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Laudo Arbitral de París

El Laudo Arbitral de París del 3 de octubre de 1899 fue la sentencia emitida por un tribunal arbitral reunido en París, creado dos años antes según lo establecido en el Tratado Arbitral de Washington D.C. del 2 de febrero de 1897, en el cual Estados Unidos (en representación de Venezuela) por una parte y el Reino Unido (como propietario de la colonia de Guayana Británica, actual República Cooperativa de Guyana) por la otra, habían convenido someter a arbitraje internacional la disputa sobre la frontera al oeste de la colonia británica y el este de la independiente Venezuela, como mecanismo de solución amistosa al diferendo territorial.

Mapa de 1896 de la Antigua Guayana Británica y las diversas líneas de límites trazadas que se discutieron en el Laudo Arbitral de París. Se muestran las máximas aspiraciones británicas y el río Esequibo que Venezuela considera como su frontera, la zona grisácea es el único territorio no reivindicado por Venezuela, mientras que una parte del sector oriental (Pirara) le fue despojado al Brasil de forma Ultra petita en el Laudo de París aunque le fue readjudicado una parte en otro Laudo Arbitral Inglaterra-Portugal en 1904.

La posición venezolana partía de que la frontera debía ser línea media del río Esequibo en virtud del principio Uti possidetis iure (como poseías, seguirás poseyendo) por el cual le correspondía los territorios de la ex Capitanía General de Venezuela al momento de su independencia en 1810, la cual, se alega, tenía como frontera este el río Esequibo. Sin embargo, la Real Cédula de 1777 no específica hasta dónde llega el territorio de la Capitanía General de Venezuela, ni tampoco las Capitulaciones de las Provincias. En contraste, la posición de Reino Unido se basaba en un mapa de 1840 (aunque con algunas modificaciones posteriores) del naturalista prusiano Robert Schomburgk cuya línea fronteriza llegaba hasta Punta Barima en las bocas del río Orinoco (en el actual estado Delta Amacuro) y los montes de Upata (en el actual estado Bolívar) abarcando un área aproximada de 203.310 km² al oeste de río Esequibo.

El dictamen fue favorable a Reino Unido al adjudicarle el territorio denominado por Venezuela como Guayana Esequiba de 159.500 km², al oeste del río Esequibo, aunque no en su máxima aspiración de abarcar hasta las bocas del río Orinoco y controlar su navegación. Venezuela inmediatamente protestó el laudo resuelto por el tribunal arbitral por considerar que habían existido vicios de nulidad en la decisión; sin embargo, no fue sino hasta 1962 cuando logró un avance tangible al denunciarlo ante la ONU, después del hallazgo de documentos que comprometieron la legalidad del mismo.[cita requerida]

La demanda venezolana fue admitida en el marco de la ONU, poniendo así en tela de juicio la validez del laudo.[cita requerida] Este evento conllevó a la firma del denominado Acuerdo de Ginebra, el 17 de febrero de 1966, entre ambas partes más la presencia del gobierno local de Guayana Británica, próxima a recibir la independencia, momento en el cual sustituiría a Reino Unido en la cuestión del diferendo territorial con Venezuela.

El aún vigente Acuerdo de Ginebra es en sí un procedimiento o acuerdo transitorio para llegar a un acuerdo final, por lo tanto, hasta no llegar a un arreglo práctico para una solución satisfactoria definitiva, como lo establece su texto, se mantiene el statu quo plasmado en el Laudo Arbitral de París en 1899, donde la autoridad de administración y ocupación permanece ligada al Reino Unido (poco después sucedido por la independiente Guyana) sobre toda el área que le adjudicó el dictamen de París y que desde entonces es reclamada por Venezuela. No obstante, se reconoce la salvaguarda de los derechos de soberanía venezolanos sobre dicha zona, por lo que ambos países se obligan a encontrar una solución concluyente, pacífica y honorable para las partes.

El diferendo territorial estuvo en manos del Secretario General de las Naciones Unidas en el marco del Acuerdo de Ginebra. Guyana sustituye a Reino Unido en la controversia con Venezuela el 26 de mayo de 1966, fecha en la que recibe la independencia de su antigua metrópoli, pocos meses después de la firma del mencionado acuerdo. Los gobiernos de Guyana y Venezuela dispusieron utilizar los buenos oficios en la figura del Buen Oficiante cuya labor consistió en aproximar a ambos gobiernos para que éstos den con una solución satisfactoria para las partes. El último Buen Oficiante fue el jamaicano Norman Girvan, propuesto por ambos gobiernos y aceptado por el Secretario General de la ONU,[1]​ quien falleció en abril de 2014. Se esperó que ambos gobiernos decidieran, junto al Secretario General de las Naciones Unidas, nombrarán un nuevo buen oficiante como ha sido tradicional desde 1982 o si, por el contrario, tomarían algún mecanismo alternativo del artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas sobre la solución pacífica de controversias, contemplado en el Acuerdo de Ginebra en su artículo IV, numeral 1.

El 31 de enero de 2018 el Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, anunció que trasladaría el diferendo territorial entre ambos estados a la CIJ (Corte Internacional de Justicia).

Antecedentes

 
Naturalista prusiano Schomburgk
 
Primer Ministro británico Salisbury se oponía al Arbitraje en todas sus formas
 
El presidente de Venezuela Guzmán Blanco rompió relaciones con Reino Unido en 1887
 
El presidente de EE.UU. Cleveland invocó la Doctrina Monroe

Las líneas de los mapas de Robert Schomburgk

Líneas de frontera entre Venezuela y Guayana Británica (Mapa)

A partir de 1834, la frontera oriental venezolana empezó a sufrir modificaciones cuando el naturalista prusiano Robert Hermann Schomburgk realizó una arbitraria demarcación, llamada línea Schomburgk, que iba desde el río Moruca hasta el río Esequibo, esto es, 4.290 km². En 1839 el mismo Schomburgk trazó una segunda línea llamada Norte-Sur, avanzando 141.930 km² hacia territorio venezolano, al fijar un nuevo límite desde la desembocadura del río Amacuro hasta el monte Roraima y desde aquí hasta el nacimiento del río Esequibo. El propio naturalista atribuyó a las bocas del Orinoco una enorme "importancia política", la geopolítica de nuestros días, instando al gobierno británico a no abandonar Punta Barima, "que indudablemente es la llave de Colombia". Lo que hoy equivaldría a decir la "puerta de América del Sur".[2]

Acuerdo de 1850 entre Reino Unido y Venezuela

Venezuela inició en 1841 sus gestiones diplomáticas ante Gran Bretaña a través de su ministro en Londres, Alejo Fortique. Al siguiente año, este logró que se eliminaran los postes colocados por Schomburgk, y posteriormente se llegó al Acuerdo de 1850, mediante el cual ambos gobiernos se comprometieron a no ocupar el territorio en disputa que comprendía desde la línea trazada por Schomburgk hasta el río Esequibo.[3]​ Este acuerdo se mantuvo vigente, a pesar de todas las circunstancias que se produjeron durante este período hasta que se firmó en 1897 el Tratado Arbitral.[2]

Durante el gobierno del general Antonio Guzmán Blanco, el 13 de febrero de 1877, el doctor José María Rojas, Ministro residente de Venezuela ante el gobierno de Gran Bretaña, escribe una nota al Conde de Derby, planteándole la conveniencia de concertar un tratado de límites en base al río Esequibo. Sugiere la idea de fijar una línea convencional, «para prevenir serias dificultades en el futuro, especialmente porque la Guayana está atrayendo la atención general del mundo, a causa de las inmensas riquezas que se descubren allí diariamente». El Ministro de Relaciones Exteriores, Raimundo Andueza Palacio, desaprueba una frase de dicha nota, en la que Rojas dice: «el Gobierno (de Venezuela) no intenta mantener la pretensión de llegar hasta el Esequibo».

Ruptura de relaciones diplomáticas en 1887

 
Caricatura de 1887. Avance británico por los ríos Barima, Amacuro, Yuruán y Cuyuni luego de la ruptura de relaciones diplomáticas.

El presidente Guzmán Blanco, ampliamente informado por su comisionado Jesús Muñoz Tébar sobre la invasión a territorio venezolano por parte de los ingleses, exigió el 26 de enero de 1887 al gobierno británico el inmediato retiro de su gente desde las bocas del Orinoco hasta el río Pomerún, manteniendo así el statu quo de 1850.

Gran Bretaña no aceptó esta intimación, en consecuencia el presidente venezolano rompió relaciones diplomáticas el 21 de febrero de 1887. Paralelamente a esta acción diplomática, Venezuela hizo un gran esfuerzo desde el punto de vista militar, por un lado para frenar el avance de Gran Bretaña, y por otro, para evitar una posible invasión del territorio, como se vislumbraba. [4]

Intervención del Gobierno estadounidense (Doctrina Monroe)

En 1895, Richard Olney, secretario de Estado del presidente de Estados Unidos para la época Grover Cleveland, considerando los "avances" británicos en tierra venezolana como verdaderas usurpaciones, justificaba la aplicación de la Doctrina Monroe, por tratarse de la agresión de una potencia europea contra un país americano. La nota de Olney se conoce con el nombre de Cañón de 20 pulgadas.

El propio Cleveland, en sesión extraordinaria del Congreso estadounidense, declaró el 17 de diciembre de 1895 que, al no aceptar el gobierno británico el arbitramento solicitado por Venezuela, los Estados Unidos investigarían exhaustivamente sobre los límites de los países en disputa y luego se opondrían "por todos los medios a su alcance, como a un ataque directo a sus derechos e intereses, a la apropiación por la Gran Bretaña de cualesquiera tierras, o al ejercicio de su autoridad en cualquier territorio que de la investigación resulte pertenecer por derecho a Venezuela"[5]

Tratado de Arbitraje de 1897

 
Caricatura de 1896 del convenio de EE. UU. y R.U. de ir al Arbitraje

La ruptura de relaciones entre Reino Unido y Venezuela no pasó de una mera acción diplomática sin otras consecuencias, pero la intervención de Estados Unidos en virtud de la Doctrina Monroe, "América para los americanos", la cual rechazaba cualquier intervención colonialista europea en el continente americano, obligaría a Gran Bretaña a reeveluar su renuencia a asistir a un Arbitraje internacional, el Primer Ministro británico Robert Salisbury era público oponente a este tipo de instrumentos.

Después del discurso del presidente Cleveland ante el Congreso de Estados Unidos el 17 de diciembre de 1895, —el cual fue catalogado por la prensa de la época como un cañón de 20 pulgadas, el de mayor calibre y alcance del momento y el de mayor poder destructivo—, surtió el efecto deseado de persuadir a Inglaterra a aceptar a ir a al Arbitraje y tomar en cuenta el reclamo de Venezuela, en caso contrario, tendrían que vérselas no con Venezuela sino directamente con los Estados Unidos.

