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Firma digitalizada

La firma digitalizada es un tipo de firma que permite identificar al firmante en un documento electrónico incluyendo el aspecto gráfico de la firma manuscrita.

Según la legislación de firma electrónica[1]​ y dependiendo de la técnica adoptada, puede ser considerada firma electrónica simple, o firma electrónica avanzada. En el marco de la firma electrónica simple se incluyen firmas escaneadas o digitalizadas, únicamente en su aspecto gráfico. En el marco de la firma electrónica avanzada se incluye además información grafométrica obtenida en tiempo real de un dispositivo idóneo asociado al sistema de firma vinculándolo con el documento de forma indisoluble, cifrando cierta información para que los datos de generación de firma no estén a disposición del promotor del sistema.

Los dispositivos utilizados son tabletas digitalizadoras, conectadas a ordenadores personales y tabletas generalistas, preferentemente dotadas con tecnología sensible a la presión del puntero de firma. Los teléfonos inteligentes se agrupan frecuentemente en el mismo grupo tecnológico que las tabletas generalistas.

Gran parte de los procesos internos en los que sea necesaria la firma (autorizaciones, recibos, pedidos, contratos, etc.) podrán llevarse a cabo sin imprimir el documento en papel y sin necesitar almacenar físicamente los documentos. La búsqueda de documentos se simplifica, puesto que ya sólo hay que buscar el documento en el sistema informático.

Si se preservan ciertos principios en la gestión de firmas electrónicas avanzadas digitalizadas, estas firmas pueden ser consideradas prueba en juicio con procedimientos equivalentes a las firmas manuscritas sobre documentos en papel, y es posible realizar el cotejo de firmas previsto en la legislación procesal por los expertos y peritos previstos en dicha legislación. Con frecuencia, los sistemas de gestión que se adhieren a dichos principios se denominan sistemas de Firma Manuscrita Digitalizada Avanzada (FMDA).

Ventajas de la firma electrónica escrita o manuscrita

Mediante la firma digitalizada en alguna de sus variantes (simple, avanzada o FMDA) se evita el uso del papel, al tiempo que se respeta la experiencia de usuario de la firma convencional. Se gestionan documentos electrónicos sin necesidad de que el usuario firmante haga uso de claves, certificados, claves o sistemas que puedan suponer una barrera de adopción.

La firma digitalizada avanzada y la FMDA tienen la propiedad de ser firmas "inmediatas" ya que las realiza el propio firmante. En contraposición, las firmas electrónicas basadas en certificados (por ejemplo, las firmas cualificadas) son firmas "mediatas" ya que en sentido técnico, la firma electrónica la realiza el dispositivo, mientras que el firmante se limita a dar uso al dispositivo y autorizar la firma con su contraseña. Por este motivo, la atribuibilidad de la firma descansa en la custodia diligente del dispositivo y de la contraseña por parte del firmante.

Entre los aspectos considerados cabe destacar:

  • La firma expresa la prestación del consentimiento, en relación con el documento electrónico, por lo que acredita la voluntad de firmar.
  • El usuario no necesita recordar claves para realizar su firma
  • El proceso de la firma es reconocido por todos y da constancia de un acuerdo voluntario.
  • El firmante no tiene que solicitar un certificado a ninguna entidad de certificación para poder utilizar la firma electrónica simple escrita.
  • La firma registrada mediante dispositivos de firma electrónica escrita puede ser examinada sin ningún problema por un especialista en grafística.

Si no se emplea la firma de tipo FMDA una firma recogida en uno de los dispositivos de captación de firma puede utilizarse para vincularla a documentos diferentes de los que cree el firmante, por lo que en ese caso la presunción tendría escaso valor.

