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FROB

El FROB, Autoridad de Resolución Ejecutiva (con anterioridad, Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria),[3]​ más conocido simplemente como FROB, es la autoridad encargada de gestionar los procesos de resolución de las entidades de crédito y empresas de servicios de inversión en su fase ejecutiva en España.

FROB
FROB, Autoridad de Resolución Ejecutiva

Logotipo del FROB

Información general
Acrónimo FROB
Tipo Entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada para el desarrollo de sus fines[1]
Fundación 27 de junio de 2009[2]
País España España
Sede Avda. General Perón, 38
Madrid, España España
Organización
Presidente Paula Conthe Calvo
Sitio web

Fue creado con motivo de la crisis financiera de 2008. En origen, tuvo por objeto gestionar los procesos de reestructuración del sistema financiero y contribuir a reforzar sus recursos propios en los procesos de integración entre entidades.

En la actualidad, y desde la aprobación de la Ley 11/2015, el FROB es la autoridad española de resolución ejecutiva, financiada exclusivamente con contribuciones privadas de las entidades y que se integra en la red europea de autoridades liderada desde Bruselas por la Junta Única de Resolución (JUR).

Desde el 2 de diciembre de 2020 la presidenta del FROB es Paula Conthe Calvo.[4]

Naturaleza jurídica, organización y financiación

El FROB es una entidad de Derecho público que tiene por objeto gestionar los procesos de resolución de las entidades en su fase ejecutiva. El régimen jurídico bajo el que el FROB desarrolla su actividad es el contenido en la Ley 11/2015, de 18 de junio de 2015, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.

Está regido y administrado por una Comisión Rectora integrada por once miembros:

Asistirán, asimismo a las sesiones de la Comisión Rectora, con voz pero sin voto, un representante designado por el Interventor General de la Administración del Estado y otro por el Abogado General del Estado - Director del Servicio Jurídico del Estado.

Hasta 2015, el Presidente de la Comisión Rectora era el subgobernador del Banco de España.[5]​ De 2009 a 2012 el presidente fue Javier Aríztegui y de 2012 a 2015, Fernando Restoy. Desde la entrada en vigor de la Ley 11/2015, es nombrado y separado por real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía y Competitividad[6]​, oídas las autoridades de supervisión, y previa comparecencia ante la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados.

El FROB fue dotado inicialmente con recursos públicos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado. La dotación inicial del FROB ascendió a 9.000 millones de euros (6.750 millones de euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y 2.250 millones de euros por parte de los Fondos de Garantía de Depósito (esta participación de 2.250 millones que tenía el Fondo de Garantía de Depósitos en Entidades de Crédito (FGDEC) en el FROB desapareció cuando, en 2012, el FROB redujo su capital a cero atendiendo al patrimonio neto resultante de las cuentas del mismo en 2011)).[7][8]​ El fondo se amplió en 6.000 millones adicionales conforme a la DA 4ª del Real Decreto Ley 2/2012. Asimismo, podría incrementar dichos fondos propios a través de la capitalización de préstamos, créditos o cualquier otra operación de endeudamiento en las que la Administración General del Estado figure como acreedora. Adicionalmente, para el cumplimiento de sus fines, el FROB ha captado financiación a través de emisiones de deuda con aval del Estado (actualmente amortizadas), y un préstamo del Estado en 2012 destinado a la ejecución del programa de asistencia europea para la recapitalización de las entidades de crédito españolas. El 3 de diciembre de 2012 el Estado español concedió al FROB un préstamo destinado a la ejecución del programa de asistencia financiera europea para la reestructuración del sistema financiero español por un total de 41.333M€. [9]​ Dicho préstamo permitió canalizar los fondos del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) al Reino de España y, posteriormente al FROB, hasta las entidades de crédito españolas. En 2013, 2017 y 2020 se acordaron, previa autorización del MEDE, conversiones parciales del préstamo en aportación patrimonial al FROB por importe agregado de 33.170 M€, siendo el saldo vivo actual de 7.456 M€[10]

La Ley 11/2015 introdujo la denominada “tasa por las actividades realizadas por el FROB como Autoridad de Resolución” [11]​ para la cobertura de los gastos de funcionamiento de la entidad y que es exigida a las entidades obligadas a contribuir bien al Fondo Único de Resolución bien al Fondo de Resolución Nacional. Por tanto, su financiación actual deriva exclusivamente de las contribuciones privadas de las entidades.

Origen

En paralelo a la crisis financiera internacional de 2008, pero con características singulares, se desencadenó en el sector bancario español una crisis de intensidad y efectos desconocidos en la historia reciente. En 2008, el foco minorista del modelo de negocio del sector financiero español parecía alejarlo inicialmente de los impactos derivados de la comercialización de los denominados [[activos tóxicos], procedentes de la estructuración y venta de productos complejos. Sin embargo, los problemas de confianza en los mercados interbancarios mundiales afectaron rápidamente a la capacidad de financiación del sistema.

Las medidas en España inicialmente se centraron en atajar los problemas de liquidez y fueron similares a las adoptadas en otros países de la UE. En octubre de 2008 se aprobaron una serie de decretos ley con medidas para:[12]

  • la adquisición pública de activos bancarios, mediante la creación del Fondo para la Adquisición de Activos Financieros (Real Decreto Ley 6/2008, de 10 de octubre) con una dotación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por un importe de 30.000 millones de euros, ampliable hasta un máximo de 50.000 millones de euros.
  • el otorgamiento de avales del Estado que favoreciesen las operaciones de financiación de las entidades de crédito (Real Decreto Ley 7/2008, de 13 de octubre).

En marzo de 2009 el Banco de España ordenó la primera intervención en una entidad de crédito, Caja Castilla-La Mancha, tras incumplir con el requisito de capital mínimo regulatorio exigido por el supervisor.[13]​ Su intervención se realizó con instrumentos que se pueden considerar estrictamente previos a la constitución del FROB: medidas de intervención y sustitución de administradores que podía acordar el Banco de España y actuación de los fondos de garantía de depósitos sectoriales. Sin embargo, este marco legal de gestión de crisis se manifestó como insuficiente ya en 2009, y con el Real Decreto Ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito se dio un primer paso para la configuración de un nuevo modelo de gestión pública de las crisis bancarias, constituyendo el FROB[14]​.

El Real Decreto Ley 9/2009, estuvo vigente hasta el 31 de agosto de 2012, fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 24/2012. A su vez, este último Real Decreto Ley fue derogado por la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito[15]​ En la actualidad, el régimen jurídico bajo el que el FROB desarrolla su actividad es el contenido en la Ley 11/2015, de 18 de junio de 2015, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.[16]

Evolución normativa

Real Decreto Ley 9/2009

El Real Decreto Ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito creó el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), para la gestión de los procesos de reestructuración de entidades y el reforzamiento de sus recursos propios cuando acometieran procesos de integración. El decreto diferenciaba entre «procesos de reestructuración», para aquellas entidades que presentasen debilidades en su situación económico-financiera que, en función de la evolución de los mercados, pudieran poner en peligro su viabilidad; y «procesos de integración», para aquellas entidades que, sin estar en las circunstancias anteriores, sí necesitaran reforzar sus recursos propios con la finalidad de llevar a cabo procesos de integración. En caso de que se contemplase la necesidad de reestructurar una entidad de crédito, siempre que no existiese una solución privada que permitiera por sí misma el reforzamiento de la solvencia, la entidad presentaría un plan de actuación, a aprobar por el Banco de España, concretando las acciones previstas para superar la situación (entre otras, reforzar su patrimonio y su solvencia; su fusión o absorción; o el traspaso total o parcial del negocio). El fondo de garantía de depósitos sectorial correspondiente debía apoyar el plan (que podía obtener apoyo financiero del FROB con un tipo de interés del 7,75% que, a partir del segundo año, se elevarían al 8,25%[17]​). Si la situación de debilidad persistía, se procedía a la reestructuración con intervención del FROB. En estos casos se sustituía a los gestores de la entidad afectada para la designación del FROB como administrador provisional. En el plazo de un mes, ampliable a seis, el FROB debía elaborar un informe sobre la situación patrimonial y viabilidad de la entidad y someter un plan de reestructuración a la aprobación del Banco de España. El plan debía tener por objeto bien la fusión de la entidad o bien el traspaso total o parcial de su negocio. Y, lo más importante, el plan podía contemplar medidas de apoyo financiero por parte del FROB, como la concesión de garantías, préstamos o la suscripción o adquisición de valores representativos de recursos propios. Asimismo, aquellas entidades que, sin encontrarse en una situación de debilidad que justificara su reestructuración tuvieran previsto acometer procesos de integración, podían contar con el apoyo financiero del FROB. Este se otorgaba bajo el entendimiento de que existía una insuperable dificultad de obtención de recursos en los mercados. Las integraciones incluyeron, además de las fusiones tradicionales, los denominados SIP, con efectos asimilables a los generados en un proceso de fusión, al exigir la mutualización de resultados, solvencia y liquidez, y su configuración en torno a una entidad de crédito central.

