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Protección de datos personales

La protección de datos personales trata de la garantía o la facultad de control de la propia información frente a su tratamiento automatizado o no, es decir, no solo a aquella información albergada en sistemas computacionales, sino en cualquier soporte que permita su utilización, almacenamiento, organización y acceso. Se ubica en el campo de estudio del Derecho Informático, del derecho de la información, de los derechos humanos y del derecho constitucional.

En algunos países, la protección de datos encuentra reconocimiento constitucional como derecho humano y en otros simplemente legal. Se protege también a través del derecho a la privacidad y del derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones.[1]

México

En México, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP)[2]​explica que un dato personal es cualquier información concerniente a una persona identificada o identificable. El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública emitió los lineamientos generales para la clasificar y desclasificar la información de las dependencias y entidades de la administración pública federal.[3]

El art. 32.° de esos lineamientos estipula que será confidencial la información que contenga datos personales de una persona física identificada o identificable relativos a: I. Origen étnico o racial; II. Características físicas; III. Características morales; IV. Características emocionales; V. Vida afectiva; VI. Vida familiar; VII. Domicilio particular; VIII. Número telefónico particular; IX. Patrimonio; X. Ideología; XI. Opinión política; XII. Creencia o convicción religiosa; XIII. Creencia o convicción filosófica; XIV. Estado de salud física; XV. Estado de salud mental; XVI. Preferencia sexual; XVII. Otras análogas que afecten su intimidad, como la información genética.

Los datos personales son confidenciales aun cuando no hayan sido obtenidos de su titular. También se consideran confidenciales los datos de una persona fallecida. Los únicos que podrán tener acceso y derecho a corregirlos son el cónyuge y los familiares en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, y en línea transversal hasta el segundo grado. Solo en caso de que no existiera ningún familiar de los mencionados, los parientes en línea transversa hasta cuarto grado tendrán derecho a solicitar la corrección de datos.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) ha puesto a disposición de los ciudadanos y particulares un sistema informático en línea llamado IFAI-PRODATOS, el cual permite la solicitud de protección de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales (Derechos ARCO), así como la presentación de denuncias por mal uso de los datos e incumplimiento de la ley y su reglamento.[4]

El 13 de agosto de 2015, el INAI emitió un comunicado en donde informó que el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos resolvió no interponer acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión.[5]

El IFAI cambió de nombre tras la entrada en vigor de la Ley de Transparencia, en 2015, cuando pasó a llamarse INAI.[6]​La reforma constitucional de febrero de 2014 marcó un cambio trascendental en la protección de los datos personales a nivel nacional, puesto que estableció el compromiso para la creación de una Ley General de Protección de Datos Personales, con lo cual se pretende crear un marco normativo que permita establecer estándares mínimos de regulación y protección de los datos personales, tanto por particulares como por dependencias y entidades de la administración pública federal y local.

Uruguay

En Uruguay, la Ley de Protección de Datos Personales (núm. 18.331)[7]​fue promulgada en 2008. Es una avanzada legislación que indica que «el derecho a la protección de datos personales es inherente a la persona humana» y, por lo tanto, se encuentra comprendido en el art. 72 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay. Una de las particularidades de la ley uruguaya fue la incorporación de las personas jurídicas como pasibles de protección de sus datos que los tornen identificables, sean estas personas públicas o privadas.

En su art. 37 consagra la acción de habeas data por la cual toda persona puede iniciar una causa judicial para conocer todo aquel dato que se refiera a su persona que conste en una base de datos. En caso de error, falsedad, discriminación, desactualización, se puede exigir su rectificación, inclusión o supresión.

La Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP) fue creada por el art. 31 de la misma ley como un órgano desconcentrado de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), la cual custodia el cumplimiento de la ley y la protección de los datos personales. Con la creación de la URCDP, toda base de datos que contenga información identificable de las personas, ya sean físicas o jurídicas, deberá registrarse en esta unidad. En ella, además de las inscripciones se realizan consultas y los trámites administrativos de denuncias. La URCDP cuenta con formularios para estos servicios en su página web.[8]

Dos decretos también regulan y complementan la ley de protección de datos personales. El decreto núm. 414/009,[9]​ de 2009, reglamenta directamente la ley y la acción de Habeas Data. Se declara la protección de los datos de cualquier registro sea este automatizado o no, bajo cualquier soporte y modalidad de uso. Su ámbito territorial de aplicación es el territorio uruguayo y esta aplica cuando el responsable de la base de datos ejerce su actividad o utiliza el tratamiento de datos situados en el Uruguay. Para la obtención de los datos personales se deberá contar siempre con el consentimiento expreso de la persona en cuestión mediante la utilización de un «medio sencillo, claro y gratuito» donde se autorice el uso de la información para los fines específicos por los cuales se le solicitaron dichos datos. También el decreto núm. 664/008,[10]​ de 2008, crea el Registro de Bases de Datos Personales a cargo de la URCDP.

