Verificacion del cumplimiento de requisitos Plazo de desalojo 431 tramite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo Citacion de excepciones 432 tramite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo Traslado de excepciones 433 tramite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo Lanzamiento 434 tramite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo Prorroga de lanzamiento 435 tramite del proceso de desalojo por vencimiento del plazo Irrecurribilidad 436 pago de arriendos consumos servicios y tributos durante procesos de desalojo y lanzamiento Mutacion 437 desalojo por mal pagador 438 desalojo por mal pagador Mora y proceso de estructura monitoria 439 desalojo por mal pagador Admisibilidad Plazo 440 desalojo por mal pagador Citacion de excepciones 441 desalojo por mal pagador Traslado de excepciones 442 desalojo por mal pagador Lanzamiento 443 desalojo por mal pagador Prorroga de lanzamiento 444 lanzamiento en desalojo por mal pagador Irrecurribilidad 445 lanzamiento en desalojo por mal pagador Clausura 446 inspeccion ocular 447 inspeccion ocular pactada 448 inspeccion ocular como medida preparatoria 449 entrega de la finca en caso de desocupacion 450 Proceso Ejecutivo 451 acumulacion de pretensiones 452 otras acciones 453 lanzamiento 454 competencia 455 legitimacion activa Acreditacion 456 legitimacion activa Legitimados 457 notificaciones 458 normas complementarias y subsidiarias 459 simulacion de ausencia de garantias Otras disposiciones De la proteccion a la libre circulacion 468 piquetes que impidan la libre circulacion 469 preservacion del derecho a la libre circulacion y el orden publico 470 actuacion en casos de hechos de apariencia delictiva Portabilidad numerica 471 derecho a la portabilidad numerica 472 obligacion de los servicios de telefonia movil de prestar el servicio de portabilidad numerica 473 Comite de Portabilidad Numerica 474 cronograma de actividades 475 costos de adecuacion de redes y sistemas 476 implementacion del sistema a b c d Articulo votado afirmativamente por legisladores del Frente Amplio Principales areas tematicas EditarCombustibles Editar En su articulo 235 votado afirmativamente tanto por el oficialismo como por la oposicion 264 la LUC establece una nueva metodologia para la fijacion del precio de venta al publico de los combustibles producidos por la Administracion Nacional de Combustibles Alcohol y Portland ANCAP segun la cual 265 El Poder Ejecutivo aprobara los nuevos precios contando previamente con un informe obligatorio realizado por ANCAP y otro por la Unidad Reguladora de Servicios de Energia y Agua URSEA El informe realizado por la URSEA debera incluir el precio de paridad de importacion PPI y transporte a las plantas distribuidoras de los diferentes combustibles Esto equivale al precio que hipoteticamente deberia asumir un actor privado en caso de importar y vender los mismos combustibles que ANCAP basandose en el mercado internacional del petroleo y en los eventuales ajustes correspondientes al mercado nacional 266 El objetivo es segun el gobierno aumentar la competitividad de la empresa estatal 267 La actualizacion de los precios por parte del Poder Ejecutivo se realizara con una periodicidad que no supere los 60 dias La aplicacion de este articulo comenzo en junio de 2021 268 produciendo una sucesion de aumentos en el precio de los combustibles durante el segundo cuatrimestre del ano 269 270 271 con tres ajustes al alza en un periodo de casi dos meses 272 y en ocasiones con aumentos incluso por encima de los recomendados por la URSEA en su informe 273 Desde la oposicion se critico que durante la campana electoral el actual presidente Lacalle Pou se habia comprometido a no subir los precios de los combustibles en caso de ganar las elecciones 274 275 Si bien la LUC permite espaciar las actualizaciones de precios hasta 60 dias el gobierno definio hacerlo mensualmente 276 A finales de agosto el Poder Ejecutivo modifico las fechas utilizadas para el calculo del PPI considerandose la variacion en el precio internacional del barril de petroleo entre el dia 26 de un mes y el 25 del siguiente y no entre el dia 16 y el 15 como se hacia hasta entonces 277 Se explico que el objetivo de dicha modificacion era reducir el periodo de tiempo transcurrido entre la fecha en que se publica el informe mensual de la URSEA y el momento en que se define la actualizacion de los precios al final de cada mes comenzando a regir desde el primer dia del mes siguiente 278 Como consecuencia de esto en septiembre se dio el primer ajuste a la baja desde la entrada en vigencia del mecanismo si bien la reduccion estuvo en el entorno del 1 279 Para los meses de octubre noviembre y diciembre la URSEA recomendo un aumento en base a la variacion al alza de los precios internacionales con su respectivo impacto en el PPI pero en las tres oportunidades el Ejecutivo opto por no considerar dicho informe y mantener sin modificaciones los precios de los combustibles 280 281 282 aludiendo resultados positivos extraordinarios en el balance de ANCAP 283 284 Esta decision significo una perdida de 15 millones de dolares para la empresa estatal en el mes