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Constitución de Venezuela de 1830

La Constitución de Venezuela de 1830 (de nombre oficial: Constitución del Estado de Venezuela) fue la cuarta Carta Magna vigente en Venezuela desde 1830 hasta 1857, siendo la segunda ley fundamental venezolana de mayor vigencia.[3]​ Aprobada por el Congreso Constituyente de Valencia, el 22 de septiembre de 1830 y promulgada por el General José Antonio Páez dos días después. El Congreso Constituyente de 1830 que la sancionó había iniciado sus sesiones en la ciudad de Valencia el 6 de mayo de 1830, con la asistencia de 33 diputados de los 48 que se habían elegido en representación de las provincias de Cumaná, Barcelona, Margarita, Caracas, Carabobo, Coro, Mérida, Barinas, Apure, Barquisimeto, Guayana y Maracaibo. En marzo de 1857 este texto quedaría derogado al ser aprobado y promulgada la Constitución de 1857.

Constitución Política del Estado de Venezuela

Escudo de Armas provisional de Venezuela (1830-1836).
Idioma Castellano
Función

Independencia de Venezuela de la Gran Colombia.[1]

Establecer un Estado centro federal bajo un sistema de gobierno de carácter republicano, popular, representativo, responsable y alternativo.[2]
Autor(es) Diputados del Congreso de Valencia
Ratificación 22 de septiembre de 1830
Promulgación 24 de septiembre de 1830
Signatario(s) 48 Diputados
Derogación 16 de abril de 1857
Reemplazado por Constitución de los Estados Unidos de Venezuela de 1857

El fin de la vigencia del texto constitucional de 1830 marcó el inicio de un período a través del cual se promulgarán muchos textos constitucionales con la sola intención de perpetuar al caudillo venezolano en la presidencia de la República. La Revolución de las Reformas de 1836, las revueltas sociales promovidas por Antonio Leocadio Guzmán en 1842, el sectarismo del Partido Conservador, el asalto al Congreso Nacional en 1848, el primer gobierno de José Tadeo Monagas y la posterior elección de su hermano José Gregorio Monagas, representan el contexto político de la Venezuela post independencia. El Congreso de Valencia diseñó la organización nacional mediante los tres poderes públicos clásicos, a saber: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Composición y características

Se compone de un Preámbulo y 228 artículos distribuidos en 28 Títulos.

Preámbulo

Formada por los diputados de las Provincias de Cumaná, Barcelona, Margarita, Caracas, Carabobo, Coro, Maracaibo, Mérida, Barinas, Apure y Guayana.

En el nombre de Dios todo poderoso, autor y supremo legislador del universo.

Nosotros los Representantes del Pueblo de Venezuela reunidos en Congreso, a fin de formar la más perfecta unión, establecer la justicia, asegurar la tranquilidad doméstica, proveer a la defensa común, promover la felicidad general, y asegurar el don precioso de la libertad, para nosotros y para nuestros descendientes, ordenamos y establecemos la presente Constitución:
Constitución del Estado de Venezuela 1830

Título Primero: De la Nación venezolana y de su territorio

El primer título comprende los artículos primero hasta el quinto, y establecen los principios de soberanía e independencia y la comprensión geográfica bajo el principio del Uti possidetis iuris y la organización territorial de la Nación, como reza el Artículo 5:

El territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de la transformación política de 1810 se denominaba Capitanía General de Venezuela. Para su mejor administración se dividirá en Provincias, Cantones y Parroquias, cuyos límites fijará la ley.

Título Segundo: Del Gobierno de Venezuela

El segundo título comprende los artículos sexto hasta el octavo, y establecen la forma de gobierno que adopta la Nación, el ejercicio de la soberanía por parte del pueblo y la composición del poder nacional, denominado en la referida Constitución como Poder Supremo; como lo son Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Título Tercero: De los venezolanos

El tercer título comprende los artículos noveno hasta el 11, y establecen los principios de la nacionalidad, sea por nacimiento o por naturalización. Destacando el Artículo 11 referido a la naturalización, donde cualquier hombre puede adoptar la nacionalidad si hubiere participado en la causa independentista.

