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Ley Orgánica de Gobiernos Regionales del Perú

El 8 de noviembre del año 2002, el Congreso del Perú aprobó la Ley orgánica de Gobiernos Regionales (Ley Nº 27867). El 16 de noviembre del mismo año el Presidente de la República promulgó la ley, siendo publicada en el diario oficial El Peruano el 18 del mismo mes.

Los gobiernos regionales tienen como finalidad primordial fomentar el desarrollo regional, promoviendo la inversión pública y privada, así como el empleo. Su misión es organizar y conducir la gestión pública regional, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo de la región.

Cabe destacar que la capital de la república no integra ninguna región. En la Provincia de Lima las competencias y funciones de la región han sido trasladadas a la Municipalidad de Lima Metropolitana.

Estructura

Los gobiernos regionales están constituidos por:

  • El Consejo Regional (órgano normativo y fiscalizador), está integrado por:
    • El Presidente Regional, desde 2015 se les nombra «gobernador»
    • El Vicepresidente Regional, «teniente gobernador» desde 2015
    • Los Consejeros Regionales de las provincias de cada región y cada departamento, con un mínimo de 7 y un máximo de 25. Son elegidos por voto directo por un periodo de 4 años.

El Consejo Regional cuenta con una Secretaría Regional que se encargará de ordenar su trabajo y hacer cumplir sus funciones. (Art. 18º)

La Gobernación Regional, órgano ejecutivo, está integrado por el Presidente Regional y las Gerencias Regionales, las mismas que son dirigidas y coordinadas por una Gerencia General (Arts. 11º y 12º).

El Gobernador Regional conjuntamente con el Vicepresidente es elegido por voto directo por un periodo de 4 años. El Presidente Regional desempeña su cargo de manera exclusiva, teniendo como única excepción la función docente (Art. 20º).

Se constituirán 5 Gerencias Regionales:

  1. Desarrollo económico,
  2. Desarrollo social,
  3. Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,
  4. Infraestructura.
  5. Recursos Naturales y gestión del medio ambiente. (Art. 29)

Competencias de los Gobiernos Regionales

  1. Planificar el desarrollo de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo.
  2. Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su región.
  3. Aprobar su organización interna y presupuesto de acuerdo a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto.
  4. Promover y ejecutar las inversiones públicas regionales en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos.
  5. Diseñar y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores económicos y de ciudades intermedias.
  6. Promover la formación de empresas y corporaciones regionales.
  7. Facilitar la apertura a los mercados internacionales para la agricultura, agroindustria, artesanía, actividad forestal y otros sectores productivos.
  8. Desarrollar circuitos turísticos.
  9. Concretar acuerdos con otras regiones fomentando el desarrollo económico, social y ambiental.
  10. Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, con excepción de los terrenos municipales.
  11. Organizar y aprobar los expedientes técnicos sobre acciones de demarcación territorial en su jurisdicción.
  12. Promover la modernización de la pequeña y mediana empresa regional.
  13. Dictar normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, proponiendo las iniciativas legislativas correspondientes.
  14. Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad.

Fiscalización del Gobierno Regional

Esta ley establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del gobierno regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Se indica también que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, así como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Se fija como misión de esos órganos de gobierno, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.

En la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se conceptúa el desarrollo regional como la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades.

La norma dispone que la gestión de los gobiernos regionales se debe regir por los siguientes 14 principios: Participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, concordancia de las políticas regionales, especialización de las funciones de gobierno, competitividad e integración. En la ley, además, se afirma que la gestión regional es parte de la gestión pública del Estado, e implica el redimensionamiento gradual del gobierno nacional, la transferencia continua de competencias y funciones a los gobiernos regionales y locales, fortaleciendo sus capacidades e incrementando sus recursos; el respeto en materia de sus competencias constitucionales y exclusivas, la coordinación y complementariedad respecto de las competencias compartidas; y la creciente integración espacial de ejes de desarrollo. Asimismo, se dispone que el cumplimiento de los principios rectores establecidos es materia de evaluación en el informe anual presentado por el presidente regional.