Finalmente, en noviembre de 1896, Estados Unidos y Gran Bretaña llegarían a un acuerdo para hacer firmar a Venezuela, sin más alternativa, el Tratado de Arbitraje del 2 de febrero de 1897 en la ciudad de Washington D. C., capital de Estados Unidos.[5]

Mecanismo del arbitraje

 
Representantes del Tribunal Arbitral de París de 1899 en el Boulevard Saint-Germain. (Izq. a Der.: Juez Brewer, Juez Lord Russell, Juez Prof. Martens (Presidente del Tribunal), Juez Fuller y Juez Lord Collins)
 
Comisión de fronteras creada por EE. UU. para el Tribunal Arbitral de París de 1899

Los acontecimientos previos conllevaron a la firma del Tratado de Arbitraje del 2 de febrero de 1897 en la ciudad de Washington D. C., entre Reino Unido y Venezuela. Sin embargo, el tratado careció de igualdad y justicia. Reino Unido fue renuente a negociar directamente con Venezuela, y en el Tratado logró que la representación de Venezuela en el Tribunal Arbitral que se constituiría quedara en manos de Estados Unidos. En consecuencia, el Tribunal estaría compuesto por ingleses, estadounidenses y una tercera parte imparcial, que sería un árbitro o juez elegido entre los anglosajones de Europa y América, lo cual en efecto dejaba a un lado a Venezuela en la participación.

Integrantes del Tribunal Arbitral y abogados de las partes

El Tribunal del Arbitraje estuvo compuesto por cinco miembros, dos estadounidenses en representación de Venezuela, dos ingleses en representación de Reino Unido y el quinto miembro como parte imparcial la loca

Miembros del Tribunal Arbitral

Representantes de Venezuela (designados por la Corte Suprema de los EE.UU. de América)
  1. Melville Weston Fuller (miembro de la Corte Suprema de EE.UU. de América)
  2. David Josiah Brewer (miembro de la Corte Suprema de EE.UU. de América)
Representantes de Reino Unido (designados por Reino Unido)
  1. Sir Richard Henn Collins (inglés)
  2. Barón Herschell (fallecido) (inglés), sustituido por Charles Barón Russel of Killowen (miembro del Consejo Privado de la Reina) (inglés)
Presidente del Tribunal (designado por los cuatro miembros anteriores)
  1. Federik de Martens (ruso) (catedrático de las universidades británicas de Cambridge y Edimburgo y miembro permanente del Consejo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Rusia, entonces Imperio ruso)

Abogados de la defensa de las partes

Por Venezuela
  1. Severo Mallet Prevost (estadounidense), Abogado
  2. Benjamín Harrison (estadounidense), Expresidente de EE.UU.
  3. James Russell Soley (estadounidense)
  4. Benjamín F. Tracy (estadounidense), Exsecretario de Guerra de EE.UU.
  5. José María Rojas (venezolano)
Por Reino Unido
  1. Sir Richard E. Webster (inglés), Procurador General
  2. Sir Robert Reid (inglés), Exprocurador General
  3. G. R. Askwith (inglés)
  4. S. A. Rowlatt (inglés)

Sentencia unánime del Tribunal Arbitral

El 3 de octubre de 1899 el tribunal, por decisión unánime, falló a favor del Reino Unido luego de sesionar durante escasos seis días continuos de los tres meses que disponían según lo contemplaba el Tratado de Washington D.C. El fallo solo favoreció a Venezuela en conservar las bocas del río Orinoco y una porción de territorio adyacente a este, mientras que Reino Unido se le adjudicaría una gran porción al oeste de los mil kilómetros del río Esequibo, el cual posteriormente sería delimitado por una comisión mixta venezolano-británica.

Después del arbitraje

Sorpresa y protesta por el dictamen del Laudo[6]

 
El presidente venezolano Ignacio Andrade, a pesar de la crisis por la que atravesaba su país, protestó cuatro días después de la decisión del tribunal

La sentencia fue considerada injusta para Venezuela por venezolanos, brasileños, franceses e incluso por propios ingleses.

En Venezuela

En nota dirigida a su gobierno el 4 de octubre de 1899 por el Dr. José María Rojas, Agente del Gobierno de Venezuela ante el Tribunal de Arbitraje, manifestaba su

“sorpresa inexplicable” por “el proceder del Presidente del Tribunal, señor De Martens”, y añadía: “lo que no podremos saber jamás es el motivo que haya tenido el Sr. De Martens para proceder así”.

El día 7 del mismo mes el presidente venezolano, Ignacio Andrade, hace pública protesta por la decisión del Tribunal Arbitral.

La prensa venezolana de la época protestó vigorosamente contra la percepción de la injusticia del Laudo. Sin embargo, la situación de inestabilidad y crisis social, política, económica y militar por la que atravesaba este país en ese momento no permitió rebatir eficientemente lo que consideraba una injusticia en contra de Reino Unido que representaba la principal potencia colonialista e imperial de la época.

El periódico “The Times”, de Londres, publicaba una declaración formulada a la Agencia Reuter por los señores Mallet-Prevost y el expresidente Harrison, en la cual manifestaban los criterios no técnicos con los que se dirimió el Laudo.

"nada había en la historia de la controversia que explicase adecuadamente la línea fronteriza establecida en el Laudo."

En Gran Bretaña

 
Lord Salisbury (riendo entre dientes) "Me gusta el arbitraje - ¡en el Lugar Apropiado!". Caricatura de la expresión de la sátira de los propios ingleses que muestran al Primer Ministro británico, Lord Salisbury (quien se oponía rotundamente a los laudos arbitrales), saliendo de la sala de sesiones con todo: la línea de Schomburgk, 60.000 millas cuadradas y las minas y bosques

Por su parte, la conocida revista humorística PUNCH, publicaba, a pocos días del Laudo de París, en la portada, una caricatura en la que aparecía Lord Salisbury, Primer Ministro del Reino Unido de reconocida aversión por los Arbitrajes como mecanismo de solución de controversias que involucraran a Gran Bretaña, saliendo precipitadamente de la sala de sesiones, llevándose consigo los documentos del litigio, la línea Schomburgk y las minas y los bosques de las 60.000 millas cuadradas como si hubiesen sido arrebatadas a Venezuela, mientras en tono burlón exclamaba:

Lord Salisbury (chuckling) “I like arbitration – in the Proper Place!” - Lord Salisbury (riendo entre dientes) "Me gusta el arbitraje - ¡en el Lugar Apropiado!"

La revista inglesa Review of Reviews, añadía

“El territorio que el Laudo concedió a Venezuela no vale ni un billete de cinco libras”.

En el resto del mundo

Un escritor francés, considerando falta de motivación en la sentencia que dictó el tribunal arbitral dirigido por De Martens expresó:

"Si el arbitraje es en principio un llamado a la razón contra la fuerza, ¿puede la razón prescindir de las razones? (...) No se debe confundir el concepto de Tribunal Arbitral por el de Tribunal Arbitrario."

En 1907 Brasil, a través de su embajador ante la II Conferencia de Paz de la Haya, expresó al respecto que se había cometido una injusticia contra Venezuela, que también perjudicaba la territorialidad de Brasil. Así mismo, incluso antes del dictamen del Tribunal Arbitral, ya se había pronunciado ante el Gobierno de Reino Unido expresando que consideraba justa la reclamación venezolana, considerando que el mapa de Schomburgk era una simple carta cartográfica en su contenido y que perjudicaba tanto a Brasil como a Venezuela.

Resultados derivados del Laudo

 
Guayana Esequiba, territorio adjudicado a Guayana Británica
 
A pesar de la gran pérdida territorial, Venezuela conservó las bocas de río Orinoco
 
Fiódor Martens, Juez del Laudo logró un dictamen unánime
 
Brasil fue afectado en su territorio por el Arbitraje de 1899, lo que conllevó otro arbitraje en 1904

Situación británica

El resultado del arbitraje fue sorpresivo para Reino Unido, a pesar de no haberlo sido en su máxima aspiración. Logró el dominio de un territorio dos veces más grande del comprado a Países Bajos en 1814, de 20.000 millas cuadradas, con el cual se crea la Guayana Británica, al oeste del río Esequibo, teniendo desde entonces un territorio de 60.000 millas cuadradas rico en recursos míneros, hídricos y forestales.

Situación venezolana

Para Venezuela significó su renuncia a lo que su gobierno definía como derechos venezolanos y los consideró lleno de vicios de nulidad, sin embargo, se destaca que conservó su dominio visible sobre el Delta del Orinoco y una porción de territorio comprendida entre Upata y el río Caroní con el río Venamo y el cerro Roraima.

EE.UU. sustituye a Reino Unido en la supremacía en América a partir de 1897

La intervención de Estados Unidos en la disputa sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica, logró en primer término que Inglaterra aceptase ir a un arbitraje, al cual en principio se oponía categóricamente, y en segundo término a transigir sobre su pretensión extrema del control del delta del río Orinoco. A partir de este momento se considera que el "león británico" cede al "águila yanqui" el primer puesto en América (específicamente el norte de Suramérica y el área caribeña) con el que Estados Unidos comienza a erigirse como nueva potencia.[7]

Fiodor Martens, el primer juez en lograr un dictamen por unanimidad en un Tribunal Arbitral

El juez y presidente del Tribunal Arbitral de París, Fiodor Martens, fue un respetado jurista de origen y cultura rusa —nacido en el actual territorio de Estonia pero que para entonces era parte del Imperio ruso— cuyo prestigio se acrecentó a partir del dictamen del Tribunal Arbitral de París, conocido como Laudo Arbitral de París. Sin embargo, en su rol como juez y presidente en el tribunal arbitral quedó en entredicho dado su inverosímil papel como parte imparcial.

Martens estaba notablemente vinculado con Gran Bretaña: fue profesor en dos universidades británicas y amigo personal de la reina de Inglaterra, percibía a Rusia e Inglaterra como potencias con una supuesta misión “civilizadora”, en su obra "Rusia e Inglaterra en Asia Central" (1878) afirmó que "Gran Bretaña y Rusia están destinados por la Providencia a ser las protectoras de los países bárbaros". Venezuela era considerada, al menos por los ingleses, como un país semi-bárbaro, una de las razones por las que en el Tratado Arbitral de Washington prefirieron negociar directamente con representantes anglosajones originarios de Estados Unidos y no con venezolanos a quienes consideraban indios bananeros con olor a trópico y hombres de color semibárbaros con quienes no podían discutir el tema en la misma mesa.

Además de que su rol de parte imparcial quedaba en entredicho por su notoria vinculación previa con Inglaterra y su simpatía a las formas imperialistas y colonialistas británicas y rusas, durante los escasos días que se reunió el Tribunal Arbitral, le era cuestionado el haber aceptado ser el Juez-presidente de un tribunal donde una de las partes (Venezuela) no tenía representación directa y que ésta había recaído en tercer país (Estados Unidos) cuya vinculación y consonancia con su contraparte (Inglaterra) eran evidentes. Asimismo, hizo caso omiso a que la inclusión de Estados Unidos en el conflicto territorial apuntó en todo momento en salvaguardar los intereses propios de Estados Unidos en detrimento de los de su representada, Venezuela.