Título Cuarto. De los deberes de los venezolanos

El cuarto título solamente comprendía de un único artículo, el 12, y establecía los deberes ciudadanos. El mismo rezaba lo siguiente:

Artículo 12.- Son deberes de cada venezolano: vivir sometido a la constitución y a las leyes, respetar a las autoridades que son sus órganos: contribuir a los gastos públicos; y estar pronto en todo tiempo a servir y defender a la patria, haciéndole el sacrificio de sus bienes y de su vida si fuere necesario.

Título Quinto. De los derechos políticos de los venezolanos

El quinto título comprende los artículos 13 hasta el 16, y establecen las garantías constitucionales para los habitantes de la Nación, el cual existía una clasificación sobre las personas que podían gozar o no las referidas garantías o en las personas a las cuales se le podían suspender el ejercicio de los derechos. El Artículo 14 reza que solamente poseen derechos:

Artículo 14.- Para gozar de los derechos de ciudadano se necesita:
  • 1. Ser venezolano;
  • 2. Ser casado, o mayor de 21 años;
  • 3. Saber leer y escribir; pero esta condición no será obligatoria hasta el tiempo que designe la ley;
  • 4. Ser dueño de una propiedad raíz cuya renta anual sea cincuenta pesos, o tener una profesión, oficio, o industria útil que produzca cien pesos anuales, sin dependencia de otro en clase de sirviente doméstico, o gozar de un sueldo anual de ciento cincuenta pesos.

Al tiempo que el artículo siguiente enuncia a los ciudadanos que pierden dichos derechos:

Artículo 15.- Los derechos de ciudadano se pierden:
  • 1. Por naturalizarse en país extranjero;
  • 2. Por admitir empleo de otro gobierno sin permiso del Congreso teniendo alguno de honor o de confianza en la República;
  • 3. Por comprometerse a servir contra Venezuela;
  • 4. Por condenación a pena corporal o infamatoria, mientras no se obtenga rehabilitación.

Dicha composición articular no enuncia una declaración sobre derechos fundamentales como otras disposiciones constituciones, el presente título de la referida Constitución trata únicamente los ciudadanos facultados asumir cargos públicos y/o el ejercicio del sufragio.

Sistema electoral

Constituían los títulos sexto al noveno de la Constitución. El sistema electoral era de carácter indirecto y se procedía de la siguiente forma:

Título Sexto: De las elecciones en general

La disposición inicial para los comicios rezaba lo siguiente:

Artículo 17.- Los ciudadanos tendrán siempre presente que del interés que todos tomen en las elecciones, nace el espíritu nacional, que sofocando los partidos asegura la manifestación de la voluntad general; y que del acierto de las elecciones en la asambleas primarias y electorales, es que principalmente dependen la duración, la conservación y el bien de la República.

El título sexto comprende de los artículos 17 hasta el 19, y establecen el marco jurídico por el cual se constituyen las instancias colegiadas con fines electorales, denominadas como Asambleas Parroquiales cuyas competencias eran la de elegir un Elector o Electores de acuerdo a la demografía de la parroquia (de acuerdo con lo enunciado en el Artículo 23 constitucional), dichas Asambleas eran organizadas previamente por la autoridad civil de cada parroquia y dos vecinos nobles designados por el Consejo Municipal del Cantón, quienes debían formar una lista de individuos que poseyeran el derecho de sufragio parroquial (tal cual como aparece enunciado en el título quinto constitucional), dicha lista que era el registro de la masa electoral habida por parroquia, debían exhibirse al público.

Al tiempo que se organizaba otra lista que consistía en los candidatos que reunían las cualidades (enunciadas en el Artículo 27 constitucional) para ser Elector o Electores, y se remitían a la primera autoridad civil del Cantón y al Consejo Municipal quien verificaba su contenido para así habilitar a los candidatos evaluados.

