fbpx
Wikipedia

Código del Trabajo de Honduras de 1959

El Código del Trabajo de Honduras fue emitido por el Congreso Nacional de Honduras mediante Decreto n.º 189, y publicado en el órgano oficial La Gaceta (Honduras) en sus ediciones números 16,827 y 16,834 de fecha 15 al 23 de julio de 1959. Y en el año 1960 este código fue anunciado oficialmente ante Honduras y su gente.

Antecedentes editar

En la república de Honduras, no existía una ley, ni código que rigiera sobre el trabajo, el trabajador, etc. Es así que, en el año 1954, se produciría una gran huelga nacional, en la cual los líderes gremiales y sindicales solicitaron mejoras tanto salariales, regulación de horas de trabajo, tiempo de vacaciones, seguridad, salud y una compensación para los despidos, remuneraciones, pensiones y jubilaciones.

Estando en la administración constitucional de la república, el doctor Ramón Villeda Morales en 1957, opto por priorizar tanto la emisión de una nueva Carta Marga Constitución de Honduras de 1957, como la creación de nuevos códigos y leyes para modernizar el estado y que satisficieran las necesidades del pueblo hondureño.

Contenido del código editar

  • Título I. Disposiciones Generales.
  • Capítulo único. Disposiciones Generales.
    • artículos 1 al 18
  • Título II. Contratos de Trabajo.
  • Capítulo I. Contrato Individual de Trabajo.
    • artículos 19 al 30
  • Capítulo II. Capacidad para Contratar.
    • artículos 31 (derogado mediante Decreto 73-96) al 35.
  • Capítulo III. Modalidades del Contrato.
    • artículos 36 al 52
  • Capítulo IV. Contrato Colectivo de Trabajo.
    • artículos 53 al 86
  • Capítulo V. Reglamento de Trabajo.
    • artículos 87 al 94
  • Capítulo VI. Obligaciones y Prohibiciones de las Partes.
    • artículos 95 al 98
  • Capítulo VII. Suspensión de los Contratos de Trabajo.
    • artículos 99 al 110
  • Capítulo VIII. Terminación del Contrato de Trabajo.
    • artículos 111 al 115
  • Capítulo IX. Preaviso.
    • artículos 116 al 126
  • Título III. Trabajo Sujeto a Regímenes Especiales.
  • Capítulo I. Trabajo de las Mujeres y de los Menores de Edad.
    • artículo 127. El trabajo de las mujeres y menores de edad debe ser adecuado especialmente a su edad, condiciones o estado físico y desarrollo intelectual y moral.
    • artículo 128. Los menores que no hayan cumplido dieciséis (16) años de edad y las mujeres y las mujeres no podrán desempeñar las labores de este Código, el de Sanidad y los reglamentos de higiene y seguridad señalen como insalubres o peligrosas.
    • artículo 129. Es prohibido el trabajo nocturno y la jornada extraordinaria de los menores de dieciséis (16) años. También se prohíbe el trabajo de los mismos en clubes, teatros, circos, cafés, cantinas, expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato y casas de asignación.
    • artículo 130. Dentro de la jornada ordinaria de trabajo, las mujeres y los menores, gozaran de un descanso intermedio de dos (2) horas.
    • artículos 131 al 135
    • artículo 136. Los patronos cubrirán la diferencia existente entre el subsidio económico que por maternidad dé el Instituto Hondureño de Seguridad Social, y a la retribución que conforme al artículo anterior corresponde a la trabajadora en estado de gravidez. Cuando el Instituto Hondureño de Seguridad Social no esté obligado a cubrir el subsidio de maternidad, la obligación que señala este artículo corre íntegramente a cargo del patrono.
    • artículos 137 al 148
  • Capítulo II. Trabajo de los Servidores Domésticos.
    • artículos 149 al 165
  • Capítulo III. Trabajadores a Domicilio.
    • artículos 166 al 171
  • Capítulo IV. Trabajo de los Aprendices.
    • artículos 173 y 174 (derogados Decreto n.º 73-96, contenido en el Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras. La Gaceta n.º 28,053; fechado 5 de septiembre de 1996)