de noviembre 285 La decision politica del Ejecutivo de no considerar la metodologia de actualizacion de precios fijada en la LUC recibio fuertes criticas desde el Frente Amplio FA 286 Para la oposicion la misma obedecio al hecho de que el gobierno busca no debilitar su imagen publica de cara al referendum 287 288 De hecho la intencion del oficialismo fue la de mantener los precios incambiados hasta la realizacion de la votacion 289 Para enero de 2022 la referencia de la URSEA marcaba una rebaja en los precios 290 pero el gobierno opto por mantenerlos 291 Para febrero el Ejecutivo definio un aumento de mas del 4 para las naftas y del 6 para el gasoil 292 en un contexto de suba del precio internacional del petroleo 293 pese a que el presidente Lacalle Pou habia afirmado en los dias previos que el gobierno contaba con espalda para evitar un aumento 294 Nuevamente esta decision fue criticada por la oposicion pero tambien desde otros sectores sociales y politicos El senador Alejandro Sanchez FA comparo el incremento de entre el 18 y el 25 en los precios de los diferentes combustibles durante el ultimo ano con el incremento del 6 de los salarios y las jubilaciones en el mismo periodo 295 Por su parte el movimiento Un Solo Uruguay hablo de tarifazo 296 El intendente de Rio Negro Omar Lafluf Partido Nacional reconocio el potencial efecto negativo de la aplicacion de estos articulos de la LUC 297 El informe de la URSEA para el mes de marzo daba cuenta de un incremento en el PPI de los combustibles del 5 7 nuevamente siguiendo la tendencia internacional del precio de referencia del crudo si bien el rango de tiempo utilizado para dicho calculo no llego a incluir la invasion rusa de Ucrania por los dias feriados de carnaval 298 El gobierno definio un aumento del 2 299 Actualizaciones de precios de los principales combustiblesdesde la entrada en vigencia del articulo 235 de la LUC por litro Periodo Nafta super 95 Gasoil 50 S2021 Junio 7 10 4 90Julio 0 34 0 41Agosto 5 00 5 00Septiembre 0 39 0 76Octubre 0 0Noviembre 0 0Diciembre 0 02022 Enero 0 0Febrero 3 00 3 00Marzo 1 47 1 05Total acumulado 16 52 13 60Un estudio de grupo focal encargado por el propio gobierno dio como resultado que el articulado referente a la fijacion del precio de los combustibles es el que cuenta con menor nivel de apoyo popular 300 Seguridad publica Editar En los articulos impugnados de la LUC referentes a la seguridad publica se introducen diversas modificaciones en el ordenamiento juridico incluyendo cambios en el Codigo Penal el Codigo del Proceso Penal la Ley Organica Policial y el Codigo de la Ninez y la Adolescencia entre otros siendo algunos ejemplos Se amplia la legitima defensa En los casos que se actue defendiendo derechos de naturaleza patrimonial la racionalidad del medio empleado debera evaluarse sin considerar la existencia o no de una agresion fisica al individuo que se defiende En los casos que se actue en defensa de determinados parientes la falta de provocacion suficiente del individuo que se defiende deja de ser un requisito A su vez se detallan las dependencias de la casa habitada en las que se justifica la agresion mortal ejecutada en defensa propia 301 302 Se crea el delito de resistencia al arresto la oposicion de resistencia fisica al arresto por parte de una autoridad publica se castiga con pena de 6 meses de prision a 3 anos de penitenciaria 303 La desobediencia al mandato legitimo de un funcionario publico ya estaba incluida con pena en el delito de desacato con nueva redaccion dada por ley en 2009 304 Se crea el delito de agravio a la autoridad policial el insulto agravio amenaza obstaculizacion o arrojamiento de objetos a un policia en funciones se castiga con pena de 3 a 18 meses de prision 305 El ejercicio de violencia o amenaza contra un funcionario publico ya estaba incluido en el delito de atentado 306 El beneficio de la libertad anticipada se vuelve inaplicable para los delitos de rapina rapina con privacion de libertad copamiento y extorsion 307 El accionar de un funcionario policial actuando en ejercicio de sus funciones se presume en acuerdo a la Constitucion las leyes y las reglamentaciones vigentes excepto cuando exista prueba de lo contrario 308 Todo individuo tiene el deber de identificarse cuando la policia asi se lo solicite Con el fin de confirmar la identidad la policia podra requerir la presentacion de un documento idoneo para tal fin como cedula de identidad o credencial civica Cuando una persona no lleve consigo un documento identificatorio o se niegue a identificarse podra ser conducida a una dependencia policial 309 La solicitud de identificacion de un individuo por parte de la policia y el requerimiento de presentacion de un documento idoneo ya estaban contemplados en la ley 18 315 de 2008 en caso de individuos que razonablemente pudieran coincidir con personas requeridas por la Justicia o fugadas 310 El personal policial en situacion de retiro tendra derecho al porte de armas siempre y cuando no cuente con antecedentes penales 311 y podra intervenir para reprimir un delito flagrante con las mismas facultades legales del personal en actividad 312 La duracion maxima posible de