Todo pareció indicar que el jurista ruso se manejó de esta forma turbia porque perseguía, por sobre los principios del derecho, una decisión unánime en el Laudo la cual sería la primera en la historia y le redundaría en un mayor prestigio profesional y personal en la sociedad; en efecto, el Laudo Arbitral del París fue el primero en la historia resuelto por unanimidad. Casi medio siglo después se dio a conocer un documento que finalmente probaría el irregular proceder del jurista ruso durante las reuniones oficiales y extraoficiales del tribunal arbitral que derivó en un laudo amañado e improcedente con los principios del derecho internacional y de lo estipulado en el Tratado Arbitral de Washington de 1897 que reglamentaba el mecanismo del arbitraje.

Aspiraciones territoriales de Brasil

El 5 de mayo de 1859 Venezuela y Brasil celebraron un tratado para delimitar sus fronteras. Se convino que la cuenca hidrográfica del río Orinoco y del río Esequibo le serían reconocidas a Venezuela mientras que la cuenca hidrográfica del río Amazonas le sería reconocida a Brasil.

Art. 2º... 3º ...todas las aguas que corren al río Blanco queden perteneciendo al Brasil, y las que van al Orinoco a Venezuela, (...) y las que corren al Esequibo, Cuyuní y Caroní a Venezuela...

El Laudo de 1899 adjudicó a Guayana Británica los ríos Cotinga y Tacutú (afluentes del río Blanco —"Rio Branco" en portugués— y este afluente del río Amazonas) y su cuenca hidrográfica al Este, lo que afectó directamente el territorio brasileño.

...y del monte Roraima a la fuente del Cotinga, y continuará por el medio de la corriente de este río hasta su unión con el Takutu, y seguirá el medio de la corriente del Takutu basta su fuente, y de este punto...

Pocos años después, en 1904, Reino Unido y Brasil resolverían en un arbitraje neutral la frontera entre Brasil y Guayana Británica sometiéndose a la decisión del rey de Italia. La frontera dejó de estar definida por el río Cotinga y pasó a ser desde entonces el río Ireng (más al Este) hasta su unión con el Tacutú. Brasil perdió parte de su territorio aunque conservó una porción aspirada por los ingleses.

Publicación del documento que comprometería la validez del Laudo

Después de la muerte de Severo Mallet Prevost —uno de los abogados estadounidenses que integró la defensa de Venezuela en el laudo—, su representante legal Otto Schöenrich hace público en 1949, por expresa disposición de Prevost, un documento escrito por el propio Mallet Prevost en el año 1944, en el cual considera que el Laudo Arbitral fue una componenda política, obra de la presión frente a la justicia, un compromiso de trastienda por el cual "tres jueces que tenían la mayoría dispusieron del territorio de Venezuela, porque los dos jueces británicos no estaban actuando como jueces, sino que lo hacían como hombres del gobierno, como abogados".

En el documento quedaría confirmado que Fiódor Martens deliberadamente no actuó como Juez imparcial, no se guió por los principios apegados al derecho ni de análisis técnico de las evidencias e incluso, según revela el documento, persuadió a una de las partes para que aceptasen una propuesta de solución de la controversia que él mismo había elaborado, alejada de las mismas normas contenidas en el Tratado Arbitral de 1897 y de los principios que rigen el derecho.

Este hallazgo dejaría al descubierto una componenda que se produjo con respecto a la decisión del Tribunal Arbitral de París. El documento serviría a Venezuela como uno de varios elementos para realizar una denuncia formal del Laudo ante el mundo en 1962.

Memorándum de Severo Mallet-Prevost

 
Severo Mallet-Prevost, abogado estadounidense de la defensa venezolana, escribió en 1944 un memorándum donde revelaba que el Laudo Arbitral de París fue una componenda política y dio a conocer algunos acontecimientos determinantes que hasta entonces eran ignorados.

El documento revelaría lo siguiente:

“…Antes de ir a París, el juez Brewer [abogado norteamericano por Venezuela] y yo nos detuvimos en Londres, y estando allí el señor Henry White, Encargado de Negocios de los Estados Unidos, nos ofreció una pequeña comida a la cual fue invitado el Lord Justicia Mayor Russell [abogado británico]. ... en el curso de la conversación me aventuré a expresar que las decisiones de arbitrajes internacionales debían fundarse exclusivamente en consideraciones legales. Lord Russell respondió inmediatamente: "Estoy enteramente en desacuerdo con usted. Estimo que los arbitrajes internacionales deberían ser conducidos por vías más amplias y tomar en consideración cuestiones de política internacional". Desde aquel momento comprendí que no podíamos contar con Lord Russell para decidir la cuestión fronteriza sobre la base de estricto derecho.

Cuando nos reunimos en París... conocí a Lord Collins [abogado británico]. ... apareció claramente que Lord Collins estaba sinceramente interesado en darse cuenta completa de todos los hechos del caso y en determinar la Ley a éstos aplicable. ... toda su actitud y las numerosas preguntas que formuló eran críticas de las pretensiones británicas y daban la impresión de que se iba inclinando hacia el lado de Venezuela.

Después... los dos árbitros británicos regresaron a Inglaterra y llevaron consigo al señor Martens [abogado ruso, juez en el arbitraje]. Cuando reasumimos nuestros puestos... el cambio en Lord Collins era visible. ... Nos pareció (quiero decir, a la defensa de Venezuela) como si hubiera ocurrido algo en Londres para producir tal cambio.

... una tarde recibí un mensaje del Magistrado Brewer en el cual me decía que él y el Magistrado Fuller [abogado norteamericano por Venezuela] deseaban hablar conmigo. ... ... el Juez Brewer se levantó y me dijo muy excitado: "Mallet-Prevost, es inútil continuar por más tiempo esta farsa pretendiendo que nosotros somos jueces y usted abogado. El Magistrado Fuller y yo hemos decidido revelarle confidencialmente lo que acaba de pasar. Martens ha venido a vernos y nos informa que Russell y Collins están dispuestos a decidir en favor de la línea Schomburgk que, partiendo desde punta Barima en la costa, daría a Gran Bretaña el control de la boca principal del Orinoco; y si nosotros insistimos en comenzar la línea partiendo de la costa en el río Moroco, él se pondrá del lado de los británicos y aprobará la línea Schomburgk como la verdadera frontera". "Sin embargo -añadió- él, Martens, estaba ansioso de lograr una sentencia unánime, y si aceptáramos la línea que él propone, él obtendría la aquiescencia de Lord Russell y Lord Collins...". Lo que Martens proponía era que la línea... comenzara a cierta distancia al sudeste de punta Barima, de modo de dar a Venezuela el dominio de la boca del Orinoco...

Esto es lo que Martens ha propuesto. (...)Lo que tenemos que decidir es si aceptamos la proposición de Martens o suscribimos una opinión disidente. (...)Por lo que acababa de expresar el Magistrado Brewer y por el cambio que todos habíamos observado en Lord Collins, me convencí... que durante la visita de Martens a Inglaterra había tenido lugar un arreglo entre Rusia y Gran Bretaña... y que se había hecho presión, de un modo u otro, sobre Collins, a fin de que siguiera aquel camino. (...)Cuando revelé al general Harrison [consejero norteamericano] lo que acababa de pasar..., calificó la conducta de Gran Bretaña y Rusia en términos que es para mí inútil repetir. Su primera reacción fue la de pedir a Fuller y a Brewer que presentaran una opinión disidente, pero cuando se calmó y estudió el asunto desde un punto de vista práctico, me dijo: "... si algún día se supiera que estuvo en nuestras manos conservar la desembocadura del Orinoco para Venezuela y que no lo hicimos, nunca se nos perdonaría. Lo que Martens propone es inicuo, pero no veo cómo Fuller y Brewer puedan hacer otra cosa que aceptar".

Estuve de acuerdo con el general Harrison y así lo hice saber a los magistrados... La decisión del tribunal fue, en consecuencia, unánime; pero, si bien es cierto que dio a Venezuela el sector en litigio más importante desde un punto de vista estratégico, fue injusta para Venezuela y la despojó de un territorio muy extenso e importante sobre el cual la Gran Bretaña no tenía, en mi opinión, la menor sombra de derecho…

…lo anterior ha sido dictado por mí el 8 de febrero de 1944…."[8][9]

Otto Schoenrich

Miembro de la firma Curtis, Mallet Prevost, Colt & Mosle

de Nueva York

Venezuela denuncia la decisión del Tribunal Arbitral ante la ONU en 1962

El 12 de noviembre de 1962, el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Marcos Falcón Briceño, hace una exposición en la Comisión de Política Especial de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), para denunciar el Laudo Arbitral alegando componenda y vicios de nulidad justificativos de un despojo. En su exposición recalca que Venezuela considera nulo e írrito (inexistente) el Laudo Arbitral debido a lo que se conoce en derecho internacional como actos contrarios a la buena fe acaecidos por parte del gobierno británico y de los integrantes del tribunal.

Argumentos de Venezuela sobre los vicios de nulidad del Laudo:

  • Exceso de poder (ultra petita), por decretar libertad de navegación sobre los ríos Amacuro y Barima, lo que de acuerdo al Derecho Internacional, invalida cualquier laudo arbitral.
  • Presentación de mapas adulterados, según Venezuela, por parte de Gran Bretaña en el Tribunal Arbitral.
  • Ausencia de Motivación en la Decisión arbitral.
  • El Tribunal otorgó 17.604 km² a Gran Bretaña reconocidos como venezolanos por el propio gobierno británico.
  • La línea fronteriza supuestamente fue impuesta a los jueces por el gobierno británico.
  • El Presidente del Tribunal arbitral coaccionó a los jueces para aceptar la demarcación británica.
  • Esta demarcación fue una "componenda", así lo calificaron algunos funcionarios británicos, según Venezuela.
  • Venezuela fue engañada y el Reino Unido actuó en modo contrario a la buena fe del derecho internacional.
  • Venezuela fue informada luego de que el Laudo Arbitral tomara las decisiones.
  • Componenda de los países miembros del Tribunal arbitral.

Para los británicos el argumento venezolano era insostenible porque:[10]

  • Todos aquellos que participaron en el laudo arbitral ya habían muerto.
  • Venezuela había aceptado el laudo arbitral como "un arreglo pleno, hecho y derecho y conclusivo".
  • El estudio de los documentos reveló, según los británicos, que Venezuela no tenía una razón válida.
  • Venezuela no intentó demostrar sus razones para invalidar el Laudo Arbitral.

Cuando Gran Bretaña decide conceder la independencia a la Guayana Británica dentro de la Commonwealth el 26 de mayo de 1966, denominándose a partir de entonces como Guyana, ésta sería Estado parte, tal como lo establece el artículo 7º del Acuerdo de Ginebra. Por ello Guyana ratificó el Acuerdo de Ginebra el mismo día de su independencia, reconociendo de esta forma la reclamación venezolana sobre el territorio al margen occidental del río Esequibo.