    • artículo 175 al 189
    • artículo 190 (derogado Decreto n.º 73-96, contenido en el Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras. La Gaceta n.º 28,053; fechado 5 de septiembre de 1996)
  • Capítulo V. Trabajadores Agrícolas, Ganaderos y Forestales.
    • artículos 191 al 204
  • Capítulo VI. Trabajo de Transporte.
    • artículos 205 al 219
  • Capítulo VII. Trabajo en el mar y en las vías navegables.
    • artículos 220 al 265
  • Capítulo VIII. Trabajo ferrocarrilero.
    • artículos 266 al 294
  • Capítulo IX. Trabajo del transporte aéreo.
    • artículos 295 al 296
  • Capítulo X. Trabajadores de empresas de petróleo.
    • artículos 297 al 304
  • Capítulo XI. Trabajo de minero.
    • artículos 305 al 309
  • Capítulo XII. Empleados de comercio.
    • artículos 310 al 317
  • Título IV. Jornadas, Descansos y Salarios.
  • Capítulo I. Jornadas de Trabajo.
    • artículos 318 al 337
  • Capítulo II. Descansos Generales y Especiales.
    • artículos 338 al 344
  • Capítulo III. Vacaciones.
    • artículos 345 al 359
  • Capítulo IV. Salarios.
    • artículos 360 al 380
  • Capítulo V. Salario mínimo.
    • artículos 381 al 390
  • Título V. Protección a los trabajadores durante el ejercicio del trabajo.
  • Capítulo I. Higiene y seguridad en el trabajo.
    • artículos 391 al 400
  • Capítulo II. Riesgos profesionales.
  • Sección I. Disposiciones Generales.
    • artículos 401 al 412
  • Sección II. Responsabilidad en materia de riesgos profesionales.
    • artículos 413 al 416
  • Sección III. Indemnizaciones y Conmutaciones.
    • artículos 417 al 459
  • Título VI. Organizaciones Sociales.
  • Capítulo I. Disposiciones Generales.
    • artículos 460 al 467
  • Capítulo II. Sindicatos.
    • artículos 468 al 474
  • Capítulo III. Organización.
    • artículos 475 al 479
  • Capítulo IV. Personería Jurídica.
    • artículos 480 al 490
  • Capítulo V. Facultades y funciones sindicales.
    • artículos 491 al 497
  • Capítulo VI. Libertad de Trabajo, Prohibiciones y sanciones.
  • artículos 498 al 501
  • Capítulo VII. Régimen interno.
    • artículos 502 al 526
  • Capítulo VIII. Disolución y liquidación.
    • artículos 527 al 533
  • Capítulo IX. Trabajadores oficiales.
    • artículos 534 al 536
  • Capítulo X. Federaciones y Confederaciones.
    • artículos 537 al 546
  • Capítulo XI. Disposiciones finales
    • artículos 547 al 549
  • Título VII. Conflictos Colectivos de trabajo.
  • Capítulo I. Disposiciones Generales.
    • artículos 550 al 561
  • Capítulo II. Declaratoria y desarrollo de la huelga.
    • artículos 562 al 568
  • Capítulo III. Suspensión colectiva ilegal del trabajo.
    • artículos 567 al 571
  • Capítulo IV. Terminación de la huelga.
    • artículos 572 al 573
  • Capítulo V. Paros legales e ilegales.
    • artículos 574 al 584
  • Capítulo VI. Disposiciones comunes a la huelga y al paro.
    • artículos 585 al 590
  • Título VIII. Organización Administrativa del trabajo.
  • Capítulo I. Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
    • artículos 591 al 592
    • artículo 593. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social tiene los siguientes departamentos: a) La Dirección General del Trabajo (DGT), b) La Inspección General del Trabajo (IGT), c) Dirección General de Previsión Social, d) Procuraduría del Trabajo, e) Instituto Nacional de Investigación y de Estudios Sociales; y f) los demás que determine el reglamento de este capítulo o las leyes que posteriormente dicten.
    • artículos 594 al 596
  • Capítulo II. Dirección General del Trabajo.
    • artículos 597 al 609
  • Capítulo III. De la Inspección General del Trabajo.
    • artículos 610 al 631
  • Capítulo IV. Sección Jurídica.
    • artículos 632 al 634
  • Capítulo V. Procuraduría del Trabajo.
    • artículos 635 al 646
