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Jefe Delegacional

El Jefe Delegacional fue una figura política del Distrito Federal de México existente de 1997 a 2018. Era el titular del órgano político-administrativo de cada una de las 16 delegaciones en que se dividía la capital del país. Era elegido en forma universal, libre, secreta y directa. Se auxiliaba, para el despacho de los asuntos de su competencia, de los Directores Generales, Directores de Área, Subdirectores y Jefes de Unidad Departamental, que establecían el Reglamento Interior de cada Delegación.

Jefes Delegacionales a partir del 1 de octubre de 2015 y hasta el 4 de septiembre de 2018[1][2] editar

Delegación Delegado Inicio del mandato Fin del mandato Partido político y municipal
Álvaro Obregón María Antonieta Hidalgo Torres 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018    
Azcapotzalco Pablo Motezumatl Barragán 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Benito Juárez Christian Von Roehrich De La Isla 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018
 
Coyoacán José Valentín Maldonado Salgado 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018    
Cuajimalpa Miguel Ángel Salazar Martínez 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Cuauhtémoc Ricardo Monreal Ávila 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Gustavo A. Madero Víctor Hugo Lobo Román 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018    
Iztacalco Carlos Enrique Estrada Meráz 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Iztapalapa Dione Anguiano Flores 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018      
Magdalena Contreras Fernando Mercado Guaida 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Miguel Hidalgo Xóchitl Gálvez 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018
 
Milpa Alta Jorge Alvarado Galicia 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Tláhuac Rigoberto Salgado Vázquez 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Tlalpan Claudia Sheinbaum Pardo 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  
Venustiano Carranza Israel Moreno Rivera 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018    
Xochimilco Avelino Méndez Rangel 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018  

Requisitos editar

Para ser Jefe Delegacional se requiere:[3]

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, en pleno goce de sus derechos;

II. Tener por lo menos veinticinco años el día de la elección;

III. Ser originario del Distrito Federal con dos años de residencia efectiva inmediatamente anteriores al día de la elección, o vecino de él con residencia efectiva no menor de tres años inmediatamente anteriores al día de la elección, y

IV. Cumplir los requisitos establecidos en las fracciones IV a X del artículo 53 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Facultades y obligaciones editar

Corresponde a los titulares de los Órganos Político-Administrativos de cada demarcación territorial:[4]

I. Legalizar las firmas de sus subalternos, y certificar y expedir copias y constancias de los documentos que obren en los archivos de la Delegación;

II. Expedir licencias para ejecutar obras de construcción, ampliación, reparación o demolición de edificaciones o instalaciones o realizar obras de construcción, reparación y mejoramiento de instalaciones subterráneas, con apego a la normatividad correspondiente;

III. Otorgar licencias de fusión, subdivisión, relotificación, de conjunto y de condominios; así como autorizar los números oficiales y alineamientos, con apego a la normatividad correspondiente;

IV. Expedir, en coordinación con el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano las certificaciones de uso del suelo en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

V. Otorgar autorizaciones para la instalación de anuncios en vía pública y en construcciones y edificaciones en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

VI. Otorgar permisos para el uso de la vía pública, sin que se afecte la naturaleza y destino de la misma en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

VII. Autorizar los horarios para el acceso a las diversiones y espectáculos públicos, vigilar su desarrollo y, en general, el cumplimiento de disposiciones jurídicas aplicables;

VIII. Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídicas y administrativas, levantar actas por violaciones a las mismas, calificarlas e imponer las sanciones que corresponda, excepto las de carácter fiscal;

IX. Proporcionar, en coordinación con las autoridades federales competentes, los servicios de filiación para identificar a los habitantes de la demarcación territorial y expedir certificados de residencia a personas que tengan su domicilio dentro de los límites de la demarcación territorial;

X. Coordinar sus acciones con la Secretaría de Gobierno para aplicar las políticas demográficas que fijen la Secretaría de Gobernación y el Consejo Nacional de Población;

XI. Intervenir en las juntas de reclutamiento, del Servicio Militar Nacional;XII. Elaborar y mantener actualizado el padrón de los giros mercantiles que funcionen en su jurisdicción y otorgar licencias y autorizaciones de funcionamiento de los giros sujetos a las leyes y reglamentos aplicables;

XIII. Formular y ejecutar programas de apoyo a la participación de la mujer en los diversos ámbitos del desarrollo pudiendo coordinarse con otras instituciones, públicas o privadas, para la implementación de los mismos. Estos programas deberán ser formulados de acuerdo a las políticas generales que al efecto determine la Secretaría de Gobierno;

XIV. Formular, ejecutar y vigilar el Programa de Seguridad Pública de la Delegación en coordinación con las Dependencias competentes;

XV. Establecer y organizar un comité de seguridad pública como instancia colegiada de consulta y participación ciudadana en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

XVI. Ejecutar las políticas generales de seguridad pública que al efecto establezca el Jefe de Gobierno;

XVII. Emitir opinión respecto al nombramiento del Jefe de Sector de Policía que corresponda en sus respectivas jurisdicciones;

XVIII. Presentar ante el Secretario competente los informes o quejas sobre la actuación y comportamiento de los miembros de los cuerpos de seguridad, respecto de actos que presuntamente contravengan las disposiciones, para su remoción conforme a los procedimientos legalmente establecidos;