las medidas de privacion de libertad para adolescentes se amplia de 5 a 10 anos para los delitos de homicidio intencional agravado y muy especialmente agravado violacion y abuso sexual muy especialmente agravado 313 Se excluyen del regimen de redencion de penas por trabajo y estudio a los individuos condenados por los delitos de narcotrafico violacion abuso sexual abuso sexual especialmente agravado homicidio especialmente agravado y muy especialmente agravado rapina con privacion de libertad copamiento y secuestro 314 Se establece una pena de cuatro a quince anos de penitenciaria para ciertas situaciones vinculadas al delito de narcomenudeo incluyendo cuando el receptor de la sustancia es un menor de 21 anos o esta privado de discernimiento o voluntad cuando la sustancia se administra sin consentimiento de la victima cuando el delito se comete ejerciendo de forma abusiva o fraudulenta una profesion vinculada a la salud publica cuando el delito se comete en las inmediaciones o en el interior de centros de ensenanza o de salud carceles sedes deportivas culturales o sociales o un espacio donde se realizan reuniones de caracter publico y cuando se utiliza un hogar para vender depositar o distribuir las sustancias 315 Previamente a la LUC la mayoria de estas situaciones ya estaban incluidas con igual pena en el decreto ley 14 294 de 1974 316 pero este fue posteriormente sustituido por la ley 17 016 de 1998 la cual elimina el requerimiento de aplicar un castigo con un minimo y un maximo de anos de penitenciaria 317 En la practica en muchos de estos casos se aplicaba la suspension condicional del proceso penal como metodo alternativo de resolucion del conflicto mediante la cual un individuo acusado de un delito leve puede en lugar de ir a la carcel cumplir con ciertas condiciones u obligaciones determinadas por la Justicia como realizar tareas comunitarias reparar simbolica o materialmente a la victima o fijar residencia entre otras 318 La LUC elimina esta alternativa 319 incluso para individuos sin antecedentes penales quitando tambien la posibilidad de redimir la pena por trabajo o estudio 314 Se prohibe la realizacion de piquetes que impidan la libre circulacion de personas bienes o servicios tanto en espacios publicos como en privados de uso publico 320 En los primeros nueve meses de 2021 se registro un descenso de todos los delitos en Uruguay en comparacion con igual periodo de 2019 y 2020 321 tendencia que se confirmo con los datos completos del 2021 322 El oficialismo argumento que este cambio fue posible gracias a las modificaciones introducidas por la LUC las cuales afirman dieron respaldo politico y juridico al accionar de los efectivos policiales 323 El ministro del Interior Luis Alberto Heber refiriendose a la nuevos delitos y al aumento de penas establecidos en la ley expreso que en caso de lograrse la derogacion el gobierno tendria que liberar presos 324 lo cual le valio criticas desde el Frente Amplio 325 Por su parte los impulsores de la derogacion sostienen que la LUC persigue una logica punitiva criminaliza la situacion de pobreza por ejemplo al aumentar las penas a los condenados por microtrafico de drogas 326 y respalda los posibles casos de abuso de la autoridad policial 327 Asimismo se sostiene que el cambio observado en la conducta delictiva obedece a los efectos de la pandemia de COVID 19 notando que la baja en los delitos comenzo en marzo de 2020 cuando asumio el nuevo gobierno y se declaro la emergencia sanitaria nacional mientras que la LUC no fue aprobada hasta julio del mismo ano 328 329 Esta incidencia de las medidas de reduccion de la movilidad sobre la criminalidad es respaldada por evidencia nacional e internacional 330 331 En julio de 2021 la Asociacion de Defensores Publicos ADEPU presento una denuncia ante la Suprema Corte de Justicia tras haber identificado un aumento en el uso abusivo de la fuerza policial situacion que segun los abogados denunciantes se agravo tras la aprobacion de la LUC 332 Desde el sindicato policial se cuestiono la veracidad de estos hechos 333 Sin embargo la Institucion Nacional de Derechos Humanos y Defensoria del Pueblo INDDHH analizo mas de 100 denuncias realizadas por ADEPU de hechos acontecidos en 2020 y 2021 concluyendo a traves de un informe publicado en marzo de 2022 que se evidencia un debilitamiento de las garantias de las personas durante los primeros momentos de la detencion 334 El abogado Wilder Tayler director de la INDDHH expreso que las modificaciones introducidas por la LUC crean un marco legal mas propicio al uso abusivo de la fuerza por parte de los policias y acuso al gobierno de minimizar los casos denunciados 335 336 Tanto el ministro Heber como el expresidente colorado Julio Maria Sanguinetti criticaron la publicacion del informe de la INDDHH acusando a la institucion de perseguir un fin electoral de cara al referendum 337 338 Uno de los articulos mas criticados por los promotores de la derogacion es el referente a penas de penitenciaria por el delito de narcomenudeo particularmente por el ingreso de pequenas cantidades de estupefacientes a establecimientos carcelarios Se afirma que este castigo afecta