  • Capítulo VI. Dirección General de Previsión Social.
    • artículo 647
  • Capítulo VII. Juntas de Conciliación y Arbitraje.
    • artículos 648 al 663
  • Título IX. Jurisdicción Especial del Trabajo.
  • Capítulo I. Organización y Competencia de los Tribunales del Trabajo.
  • Sección I. Disposiciones Generales.
    • artículos 664 al 673
  • Sección II. Juzgados de Letras del Trabajo.
    • artículos 674 al 680
  • Sección III. Cortes de Apelación del Trabajo.
    • artículos 681 al 689
  • Capítulo II. Competencia
    • artículos 690 al 699
  • Capítulo III. Ministerio Público
    • artículos 700 al 702
  • Título X. Procedimientos en los Juicios del Trabajo.
  • Capítulo I. Demanda y respuesta, forma y contenido de la demanda.
    • artículos 703 al 710
  • Capítulo II. Representación Judicial.
    • artículos 711 al 714
  • Capítulo III. Incidentes.
    • artículos 715 al 716
  • Capítulo IV. Actuación.
    • artículos 717 al 718
  • Capítulo V. Notificaciones
    • artículo 719
  • Capítulo VI. Audiencias.
    • artículos 720 al 725
  • Capítulo VII. Poderes del Juez.
    • artículos 726 al 728
  • Capítulo VIII. Pruebas.
    • artículos 729 al 739
  • Capítulo IX. Recursos.
    • artículos 740 al 747
  • Capítulo X. Procedimiento Ordinario.
    • artículos 748 al 763
  • Capítulo XI. Casación.
    • artículos 764 al 778
  • Capítulo XII. Procedimientos especiales juicio ejecutivo.
    • artículos 779 al 789
  • Capítulo XIII. Procedimientos en la resolución de los conflictos colectivos de carácter económico social.
    • artículos 790 al 856
  • Título XI. Disposiciones Varias.
  • Capítulo Único.
    • artículos 857 al 873
    • artículo 874. Quedan derogadas a) Decreto Legislativo n.º 96 de 4 de marzo de 1949 sobre días inhábiles o feriados; b) Decreto Legislativo n.º 43 de 2 de febrero de 1952; Ley de Accidentes de Trabajo; c) Decreto Legislativo n.º 44 de 4 de febrero de 1952; Ley de Trabajo de Menores y de Mujeres; d) Decreto Legislativo n.º 63 de 19 de febrero de 1952; que crea la Dirección General del Trabajo y Previsión Social; e) Decreto Legislativo n.º 15 de 12 de enero de 1953; reformando el artículo 40 del Decreto n.º 44; f) Decreto Ley n.º 50 de 16 de febrero de 1955; Carta Constitutiva de Garantías del Trabajo; g) Decreto Ley n.º 59 de 14 de marzo de 1955; Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje; h) Decreto Ley n.º 101 de 6 de junio de 1955; Ley de Organizaciones Sindicales; i) Decreto Ley n.º 123 de 22 de julio de 1955; sobre Celebración Convenios Colectivos; j) Decreto Ley n.º 224 de 20 de abril de 1956; Ley de Contratación Individual de Trabajo; k) Decreto n.º 90 de 9 de mayo de 1957; reformando Artículo 69 de la Ley de Contratación Individual de Trabajo; l) Decreto n.º 114 de 22 de julio de 1957; Ley de Trabajo Ferrocarrilero; m) Decreto n.º 133 de 15 de agosto de 1957; sustituye el texto del Artículo 86 de la Ley de Contratación Individual de Trabajo; n) Decreto de la Junta Militar de Gobierno n.º 134-A de 19 de agosto de 1957; Ley Orgánica de la Dirección General del Trabajo; o) Decreto n.º 169-A de 15 de octubre de 1957; reformando Artículos 17, inciso b) y 45 de la Ley de Organizaciones Sindicales; p) Decreto Legislativo n.º 7 de 11 de marzo de 1958; sobre días feriados; q) Decreto Legislativo n.º 30 de 28 de marzo de 1958; reformando Ley de Organizaciones Sindicales; y, r) Decreto Legislativo n.º 47 de 29 de abril de 1958; reformando Ley de Trabajo Ferrocarrilero.
    • Artículo 875. Este Código empezará a regir desde el día de su publicación, en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, en Tegucigalpa, D. C., a los diecinueve días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve. (f.) Modesto Rodas Alvarado H., Presidente. Miguel Alfonso Cubero, Secretario. Carlos Manuel Arita, Secretario.