Acuerdo de Ginebra

Luego de la denuncia de Venezuela del Laudo el 12 de noviembre de 1962, el representante de Reino Unido mostró sus alegatos concerniente a la denuncia del país suramericano. Cuatro días después de la denuncia venezolana, la ONU emite una declaración donde los gobiernos de Venezuela, Reino Unido y el de su colonia de Guayana Británica, iniciarán una revisión de la documentación de cada una de las partes relativas al asunto:

Declaración del Presidente de la Comisión Política Especial, XVII Período de Sesiones de la Asamblea General de la ONU, el 16 de noviembre de 1962[11]

(...) Los representantes de los Gobiernos del Reino Unido y de Venezuela me han autorizado para informar a la Comisión que, (...) en completo acuerdo con el (Gobierno) de la Guayana Británica, en que los tres Gobiernos examinarán la documentación en poder de todas las partes y relativa a este asunto. Con este propósito, procederán a hacer los arreglos necesarios por la vía diplomática. (...)

Tengo entendido que las partes interesadas informarán a las Naciones Unidas sobre los resultados de estas conversaciones.

En un comunicado conjunto de Venezuela y el Reino Unido del 7 de noviembre de 1963, se informa de los avances de la cuestión convenida. Venezuela ya ha examinado la documentación proporcionada por el Reino Unido y acuerdan una reunión en Caracas donde, a su vez, Venezuela mostrará los documentos de sus archivos a Reino Unido concerniente a la cuestión territorial:

Comunicado Conjunto del Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela y el Secretario de Asuntos Exteriores del Reino Unido, Londres, 07 de noviembre de 1963[12]

(...) Los expertos venezolanos han examinado ya parte de la documentación disponible en Londres. Como siguiente etapa los Ministros de Relaciones Exteriores acordaron que el experto británico, quien actúa también en nombre del Gobierno de la Guayana Británica, irá en breve a Caracas a examinar la documentación disponible en los archivos venezolanos. (...) El texto del presente comunicado será dado a conocer al Secretario General de las Naciones Unidas.

Londres, 7 de noviembre de 1963.

Una delegación venezolana viaja a Londres y durante los meses de febrero y mayo del año 1964, le fue presentado al Reino Unido en conversaciones entre expertos durante 15 sesiones, un informe respaldados con los documentos en poder de Venezuela. El informe contiene 44 puntos detallados de los argumentos venezolanos, pero en su resumen se extrae:

(...)Resumen de Conclusiones[13]

En suma, como resultado del examen tripartito de la documentación que se acaba de exponer suscintamente, la cual respalda cada una de las afirmaciones aquí contenidas y fue presentada a Gran Bretaña, Venezuela ha llegado a las siguientes conclusiones:

1. Venezuela tuvo que aceptar el Tratado de Arbitraje de 1897 bajo presión indebida por parte de los Estados Unidos y la Gran Bretaña, los cuales negociaron las bases del compromiso con exclusión del Gobierno venezo-lano, al cual se le dieron explicaciones que lo indujeron a error.

2. Venezuela fue de tal manera preterida que Estados Unidos y Gran Bretaña acordaron desde el comienzo de la negociación que ningún jurista venezolano habría de formar parte del Tribunal de Arbitraje.

3. Aun cuando sustanciales reservas venezolanas al Tratado no fueron tomadas en cuenta por los más directos negociadores del mismo, Venezuela interpretó el compromiso arbitral en el sentido de que la decisión del Tribunal debía ser de estricto derecho.

4. El llamado Laudo del 3 de octubre de 1899 es nulo. Esta nulidad se fundamenta:

a) En la falta de motivación de la decisión.
b) En que los árbitros no tuvieron en cuenta, para dictar su fallo, las reglas de derecho aplicables y, en particular, el principio del Utis Possidetis Juris; y tampoco hicieron esfuerzo alguno de investigación en lo que concierne a los territorios que pertenecían, sea a los Países Bajos, sea al Reino de España, para la época de la llamada adquisición (Art. III del Tratado de Arbitraje).
c) En que los árbitros no decidieron cómo debía computarse el plazo de 50 años de prescripción, ni lo aplicaron según lo acordado en el Tratado de Arbitraje.
d) Sin que estuvieran facultados para ello por el compromiso arbitral, los árbitros establecen y reglamentan en su sentencia la libre navegación de dos ríos fronterizos, y por cierto en contra de Venezuela.
e) El hecho de que el llamado Laudo fue efecto de un compromiso diplomático explica que los árbitros no tomaran en cuenta las reglas de derecho contenidas en el Tratado Arbitral. Los documentos contemporáneos, mientras revelan que los árbitros eran conscientes de ello, confirman el hecho al que califican de "componenda y farsa."

5. Los representantes de Gran Bretaña presentaron al Tribunal de Arbitraje mapas a los que se atribuían decisiva importancia, los cuales habían sido adulterados en el Colonial Office.

6. La línea del llamado Laudo había sido preparada en el Colonial Office en el mes de julio de 1899, o sea con varios meses (la antelación respecto de la sentencia). Esta línea de frontera fue impuesta a los árbitros americanos por el Presidente del Tribunal, el profesor ruso de Martens, por medio de la coacción.

7. Venezuela nunca ha dado asentimiento al llamado Laudo del 3 de octubre de 1899. La participación de Venezuela en la demarcación de la frontera revistió un carácter puramente técnico. A ello fue forzado el país por circunstancias para él insuperables. Tanto el Gobierno como el pueblo venezolano, en cuanto y como les fue posible, pro-testaron el llamado Laudo de 1899.

Caracas, 18 de marzo de 1965

Hermann González Oropeza, S.J. Pablo Ojer, S.J.

La confrontación de informes y de documentos de expertos de ambas partes resultó en el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, instrumento aún vigente mediante el cual se obligan ambas partes a encontrar un acuerdo práctico para una solución satisfactoria a la controversia.

Extracto del Acuerdo de Ginebra[14]

(...) CONVENCIDOS:

De que cualquiera controversia pendiente entre Venezuela por una parte, y el Reino Unido y Guayana Británica por la otra, perjudicaría tal colaboración y debe, por consiguiente, ser amistosamente resuelta en forma que resulte aceptable para ambas partes; de conformidad con la Agenda que fue convenida para las conversaciones gubernamentales relativas a la controversia entre Venezuela y el Reino Unido sobre la frontera con Guayana Británica, según el Comunicado Conjunto del 7 de noviembre de 1963, han llegado al siguiente Acuerdo para resolver la presente controversia:(...)

Asimismo, hacen del conocimiento de la ONU del mecanismo acordado:

Comunicado Conjunto del Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, el Secretario de Asuntos Exteriores del Reino Unido y del Primer Ministro de la Guayana Británica, Ginebra, 17 de febrero de 1966[15]

(...) Como consecuencia de las deliberaciones se suscribió un Acuerdo cuyas estipulaciones permitirán llegar a la solución definitiva de estos problemas.

Los Gobiernos han convenido en elevar el texto de dicho Acuerdo al conocimiento del Secretario General de las Naciones Unidas.(...)

Referencias

  1. «Venezuela y Guyana retoman mecanismo de buen oficiante para diferendo limítrofe». 
  2. «http://soloparachavistas.blogspot.com/2009/09/chavez-vs-vinicio-romero-martinez-y-el_27.html». 
  3. . Archivado desde el original el 18 de agosto de 2017. Consultado el 5 de diciembre de 2012. 
  4. Vinicio Romero Martínez (1997). . Archivado desde el original el 28 de noviembre de 2010. Consultado el 19 de agosto de 2010.  (Recopilación del Blog La Guayana Esequiba, también disponible en el Blog S.P.Ch.)
  5. «http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009_09_01_archive.html». 
  6. http://www.laguayanaesequiba.org/detalle.php?cid=36&id=96 El laudo arbitral de 1899
  7. Boersner, Demetrio.(2007). Relaciones Internacionales de América Latina. Sexta edición. Edit. Random House Mondadori, Caracas. pp. 223, 256.
  8. http://lilianafasciani.blogspot.com/2008/02/la-soberana-de-venezuela-sobre-la.html MEMORANDO DE SEVERO MALLET-PREVOST (Extracto)
  9. «http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2009/07/60-aniversario-de-la-publicacion-del.html». 
  10. . Archivado desde el original el 2 de marzo de 2007. 
  11. «http://esequibo.mppre.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=16:declaracion-del-presidente-de-la-comision-politica-especial-xvii-periodo-de-sesiones-de-la-asamblea-general-de-la-onu-el-16-de-noviembre-de-1962&catid=8:fundamentos&Itemid=10». 
  12. «http://esequibo.mppre.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=15:comunicado-conjunto-del-ministro-de-relaciones-exteriores-de-venezuela-y-el-secretario-de-asuntos-exteriores-del-reino-unido-londres-07-de-noviembre-de-1963&catid=8:fundamentos&Itemid=10». 
  13. . Archivado desde el original el 6 de marzo de 2016. Consultado el 2 de agosto de 2010. 
  14. «http://esequibo.mppre.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=9:acuerdo-para-resolver-la-controversia-entre-venezuela-y-el-reino-unido-de-gran-bretana-e-irlanda-del-norte-sobre-la-frontera-entre-venezuela-y-guayana-britanica-ginebra-17-de-febrero-de-1966&catid=8:fundamentos&Itemid=10». 
  15. «http://esequibo.mppre.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=10:comunicado-conjunto-del-ministro-de-relaciones-exteriores-de-venezuela-el-secretario-de-asuntos-exteriores-del-reino-unido-y-del-primer-ministro-de-la-guayana-britanica-ginebra-17-de-febrero-de-1966&catid=8:fundamentos&Itemid=10». 

Bibliografía

  • Torrealba, Pompeyo (2006) A un siglo del despojo, la historia de una reclamación. Enciclopedia del Esequibo. Edit. ARTE, Caracas.
  • Boersner, Demetrio.(2007). Relaciones Internacionales de América Latina. Sexta edición. Edit. Random House Mondadori, Caracas.