principalmente a mujeres en situacion de pobreza muchas con ninos a cargo que suelen cometer este delito como ultimo recurso en una serie de estrategias infructuosas de subsistencia economica para ellas y sus familias y usualmente como resultado de coacciones abusos intimidaciones o relaciones de dominacion con algun referente masculino privado de libertad 339 De hecho el 95 de las personas formalizadas a partir de este articulo son mujeres 319 sobre todo jovenes 340 y la cantidad total de mujeres privadas de libertad aumento en un 60 durante el primer ano y medio del gobierno de Lacalle Pou 341 El endurecimiento de las penas de microtrafico en estas situaciones fue criticado incluso desde la Organizacion de las Naciones Unidas ONU por las consecuencias que genera en la poblacion femenina 342 En funcion de esto algunos legisladores del oficialismo se mostraron dispuestos a revisar la norma 343 y la senadora colorada Carmen Sanguinetti incluso expreso su voluntad de eliminar el articulo en cuestion 344 Mario Layera exdirector de la Policia Nacional se manifesto a favor de la opcion por el Si sosteniendo que la LUC empodera a la Policia para enfrentar al conflicto social mas que al crimen organizado la corrupcion y la violencia de genero 345 Las declaraciones de Layera fueron criticadas por integrantes del gobierno quienes apuntaron contra su gestion durante los gobiernos del Frente Amplio 346 Vivienda Editar La LUC crea un nuevo regimen para el arrendamiento de bienes inmuebles sin la necesidad de que el inquilino cuente con una garantia 347 Los articulos impugnados explicitan algunas de las caracteristicas del mismo incluyendo Durante la vigencia del contrato de arrendamiento el desalojo puede darse solamente por arrendatario mal pagador inmueble expropiado o finca ruinosa El plazo para la concrecion del desalojo no puede exceder los 45 dias 348 Una vez vencido el contrato de arrendamiento el plazo para el desalojo del arrendatario buen pagador es de 30 dias desde que se efectua la notificacion de la sentencia judicial correspondiente 349 Si vencido este plazo el arrendatario no realizo la entrega voluntaria del inmueble el arrendador podra solicitar en cualquier momento su lanzamiento el cual se hara efectivo dentro de los siguientes 15 dias habiles a efectuada la notificacion correspondiente 350 Este plazo podra ser prorrogado una unica vez y por un maximo de 7 dias habiles a solicitud del arrendatario por causa de fuerza mayor aceptada por Juez competente 351 Segun lo estipulado en el regimen existente antes de la LUC el plazo para el desalojo del arrendatario buen pagador es de 6 o 12 meses pudiendo prorrogarse por hasta 120 dias 352 Una vez vencido el plazo acordado para el pago del alquiler sin que este se haya efectuado el arrendador podra intimar el pago al arrendatario Si el arrendatario no efectua el pago en los 3 dias habiles siguientes a la intimacion sera considerado moroso 353 pudiendo iniciarse el tramite de desalojo por mal pagador 354 El plazo para el desalojo del arrendatario mal pagador es de 6 dias habiles desde que se efectua la notificacion de la sentencia judicial correspondiente 355 Si vencido este plazo el arrendatario no realizo la entrega voluntaria del inmueble el arrendador podra solicitar en cualquier momento su lanzamiento el cual se hara efectivo dentro de los siguientes 5 dias habiles a efectuada la notificacion correspondiente 356 Este plazo podra ser prorrogado una unica vez y por un maximo de 5 dias habiles a solicitud del arrendatario por causa de fuerza mayor aceptada por Juez competente 357 Segun lo estipulado en el regimen existente antes de la LUC el plazo para el desalojo del arrendatario moroso es de 20 dias 358 Los promotores de la derogacion de estos articulos argumentan que el nuevo regimen desprotege al inquilino permitiendo un desalojo o lanzamiento expres incluso siendo buen pagador 359 Segun sostienen las personas que mas usarian este regimen son aquellas que no cuentan con ingresos economicos estables y los plazos abreviados para el desalojo no harian mas que aumentar su situacion de vulnerabilidad social y la dificultad en el acceso a la vivienda 360 Asimismo se afirma que el alquiler de inmuebles sin garantia ya ocurria previamente 361 Desde el gobierno se sostiene que el nuevo regimen de arrendamiento no sustituye al anterior sino que pretende ser una solucion para aquellos individuos que desean alquilar un inmueble pero no cuentan aun con los recursos para constituir una garantia 362 Educacion Editar En los articulos impugnados se introducen diversos cambios a la Ley General de Educacion de 2008 y otras normas entre los cuales se incluyen Se mantiene el caracter obligatorio de la educacion inicial a partir de los 4 anos de edad la educacion primaria y la educacion media pero la obligacion de los padres o responsables legales de inscribir a los ninos en un centro de ensenanza y controlar su asistencia se sustituye por el deber de contribuir al cumplimiento de la obligacion educativa 363 Se establece la no obligatoriedad de la educacion en la primera infancia desde el nacimiento hasta los 3 anos de vida 364 Se modifica la gobernanza de