XIX. Ordenar y ejecutar las medidas administrativas encaminadas a mantener o recuperar la posesión de bienes del dominio público que detecten particulares, pudiendo ordenar el retiro de obstáculos que impidan su adecuado uso;

XX. Proponer la adquisición de reservas territoriales necesarias para el desarrollo urbano de su territorio; y la desincorporación de inmuebles del Patrimonio del Distrito Federal que se encuentren dentro de su demarcación territorial, de conformidad con lo dispuesto por la ley de la materia;

XXI. Solicitar al Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría de Gobierno, y por considerarlo de utilidad pública, la expropiación o la ocupación total o parcial de bienes de propiedad privada, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

XXII. Prestar asesoría jurídica gratuita en materia civil, penal, administrativa y del trabajo, en beneficio de los habitantes de la respectiva demarcación territorial;

XXIII. Administrar los Juzgados Cívicos y los Juzgados del Registro Civil;

XXIV. Coordinar con los organismos competentes la colaboración que les soliciten para el proceso de regularización de la tenencia de la tierra;

XXV. Prestar los servicios públicos a que se refiere esta ley, así como aquellos que las demás determinen, tomando en consideración la previsión de ingresos y presupuesto de egresos del ejercicio respectivo;

XXVI. Dar mantenimiento a los monumentos públicos, plazas típicas o históricas, y obras de ornato, propiedad del Distrito Federal, así como participar, en los términos del Estatuto y de los convenios correspondientes, en el mantenimiento de aquellos de propiedad federal, que se encuentren dentro de su demarcación territorial;

XXVII. Prestar el servicio de limpia, en sus etapas de barrido de las áreas comunes, vialidades y demás vías públicas, así como de recolección de residuos sólidos, de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente;

XXVIII. Proponer a la Dependencia competente la aplicación de las medidas para mejorar la vialidad, circulación y seguridad de vehículos y peatones en las vialidades primarias;

XXIX. Autorizar, con base en las normas que al efecto expida la Secretaría de Transportes y Vialidad, y una vez realizados los estudios pertinentes, la ubicación, el funcionamiento y las tarifas que se aplicarán para los estacionamientos públicos de su jurisdicción;

XXX. Ejercer las funciones de vigilancia y verificación administrativa sobre el funcionamiento y la observancia de las tarifas en los estacionamientos públicos establecidos en su jurisdicción, así como aplicar las sanciones respectivas;

XXXI. Rehabilitar y mantener escuelas, así como construir, rehabilitar y mantener bibliotecas, museos y demás centros de servicio social, cultural y deportivo a su cargo, así como atender y vigilar su adecuado funcionamiento, de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente;

XXXII. Prestar el servicio de alumbrado público en las vialidades y mantener sus instalaciones en buen estado y funcionamiento, de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente;

XXXIII. Construir, rehabilitar y mantener los parques públicos que se encuentren a su cargo, de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente;

XXXIV. Construir, rehabilitar, mantener y, en su caso, administrar, los mercados públicos, de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente;

XXXV. Coadyuvar con el cuerpo de bomberos y el de rescate del Distrito Federal, para la prevención y extinción de incendios y otros siniestros que pongan en peligro la vida y el patrimonio de los habitantes;

XXXVI. Prestar en forma gratuita, servicios funerarios cuando se trate de personas indigentes, cuando no haya quien reclame el cadáver o sus deudos carezcan de recursos económicos;

XXXVII. Proponer las modificaciones al Programa Delegacional y a los Programas Parciales de su demarcación territorial;

XXXVIII. Realizar campañas de salud pública, en coordinación con las autoridades federales y locales que correspondan;

XXXIX. Coordinar con otras dependencias oficiales, instituciones públicas o privadas y con los particulares, la prestación de los servicios médicos asistenciales;

XL. Prestar el servicio de información actualizada en materia de planificación, contenida en el programa delegacional y en los programas parciales de su demarcación territorial;

XLI. Administrar los centros sociales e instalaciones recreativas y de capacitación para el trabajo y los centros deportivos cuya administración no esté reservada a otra unidad administrativa;

XLII. Efectuar ceremonias públicas para conmemorar acontecimientos históricos de carácter nacional o local, y organizar actos culturales, artísticos y sociales, así como promover el deporte y el turismo, en coordinación con las áreas centrales correspondientes;

XLIII. Promover los valores de la persona y de la sociedad así como fomentar las actividades que propendan a desarrollar el espíritu cívico, los sentimientos patrióticos de la población y el sentido de solidaridad social;

XLIV. Establecer e incrementar relaciones de colaboración con organizaciones e instituciones cuyas finalidades sean de interés para la comunidad;

XLV. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones y en su caso de las unidades administrativas que les estén adscritas, con excepción de aquellos contratos y convenios a que se refiere el artículo 20, párrafo primero, de esta Ley. También podrán suscribir aquellos que les sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia. El Jefe de Gobierno podrá ampliar o limitar el ejercicio de las facultades a que se refiere esta fracción;

XLVI. Atender el sistema de orientación, información y quejas;

XLVII. Proponer y ejecutar las obras tendientes a la regeneración de barrios deteriorados y, en su caso, promover su incorporación al patrimonio cultural;