La gestión de gobierno regional se rige por el plan de desarrollo regional concertado de mediano y largo plazo, así como el plan anual y el presupuesto participativo regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales. Los gobiernos regionales promueven y apoyan las iniciativas de conectividad e intercambio de información y experiencias de gobierno valiosas para la gestión, entre los gobiernos regionales y entre estos y el gobierno nacional y los gobiernos locales, haciendo uso de las herramientas tecnológicas disponibles.

La administración regional se ejerce bajo un sistema gerencial y se sustenta en la planificación estratégica, organización, dirección, ejecución, evaluación y control, dentro del marco de las normas emitidas por los sistemas administrativos nacionales. La dirección del gobierno regional está a cargo de la presidencia regional y las funciones ejecutivas y administrativas corresponden al gerente general regional y los gerentes regionales. La supervisión de los actos de administración que ejecuten los gobiernos regionales se regula por las disposiciones legales del sistema correspondiente.

En la ley se desarrolla las competencias constitucionales, exclusivas y compartidas establecidas en la Constitución y la Ley de Bases de la Descentralización. Como parte de las competencias exclusivas de los gobiernos regionales, se incorpora un tema relevante que concierne a la plataforma para incentivar la inversión privada, pues se señala que compete a los gobiernos regionales promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos, con estrategias de sostenibilidad, competitividad; así como propiciar oportunidades de inversión privada, que permitan dinamizar mercados y rentabilizar actividades.

Se añade que como parte de la promoción privada en proyectos y servicios, los gobiernos regionales deben crear mecanismos para promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional. Para ello, en el marco de sus competencias, pueden otorgar concesiones y celebrar cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local y regional, se asegure una mayor eficiencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas. Para estas acciones, los gobiernos regionales están facultados para solicitar asesoría técnica y financiera especializada. Las concesiones u otra modalidad contractual, en concordancia con la Constitución, tendrá en cuenta que la regulación de los mercados de servicios públicos corresponde al gobierno nacional a través de los organismos reguladores.

Como parte de las funciones orientadas hacia el fortalecimiento de la gestión regional, la ley establece que los gobiernos regionales deben impulsar y articular la participación de las universidades, empresas e instituciones de la sociedad civil en la ejecución de los planes de desarrollo regional

Las numerosas funciones específicas (185) que la ley orgánica dispone ejerzan los gobiernos regionales, se deben desarrollar sobre la base de las políticas regionales, las cuales a su vez se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia. Las mencionadas funciones están agrupados en los siguientes bloques: en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación; de trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa; de salud; de población; agraria; pesquera; ambiental y de ordenamiento territorial; de industria; de comercio; de transportes; de telecomunicaciones; de vivienda y saneamiento; de energía, minas e hidrocarburos; de desarrollo social e igualdad de oportunidades; de defensa civil; de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado; de turismo; y, de artesanía.

La ley establece un régimen especial para la capital de la República. Las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual posee autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia regional y municipal. Toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que le resulte aplicable.

Entre las competencias y funciones regionales especiales del Concejo Metropolitano de Lima –al que corresponde las del Consejo Regional–, destacan: aprobar la ejecución de las inversiones públicas de ámbito regional metropolitano en proyectos de infraestructura, que lleve a cabo el gobierno nacional; aprobar la formación de sistemas integrales y de gestión común para la atención de los servicios públicos de carácter regional en áreas interregionales; y, aprobar programas regionales de promoción de formación de empresas, consorcios y unidades económicas metropolitanas, para impulsar, concertar y promocionar actividades productivas y de servicios.