los diferentes subsistemas o niveles educativos educacion inicial secundaria y tecnico profesional en el marco de la Administracion Nacional de Educacion Publica ANEP En este sentido se sustituyen los Consejos de Educacion por Direcciones Generales Solo se mantiene el Consejo de Formacion en Educacion 365 Los sustituidos Consejos de Educacion eran organos desconcentrados integrados por 3 miembros 2 de los cuales eran designados por el Consejo Directivo Central CODICEN y el tercero era elegido por los docentes 366 En cambio las nuevas Direcciones Generales son organos unipersonales a cargo de un Director General designado por el CODICEN 367 368 En efecto esta modificacion elimina la representacion docente en la gobernanza de los diferentes niveles educativos Se potencia el rol del Ministerio de Educacion y Cultura MEC como rector de la politica educativa nacional aumentando sus competencias pasa a encargarse de los procedimientos de revalida y reconocimiento de titulos certificados o diplomas obtenidos en el extranjero hasta entonces a cargo de la Universidad de la Republica Udelar 369 y tiene el cometido de elaborar un Plan de Politica Educativa Nacional que debera enviar a la Asamblea General antes de la presentacion de la ley de presupuesto y un Compromiso de Politica Educativa Nacional en acuerdo con los candidatos a integrar el CODICEN propuestos por el Poder Ejecutivo 370 Se crea la Comision Coordinadora de la Educacion en sustitucion de la Comision Coordinadora del Sistema Nacional de la Educacion Publica 371 A diferencia de su antecesora la nueva comision cuenta entre sus integrantes con representantes de la educacion privada de las instituciones de formacion militar y policial del Instituto del Nino y el Adolescente del Uruguay INAU y del Instituto Nacional de Empleo y Formacion Profesional INEFOP al tiempo que se reduce la representacion de la Udelar incluso dejando por fuera a su rector 372 Se mantiene el funcionamiento de un Consejo de Participacion en cada centro educativo publico pero se elimina el requisito de que al menos un tercio de sus integrantes en la educacion media y tecnico profesional sean representantes estudiantiles 373 El ministro de Educacion y Cultura Pablo da Silveira defendio los cambios introducidos por la LUC a los cuales califico de modestos e imprescindibles Haciendo referencia al cambio en la gobernanza de los diferentes niveles educativos argumento que el sistema previo de Consejos de Educacion al cual definio como propio de un regimen sovietico 374 dificultaba la toma de decisiones para efectivizar cambios en la politica educativa impulsados desde el CODICEN A su vez expreso que la representacion docente se mantiene en el CODICEN y en el Consejo de Formacion en Educacion 375 En el mismo sentido el presidente Lacalle Pou afirmo que una cosa es escuchar a los sindicatos y otra cosa es compartir el gobierno de la educacion 376 Los promotores de la derogacion de estos articulos sostienen que los mismos tienen un caracter conservador culpabilizan a los docentes de los problemas educativos 375 suprimen la participacion estudiantil disminuyen la influencia de los organos autonomos al potenciar el rol del MEC utilizan criterios del mercado para organizar a los centros educativos 377 y persiguen una logica privatizadora de la educacion publica 378 Un analisis academico realizado por la Facultad de Ciencias Sociales de la Udelar respecto a los cambios educativos introducidos por la LUC concluye que estos responden a una filosofia politica liberal consistente con un tipo de bienestar donde el Estado juega un papel residual 379 Para el Instituto de Educacion de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educacion de la Udelar se da un cambio en la valoracion conceptual de la educacion a la cual se deja de considerar un derecho humano fundamental y en su lugar se prioriza la adquisicion de capacidades con una perspectiva exclusivamente economica 380 Finanzas Editar Mediante articulos que se pretenden derogar la LUC introduce multiples modificaciones a la Ley de Inclusion Financiera de 2014 y otras normas entre las cuales se incluyen Se habilita el efectivo como modalidad de pago a los trabajadores en situacion de dependencia eliminando la obligatoriedad de hacerlo mediante la acreditacion en cuenta de instituciones de intermediacion financiera o en instrumento de dinero electronico 381 Desde el 2018 el pago en efectivo a trabajadores estaba permitido en todas las localidades del pais de menos de 2 000 habitantes por la dificultad en el acceso a puntos de extraccion de efectivo 382 Se habilita el efectivo como modalidad de pago del Estado a proveedores de bienes o servicios eliminando la obligatoriedad de hacerlo mediante la acreditacion en cuenta de instituciones de intermediacion financiera 383 Se habilita el efectivo como modalidad de pago de honorarios profesionales con un monto limite de 1 000 000 U I eliminando la obligatoriedad de hacerlo mediante medios de pago electronicos o a traves de acreditacion en cuenta en instituciones de intermediacion financiera o en instrumento de dinero electronico 384 El limite para realizar cualquier tipo de