Uruguay fue el primer Estado no europeo en adherir al Convenio 108 del Consejo de Europa, en 2013, por la ley núm. 19.030.[11]​ El objetivo de este convenio, editado en 1981, es garantizar a las personas físicas el respeto a sus derechos y libertades fundamentales en relación al tratamiento automatizado de sus datos.[12]​También consagra que los flujos de información de datos transfronterizos podrán realizarse con Estados u organizaciones que no hayan ratificado la convención siempre que se garantice un nivel de protección adecuado a la transferencia. El convenio fue actualizado en 2018 y pasó a ser conocido como 108+.[13]​ El nuevo texto fue ratificado por Uruguay en 2021.[14]

La ley uruguaya se destaca de la normativa del convenio 108 ya que este último regulaba los tratamientos automatizados de las personas físicas, mientras que la ley núm. 18.331 y sus respectivos decretos abarcan cualquier registro, sea automatizado o no, bajo cualquier soporte y modalidad de uso tanto trate sobre datos de personas físicas como jurídicas. Uruguay fue el país anfitrión de la 34.ª Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos Personales y Privacidad,[15]​que se realizó en Punta del Este, el 23 y 24 de octubre de 2012.

Argentina

En Argentina, país pionero en la materia en América Latina, se creó la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) como órgano de control para la efectiva protección de los datos personales. La Ley de Protección de Datos Personales (núm. 25.326)[16]​fue sancionada el 4 de octubre de 2000.[17]​ La Agencia de Acceso a la Información Pública fue creada como órgano de aplicación de la ley por el decreto 746/2017.[18]

Dice en su art. 1.° que la ley tiene el propósito de proteger los derechos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos u otros medios técnicos de tratamiento de datos, ya sean públicos o privados, con el fin de dar informes, para asegurarse el derecho al honor y a la intimidad de las personas, como a su vez el acceso a la información que sobre estas se registre, de estar conforme con lo establecido en el art. 43 de la Constitución Nacional. Esta ley se aplicará, cuando resulte indicado, a los datos relativos a personas de existencia ideal. El mismo art. 1.° dice que en ningún caso se podrán afectar la base de datos ni las fuentes de información periodísticas.

Colombia

En Colombia, la Ley Estatutaria de Protección de Datos Personales (LEPD), núm. 1581,[19]​fue promulgada en 2012 y se hizo obligatoria para las empresas a partir del 18 de abril de 2013. Por otra parte, existe una ley especial, la ley núm. 1266,[20]​ de 2008, para datos personales financieros, a saber, datos que se recolectan y usan para cálculo de riesgo crediticio.

Perú

En Perú, la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP), núm. 29733,[21]​fue publicada en 2011 y tiene por objeto garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales previsto en el art. 2, numeral 6, de la Constitución Política del Perú, a través de su adecuado tratamiento, en un marco de respeto de los demás derechos fundamentales que en ella se reconocen. La ley fue reglamentada por el Decreto Supremo 003-2013.[22]

La totalidad de la ley y el reglamento han entrado en vigencia 30 días hábiles después de la publicación del reglamento, es decir el 8 de mayo de 2013. La ley define como datos personales «toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados». Asimismo, define como datos sensibles aquellos «constituidos por datos biométricos que por sí mismos pueden identificar al titular; datos referidos al origen racial y étnico; ingresos económicos, opiniones o convicciones políticas, religiosas, filosóficas o morales; afiliación sindical; e información relacionada con la salud y a la vida sexual».

El reglamento tiene por objeto desarrollar la ley a fin de garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales, regulando un adecuado tratamiento, tanto para las entidades públicas como para las instituciones pertenecientes al sector privado. Sus disposiciones constituyen normas de orden público y de cumplimiento obligatorio. Los principios rectores que la ley establece, son los siguientes: legalidad, consentimiento, finalidad, proporcionalidad, calidad, seguridad, disposición de recurso, nivel de protección adecuado. Los derechos del titular de datos personales son: información, acceso, actualización, inclusión, rectificación, supresión, impedir el suministro, oposición, tratamiento objetivo, tutela.

