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Javier Gómez de Liaño

Francisco Javier Gómez de Liaño y Botella (Orense, 2 de agosto de 1948) es un jurista español. Conocido por su carrera como juez, ejerce actualmente de abogado.

Javier Gómez de Liaño
Información personal
Nacimiento 2 de agosto de 1948 (73 años)
Orense (España)
Nacionalidad Española
Educación
Educado en Universidad de Salamanca
Información profesional
Ocupación Jurista y juez
Distinciones

Biografía

Licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca, fue juez de vigilancia penitenciaria antes de pasar a la Audiencia Nacional. Desde este tribunal asumió casos relacionados con los GAL como el de Lasa y Zabala. Entre 1990 y 1995 fue también vocal del Consejo General del Poder Judicial de España (CGPJ). Antes de ejercer como juez, fue secretario judicial.

Denuncia contra el grupo PRISA y condena por prevaricación

En 1997 asumió una denuncia contra el grupo PRISA. Gómez de Liaño procesó a Jesús de Polanco, Juan Luis Cebrián y a todo el Consejo de Administración de Sogecable, por un presunto delito de apropiación indebida. Dictó un total de siete resoluciones que fueron revocadas en instancias superiores. En 1998 Jesús de Polanco lo denunció por prevaricación en la instrucción del caso y fue condenado por dicho delito y apartado de la carrera judicial. Recurrió en diversas instancias (incluyendo Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional) que rechazaron los recursos. Esta condena por prevaricación a Gómez de Liaño fue celebrada por Felipe González, Juan Luis Cebrián y Jesús Polanco en una cena en el restaurante Lucio.[1]

En 2000 recibió un indulto del gobierno (presidido por José María Aznar) para volver a la carrera judicial, con la condición de no incorporarse a la Audiencia Nacional durante 25 años.

En julio de 2008 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, recordando «la importancia que para una sociedad democrática tiene la confianza que los tribunales deben inspirar a los justiciables», estima que «las quejas sobre la imparcialidad del órgano jurisdiccional español que le juzgó y le condenó del demandante Gómez de Liaño pueden ser consideradas objetivamente justificadas», concluyendo el Tribunal que en el juicio al que fue sometido el demandante «ha habido violación del art. 6.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales», que establece que «toda persona tiene derecho a que su causa sea oída … por un tribunal independiente e imparcial». La estimación del recurso basado en el art. 6.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Públicas se basó en que al dictar con anterioridad los jueces que le juzgaron determinadas resoluciones incidentales, no habían ofrecido la suficiente «apariencia de imparcialidad», todo ello debido al sistema procesal español.

No obstante, el tribunal no le absolvió de los delitos por los que fue condenado ni anuló las sentencias del Tribunal Supremo ni del Constitucional al carecer de competencias para ello, limitándose a imponer al Estado una multa de 5.000 euros.[2]​ en concepto de "daños morales". Es una constante en la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo que el mismo no tiene atribuciones para anular normas, actos administrativos, ni sentencias judiciales, limitándose sus competencias a examinar y declarar la vulneración de los derechos recogidos en el Convenio por parte de los estados parte, y en su caso a conceder a la parte perjudicada una satisfacción equitativa. En la actualidad y merced a la reforma operada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, el artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite solicitar las revisión de las sentencias firmes "Cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que dicha resolución fue dictada en violación de alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos, siempre que la violación, por su naturaleza y gravedad, entrañe efectos que persistan y no puedan cesar de ningún otro modo que no sea mediante esta revisión".

Abogado y escritor

En su nueva etapa como abogado asumió la defensa de una señora imputada en el caso de corrupción urbanística en España, caso Malaya. Sin embargo renunció a defenderla alegando "incompatibilidad total en la línea de defensa", dadas las constantes declaraciones de la acusada ante los medios.[cita requerida]. También defendió al georgiano Zakhar Kalashov[3]

El 11 de julio de 2013 asume la defensa del extesorero del PP Luis Bárcenas, después de que los letrados Miguel Bajo y Alfonso Trallero renunciaran a representarle por sus discrepancias profesionales con él. La mujer de Gómez de Liaño, la abogada María Dolores Márquez de Prado, asume la defensa de la mujer de Bárcenas, Rosalía Iglesias.

Además de ejercer la abogacía, Gómez de Liaño colabora esporádicamente en el diario El Mundo y ha publicado dos libros sobre la justicia española: Desde el banquillo (Ediciones Temas de Hoy, 2000) y Pasos perdidos.También es autor de una novela de ficción, basada en un error judicial, titulada "La casa de los momos". Vive en la localidad madrileña de Torrelodones.

Referencias

  1. Ramírez, 2004, p. 527.
  2. Prevaricó; claro que sí El País, 24 de julio de 2008, recuperado el 16 de mayo de 2019
  3. Blindan la cárcel de Teixeiro para que un capo no huya en helicóptero Publicado por La Voz de Galicia, 20 de marzo de 2012, recuperado el 16 de mayo de 2019

Enlaces externos

  • Perfil de Javier Gómez de Liaño en la revista Cinco Días
  • El Poder Judicial suspende a Gómez de Liaño. El País, 20 de junio de 1998
  • Javier Gómez de Liaño no tuvo un juicio imparcial
  • ZAPATERO Y LA "DESFACHATEZ" DE INDULTAR A LIAÑO
  •   Datos: Q9011255