En cuanto a las normas fiscales de la ley, destacan los siguientes aspectos:

  • a) Como parte de sus competencias exclusivas, los gobiernos regionales aprueban su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto. El presidente regional, dirige la ejecución de los planes y programas del gobierno regional y vela por su cumplimiento.
  • b) En el marco de sus atribuciones, el consejo regional aprueba el plan anual y el presupuesto regional participativo, sobre la base del plan de desarrollo regional concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, las leyes anuales de presupuesto y la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal.
El consejo regional también aprueba los estados financieros y presupuestarios.
  • c) En lo relativo a normas de austeridad, se dispone que la ejecución del presupuesto de los gobiernos regionales en materia de gastos corrientes, de contratación de personal y servicios no personales se hará respetando obligatoriamente y bajo responsabilidad de sus autoridades, las normas de austeridad establecidas en la normatividad de gestión presupuestaria.

En el tema del régimen económico y financiero regional, la ley establece que son recursos de los gobiernos regionales los señalados en la Ley de Bases de la Descentralización, las empresas del Estado de alcance regional de su circunscripción que transfiera el gobierno nacional; también los recursos financieros transferidos correspondientes a todos los proyectos de inversión de alcance regional a cargo del respectivo CTAR, los generados por los permisos, licencias, autorizaciones y concesiones que otorgue el gobierno regional; y todos los proyectos de inversión pública en ejecución de alcance regional transferidos por el gobierno nacional presentes en su circunscripción, de acuerdo con lo establecido en la propia ley orgánica.

Finalmente, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales también norma acerca de la gradualidad del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, así como de los recursos y presupuestos asignados al gobierno regional. Al respecto, señala que el proceso es gradual y se debe realizar por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización, la mencionada ley orgánica y las disposiciones que sobre el particular dicte el poder ejecutivo a través del CND.

Véase también

Enlaces externos

  •   Wikisource contiene una copia de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales del Perú.
  • «Ley Orgánica de Gobiernos Regionales». Congreso de la República. 
  •   Datos: Q5974255