Al Poder Ejecutivo. Por tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, D. C., 1° de junio de 1959. R. Villeda Morales. El Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Previsión Social, por la ley, Amado H. Núñez V.

Véase también editar

  •   Datos: Q16491115

código, trabajo, honduras, 1959, código, trabajo, honduras, emitido, congreso, nacional, honduras, mediante, decreto, publicado, órgano, oficial, gaceta, honduras, ediciones, números, fecha, julio, 1959, año, 1960, este, código, anunciado, oficialmente, ante, . El Codigo del Trabajo de Honduras fue emitido por el Congreso Nacional de Honduras mediante Decreto n º 189 y publicado en el organo oficial La Gaceta Honduras en sus ediciones numeros 16 827 y 16 834 de fecha 15 al 23 de julio de 1959 Y en el ano 1960 este codigo fue anunciado oficialmente ante Honduras y su gente Antecedentes editarEn la republica de Honduras no existia una ley ni codigo que rigiera sobre el trabajo el trabajador etc Es asi que en el ano 1954 se produciria una gran huelga nacional en la cual los lideres gremiales y sindicales solicitaron mejoras tanto salariales regulacion de horas de trabajo tiempo de vacaciones seguridad salud y una compensacion para los despidos remuneraciones pensiones y jubilaciones Estando en la administracion constitucional de la republica el doctor Ramon Villeda Morales en 1957 opto por priorizar tanto la emision de una nueva Carta Marga Constitucion de Honduras de 1957 como la creacion de nuevos codigos y leyes para modernizar el estado y que satisficieran las necesidades del pueblo hondureno Contenido del codigo editarTitulo I Disposiciones Generales Capitulo unico Disposiciones Generales articulos 1 al 18 Titulo II Contratos de Trabajo Capitulo I Contrato Individual de Trabajo articulos 19 al 30 Capitulo II Capacidad para Contratar articulos 31 derogado mediante Decreto 73 96 al 35 Capitulo III Modalidades del Contrato articulos 36 al 52 Capitulo IV Contrato Colectivo de Trabajo articulos 53 al 86 Capitulo V Reglamento de Trabajo articulos 87 al 94 Capitulo VI Obligaciones y Prohibiciones de las Partes articulos 95 al 98 Capitulo VII Suspension de los Contratos de Trabajo articulos 99 al 110 Capitulo VIII Terminacion del Contrato de Trabajo articulos 111 al 115 Capitulo IX Preaviso articulos 116 al 126 Titulo III Trabajo Sujeto a Regimenes Especiales Capitulo I Trabajo de las Mujeres y de los Menores de Edad articulo 127 El trabajo de las mujeres y menores de edad debe ser adecuado especialmente a su edad condiciones o estado fisico y desarrollo intelectual y moral articulo 128 Los menores que no hayan cumplido dieciseis 16 anos de edad y las mujeres y las mujeres no podran desempenar las labores de este Codigo el de Sanidad y los reglamentos de higiene y seguridad senalen como insalubres o peligrosas articulo 129 Es prohibido el trabajo nocturno y la jornada extraordinaria de los menores de dieciseis 16 anos Tambien se prohibe el trabajo de los mismos en clubes teatros circos cafes cantinas expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato y casas de asignacion articulo 130 Dentro de la jornada ordinaria de trabajo las mujeres y los menores gozaran de un descanso intermedio de dos 2 horas articulos 131 al 135 articulo 136 Los patronos cubriran la diferencia existente entre el subsidio economico que por maternidad de el Instituto Hondureno de Seguridad Social y a la retribucion que conforme al articulo anterior corresponde a la trabajadora en estado de gravidez Cuando el Instituto Hondureno de Seguridad Social no este obligado a cubrir el subsidio de maternidad la obligacion que senala este articulo corre integramente a cargo del patrono articulos 137 al 148 Capitulo II Trabajo