Ley 9/2012

El 31 de agosto de 2012 se aprobó y entró en vigor el Real Decreto Ley 24/2012, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, que posteriormente sería transformado por el Congreso de los Diputados en la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. La norma estableció una serie de objetivos que deberían perseguir los procesos de reestructuración y resolución ordenada de las entidades de crédito, entre los que destacan: asegurar la continuidad de las funciones esenciales de las entidades; evitar efectos perjudiciales para la estabilidad del sistema financiero y asegurar la utilización más eficiente de los recursos públicos, minimizando los apoyos financieros. El nuevo régimen de resolución suponía la existencia de tres niveles de gestión. Estos llevaban asociados medidas de diversa intensidad que los poderes públicos podían aplicar en función de la gravedad de las dificultades que atravesasen las entidades de crédito:

  1. Actuación temprana: en esta fase se trataba de atajar la situación de aquellas entidades en dificultades transitorias, pero con capacidad de retornar por sus medios al cumplimiento de requerimientos regulatorios básicos.
  2. Reestructuración: se previó para entidades que requerían apoyo financiero público para garantizar su viabilidad. Era imprescindible que se dieran elementos objetivos que hicieran razonablemente previsible que dicho apoyo fuera reembolsado o recuperado en un plazo máximo de 5 años, con una posible prórroga de 2 años adicionales.
  3. Resolución: aplicable a las entidades de crédito en las que concurrieran simultáneamente las dos circunstancias siguientes:
    1. la entidad era inviable o era razonablemente previsible que fuera a serlo en un futuro próximo.
    2. por razones de interés público, resultaba necesario o conveniente acometer la resolución de la entidad para alcanzar alguno de los objetivos de la resolución.

Uno de los aspectos más relevantes que introdujo la Ley 9/2012 fue el fortalecimiento de los poderes de intervención del FROB y una clarificación de sus responsabilidades para gestionar los procesos de reestructuración y resolución de las entidades de crédito. El FROB estaría facultado para determinar el valor económico de la entidad o sus activos y pasivos; requerir a cualquier persona información necesaria para la preparación o adopción de cualquier medida o instrumento de reestructuración o resolución; ordenar la transmisión de instrumentos representativos del capital; aumentar o reducir capital; realizar acciones de gestión de híbridos; determinar los instrumentos en que se concreten las medidas o disponer el traspaso de valores depositados en una entidad. Uno de los instrumentos de reestructuración y resolución más destacados que preveía la ley era el relativo a la utilización de las llamadas sociedades de gestión de activos, como la Sareb.

Ley 11/2015

A nivel europeo, la puesta en marcha del proyecto de la Unión Bancaria en 2012 se vio impulsado en noviembre de 2014 con el establecimiento del Mecanismo Único de Supervisión, y la entrada en funcionamiento del Mecanismo Único de Resolución en enero de 2015. En España, la adaptación al nuevo marco legislativo que supuso la Unión Bancaria se acometió mediante la aprobación de la vigente Ley 11/2015, de 18 de junio. Esta ley supone una continuación de los principios e instrumentos de resolución presentes en la legislación previa a la vez que incorpora novedades importantes:

  • Establece la fase preventiva y de planificación de la resolución, que se atribuye al Banco de España y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
  • Constituye el Fondo Único de Resolución (FUR) como instrumento que, financiado previamente por los propios bancos, debe ser empleado para evitar la utilización de recursos públicos.
  • Articula la participación española en el nuevo marco institucional al objeto de cumplir con el principio previsto en la Directiva de Resolución de separación entre funciones supervisoras y de resolución. (Para más detalle ver 5. El FROB dentro de la Unión Bancaria: 2015 hasta la actualidad),

Actuaciones (2009-2014)

Primera ronda de actuaciones (FROB 1)

La primera ronda de actuaciones consistió en la aportación de dinero para facilitar las fusiones de varias cajas de ahorros, en forma de participaciones preferente convertibles. Se concedieron 9.674 millones de euros en ayudas de ese tipo.

Las entidades afectadas fueron:[18]

Entidad Importe Formato de ayudas Fecha del acuerdo
Caja España-Duero 525 millones Participaciones preferentes convertibles Marzo de 2010
CatalunyaCaixa 1.250 millones Participaciones preferentes convertibles Marzo de 2010
Banco Financiero y de Ahorros (BFA) 4.465 millones Participaciones preferentes convertibles Junio de 2010
Banco Mare Nostrum (BMN) 915 millones Participaciones preferentes convertibles Junio de 2010
Novacaixagalicia 1.162 millones Participaciones preferentes convertibles Junio de 2010
Unnim Caixa 380 millones Participaciones preferentes convertibles Julio de 2010
Banca Cívica 977 millones Participaciones preferentes convertibles Diciembre de 2010

Adicionalmente, el FROB suscribió 800 millones en cuotas participativas de CajaSur, que fueron amortizadas en el mismo año.[19]

Segunda ronda de actuaciones (FROB 2)

La segunda ronda de actuaciones consistió en la aportación de dinero en forma de capital. Para llevarse a cabo, las cajas de ahorros tuvieron que traspasar previamente su negocio a un banco de nueva creación.

En abril de 2011, Caja Mediterráneo (CAM) había solicitado al FROB 2.800 millones de euros para recapitalizarse hasta el nivel exigido por el Decreto Ley 2/2011, de reforzamiento del sistema bancario. El 22 de julio, el FROB acordó la suscripción de ese importe en acciones del Banco CAM, con la condición de hacerse cargo de la administración del banco.[20]​ El 7 de diciembre de 2011, Banco CAM fue adjudicado a Banco Sabadell. Se acordó que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) compraría el 100% de Banco CAM por 5.249 millones de euros. En ese montante estaban incluidos los 2.800 millones que se inyectaron a través del FROB y que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) repuso al Estado.[21]

El 30 de septiembre de 2011, fin del plazo para la recapitalización mediante inversión privada establecido en el Decreto Ley 2/2011, cinco entidades no habían logrado el capital que necesitaban, por lo que el FROB decidió inyectar 4.751 millones de euros en tres de ellas (Catalunya Banc, NCG Banco y Unnim Banc), lo que supuso en la práctica su nacionalización; y conceder un plazo de 25 días a las otras dos (Liberbank y Banco Mare Nostrum (BMN)), que finalmente no necesitaron ayudas del FROB.[22]

Las entidades en las que el FROB inyectó capital fueron:[18]

Entidad Importe Fecha del acuerdo
Catalunya Banc (heredero financiero de CatalunyaCaixa) 1.718 millones Septiembre de 2011
NCG Banco (heredero financiero de NovaCaixaGalicia) 2.465 millones Septiembre de 2011
Unnim Banc (heredero financiero de Unnim Caixa) 568 millones Septiembre de 2011

Además, en Banco de Valencia, intervenido en noviembre de 2011, el FROB inyectó 998 millones de euros en forma de capital en mayo de 2012 (fecha del acuerdo).[18]

Por otra parte, desde 2012, las participaciones preferentes suscritas por el FROB durante 2010 fueron convertidas en capital (excepto en el caso de Banca Cívica). En abril de 2013, los 977 millones de euros de las participaciones preferentes suscritas por el FROB en Banca Cívica fueron reembolsados por CaixaBank tras adquirir a dicha entidad.[18]

Las entidades en las que el FROB capitalizó las participaciones preferentes anteriormente suscritas fueron:[18]

Entidad Importe Fecha del acuerdo
Unnim Banc (heredero financiero de Unnim Caixa) 380 millones Marzo de 2012
Banco Financiero y de Ahorros (BFA) 4.465 millones Mayo de 2012
Catalunya Banc (heredero financiero de CatalunyaCaixa) 1.250 millones Diciembre de 2012
NCG Banco (heredero financiero de NovaCaixaGalicia) 1.162 millones Diciembre de 2012
Banco Mare Nostrum (BMN) 915 millones Febrero de 2013
Banco CEISS (heredero financiero de Caja España-Duero) 525 millones Mayo de 2013