La LPDP establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Protección de Datos Personales, es la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales. La primera multa bajo la ley fue aplicada en octubre de 2014 en Perú.[23]

Nicaragua

En Nicaragua, se aprobó en 2012 la ley de protección de los datos personales,[24]​ núm. 787, que sigue los lineamientos del modelo europeo de protección de datos. En el mismo año, la ley fue reglamentada con el decreto núm. 36-2012.[25]​Más tarde, en 2014, la Constitución del país sufrió una reforma que modificó el art. 26 para aclarar que la protección de datos personales correspondía tanto a entidades públicas como privadas.[26]​Por fin, en 2018, fue aprobada la Ley de Justicia Constitucional, núm. 983,[27]​que regula el recurso de habeas data.

Véase también

Referencias

  1. Riofrío Martínez-Villalba, Juan C (2008). El derecho de los secretos. Editorial Temis. ISBN 978-958-35-0691-8. OCLC 426398515. Consultado el 14 de mayo de 2020. 
  2. «Texto completo de la ley». Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  3. «Diario Oficial de la Federación». 18 de agosto de 2003. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  4. «Ley federal de protección de datos personales». 
  5. Comunicado del IFAI el 13 de agosto de 2014 referente a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión
  6. «El IFAI cambia de nombre a INAI». Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  7. «Texto de la ley». 
  8. «Formularios». 
  9. «Texto completo del decreto». 15 de septiembre de 2009. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  10. «Texto completo del decreto». 5 de enero de 2009. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  11. «Texto completo de la ley». 7 de enero de 2013. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  12. «Ficha temática sobre la protección de datos personales del parlamento europeo». Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  13. «Convenio 108 y protocolos». Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  14. «Uruguay ratificó el último tratado internacional sobre protección de datos personales». 20 de agosto de 2021. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  15. . Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2012. Consultado el 22 de noviembre de 2012. 
  16. . Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  17. «Texto completo de la ley». 30 de octubre de 2000. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  18. «InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina». servicios.infoleg.gob.ar. Consultado el 20 de marzo de 2021. 
  19. «Texto completo de la ley». 18 de octubre de 2012. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  20. «Texto completo de la ley». 31 de diciembre de 2008. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  21. «Texto de la ley y reglamento». Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  22. «Texto del decreto». 22 de marzo de 2013. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  23. «multada con S/.228 mil por violar ley de datos». Consultado el 8 de noviembre de 2014. 
  24. «Ley de Protección de Datos Personales». 29 de marzo de 2012. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  25. «Texto del decreto». 19 de octubre de 2012. p. 8381. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  26. Martínez, May Rubby Pérez (Ene-Jul 2020). «Protección de datos personales y derecho a la autodeterminación informativa: Régimen jurídico». Revista de Derecho: 111. ISSN 1993-4505. Consultado el 29 de octubre de 2021. 
  27. «Texto de la ley». 20 de diciembre de 2018. Consultado el 29 de octubre de 2021. 

Enlaces externos

  • Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, de Argentina
  • Curso de protección de datos
  • Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP), de Uruguay
  • Agencia española de Protección de Datos Personales
  • Agencia Catalana de Protección de Datos
  • Agencia Vasca de Protección de Datos
  • Revista Latinoamericana de Protección de Datos
  • Departamento de Derecho Internacional de la Organización de los Estados Americanos (OEA)
  •   Datos: Q456632
  •   Multimedia: Information privacy

