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Tribunal de las Aguas de Valencia

El Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia, conocido también como Tribunal de las Aguas (en valenciano, Tribunal de les Aigües), es una institución de Justicia encargada de dirimir los conflictos derivados del uso y aprovechamiento del agua de riego entre los agricultores de las Comunidades de Regantes de las acequias que forman parte de él (Quart, Benàger i Faitanar, Tormos, Mislata, Mestalla, Favara, Rascanya, Rovella y Chirivella).

Tribunales de regantes del Mediterráneo español: el Consejo de Hombres Buenos de la Huerta de Murcia y el Tribunal de las Aguas de la Huerta de Valencia

Patrimonio cultural inmaterial de la Unesco

Tribunal de las Aguas por Bernardo Ferrándiz, en 1865.
Localización
País España España
Comunidad Comunidad Valenciana Comunidad Valenciana
Provincia ValenciaValencia
Coordenadas 39°28′34″N 0°22′30″O / 39.476, -0.375122
Datos generales
Tipo Cultural inmaterial
Identificación 00171
Región Europa y América del Norte
Inscripción 2009 (IV sesión)
Fecha de celebración Cada jueves del año (excepto festivos y aquellos que van desde Navidad a Reyes).
Lugar de celebración Puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia

El 30 de septiembre de 2009 es designado Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. [1][2]

...testimonio único de una tradición cultural viva: la de la justicia y el gobierno democrático y autogestionario de las aguas por parte de los campesinos andalusíes en el ámbito de las huertas que rodeaban las grandes ciudades de la fachada mediterránea de la Península Ibérica...

Funcionamiento

El Tribunal es un tribunal consuetudinario. Está formado por un representante de cada una de las Comunidades de Regantes que forman parte, ocho en total, denominados Síndicos, y de entre ellos uno es elegido presidente por un tiempo que normalmente es de un bienio, renovable.

Cada jueves de la semana (excepto los festivos que se anticipa al miércoles y aquellos que van desde Navidad a Reyes) se reúne en sesión publica a las 12 en punto del mediodía y posteriormente se celebra la sesión administrativa en la Casa Vestuario de la Plaza de la Virgen de Valencia para discutir diversos asuntos, principalmente la distribución del agua. Pero es a las 12 en punto del mediodía, mientras suenan las campanas del Miguelete, cuando el Tribunal se constituye formalmente en la Puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia, en la misma plaza. Es entonces cuando el alguacil, con el permiso del presidente, llama a los denunciados de cada una de las acequias, con la tradicional frase: “denunciats de la sèquia de...! ”. El juicio se desarrolla de forma rápida, oral e íntegramente en valenciano.[3]​ El denunciante, que puede ser el guarda o cualquier afectado, expone el caso ante el Tribunal, y después el denunciado se defiende a sí mismo y responde a las preguntas que se le formulan. Es a continuación cuando el Tribunal, con la excepción del síndico de la acequia en cuestión, para garantizar la imparcialidad, decide la culpabilidad o no del denunciado, y en caso afirmativo, es el síndico de la acequia quien impone la pena a pagar por el infractor, de acuerdo con las Ordenanzas de la propia Comunidad de Regantes. Todavía hoy en día la pena se impone en “sueldos”, tal y como se hacía en época medieval, entendiéndose actualmente por “1 sueldo”, el sueldo diario del guarda de la acequia.

Las características del Tribunal se pueden definir según el Profesor Víctor Fairén Guillén en: oralidad, concentración, rapidez y economía.[4]​ Y el Profesor Vicente Simó Santonja pone de relieve por encima de estas características la solidaridad que rige en la organización.[5]

Son objeto de la jurisdicción del Tribunal de las Aguas: los mismos miembros del Tribunal, las Comunidades de Regantes, los atandadores, las personas jurídicas (por ejemplo las Cámaras Agrarias), los arrendatarios, los comuneros, los concesionarios de aguas, los regantes, los propios denunciantes y terceras personas. Pueden denunciar delante del Tribunal los síndicos, los elets que forman parte de la junta de cada Comunidad, el guarda (que viene a ser como un fiscal) y terceras personas.

Historia

 
Tribunal de las Aguas de Valencia, de Gustave Doré.