XLVIII. Formular los programas que servirán de base para la elaboración de su anteproyecto de presupuesto;

XLIX. Participar con propuestas para la elaboración del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y en los programas especiales, que se discutan y elaboren en el seno del Comité de Planeación para el Desarrollo del Distrito Federal;

L. Administrar los recursos materiales y los bienes muebles e inmuebles asignados a la Delegación, de conformidad con las normas y criterios que establezcan las dependencias centrales;

LI. Realizar ferias, exposiciones y congresos vinculados a la promoción de actividades industriales, comerciales y económicas en general, dentro de su demarcación territorial;

LII. Construir, rehabilitar y mantener las vialidades secundarias, así como las guarniciones y banquetas requeridas en su demarcación;

LIII. Construir, rehabilitar y mantener puentes, pasos peatonales y reductores de velocidad en las vialidades primarias y secundarias de su demarcación, con base en los lineamientos que determinen las dependencias centrales;

LIV. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas a ellos adscritas;

LV. Dictar las medidas necesarias para el mejoramiento administrativo de las unidades a ellos adscritas y proponer al Jefe de Gobierno la delegación en funcionarios subalternos, de facultades que tengan encomendadas;

LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia correspondiente;

LVII. Ejecutar dentro de su demarcación territorial, programas de obras para el abastecimiento de agua potable y servicio de drenaje y alcantarillado que determine la comisión correspondiente, así como las demás obras y equipamiento urbano que no estén asignadas a otras dependencias;

LVIII. Prestar en su demarcación territorial los servicios de suministro de agua potable y alcantarillado, que no estén asignados a otras dependencias o entidades, así como analizar y proponer las tarifas correspondientes;

LIX. Presentar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y a los organismos que correspondan, programas de vivienda que beneficien a la población de su demarcación territorial, así como realizar su promoción y gestión;

LX. Promover dentro del ámbito de su competencia, la inversión inmobiliaria, tanto del sector público como privado, para la vivienda, equipamiento y servicios;

LXI. Implementar acciones de preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente desde su demarcación territorial, de conformidad con la normatividad ambiental;

LXII. Autorizar los informes preventivos, así como conocer y gestionar las manifestaciones de impacto ambiental que en relación con construcciones y establecimientos soliciten los particulares, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

LXIII. Vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental, así como aplicar las sanciones que correspondan cuando se trate de actividades o establecimientos cuya vigilancia no corresponda a las dependencias centrales, de conformidad con la normatividad ambiental aplicable;

LXIV. Difundir los programas y estrategias relacionados con la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente;

LXV. Promover la educación y participación comunitaria, social y privada para la preservación y restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente;

LXVI. Ejecutar el sistema de servicio público de carrera que se determine para las Delegaciones;

LXVII. Ejecutar los programas de simplificación administrativa, modernización y mejoramiento de atención al público;

LXVIII. Elaborar y ejecutar en coordinación con las dependencias competentes el Programa de Protección Civil de la Delegación;

LXIX. Recibir, evaluar y, en su caso, aprobar los Programas Internos y Especiales de Protección Civil en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

LXX. Vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones en materia de protección civil, así como aplicar la sanciones que correspondan, que no estén asignados a otras dependencias;

LXXI. Elaborar, promover, fomentar y ejecutar los proyectos productivos, que en el ámbito de su jurisdicción, protejan e incentiven el empleo, de acuerdo a los programas, lineamientos y políticas que en materia de fomento, desarrollo e inversión económica emitan las dependencias correspondientes;

LXXII. Promover y coordinar la instalación, funcionamiento y seguimiento de los Subcomités de Desarrollo Económico delegacionales, apoyando iniciativas de inversión para impulsar a los sectores productivos de su zona de influencia. Asimismo, ejecutar la normatividad que regule, coordine y dé seguimiento a dichos subcomités;

LXXIII. Establecer y ejecutar en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico las acciones que permitan coadyuvar a la modernización de las micro y pequeñas empresas de la localidad;

LXXIV. Participar y colaborar con todas las dependencias en la formulación, planeación y ejecución de los programas correspondientes en el ámbito de la competencia de dichas dependencias;

LXXV. Realizar recorridos periódicos, audiencias públicas y difusión pública de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Gobierno y en la Ley de Participación Ciudadana;

LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del delito;

LXXVII. Promover, coordinar y fomentar los programas de salud, así como campañas para prevenir y combatir la farmacodependencia, el alcoholismo, la violencia o desintegración familiar, en el ámbito de su competencia territorial;

LXXVIII. Designar a los servidores públicos de la Delegación, sujetándose a las disposiciones del Servicio Civil de Carrera. En todo caso, los funcionarios de confianza, mandos medios y superiores, serán designados y removidos libremente por el Jefe de Delegacional;

LXXIX. Establecer la estructura organizacional de la Delegación conforme a las disposiciones aplicables;

LXXX. Opinar sobre la concesión de servicios públicos que tengan efectos en la Delegación y sobre los Convenios que se suscriban entre el Distrito Federal y la Federación o los Estados o Municipios limítrofes que afecten directamente a la Delegación;

LXXXI. Proponer el Jefe de Gobierno, los proyectos de Programas Operativos Anuales y de Presupuesto de la Delegación, sujetándose a las estimaciones de ingresos para el Distrito Federal;

LXXXII. Coadyuvar con la dependencia de la administración Pública del Distrito Federal que resulte competente, en las tareas de seguridad pública y protección civil en la Delegación; y

LXXXIII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

Periodo editar

De acuerdo con el artículo 106 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, un Jefe Delegacional durará tres años en su encargo, iniciando el primero de octubre del año en que fue elegido.