Título Séptimo: De las Asambleas Parroquiales

Comprende de los artículos 20 hasta el 31, y establecen la estructura de las Asambleas Parroquiales. Acorde con los procedimientos antes señalados, solo podían ser Electores aquellos Ciudadanos que:

Artículo 27.- Para ser elector se requiere:
  • 1. Ser sufragante parroquial no suspenso;
  • 2. Haber cumplido veintiún años, y saber leer y escribir;
  • 3. Ser vecino residente en cualquiera de las Parroquias del Cantón.
  • 4. Ser propietario de una propiedad raíz, cuya renta anual sea doscientos pesos; o tener una profesión, oficio, o industria útil que produzca trescientos pesos anuales; o gozar de un sueldo anual cuatrocientos pesos.

De acuerdo con lo establecido en el Título constitucional anterior se procedía a la organización de las referidas Asambleas Parroquiales mediante lo estipulado en el siguiente artículo:

Artículo 21.- La Asamblea Parroquial se compondrá de los sufragantes parroquiales en ejercicio de los derechos ciudadanos, vecinos de cada parroquia; y será presidida por el primer juez de ella con asistencia de cuatro conjueces, en quienes concurran las cualidades de sufragantes parroquiales nombrado conforme a la ley.

Una vez que cada miembro de la Asamblea hubiere sufragado se consideraba concluidas las elecciones parroquiales, el Juez que haya presidido la Asamblea; procedía a enviar a la autoridad civil del Cantón (designado con arreglo de las Leyes), el registro de sesiones en su Parroquia un pliego cerrado y sellado, para luego en conjunto con las autoridades del consejo Municipal aperturar el citado sobre e iniciar el proceso de escrutinio, los resultados finalmente se hacían públicos. Se consideraba electo el candidato a Elector que tuviere mayoría de votos afirmativos, si hubiere igualdad de votos, el Artículo 30 enunciaba que la suerte decidía.

Título Octavo: De las Asambleas, o Colegios Electorales

Comprende de los artículos 32 hasta el 43, y establecen las funciones y estructuras de este tipo de instancias.

De acuerdo a los procedimientos antes referidos, las Asambleas o Colegios Electorales eran integradas por:

Artículo 32.- Las Asambleas o Colegios Electorales se componen de los electores nombrados por los Cantones.

Dichas Asambleas una vez que sus integrantes se reunían tenían por objeto lo siguiente:

Artículo 36.- Reunidos los Colegios Electorales con los requisitos que prescribe esta Constitución, procederán en sus respectivos periodos a las elecciones correspondientes, a saber:
  • 1. De Presidente del Estado;
  • 2. De Vicepresidente;
  • 3. De Senadores de la Provincia y suplentes;
  • 4. De Representante o Representantes de la misma y de otros tantos para suplir sus faltas;
  • 5. De miembros para las Diputaciones Provinciales, y de igual número de individuos en clase de suplentes.

Título Noveno: Disposiciones comunes a las Asambleas Parroquiales y Colegios Electorales

Comprende de los artículos 44 hasta el 47, y establecen los principios rectores sobre la funcionalidad de las referidas Asambleas en las sesiones que celebren.

 
  La bandera provisional del Estado de Venezuela decretada por José Antonio Páez. Vigente desde 1830 hasta 1836.

Del Cuerpo Legislativo

Título Décimo: Del Poder Legislativo

Comprende los artículos 48 y 49, y establecen la instancia que asume las funciones legislativas; como lo es el Congreso, compuesto por la Cámara de Representantes y la Cámara del Senado. Debían reunirse cada año, a partir del 20 de enero, en la capital de la República, por 30 días más, cuando fuera necesario.

Título Décimo primero: De la Cámara de Representantes

Comprende los artículos 50 hasta el 59, y establecen la composición de la Cámara de Representantes o cámara baja del Congreso, y los recaudos exigidos para a los Ciudadanos que deseasen formar parte de la misma bajo el título de Diputado, los cuales permanecían en sus funciones por un período de cuatro años. Al tiempo que, se esgrimía el procedimiento para la destitución de la directiva de la Cámara en caso de ser objeto de acusaciones por algunos miembros de la misma.

