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Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) es un órgano directivo y regulador dependiente de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España, conforme al Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.[3]​ El Director General es Sergio Álvarez Camiña desde el 24 de febrero de 2017.

Dirección General de Seguros
y Fondos de Pensiones

Logotipo de la DGSFP


Sede de la DGSFP
Información general
Ámbito España España
Tipo Dirección General
Acrónimo DGSFP
Sede Paseo de la Castellana, 44, Madrid
Fundación 2000
División Madrid
Organización
Director General Sergio Álvarez Camiña[1]
Dependiente de Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa
Presupuesto anual 16,4 millones de (2021)[2]
Sitio web

El sector de seguros y fondos de pensiones en España está bajo la supervisión y control de este organismo, que se encarga de supervisar y controlar el adecuado funcionamiento del sector y de dar la protección adecuada a los clientes de las entidades aseguradoras, así como a los partícipes de los planes de pensiones. Para ello cuenta con facultades de regulación, ordenación y supervisión sobre las entidades que componen el sector, lo que garantiza un funcionamiento adecuado de acuerdo con la normativa vigente.[4]

Estructura y funciones

Su estructura y funciones actuales están definidas en el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.[5]​ La Dirección General se divide en cinco subdirecciones generales: de Regulación y Relaciones Internacionales; de Inspección; de Solvencia; de Autorizaciones, Conductas de Mercado y Distribución; y de Organización, Estudios y Previsión Social Complementaria.

En cuanto a sus funciones, son las siguientes:

  • La preparación e impulso de los proyectos normativos en las materias de su competencia.
  • La coordinación de las relaciones en el ámbito de los seguros y reaseguros privados, distribución de seguros y reaseguros, y planes y fondos de pensiones con las instituciones de la Unión Europea, con los supervisores de otros Estados y con organismos internacionales, de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. En especial, el seguimiento y la participación en las actividades de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación y de los grupos y comités internacionales en materia de regulación y supervisión de seguros y fondos de pensiones.
  • La contestación a las consultas formuladas en materia de seguros y reaseguros privados, distribución de seguros y reaseguros, y planes y fondos de pensiones.
  • El análisis de la documentación que deben remitir las entidades aseguradoras y reaseguradoras, los mediadores de seguros y reaseguros y las entidades gestoras de fondos de pensiones a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para facilitar el control de su solvencia y actividad.
  • La supervisión financiera continua, mediante la comprobación de los estados financieros contables, el análisis económico financiero, la revisión del cumplimiento normativo, y la revisión y evaluación de los riesgos y de la solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
  • La supervisión por inspección de las operaciones y de la actividad ejercida por las personas y entidades que actúen en el mercado de seguros y reaseguros, de la distribución de seguros y reaseguros y de los planes y fondos de pensiones y de sus entidades gestoras. Comprenderá la revisión contable, la revisión de la valoración de activos y pasivos, la revisión del cumplimiento normativo general, y la revisión y evaluación de los riesgos y de la solvencia.
  • El seguimiento, por cualquier medio encomendado a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, de las medidas impuestas a las personas y entidades sujetas a supervisión, incluyendo las referentes a las situaciones de deterioro financiero y a los procedimientos de medidas de control especial.
  • La comprobación de los cálculos financieros y actuariales aplicados en las operaciones de seguros y reaseguros, y por los planes y fondos de pensiones y sus entidades gestoras, así como el desarrollo y gestión de los sistemas y aplicaciones informáticas utilizados en las funciones de supervisión.
  • Los procedimientos de autorización para el cálculo del capital regulatorio, incluidos los referentes a modelos internos o parámetros específicos y los demás procedimientos derivados del régimen de solvencia basado en riesgo.
  • El seguimiento y participación en los Colegios internacionales de supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras derivados del régimen de Solvencia II, la colaboración con otros supervisores en las actuaciones de supervisión de conglomerados financieros y el análisis de los aspectos macroprudenciales del sector asegurador y de fondos de pensiones.
  • El control del cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso y la ampliación de la actividad aseguradora y reaseguradora y de los requisitos exigibles a los administradores, socios y directores de las entidades que realizan dicha actividad y a las demás personas físicas y jurídicas sujetas a la regulación de seguros privados. El control en materia de fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera, transformaciones, escisiones y otras operaciones estructurales entre entidades aseguradoras, y las iniciativas sobre medidas y operaciones que comporten una mejora en la estructura sectorial o en la de alguno de sus ramos; sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  • El control de los requisitos para la autorización de planes y fondos de pensiones y de sus entidades gestoras.
  • El control previo para el acceso a la actividad de distribución de seguros y reaseguros y el desempeño de las demás funciones de vigilancia previstas en la regulación de la distribución.
  • La supervisión de las conductas y prácticas de mercado de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, mediadores de seguros y reaseguros y demás personas que operen en el mercado de seguros, y de las personas y entidades que operen en relación con los planes y fondos de pensiones y sus entidades gestoras.
  • La protección administrativa a los asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y partícipes en planes de pensiones mediante la atención y resolución de las reclamaciones y quejas presentadas contra las entidades y personas sujetas a supervisión.
  • La realización de estudios sobre los sectores de seguros y fondos de pensiones, y de mercados e instrumentos de previsión social complementaria.