Su origen nos es totalmente desconocido, pese a que lo más probable es que sea una evolución, basada en tradiciones andalusíes anteriores. Algunos historiadores como José Vicente Gómez Bayarri sitúan sus orígenes en la época romana.[6]

La teoría más extendida, pero sin ningún fundamento histórico, se la debemos a Francisco Javier Borrull, defendida en 1813 ante las Cortes de Cádiz para intentar salvarlo de su desaparición. Su hipótesis es que ya existía un antecedente en época romana, pero que su fundación tal y como funciona hoy en día se produjo durante los reinados de los califas Abd al-Rahman III y al-Hakam II, en concreto en el año 960 de nuestra era, sin aclarar de dónde sale la referida fecha. La razón es qué es el único momento en que Borrull ve un momento de paz completa en la península, y por lo tanto deduce que de algún momento de los reinados de estos dos califas tuvo que salir la orden. De hecho, en 1960 se celebró el Milenario del Tribunal de las Aguas, impulsado por Vicente Giner Boira, asesor jurídico del Tribunal en aquel momento, y principal defensor de esta teoría en el siglo XX. Una vez “establecido” para Borrull el origen del Tribunal, se aduce la continuidad en época feudal por el Fuero XXXV del rey Jaime I el Conquistador, de 1239, por el que ordena que las acequias se rigen “segons que antigament és e fo establit e acostumat en temps de sarrahïns”. Además, el origen musulmán se ha venido apoyando en tres detalles: el hecho de que se celebre cada jueves (día anterior al viernes, el cual es festivo para los musulmanes); en el exterior de la catedral (antigua mezquita y ágora de la ciudad en tiempos prerromanos); y que el derecho a hablar se otorga en los juicios por el Presidente, que señala con el pie (al igual que en muchas tribus nómadas del Norte de África cada hombre sabio otorga la palabra al resto de indígenas de su propia tribu).

 
Tribunal de las Aguas de Valencia (2010).

En realidad no tenemos ningún documento que hable expresamente del Tribunal hasta el siglo XVIII, lo que no quiere decir que no existiera antes. Según los Fueros de Valencia la jurisdicción sobre regadíos la tienen los sequiers de cada Comunidad de Regantes. Sabemos que a principios del siglo XV los sequiers de algunas Comunidades de Regantes de la huerta de Valencia ya convocaban a los denunciados los jueves en la plaza de la Seu, pero esto no demuestra la existencia de un Tribunal constituido. Para Thomas Glick, el origen del Tribunal no sería debido a ningún rey o califa, sino que se trataría de una institución de muy larga evolución. Si no tenemos documentación sobre su existencia es porque no tenía un status legal, y como institución jurídica no tenía alguna importancia, puesto que la jurisdicción era de los sequiers. Parece lógico pensar que el objetivo de la reunión conjunta de los sequiers no era tanto el juicio en sí, tal y como se hace hoy en día, sino la consulta entre ellos como máximos conocedores de la realidad de la huerta de Valencia. Es muy probable también que el paso para convertirse de una reunión de sequiers en un Tribunal tal y como lo entendemos hoy en día se produjera precisamente en los mismos años en que Borrull defendía su permanencia en las Cortes de Cádiz, con el objetivo de adecuarlo a la jurisdicción del Estado Liberal.

Es interesante la descripción del funcionamiento del Tribunal en el siglo XIX que hace Vicente Blasco Ibáñez en su novela La barraca.

Véase también

Notas

  1. «El Tribunal de las Aguas, 10 años como ejemplo de Patrimonio de la Humanidad». Valenciaplaza.com. 2019. Consultado el 13 de enero de 2022. 
  2. «Tribunales de regantes del Mediterráneo español: el Consejo de Hombres Buenos de la Huerta de Murcia y el Tribunal de las Aguas de la Huerta de Valencia». UNESCO Culture Sector. Consultado el 20 de agosto de 2010. 
  3. Soriano, Lola (2022). «El Tribunal de las Aguas se defiende y afirma que sus juicios son «en valenciano» no en catalán». Las Provincias. Consultado el 13 de enero de 2022. 
  4. Fairén Guillén, Víctor (1988). El tribunal de las Aguas de Valencia y su proceso: oralidad, concentración, rapidez, economía. ISBN 978-84-505-7534-7. OCLC 875696980. Consultado el 22 de febrero de 2020. 
  5. «Los valencianos somos ejemplo de solidaridad frente a quienes se arrogan la exclusividad de lo que es de todos». elperiodic.com. Consultado el 22 de febrero de 2020. 
  6. «La agricultura y el Tribunal de las Aguas en la Valencia musulmana. Las Provincias». 