Podían ser miembros de ésta Cámara según el Artículo 52:

Artículo 52.- Para ser miembro de la Cámara de Representantes requiere:
  • 1. Poseer las cualidades de elector;
  • 2. Ser natural o vecino de la Provincia que hace la elección;
  • 3. Tener una residencia en el territorio de Venezuela de dos años por lo menos inmediatamente antes de la elección. No se excluyen por falta de este requisito los ausentes en servicio o por causa de la República, y ser dueño de una propiedad raíz, cuya renta anual sea de cuatrocientos pesos o tener una profesión, oficio o industria útil que produzca quinientos pesos anuales; o gozar de un sueldo anual de seiscientos pesos.

Según con lo enunciado en el Artículo 57 constitucional, eran competencias de la Cámara de Representantes:

Artículo 57.- Son atribuciones de la Cámara de Representantes:
  • 1. Concurrir con la del Senado a la formación de las leyes y decretos, y a los demás actos que designa esta Constitución;
  • 2. Velar sobre la inversión de las rentas nacionales, y examinar la cuenta anual que debe presentar el Poder Ejecutivo;
  • 3. Oír las acusaciones contra el Presidente, el Vicepresidente, Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Consejeros y Secretarios del despacho en los casos designados por esta Constitución;
  • 4. Oír también las acusaciones contra los demás empleados públicos por mal desempeño de sus funciones. Esta facultad no deroga ni disminuye la de otros jefes y tribunales para velar sobre la observancia de las leyes, juzgar y deponer y castigar según ellas a sus respectivos subalternos.

Título Décimo segundo: De la Cámara de Senadores

Comprende los artículos 60 hasta el 71. De similar estructuración que el título referente a la Cámara de Representantes, estableciendo la composición de la Cámara de Senadores o cámara alta del Congreso, y los recaudos exigidos para a los Ciudadanos que deseasen formar parte de la misma bajo el título de Senador, los cuales permanecían en sus funciones por un período de cuatro años. Al tiempo que y de forma similar a la cámara baja, se esgrimía el procedimiento para la destitución de la directiva de la Cámara en caso de ser objeto de acusaciones por algunos miembros de la misma.

Podían ser miembros de ésta Cámara según el Artículo 62:

Artículo 62.- Para ser miembro de la Cámara de Senadores requiere:
  • 1. Poseer las cualidades de elector;
  • 2. Tener treinta años de edad cumplidos;
  • 3. Ser natural o vecino de la Provincia que hace la elección;
  • 4. Tener tres años de residencia en el territorio de Venezuela inmediatamente antes de la elección, con las excepciones del Artículo 52, y ser dueño de una propiedad raíz, cuya renta anual sea de ochocientos pesos; o tener una profesión, oficio, o industria útil que produzca mil pesos anuales; o gozar de un sueldo de mil doscientos pesos anuales.

Según con lo enunciado en el Artículo 65 constitucional, eran competencias de la Cámara de Senadores:

Artículo 65.- Son atribuciones del Senado:
  • 1. Concurrir a la formación de las leyes y decretos con la Cámara de Representantes;
  • 2. Prestar o no su consentimiento para el ascenso de los oficiales militares desde Coronel y Capitán de navío inclusive arriba, y para cualquiera otro acto que prescriba esta Constitución;
  • 3. Sustanciar y resolver los juicios iniciados en la Cámara de Representantes.

Título Décimo tercero: De las funciones económicas y disposiciones comunes a ambas Cámaras

Comprende los artículos 72 hasta el 86, y establecen determinadas normas constitucionales sobre:

  • La apertura de las sesiones y lugar de residencia.
  • La elaboración de sus propios reglamentos.
  • Los demás magistrados constitucionales que no podrán ser Diputados o Senadores.
  • La inmunidad y la indemnización que los integrantes del Congreso gozan en el ejercicio de sus funciones.