Véase también

Laudos arbitrales sobre límites de fronteras:

Enlaces externos

  •   Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Laudo Arbitral de París.
  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Laudo Arbitral de París.
  • Comunicación del 4 de octubre de 1899 del Dr. José María Rojas Agente ante el Tribunal Arbitral de Paris al MRE de Venezuela (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  • A 110 años de una sentencia política (INSTITUTO DE ESTUDIOS FRONTERIZOS DE VENEZUELA (IDEFV))
  • The shape of Guyana, The road to arbitration. (inglés)
  •   Datos: Q6352172
  •   Multimedia: Guiana Arbitration Tribunal, Paris 1899

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Se ha sugerido que Controversia sobre el laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 entre Guyana y Venezuela sea fusionado en este articulo o seccion vease discusion Una vez que hayas realizado la fusion de articulos pide la fusion de historiales aqui Este aviso fue puesto el 11 de diciembre de 2019 Este articulo o seccion necesita referencias que aparezcan en una publicacion acreditada Este aviso fue puesto el 30 de septiembre de 2014 El Laudo Arbitral de Paris del 3 de octubre de 1899 fue la sentencia emitida por un tribunal arbitral reunido en Paris creado dos anos antes segun lo establecido en el Tratado Arbitral de Washington D C del 2 de febrero de 1897 en el cual Estados Unidos en representacion de Venezuela por una parte y el Reino Unido como propietario de la colonia de Guayana Britanica actual Republica Cooperativa de Guyana por la otra habian convenido someter a arbitraje internacional la disputa sobre la frontera al oeste de la colonia britanica y el este de la independiente Venezuela como mecanismo de solucion amistosa al diferendo territorial Mapa de 1896 de la Antigua Guayana Britanica y las diversas lineas de limites trazadas que se discutieron en el Laudo Arbitral de Paris Se muestran las maximas aspiraciones britanicas y el rio Esequibo que Venezuela considera como su frontera la zona grisacea es el unico territorio no reivindicado por Venezuela mientras que una parte del sector oriental Pirara le fue despojado al Brasil de forma Ultra petita en el Laudo de Paris aunque le fue readjudicado una parte en otro Laudo Arbitral Inglaterra Portugal en 1904 La posicion venezolana partia de que la frontera debia ser linea media del rio Esequibo en virtud del principio Uti possidetis iure como poseias seguiras poseyendo por el cual le correspondia los territorios de la ex Capitania General de Venezuela al momento de su independencia en 1810 la cual se alega tenia como frontera este el rio Esequibo Sin embargo la Real Cedula de 1777 no especifica hasta donde llega el territorio de la Capitania General de Venezuela ni tampoco las Capitulaciones de las Provincias En contraste la posicion de Reino Unido se basaba en un mapa de 1840 aunque con algunas modificaciones posteriores del naturalista prusiano Robert Schomburgk cuya linea fronteriza llegaba hasta Punta Barima en las bocas del rio Orinoco en el actual estado Delta Amacuro y los montes de Upata en el actual estado Bolivar abarcando un area aproximada de 203 310 km al oeste de rio Esequibo El dictamen fue favorable a Reino Unido al adjudicarle el territorio denominado por Venezuela como Guayana Esequiba de 159 500 km al oeste del rio Esequibo aunque no en su maxima aspiracion de abarcar hasta las bocas del rio Orinoco y controlar su navegacion Venezuela inmediatamente protesto el laudo resuelto por el tribunal arbitral por considerar que habian existido vicios de nulidad en la decision sin embargo no fue sino hasta 1962 cuando logro un avance tangible al denunciarlo ante la ONU despues del hallazgo de documentos que comprometieron la legalidad del mismo cita requerida La demanda venezolana fue admitida en el marco de la ONU poniendo asi en tela de juicio la validez del laudo cita requerida Este evento conllevo a la firma del denominado Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966 entre ambas partes mas la presencia del gobierno local de Guayana Britanica proxima a recibir la independencia momento en el cual sustituiria a Reino Unido en la cuestion del diferendo territorial con Venezuela El aun vigente Acuerdo de Ginebra es en si un procedimiento o acuerdo transitorio para llegar a un acuerdo final por lo tanto hasta no llegar a un arreglo practico para una solucion satisfactoria definitiva como lo establece su texto se mantiene el statu quo plasmado en el Laudo Arbitral de Paris en 1899 donde la autoridad de administracion y ocupacion permanece ligada al Reino Unido poco despues sucedido por la independiente Guyana sobre toda el area que le adjudico el dictamen de Paris y que desde entonces es reclamada por Venezuela No obstante se reconoce la salvaguarda de los derechos de soberania venezolanos sobre dicha zona por lo que ambos paises se obligan a encontrar una solucion concluyente pacifica y honorable para las partes El diferendo territorial estuvo en manos del Secretario General de las Naciones Unidas en el marco del Acuerdo de Ginebra Guyana sustituye a Reino Unido en la controversia con Venezuela el 26 de mayo de 1966 fecha en la que recibe la independencia de su antigua metropoli pocos meses despues de la firma del mencionado acuerdo Los gobiernos de Guyana y Venezuela dispusieron utilizar los buenos oficios en la figura del Buen Oficiante cuya labor consistio en aproximar a ambos gobiernos para que estos den con una solucion satisfactoria para las partes El ultimo Buen Oficiante fue el jamaicano Norman Girvan propuesto por ambos gobiernos y aceptado por el Secretario General de la ONU 1 quien fallecio en abril de 2014 Se espero que ambos gobiernos decidieran junto al Secretario General de las Naciones Unidas nombraran un nuevo buen oficiante como ha sido tradicional desde 1982 o si por el contrario tomarian algun mecanismo alternativo del articulo 33 de la Carta de las Naciones Unidas sobre la solucion pacifica de controversias contemplado en el Acuerdo de Ginebra en su articulo IV numeral 1 El 31 de enero de 2018 el Secretario General de la ONU Antonio Guterres anuncio que trasladaria el diferendo territorial entre ambos estados a la CIJ Corte Internacional de Justicia Indice 1 Antecedentes 1 1 Las lineas de los mapas de Robert Schomburgk 1 2 Acuerdo de 1850 entre Reino Unido y Venezuela 1 3 Ruptura de relaciones diplomaticas en 1887 1 4 Intervencion del Gobierno estadounidense Doctrina Monroe 1 5 Tratado de Arbitraje de 1897 2 Mecanismo del arbitraje 2 1 Integrantes del Tribunal Arbitral y abogados de las partes 2 1 1 Miembros del Tribunal Arbitral 2 1 2 Abogados de la defensa de las partes 2 2 Sentencia unanime del Tribunal Arbitral 3 Despues del arbitraje 3 1 Sorpresa y protesta por el dictamen del Laudo 6 3 1 1 En Venezuela 3 1 2 En Gran Bretana 3 1 3 En el resto del mundo 3 2 Resultados derivados del Laudo 3 2 1 Situacion britanica 3 2 2 Situacion venezolana 3 2 3 EE UU sustituye a Reino Unido en la supremacia en America a partir de 1897 3 2 4 Fiodor Martens el primer juez en lograr un dictamen por unanimidad en un Tribunal Arbitral 3 2 5 Aspiraciones territoriales de Brasil 3 3 Publicacion del documento que comprometeria la validez del Laudo 3 3 1 Memorandum de Severo Mallet Prevost 3 4 Venezuela denuncia la decision del Tribunal Arbitral ante la ONU en 1962 3 5 Acuerdo de Ginebra 4 Referencias 5 Bibliografia 6 Vease tambien 7 Enlaces externosAntecedentes Editar Naturalista prusiano Schomburgk Primer Ministro britanico Salisbury se oponia al Arbitraje en todas sus formas El presidente de Venezuela Guzman Blanco rompio relaciones con Reino Unido en 1887 El presidente de EE UU Cleveland invoco la Doctrina Monroe Las lineas de los mapas de Robert Schomburgk Editar Articulo principal Linea Schomburgk Lineas de frontera entre Venezuela y Guayana Britanica Mapa A partir de 1834 la frontera oriental venezolana empezo a sufrir modificaciones cuando el naturalista prusiano Robert Hermann Schomburgk realizo una arbitraria demarcacion llamada linea Schomburgk que iba desde el rio Moruca hasta el rio Esequibo esto es 4 290 km En 1839 el mismo Schomburgk trazo una segunda linea llamada Norte Sur avanzando 141 930 km hacia territorio venezolano al fijar un nuevo limite desde la desembocadura del rio Amacuro hasta el monte Roraima y desde aqui hasta el nacimiento del rio Esequibo El propio naturalista atribuyo a las bocas del Orinoco una enorme importancia politica la geopolitica de nuestros dias instando al gobierno britanico a no abandonar Punta Barima que indudablemente es la llave de Colombia Lo que hoy equivaldria a decir la puerta de America del Sur 2 Acuerdo de 1850 entre Reino Unido y Venezuela Editar Venezuela inicio en 1841 sus gestiones diplomaticas ante Gran Bretana a traves de su ministro en Londres Alejo Fortique Al siguiente ano este logro que se eliminaran los postes colocados por Schomburgk y posteriormente se llego al Acuerdo de 1850 mediante el cual ambos gobiernos se comprometieron a no ocupar el territorio en disputa que comprendia desde la linea trazada por Schomburgk hasta el rio Esequibo 3 Este acuerdo se mantuvo vigente a pesar de todas las circunstancias que se produjeron durante este periodo hasta que se firmo en 1897 el Tratado Arbitral 2 Durante el gobierno del general Antonio Guzman Blanco el 13 de febrero de 1877 el doctor Jose Maria Rojas Ministro residente de Venezuela ante el gobierno de Gran Bretana escribe una nota al Conde de Derby planteandole la conveniencia de concertar un tratado de limites en base al rio Esequibo Sugiere la idea de fijar una linea convencional para prevenir serias dificultades en el futuro especialmente porque la Guayana esta atrayendo la atencion general del mundo a causa de las inmensas riquezas que se descubren alli diariamente El Ministro de Relaciones Exteriores Raimundo Andueza Palacio desaprueba una frase de dicha nota en la que Rojas dice el Gobierno de Venezuela no intenta mantener la pretension de llegar hasta el Esequibo Ruptura de relaciones diplomaticas en 1887 Editar Caricatura de 1887 Avance britanico por los rios Barima Amacuro Yuruan y Cuyuni luego de la ruptura de relaciones diplomaticas El presidente Guzman Blanco ampliamente informado por su comisionado Jesus Munoz Tebar sobre la invasion a territorio venezolano por parte de los ingleses exigio el 26 de enero de 1887 al gobierno britanico el inmediato retiro de su gente desde las bocas del Orinoco hasta el rio Pomerun manteniendo asi el statu quo de 1850 Gran Bretana no acepto esta intimacion en consecuencia el presidente venezolano rompio relaciones diplomaticas el 21 de febrero de 1887 Paralelamente a esta accion diplomatica Venezuela hizo un gran esfuerzo desde el punto de vista militar por un lado para frenar el avance de Gran Bretana y por otro para evitar una posible invasion del territorio como se vislumbraba 4 Intervencion del Gobierno estadounidense Doctrina Monroe Editar En 1895 Richard Olney secretario de Estado del presidente de Estados Unidos para la epoca Grover Cleveland considerando los avances britanicos en tierra venezolana como verdaderas usurpaciones justificaba la aplicacion de la Doctrina Monroe por tratarse de la agresion de una potencia europea contra un pais americano La nota de Olney se conoce con el nombre de Canon de 20 pulgadas El propio Cleveland en sesion extraordinaria del Congreso estadounidense declaro el 17 de diciembre de 1895 que