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La proteccion de datos personales trata de la garantia o la facultad de control de la propia informacion frente a su tratamiento automatizado o no es decir no solo a aquella informacion albergada en sistemas computacionales sino en cualquier soporte que permita su utilizacion almacenamiento organizacion y acceso Se ubica en el campo de estudio del Derecho Informatico del derecho de la informacion de los derechos humanos y del derecho constitucional En algunos paises la proteccion de datos encuentra reconocimiento constitucional como derecho humano y en otros simplemente legal Se protege tambien a traves del derecho a la privacidad y del derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones 1 Indice 1 Mexico 2 Uruguay 3 Argentina 4 Colombia 5 Peru 6 Nicaragua 7 Vease tambien 8 Referencias 9 Enlaces externosMexico EditarEn Mexico la Ley Federal de Proteccion de Datos Personales en Posesion de Particulares LFPDPPP 2 explica que un dato personal es cualquier informacion concerniente a una persona identificada o identificable El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Informacion Publica emitio los lineamientos generales para la clasificar y desclasificar la informacion de las dependencias y entidades de la administracion publica federal 3 El art 32 de esos lineamientos estipula que sera confidencial la informacion que contenga datos personales de una persona fisica identificada o identificable relativos a I Origen etnico o racial II Caracteristicas fisicas III Caracteristicas morales IV Caracteristicas emocionales V Vida afectiva VI Vida familiar VII Domicilio particular VIII Numero telefonico particular IX Patrimonio X Ideologia XI Opinion politica XII Creencia o conviccion religiosa XIII Creencia o conviccion filosofica XIV Estado de salud fisica XV Estado de salud mental XVI Preferencia sexual XVII Otras analogas que afecten su intimidad como la informacion genetica Los datos personales son confidenciales aun cuando no hayan sido obtenidos de su titular Tambien se consideran confidenciales los datos de una persona fallecida Los unicos que podran tener acceso y derecho a corregirlos son el conyuge y los familiares en linea recta ascendente o descendente sin limitacion de grado y en linea transversal hasta el segundo grado Solo en caso de que no existiera ningun familiar de los mencionados los parientes en linea transversa hasta cuarto grado tendran derecho a solicitar la correccion de datos El Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Informacion y Proteccion de Datos INAI ha puesto a disposicion de los ciudadanos y particulares un sistema informatico en linea llamado IFAI PRODATOS el cual permite la solicitud de proteccion de los derechos de acceso rectificacion cancelacion y oposicion al tratamiento de datos personales Derechos ARCO asi como la presentacion de denuncias por mal uso de los datos e incumplimiento de la ley y su reglamento 4 El 13 de agosto de 2015 el INAI emitio un comunicado en donde informo que el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Informacion y Proteccion de Datos resolvio no interponer accion de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusion 5 El IFAI cambio de nombre tras la entrada en vigor de la Ley de Transparencia en 2015 cuando paso a llamarse INAI 6 La reforma constitucional de febrero de 2014 marco un cambio trascendental en la proteccion de los datos personales a nivel nacional puesto que establecio el compromiso para la creacion de una Ley General de Proteccion de Datos Personales con lo cual se pretende crear un marco normativo que permita establecer estandares minimos de regulacion y proteccion de los datos personales tanto por particulares como por dependencias y entidades de la administracion publica federal y local Uruguay EditarEn Uruguay la Ley de Proteccion de Datos Personales num 18 331 7 fue promulgada en 2008 Es una avanzada legislacion que indica que el derecho a la proteccion de datos personales es inherente a la persona humana y por lo tanto se encuentra comprendido en el art 72 de la Constitucion de la Republica Oriental del Uruguay Una de las particularidades de la ley uruguaya fue la incorporacion de las personas juridicas como pasibles de proteccion de sus datos que los tornen identificables sean estas personas publicas o privadas En su art 37 consagra la accion de habeas data por la cual toda persona puede iniciar una causa judicial para conocer todo aquel dato que se refiera a su persona que conste en una base de datos En caso de error falsedad discriminacion desactualizacion se puede exigir su rectificacion inclusion o supresion La Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales URCDP fue creada por el art 31 de la misma ley como un organo desconcentrado de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestion Electronica y la Sociedad de la Informacion y del Conocimiento AGESIC la cual custodia el cumplimiento de la ley y la proteccion de los datos personales Con la creacion de la URCDP toda base de datos que contenga