Los Jefes Delegacionales deben rendir protesta ante el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Ausencias y nombramientos editar

Las ausencias del Jefe Delegacional de más de quince días y hasta por noventa días deberán ser autorizadas por el Jefe de Gobierno y serán cubiertas en términos de la Ley Orgánica respectiva. En caso de ausencia por un periodo mayor a noventa días, cualquiera que sea la causa, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designará, a propuesta, del Jefe de Gobierno y por mayoría absoluta de los diputados integrantes de la Legislatura, al sustituto. Si la elección demarcacional fuese declarada nula, en tanto se realiza la elección extraordinaria, la Asamblea procederá a designar al correspondiente Jefe Delegacional. Si el Jefe Delegacional electo no se presenta a tomar posesión de su encargo, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designará, a propuesta, del Jefe de Gobierno y por mayoría absoluta de los diputados integrantes de la Legislatura, al sustituto. Las personas que sean designadas por la Asamblea, deberán cumplir los requisitos establecidos el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.[cita requerida]

Remociones editar

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a propuesta del Jefe de Gobierno o de los diputados, podrá remover a los Jefes Delegacionales por las causas graves siguientes:[5]

I. Por violaciones sistemáticas a la Constitución, al presente Estatuto o a las leyes federales y del Distrito Federal;

II. Por contravenir de manera grave y sistemática los reglamentos, acuerdos y demás resoluciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal;

III. Por realizar cualquier acto o incurrir en omisiones que afecten gravemente el funcionamiento de la administración pública del Distrito Federal o el orden público en la Entidad;

IV. Por desempeñar cualquier otro empleo, cargo o comisión en la Federación, Estados, Distrito Federal o Municipios, durante el tiempo que dure su encargo, excepto las actividades docentes, académicas y de investigación científica no remuneradas;

V. Por invadir de manera reiterada y sistemática la esfera de competencia de la administración pública central o paraestatal del Distrito Federal;

VI. Por incumplir reiterada y sistemáticamente las resoluciones de los órganos jurisdiccionales Federales o del Distrito Federal;

VII. Por realizar actos que afecten gravemente las relaciones de la Delegación con el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, y

VIII. Por realizar actos que afecten de manera grave las relaciones del Jefe de Gobierno con los Poderes de la Unión.

La Asamblea Legislativa calificará la gravedad de la falta y resolverá en definitiva sobre la remoción, por el voto de las dos terceras partes de los miembros integrantes de la Legislatura, siempre y cuando el Jefe Delegacional haya tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan. La resolución de la Asamblea será definitiva e inatacable y surtirá sus efectos de inmediato.

En caso de remoción del Jefe Delegacional, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designará, a propuesta del Jefe de Gobierno, por mayoría absoluta de los integrantes de la Legislatura, al sustituto para que termine el encargo.

En el caso de sentencia ejecutoria condenatoria por delito doloso en contra de un Jefe Delegacional, sin dilación alguna el juez dará cuenta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para el solo efecto de que declare la destitución del cargo y nombre al sustituto, observando lo dispuesto en el párrafo anterior.

Las sanciones distintas a la remoción serán aplicadas conforme a las disposiciones conducentes de la ley de la materia.

Los Jefes Delegacionales deberán observar y hacer cumplir las resoluciones que emitan el Jefe de Gobierno, la Asamblea Legislativa, el Tribunal Superior de Justicia, y las demás autoridades jurisdiccionales.

Las controversias de carácter competencial administrativo que se presentaren entre las Delegaciones y los demás órganos y dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal serán resueltas por el Jefe de Gobierno.

Referencias editar

  1. Milenio Digital www.milenio.com. «Rinden protesta nuevos jefes delegacionales». 
  2. Kenya Ramírez www.excelsior.com.mx. «Jefes delegacionales rinden protesta en medio de gritos». 
  3. Cámara de Diputados. . Archivado desde el original el 1 de octubre de 2009. 
  4. Cámara de Diputados. . Archivado desde el original el 1 de octubre de 2009. 
  5. Cámara de Diputados. . Archivado desde el original el 1 de octubre de 2009. 
  •   Datos: Q5928946