al no aceptar el gobierno britanico el arbitramento solicitado por Venezuela los Estados Unidos investigarian exhaustivamente sobre los limites de los paises en disputa y luego se opondrian por todos los medios a su alcance como a un ataque directo a sus derechos e intereses a la apropiacion por la Gran Bretana de cualesquiera tierras o al ejercicio de su autoridad en cualquier territorio que de la investigacion resulte pertenecer por derecho a Venezuela 5 Tratado de Arbitraje de 1897 Editar Caricatura de 1896 del convenio de EE UU y R U de ir al Arbitraje Articulo principal Tratado Arbitral de Washington D C La ruptura de relaciones entre Reino Unido y Venezuela no paso de una mera accion diplomatica sin otras consecuencias pero la intervencion de Estados Unidos en virtud de la Doctrina Monroe America para los americanos la cual rechazaba cualquier intervencion colonialista europea en el continente americano obligaria a Gran Bretana a reeveluar su renuencia a asistir a un Arbitraje internacional el Primer Ministro britanico Robert Salisbury era publico oponente a este tipo de instrumentos Despues del discurso del presidente Cleveland ante el Congreso de Estados Unidos el 17 de diciembre de 1895 el cual fue catalogado por la prensa de la epoca como un canon de 20 pulgadas el de mayor calibre y alcance del momento y el de mayor poder destructivo surtio el efecto deseado de persuadir a Inglaterra a aceptar a ir a al Arbitraje y tomar en cuenta el reclamo de Venezuela en caso contrario tendrian que verselas no con Venezuela sino directamente con los Estados Unidos Finalmente en noviembre de 1896 Estados Unidos y Gran Bretana llegarian a un acuerdo para hacer firmar a Venezuela sin mas alternativa el Tratado de Arbitraje del 2 de febrero de 1897 en la ciudad de Washington D C capital de Estados Unidos 5 Mecanismo del arbitraje Editar Representantes del Tribunal Arbitral de Paris de 1899 en el Boulevard Saint Germain Izq a Der Juez Brewer Juez Lord Russell Juez Prof Martens Presidente del Tribunal Juez Fuller y Juez Lord Collins Comision de fronteras creada por EE UU para el Tribunal Arbitral de Paris de 1899 Los acontecimientos previos conllevaron a la firma del Tratado de Arbitraje del 2 de febrero de 1897 en la ciudad de Washington D C entre Reino Unido y Venezuela Sin embargo el tratado carecio de igualdad y justicia Reino Unido fue renuente a negociar directamente con Venezuela y en el Tratado logro que la representacion de Venezuela en el Tribunal Arbitral que se constituiria quedara en manos de Estados Unidos En consecuencia el Tribunal estaria compuesto por ingleses estadounidenses y una tercera parte imparcial que seria un arbitro o juez elegido entre los anglosajones de Europa y America lo cual en efecto dejaba a un lado a Venezuela en la participacion Integrantes del Tribunal Arbitral y abogados de las partes Editar El Tribunal del Arbitraje estuvo compuesto por cinco miembros dos estadounidenses en representacion de Venezuela dos ingleses en representacion de Reino Unido y el quinto miembro como parte imparcial la loca Miembros del Tribunal Arbitral Editar Representantes de Venezuela designados por la Corte Suprema de los EE UU de America Melville Weston Fuller miembro de la Corte Suprema de EE UU de America David Josiah Brewer miembro de la Corte Suprema de EE UU de America Representantes de Reino Unido designados por Reino Unido Sir Richard Henn Collins ingles Baron Herschell fallecido ingles sustituido por Charles Baron Russel of Killowen miembro del Consejo Privado de la Reina ingles Presidente del Tribunal designado por los cuatro miembros anteriores Federik de Martens ruso catedratico de las universidades britanicas de Cambridge y Edimburgo y miembro permanente del Consejo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Rusia entonces Imperio ruso Abogados de la defensa de las partes Editar Por VenezuelaSevero Mallet Prevost estadounidense Abogado Benjamin Harrison estadounidense Expresidente de EE UU James Russell Soley estadounidense Benjamin F Tracy estadounidense Exsecretario de Guerra de EE UU Jose Maria Rojas venezolano Por Reino UnidoSir Richard E Webster ingles Procurador General Sir Robert Reid ingles Exprocurador General G R Askwith ingles S A Rowlatt ingles Sentencia unanime del Tribunal Arbitral Editar El 3 de octubre de 1899 el tribunal por decision unanime fallo a favor del Reino Unido luego de sesionar durante escasos seis dias continuos de los tres meses que disponian segun lo contemplaba el Tratado de Washington D C El fallo solo favorecio a Venezuela en conservar las bocas del rio Orinoco y una porcion de territorio adyacente a este mientras que Reino Unido se le adjudicaria una gran porcion al oeste de los mil kilometros del rio Esequibo el cual posteriormente seria delimitado por una comision mixta venezolano britanica Despues del arbitraje EditarSorpresa y protesta por el dictamen del Laudo 6 Editar El presidente venezolano Ignacio Andrade a pesar de la crisis por la que atravesaba su pais protesto cuatro dias despues de la decision del tribunal La sentencia fue considerada injusta para Venezuela por venezolanos brasilenos franceses e incluso por propios ingleses En Venezuela Editar En nota dirigida a su gobierno el 4 de octubre de 1899 por el Dr Jose Maria Rojas Agente del Gobierno de Venezuela ante el Tribunal de Arbitraje manifestaba su sorpresa inexplicable por el proceder del Presidente del Tribunal senor De Martens y anadia lo que no podremos saber jamas es el motivo que haya tenido el Sr De Martens para proceder asi El dia 7 del mismo mes el presidente venezolano Ignacio Andrade hace publica protesta por la decision del Tribunal Arbitral La prensa venezolana de la epoca protesto vigorosamente contra la percepcion de la injusticia del Laudo Sin embargo la situacion de inestabilidad y crisis social politica economica y militar por la que atravesaba este pais en ese momento no permitio rebatir eficientemente lo que consideraba una injusticia en contra de Reino Unido que representaba la principal potencia colonialista e imperial de la epoca El periodico The Times de Londres publicaba una declaracion formulada a la Agencia Reuter por los senores Mallet Prevost y el expresidente Harrison en la cual manifestaban los criterios no tecnicos con los que se dirimio el Laudo nada habia en la historia de la controversia que explicase adecuadamente la linea fronteriza establecida en el Laudo En Gran Bretana Editar Lord Salisbury riendo entre dientes Me gusta el arbitraje en el Lugar Apropiado Caricatura de la expresion de la satira de los propios ingleses que muestran al Primer Ministro britanico Lord Salisbury quien se oponia rotundamente a los laudos arbitrales saliendo de la sala de sesiones con todo la linea de Schomburgk 60 000 millas cuadradas y las minas y bosques Por su parte la conocida revista humoristica PUNCH publicaba a pocos dias del Laudo de Paris en la portada una caricatura en la que aparecia Lord Salisbury Primer Ministro del Reino Unido de reconocida aversion por los Arbitrajes como mecanismo de solucion de controversias que involucraran a Gran Bretana saliendo precipitadamente de la sala de sesiones llevandose consigo los documentos del litigio la linea Schomburgk y las minas y los bosques de las 60 000 millas cuadradas como si hubiesen sido arrebatadas a Venezuela mientras en tono burlon exclamaba Lord Salisbury chuckling I like arbitration in the Proper Place Lord Salisbury riendo entre dientes Me gusta el arbitraje en el Lugar Apropiado La revista inglesa Review of Reviews anadia El territorio que el Laudo concedio a Venezuela no vale ni un billete de cinco libras En el resto del mundo Editar Un escritor frances considerando falta de motivacion en la sentencia que dicto el tribunal arbitral dirigido por De Martens expreso Si el arbitraje es en principio un llamado a la razon contra la fuerza puede la razon prescindir de las razones No se debe confundir el concepto de Tribunal Arbitral por el de Tribunal Arbitrario En 1907 Brasil a traves de su embajador ante la II Conferencia de Paz de la Haya expreso al respecto que se habia cometido una injusticia contra Venezuela que tambien perjudicaba la territorialidad de Brasil Asi mismo incluso antes del dictamen del Tribunal Arbitral ya se habia pronunciado ante el Gobierno de Reino Unido expresando que consideraba justa la reclamacion venezolana considerando que el mapa de Schomburgk era una simple carta cartografica en su contenido y que perjudicaba tanto a Brasil como a Venezuela Resultados derivados del Laudo Editar Guayana Esequiba territorio adjudicado a Guayana Britanica A pesar de la gran perdida territorial Venezuela conservo las bocas de rio Orinoco Fiodor Martens Juez del Laudo logro un dictamen unanime Brasil fue afectado en su territorio por el Arbitraje de 1899 lo que conllevo otro arbitraje en 1904 Situacion britanica Editar El resultado del arbitraje fue sorpresivo para Reino Unido a pesar de no haberlo sido en su maxima aspiracion Logro el dominio de un territorio dos veces mas grande del comprado a Paises Bajos en 1814 de 20 000 millas cuadradas con el cual se crea la Guayana Britanica al oeste del rio Esequibo teniendo desde entonces un territorio de 60 000 millas cuadradas rico en recursos mineros hidricos y forestales Situacion venezolana Editar Para Venezuela significo su renuncia a lo que su gobierno definia como derechos venezolanos y los considero lleno de vicios de nulidad sin embargo se destaca que conservo su dominio visible sobre el Delta del Orinoco y una porcion de territorio comprendida entre Upata y el rio Caroni con el rio Venamo y el cerro Roraima EE UU sustituye a Reino Unido en la supremacia en America a partir de 1897 Editar La intervencion de Estados Unidos en la disputa sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Britanica logro en primer termino que Inglaterra aceptase ir a un arbitraje al cual en principio se oponia categoricamente y en segundo termino a transigir sobre su pretension extrema del control del delta del rio Orinoco A partir de este momento se considera que el leon britanico cede al aguila yanqui el primer puesto en America especificamente el norte de Suramerica y el area caribena con el que Estados Unidos comienza a erigirse como nueva potencia 7 Fiodor Martens el primer juez en lograr un dictamen por unanimidad en un Tribunal Arbitral Editar El juez y presidente del Tribunal Arbitral de Paris Fiodor Martens fue un respetado jurista de origen y cultura rusa nacido en el actual territorio de Estonia pero que para entonces era parte del Imperio ruso cuyo prestigio se acrecento a partir del dictamen del Tribunal Arbitral de Paris conocido como Laudo Arbitral de Paris Sin embargo en su rol como juez y presidente en el tribunal arbitral quedo en entredicho dado su inverosimil papel como parte imparcial Martens estaba notablemente vinculado con Gran Bretana fue profesor en dos universidades britanicas y amigo personal de la reina de Inglaterra percibia a Rusia e Inglaterra como potencias con una supuesta mision civilizadora en su obra Rusia e Inglaterra en Asia Central 1878 afirmo que Gran Bretana y Rusia estan destinados por la Providencia a ser las protectoras de los paises barbaros Venezuela era considerada al menos por los ingleses como un pais semi barbaro una de las razones por las que en el Tratado Arbitral de Washington prefirieron negociar directamente con representantes anglosajones originarios de Estados Unidos