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Francisco Javier Gomez de Liano y Botella Orense 2 de agosto de 1948 es un jurista espanol Conocido por su carrera como juez ejerce actualmente de abogado Javier Gomez de LianoInformacion personalNacimiento2 de agosto de 1948 73 anos Orense Espana NacionalidadEspanolaEducacionEducado enUniversidad de SalamancaInformacion profesionalOcupacionJurista y juezDistincionesGran Cruz de la Orden de San Raimundo de Penafort 1996 editar datos en Wikidata Indice 1 Biografia 1 1 Denuncia contra el grupo PRISA y condena por prevaricacion 1 2 Abogado y escritor 2 Referencias 3 Enlaces externosBiografia EditarLicenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca fue juez de vigilancia penitenciaria antes de pasar a la Audiencia Nacional Desde este tribunal asumio casos relacionados con los GAL como el de Lasa y Zabala Entre 1990 y 1995 fue tambien vocal del Consejo General del Poder Judicial de Espana CGPJ Antes de ejercer como juez fue secretario judicial Denuncia contra el grupo PRISA y condena por prevaricacion Editar En 1997 asumio una denuncia contra el grupo PRISA Gomez de Liano proceso a Jesus de Polanco Juan Luis Cebrian y a todo el Consejo de Administracion de Sogecable por un presunto delito de apropiacion indebida Dicto un total de siete resoluciones que fueron revocadas en instancias superiores En 1998 Jesus de Polanco lo denuncio por prevaricacion en la instruccion del caso y fue condenado por dicho delito y apartado de la carrera judicial Recurrio en diversas instancias incluyendo Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional que rechazaron los recursos Esta condena por prevaricacion a Gomez de Liano fue celebrada por Felipe Gonzalez Juan Luis Cebrian y Jesus Polanco en una cena en el restaurante Lucio 1 En 2000 recibio un indulto del gobierno presidido por Jose Maria Aznar para volver a la carrera judicial con la condicion de no incorporarse a la Audiencia Nacional durante 25 anos En julio de 2008 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recordando la importancia que para una sociedad democratica tiene la confianza que los tribunales deben inspirar a los justiciables estima que las quejas sobre la imparcialidad del organo jurisdiccional espanol que le juzgo y le condeno del demandante Gomez de Liano pueden ser consideradas objetivamente justificadas concluyendo el Tribunal que en el juicio al que fue sometido el demandante ha habido violacion del art 6 1 del Convenio Europeo para la Proteccion de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales que establece que toda persona tiene derecho a que su causa sea oida por un tribunal independiente e imparcial La estimacion del recurso basado en el art 6 1 del Convenio Europeo para la Proteccion de los Derechos Humanos y de las Libertades Publicas se baso en que al dictar con anterioridad los jueces que le juzgaron determinadas resoluciones incidentales no habian ofrecido la suficiente apariencia de imparcialidad todo ello debido al sistema procesal espanol No obstante el tribunal no le absolvio de los delitos por los que fue condenado ni anulo las sentencias del Tribunal Supremo ni del Constitucional al carecer de competencias para ello limitandose a imponer al Estado una multa de 5 000 euros 2 en concepto de danos morales Es una constante en la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo que el mismo no tiene atribuciones para anular normas actos administrativos ni sentencias judiciales limitandose sus competencias a examinar y declarar la vulneracion de los derechos recogidos en el Convenio por parte de los estados parte y en su caso a conceder a la parte perjudicada una satisfaccion equitativa En la actualidad y merced a la reforma operada por la Ley 41 2015 de 5 de octubre el articulo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite solicitar las revision de las sentencias firmes Cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que dicha resolucion fue dictada en violacion de alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo para la Proteccion de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos siempre que la violacion por su naturaleza y gravedad entrane efectos que persistan y no puedan cesar de ningun otro modo que no sea mediante esta revision Abogado y escritor Editar En su nueva etapa como abogado asumio la defensa de una senora imputada en el caso de corrupcion urbanistica en Espana caso Malaya Sin embargo renuncio a defenderla alegando incompatibilidad total en la linea de defensa dadas las constantes declaraciones de la acusada ante los medios cita requerida Tambien defendio al georgiano Zakhar Kalashov 3 El 11 de julio de 2013 asume la defensa del extesorero del PP Luis Barcenas despues de que los letrados Miguel Bajo y Alfonso Trallero renunciaran a representarle por sus discrepancias profesionales con el La mujer de Gomez de Liano la abogada Maria Dolores Marquez de Prado asume la defensa de la mujer de Barcenas Rosalia Iglesias Ademas de ejercer la abogacia Gomez de Liano colabora esporadicamente en el diario El Mundo y ha publicado dos libros sobre la justicia espanola Desde el banquillo Ediciones Temas de Hoy 2000 y Pasos perdidos Tambien es autor de una novela de ficcion basada en un error judicial titulada La casa de los momos Vive en la localidad madrilena de Torrelodones Referencias Editar Ramirez 2004 p 527 Prevarico claro que si El Pais 24 de julio de 2008 recuperado el 16 de mayo de 2019 Blindan la carcel de Teixeiro para que un capo no huya en helicoptero Publicado por La Voz de Galicia 20 de marzo de 2012 recuperado el 16 de mayo de 2019Enlaces externos EditarPerfil de Javier Gomez de Liano en la revista Cinco Dias El Poder Judicial suspende a Gomez de Liano El Pais 20 de junio de 1998 Estrasburgo dictamina que Gomez de Liano no tuvo un juicio imparcial Javier Gomez de Liano no tuvo un juicio imparcial ZAPATERO Y LA DESFACHATEZ DE INDULTAR A LIANO Datos Q9011255Obtenido de https es wikipedia org w index php title Javier Gomez de Liano amp oldid 132126072, wikipedia, wiki, 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