En el caso de Unnim Banc, en marzo de 2012, el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) se hizo cargo de la inversión accionarial en el mismo, compensando los 948 millones invertidos previamente por el FROB. Inyectó 953 millones de euros en Unnim Banc, el cual fue adjudicado al BBVA.[18]

Tercera ronda de actuaciones

La tercera ronda de actuaciones hace referencia a las ayudas posteriores a la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. Fueron en total 39.078 millones de euros (37.943 millones de aportaciones de capital más 1.135 millones de CoCos). De ellos, 38.833 millones fueron aportados en el marco del Programa de Asistencia Financiera, ya que los 245 millones de aportación de capital a Banco Gallego no procedieron de fondos del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE).[18]

Las entidades afectadas fueron:[18]

Entidad Importe Formato de ayudas Fecha del acuerdo
Banco de Valencia 4.500 millones Capital Diciembre de 2012
Banco Financiero y de Ahorros (BFA)-Bankia 17.959 millones Capital Diciembre de 2012
Catalunya Banc (heredero financiero de CatalunyaCaixa) 9.084 millones Capital Diciembre de 2012
NCG Banco (heredero financiero de NovaCaixaGalicia) 5.425 millones Capital Diciembre de 2012
Banco CEISS (heredero financiero de Caja España-Duero) 604 millones CoCos Diciembre de 2012
Banco Mare Nostrum (BMN) 730 millones Capital Diciembre de 2012
Caja3 407 millones CoCos Diciembre de 2012
Liberbank 124 millones CoCos Diciembre de 2012
Banco Gallego 245 millones Capital Abril de 2013

En diciembre de 2014, los 124 millones de euros de obligaciones obligatoriamente convertibles fueron amortizados anticipadamente por Liberbank.[18]

En el primer trimestre de 2017, Ibercaja Banco completó la amortización anticipada de los 407 millones de euros de obligaciones obligatoriamente convertibles que recibió Caja3.[23]

En agosto de 2017, Unicaja Banco devolvió anticipadamente la totalidad de los 604 millones de euros de ayudas públicas recibidas en forma de capital como obligaciones contingentes convertibles (cocos) por EspañaDuero.[24]

Totales

Las ayudas financieras comprometidas en diversas formas de capital por el FROB desde 2009 ascienden a 54.353 millones de euros. [18][19]

Desglose por conceptos:[18][19]

Concepto Importe
FROB 1 (Preferentes) 977 millones
FROB 2 (Capital) 13.498 millones
Posteriores a la Ley 9/2012 (Capital) 37.943 millones
Posteriores a la Ley 9/2012 (CoCos) 1.135 millones
Cuotas participativas 800 millones
Total 54.353 millones

Por entidades:[18][19]

Entidad Importe
Banca Cívica 977 millones (Preferentes)
Banco CEISS 1.129 millones (525 de Capital y 604 de CoCos)
Banco de Valencia 5.498 millones (Capital)
Banco Financiero y de Ahorros (BFA)-Bankia 22.424 millones (Capital)
Banco Gallego 245 millones (Capital)
Banco Mare Nostrum (BMN) 1.645 millones (Capital)
Caja3 407 millones (CoCos)
CajaSur 800 millones (Cuotas participativas)
Catalunya Banc 12.052 millones (Capital)
Liberbank 124 millones (CoCos)
NCG Banco 9.052 millones (Capital)
Total 54.353 millones

Banco CAM y Unnim Banc no aparecen en esta lista ya que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) pasó a hacerse cargo de dichas entidades reembolsando los importes aportados por el FROB.

Otras aportaciones del FROB

Además de las ayudas financieras comprometidas en diversas formas de capital, el FROB ha otorgado otros tipos de ayudas en el proceso de reestructuración del sistema bancario español.

A 31 de diciembre de 2018, el valor de las pérdidas esperadas por los Esquemas de Protección de Activos (EPA) era de 831 millones (439 correspondientes a Banco de Valencia y 392 a CajaSur). A esa misma fecha, el valor de las pérdidas esperadas por las otras garantías otorgadas era de 1.495 millones (547 correspondientes a Catalunya Banc, 430 a Banco CEISS, 352 a NCG Banco y 166 a Banco de Valencia).[25]

Ayudas recuperadas

A 31 de diciembre de 2018, se han recuperado 977 millones devueltos por CaixaBank, procedentes de las ayudas recibidas por Banca Cívica antes de su integración en CaixaBank; 800 millones de la ayuda temporal otorgada a CajaSur mediante cuotas participativas, la cual fue reintegrada al FROB al no incluirse en el plan de reestructuración de la entidad; 783 millones de NCG Banco (712 por la venta de la participación en NCG Banco y 71 de una venta realizada en 2012); 782 millones por la venta de la participación en Catalunya Banc; 604 millones amortizados por Unicaja Banco de una emisión de obligaciones obligatoriamente convertibles de Banco CEISS; 407 millones amortizados por Ibercaja Banco de una emisión de obligaciones obligatoriamente convertibles de Caja3; y 124 millones amortizados por Liberbank de una emisión de obligaciones obligatoriamente convertibles. En total, 4.477 millones. No se ha tenido en cuenta lo recuperado a través de la venta de acciones de Bankia por parte del FROB.[25]

Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb)

Una de las principales dificultades a las que se enfrentaba el sector financiero en el ejercicio 2012 era la elevada exposición al sector inmobiliario y su correcta valoración. Sareb fue creado para facilitar la gestión de los activos inmobiliarios especialmente dañados. Su cometido fundamental era permitir la concentración en una sociedad de esos activos especialmente dañados o cuya permanencia en los balances de las cedentes se considerase perjudicial para la viabilidad de estas, a efectos de facilitar su gestión especializada y logrando que, desde su transmisión, se produjese una traslación efectiva de los riesgos vinculados a estos activos.[26]

El FROB suscribió capital y deuda subordinada de la sociedad por valor de 2.192 millones de euros. A la Sareb se traspasaron alrededor de 200.000 activos inmobiliarios problemáticos, a un precio de transferencia de 50.700 millones de euros y con un horizonte temporal de 15 años para su liquidación. El uso de esta herramienta permitió reducir las necesidades de recapitalización del sector financiero en 1.300 millones de euros y saneó sus balances, gracias a lo cual se recuperó la confianza en las entidades y permitió a sus gestores recuperar la atención y los esfuerzos en el negocio ordinario. La deuda sénior emitida por la Sareb, por 50.700 millones de euros, contó con el aval del Tesoro Público.

En mayo de 2020, el FROB valoró a cero su posición en Sareb. El principal accionista del banco malo asumió en marzo que, a día de hoy, es imposible recuperar ni un euro de los casi 2200 millones que inyectó en 2012. El fondo de rescate ha ido asimilando esta pérdidas poco a poco en los últimos años y fue en 2019 cuando registró las últimas provisiones por 169 millones, para dejar el contador a cero.[27]

El FROB dentro de la Unión Bancaria: 2015 hasta la actualidad

En 2014, el marco institucional de la Unión Bancaria inició oficialmente su andadura con la puesta en marcha del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y el diseño definitivo del Mecanismo Único de Resolución (MUR), del que el FROB forma parte.

En España, la adaptación a este nuevo marco se acometió mediante la aprobación de la vigente Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.

El MUR[28]​ consiste en un sistema de resolución centralizado, conformado por las autoridades nacionales de resolución y una autoridad única, la Junta Única de Resolución[29]​ (JUR), agencia europea a la que se cedieron buena parte de las competencias de los Estados miembros en materia de resolución. A dichas autoridades se unen el Banco Central Europeo (BCE), la Comisión Europea y el Consejo en los términos establecidos en el Reglamento del MUR. Asimismo, el MUR cuenta con un Fondo Único de Resolución (FUR)[30]​ recaudado y gestionado por la JUR con contribuciones de todas las entidades de la Unión Bancaria para ser empleado en caso de resolución.