Título Décimo cuarto: De las atribuciones del Congreso

Comprende únicamente el artículo 87. Establece las facultades operativas del Congreso como cuerpo legislativo.

Título Décimo quinto: De la formación de las leyes y de su promulgación

Comprende los artículos 88 hasta el 102, y establecen el procedimiento administrativo para la redacción, sanción y promulgación de las Leyes. La iniciativa de Ley podían tener su origen en cualquiera de las Cámaras, una vez redactada y sancionada el proyecto de Ley ésta pasaba al Ejecutivo para su promulgación.

Del Cuerpo Ejecutivo

 
José Antonio Páez presidente de Venezuela (1829-1835)

Título Décimo sexto: Del Poder Ejecutivo

Comprende los artículos 103 hasta el 122, y establecen la estructura y facultades de éste poder público. Según el artículo 103 constitucional establecía que el Poder Ejecutivo residía en un magistrado con el título de Presidente de la República. Sólo podían ser Presidente los venezolanos por nacimiento, y tener todas las otras cualidades que se exigen para Senador, electo por las dos terceras partes del Colegio Electoral para un período de cuatro años sin poder optar a la reelección inmediata sino después de un periodo constitucional por lo menos.

Según el artículo 109 constitucional establece la figura del Vicepresidente de Estado, el cual era electo bajo los mismos recaudos y procedimientos exigidos para Presidente. El Vicepresidente era electo dos años después de la elección del Presidente de la República.

En caso de falta del Presidente y Vicepresidente el artículo 114 enunciaba que la falta de ambos eran suplidas por el Vicepresidente del Consejo de Gobierno.

Según el Artículo 117 se esgrimía las facultadas constitucionales del Presidente de la República:

Artículo 117.- El Presidente es el Jefe de la Administración General de la República, y como tal tiene las atribuciones siguientes:
  • 1. Conservar el orden y tranquilidad interior y asegurar el Estado contra todo ataque exterior;
  • 2. Mandar ejecutar, y cuidar de que se promulguen y ejecuten las leyes, decretos y actos del Congreso;
  • 3. Convocar el Congreso en periodos ordinarios; y también extraordinariamente con preconsentimiento, o a petición del Consejo de Gobierno, cuando lo exija la gravedad de alguna urgencia;
  • 4. Tiene el mando supremo de las fuerzas de mar y tierra para la defensa de la República;
  • 5. Llamar las Milicias al servicio, cuando lo haya decretado el Congreso;
  • 6. Declarar la guerra a nombre de la República, previo el decreto del Congreso;
  • 7. Dirigir las negociaciones diplomáticas, celebrar tratados de tregua, paz, amistad, alianza ofensiva y defensiva, neutralidad, y comercio, debiendo preceder la aprobación del Congreso para prestar o negar su ratificación a ellos;
  • 8. Nombrar y remover los Secretarios del Despacho;
  • 9. Nombrar de acuerdo al Consejo de Gobierno los Ministros Plenipotenciarios, enviados y cualesquiera otros agentes diplomáticos, Cónsules, Vicecónsules y agentes comerciales;
  • 10. Nombrar, con previo acuerdo y consentimiento del Senado para todos los empleos militares desde Coronel y Capitán de navío inclusive arriba y a propuesta de los jefes respectivos para todos los inferiores, con calidad de que estos últimos nombramientos tengan siempre anexo el mando efectivo; pues quedan abolidos de ahora en adelante todos los grados militares sin mando;
  • 11. Conceder retiros y licencias a los militares, y otros empleados según lo determine la ley;
  • 12. Expedir patentes de navegación, y también de corso y represalias cuando el Congreso lo determine; o en su receso, con el consentimiento del Consejo de Gobierno;
  • 13. Conceder cartas de naturaleza conforme a la ley;
  • 14. Nombrar a propuesta en terna de la Corte Suprema de Justicia los Ministros de las Cortes Superiores;
  • 15. Nombrar los Gobernadores de las Provincias a propuesta en terna de la respectiva Diputación Provincial;
  • 16. Nombrar para todos los empleos civiles, militares y de hacienda, cuyo nombramiento no se reserve a alguna otra autoridad en los términos que prescriba la ley;
  • 17. Suspender de sus destinos a los empleados en los ramos dependientes del Poder Ejecutivo, cuando infrinjan las leyes, o sus decretos, u órdenes, con calidad de ponerlos a la disposición de la autoridad competente, dentro de tres días, con el sumario o documentos que hayan dado lugar a la suspensión, para que los juzgue;
  • 18. Separar a los mismos empleados cuando por incapacidad o negligencia desempeñan mal sus funciones, precediendo para ello el acuerdo del Consejo de Gobierno;
  • 19. Cuidar de la recaudación e inversión de las contribuciones y rentas públicas con arreglo a las leyes;
  • 20. Cuidar que la justicia se administre pronta y cumplidamente por los tribunales y juzgados, y que sus sentencias se cumplan y ejecuten;
  • 21. En favor de la humanidad puede conmutar las penas capitales con previo acuerdo y consentimiento del Consejo de Gobierno, a propuesta del tribunal que conozca de la causa en última instancia o a excitación del mismo Ejecutivo, siempre que ocurran graves y poderosos motivos, excluyéndose de esta atribución las que hayan sido sentenciados por el Senado.