jefe, delegacional, figura, política, distrito, federal, méxico, existente, 1997, 2018, titular, órgano, político, administrativo, cada, delegaciones, dividía, capital, país, elegido, forma, universal, libre, secreta, directa, auxiliaba, para, despacho, asunto. El Jefe Delegacional fue una figura politica del Distrito Federal de Mexico existente de 1997 a 2018 Era el titular del organo politico administrativo de cada una de las 16 delegaciones en que se dividia la capital del pais Era elegido en forma universal libre secreta y directa Se auxiliaba para el despacho de los asuntos de su competencia de los Directores Generales Directores de Area Subdirectores y Jefes de Unidad Departamental que establecian el Reglamento Interior de cada Delegacion Indice 1 Jefes Delegacionales a partir del 1 de octubre de 2015 y hasta el 4 de septiembre de 2018 1 2 2 Requisitos 3 Facultades y obligaciones 4 Periodo 5 Ausencias y nombramientos 6 Remociones 7 ReferenciasJefes Delegacionales a partir del 1 de octubre de 2015 y hasta el 4 de septiembre de 2018 1 2 editarDelegacion Delegado Inicio del mandato Fin del mandato Partido politico y municipalAlvaro Obregon Maria Antonieta Hidalgo Torres 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp nbsp Azcapotzalco Pablo Motezumatl Barragan 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Benito Juarez Christian Von Roehrich De La Isla 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Coyoacan Jose Valentin Maldonado Salgado 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp nbsp Cuajimalpa Miguel Angel Salazar Martinez 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Cuauhtemoc Ricardo Monreal Avila 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Gustavo A Madero Victor Hugo Lobo Roman 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp nbsp Iztacalco Carlos Enrique Estrada Meraz 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Iztapalapa Dione Anguiano Flores 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp nbsp nbsp Magdalena Contreras Fernando Mercado Guaida 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Miguel Hidalgo Xochitl Galvez 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Milpa Alta Jorge Alvarado Galicia 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Tlahuac Rigoberto Salgado Vazquez 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Tlalpan Claudia Sheinbaum Pardo 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Venustiano Carranza Israel Moreno Rivera 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp nbsp Xochimilco Avelino Mendez Rangel 1 de octubre de 2015 30 de septiembre de 2018 nbsp Requisitos editarPara ser Jefe Delegacional se requiere 3 I Ser ciudadano mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad en pleno goce de sus derechos II Tener por lo menos veinticinco anos el dia de la eleccion III Ser originario del Distrito Federal con dos anos de residencia efectiva inmediatamente anteriores al dia de la eleccion o vecino de el con residencia efectiva no menor de tres anos inmediatamente anteriores al dia de la eleccion yIV Cumplir los requisitos establecidos en las fracciones IV a X del articulo 53 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal Facultades y obligaciones editarCorresponde a los titulares de los organos Politico Administrativos de cada demarcacion territorial 4 I Legalizar las firmas de sus subalternos y certificar y expedir copias y constancias de los documentos que obren en los archivos de la Delegacion II Expedir licencias para ejecutar obras de construccion ampliacion reparacion o demolicion de edificaciones o instalaciones o realizar obras de construccion reparacion y mejoramiento de instalaciones subterraneas con apego a la normatividad correspondiente III Otorgar licencias de fusion subdivision relotificacion de conjunto y de condominios asi como autorizar los numeros oficiales y alineamientos con apego a la normatividad correspondiente IV Expedir en coordinacion con el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano las certificaciones de uso del suelo en los terminos de las disposiciones juridicas aplicables V Otorgar autorizaciones para la instalacion de anuncios en via publica y en construcciones y edificaciones en los terminos de las disposiciones juridicas aplicables VI Otorgar permisos para el uso de la via publica sin que se afecte la naturaleza y destino de la misma en los terminos de las disposiciones juridicas aplicables VII Autorizar los horarios para el acceso a las diversiones y espectaculos publicos vigilar su desarrollo y en general el cumplimiento de disposiciones juridicas aplicables VIII Velar por el cumplimiento de las leyes reglamentos decretos acuerdos circulares y demas disposiciones juridicas y administrativas levantar actas por violaciones a las mismas calificarlas e imponer las sanciones que corresponda excepto las de caracter fiscal IX Proporcionar en coordinacion con las autoridades federales competentes los servicios de filiacion para identificar a los habitantes de la demarcacion territorial y expedir certificados de residencia a personas que tengan su domicilio dentro de los limites de la demarcacion territorial X Coordinar sus acciones con la Secretaria de Gobierno para aplicar las politicas demograficas que fijen la Secretaria de Gobernacion y el Consejo Nacional de Poblacion XI Intervenir en las juntas de reclutamiento del Servicio Militar Nacional XII Elaborar y mantener actualizado el padron de los giros mercantiles que funcionen en su jurisdiccion y otorgar licencias y autorizaciones de funcionamiento de los giros sujetos a las leyes y reglamentos aplicables XIII Formular y ejecutar programas de apoyo a la participacion de la mujer en los diversos ambitos del desarrollo pudiendo coordinarse con otras instituciones publicas o privadas para la implementacion de los mismos Estos programas deberan ser formulados de acuerdo a las politicas generales que al efecto determine la Secretaria de Gobierno XIV Formular ejecutar y vigilar el Programa de Seguridad Publica de la Delegacion en coordinacion con las Dependencias competentes XV Establecer y organizar