Organismos adscritos

Historia

Se desconoce con exactitud la creación del citado organismo. No obstante, se sabe que en 1928 se denominaba Subdirección de Seguros y Ahorro, y que en 1935 ya había ascendido de rango y se llamaba Dirección General de Seguros y Ahorro.[6]​ Se cree que en algún momento, tras la llegada de la democracia a España, cambió su nombre por el actual.

El 23 de mayo de 2008 el entonces vicepresidente segundo y ministro de Economía, Pedro Solbes, anunciaba en la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso que el Ejecutivo planeaba una reordenación de las competencias en materia de supervisión e inspección sobre el sistema financiero, en línea con lo acordado días antes por los ministros de Finanzas de la Unión Europea (Ecofin).

El proyecto contemplaba separar la supervisión de la solvencia de la de los comportamientos y prácticas en los mercados y, según explicó Solbes, tenía por objeto mejorar la eficacia en la vigilancia de la solvencia y competitividad de los intermediarios financieros y de la transparencia de los mercados en los que actúan.

Ello supondría la transformación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en detrimento de la Dirección General de Seguros (DGS), cuyas funciones serían asumidas por un nuevo organismo (la Comisión Nacional de Servicios Financieros), que vigilaría a los inversores, a los asegurados y a los ahorradores.

El Banco de España, se dedicaría a asegurar la solvencia no ya sólo de bancos y cajas, sino también del resto de entidades financieras, incluidas aseguradoras e instituciones de inversión.[7]

Ello hubiese supuesto el fin de la Dirección General de Seguros y Pensiones, pero casi un año y medio después del anuncio, un periódico digital se hace eco de que apenas queda la previsión de que la ley sobre unificación de supervisores financieros llegue al Parlamento a comienzos de 2010, y ni los grupos parlamentarios, ni los sindicatos ni los organismos afectados tienen en su agenda de momento la reforma de la supervisión.

Según explicaron fuentes del Ministerio de Economía, la reestructuración de la supervisión tendrá que esperar a que se tome una decisión en la Unión Europea, donde se estudia el asunto con vistas a adoptar un modelo común que podría ser más similar al actual que al que contempla dos supervisores o “twin peaks”.[7]

Directores Generales

  • María del Pilar González de Frutos (22 de julio de 2000-30 de noviembre de 2002)
  • José Carlos García de Quevedo Ruiz (30 de noviembre de 2002-22 de mayo de 2004)
  • Ricardo Lozano Aragües (22 de mayo de 2004-31 de diciembre de 2011)
  • María Flavia Rodríguez-Ponga Salamanca (31 de diciembre de 2011-25 de febrero de 2017)
  • Sergio Álvarez Camiña (25 de febrero de 2017-presente)

Véase también

Referencias

  1. Real Decreto 183/2017, de 24 de febrero, por el que se nombra Director General de Seguros y Fondos de Pensiones a don Sergio Álvarez Camiña.
  2. . Archivado desde el original el 17 de noviembre de 2019. Consultado el 17 de noviembre de 2019. 
  3. «Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.». boe.es. Consultado el 8 de febrero de 2020. 
  4. . Archivado desde el original el 3 de enero de 2012. Consultado el 25 de septiembre de 2008. 
  5. «Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.». boe.es. Consultado el 27 de febrero de 2020. 
  6. «Revista ICE Noviembre-Diciembre 2006. Nº833 pág. 141». Consultado el 25 de septiembre de 2008. 
  7. «La crisis económica aparca la reforma de la supervisión financiera | Negocios.com». Consultado el 25 de septiembre de 2008.  (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).

Enlaces externos

  • Sitio web oficial de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
  •   Datos: Q5280205