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de Lima las competencias y funciones de la region han sido trasladadas a la Municipalidad de Lima Metropolitana Indice 1 Estructura 2 Competencias de los Gobiernos Regionales 3 Fiscalizacion del Gobierno Regional 4 Vease tambien 5 Enlaces externosEstructura EditarLos gobiernos regionales estan constituidos por El Consejo Regional organo normativo y fiscalizador esta integrado por El Presidente Regional desde 2015 se les nombra gobernador El Vicepresidente Regional teniente gobernador desde 2015 Los Consejeros Regionales de las provincias de cada region y cada departamento con un minimo de 7 y un maximo de 25 Son elegidos por voto directo por un periodo de 4 anos El Consejo Regional cuenta con una Secretaria Regional que se encargara de ordenar su trabajo y hacer cumplir sus funciones Art 18º La Gobernacion Regional organo ejecutivo esta integrado por el Presidente Regional y las Gerencias Regionales las mismas que son dirigidas y coordinadas por una Gerencia General Arts 11º y 12º El Gobernador Regional conjuntamente con el Vicepresidente es elegido por voto directo por un periodo de 4 anos El Presidente Regional desempena su cargo de manera exclusiva teniendo como unica excepcion la funcion docente Art 20º Se constituiran 5 Gerencias Regionales Desarrollo economico Desarrollo social Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Infraestructura Recursos Naturales y gestion del medio ambiente Art 29 Competencias de los Gobiernos Regionales EditarPlanificar el desarrollo de su region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su region Aprobar su organizacion interna y presupuesto de acuerdo a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto Promover y ejecutar las inversiones publicas regionales en proyectos de infraestructura vial energetica de comunicaciones y de servicios basicos Disenar y ejecutar programas regionales de cuencas corredores economicos y de ciudades intermedias Promover la formacion de empresas y corporaciones regionales Facilitar la apertura a los mercados internacionales para la agricultura agroindustria artesania actividad forestal y otros sectores productivos Desarrollar circuitos turisticos Concretar acuerdos con otras regiones fomentando el desarrollo economico social y ambiental Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado con excepcion de los terrenos municipales Organizar y aprobar los expedientes tecnicos sobre acciones de demarcacion territorial en su jurisdiccion Promover la modernizacion de la pequena y mediana empresa regional Dictar normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad proponiendo las iniciativas legislativas correspondientes Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad Fiscalizacion del Gobierno Regional EditarEsta ley establece y norma la estructura organizacion competencias y funciones de los gobiernos regionales Define la organizacion democratica descentralizada y desconcentrada del gobierno regional conforme a la Constitucion y a la Ley de Bases de la Descentralizacion Se indica tambien que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible promoviendo la inversion publica y privada y el empleo asi como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas nacionales regionales y locales de desarrollo Se fija como mision de esos organos de gobierno organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo con sus competencias exclusivas compartidas y delegadas en el marco de las politicas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region En la Ley Organica de Gobiernos Regionales se conceptua el desarrollo regional como la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social poblacional cultural y ambiental a traves de planes programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades La norma dispone que la gestion de los gobiernos regionales se debe regir por los siguientes 14 principios Participacion transparencia gestion moderna y rendicion de cuentas inclusion eficacia eficiencia equidad sostenibilidad imparcialidad y neutralidad subsidiariedad concordancia de las politicas regionales especializacion de las funciones de gobierno competitividad e integracion En la ley ademas se afirma que la gestion regional es parte de la gestion publica del Estado e implica el redimensionamiento gradual del gobierno nacional la transferencia continua de competencias y funciones a los gobiernos regionales y locales fortaleciendo sus capacidades e incrementando sus recursos el respeto en materia de sus competencias constitucionales y exclusivas la coordinacion y complementariedad respecto de las competencias compartidas y la creciente integracion espacial de ejes de desarrollo Asimismo se dispone que el cumplimiento de los principios rectores establecidos es materia de evaluacion en el informe anual presentado por el presidente regional La gestion de gobierno regional se rige por el plan de desarrollo regional concertado de mediano y largo plazo asi como el plan anual y el presupuesto participativo regional aprobados de conformidad con politicas nacionales Los gobiernos regionales promueven y apoyan las iniciativas de conectividad e intercambio de informacion y experiencias de gobierno valiosas para la gestion entre los gobiernos regionales y entre estos y el gobierno nacional y los gobiernos locales haciendo uso de las herramientas tecnologicas disponibles La administracion regional se ejerce bajo un sistema gerencial y se sustenta en la planificacion estrategica organizacion direccion ejecucion evaluacion y control dentro del marco de las normas emitidas por los sistemas administrativos nacionales La direccion del gobierno regional esta a cargo de la presidencia regional y las funciones ejecutivas y administrativas corresponden al gerente general regional y los gerentes regionales La supervision de los actos de administracion que ejecuten los gobiernos regionales se regula por las disposiciones legales del sistema correspondiente En la ley se desarrolla las competencias constitucionales