un comite de seguridad publica como instancia colegiada de consulta y participacion ciudadana en los terminos de las disposiciones juridicas aplicables XVI Ejecutar las politicas generales de seguridad publica que al efecto establezca el Jefe de Gobierno XVII Emitir opinion respecto al nombramiento del Jefe de Sector de Policia que corresponda en sus respectivas jurisdicciones XVIII Presentar ante el Secretario competente los informes o quejas sobre la actuacion y comportamiento de los miembros de los cuerpos de seguridad respecto de actos que presuntamente contravengan las disposiciones para su remocion conforme a los procedimientos legalmente establecidos XIX Ordenar y ejecutar las medidas administrativas encaminadas a mantener o recuperar la posesion de bienes del dominio publico que detecten particulares pudiendo ordenar el retiro de obstaculos que impidan su adecuado uso XX Proponer la adquisicion de reservas territoriales necesarias para el desarrollo urbano de su territorio y la desincorporacion de inmuebles del Patrimonio del Distrito Federal que se encuentren dentro de su demarcacion territorial de conformidad con lo dispuesto por la ley de la materia XXI Solicitar al Jefe de Gobierno a traves de la Secretaria de Gobierno y por considerarlo de utilidad publica la expropiacion o la ocupacion total o parcial de bienes de propiedad privada en los terminos de las disposiciones juridicas aplicables XXII Prestar asesoria juridica gratuita en materia civil penal administrativa y del trabajo en beneficio de los habitantes de la respectiva demarcacion territorial XXIII Administrar los Juzgados Civicos y los Juzgados del Registro Civil XXIV Coordinar con los organismos competentes la colaboracion que les soliciten para el proceso de regularizacion de la tenencia de la tierra XXV Prestar los servicios publicos a que se refiere esta ley asi como aquellos que las demas determinen tomando en consideracion la prevision de ingresos y presupuesto de egresos del ejercicio respectivo XXVI Dar mantenimiento a los monumentos publicos plazas tipicas o historicas y obras de ornato propiedad del Distrito Federal asi como participar en los terminos del Estatuto y de los convenios correspondientes en el mantenimiento de aquellos de propiedad federal que se encuentren dentro de su demarcacion territorial XXVII Prestar el servicio de limpia en sus etapas de barrido de las areas comunes vialidades y demas vias publicas asi como de recoleccion de residuos solidos de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente XXVIII Proponer a la Dependencia competente la aplicacion de las medidas para mejorar la vialidad circulacion y seguridad de vehiculos y peatones en las vialidades primarias XXIX Autorizar con base en las normas que al efecto expida la Secretaria de Transportes y Vialidad y una vez realizados los estudios pertinentes la ubicacion el funcionamiento y las tarifas que se aplicaran para los estacionamientos publicos de su jurisdiccion XXX Ejercer las funciones de vigilancia y verificacion administrativa sobre el funcionamiento y la observancia de las tarifas en los estacionamientos publicos establecidos en su jurisdiccion asi como aplicar las sanciones respectivas XXXI Rehabilitar y mantener escuelas asi como construir rehabilitar y mantener bibliotecas museos y demas centros de servicio social cultural y deportivo a su cargo asi como atender y vigilar su adecuado funcionamiento de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente XXXII Prestar el servicio de alumbrado publico en las vialidades y mantener sus instalaciones en buen estado y funcionamiento de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente XXXIII Construir rehabilitar y mantener los parques publicos que se encuentren a su cargo de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente XXXIV Construir rehabilitar mantener y en su caso administrar los mercados publicos de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente XXXV Coadyuvar con el cuerpo de bomberos y el de rescate del Distrito Federal para la prevencion y extincion de incendios y otros siniestros que pongan en peligro la vida y el patrimonio de los habitantes XXXVI Prestar en forma gratuita servicios funerarios cuando se trate de personas indigentes cuando no haya quien reclame el cadaver o sus deudos carezcan de recursos economicos XXXVII Proponer las modificaciones al Programa Delegacional y a los Programas Parciales de su demarcacion territorial XXXVIII Realizar campanas de salud publica en coordinacion con las autoridades federales y locales que correspondan XXXIX Coordinar con otras dependencias oficiales instituciones publicas o privadas y con los particulares la prestacion de los servicios medicos asistenciales XL Prestar el servicio de informacion actualizada en materia de planificacion contenida en el programa delegacional y en los programas parciales de su demarcacion territorial XLI Administrar los centros sociales e instalaciones recreativas y de capacitacion para el trabajo y los centros deportivos cuya administracion no este reservada a otra unidad administrativa XLII Efectuar ceremonias publicas para conmemorar acontecimientos historicos de caracter nacional o local y organizar actos culturales artisticos y sociales asi como promover el deporte y el turismo en coordinacion con las areas centrales correspondientes XLIII Promover los valores de la persona y de la sociedad asi como fomentar las actividades que propendan a desarrollar el espiritu civico los sentimientos patrioticos de la poblacion y el sentido de solidaridad social XLIV Establecer e incrementar relaciones de colaboracion con organizaciones e instituciones cuyas finalidades sean de interes para la comunidad XLV Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones asi como celebrar otorgar y suscribir los contratos convenios y demas actos juridicos de caracter administrativo o de cualquier otra indole dentro del ambito de su competencia necesarios para el ejercicio de sus funciones y en su caso de las unidades administrativas que les esten adscritas con excepcion de aquellos contratos y convenios a que se refiere