Desde la creación de la JUR, es esta la encargada del funcionamiento eficaz del Mecanismo y la responsable directa de la resolución de las entidades significativas de la zona del euro.[31]

En España, la Ley 11/2015 configuró un nuevo marco institucional que cumpliera con el principio previsto en la Directiva de Resolución de separación entre funciones supervisoras y de resolución. El modelo español distingue entre dos tipos de autoridades de resolución nacionales: las autoridades de resolución preventiva, responsables de la fase preventiva de la resolución, y la autoridad de resolución ejecutiva, responsable de la fase de ejecución. Son tres las autoridades de resolución nacionales:

  • Una autoridad de resolución ejecutiva, el FROB, que se encarga de la ejecución de las decisiones de resolución adoptadas por la JUR para las entidades significativas y del ejercicio directo de estas competencias para las entidades diferentes de las anteriores. Además, ejerce la representación española en la Junta y es la autoridad de contacto y de coordinación a escala internacional. El FROB también recauda las contribuciones de todas las entidades españolas al FUR y gestiona el Fondo Nacional de Resolución, nutrido con las contribuciones de las empresas de servicios de inversión no incluidas en grupos de entidades de crédito.
  • Dos autoridades de resolución preventiva, el Banco de España y la CNMV, que son responsables de la elaboración de los planes de resolución de las entidades de crédito menos significativas y de las empresas de servicios de inversión, respectivamente. El Banco de España también colabora con la JUR en la elaboración de los planes de resolución de las entidades significativas.[32]

El marco institucional español lo completa el Fondo de Garantía de Depósitos, que tiene una función vital en caso de inviabilidad de aquellas entidades de crédito que, por no afectar a la estabilidad financiera, entran naturalmente en un proceso concursal común. Su cometido es garantizar la cobertura de hasta 100.000 euros en los depósitos minoristas.

Adicionalmente a sus funciones dentro del MUR, en la actualidad el FROB mantiene la gestión de las actividades relacionadas con el seguimiento de los procesos previos de reestructuración derivados de la reestructuración del sistema financiero, y gestiona garantías y participaciones relacionadas con procesos de resolución anteriores.

Primera resolución bancaria europea. Banco Popular

En 2017 el FROB ejecutó el mandato de la JUR para poner en marcha la primera resolución bancaria a nivel europeo. Ante el continuo agravamiento de la situación del Banco Popular durante 2017 y tras la declaración formal de inviabilidad de la entidad por parte del BCE el día 6 de junio, dada la existencia de un claro interés público, la resolución fue la opción elegida por la JUR. Se trataba de evitar las consecuencias que la declaración de concurso ordinario del banco, cotizado en bolsa, podría tener tanto para sus depositantes, sus clientes, sus empleados, como para la estabilidad financiera de España y de la Unión Bancaria. La JUR aprobó el dispositivo de resolución con las medidas específicas a aplicar sobre Banco Popular y tras la refrenda formal del mismo por parte de la Comisión Europea, el FROB aprobó una resolución por la que se procedía a la ejecución del dispositivo de resolución aprobado por la JUR. Las medidas específicas a aplicar sobre Banco Popular consistieron en la venta de la entidad, previo ejercicio de las facultades de amortización de las acciones y los instrumentos de capital adicional de nivel 1 y la conversión en acciones de los instrumentos de capital de nivel 2 que fueron vendidas a Banco Santander como adjudicatario del proceso competitivo de venta de la entidad llevada a cabo conforme a las normas de procedimiento e instrucciones acordadas por la JUR.[33]

Participaciones

A 31 de diciembre de 2019, el FROB tenía participación en las siguientes entidades:

Entidad Participación
Banco Financiero y de Ahorros (BFA) 100%[34]
Sareb 45,9%[34]

Organización

Presidentes

Véase también

Referencias

  1. Artículo 52.2 Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
  2. Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito.
  3. La denominación legal del FROB ha sido modificada. Si hasta la entrada en vigor de la Ley 11/2015 «FROB» fue el acrónimo de Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, desde entonces «FROB» se ha convertido en el nombre propio de la actual Autoridad de Resolución Ejecutiva española, pero ya sin referirse al concepto anterior. «Informe “10 años del FROB 2009-2019. Una década por la estabilidad financiera”». 
  4. «Real Decreto 1081/2020, de 1 de diciembre, por el que se nombra Presidenta del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a doña Paula Conthe Calvo.». boe.es. Consultado el 2 de diciembre de 2020. 
  5. Artículo 3 de la Ley 9/2012: «[...] Uno de los miembros nombrados a propuesta del Banco de España será su Subgobernador, que ostentará la Presidencia de la Comisión Rectora. [...]»
  6. Artículo 55 «Presidente» de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión
  7. Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito.
  8. Nota informativa sobre ayudas públicas en el proceso de reestructuración del sistema bancario español (2009-2016)
  9. Memoria de actividades del FROB 2018, pág 45.
  10. El Mundo. «El Gobierno sale al 'rescate' del fondo de rescate bancario con una inyección de 3.000 millones». 20 de junio de 2017
  11. Artículo 53.4 Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión
  12. Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro.
  13. El Banco de España sustituye a los administradores de Caja Castilla La Mancha
  14. El Real Decreto Ley 9/2009, de 26 de junio en su preámbulo desarrolla ampliamente los motivos que condujeron a la creación del fondo.
  15. Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
  16. Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
  17. Diario El Economista (14 de junio de 2010). «Las cajas pedirán hoy 7.000 millones más al Banco de España para unirse». Consultado el 14 de junio de 2010. 
  18. Nota informativa sobre ayudas públicas en el proceso de reestructuración del sistema bancario español (2009-2016)
  19. INFORME SOBRE LA CRISIS FINANCIERA Y BANCARIA EN ESPAÑA, 2008-2014
  20. Nota de prensa del FROB (22 de julio de 2011). . Archivado desde el original el 5 de octubre de 2011. Consultado el 2 de octubre de 2011. 
  21. El Banco Sabadell se queda con la CAM con una ayuda de 5.249 millones de euros
  22. BMN y Liberbank no necesitan FROB para recapitalizarse
  23. IBERCAJA OBTIENE UN BENEFICIO NETO DE 37,7 MILLONES DE EUROS
  24. Unicaja adelanta la devolución al FROB de 604 millones de ayudas de Ceiss
  25. Nota informativa sobre ayudas financieras en el proceso de reestructuración del sistema financiero español (2009-2018)
  26. ¿Qué es Sareb?
  27. El FROB valora a cero su posición en Sareb y ejecuta un nuevo préstamo del rescate
  28. Revista de Estabilidad Financiera. El Mecanismo Único de Resolución Bancaria
  29. Junta Única de Resolución
  30. Fondo Único de Resolución
  31. Who supervises my bank? ECB
  32. Revista de Estabilidad Financiera. Papel de la supervisión del Banco de España en el marco de recuperación y resolución de entidades de crédito
  33. Resolución de Banco Popular. JUR
  34. Presentación corporativa FROB.

Enlaces externos

  • Página oficial del FROB
  • 10 años del FROB. Una década por la Estabilidad Financiera
  • Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
  • • Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión
  • • Reglamento (UE) no 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) no 1093/2010.
  • Informe sobre la crisis financiera y bancaria en España, 2008-2014, Banco de España
  • Bank recovery and Resolution, European Commission
  •   Datos: Q8460