transaccion en efectivo se incrementa de 40 000 a 1 000 000 U I aproximadamente 115 000 dolares 385 386 Se eliminan los limites al uso de efectivo para el arrendamiento subarrendamiento credito enajenacion y otros negocios sobre bienes inmuebles y para la adquisicion de vehiculos motorizados 387 Se habilita el efectivo como modalidad de pago de los tributos nacionales 387 Se elimina la prohibicion a proveedores o comercios de cobrar los productos o servicios que ofrezcan a un precio mayor si el pago se realiza con tarjeta de debito o instrumento de dinero electronico que si se realiza en efectivo 387 Desde el gobierno se afirma que los cambios en materia financiera introducidos por la LUC permiten una mayor libertad del ciudadano para disponer de su dinero en efectivo 388 Mario Bergara senador del Frente Amplio expresidente del Banco Central BCU y exministro de Economia sostuvo que la ampliacion en el uso del efectivo conlleva un mayor nivel de evasion fiscal y facilita el lavado de activos 389 Portabilidad numerica Editar En su articulo 471 la LUC declara a la portabilidad numerica como un derecho de los usuarios de telefonia movil 390 En efecto la nueva normativa permite a los usuarios cambiar de compania proveedora del servicio entre las tres disponibles en Uruguay la estatal Antel y las privadas Claro y Movistar sin que ello implique la perdida de su numero de telefono 391 La fecha prevista para su entrada en vigor era el 27 de diciembre de 2021 392 si bien para la oposicion correspondia esperar por el resultado del referendum en funcion de los costos operativos de su aplicacion 393 todo el articulado referente a esta tematica fue impugnado Desde el gobierno se afirma que la nueva reglamentacion otorga mayor libertad a los usuarios y mejora la competitividad 394 ademas de que alinea a Uruguay con la mayoria de los paises del mundo 395 El Sindicato Unico de Telecomunicaciones Sutel se manifesto en contra de la misma entendiendo que su implementacion debilita al Estado en beneficio de las companias privadas 396 Los promotores de la derogacion sostienen que Antel debera invertir grandes sumas de dinero para poder mantenerse en competencia con las multinacionales 397 Antel es el lider del mercado de telefonia movil en el pais contando con el 46 06 de los usuarios seguido por Movistar 33 17 y Claro 20 77 398 En base a un estudio realizado por la empresa consultora Equipos Antel tendria una perdida neta de 22 000 clientes personales y del 11 del mercado empresarial como consecuencia de la aplicacion de la portabilidad numerica 399 400 Finalmente la nueva normativa comenzo a regir el 12 de enero de 2022 401 En las primeras semanas desde su entrada en vigor Antel fue la unica de las tres companias en tener una ganancia neta de clientes 402 con un balance de 2 500 clientes adicionales en los primeros 40 dias 403 Esta tendencia se revirtio en la primera quincena de marzo cuando la compania estatal tuvo un saldo neto de 800 clientes menos 404 Adopciones Editar Los articulos 403 a 406 de la LUC introducen modificaciones al regimen de adopciones establecido en el Codigo de la Ninez y la Adolescencia Dos de estos articulos el 403 y el 404 ambos referentes a los cuidados alternativos de ninos y adolescentes privados de su medio familiar se encuentran entre aquellos impugnados El articulo 403 de la LUC da nueva redaccion al articulo 2 de la ley 19 092 de 2013 405 mientras que el 404 lo hace para el articulo 3 de la ley 18 590 de 2009 406 La modificacion se introduce en relacion a los casos en que un juez dispone la insercion familiar de un menor Tanto la normativa anterior como la LUC establecen que la seleccion de la familia adoptante es responsabilidad del Instituto del Nino y Adolescente del Uruguay INAU y que el tribunal actuante solo puede apartarse de esta seleccion con una decision fundada y avalada por informe de equipos tecnicos del Poder Judicial 407 408 409 410 La LUC agrega ademas que el tribunal actuante podra prescindir de la seleccion realizada por el INAU de forma excepcional en aquellos casos en que el menor se encuentre plenamente integrado a un nucleo familiar siempre y cuando esta tenencia haya comenzado en forma licita priorizandose el interes superior del menor en cuestion Esta modificacion permite de hecho que un juez seleccione por si mismo una familia adoptante para un nino o adolescente sin participacion alguna de los equipos tecnicos del INAU 411 En estos casos los especialistas del instituto no participan por ejemplo de la preparacion previa de la familia adoptante ni del seguimiento posterior a la adopcion Los impulsores de la derogacion de estos articulos argumentan que el mecanismo incrementa los riesgos para los menores involucrados como el de explotacion infantil quita transparencia y violenta derechos 412 con una perspectiva centrada en el adulto 413 Por su parte el gobierno afirma que el objetivo es agilizar el proceso de adopciones manteniendo las garantias del mismo 414 En noviembre de 2021 se genero una polemica cuando dos integrantes del gobierno la vicepresidenta de la Republica Beatriz Argimon y el secretario de la Presidencia Alvaro Delgado compartieron en sus