el articulo 20 parrafo primero de esta Ley Tambien podran suscribir aquellos que les sean senalados por delegacion o les correspondan por suplencia El Jefe de Gobierno podra ampliar o limitar el ejercicio de las facultades a que se refiere esta fraccion XLVI Atender el sistema de orientacion informacion y quejas XLVII Proponer y ejecutar las obras tendientes a la regeneracion de barrios deteriorados y en su caso promover su incorporacion al patrimonio cultural XLVIII Formular los programas que serviran de base para la elaboracion de su anteproyecto de presupuesto XLIX Participar con propuestas para la elaboracion del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y en los programas especiales que se discutan y elaboren en el seno del Comite de Planeacion para el Desarrollo del Distrito Federal L Administrar los recursos materiales y los bienes muebles e inmuebles asignados a la Delegacion de conformidad con las normas y criterios que establezcan las dependencias centrales LI Realizar ferias exposiciones y congresos vinculados a la promocion de actividades industriales comerciales y economicas en general dentro de su demarcacion territorial LII Construir rehabilitar y mantener las vialidades secundarias asi como las guarniciones y banquetas requeridas en su demarcacion LIII Construir rehabilitar y mantener puentes pasos peatonales y reductores de velocidad en las vialidades primarias y secundarias de su demarcacion con base en los lineamientos que determinen las dependencias centrales LIV Planear programar organizar dirigir controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas a ellos adscritas LV Dictar las medidas necesarias para el mejoramiento administrativo de las unidades a ellos adscritas y proponer al Jefe de Gobierno la delegacion en funcionarios subalternos de facultades que tengan encomendadas LVI Ejecutar en su demarcacion territorial programas de desarrollo social con la participacion ciudadana considerando las politicas y programas que en la materia emita la dependencia correspondiente LVII Ejecutar dentro de su demarcacion territorial programas de obras para el abastecimiento de agua potable y servicio de drenaje y alcantarillado que determine la comision correspondiente asi como las demas obras y equipamiento urbano que no esten asignadas a otras dependencias LVIII Prestar en su demarcacion territorial los servicios de suministro de agua potable y alcantarillado que no esten asignados a otras dependencias o entidades asi como analizar y proponer las tarifas correspondientes LIX Presentar a la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda y a los organismos que correspondan programas de vivienda que beneficien a la poblacion de su demarcacion territorial asi como realizar su promocion y gestion LX Promover dentro del ambito de su competencia la inversion inmobiliaria tanto del sector publico como privado para la vivienda equipamiento y servicios LXI Implementar acciones de preservacion y restauracion del equilibrio ecologico asi como la proteccion al ambiente desde su demarcacion territorial de conformidad con la normatividad ambiental LXII Autorizar los informes preventivos asi como conocer y gestionar las manifestaciones de impacto ambiental que en relacion con construcciones y establecimientos soliciten los particulares de conformidad con las disposiciones juridicas aplicables LXIII Vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental asi como aplicar las sanciones que correspondan cuando se trate de actividades o establecimientos cuya vigilancia no corresponda a las dependencias centrales de conformidad con la normatividad ambiental aplicable LXIV Difundir los programas y estrategias relacionados con la preservacion del equilibrio ecologico y la proteccion al ambiente en coordinacion con la Secretaria del Medio Ambiente LXV Promover la educacion y participacion comunitaria social y privada para la preservacion y restauracion de los recursos naturales y la proteccion al ambiente LXVI Ejecutar el sistema de servicio publico de carrera que se determine para las Delegaciones LXVII Ejecutar los programas de simplificacion administrativa modernizacion y mejoramiento de atencion al publico LXVIII Elaborar y ejecutar en coordinacion con las dependencias competentes el Programa de Proteccion Civil de la Delegacion LXIX Recibir evaluar y en su caso aprobar los Programas Internos y Especiales de Proteccion Civil en terminos de las disposiciones juridicas aplicables LXX Vigilar y verificar administrativamente el cumplimiento de las disposiciones en materia de proteccion civil asi como aplicar la sanciones que correspondan que no esten asignados a otras dependencias LXXI Elaborar promover fomentar y ejecutar los proyectos productivos que en el ambito de su jurisdiccion protejan e incentiven el empleo de acuerdo a los programas lineamientos y politicas que en materia de fomento desarrollo e inversion economica emitan las dependencias correspondientes LXXII Promover y coordinar la instalacion funcionamiento y seguimiento de los Subcomites de Desarrollo Economico delegacionales apoyando iniciativas de inversion para impulsar a los sectores productivos de su zona de influencia Asimismo ejecutar la normatividad que regule coordine y de seguimiento a dichos subcomites LXXIII Establecer y ejecutar en coordinacion con la Secretaria de Desarrollo Economico las acciones que permitan coadyuvar a la modernizacion de las micro y pequenas empresas de la localidad LXXIV Participar y colaborar con todas las dependencias en la formulacion planeacion y ejecucion de los programas correspondientes en el ambito de la competencia de dichas dependencias LXXV Realizar recorridos periodicos audiencias publicas y difusion publica de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Gobierno y en la Ley de Participacion Ciudadana LXXVI Coordinar acciones de participacion ciudadana en materia de prevencion del delito LXXVII Promover coordinar y fomentar los programas de salud asi como campanas para prevenir y combatir la farmacodependencia el alcoholismo la violencia o desintegracion familiar en el ambito de su competencia