frob, autoridad, resolución, ejecutiva, anterioridad, fondo, reestructuración, ordenada, bancaria, más, conocido, simplemente, como, autoridad, encargada, gestionar, procesos, resolución, entidades, crédito, empresas, servicios, inversión, fase, ejecutiva, esp. El FROB Autoridad de Resolucion Ejecutiva con anterioridad Fondo de Reestructuracion Ordenada Bancaria 3 mas conocido simplemente como FROB es la autoridad encargada de gestionar los procesos de resolucion de las entidades de credito y empresas de servicios de inversion en su fase ejecutiva en Espana FROBFROB Autoridad de Resolucion EjecutivaLogotipo del FROBInformacion generalAcronimoFROBTipoEntidad de derecho publico con personalidad juridica propia y plena capacidad publica y privada para el desarrollo de sus fines 1 Fundacion27 de junio de 2009 2 PaisEspana EspanaSedeAvda General Peron 38 Madrid Espana EspanaOrganizacionPresidentePaula Conthe CalvoSitio web editar datos en Wikidata Fue creado con motivo de la crisis financiera de 2008 En origen tuvo por objeto gestionar los procesos de reestructuracion del sistema financiero y contribuir a reforzar sus recursos propios en los procesos de integracion entre entidades En la actualidad y desde la aprobacion de la Ley 11 2015 el FROB es la autoridad espanola de resolucion ejecutiva financiada exclusivamente con contribuciones privadas de las entidades y que se integra en la red europea de autoridades liderada desde Bruselas por la Junta Unica de Resolucion JUR Desde el 2 de diciembre de 2020 la presidenta del FROB es Paula Conthe Calvo 4 Indice 1 Naturaleza juridica organizacion y financiacion 2 Origen 3 Evolucion normativa 3 1 Real Decreto Ley 9 2009 3 2 Ley 9 2012 3 3 Ley 11 2015 4 Actuaciones 2009 2014 4 1 Primera ronda de actuaciones FROB 1 4 2 Segunda ronda de actuaciones FROB 2 4 3 Tercera ronda de actuaciones 4 4 Totales 4 5 Otras aportaciones del FROB 4 6 Ayudas recuperadas 4 7 Sociedad de Gestion de Activos Procedentes de la Reestructuracion Bancaria Sareb 5 El FROB dentro de la Union Bancaria 2015 hasta la actualidad 6 Participaciones 7 Organizacion 8 Vease tambien 9 Referencias 10 Enlaces externosNaturaleza juridica organizacion y financiacion EditarEl FROB es una entidad de Derecho publico que tiene por objeto gestionar los procesos de resolucion de las entidades en su fase ejecutiva El regimen juridico bajo el que el FROB desarrolla su actividad es el contenido en la Ley 11 2015 de 18 de junio de 2015 de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion Esta regido y administrado por una Comision Rectora integrada por once miembros El presidente Cuatro miembros designados por el Banco de Espana uno de los cuales sera el subgobernador que ostentara la vicepresidencia primera de la Comision Rectora Tres representantes del Ministerio de Asuntos Economicos y Transformacion Digital designados por el ministro con al menos rango de director general El vicepresidente de la Comision Nacional del Mercado de Valores CNMV Dos representantes del Ministerio de Hacienda designados por el ministro y con rango de director general Asistiran asimismo a las sesiones de la Comision Rectora con voz pero sin voto un representante designado por el Interventor General de la Administracion del Estado y otro por el Abogado General del Estado Director del Servicio Juridico del Estado Hasta 2015 el Presidente de la Comision Rectora era el subgobernador del Banco de Espana 5 De 2009 a 2012 el presidente fue Javier Ariztegui y de 2012 a 2015 Fernando Restoy Desde la entrada en vigor de la Ley 11 2015 es nombrado y separado por real decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Economia y Competitividad 6 oidas las autoridades de supervision y previa comparecencia ante la Comision de Economia y Competitividad del Congreso de los Diputados El FROB fue dotado inicialmente con recursos publicos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado La dotacion inicial del FROB ascendio a 9 000 millones de euros 6 750 millones de euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y 2 250 millones de euros por parte de los Fondos de Garantia de Deposito esta participacion de 2 250 millones que tenia el Fondo de Garantia de Depositos en Entidades de Credito FGDEC en el FROB desaparecio cuando en 2012 el FROB redujo su capital a cero atendiendo al patrimonio neto resultante de las cuentas del mismo en 2011 7 8 El fondo se amplio en 6 000 millones adicionales conforme a la DA 4ª del Real Decreto Ley 2 2012 Asimismo podria incrementar dichos fondos propios a traves de la capitalizacion de prestamos creditos o cualquier otra operacion de endeudamiento en las que la Administracion General del Estado figure como acreedora Adicionalmente para el cumplimiento de sus fines el FROB ha captado financiacion a traves de emisiones de deuda con aval del Estado actualmente amortizadas y un prestamo del Estado en 2012 destinado a la ejecucion del programa de asistencia europea para la recapitalizacion de las entidades de credito espanolas El 3 de diciembre de 2012 el Estado espanol concedio al FROB un prestamo destinado a la ejecucion del programa de asistencia financiera europea para la reestructuracion del sistema financiero espanol por un total de 41 333M 9 Dicho prestamo permitio canalizar los fondos del Mecanismo Europeo de Estabilidad MEDE al Reino de Espana y posteriormente al FROB hasta las entidades de credito espanolas En 2013 2017 y 2020 se acordaron previa autorizacion del MEDE conversiones parciales del prestamo en aportacion patrimonial al FROB por importe agregado de 33 170 M siendo el saldo vivo actual de 7 456 M 10 La Ley 11 2015 introdujo la denominada tasa por las actividades realizadas por el FROB como Autoridad de Resolucion 11 para la cobertura de los gastos de funcionamiento de la entidad y que es exigida a las entidades obligadas a contribuir bien al Fondo Unico de Resolucion bien al Fondo de Resolucion Nacional Por tanto su financiacion actual deriva exclusivamente de las contribuciones privadas de las entidades Origen EditarEn paralelo a la crisis financiera internacional de 2008 pero con caracteristicas singulares se desencadeno en el sector bancario espanol una crisis de intensidad y efectos desconocidos en la historia reciente En 2008 el foco minorista del modelo de negocio del sector financiero espanol parecia alejarlo inicialmente de los impactos derivados de la comercializacion de los denominados activos toxicos procedentes de la estructuracion y venta de productos complejos Sin embargo los problemas de confianza en los mercados interbancarios mundiales afectaron rapidamente a la capacidad de financiacion del sistema Las medidas en Espana inicialmente se centraron en atajar los problemas de liquidez y fueron similares a las adoptadas en otros paises de la UE En octubre de 2008 se aprobaron una serie de decretos ley con medidas para 12 la adquisicion publica de activos bancarios mediante la creacion del Fondo para la Adquisicion de Activos Financieros Real Decreto Ley 6 2008 de 10 de octubre con una dotacion con cargo a los Presupuestos Generales del Estado por un importe de 30 000 millones de euros ampliable hasta un maximo de 50 000 millones de euros el otorgamiento de avales del Estado que favoreciesen las operaciones de financiacion de las entidades de credito Real Decreto Ley 7 2008 de 13 de octubre En marzo de 2009 el Banco de Espana ordeno la primera intervencion en una entidad de credito Caja Castilla La Mancha tras incumplir con el requisito de capital minimo regulatorio exigido por el supervisor 13 Su intervencion se realizo con instrumentos que se pueden considerar estrictamente previos a la constitucion del FROB medidas de intervencion y sustitucion de administradores que podia acordar el Banco de Espana y actuacion de los fondos de garantia de depositos sectoriales Sin embargo este marco legal de gestion de crisis se manifesto como insuficiente ya en 2009 y con el Real Decreto Ley 9 2009 de 26 de junio sobre reestructuracion bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de credito se dio un primer paso para la configuracion de un nuevo modelo de gestion publica de las crisis bancarias constituyendo el FROB 14 El Real Decreto Ley 9 2009 estuvo vigente hasta el 31 de agosto de 2012 fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 24 2012 A su vez este ultimo Real Decreto Ley fue derogado por la Ley 9 2012 de 14 de noviembre de reestructuracion y resolucion de entidades de credito 15 En la actualidad el regimen juridico bajo el que el FROB desarrolla su actividad es el contenido en la Ley 11 2015 de 18 de junio de 2015 de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion 16 Evolucion normativa EditarReal Decreto Ley 9 2009 Editar El Real Decreto Ley 9 2009 de 26 de junio sobre reestructuracion bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de credito creo el Fondo de Reestructuracion Ordenada Bancaria FROB para la gestion de los procesos de reestructuracion de entidades y el reforzamiento de sus recursos propios cuando acometieran procesos de integracion El decreto diferenciaba entre procesos de reestructuracion