Enlaces externos

  •   Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Tribunal de las Aguas de Valencia.
  • «Tribunal de las Aguas de Valencia web oficial». Valencia. 
  •   Datos: Q2371015
  •   Multimedia: Tribunal de les Aigües de València

tribunal, aguas, valencia, tribunal, aguas, vega, valencia, conocido, también, como, tribunal, aguas, valenciano, tribunal, aigües, institución, justicia, encargada, dirimir, conflictos, derivados, aprovechamiento, agua, riego, entre, agricultores, comunidades. El Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia conocido tambien como Tribunal de las Aguas en valenciano Tribunal de les Aigues es una institucion de Justicia encargada de dirimir los conflictos derivados del uso y aprovechamiento del agua de riego entre los agricultores de las Comunidades de Regantes de las acequias que forman parte de el Quart Benager i Faitanar Tormos Mislata Mestalla Favara Rascanya Rovella y Chirivella Tribunales de regantes del Mediterraneo espanol el Consejo de Hombres Buenos de la Huerta de Murcia y el Tribunal de las Aguas de la Huerta de ValenciaPatrimonio cultural inmaterial de la UnescoTribunal de las Aguas por Bernardo Ferrandiz en 1865 LocalizacionPaisEspana EspanaComunidadComunidad Valenciana Comunidad ValencianaProvinciaValencia ValenciaCoordenadas39 28 34 N 0 22 30 O 39 476 0 375122Datos generalesTipoCultural inmaterialIdentificacion00171RegionEuropa y America del NorteInscripcion2009 IV sesion Fecha de celebracionCada jueves del ano excepto festivos y aquellos que van desde Navidad a Reyes Lugar de celebracionPuerta de los Apostoles de la Catedral de Valencia editar datos en Wikidata El 30 de septiembre de 2009 es designado Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad 1 2 testimonio unico de una tradicion cultural viva la de la justicia y el gobierno democratico y autogestionario de las aguas por parte de los campesinos andalusies en el ambito de las huertas que rodeaban las grandes ciudades de la fachada mediterranea de la Peninsula Iberica Indice 1 Funcionamiento 2 Historia 3 Vease tambien 4 Notas 5 Enlaces externosFuncionamiento EditarEl Tribunal es un tribunal consuetudinario Esta formado por un representante de cada una de las Comunidades de Regantes que forman parte ocho en total denominados Sindicos y de entre ellos uno es elegido presidente por un tiempo que normalmente es de un bienio renovable Cada jueves de la semana excepto los festivos que se anticipa al miercoles y aquellos que van desde Navidad a Reyes se reune en sesion publica a las 12 en punto del mediodia y posteriormente se celebra la sesion administrativa en la Casa Vestuario de la Plaza de la Virgen de Valencia para discutir diversos asuntos principalmente la distribucion del agua Pero es a las 12 en punto del mediodia mientras suenan las campanas del Miguelete cuando el Tribunal se constituye formalmente en la Puerta de los Apostoles de la Catedral de Valencia en la misma plaza Es entonces cuando el alguacil con el permiso del presidente llama a los denunciados de cada una de las acequias con la tradicional frase denunciats de la sequia de El juicio se desarrolla de forma rapida oral e integramente en valenciano 3 El denunciante que puede ser el guarda o cualquier afectado expone el caso ante el Tribunal y despues el denunciado se defiende a si mismo y responde a las preguntas que se le formulan Es a continuacion cuando el Tribunal con la excepcion del sindico de la acequia en cuestion para garantizar la imparcialidad decide la culpabilidad o no del denunciado y en caso afirmativo es el sindico de la acequia quien impone la pena a pagar por el infractor de acuerdo con las Ordenanzas de la propia Comunidad de Regantes Todavia hoy en dia la pena se impone en sueldos tal y como se hacia en epoca medieval entendiendose actualmente por 1 sueldo el sueldo diario del guarda de la acequia Las caracteristicas del Tribunal se pueden definir segun el Profesor Victor Fairen Guillen en oralidad concentracion rapidez y economia 4 Y el Profesor Vicente Simo Santonja pone de relieve por encima de estas caracteristicas la solidaridad que rige en la organizacion 5 Son objeto de la jurisdiccion del Tribunal de las Aguas los mismos miembros del Tribunal las Comunidades de Regantes los atandadores las personas juridicas por ejemplo las Camaras Agrarias los arrendatarios los comuneros los concesionarios de aguas los regantes los propios denunciantes y terceras personas Pueden denunciar delante del Tribunal los sindicos los elets que forman parte de la junta de cada Comunidad el guarda que viene a ser como un fiscal y terceras personas Historia Editar Tribunal de las Aguas de Valencia de Gustave Dore Su origen nos es totalmente desconocido pese a que lo mas probable es que sea una