territorial LXXVIII Designar a los servidores publicos de la Delegacion sujetandose a las disposiciones del Servicio Civil de Carrera En todo caso los funcionarios de confianza mandos medios y superiores seran designados y removidos libremente por el Jefe de Delegacional LXXIX Establecer la estructura organizacional de la Delegacion conforme a las disposiciones aplicables LXXX Opinar sobre la concesion de servicios publicos que tengan efectos en la Delegacion y sobre los Convenios que se suscriban entre el Distrito Federal y la Federacion o los Estados o Municipios limitrofes que afecten directamente a la Delegacion LXXXI Proponer el Jefe de Gobierno los proyectos de Programas Operativos Anuales y de Presupuesto de la Delegacion sujetandose a las estimaciones de ingresos para el Distrito Federal LXXXII Coadyuvar con la dependencia de la administracion Publica del Distrito Federal que resulte competente en las tareas de seguridad publica y proteccion civil en la Delegacion yLXXXIII Las demas que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos Periodo editarDe acuerdo con el articulo 106 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal un Jefe Delegacional durara tres anos en su encargo iniciando el primero de octubre del ano en que fue elegido Los Jefes Delegacionales deben rendir protesta ante el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal Ausencias y nombramientos editarLas ausencias del Jefe Delegacional de mas de quince dias y hasta por noventa dias deberan ser autorizadas por el Jefe de Gobierno y seran cubiertas en terminos de la Ley Organica respectiva En caso de ausencia por un periodo mayor a noventa dias cualquiera que sea la causa la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designara a propuesta del Jefe de Gobierno y por mayoria absoluta de los diputados integrantes de la Legislatura al sustituto Si la eleccion demarcacional fuese declarada nula en tanto se realiza la eleccion extraordinaria la Asamblea procedera a designar al correspondiente Jefe Delegacional Si el Jefe Delegacional electo no se presenta a tomar posesion de su encargo la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designara a propuesta del Jefe de Gobierno y por mayoria absoluta de los diputados integrantes de la Legislatura al sustituto Las personas que sean designadas por la Asamblea deberan cumplir los requisitos establecidos el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal cita requerida Remociones editarLa Asamblea Legislativa del Distrito Federal a propuesta del Jefe de Gobierno o de los diputados podra remover a los Jefes Delegacionales por las causas graves siguientes 5 I Por violaciones sistematicas a la Constitucion al presente Estatuto o a las leyes federales y del Distrito Federal II Por contravenir de manera grave y sistematica los reglamentos acuerdos y demas resoluciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal III Por realizar cualquier acto o incurrir en omisiones que afecten gravemente el funcionamiento de la administracion publica del Distrito Federal o el orden publico en la Entidad IV Por desempenar cualquier otro empleo cargo o comision en la Federacion Estados Distrito Federal o Municipios durante el tiempo que dure su encargo excepto las actividades docentes academicas y de investigacion cientifica no remuneradas V Por invadir de manera reiterada y sistematica la esfera de competencia de la administracion publica central o paraestatal del Distrito Federal VI Por incumplir reiterada y sistematicamente las resoluciones de los organos jurisdiccionales Federales o del Distrito Federal VII Por realizar actos que afecten gravemente las relaciones de la Delegacion con el Jefe de Gobierno del Distrito Federal yVIII Por realizar actos que afecten de manera grave las relaciones del Jefe de Gobierno con los Poderes de la Union La Asamblea Legislativa calificara la gravedad de la falta y resolvera en definitiva sobre la remocion por el voto de las dos terceras partes de los miembros integrantes de la Legislatura siempre y cuando el Jefe Delegacional haya tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan La resolucion de la Asamblea sera definitiva e inatacable y surtira sus efectos de inmediato En caso de remocion del Jefe Delegacional la Asamblea Legislativa del Distrito Federal designara a propuesta del Jefe de Gobierno por mayoria absoluta de los integrantes de la Legislatura al sustituto para que termine el encargo En el caso de sentencia ejecutoria condenatoria por delito doloso en contra de un Jefe Delegacional sin dilacion alguna el juez dara cuenta a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para el solo efecto de que declare la destitucion del cargo y nombre al sustituto observando lo dispuesto en el parrafo anterior Las sanciones distintas a la remocion seran aplicadas conforme a las disposiciones conducentes de la ley de la materia Los Jefes Delegacionales deberan observar y hacer cumplir las resoluciones que emitan el Jefe de Gobierno la Asamblea Legislativa el Tribunal Superior de Justicia y las demas autoridades jurisdiccionales Las controversias de caracter competencial administrativo que se presentaren entre las Delegaciones y los demas organos y dependencias de la Administracion Publica del Distrito Federal seran resueltas por el Jefe de Gobierno Referencias editar Milenio Digital www milenio com Rinden protesta nuevos jefes delegacionales Kenya Ramirez www excelsior com mx Jefes delegacionales rinden protesta en medio de gritos Camara de Diputados Articulo 105 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal Archivado desde el original el 1 de octubre de 2009 Camara de Diputados Articulo 39 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal Archivado desde el original el 1 de octubre de 2009 Camara de Diputados Articulo 108 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal Archivado desde el original el 1 de octubre de 2009 nbsp Datos Q5928946 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Jefe Delegacional amp oldid 152230658, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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