de los Servidores Domesticos articulos 149 al 165 Capitulo III Trabajadores a Domicilio articulos 166 al 171 Capitulo IV Trabajo de los Aprendices articulos 173 y 174 derogados Decreto n º 73 96 contenido en el Codigo de la Ninez y la Adolescencia de Honduras La Gaceta n º 28 053 fechado 5 de septiembre de 1996 articulo 175 al 189 articulo 190 derogado Decreto n º 73 96 contenido en el Codigo de la Ninez y la Adolescencia de Honduras La Gaceta n º 28 053 fechado 5 de septiembre de 1996 Capitulo V Trabajadores Agricolas Ganaderos y Forestales articulos 191 al 204 Capitulo VI Trabajo de Transporte articulos 205 al 219 Capitulo VII Trabajo en el mar y en las vias navegables articulos 220 al 265 Capitulo VIII Trabajo ferrocarrilero articulos 266 al 294 Capitulo IX Trabajo del transporte aereo articulos 295 al 296 Capitulo X Trabajadores de empresas de petroleo articulos 297 al 304 Capitulo XI Trabajo de minero articulos 305 al 309 Capitulo XII Empleados de comercio articulos 310 al 317 Titulo IV Jornadas Descansos y Salarios Capitulo I Jornadas de Trabajo articulos 318 al 337 Capitulo II Descansos Generales y Especiales articulos 338 al 344 Capitulo III Vacaciones articulos 345 al 359 Capitulo IV Salarios articulos 360 al 380 Capitulo V Salario minimo articulos 381 al 390 Titulo V Proteccion a los trabajadores durante el ejercicio del trabajo Capitulo I Higiene y seguridad en el trabajo articulos 391 al 400 Capitulo II Riesgos profesionales Seccion I Disposiciones Generales articulos 401 al 412 Seccion II Responsabilidad en materia de riesgos profesionales articulos 413 al 416 Seccion III Indemnizaciones y Conmutaciones articulos 417 al 459 Titulo VI Organizaciones Sociales Capitulo I Disposiciones Generales articulos 460 al 467 Capitulo II Sindicatos articulos 468 al 474 Capitulo III Organizacion articulos 475 al 479 Capitulo IV Personeria Juridica articulos 480 al 490 Capitulo V Facultades y funciones sindicales articulos 491 al 497 Capitulo VI Libertad de Trabajo Prohibiciones y sanciones articulos 498 al 501 Capitulo VII Regimen interno articulos 502 al 526 Capitulo VIII Disolucion y liquidacion articulos 527 al 533 Capitulo IX Trabajadores oficiales articulos 534 al 536 Capitulo X Federaciones y Confederaciones articulos 537 al 546 Capitulo XI Disposiciones finales articulos 547 al 549 Titulo VII Conflictos Colectivos de trabajo Capitulo I Disposiciones Generales articulos 550 al 561 Capitulo II Declaratoria y desarrollo de la huelga articulos 562 al 568 Capitulo III Suspension colectiva ilegal del trabajo articulos 567 al 571 Capitulo IV Terminacion de la huelga articulos 572 al 573 Capitulo V Paros legales e ilegales articulos 574 al 584 Capitulo VI Disposiciones comunes a la huelga y al paro articulos 585 al 590 Titulo VIII Organizacion Administrativa del trabajo Capitulo I Secretaria de Trabajo y Prevision Social articulos 591 al 592 articulo 593 La Secretaria de Trabajo y Prevision Social tiene los siguientes departamentos a La Direccion General del Trabajo DGT b La Inspeccion General del Trabajo IGT c Direccion General de Prevision Social d Procuraduria del Trabajo e Instituto Nacional de Investigacion y de Estudios Sociales y f los demas que determine el reglamento de este capitulo o las leyes que posteriormente dicten articulos 594 al 596 Capitulo II Direccion General del Trabajo articulos 597 al 609 Capitulo III De la Inspeccion General del Trabajo articulos 610 al 631 Capitulo IV Seccion Juridica articulos 632 al 634 Capitulo V Procuraduria del Trabajo articulos 635 al 646 Capitulo VI Direccion General de Prevision Social articulo 647 Capitulo VII Juntas de Conciliacion y Arbitraje articulos 648 al 663 Titulo IX Jurisdiccion Especial del Trabajo Capitulo