informacion identificable de las personas ya sean fisicas o juridicas debera registrarse en esta unidad En ella ademas de las inscripciones se realizan consultas y los tramites administrativos de denuncias La URCDP cuenta con formularios para estos servicios en su pagina web 8 Dos decretos tambien regulan y complementan la ley de proteccion de datos personales El decreto num 414 009 9 de 2009 reglamenta directamente la ley y la accion de Habeas Data Se declara la proteccion de los datos de cualquier registro sea este automatizado o no bajo cualquier soporte y modalidad de uso Su ambito territorial de aplicacion es el territorio uruguayo y esta aplica cuando el responsable de la base de datos ejerce su actividad o utiliza el tratamiento de datos situados en el Uruguay Para la obtencion de los datos personales se debera contar siempre con el consentimiento expreso de la persona en cuestion mediante la utilizacion de un medio sencillo claro y gratuito donde se autorice el uso de la informacion para los fines especificos por los cuales se le solicitaron dichos datos Tambien el decreto num 664 008 10 de 2008 crea el Registro de Bases de Datos Personales a cargo de la URCDP Uruguay fue el primer Estado no europeo en adherir al Convenio 108 del Consejo de Europa en 2013 por la ley num 19 030 11 El objetivo de este convenio editado en 1981 es garantizar a las personas fisicas el respeto a sus derechos y libertades fundamentales en relacion al tratamiento automatizado de sus datos 12 Tambien consagra que los flujos de informacion de datos transfronterizos podran realizarse con Estados u organizaciones que no hayan ratificado la convencion siempre que se garantice un nivel de proteccion adecuado a la transferencia El convenio fue actualizado en 2018 y paso a ser conocido como 108 13 El nuevo texto fue ratificado por Uruguay en 2021 14 La ley uruguaya se destaca de la normativa del convenio 108 ya que este ultimo regulaba los tratamientos automatizados de las personas fisicas mientras que la ley num 18 331 y sus respectivos decretos abarcan cualquier registro sea automatizado o no bajo cualquier soporte y modalidad de uso tanto trate sobre datos de personas fisicas como juridicas Uruguay fue el pais anfitrion de la 34 ª Conferencia Internacional de Autoridades de Proteccion de Datos Personales y Privacidad 15 que se realizo en Punta del Este el 23 y 24 de octubre de 2012 Argentina EditarEn Argentina pais pionero en la materia en America Latina se creo la Direccion Nacional de Proteccion de Datos Personales DNPDP como organo de control para la efectiva proteccion de los datos personales La Ley de Proteccion de Datos Personales num 25 326 16 fue sancionada el 4 de octubre de 2000 17 La Agencia de Acceso a la Informacion Publica fue creada como organo de aplicacion de la ley por el decreto 746 2017 18 Dice en su art 1 que la ley tiene el proposito de proteger los derechos personales asentados en archivos registros bancos de datos u otros medios tecnicos de tratamiento de datos ya sean publicos o privados con el fin de dar informes para asegurarse el derecho al honor y a la intimidad de las personas como a su vez el acceso a la informacion que sobre estas se registre de estar conforme con lo establecido en el art 43 de la Constitucion Nacional Esta ley se aplicara cuando resulte indicado a los datos relativos a personas de existencia ideal El mismo art 1 dice que en ningun caso se podran afectar la base de datos ni las fuentes de informacion periodisticas Colombia EditarEn Colombia la Ley Estatutaria de Proteccion de Datos Personales LEPD num 1581 19 fue promulgada en 2012 y se hizo obligatoria para las empresas a partir del 18 de abril de 2013 Por otra parte existe una ley especial la ley num 1266 20 de 2008 para datos personales financieros a saber datos que se recolectan y usan para calculo de riesgo crediticio Peru Editar Este articulo o seccion se encuentra desactualizado La informacion suministrada ha quedado obsoleta o es insuficiente Uso de esta plantilla sust Desactualizado tema del articulo En Peru la Ley de Proteccion de Datos Personales LPDP num 29733 21 fue publicada en 2011 y tiene por objeto garantizar el derecho fundamental a la proteccion de datos personales previsto en el art 2 numeral 6 de la Constitucion Politica del Peru a traves de su adecuado tratamiento en un marco de respeto de los demas derechos fundamentales que en ella se reconocen La ley fue reglamentada por el Decreto Supremo 003 2013 22 La totalidad de la ley y el reglamento han entrado en vigencia 30 dias habiles despues de la publicacion del reglamento es decir el 8 de mayo de 2013 La ley define como datos personales toda informacion sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable a traves de medios que pueden ser razonablemente utilizados Asimismo define como datos sensibles aquellos constituidos por datos biometricos que por si mismos pueden identificar al titular datos referidos al origen racial y etnico ingresos economicos opiniones o convicciones politicas religiosas filosoficas o morales afiliacion sindical