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Ingesta diaria admisible

La ingesta diaria admisible (IDA) se puede describir como un índice que mide el grado de peligrosidad o de seguridad de la ingesta de un aditivo alimentario. La definición más formal expresa que es la cantidad de un aditivo añadido en un alimento que se puede ingerir a diario, durante toda la vida de una persona, sin que llegue a representar un riesgo apreciable para la salud.[1]​ Se expresa en unidades de masa (normalmente mg) por día y en relación con el peso corporal. Se refiere a la certeza sobre la base de estudios científicos realizados, de que la ingesta durante toda la vida al aditivo químico no representa un riesgo apreciable. La IDA se representa normalmente en unidades en un rango de cero a x miligramos al día por kilogramo de peso corporal.

Generalmente se establece la IDA de un aditivo alimentario sobre la base de la dosis más alta a la cual no se ha observado efecto adverso (NOAEL, No Observed Adverse Effect Level) en estudios con animales (de laboratorio, generalmente ratas, ratones, perros, monos, etc...). Para el cálculo de la IDA se aplica dos factores de seguridad sobre el valor obtenido del NOAEL para proporcionar un margen de seguridad conservador. Uno de los factores es para tener en cuenta las incertidumbres derivadas de la extrapolación de los datos de toxicidad en animales a los efectos potenciales en el ser humano (generalmente es un valor de 10) y el otro para tener en cuenta también la potencial variación entre individuos dentro de la especie humana (generalmente también 10). En términos muy genéricos es, pues, IDA = NOAEL / 10 x 10. Los valores de los factores de seguridad pueden ser diferentes dependiendo del tipo de efectos estudiados, del tipo de animales, y de otros factores.

La IDA mide el impacto sobre la salud de los consumidores de alimentos que contengan el aditivo en cuestión. Está establecida por comités científicos de expertos que son los que evalúan los riesgos y proporcionan esta asesoría a las autoridades reguladoras nacionales e internacionales sobre los niveles de IDA de cada aditivo. Sobre la base de la IDA se establecen los límites máximos de cada aditivo en cada alimento.

Historia

Este concepto fue introducido por primera vez en 1961 por el Consejo de Europa y más tarde, el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), un comité mantenido conjuntamente por dos organismos de las Naciones Unidas: la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de la Salud. (OMS).[2]

En la Unión Europea la evaluación de la seguridad de sustancias añadidas o presentes en los alimentos la realiza la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés). La EFSA ha establecido la IDA de los aditivos y otros componentes.

Referencias de legislaciones

  • El reglamento 1333/2008 sobre aditivos fue adoptado por la Unión Europea en 2008.[3]​ Reemplaza las anteriores directivas siguientes:
  • En 1989 la Unión Europea adoptó una Directiva Marco (89/107/CEE) por la que se establecía los criterios para la evaluación de aditivos y preveía la adopción de tres directivas técnicas específicas:

Referencias

  1. WHO (1987). «Principles for the safety assessment of food additives and contaminants in food». Environmental Health Criteria 70. 
  2. C., Lu, Frank; C., Lu, Frank (2003). Lu's basic toxicology : fundamentals, target organs, and risk assessment (4th ed edición). Taylor & Francis. ISBN 0203361431. OCLC 53020575. Consultado el 26 de enero de 2019. 
  3. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02008R1333-20181029
  •   Datos: Q680142

ingesta, diaria, admisible, para, otros, usos, este, término, véase, desambiguación, ingesta, diaria, admisible, puede, describir, como, índice, mide, grado, peligrosidad, seguridad, ingesta, aditivo, alimentario, definición, más, formal, expresa, cantidad, ad. Para otros usos de este termino vease IDA desambiguacion La ingesta diaria admisible IDA se puede describir como un indice que mide el grado de peligrosidad o de seguridad de la ingesta de un aditivo alimentario La definicion mas formal expresa que es la cantidad de un aditivo anadido en un alimento que se puede ingerir a diario durante toda la vida de una persona sin que llegue a representar un riesgo apreciable para la salud 1 Se expresa en unidades de masa normalmente mg por dia y en relacion con el peso corporal Se refiere a la certeza sobre la base de estudios cientificos realizados de que la ingesta durante toda la vida al aditivo quimico no representa un riesgo apreciable La IDA se representa normalmente en unidades en un rango de cero a x miligramos al dia por kilogramo de peso corporal Generalmente se establece la IDA de un aditivo alimentario sobre la base de la dosis mas alta a la cual no se ha observado efecto adverso NOAEL No Observed Adverse Effect Level en estudios con animales de laboratorio generalmente ratas ratones perros monos etc Para el calculo de la IDA se aplica dos factores de seguridad sobre el valor obtenido del NOAEL para proporcionar un margen de seguridad conservador Uno de los factores es para tener en cuenta las incertidumbres derivadas de la extrapolacion de los datos de toxicidad en animales a los efectos potenciales en el ser humano generalmente es un valor de 10 y el otro para tener en cuenta tambien la potencial variacion entre individuos dentro de la especie humana generalmente tambien 10 En terminos muy genericos es pues IDA NOAEL 10 x 10 Los valores de los factores de seguridad pueden ser diferentes dependiendo del tipo de efectos estudiados del tipo de animales y de otros factores La IDA mide el impacto sobre la salud de los consumidores de alimentos que contengan el aditivo en cuestion Esta establecida por comites cientificos de expertos que son los que evaluan los riesgos y proporcionan esta asesoria a las autoridades reguladoras nacionales e internacionales sobre los niveles de IDA de cada aditivo Sobre la base de la IDA se establecen los limites maximos de cada aditivo en cada alimento Historia EditarEste concepto fue introducido por primera vez en 1961 por el Consejo de Europa y mas tarde el Comite Mixto FAO OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios JECFA un comite mantenido conjuntamente por dos organismos de las Naciones Unidas la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion FAO y la Organizacion Mundial de la Salud OMS 2 En la Union Europea la evaluacion de la seguridad de sustancias anadidas o presentes en los alimentos la realiza la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria EFSA por sus siglas en ingles La EFSA ha establecido la IDA de los aditivos y otros componentes Referencias de legislaciones EditarEl reglamento 1333 2008 sobre aditivos fue adoptado por la Union Europea en 2008 3 Reemplaza las anteriores directivas siguientes En 1989 la Union Europea adopto una Directiva Marco 89 107 CEE por la que se establecia los criterios para la evaluacion de aditivos y preveia la adopcion de tres directivas tecnicas especificas la Directiva 94 35 CE relativa a los edulcorantes la Directiva 94 36 CE relativa a los colorantes la Directiva 95 2 CE relativa a los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes Referencias Editar WHO 1987 Principles for the safety assessment of food additives and contaminants in food Environmental Health Criteria 70 C Lu Frank C Lu Frank 2003 Lu s basic toxicology fundamentals target organs and risk assessment 4th ed edicion Taylor amp Francis ISBN 0203361431 OCLC 53020575 Consultado el 26 de enero de 2019 https eur lex europa eu legal content EN TXT uri CELEX 02008R1333 20181029 Datos Q680142 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Ingesta diaria admisible amp oldid 138930397, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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