respectivas cuentas de Twitter un spot publicitario en contra de la derogacion de los articulos de la LUC 415 En el mismo se afirmaba que dicha ley reduce de 5 anos a 18 meses el proceso de adopcion 416 417 en referencia al articulo 406 de la LUC Este establece que la evaluacion por parte del INAU de los interesados en adoptar un menor para su inclusion en un registro de aspirantes no puede prolongarse por mas de 18 meses desde la expresion de voluntad de los interesados 418 Sin embargo el articulo 406 no se encuentra entre los impugnados por los promotores de la derogacion 419 Colonizacion Editar Entre los articulos impugnados de la LUC se encuentran dos que introducen modificaciones a la colonizacion de tierras El articulo 357 da nueva redaccion al articulo 5 de la ley 18 756 de 2011 420 dejando por fuera del regimen establecido en la Ley de Colonizacion a todas las tierras entregadas por el Estado a colonos antes de 1948 cuando se creo el Instituto Nacional de Colonizacion INC 421 El articulo 358 introduce una modificacion al articulo 61 de la ley 11 029 de 1948 sobre los requerimientos que deben cumplir los colonos 422 Ambas normativa establecen la obligatoriedad de que el colono trabaje el predio de forma directa y lo habite pero la LUC agrega que puede realizarse una excepcion a esta obligacion cuando el colono haya estado radicado por al menos 10 anos haya cumplido con un plan de inversiones en caso de haberse comprometido a uno y se invoquen motivos fundados de salud trabajo o educacion 423 424 En efecto el cambio habilita la adjudicacion de una fraccion de tierra sin necesidad de que la misma sea trabajada directamente y o habitada La version original del articulo 358 incluida en el proyecto inicial de LUC eliminaba la obligacion del colono de residir en la tierra sin incluir condiciones pero a pedido del senador Guido Manini Rios Cabildo Abierto este articulo fue retirado y luego reintroducido con su redaccion final 425 Los impulsores de la derogacion de estos articulos de la LUC sostienen que los mismos son contrarios a la propia esencia de la Ley de Colonizacion de 1948 y argumentan que con la aplicacion del articulo 357 tierras previamente administradas por el INC pasan al mercado general a precios mas elevados limitando el acceso de productores menores al igual que su recompra por parte del instituto 426 Miguel Vassallo ingeniero agronomo y exdirector del INC durante el gobierno del Frente Amplio FA 427 expreso que a traves de este cambio que afecta a mas de 100 000 hectareas se favorece la reconcentracion y extranjerizacion de la tierra se vulnera la soberania de los pequenos y medianos productores agricolas y se beneficia economicamente a un grupo especifico y limitado de colonos en su mayoria sin merito propio frente al resto 428 Para el senador Alejandro Sanchez FA las modificaciones introducidas por el articulo 458 eliminan la esencia conceptual de la colonizacion de tierras y se enmarcan en una vision ideologica negativa del INC por parte del gobierno 429 Por su parte el senador oficialista Sebastian da Silva Partido Nacional afirmo que el objetivo buscado es otorgar mayor libertad a los colonos con respecto a su organizacion y desarrollo familiar y que los cambios obedecen a una realidad nueva de las personas que viven en el campo 429 Una inspeccion tecnica del INC realizada a finales de 2021 encontro que el senador Manini Rios su esposa Irene Moreira actual ministra de Vivienda y el padre de esta son colonos propietarios de 2 856 hectareas de tierra en el departamento de Artigas las cuales no habitan ni trabajan de forma directa 430 Previamente tanto Manini como Moreira habian negado ser colonos y el senador voto a favor del articulo de la LUC que flexibiliza las obligaciones de los mismos 431 Relaciones laborales Editar En su articulo 392 que se encuentra entre aquellos impugnados la LUC refiere al Estado como garante del ejercicio pacifico del derecho de huelga pero tambien del derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en el lugar donde desarrollen su actividad laboral asi como del derecho de la direccion de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente 432 La Constitucion de Uruguay declara la huelga como un derecho gremial agregando que sobre esta base se reglamentara su ejercicio y efectividad sin hacer otras puntualizaciones al respecto 433 La Organizacion Internacional del Trabajo OIT a traves de su Comite de Libertad Sindical afirma que el derecho de huelga es uno de los medios legitimos fundamentales de que disponen los trabajadores y sus organizaciones para la promocion y defensa de sus intereses economicos y sociales agregando que los piquetes de huelga en particular no deben impedir el ejercicio de la libertad de trabajo por los no huelguitas y estando justificada su limitacion solo si la huelga perdiese el caracter pacifico A su vez se reconoce el derecho de los empresarios y el personal de la direccion de una empresa a ingresar a las instalaciones de la misma y ejercer sus actividades durante la realizacion de una huelga 434 Desde el PIT CNT se entiende que este articulo es antisindical porque deja a discrecion del gobierno