para aquellas entidades que presentasen debilidades en su situacion economico financiera que en funcion de la evolucion de los mercados pudieran poner en peligro su viabilidad y procesos de integracion para aquellas entidades que sin estar en las circunstancias anteriores si necesitaran reforzar sus recursos propios con la finalidad de llevar a cabo procesos de integracion En caso de que se contemplase la necesidad de reestructurar una entidad de credito siempre que no existiese una solucion privada que permitiera por si misma el reforzamiento de la solvencia la entidad presentaria un plan de actuacion a aprobar por el Banco de Espana concretando las acciones previstas para superar la situacion entre otras reforzar su patrimonio y su solvencia su fusion o absorcion o el traspaso total o parcial del negocio El fondo de garantia de depositos sectorial correspondiente debia apoyar el plan que podia obtener apoyo financiero del FROB con un tipo de interes del 7 75 que a partir del segundo ano se elevarian al 8 25 17 Si la situacion de debilidad persistia se procedia a la reestructuracion con intervencion del FROB En estos casos se sustituia a los gestores de la entidad afectada para la designacion del FROB como administrador provisional En el plazo de un mes ampliable a seis el FROB debia elaborar un informe sobre la situacion patrimonial y viabilidad de la entidad y someter un plan de reestructuracion a la aprobacion del Banco de Espana El plan debia tener por objeto bien la fusion de la entidad o bien el traspaso total o parcial de su negocio Y lo mas importante el plan podia contemplar medidas de apoyo financiero por parte del FROB como la concesion de garantias prestamos o la suscripcion o adquisicion de valores representativos de recursos propios Asimismo aquellas entidades que sin encontrarse en una situacion de debilidad que justificara su reestructuracion tuvieran previsto acometer procesos de integracion podian contar con el apoyo financiero del FROB Este se otorgaba bajo el entendimiento de que existia una insuperable dificultad de obtencion de recursos en los mercados Las integraciones incluyeron ademas de las fusiones tradicionales los denominados SIP con efectos asimilables a los generados en un proceso de fusion al exigir la mutualizacion de resultados solvencia y liquidez y su configuracion en torno a una entidad de credito central Ley 9 2012 Editar El 31 de agosto de 2012 se aprobo y entro en vigor el Real Decreto Ley 24 2012 de reestructuracion y resolucion de entidades de credito que posteriormente seria transformado por el Congreso de los Diputados en la Ley 9 2012 de 14 de noviembre de reestructuracion y resolucion de entidades de credito La norma establecio una serie de objetivos que deberian perseguir los procesos de reestructuracion y resolucion ordenada de las entidades de credito entre los que destacan asegurar la continuidad de las funciones esenciales de las entidades evitar efectos perjudiciales para la estabilidad del sistema financiero y asegurar la utilizacion mas eficiente de los recursos publicos minimizando los apoyos financieros El nuevo regimen de resolucion suponia la existencia de tres niveles de gestion Estos llevaban asociados medidas de diversa intensidad que los poderes publicos podian aplicar en funcion de la gravedad de las dificultades que atravesasen las entidades de credito Actuacion temprana en esta fase se trataba de atajar la situacion de aquellas entidades en dificultades transitorias pero con capacidad de retornar por sus medios al cumplimiento de requerimientos regulatorios basicos Reestructuracion se previo para entidades que requerian apoyo financiero publico para garantizar su viabilidad Era imprescindible que se dieran elementos objetivos que hicieran razonablemente previsible que dicho apoyo fuera reembolsado o recuperado en un plazo maximo de 5 anos con una posible prorroga de 2 anos adicionales Resolucion aplicable a las entidades de credito en las que concurrieran simultaneamente las dos circunstancias siguientes la entidad era inviable o era razonablemente previsible que fuera a serlo en un futuro proximo por razones de interes publico resultaba necesario o conveniente acometer la resolucion de la entidad para alcanzar alguno de los objetivos de la resolucion Uno de los aspectos mas relevantes que introdujo la Ley 9 2012 fue el fortalecimiento de los poderes de intervencion del FROB y una clarificacion de sus responsabilidades para gestionar los procesos de reestructuracion y resolucion de las entidades de credito El FROB estaria facultado para determinar el valor economico de la entidad o sus activos y pasivos requerir a cualquier persona informacion necesaria para la preparacion o adopcion de cualquier medida o instrumento de reestructuracion o resolucion ordenar la transmision de instrumentos representativos del capital aumentar o reducir capital realizar acciones de gestion de hibridos determinar los instrumentos en que se concreten las medidas o disponer el traspaso de valores depositados en una entidad Uno de los instrumentos de reestructuracion y resolucion mas destacados que preveia la ley era el relativo a la utilizacion de las llamadas sociedades de gestion de activos como la Sareb Ley 11 2015 Editar A nivel europeo la puesta en marcha del proyecto de la Union Bancaria en 2012 se vio impulsado en noviembre de 2014 con el establecimiento del Mecanismo Unico de Supervision y la entrada en funcionamiento del Mecanismo Unico de Resolucion en enero de 2015 En Espana la adaptacion al nuevo marco legislativo que supuso la Union Bancaria se acometio mediante la aprobacion de la vigente Ley 11 2015 de 18 de junio Esta ley supone una continuacion de los principios e instrumentos de resolucion presentes en la legislacion previa a la vez que incorpora novedades importantes Establece la fase preventiva y de planificacion de la resolucion que se atribuye al Banco de Espana y a la Comision Nacional del Mercado de Valores CNMV Constituye el Fondo Unico de Resolucion FUR como instrumento que financiado previamente por los propios bancos debe ser empleado para evitar la utilizacion de recursos publicos Articula la participacion espanola en el nuevo marco institucional al objeto de cumplir con el principio previsto en la Directiva de Resolucion de separacion entre funciones supervisoras y de resolucion Para mas detalle ver 5 El FROB dentro de la Union Bancaria 2015 hasta la actualidad Actuaciones 2009 2014 EditarPrimera ronda de actuaciones FROB 1 Editar La primera ronda de actuaciones consistio en la aportacion de dinero para facilitar las fusiones de varias cajas de ahorros en forma de participaciones preferente convertibles Se concedieron 9 674 millones de euros en ayudas de ese tipo Las entidades afectadas fueron 18 Entidad Importe Formato de ayudas Fecha del acuerdoCaja Espana Duero 525 millones Participaciones preferentes convertibles Marzo de 2010CatalunyaCaixa 1 250 millones Participaciones preferentes convertibles Marzo de 2010Banco Financiero y de Ahorros BFA 4 465 millones Participaciones preferentes convertibles Junio de 2010Banco Mare Nostrum BMN 915 millones Participaciones preferentes convertibles Junio de 2010Novacaixagalicia 1 162 millones Participaciones preferentes convertibles Junio de 2010Unnim Caixa 380 millones Participaciones preferentes convertibles Julio de 2010Banca Civica 977 millones Participaciones preferentes convertibles Diciembre de 2010Adicionalmente el FROB suscribio 800 millones en cuotas participativas de CajaSur que fueron amortizadas en el mismo ano 19 Segunda ronda de actuaciones FROB 2 Editar La segunda ronda de actuaciones consistio en la aportacion de dinero en forma de capital Para llevarse a cabo las cajas de ahorros tuvieron que traspasar previamente su negocio a un banco de nueva creacion En abril de 2011 Caja Mediterraneo CAM habia solicitado al FROB 2 800 millones de euros para recapitalizarse hasta el nivel exigido por el Decreto Ley 2 2011 de reforzamiento del sistema bancario El 22 de julio el FROB acordo la suscripcion de ese importe en acciones del Banco CAM con la condicion de hacerse cargo de la administracion del banco 20 El 7 de diciembre de 2011 Banco CAM fue adjudicado a Banco Sabadell Se acordo que el Fondo de Garantia de Depositos FGD compraria el 100 de Banco CAM por 5 249 millones de euros En ese montante estaban incluidos los 2 800 millones que se inyectaron a traves del FROB y que el Fondo de Garantia de Depositos FGD repuso al Estado 21 El 30 de septiembre de 2011 fin del plazo para la recapitalizacion mediante inversion privada establecido en el Decreto Ley 2 2011 cinco entidades no habian logrado el capital que necesitaban por lo que el FROB decidio inyectar 4 751 millones de euros en tres de ellas Catalunya Banc NCG Banco y Unnim Banc lo que supuso en la practica su nacionalizacion y conceder un plazo de 25 dias a las otras dos Liberbank y Banco Mare Nostrum BMN que finalmente no necesitaron ayudas del FROB 22 Las entidades en las que el FROB inyecto capital fueron 18 Entidad Importe Fecha del acuerdoCatalunya Banc heredero financiero de CatalunyaCaixa 