exclusivas y compartidas establecidas en la Constitucion y la Ley de Bases de la Descentralizacion Como parte de las competencias exclusivas de los gobiernos regionales se incorpora un tema relevante que concierne a la plataforma para incentivar la inversion privada pues se senala que compete a los gobiernos regionales promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de infraestructura vial energetica de comunicaciones y de servicios basicos con estrategias de sostenibilidad competitividad asi como propiciar oportunidades de inversion privada que permitan dinamizar mercados y rentabilizar actividades Se anade que como parte de la promocion privada en proyectos y servicios los gobiernos regionales deben crear mecanismos para promover la inversion privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento economico regional Para ello en el marco de sus competencias pueden otorgar concesiones y celebrar cualquier otra modalidad contractual siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local y regional se asegure una mayor eficiencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas Para estas acciones los gobiernos regionales estan facultados para solicitar asesoria tecnica y financiera especializada Las concesiones u otra modalidad contractual en concordancia con la Constitucion tendra en cuenta que la regulacion de los mercados de servicios publicos corresponde al gobierno nacional a traves de los organismos reguladores Como parte de las funciones orientadas hacia el fortalecimiento de la gestion regional la ley establece que los gobiernos regionales deben impulsar y articular la participacion de las universidades empresas e instituciones de la sociedad civil en la ejecucion de los planes de desarrollo regionalLas numerosas funciones especificas 185 que la ley organica dispone ejerzan los gobiernos regionales se deben desarrollar sobre la base de las politicas regionales las cuales a su vez se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia Las mencionadas funciones estan agrupados en los siguientes bloques en materia de educacion cultura ciencia tecnologia deporte y recreacion de trabajo promocion del empleo y la pequena y microempresa de salud de poblacion agraria pesquera ambiental y de ordenamiento territorial de industria de comercio de transportes de telecomunicaciones de vivienda y saneamiento de energia minas e hidrocarburos de desarrollo social e igualdad de oportunidades de defensa civil de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado de turismo y de artesania La ley establece un regimen especial para la capital de la Republica Las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima la cual posee autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia regional y municipal Toda mencion contenida en la legislacion nacional que haga referencia a los gobiernos regionales se entiende tambien hecha a la Municipalidad Metropolitana de Lima en lo que le resulte aplicable Entre las competencias y funciones regionales especiales del Concejo Metropolitano de Lima al que corresponde las del Consejo Regional destacan aprobar la ejecucion de las inversiones publicas de ambito regional metropolitano en proyectos de infraestructura que lleve a cabo el gobierno nacional aprobar la formacion de sistemas integrales y de gestion comun para la atencion de los servicios publicos de caracter regional en areas interregionales y aprobar programas regionales de promocion de formacion de empresas consorcios y unidades economicas metropolitanas para impulsar concertar y promocionar actividades productivas y de servicios En cuanto a las normas fiscales de la ley destacan los siguientes aspectos a Como parte de sus competencias exclusivas los gobiernos regionales aprueban su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto El presidente regional dirige la ejecucion de los planes y programas del gobierno regional y vela por su cumplimiento b En el marco de sus atribuciones el consejo regional aprueba el plan anual y el presupuesto regional participativo sobre la base del plan de desarrollo regional concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado las leyes anuales de presupuesto y la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal El consejo regional tambien aprueba los estados financieros y presupuestarios c En lo relativo a normas de austeridad se dispone que la ejecucion del presupuesto de los gobiernos regionales en materia de gastos corrientes de contratacion de personal y servicios no personales se hara respetando obligatoriamente y bajo responsabilidad de sus autoridades las normas de austeridad establecidas en la normatividad de gestion presupuestaria En el tema del regimen economico y financiero regional la ley establece que son recursos de los gobiernos regionales los senalados en la Ley de Bases de la Descentralizacion las empresas del Estado de alcance regional de su circunscripcion que transfiera el gobierno nacional tambien los recursos financieros transferidos correspondientes a todos los proyectos de inversion de alcance regional a cargo del respectivo CTAR los generados por los permisos licencias autorizaciones y concesiones que otorgue el gobierno regional y todos los proyectos de inversion publica en ejecucion de alcance regional transferidos por el gobierno nacional presentes en su circunscripcion de acuerdo con lo establecido en la propia ley organica Finalmente la Ley Organica de Gobiernos Regionales tambien norma acerca de la gradualidad del proceso de transferencia de competencias funciones atribuciones asi como de los recursos y presupuestos asignados al gobierno regional Al respecto senala que el proceso es gradual y se debe realizar por etapas conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralizacion la mencionada ley organica y las disposiciones que sobre el particular dicte el poder ejecutivo a traves del CND Vease tambien EditarRegiones del Peru PeruEnlaces externos Editar Wikisource contiene una copia de la Ley 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