la definicion del caracter pacifico de una huelga al tiempo que fomenta acciones que debilitan la efectividad de la medida como el esquirolaje contratacion de personas por fuera de la empresa para sustituir a los trabajadores huelguistas 435 436 437 En sentido similar se expreso la Asociacion Uruguaya de Laboristas agregando que la LUC crea un obstaculo para el ejercicio del derecho de huelga 438 Pablo Mieres ministro de Trabajo y Seguridad Social afirmo que la norma se basa en los principios establecidos por la OIT y que su objetivo es establecer un limite a la huelga para defender el derecho a trabajar de los no huelguistas 436 Para el academico especialista en derecho laboral Hugo Barreto el articulo 392 de la LUC tiene una interpretacion ambigua ya que hace mencion a la huelga en terminos generales pero parece referirse a la ocupacion una de las modalidades que puede tomar el ejercicio del derecho de huelga y es ademas impreciso al no definir que organismo o agente del Estado es el que actua como garante 439 Consecuencias de un eventual triunfo del recurso EditarEn caso de triunfar la voluntad de dar lugar al recurso de referendum contra los 135 articulos impugnados de la Ley de Urgente Consideracion LUC existen discrepancias entre analistas sobre el impacto que esto tendra a nivel juridico 440 Una de las cuestiones no resueltas es si el efecto sera derogatorio o anulatorio es decir si las consecuencias rigen desde el pronunciamiento del cuerpo electoral ex nunc o desde la promulgacion de la ley ex tunc respectivamente 441 En el caso de una derogacion la ley deja de existir solo desde el momento en que se declara triunfador al Si en adelante sin afectar los efectos que esta haya podido tener desde su promulgacion los cuales quedan firmes no hay efecto retroactivo Cuando los articulos impugnados de la LUC derogan leyes previas no vuelven a entrar en vigencia las normas anteriores permanecen derogadas Esto ultimo ha llevado a plantear que podria generarse asi un vacio legal 442 En el caso de una anulacion en cambio se considera que la ley nunca existio y por lo tanto se invalidan todos los efectos que esta haya podido tener durante el tiempo que estuvo en vigencia si hay efecto retroactivo Cualquier norma derogada por los articulos de la LUC vuelve a entrar en vigencia Esta es la tesis mas aceptada por los expertos 442 Encuestas de intencion de voto EditarFecha de realizacion Empresa Votara por derogar los 135 articulos de la LUC Si No NS NC En blanco anulado No votara2022 18 al 22 de marzo UPC 43 43 10 4 17 al 22 de marzo Opcion 41 44 14 1 11 al 20 de marzo Cifra 41 45 10 4 11 al 14 de marzo Factum 42 48 5 5 19 de febrero al 2 de marzo Equipos 34 35 28 3 17 al 26 de febrero Opcion 36 38 22 4 12 al 22 de febrero Factum 41 49 4 6 10 al 17 de febrero Cifra 33 45 20 2 4 al 11 de febrero Nomade 47 42 6 10 4 26 de enero al 1 de febrero Equipos 31 41 26 2 14 al 24 de enero UPC 43 38 15 3 2021 9 al 27 de diciembre Nomade 49 4 41 2 9 4 25 de noviembre al 2 de diciembre Equipos 33 46 18 3 6 al 15 de noviembre Factum 39 51 10 29 de octubre al 8 de noviembre Opcion 37 39 19 5 28 de octubre al 7 de noviembre Cifra 41 48 11 1 al 14 de septiembre Factum 45 50 5 26 de agosto al 3 de septiembre Cifra 34 44 22 9 al 16 de agosto Opcion 41 37 19 3 23 de julio al 2 de agosto Equipos 33 47 20 22 al 31 de julio Radar 43 40 11 2 3 24 de junio al 3 de julio Cifra 34 43 23 13 al 20 de mayo Opcion 40 38 22 Resultados EditarTotales Editar Opcion Votos votos totales votos validosNo 0 0 0 Si 0 0 0 Voto en blanco 0 0 Votos validos 0 0 100 Voto nulo 0 0 Total de votos emitidos 0 100 Votantes habilitados y participacion 2 684 131 0 Por departamento Editar Opcion Si NoVotos Votos Artigas 15 933 32 55 33 011 67 45 Canelones 179 194 54 05 152 318 45 95 Cerro Largo 22 679 38 65 36 005 61 35 Colonia 38 430 44 40 48 128 55 60 Durazno 17 176 41 69 24 020 58 31 Flores 6 631 35 67 11 960 64 33 Florida 20 730 44 31 26 051 55 69 Lavalleja 14 961 35 79 26 840 64 21 Maldonado 47 542 40 99 68 430 59 01 Montevideo 464 809 56 66 355 511 43 34 Paysandu 39 242 51 95 36 291 48 05 Rio Negro 16 997 46 10 19 869 53 90 Rivera 17 970 25 68 52 017 74 32 Rocha 22 101 44 23 27 864 55 77 Salto 40 935 48 32 43 781 51 68 San Jose 32 878 47 14 36 870 52 86 Soriano 28 199 47 69 30 932 52 31 Tacuarembo 24 813 39 59 37 866 60 41 Treinta y Tres 13 781 41 05 19 793 58 95 Vease tambien EditarAnexo Plebiscitos y referendums en UruguayReferencias Editar a b Corte Electoral 27 de diciembre de 2021 Circular N 11262 PDF Montevideo Instituto Nacional de Estadistica Poblacion por sexo y edad 1996 2050 XLS a b ElPais El referendum contra la LUC sera el 27 de marzo Diario EL PAIS Uruguay Consultado el 8 de diciembre de 2021 a b Observador El Estos son los 135 articulos de la LUC que el FA y las organizaciones sociales quieren llevar a referendum El Observador Consultado el 16 de julio de 2021 Centro de Informacion Oficial Ley N 19889 de 2020 8 de Julio El Congreso uruguayo aprobo la Ley de Urgente Consideracion clave para el gobierno de Lacalle Pou infobae Consultado el 17 de julio de 2021 Subrayado 17 de 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