y no con venezolanos a quienes consideraban indios bananeros con olor a tropico y hombres de color semibarbaros con quienes no podian discutir el tema en la misma mesa Ademas de que su rol de parte imparcial quedaba en entredicho por su notoria vinculacion previa con Inglaterra y su simpatia a las formas imperialistas y colonialistas britanicas y rusas durante los escasos dias que se reunio el Tribunal Arbitral le era cuestionado el haber aceptado ser el Juez presidente de un tribunal donde una de las partes Venezuela no tenia representacion directa y que esta habia recaido en tercer pais Estados Unidos cuya vinculacion y consonancia con su contraparte Inglaterra eran evidentes Asimismo hizo caso omiso a que la inclusion de Estados Unidos en el conflicto territorial apunto en todo momento en salvaguardar los intereses propios de Estados Unidos en detrimento de los de su representada Venezuela Todo parecio indicar que el jurista ruso se manejo de esta forma turbia porque perseguia por sobre los principios del derecho una decision unanime en el Laudo la cual seria la primera en la historia y le redundaria en un mayor prestigio profesional y personal en la sociedad en efecto el Laudo Arbitral del Paris fue el primero en la historia resuelto por unanimidad Casi medio siglo despues se dio a conocer un documento que finalmente probaria el irregular proceder del jurista ruso durante las reuniones oficiales y extraoficiales del tribunal arbitral que derivo en un laudo amanado e improcedente con los principios del derecho internacional y de lo estipulado en el Tratado Arbitral de Washington de 1897 que reglamentaba el mecanismo del arbitraje Aspiraciones territoriales de Brasil Editar Articulo principal Cuestion de Pirara El 5 de mayo de 1859 Venezuela y Brasil celebraron un tratado para delimitar sus fronteras Se convino que la cuenca hidrografica del rio Orinoco y del rio Esequibo le serian reconocidas a Venezuela mientras que la cuenca hidrografica del rio Amazonas le seria reconocida a Brasil Art 2º 3º todas las aguas que corren al rio Blanco queden perteneciendo al Brasil y las que van al Orinoco a Venezuela y las que corren al Esequibo Cuyuni y Caroni a Venezuela El Laudo de 1899 adjudico a Guayana Britanica los rios Cotinga y Tacutu afluentes del rio Blanco Rio Branco en portugues y este afluente del rio Amazonas y su cuenca hidrografica al Este lo que afecto directamente el territorio brasileno y del monte Roraima a la fuente del Cotinga y continuara por el medio de la corriente de este rio hasta su union con el Takutu y seguira el medio de la corriente del Takutu basta su fuente y de este punto Pocos anos despues en 1904 Reino Unido y Brasil resolverian en un arbitraje neutral la frontera entre Brasil y Guayana Britanica sometiendose a la decision del rey de Italia La frontera dejo de estar definida por el rio Cotinga y paso a ser desde entonces el rio Ireng mas al Este hasta su union con el Tacutu Brasil perdio parte de su territorio aunque conservo una porcion aspirada por los ingleses Publicacion del documento que comprometeria la validez del Laudo Editar Despues de la muerte de Severo Mallet Prevost uno de los abogados estadounidenses que integro la defensa de Venezuela en el laudo su representante legal Otto Schoenrich hace publico en 1949 por expresa disposicion de Prevost un documento escrito por el propio Mallet Prevost en el ano 1944 en el cual considera que el Laudo Arbitral fue una componenda politica obra de la presion frente a la justicia un compromiso de trastienda por el cual tres jueces que tenian la mayoria dispusieron del territorio de Venezuela porque los dos jueces britanicos no estaban actuando como jueces sino que lo hacian como hombres del gobierno como abogados En el documento quedaria confirmado que Fiodor Martens deliberadamente no actuo como Juez imparcial no se guio por los principios apegados al derecho ni de analisis tecnico de las evidencias e incluso segun revela el documento persuadio a una de las partes para que aceptasen una propuesta de solucion de la controversia que el mismo habia elaborado alejada de las mismas normas contenidas en el Tratado Arbitral de 1897 y de los principios que rigen el derecho Este hallazgo dejaria al descubierto una componenda que se produjo con respecto a la decision del Tribunal Arbitral de Paris El documento serviria a Venezuela como uno de varios elementos para realizar una denuncia formal del Laudo ante el mundo en 1962 Memorandum de Severo Mallet Prevost Editar Severo Mallet Prevost abogado estadounidense de la defensa venezolana escribio en 1944 un memorandum donde revelaba que el Laudo Arbitral de Paris fue una componenda politica y dio a conocer algunos acontecimientos determinantes que hasta entonces eran ignorados El documento revelaria lo siguiente Antes de ir a Paris el juez Brewer abogado norteamericano por Venezuela y yo nos detuvimos en Londres y estando alli el senor Henry White Encargado de Negocios de los Estados Unidos nos ofrecio una pequena comida a la cual fue invitado el Lord Justicia Mayor Russell abogado britanico en el curso de la conversacion me aventure a expresar que las decisiones de arbitrajes internacionales debian fundarse exclusivamente en consideraciones legales Lord Russell respondio inmediatamente Estoy enteramente en desacuerdo con usted Estimo que los arbitrajes internacionales deberian ser conducidos por vias mas amplias y tomar en consideracion cuestiones de politica internacional Desde aquel momento comprendi que no podiamos contar con Lord Russell para decidir la cuestion fronteriza sobre la base de estricto derecho Cuando nos reunimos en Paris conoci a Lord Collins abogado britanico aparecio claramente que Lord Collins estaba sinceramente interesado en darse cuenta completa de todos los hechos del caso y en determinar la Ley a estos aplicable toda su actitud y las numerosas preguntas que formulo eran criticas de las pretensiones britanicas y daban la impresion de que se iba inclinando hacia el lado de Venezuela Despues los dos arbitros britanicos regresaron a Inglaterra y llevaron consigo al senor Martens abogado ruso juez en el arbitraje Cuando reasumimos nuestros puestos el cambio en Lord Collins era visible Nos parecio quiero decir a la defensa de Venezuela como si hubiera ocurrido algo en Londres para producir tal cambio una tarde recibi un mensaje del Magistrado Brewer en el cual me decia que el y el Magistrado Fuller abogado norteamericano por Venezuela deseaban hablar conmigo el Juez Brewer se levanto y me dijo muy excitado Mallet Prevost es inutil continuar por mas tiempo esta farsa pretendiendo que nosotros somos jueces y usted abogado El Magistrado Fuller y yo hemos decidido revelarle confidencialmente lo que acaba de pasar Martens ha venido a vernos y nos informa que Russell y Collins estan dispuestos a decidir en favor de la linea Schomburgk que partiendo desde punta Barima en la costa daria a Gran Bretana el control de la boca principal del Orinoco y si nosotros insistimos en comenzar la linea partiendo de la costa en el rio Moroco el se pondra del lado de los britanicos y aprobara la linea Schomburgk como la verdadera frontera Sin embargo anadio el Martens estaba ansioso de lograr una sentencia unanime y si aceptaramos la linea que el propone el obtendria la aquiescencia de Lord Russell y Lord Collins Lo que Martens proponia era que la linea comenzara a cierta distancia al sudeste de punta Barima de modo de dar a Venezuela el dominio de la boca del Orinoco Esto es lo que Martens ha propuesto Lo que tenemos que decidir es si aceptamos la proposicion de Martens o suscribimos una opinion disidente Por lo que acababa de expresar el Magistrado Brewer y por el cambio que todos habiamos observado en Lord Collins me convenci que durante la visita de Martens a Inglaterra habia tenido lugar un arreglo entre Rusia y Gran Bretana y que se habia hecho presion de un modo u otro sobre Collins a fin de que siguiera aquel camino Cuando revele al general Harrison consejero norteamericano lo que acababa de pasar califico la conducta de Gran Bretana y Rusia en terminos que es para mi inutil repetir Su primera reaccion fue la de pedir a Fuller y a Brewer que presentaran una opinion disidente pero cuando se calmo y estudio el asunto desde un punto de vista practico me dijo si algun dia se supiera que estuvo en nuestras manos conservar la desembocadura del Orinoco para Venezuela y que no lo hicimos nunca se nos perdonaria Lo que Martens propone es inicuo pero no veo como Fuller y Brewer puedan hacer otra cosa que aceptar Estuve de acuerdo con el general Harrison y asi lo hice saber a los magistrados La decision del tribunal fue en consecuencia unanime pero si bien es cierto que dio a Venezuela el sector en litigio mas importante desde un punto de vista estrategico fue injusta para Venezuela y la despojo de un territorio muy extenso e importante sobre el cual la Gran Bretana no tenia en mi opinion la menor sombra de derecho lo anterior ha sido dictado por mi el 8 de febrero de 1944 8 9 Otto SchoenrichMiembro de la firma Curtis Mallet Prevost Colt amp Mosle de Nueva York Venezuela denuncia la decision del Tribunal Arbitral ante la ONU en 1962 Editar Organizacion de Naciones Unidas El 12 de noviembre de 1962 el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela Marcos Falcon Briceno hace una exposicion en la Comision de Politica Especial de la Asamblea General de la Organizacion de Naciones Unidas ONU para denunciar el Laudo Arbitral alegando componenda y vicios de nulidad justificativos de un despojo En su exposicion recalca que Venezuela considera nulo e irrito inexistente el Laudo Arbitral debido a lo que se conoce en derecho internacional como actos contrarios a la buena fe acaecidos por parte del gobierno britanico y de los integrantes del tribunal Argumentos de Venezuela sobre los vicios de nulidad del Laudo Exceso de poder ultra petita por decretar libertad de navegacion sobre los rios Amacuro y Barima lo que de acuerdo al Derecho Internacional invalida cualquier laudo arbitral Presentacion de mapas adulterados segun Venezuela por parte de Gran Bretana en el Tribunal Arbitral Ausencia de Motivacion en la Decision arbitral El Tribunal otorgo 17 604 km a Gran Bretana reconocidos como venezolanos por el propio gobierno britanico La linea fronteriza supuestamente fue impuesta a los jueces por el gobierno britanico El Presidente del Tribunal arbitral coacciono a los jueces para aceptar la demarcacion britanica Esta demarcacion fue una componenda asi lo calificaron algunos funcionarios britanicos segun Venezuela Venezuela fue enganada y el Reino Unido actuo en modo contrario a la buena fe del derecho internacional Venezuela fue informada luego de que el Laudo Arbitral tomara las decisiones Componenda de los paises miembros del Tribunal arbitral Para los britanicos el argumento venezolano era insostenible porque 10 Todos aquellos que participaron en el laudo arbitral ya habian muerto Venezuela habia aceptado el laudo arbitral como un arreglo pleno hecho y derecho y conclusivo El estudio de los documentos revelo segun los britanicos que Venezuela no tenia una razon valida Venezuela no intento demostrar sus razones para invalidar el Laudo Arbitral Cuando Gran Bretana decide conceder la independencia a la Guayana Britanica dentro de la Commonwealth el 26 de mayo de 1966 denominandose a partir de entonces como Guyana esta seria Estado parte tal como lo establece el articulo 7º del