I Organizacion y Competencia de los Tribunales del Trabajo Seccion I Disposiciones Generales articulos 664 al 673 Seccion II Juzgados de Letras del Trabajo articulos 674 al 680 Seccion III Cortes de Apelacion del Trabajo articulos 681 al 689 Capitulo II Competencia articulos 690 al 699 Capitulo III Ministerio Publico articulos 700 al 702 Titulo X Procedimientos en los Juicios del Trabajo Capitulo I Demanda y respuesta forma y contenido de la demanda articulos 703 al 710 Capitulo II Representacion Judicial articulos 711 al 714 Capitulo III Incidentes articulos 715 al 716 Capitulo IV Actuacion articulos 717 al 718 Capitulo V Notificaciones articulo 719 Capitulo VI Audiencias articulos 720 al 725 Capitulo VII Poderes del Juez articulos 726 al 728 Capitulo VIII Pruebas articulos 729 al 739 Capitulo IX Recursos articulos 740 al 747 Capitulo X Procedimiento Ordinario articulos 748 al 763 Capitulo XI Casacion articulos 764 al 778 Capitulo XII Procedimientos especiales juicio ejecutivo articulos 779 al 789 Capitulo XIII Procedimientos en la resolucion de los conflictos colectivos de caracter economico social articulos 790 al 856 Titulo XI Disposiciones Varias Capitulo Unico articulos 857 al 873 articulo 874 Quedan derogadas a Decreto Legislativo n º 96 de 4 de marzo de 1949 sobre dias inhabiles o feriados b Decreto Legislativo n º 43 de 2 de febrero de 1952 Ley de Accidentes de Trabajo c Decreto Legislativo n º 44 de 4 de febrero de 1952 Ley de Trabajo de Menores y de Mujeres d Decreto Legislativo n º 63 de 19 de febrero de 1952 que crea la Direccion General del Trabajo y Prevision Social e Decreto Legislativo n º 15 de 12 de enero de 1953 reformando el articulo 40 del Decreto n º 44 f Decreto Ley n º 50 de 16 de febrero de 1955 Carta Constitutiva de Garantias del Trabajo g Decreto Ley n º 59 de 14 de marzo de 1955 Ley de Mediacion Conciliacion y Arbitraje h Decreto Ley n º 101 de 6 de junio de 1955 Ley de Organizaciones Sindicales i Decreto Ley n º 123 de 22 de julio de 1955 sobre Celebracion Convenios Colectivos j Decreto Ley n º 224 de 20 de abril de 1956 Ley de Contratacion Individual de Trabajo k Decreto n º 90 de 9 de mayo de 1957 reformando Articulo 69 de la Ley de Contratacion Individual de Trabajo l Decreto n º 114 de 22 de julio de 1957 Ley de Trabajo Ferrocarrilero m Decreto n º 133 de 15 de agosto de 1957 sustituye el texto del Articulo 86 de la Ley de Contratacion Individual de Trabajo n Decreto de la Junta Militar de Gobierno n º 134 A de 19 de agosto de 1957 Ley Organica de la Direccion General del Trabajo o Decreto n º 169 A de 15 de octubre de 1957 reformando Articulos 17 inciso b y 45 de la Ley de Organizaciones Sindicales p Decreto Legislativo n º 7 de 11 de marzo de 1958 sobre dias feriados q Decreto Legislativo n º 30 de 28 de marzo de 1958 reformando Ley de Organizaciones Sindicales y r Decreto Legislativo n º 47 de 29 de abril de 1958 reformando Ley de Trabajo Ferrocarrilero Articulo 875 Este Codigo empezara a regir desde el dia de su publicacion en el Diario Oficial La Gaceta Dado en el Salon de Sesiones del Congreso Nacional en Tegucigalpa D C a los diecinueve dias del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve f Modesto Rodas Alvarado H Presidente Miguel Alfonso Cubero Secretario Carlos Manuel Arita Secretario Al Poder Ejecutivo Por tanto Ejecutese Tegucigalpa D C 1 de junio de 1959 R Villeda Morales El Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Prevision Social por la ley Amado H Nunez V Vease tambien editarHistoria del Derecho en Honduras nbsp Datos Q16491115 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Codigo del Trabajo de Honduras de 1959 amp oldid 145554628, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos