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Diputación del General del Reino de Valencia

La Diputación del General del Reino de Valencia (en valenciano la Diputació del General del Regne de València) surgió durante la segunda mitad del siglo XIV como una comisión delegada de las Cortes Valencianas encargada de administrar el impuesto aprobado en Corts denominado generalitats —de ahí que también será conocida con el nombre de Generalitat—. En 1418 fue cuando quedó configurada y se convirtió en un órgano permanente. La integraban seis diputados —dos por cada braç—, auxiliados por una serie de oficiales: clavarios, administradores, contadores, etc.[1]

Antecedentes

Su antecedente más remoto son las comisiones nombradas por las Corts de 1329 y 1342-43 para recaudar el donatiu aprobado en las mismas y que se disolverán una vez cumplida esta misión. En las Cortes de 1362-1362 se aprobó el impuesto de las generalitats cuya denominación se debe «así por cobrarse general e indistintamente de todos como por imponerse por todo el reino».[nota 1]​ Para la administración del nuevo impuesto, que viene a substituir al tradicional donatiu, las Cortes nombran una comisión de las mismas. Por eso algunos historiadores sitúan en esa fecha, 1362-1364, el nacimiento de la Diputació del General aunque su estructura administrativa no quedará fijada hasta 1404, aunque todavía con carácter temporal, y sólo a partir de 1418 se convierte en una institución permanente —que será objeto de diversas reformas en 1419, 1439, 1510,...—.[2]

Funciones

Las funciones de la Diputació del General o Generalitat excedieron el campo estrictamente económico para ir cobrando una dimensión política, lo que al principio provocará el enfrentamiento con la ciudad de Valencia ya que sus dirigentes -los jurats- creen que les puede restar protagonismo e influencia en el reino. La ciudad no conseguirá su disolución pero a partir de 1422 los cuatro jurats del braç real ocuparán los cargos de diputado, clavario -encargado de la tesorería-, administrador y contador de la institución.[3]

Funcionamiento

Según lo acordado en las Corts de 1418, que regularon definitivamente la institución, sus miembros se renovaban cada tres años sin esperar a la reunión de las nuevas Corts ya que los diputados que acababan su mandato eran quienes nombraban a sus sustitutos.[3]​ Sin embargo, el rey para controlar la institución impuso en 1424 que los dos diputados del braç real fueran dos jurats de la ciudad de Valencia, ya que él controlaba su nombramiento desde la introducción del sistema de la ceda por lo que eran hombres de confianza del rey. Al final del siglo XV el rey Fernando II el Católico ni siquiera se preocupó por las formas para seguir controlando la institución y anuló el sistema electoral y nombró a oficiales reales para ocupar los cargos.[1]​ Más tarde estableció el método insaculatorio para la provisión de los dos diputados del brazo nobiliario y un rígido turno entre las ciudades —sin incluir Valencia— para ocupar los puestos de diputados del braç reial.[4]​ Debido al control que ejerció la monarquía sobre la institución la Generalidad Valenciana tuvo menos peso político que la Generalidad de Cataluña y menor capacidad para oponerse a los deseos del.[5]​ Así lo reconocían los propios diputados valencianos en 1624 cuando afirmaban que «nosaltres en este regne no tenim la plenitud de poder que los deputats de Catalunya i Aragó».[5]

Véase también

Fuentes

Referencias

  1. Furió, Antoni (1995). Història del País Valencià. Institució Valenciana d'Estudis i Investigació. p. 179. 
  2. Narbona, Rafael; Muñoz, Rosa; Cruselles, Enrique (1988). Historia del pueblo valenciano. pp. 277-280. 
  3. Narbona, Rafael; Muñoz, Rosa; Cruselles, Enrique (1988). Historia del pueblo valenciano. p. 280. 
  4. Salvador Esteban, Emilia (1988). «Valencia en el siglo XVI». Historia del pueblo valenciano. p. 401. 
  5. Furió, Antoni (1995). Història del País Valencià. Institució Valenciana d'Estudis i Investigació. p. 180. 

Notas

  1. "Las generalidades son impuestos indirectos que gravan la importación, exportación y la compra y consumo de diversos productos. [...] Recaen estos impuestos sobre pieles, lanas, aceites, almendras, cera, arroz, lino, tintes, especies, vino, tejidos, sal, madera, etc. Su recaudación se hará, para evitar el aparato que ello significaría, mediante arrendamiento del derecho de cobro en subasta pública. Los mecanismos que rigen los impuestos no permiten hacer frente a las cantidades que se necesitan con cierta urgencia. La Generalitat utiliza entonces la venta de censales o deuda pública. No es, pues, un ingreso, sino un sistema de financiación que tiene como garantía los impuestos" (Narbona y otros, págs. 279-280
  •   Datos: Q16492010