Acuerdo de Ginebra Por ello Guyana ratifico el Acuerdo de Ginebra el mismo dia de su independencia reconociendo de esta forma la reclamacion venezolana sobre el territorio al margen occidental del rio Esequibo Acuerdo de Ginebra Editar Articulo principal Acuerdo de Ginebra Luego de la denuncia de Venezuela del Laudo el 12 de noviembre de 1962 el representante de Reino Unido mostro sus alegatos concerniente a la denuncia del pais suramericano Cuatro dias despues de la denuncia venezolana la ONU emite una declaracion donde los gobiernos de Venezuela Reino Unido y el de su colonia de Guayana Britanica iniciaran una revision de la documentacion de cada una de las partes relativas al asunto Declaracion del Presidente de la Comision Politica Especial XVII Periodo de Sesiones de la Asamblea General de la ONU el 16 de noviembre de 1962 11 Los representantes de los Gobiernos del Reino Unido y de Venezuela me han autorizado para informar a la Comision que en completo acuerdo con el Gobierno de la Guayana Britanica en que los tres Gobiernos examinaran la documentacion en poder de todas las partes y relativa a este asunto Con este proposito procederan a hacer los arreglos necesarios por la via diplomatica Tengo entendido que las partes interesadas informaran a las Naciones Unidas sobre los resultados de estas conversaciones En un comunicado conjunto de Venezuela y el Reino Unido del 7 de noviembre de 1963 se informa de los avances de la cuestion convenida Venezuela ya ha examinado la documentacion proporcionada por el Reino Unido y acuerdan una reunion en Caracas donde a su vez Venezuela mostrara los documentos de sus archivos a Reino Unido concerniente a la cuestion territorial Comunicado Conjunto del Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela y el Secretario de Asuntos Exteriores del Reino Unido Londres 07 de noviembre de 1963 12 Los expertos venezolanos han examinado ya parte de la documentacion disponible en Londres Como siguiente etapa los Ministros de Relaciones Exteriores acordaron que el experto britanico quien actua tambien en nombre del Gobierno de la Guayana Britanica ira en breve a Caracas a examinar la documentacion disponible en los archivos venezolanos El texto del presente comunicado sera dado a conocer al Secretario General de las Naciones Unidas Londres 7 de noviembre de 1963 Una delegacion venezolana viaja a Londres y durante los meses de febrero y mayo del ano 1964 le fue presentado al Reino Unido en conversaciones entre expertos durante 15 sesiones un informe respaldados con los documentos en poder de Venezuela El informe contiene 44 puntos detallados de los argumentos venezolanos pero en su resumen se extrae Resumen de Conclusiones 13 En suma como resultado del examen tripartito de la documentacion que se acaba de exponer suscintamente la cual respalda cada una de las afirmaciones aqui contenidas y fue presentada a Gran Bretana Venezuela ha llegado a las siguientes conclusiones 1 Venezuela tuvo que aceptar el Tratado de Arbitraje de 1897 bajo presion indebida por parte de los Estados Unidos y la Gran Bretana los cuales negociaron las bases del compromiso con exclusion del Gobierno venezo lano al cual se le dieron explicaciones que lo indujeron a error 2 Venezuela fue de tal manera preterida que Estados Unidos y Gran Bretana acordaron desde el comienzo de la negociacion que ningun jurista venezolano habria de formar parte del Tribunal de Arbitraje 3 Aun cuando sustanciales reservas venezolanas al Tratado no fueron tomadas en cuenta por los mas directos negociadores del mismo Venezuela interpreto el compromiso arbitral en el sentido de que la decision del Tribunal debia ser de estricto derecho 4 El llamado Laudo del 3 de octubre de 1899 es nulo Esta nulidad se fundamenta a En la falta de motivacion de la decision b En que los arbitros no tuvieron en cuenta para dictar su fallo las reglas de derecho aplicables y en particular el principio del Utis Possidetis Juris y tampoco hicieron esfuerzo alguno de investigacion en lo que concierne a los territorios que pertenecian sea a los Paises Bajos sea al Reino de Espana para la epoca de la llamada adquisicion Art III del Tratado de Arbitraje c En que los arbitros no decidieron como debia computarse el plazo de 50 anos de prescripcion ni lo aplicaron segun lo acordado en el Tratado de Arbitraje d Sin que estuvieran facultados para ello por el compromiso arbitral los arbitros establecen y reglamentan en su sentencia la libre navegacion de dos rios fronterizos y por cierto en contra de Venezuela e El hecho de que el llamado Laudo fue efecto de un compromiso diplomatico explica que los arbitros no tomaran en cuenta las reglas de derecho contenidas en el Tratado Arbitral Los documentos contemporaneos mientras revelan que los arbitros eran conscientes de ello confirman el hecho al que califican de componenda y farsa 5 Los representantes de Gran Bretana presentaron al Tribunal de Arbitraje mapas a los que se atribuian decisiva importancia los cuales habian sido adulterados en el Colonial Office 6 La linea del llamado Laudo habia sido preparada en el Colonial Office en el mes de julio de 1899 o sea con varios meses la antelacion respecto de la sentencia Esta linea de frontera fue impuesta a los arbitros americanos por el Presidente del Tribunal el profesor ruso de Martens por medio de la coaccion 7 Venezuela nunca ha dado asentimiento al llamado Laudo del 3 de octubre de 1899 La participacion de Venezuela en la demarcacion de la frontera revistio un caracter puramente tecnico A ello fue forzado el pais por circunstancias para el insuperables Tanto el Gobierno como el pueblo venezolano en cuanto y como les fue posible pro testaron el llamado Laudo de 1899 Caracas 18 de marzo de 1965 Hermann Gonzalez Oropeza S J Pablo Ojer S J La confrontacion de informes y de documentos de expertos de ambas partes resulto en el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966 instrumento aun vigente mediante el cual se obligan ambas partes a encontrar un acuerdo practico para una solucion satisfactoria a la controversia Extracto del Acuerdo de Ginebra 14 CONVENCIDOS De que cualquiera controversia pendiente entre Venezuela por una parte y el Reino Unido y Guayana Britanica por la otra perjudicaria tal colaboracion y debe por consiguiente ser amistosamente resuelta en forma que resulte aceptable para ambas partes de conformidad con la Agenda que fue convenida para las conversaciones gubernamentales relativas a la controversia entre Venezuela y el Reino Unido sobre la frontera con Guayana Britanica segun el Comunicado Conjunto del 7 de noviembre de 1963 han llegado al siguiente Acuerdo para resolver la presente controversia Asimismo hacen del conocimiento de la ONU del mecanismo acordado Comunicado Conjunto del Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela el Secretario de Asuntos Exteriores del Reino Unido y del Primer Ministro de la Guayana Britanica Ginebra 17 de febrero de 1966 15 Como consecuencia de las deliberaciones se suscribio un Acuerdo cuyas estipulaciones permitiran llegar a la solucion definitiva de estos problemas Los Gobiernos han convenido en elevar el texto de dicho Acuerdo al conocimiento del Secretario General de las Naciones Unidas Referencias Editar Venezuela y Guyana retoman mecanismo de buen oficiante para diferendo limitrofe a b http soloparachavistas blogspot com 2009 09 chavez vs vinicio romero martinez y el 27 html http eltiempo com ve opinion columnistas siempre nuestro esequibo 71013 Archivado desde el original el 18 de agosto de 2017 Consultado el 5 de diciembre de 2012 Vinicio Romero Martinez 1997 Mas de 150 anos de reclamacion territorial Archivado desde el original el 28 de noviembre de 2010 Consultado el 19 de agosto de 2010 Recopilacion del Blog La Guayana Esequiba tambien disponible en el Blog S P Ch a b http laguayanaesequiba blogspot com 2009 09 01 archive html http www laguayanaesequiba org detalle php cid 36 amp id 96 El laudo arbitral de 1899 Boersner Demetrio 2007 Relaciones Internacionales de America Latina Sexta edicion Edit Random House Mondadori Caracas pp 223 256 http lilianafasciani blogspot com 2008 02 la soberana de venezuela sobre la html MEMORANDO DE SEVERO MALLET PREVOST Extracto http laguayanaesequiba blogspot com 2009 07 60 aniversario de la publicacion del html Posicion del gobierno de Guyana Archivado desde el original el 2 de marzo de 2007 http esequibo mppre gob ve index php option com content amp view article amp id 16 declaracion del presidente de la comision politica especial xvii periodo de sesiones de la asamblea general de la onu el 16 de noviembre de 1962 amp catid 8 fundamentos amp Itemid 10 http esequibo mppre gob ve index php option com content amp view article amp id 15 comunicado conjunto del ministro de relaciones exteriores de venezuela y el secretario de asuntos exteriores del reino unido londres 07 de noviembre de 1963 amp catid 8 fundamentos amp Itemid 10 http esequibo mppre gob ve index php option com content amp view article amp id 14 informe de los expertos venezolanos sobre la cuestion de limites con guayana britanica 18 de marzo de 1965 amp catid 8 fundamentos amp Itemid 10 Archivado desde el original el 6 de marzo de 2016 Consultado el 2 de agosto de 2010 http esequibo mppre gob ve index php option com content amp view article amp id 9 acuerdo para resolver la controversia entre venezuela y el reino unido de gran bretana e irlanda del norte sobre la frontera entre venezuela y guayana britanica ginebra 17 de febrero de 1966 amp catid 8 fundamentos amp Itemid 10 http esequibo mppre gob ve index php option com content amp view article amp id 10 comunicado conjunto del ministro de relaciones exteriores de venezuela el secretario de asuntos exteriores del reino unido y del primer ministro de la guayana britanica ginebra 17 de febrero de 1966 amp catid 8 fundamentos amp Itemid 10 Bibliografia EditarTorrealba Pompeyo 2006 A un siglo del despojo la historia de una reclamacion Enciclopedia del Esequibo Edit ARTE Caracas Boersner Demetrio 2007 Relaciones Internacionales de America Latina Sexta edicion Edit Random House Mondadori Caracas Vease tambien EditarDoctrina Monroe Doctrina del destino manifiesto Imperialismo Colonialismo Isla de Anacoco Guayana Esequiba Venezuela Guayana VenezolanaLaudos arbitrales sobre limites de fronteras Laudo Arbitral de 1977 Laudo Cleveland Laudo arbitral del rey Enrique II de Inglaterra Laudo del tribunal Hughes Laudo de Cleveland sobre Misiones Laudo Loubet Laudo Alfonso XIIIEnlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Laudo Arbitral de Paris Wikisource contiene obras originales de o sobre Laudo Arbitral de Paris Comunicacion del 4 de octubre de 1899 del Dr Jose Maria Rojas Agente ante el Tribunal Arbitral de Paris al MRE de Venezuela enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Derechos venezolanos de soberania en el Esequibo Una Introduccion a la Posicion de Guyana Sobre la Controversia Guyana Venezuela A 110 anos de una sentencia politica INSTITUTO DE ESTUDIOS FRONTERIZOS DE VENEZUELA IDEFV The shape of Guyana The road to arbitration ingles Venezuela y Guyana proponen a la ONU a Norman Girvan como buen oficiante para reclamacion Esequiba Datos Q6352172 Multimedia Guiana Arbitration Tribunal Paris 1899 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Laudo Arbitral de Paris amp oldid 139905896, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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