evolucion basada en tradiciones andalusies anteriores Algunos historiadores como Jose Vicente Gomez Bayarri situan sus origenes en la epoca romana 6 La teoria mas extendida pero sin ningun fundamento historico se la debemos a Francisco Javier Borrull defendida en 1813 ante las Cortes de Cadiz para intentar salvarlo de su desaparicion Su hipotesis es que ya existia un antecedente en epoca romana pero que su fundacion tal y como funciona hoy en dia se produjo durante los reinados de los califas Abd al Rahman III y al Hakam II en concreto en el ano 960 de nuestra era sin aclarar de donde sale la referida fecha La razon es que es el unico momento en que Borrull ve un momento de paz completa en la peninsula y por lo tanto deduce que de algun momento de los reinados de estos dos califas tuvo que salir la orden De hecho en 1960 se celebro el Milenario del Tribunal de las Aguas impulsado por Vicente Giner Boira asesor juridico del Tribunal en aquel momento y principal defensor de esta teoria en el siglo XX Una vez establecido para Borrull el origen del Tribunal se aduce la continuidad en epoca feudal por el Fuero XXXV del rey Jaime I el Conquistador de 1239 por el que ordena que las acequias se rigen segons que antigament es e fo establit e acostumat en temps de sarrahins Ademas el origen musulman se ha venido apoyando en tres detalles el hecho de que se celebre cada jueves dia anterior al viernes el cual es festivo para los musulmanes en el exterior de la catedral antigua mezquita y agora de la ciudad en tiempos prerromanos y que el derecho a hablar se otorga en los juicios por el Presidente que senala con el pie al igual que en muchas tribus nomadas del Norte de Africa cada hombre sabio otorga la palabra al resto de indigenas de su propia tribu Tribunal de las Aguas de Valencia 2010 En realidad no tenemos ningun documento que hable expresamente del Tribunal hasta el siglo XVIII lo que no quiere decir que no existiera antes Segun los Fueros de Valencia la jurisdiccion sobre regadios la tienen los sequiers de cada Comunidad de Regantes Sabemos que a principios del siglo XV los sequiers de algunas Comunidades de Regantes de la huerta de Valencia ya convocaban a los denunciados los jueves en la plaza de la Seu pero esto no demuestra la existencia de un Tribunal constituido Para Thomas Glick el origen del Tribunal no seria debido a ningun rey o califa sino que se trataria de una institucion de muy larga evolucion Si no tenemos documentacion sobre su existencia es porque no tenia un status legal y como institucion juridica no tenia alguna importancia puesto que la jurisdiccion era de los sequiers Parece logico pensar que el objetivo de la reunion conjunta de los sequiers no era tanto el juicio en si tal y como se hace hoy en dia sino la consulta entre ellos como maximos conocedores de la realidad de la huerta de Valencia Es muy probable tambien que el paso para convertirse de una reunion de sequiers en un Tribunal tal y como lo entendemos hoy en dia se produjera precisamente en los mismos anos en que Borrull defendia su permanencia en las Cortes de Cadiz con el objetivo de adecuarlo a la jurisdiccion del Estado Liberal Es interesante la descripcion del funcionamiento del Tribunal en el siglo XIX que hace Vicente Blasco Ibanez en su novela La barraca Vease tambien EditarConsejo de Hombres Buenos Recursos comunesNotas Editar El Tribunal de las Aguas 10 anos como ejemplo de Patrimonio de la Humanidad Valenciaplaza com 2019 Consultado el 13 de enero de 2022 Tribunales de regantes del Mediterraneo espanol el Consejo de Hombres Buenos de la Huerta de Murcia y el Tribunal de las Aguas de la Huerta de Valencia UNESCO Culture Sector Consultado el 20 de agosto de 2010 Soriano Lola 2022 El Tribunal de las Aguas se defiende y afirma que sus juicios son en valenciano no en catalan Las Provincias Consultado el 13 de enero de 2022 Fairen Guillen Victor 1988 El tribunal de las Aguas de Valencia y su proceso oralidad concentracion rapidez economia ISBN 978 84 505 7534 7 OCLC 875696980 Consultado el 22 de febrero de 2020 Los valencianos somos ejemplo de solidaridad frente a quienes se arrogan la exclusividad de lo que es de todos elperiodic com Consultado el 22 de febrero de 2020 La agricultura y el Tribunal de las Aguas en la Valencia musulmana Las Provincias Enlaces externos Editar Wikimedia Commons alberga una categoria multimedia sobre Tribunal de las Aguas de Valencia Tribunal de las Aguas de Valencia web oficial Valencia Archivo Vicente Giner Boira Biblioteca Valenciana Datos Q2371015 Multimedia Tribunal de les Aigues de Valencia Obtenido de https es wikipedia org w index php title Tribunal de las Aguas de Valencia amp oldid 140932009, wikipedia, wiki, leyendo, leer, 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