Referencias

  1. REGLAMENTO (UE) N o 910/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE

Véase también

  •   Datos: Q720734

firma, digitalizada, debe, confundirse, firma, digital, este, artículo, sección, necesita, referencias, aparezcan, publicación, acreditada, este, aviso, puesto, diciembre, 2011, firma, digitalizada, tipo, firma, permite, identificar, firmante, documento, elect. No debe confundirse con Firma digital Este articulo o seccion necesita referencias que aparezcan en una publicacion acreditada Este aviso fue puesto el 12 de diciembre de 2011 La firma digitalizada es un tipo de firma que permite identificar al firmante en un documento electronico incluyendo el aspecto grafico de la firma manuscrita Segun la legislacion de firma electronica 1 y dependiendo de la tecnica adoptada puede ser considerada firma electronica simple o firma electronica avanzada En el marco de la firma electronica simple se incluyen firmas escaneadas o digitalizadas unicamente en su aspecto grafico En el marco de la firma electronica avanzada se incluye ademas informacion grafometrica obtenida en tiempo real de un dispositivo idoneo asociado al sistema de firma vinculandolo con el documento de forma indisoluble cifrando cierta informacion para que los datos de generacion de firma no esten a disposicion del promotor del sistema Los dispositivos utilizados son tabletas digitalizadoras conectadas a ordenadores personales y tabletas generalistas preferentemente dotadas con tecnologia sensible a la presion del puntero de firma Los telefonos inteligentes se agrupan frecuentemente en el mismo grupo tecnologico que las tabletas generalistas Gran parte de los procesos internos en los que sea necesaria la firma autorizaciones recibos pedidos contratos etc podran llevarse a cabo sin imprimir el documento en papel y sin necesitar almacenar fisicamente los documentos La busqueda de documentos se simplifica puesto que ya solo hay que buscar el documento en el sistema informatico Si se preservan ciertos principios en la gestion de firmas electronicas avanzadas digitalizadas estas firmas pueden ser consideradas prueba en juicio con procedimientos equivalentes a las firmas manuscritas sobre documentos en papel y es posible realizar el cotejo de firmas previsto en la legislacion procesal por los expertos y peritos previstos en dicha legislacion Con frecuencia los sistemas de gestion que se adhieren a dichos principios se denominan sistemas de Firma Manuscrita Digitalizada Avanzada FMDA Ventajas de la firma electronica escrita o manuscrita EditarMediante la firma digitalizada en alguna de sus variantes simple avanzada o FMDA se evita el uso del papel al tiempo que se respeta la experiencia de usuario de la firma convencional Se gestionan documentos electronicos sin necesidad de que el usuario firmante haga uso de claves certificados claves o sistemas que puedan suponer una barrera de adopcion La firma digitalizada avanzada y la FMDA tienen la propiedad de ser firmas inmediatas ya que las realiza el propio firmante En contraposicion las firmas electronicas basadas en certificados por ejemplo las firmas cualificadas son firmas mediatas ya que en sentido tecnico la firma electronica la realiza el dispositivo mientras que el firmante se limita a dar uso al dispositivo y autorizar la firma con su contrasena Por este motivo la atribuibilidad de la firma descansa en la custodia diligente del dispositivo y de la contrasena por parte del firmante Entre los aspectos considerados cabe destacar La firma expresa la prestacion del consentimiento en relacion con el documento electronico por lo que acredita la voluntad de firmar El usuario no necesita recordar claves para realizar su firma El proceso de la firma es reconocido por todos y da constancia de un acuerdo voluntario El firmante no tiene que solicitar un certificado a ninguna entidad de certificacion para poder utilizar la firma electronica simple escrita La firma registrada mediante dispositivos de firma electronica escrita puede ser examinada sin ningun problema por un especialista en grafistica Si no se emplea la firma de tipo FMDA una firma recogida en uno de los dispositivos de captacion de firma puede utilizarse para vincularla a documentos diferentes de los que cree el firmante por lo que en ese caso la presuncion tendria escaso valor Referencias Editar REGLAMENTO UE N o 910 2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de julio de 2014 relativo a la identificacion electronica y los servicios de confianza para las transacciones electronicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999 93 CEVease tambien EditarFirma electronica Firma digital Datos Q720734 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Firma digitalizada amp oldid 137778850, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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