e informacion relacionada con la salud y a la vida sexual El reglamento tiene por objeto desarrollar la ley a fin de garantizar el derecho fundamental a la proteccion de datos personales regulando un adecuado tratamiento tanto para las entidades publicas como para las instituciones pertenecientes al sector privado Sus disposiciones constituyen normas de orden publico y de cumplimiento obligatorio Los principios rectores que la ley establece son los siguientes legalidad consentimiento finalidad proporcionalidad calidad seguridad disposicion de recurso nivel de proteccion adecuado Los derechos del titular de datos personales son informacion acceso actualizacion inclusion rectificacion supresion impedir el suministro oposicion tratamiento objetivo tutela La LPDP establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a traves de la Direccion General de Proteccion de Datos Personales es la Autoridad Nacional de Proteccion de Datos Personales La primera multa bajo la ley fue aplicada en octubre de 2014 en Peru 23 Nicaragua EditarEn Nicaragua se aprobo en 2012 la ley de proteccion de los datos personales 24 num 787 que sigue los lineamientos del modelo europeo de proteccion de datos En el mismo ano la ley fue reglamentada con el decreto num 36 2012 25 Mas tarde en 2014 la Constitucion del pais sufrio una reforma que modifico el art 26 para aclarar que la proteccion de datos personales correspondia tanto a entidades publicas como privadas 26 Por fin en 2018 fue aprobada la Ley de Justicia Constitucional num 983 27 que regula el recurso de habeas data Vease tambien EditarSecreto Privacidad Derecho a la intimidad Dia de la privacidad de la informacion Directiva de Proteccion de Datos Autodeterminacion informativa Derecho al olvido Informe comercial Reglamento General de Proteccion de DatosReferencias Editar Riofrio Martinez Villalba Juan C 2008 El derecho de los secretos Editorial Temis ISBN 978 958 35 0691 8 OCLC 426398515 Consultado el 14 de mayo de 2020 Texto completo de la ley Consultado el 29 de octubre de 2021 Diario Oficial de la Federacion 18 de agosto de 2003 Consultado el 29 de octubre de 2021 Ley federal de proteccion de datos personales Comunicado del IFAI el 13 de agosto de 2014 referente a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusion El IFAI cambia de nombre a INAI Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto de la ley Formularios Texto completo del decreto 15 de septiembre de 2009 Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto completo del decreto 5 de enero de 2009 Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto completo de la ley 7 de enero de 2013 Consultado el 29 de octubre de 2021 Ficha tematica sobre la proteccion de datos personales del parlamento europeo Consultado el 29 de octubre de 2021 Convenio 108 y protocolos Consultado el 29 de octubre de 2021 Uruguay ratifico el ultimo tratado internacional sobre proteccion de datos personales 20 de agosto de 2021 Consultado el 29 de octubre de 2021 34 ª Conferencia Internacional de Autoridades de Proteccion de Datos Personales y Privacidad Archivado desde el original el 23 de noviembre de 2012 Consultado el 22 de noviembre de 2012 Ley de Proteccion de los Datos Personales Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto completo de la ley 30 de octubre de 2000 Consultado el 29 de octubre de 2021 InfoLEG Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Argentina servicios infoleg gob ar Consultado el 20 de marzo de 2021 Texto completo de la ley 18 de octubre de 2012 Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto completo de la ley 31 de diciembre de 2008 Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto de la ley y reglamento Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto del decreto 22 de marzo de 2013 Consultado el 29 de octubre de 2021 multada con S 228 mil por violar ley de datos Consultado el 8 de noviembre de 2014 Ley de Proteccion de Datos Personales 29 de marzo de 2012 Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto del decreto 19 de octubre de 2012 p 8381 Consultado el 29 de octubre de 2021 Martinez May Rubby Perez Ene Jul 2020 Proteccion de datos personales y derecho a la autodeterminacion informativa Regimen juridico Revista de Derecho 111 ISSN 1993 4505 Consultado el 29 de octubre de 2021 Texto de la ley 20 de diciembre de 2018 Consultado el 29 de octubre de 2021 Enlaces externos EditarDireccion Nacional de Proteccion de Datos Personales de Argentina Curso de proteccion de datos Centro de Proteccion de Datos Personales Defensoria del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires de Argentina Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales URCDP de Uruguay Agencia espanola de Proteccion de Datos Personales Agencia Catalana de Proteccion de Datos Agencia Vasca de Proteccion de Datos Revista Latinoamericana de Proteccion de Datos Departamento de Derecho Internacional de la Organizacion de los Estados Americanos OEA Datos Q456632 Multimedia Information privacy Obtenido de 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