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La Diputacion del General del Reino de Valencia en valenciano la Diputacio del General del Regne de Valencia surgio durante la segunda mitad del siglo XIV como una comision delegada de las Cortes Valencianas encargada de administrar el impuesto aprobado en Corts denominado generalitats de ahi que tambien sera conocida con el nombre de Generalitat En 1418 fue cuando quedo configurada y se convirtio en un organo permanente La integraban seis diputados dos por cada brac auxiliados por una serie de oficiales clavarios administradores contadores etc 1 Casa de la Diputacion del General del Reino de Valencia entre los anos 1421 y 1705 Indice 1 Antecedentes 2 Funciones 3 Funcionamiento 4 Vease tambien 5 Fuentes 5 1 Referencias 5 2 NotasAntecedentes EditarSu antecedente mas remoto son las comisiones nombradas por las Corts de 1329 y 1342 43 para recaudar el donatiu aprobado en las mismas y que se disolveran una vez cumplida esta mision En las Cortes de 1362 1362 se aprobo el impuesto de las generalitats cuya denominacion se debe asi por cobrarse general e indistintamente de todos como por imponerse por todo el reino nota 1 Para la administracion del nuevo impuesto que viene a substituir al tradicional donatiu las Cortes nombran una comision de las mismas Por eso algunos historiadores situan en esa fecha 1362 1364 el nacimiento de la Diputacio del General aunque su estructura administrativa no quedara fijada hasta 1404 aunque todavia con caracter temporal y solo a partir de 1418 se convierte en una institucion permanente que sera objeto de diversas reformas en 1419 1439 1510 2 Funciones EditarLas funciones de la Diputacio del General o Generalitat excedieron el campo estrictamente economico para ir cobrando una dimension politica lo que al principio provocara el enfrentamiento con la ciudad de Valencia ya que sus dirigentes los jurats creen que les puede restar protagonismo e influencia en el reino La ciudad no conseguira su disolucion pero a partir de 1422 los cuatro jurats del brac real ocuparan los cargos de diputado clavario encargado de la tesoreria administrador y contador de la institucion 3 Funcionamiento EditarSegun lo acordado en las Corts de 1418 que regularon definitivamente la institucion sus miembros se renovaban cada tres anos sin esperar a la reunion de las nuevas Corts ya que los diputados que acababan su mandato eran quienes nombraban a sus sustitutos 3 Sin embargo el rey para controlar la institucion impuso en 1424 que los dos diputados del brac real fueran dos jurats de la ciudad de Valencia ya que el controlaba su nombramiento desde la introduccion del sistema de la ceda por lo que eran hombres de confianza del rey Al final del siglo XV el rey Fernando II el Catolico ni siquiera se preocupo por las formas para seguir controlando la institucion y anulo el sistema electoral y nombro a oficiales reales para ocupar los cargos 1 Mas tarde establecio el metodo insaculatorio para la provision de los dos diputados del brazo nobiliario y un rigido turno entre las ciudades sin incluir Valencia para ocupar los puestos de diputados del brac reial 4 Debido al control que ejercio la monarquia sobre la institucion la Generalidad Valenciana tuvo menos peso politico que la Generalidad de Cataluna y menor capacidad para oponerse a los deseos del 5 Asi lo reconocian los propios diputados valencianos en 1624 cuando afirmaban que nosaltres en este regne no tenim la plenitud de poder que los deputats de Catalunya i Arago 5 Vease tambien EditarReino de Valencia Anexo Monarcas del reino de Valencia Diputacion del General del Reino de Aragon Diputacion del General del Principado de CatalunaFuentes EditarReferencias Editar a b Furio Antoni 1995 Historia del Pais Valencia Institucio Valenciana d Estudis i Investigacio p 179 Narbona Rafael Munoz Rosa Cruselles Enrique 1988 Historia del pueblo valenciano pp 277 280 a b Narbona Rafael Munoz Rosa Cruselles Enrique 1988 Historia del pueblo valenciano p 280 Salvador Esteban Emilia 1988 Valencia en el siglo XVI Historia del pueblo valenciano p 401 a b Furio Antoni 1995 Historia del Pais Valencia Institucio Valenciana d Estudis i Investigacio p 180 Notas Editar Las generalidades son impuestos indirectos que gravan la importacion exportacion y la compra y consumo de diversos productos Recaen estos impuestos sobre pieles lanas aceites almendras cera arroz lino tintes especies vino tejidos sal madera etc Su recaudacion se hara para evitar el aparato que ello significaria mediante arrendamiento del derecho de cobro en subasta publica Los mecanismos que rigen los impuestos no permiten hacer frente a las cantidades que se necesitan con cierta urgencia La Generalitat utiliza entonces la venta de censales o deuda publica No es pues un ingreso sino un sistema de financiacion que tiene como garantia los impuestos Narbona y otros pags 279 280 Datos Q16492010Obtenido de https es wikipedia org w index php title Diputacion del General del Reino de Valencia amp oldid 127776175, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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