1 718 millones Septiembre de 2011NCG Banco heredero financiero de NovaCaixaGalicia 2 465 millones Septiembre de 2011Unnim Banc heredero financiero de Unnim Caixa 568 millones Septiembre de 2011Ademas en Banco de Valencia intervenido en noviembre de 2011 el FROB inyecto 998 millones de euros en forma de capital en mayo de 2012 fecha del acuerdo 18 Por otra parte desde 2012 las participaciones preferentes suscritas por el FROB durante 2010 fueron convertidas en capital excepto en el caso de Banca Civica En abril de 2013 los 977 millones de euros de las participaciones preferentes suscritas por el FROB en Banca Civica fueron reembolsados por CaixaBank tras adquirir a dicha entidad 18 Las entidades en las que el FROB capitalizo las participaciones preferentes anteriormente suscritas fueron 18 Entidad Importe Fecha del acuerdoUnnim Banc heredero financiero de Unnim Caixa 380 millones Marzo de 2012Banco Financiero y de Ahorros BFA 4 465 millones Mayo de 2012Catalunya Banc heredero financiero de CatalunyaCaixa 1 250 millones Diciembre de 2012NCG Banco heredero financiero de NovaCaixaGalicia 1 162 millones Diciembre de 2012Banco Mare Nostrum BMN 915 millones Febrero de 2013Banco CEISS heredero financiero de Caja Espana Duero 525 millones Mayo de 2013En el caso de Unnim Banc en marzo de 2012 el Fondo de Garantia de Depositos FGD se hizo cargo de la inversion accionarial en el mismo compensando los 948 millones invertidos previamente por el FROB Inyecto 953 millones de euros en Unnim Banc el cual fue adjudicado al BBVA 18 Tercera ronda de actuaciones Editar La tercera ronda de actuaciones hace referencia a las ayudas posteriores a la Ley 9 2012 de 14 de noviembre de reestructuracion y resolucion de entidades de credito Fueron en total 39 078 millones de euros 37 943 millones de aportaciones de capital mas 1 135 millones de CoCos De ellos 38 833 millones fueron aportados en el marco del Programa de Asistencia Financiera ya que los 245 millones de aportacion de capital a Banco Gallego no procedieron de fondos del Mecanismo Europeo de Estabilidad MEDE 18 Las entidades afectadas fueron 18 Entidad Importe Formato de ayudas Fecha del acuerdoBanco de Valencia 4 500 millones Capital Diciembre de 2012Banco Financiero y de Ahorros BFA Bankia 17 959 millones Capital Diciembre de 2012Catalunya Banc heredero financiero de CatalunyaCaixa 9 084 millones Capital Diciembre de 2012NCG Banco heredero financiero de NovaCaixaGalicia 5 425 millones Capital Diciembre de 2012Banco CEISS heredero financiero de Caja Espana Duero 604 millones CoCos Diciembre de 2012Banco Mare Nostrum BMN 730 millones Capital Diciembre de 2012Caja3 407 millones CoCos Diciembre de 2012Liberbank 124 millones CoCos Diciembre de 2012Banco Gallego 245 millones Capital Abril de 2013En diciembre de 2014 los 124 millones de euros de obligaciones obligatoriamente convertibles fueron amortizados anticipadamente por Liberbank 18 En el primer trimestre de 2017 Ibercaja Banco completo la amortizacion anticipada de los 407 millones de euros de obligaciones obligatoriamente convertibles que recibio Caja3 23 En agosto de 2017 Unicaja Banco devolvio anticipadamente la totalidad de los 604 millones de euros de ayudas publicas recibidas en forma de capital como obligaciones contingentes convertibles cocos por EspanaDuero 24 Totales Editar Las ayudas financieras comprometidas en diversas formas de capital por el FROB desde 2009 ascienden a 54 353 millones de euros 18 19 Desglose por conceptos 18 19 Concepto ImporteFROB 1 Preferentes 977 millonesFROB 2 Capital 13 498 millonesPosteriores a la Ley 9 2012 Capital 37 943 millonesPosteriores a la Ley 9 2012 CoCos 1 135 millonesCuotas participativas 800 millonesTotal 54 353 millonesPor entidades 18 19 Entidad ImporteBanca Civica 977 millones Preferentes Banco CEISS 1 129 millones 525 de Capital y 604 de CoCos Banco de Valencia 5 498 millones Capital Banco Financiero y de Ahorros BFA Bankia 22 424 millones Capital Banco Gallego 245 millones Capital Banco Mare Nostrum BMN 1 645 millones Capital Caja3 407 millones CoCos CajaSur 800 millones Cuotas participativas Catalunya Banc 12 052 millones Capital Liberbank 124 millones CoCos NCG Banco 9 052 millones Capital Total 54 353 millonesBanco CAM y Unnim Banc no aparecen en esta lista ya que el Fondo de Garantia de Depositos FGD paso a hacerse cargo de dichas entidades reembolsando los importes aportados por el FROB Otras aportaciones del FROB Editar Ademas de las ayudas financieras comprometidas en diversas formas de capital el FROB ha otorgado otros tipos de ayudas en el proceso de reestructuracion del sistema bancario espanol A 31 de diciembre de 2018 el valor de las perdidas esperadas por los Esquemas de Proteccion de Activos EPA era de 831 millones 439 correspondientes a Banco de Valencia y 392 a CajaSur A esa misma fecha el valor de las perdidas esperadas por las otras garantias otorgadas era de 1 495 millones 547 correspondientes a Catalunya Banc 430 a Banco CEISS 352 a NCG Banco y 166 a Banco de Valencia 25 Ayudas recuperadas Editar A 31 de diciembre de 2018 se han recuperado 977 millones devueltos por CaixaBank procedentes de las ayudas recibidas por Banca Civica antes de su integracion en CaixaBank 800 millones de la ayuda temporal otorgada a CajaSur mediante cuotas participativas la cual fue reintegrada al FROB al no incluirse en el plan de reestructuracion de la entidad 783 millones de NCG Banco 712 por la venta de la participacion en NCG Banco y 71 de una venta realizada en 2012 782 millones por la venta de la participacion en Catalunya Banc 604 millones amortizados por Unicaja Banco de una emision de obligaciones obligatoriamente convertibles de Banco CEISS 407 millones amortizados por Ibercaja Banco de una emision de obligaciones obligatoriamente convertibles de Caja3 y 124 millones amortizados por Liberbank de una emision de obligaciones obligatoriamente convertibles En total 4 477 millones No se ha tenido en cuenta lo recuperado a traves de la venta de acciones de Bankia por parte del FROB 25 Sociedad de Gestion de Activos Procedentes de la Reestructuracion Bancaria Sareb Editar Una de las principales dificultades a las que se enfrentaba el sector financiero en el ejercicio 2012 era la elevada exposicion al sector inmobiliario y su correcta valoracion Sareb fue creado para facilitar la gestion de los activos inmobiliarios especialmente danados Su cometido fundamental era permitir la concentracion en una sociedad de esos activos especialmente danados o cuya permanencia en los balances de las cedentes se considerase perjudicial para la viabilidad de estas a efectos de facilitar su gestion especializada y logrando que desde su transmision se produjese una traslacion efectiva de los riesgos vinculados a estos activos 26 El FROB suscribio capital y deuda subordinada de la sociedad por valor de 2 192 millones de euros A la Sareb se traspasaron alrededor de 200 000 activos inmobiliarios problematicos a un precio de transferencia de 50 700 millones de euros y con un horizonte temporal de 15 anos para su liquidacion El uso de esta herramienta permitio reducir las necesidades de recapitalizacion del sector financiero en 1 300 millones de euros y saneo sus balances gracias a lo cual se recupero la confianza en las entidades y permitio a sus gestores recuperar la atencion y los esfuerzos en el negocio ordinario La deuda senior emitida por la Sareb por 50 700 millones de euros conto con el aval del Tesoro Publico En mayo de 2020 el FROB valoro a cero su posicion en Sareb El principal accionista del banco malo asumio en marzo que a dia de hoy es imposible recuperar ni un euro de los casi 2200 millones que inyecto en 2012 El fondo de rescate ha ido asimilando esta perdidas poco a poco en los ultimos anos y fue en 2019 cuando registro las ultimas provisiones por 169 millones para dejar el contador a cero 27 El FROB dentro de la Union Bancaria 2015 hasta la actualidad EditarEn 2014 el marco institucional de la Union Bancaria inicio oficialmente su andadura con la puesta en marcha del Mecanismo Unico de Supervision MUS y el diseno definitivo del Mecanismo Unico de Resolucion MUR del que el FROB forma parte En Espana la adaptacion a este nuevo marco se acometio mediante la aprobacion de la vigente Ley 11 2015 de 18 de junio de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion El MUR 28 consiste en un sistema de resolucion centralizado conformado por las autoridades nacionales de resolucion y una autoridad unica la Junta Unica de Resolucion 29 JUR agencia europea a la que se cedieron buena parte de las competencias de los Estados miembros en materia de resolucion A dichas autoridades se unen el Banco Central Europeo BCE la Comision Europea y el Consejo en los terminos establecidos en el Reglamento del MUR Asimismo el MUR cuenta con un Fondo Unico de Resolucion FUR 30 recaudado y gestionado por la JUR con contribuciones de todas las entidades de la Union Bancaria para ser empleado en caso de resolucion Desde la creacion de la JUR es esta la encargada del funcionamiento eficaz del Mecanismo y la responsable directa de la resolucion de las entidades