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La Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones DGSFP es un organo directivo y regulador dependiente de la Secretaria de Estado de Economia y Apoyo a la Empresa adscrita al Ministerio de Asuntos Economicos y Transformacion Digital de Espana conforme al Real Decreto 139 2020 de 28 de enero por el que se establece la estructura organica basica de los departamentos ministeriales 3 El Director General es Sergio Alvarez Camina desde el 24 de febrero de 2017 Direccion General de Seguros y Fondos de PensionesLogotipo de la DGSFPSede de la DGSFPInformacion generalAmbitoEspana EspanaTipoDireccion GeneralAcronimoDGSFPSedePaseo de la Castellana 44 MadridFundacion2000DivisionMadridOrganizacionDirector GeneralSergio Alvarez Camina 1 Dependiente deSecretaria de Estado de Economia y Apoyo a la EmpresaPresupuesto anual16 4 millones de 2021 2 Sitio web editar datos en Wikidata El sector de seguros y fondos de pensiones en Espana esta bajo la supervision y control de este organismo que se encarga de supervisar y controlar el adecuado funcionamiento del sector y de dar la proteccion adecuada a los clientes de las entidades aseguradoras asi como a los participes de los planes de pensiones Para ello cuenta con facultades de regulacion ordenacion y supervision sobre las entidades que componen el sector lo que garantiza un funcionamiento adecuado de acuerdo con la normativa vigente 4 Indice 1 Estructura y funciones 1 1 Organismos adscritos 2 Historia 3 Directores Generales 4 Vease tambien 5 Referencias 6 Enlaces externosEstructura y funciones EditarSu estructura y funciones actuales estan definidas en el Real Decreto 403 2020 de 25 de febrero por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Asuntos Economicos y Transformacion Digital 5 La Direccion General se divide en cinco subdirecciones generales de Regulacion y Relaciones Internacionales de Inspeccion de Solvencia de Autorizaciones Conductas de Mercado y Distribucion y de Organizacion Estudios y Prevision Social Complementaria En cuanto a sus funciones son las siguientes La preparacion e impulso de los proyectos normativos en las materias de su competencia La coordinacion de las relaciones en el ambito de los seguros y reaseguros privados distribucion de seguros y reaseguros y planes y fondos de pensiones con las instituciones de la Union Europea con los supervisores de otros Estados y con organismos internacionales de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores Union Europea y Cooperacion En especial el seguimiento y la participacion en las actividades de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilacion y de los grupos y comites internacionales en materia de regulacion y supervision de seguros y fondos de pensiones La contestacion a las consultas formuladas en materia de seguros y reaseguros privados distribucion de seguros y reaseguros y planes y fondos de pensiones El analisis de la documentacion que deben remitir las entidades aseguradoras y reaseguradoras los mediadores de seguros y reaseguros y las entidades gestoras de fondos de pensiones a la Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones para facilitar el control de su solvencia y actividad La supervision financiera continua mediante la comprobacion de los estados financieros contables el analisis economico financiero la revision del cumplimiento normativo y la revision y evaluacion de los riesgos y de la solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras La supervision por inspeccion de las operaciones y de la actividad ejercida por las personas y entidades que actuen en el mercado de seguros y reaseguros de la distribucion de seguros y reaseguros y de los planes y fondos de pensiones y de sus entidades gestoras Comprendera la revision contable la revision de la valoracion de activos y pasivos la revision del cumplimiento normativo general y la revision y evaluacion de los riesgos y de la solvencia El seguimiento por cualquier medio encomendado a la Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones de las medidas impuestas a las personas y entidades sujetas a supervision incluyendo las referentes a las situaciones de deterioro financiero y a los procedimientos de medidas de control especial La comprobacion de los calculos financieros y actuariales aplicados en las operaciones de seguros y reaseguros y por los planes y fondos de pensiones y sus entidades gestoras asi como el desarrollo y gestion de los sistemas y aplicaciones informaticas utilizados en las funciones de supervision Los procedimientos de autorizacion para el calculo del capital regulatorio incluidos los referentes a modelos internos o parametros especificos y los demas procedimientos derivados del regimen de solvencia basado en riesgo El seguimiento y participacion en los Colegios internacionales de supervision de entidades aseguradoras y reaseguradoras derivados del regimen de Solvencia II la colaboracion con otros supervisores en las actuaciones de supervision de conglomerados financieros y el analisis de los aspectos macroprudenciales del sector asegurador y de fondos de pensiones El control del cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso y la ampliacion de la actividad aseguradora y reaseguradora y de los requisitos exigibles a los administradores socios y directores de las entidades que realizan dicha actividad y a las demas personas fisicas y juridicas sujetas a la regulacion de seguros privados El control en materia de fusiones agrupaciones cesiones de cartera transformaciones escisiones y otras operaciones estructurales entre entidades aseguradoras y las iniciativas sobre medidas y operaciones que comporten