significativas de la zona del euro 31 En Espana la Ley 11 2015 configuro un nuevo marco institucional que cumpliera con el principio previsto en la Directiva de Resolucion de separacion entre funciones supervisoras y de resolucion El modelo espanol distingue entre dos tipos de autoridades de resolucion nacionales las autoridades de resolucion preventiva responsables de la fase preventiva de la resolucion y la autoridad de resolucion ejecutiva responsable de la fase de ejecucion Son tres las autoridades de resolucion nacionales Una autoridad de resolucion ejecutiva el FROB que se encarga de la ejecucion de las decisiones de resolucion adoptadas por la JUR para las entidades significativas y del ejercicio directo de estas competencias para las entidades diferentes de las anteriores Ademas ejerce la representacion espanola en la Junta y es la autoridad de contacto y de coordinacion a escala internacional El FROB tambien recauda las contribuciones de todas las entidades espanolas al FUR y gestiona el Fondo Nacional de Resolucion nutrido con las contribuciones de las empresas de servicios de inversion no incluidas en grupos de entidades de credito Dos autoridades de resolucion preventiva el Banco de Espana y la CNMV que son responsables de la elaboracion de los planes de resolucion de las entidades de credito menos significativas y de las empresas de servicios de inversion respectivamente El Banco de Espana tambien colabora con la JUR en la elaboracion de los planes de resolucion de las entidades significativas 32 El marco institucional espanol lo completa el Fondo de Garantia de Depositos que tiene una funcion vital en caso de inviabilidad de aquellas entidades de credito que por no afectar a la estabilidad financiera entran naturalmente en un proceso concursal comun Su cometido es garantizar la cobertura de hasta 100 000 euros en los depositos minoristas Adicionalmente a sus funciones dentro del MUR en la actualidad el FROB mantiene la gestion de las actividades relacionadas con el seguimiento de los procesos previos de reestructuracion derivados de la reestructuracion del sistema financiero y gestiona garantias y participaciones relacionadas con procesos de resolucion anteriores Primera resolucion bancaria europea Banco PopularEn 2017 el FROB ejecuto el mandato de la JUR para poner en marcha la primera resolucion bancaria a nivel europeo Ante el continuo agravamiento de la situacion del Banco Popular durante 2017 y tras la declaracion formal de inviabilidad de la entidad por parte del BCE el dia 6 de junio dada la existencia de un claro interes publico la resolucion fue la opcion elegida por la JUR Se trataba de evitar las consecuencias que la declaracion de concurso ordinario del banco cotizado en bolsa podria tener tanto para sus depositantes sus clientes sus empleados como para la estabilidad financiera de Espana y de la Union Bancaria La JUR aprobo el dispositivo de resolucion con las medidas especificas a aplicar sobre Banco Popular y tras la refrenda formal del mismo por parte de la Comision Europea el FROB aprobo una resolucion por la que se procedia a la ejecucion del dispositivo de resolucion aprobado por la JUR Las medidas especificas a aplicar sobre Banco Popular consistieron en la venta de la entidad previo ejercicio de las facultades de amortizacion de las acciones y los instrumentos de capital adicional de nivel 1 y la conversion en acciones de los instrumentos de capital de nivel 2 que fueron vendidas a Banco Santander como adjudicatario del proceso competitivo de venta de la entidad llevada a cabo conforme a las normas de procedimiento e instrucciones acordadas por la JUR 33 Participaciones EditarA 31 de diciembre de 2019 el FROB tenia participacion en las siguientes entidades Entidad ParticipacionBanco Financiero y de Ahorros BFA 100 34 Sareb 45 9 34 Organizacion EditarPresidentes Francisco Javier Ariztegui Yanez 2009 2012 subgobernador del Banco de Espana Fernando Restoy Lozano 2012 2015 subgobernador del Banco de Espana Jaime Ponce Huerta 2015 2020 Paula Conthe Calvo 2020 presenteVease tambien EditarSareb Sociedad de Gestion de Activos procedentes de la Reestructuracion Bancaria Banca publica Deuda publica Prima de riesgo Recapitalizacion de las entidades financieras en Espana Reestructuracion del sistema financiero en Espana Rescate financiero Sistema Institucional de Proteccion Mecanismo Unico de Resolucion Mecanismo Unico de Supervision Union bancariaReferencias Editar Articulo 52 2 Ley 11 2015 de 18 de junio de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion Real Decreto ley 9 2009 de 26 de junio sobre reestructuracion bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de credito La denominacion legal del FROB ha sido modificada Si hasta la entrada en vigor de la Ley 11 2015 FROB fue el acronimo de Fondo de Reestructuracion Ordenada Bancaria desde entonces FROB se ha convertido en el nombre propio de la actual Autoridad de Resolucion Ejecutiva espanola pero ya sin referirse al concepto anterior Informe 10 anos del FROB 2009 2019 Una decada por la estabilidad financiera Real Decreto 1081 2020 de 1 de diciembre por el que se nombra Presidenta del Fondo de Reestructuracion Ordenada Bancaria FROB a dona Paula Conthe Calvo boe es Consultado el 2 de diciembre de 2020 Articulo 3 de la Ley 9 2012 Uno de los miembros nombrados a propuesta del Banco de Espana sera su Subgobernador que ostentara la Presidencia de la Comision Rectora Articulo 55 Presidente de la Ley 11 2015 de 18 de junio de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion Real Decreto ley 9 2009 de 26 de junio sobre reestructuracion bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de credito Nota informativa sobre ayudas publicas en el proceso de reestructuracion del sistema bancario espanol 2009 2016 Memoria de actividades del FROB 2018 pag 45 El Mundo El Gobierno sale al rescate del fondo de rescate bancario con una inyeccion de 3 000 millones 20 de junio de 2017 Articulo 53 4 Ley 11 2015 de 18 de junio de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion Real Decreto ley 7 2008 de 13 de octubre de Medidas Urgentes en Materia Economico Financiera en relacion con el Plan de Accion Concertada de los Paises de la Zona Euro El Banco de Espana sustituye a los administradores de Caja Castilla La Mancha El Real Decreto Ley 9 2009 de 26 de junio en su preambulo desarrolla ampliamente los motivos que condujeron a la creacion del fondo Ley 9 2012 de 14 de noviembre de reestructuracion y resolucion de entidades de credito Ley 11 2015 de 18 de junio de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion Diario El Economista 14 de junio de 2010 Las cajas pediran hoy 7 000 millones mas al Banco de Espana para unirse Consultado el 14 de junio de 2010 a b c d e f g h i j k l Nota informativa sobre ayudas publicas en el proceso de reestructuracion del sistema bancario espanol 2009 2016 a b c d INFORME SOBRE LA CRISIS FINANCIERA Y BANCARIA EN ESPANA 2008 2014 Nota de prensa del FROB 22 de julio de 2011 Peticion al FROB de 2 800 millones y nombramiento de administrador del FROB Archivado desde el original el 5 de octubre de 2011 Consultado el 2 de octubre de 2011 El Banco Sabadell se queda con la CAM con una ayuda de 5 249 millones de euros BMN y Liberbank no necesitan FROB para recapitalizarse IBERCAJA OBTIENE UN BENEFICIO NETO DE 37 7 MILLONES DE EUROS Unicaja adelanta la devolucion al FROB de 604 millones de ayudas de Ceiss a b Nota informativa sobre ayudas financieras en el proceso de reestructuracion del sistema financiero espanol 2009 2018 Que es Sareb El FROB valora a cero su posicion en Sareb y ejecuta un nuevo prestamo del rescate Revista de Estabilidad Financiera El Mecanismo Unico de Resolucion Bancaria Junta Unica de Resolucion Fondo Unico de Resolucion Who supervises my bank ECB Revista de Estabilidad Financiera Papel de la supervision del Banco de Espana en el marco de recuperacion y resolucion de entidades de credito Resolucion de Banco Popular JUR a b Presentacion corporativa FROB Enlaces externos EditarPagina oficial del FROB 10 anos del FROB Una decada por la Estabilidad Financiera Ley 11 2015 de 18 de junio de recuperacion y resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion Directiva 2014 59 UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por la que se establece un marco para la reestructuracion y la resolucion de entidades de credito y empresas de servicios de inversion Reglamento UE no 806 2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de julio de 2014 por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolucion de entidades de credito y de determinadas empresas de servicios de inversion en el marco de un Mecanismo Unico de Resolucion y un Fondo Unico de Resolucion y se modifica el Reglamento UE no 1093 2010 Informe sobre la crisis financiera y bancaria en Espana 2008 2014 Banco de Espana Bank recovery and Resolution European Commission Datos Q8460Obtenido de https es wikipedia org w index php title FROB amp oldid 134379546, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

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