una mejora en la estructura sectorial o en la de alguno de sus ramos sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Comision Nacional de los Mercados y la Competencia El control de los requisitos para la autorizacion de planes y fondos de pensiones y de sus entidades gestoras El control previo para el acceso a la actividad de distribucion de seguros y reaseguros y el desempeno de las demas funciones de vigilancia previstas en la regulacion de la distribucion La supervision de las conductas y practicas de mercado de las entidades aseguradoras y reaseguradoras mediadores de seguros y reaseguros y demas personas que operen en el mercado de seguros y de las personas y entidades que operen en relacion con los planes y fondos de pensiones y sus entidades gestoras La proteccion administrativa a los asegurados beneficiarios terceros perjudicados y participes en planes de pensiones mediante la atencion y resolucion de las reclamaciones y quejas presentadas contra las entidades y personas sujetas a supervision La realizacion de estudios sobre los sectores de seguros y fondos de pensiones y de mercados e instrumentos de prevision social complementaria Organismos adscritos Editar El Servicio de Reclamaciones de la Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones La Abogacia del Estado en el Departamento El Consorcio de Compensacion de Seguros La Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones Historia EditarSe desconoce con exactitud la creacion del citado organismo No obstante se sabe que en 1928 se denominaba Subdireccion de Seguros y Ahorro y que en 1935 ya habia ascendido de rango y se llamaba Direccion General de Seguros y Ahorro 6 Se cree que en algun momento tras la llegada de la democracia a Espana cambio su nombre por el actual El 23 de mayo de 2008 el entonces vicepresidente segundo y ministro de Economia Pedro Solbes anunciaba en la Comision de Economia y Hacienda del Congreso que el Ejecutivo planeaba una reordenacion de las competencias en materia de supervision e inspeccion sobre el sistema financiero en linea con lo acordado dias antes por los ministros de Finanzas de la Union Europea Ecofin El proyecto contemplaba separar la supervision de la solvencia de la de los comportamientos y practicas en los mercados y segun explico Solbes tenia por objeto mejorar la eficacia en la vigilancia de la solvencia y competitividad de los intermediarios financieros y de la transparencia de los mercados en los que actuan Ello supondria la transformacion de la Comision Nacional del Mercado de Valores CNMV en detrimento de la Direccion General de Seguros DGS cuyas funciones serian asumidas por un nuevo organismo la Comision Nacional de Servicios Financieros que vigilaria a los inversores a los asegurados y a los ahorradores El Banco de Espana se dedicaria a asegurar la solvencia no ya solo de bancos y cajas sino tambien del resto de entidades financieras incluidas aseguradoras e instituciones de inversion 7 Ello hubiese supuesto el fin de la Direccion General de Seguros y Pensiones pero casi un ano y medio despues del anuncio un periodico digital se hace eco de que apenas queda la prevision de que la ley sobre unificacion de supervisores financieros llegue al Parlamento a comienzos de 2010 y ni los grupos parlamentarios ni los sindicatos ni los organismos afectados tienen en su agenda de momento la reforma de la supervision Segun explicaron fuentes del Ministerio de Economia la reestructuracion de la supervision tendra que esperar a que se tome una decision en la Union Europea donde se estudia el asunto con vistas a adoptar un modelo comun que podria ser mas similar al actual que al que contempla dos supervisores o twin peaks 7 Directores Generales EditarMaria del Pilar Gonzalez de Frutos 22 de julio de 2000 30 de noviembre de 2002 Jose Carlos Garcia de Quevedo Ruiz 30 de noviembre de 2002 22 de mayo de 2004 Ricardo Lozano Aragues 22 de mayo de 2004 31 de diciembre de 2011 Maria Flavia Rodriguez Ponga Salamanca 31 de diciembre de 2011 25 de febrero de 2017 Sergio Alvarez Camina 25 de febrero de 2017 presente Vease tambien EditarAutoridad Macroprudencial Consejo de Estabilidad Financiera AMCESFI Consorcio de Compensacion de Seguros CCS Comision Nacional del Mercado de Valores CNMV Banco de Espana BdE Cooperativa MutuaReferencias Editar Real Decreto 183 2017 de 24 de febrero por el que se nombra Director General de Seguros y Fondos de Pensiones a don Sergio Alvarez Camina Programa 931M PGE 2021 Archivado desde el original el 17 de noviembre de 2019 Consultado el 17 de noviembre de 2019 Real Decreto 139 2020 de 28 de enero por el que se establece la estructura organica basica de los departamentos ministeriales boe es Consultado el 8 de febrero de 2020 Seguros y Fondos de Pensiones Ministerio de Economia y Hacienda Archivado desde el original el 3 de enero de 2012 Consultado el 25 de septiembre de 2008 Real Decreto 403 2020 de 25 de febrero por el que se desarrolla la estructura organica basica del Ministerio de Asuntos Economicos y Transformacion Digital boe es Consultado el 27 de febrero de 2020 Revista ICE Noviembre Diciembre 2006 Nº833 pag 141 Consultado el 25 de septiembre de 2008 a b La crisis economica aparca la reforma de la supervision financiera Negocios com Consultado el 25 de septiembre de 2008 enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Enlaces externos EditarSitio web oficial de la Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones Datos Q5280205Obtenido de https es wikipedia org w index php title Direccion General de Seguros y Fondos de Pensiones amp oldid 132194421, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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