También se sumaban a las facultades presidenciales poderes especiales autorizados por el Congreso o el Consejo de Gobierno ante situaciones de conmoción interior a mano armada que amenace la seguridad interior o de invasión exterior repentina.

Al tiempo que el Artículo 121 establecía determinadas limitaciones a la autoridad del Presidente de la República, tales como:

Artículo 121.- No puede el Presidente de la República:
  • 1. Salir de su territorio mientras ejerza el Poder Ejecutivo, y un año después;
  • 2. Mandar en persona la fuerza de mar y tierra, sin previo acuerdo y consentimiento del Congreso;
  • 3. Emplear la fuerza armada permanente en caso de conmoción interior, sin previo acuerdo y consentimiento del consejo de Gobierno;
  • 4. Admitir extranjeros al servicio de las armas en clase de oficiales y jefes, sin previo consentimiento del Congreso;
  • 5. Expulsar fuera del territorio, ni privar de su libertad a ningún venezolano, excepto en el caso del Artículo 118, ni imponer pena alguna;
  • 6. Detener el curso de los procedimientos judiciales, ni impedir que las causas se sigan por trámites establecidos en las leyes;
  • 7. Impedir que se hagan las elecciones prevenidas en la Constitución, ni que los elegidos desempeñen sus cargos;
  • 8. Disolver las Cámaras, ni suspender sus sesiones.

Del Poder Judicial

La primera magistratura judicial reside en la Corte Suprema de Justicia, en las Cortes Superiores de justicia que se instalan en 3 distritos judiciales; y en los tribunales y juzgados de lugares importantes de la República.

Véase también

Referencias

  1. «Reseña del Ministerio de Comunicación e Información del Gobierno venezolano sobre la Constitución de 1830». Consultado el 13 de noviembre de 2017. 
  2. . Archivado desde el original el 14 de noviembre de 2017. Consultado el 13 de noviembre de 2017. 
  3. . Archivado desde el original el 13 de noviembre de 2017. Consultado el 13 de noviembre de 2017. 


  •   Wikisource contiene el texto completo de la Constitución de Venezuela de 1830.
  •   Datos: Q2995204

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La Constitucion de Venezuela de 1830 de nombre oficial Constitucion del Estado de Venezuela fue la cuarta Carta Magna vigente en Venezuela desde 1830 hasta 1857 siendo la segunda ley fundamental venezolana de mayor vigencia 3 Aprobada por el Congreso Constituyente de Valencia el 22 de septiembre de 1830 y promulgada por el General Jose Antonio Paez dos dias despues El Congreso Constituyente de 1830 que la sanciono habia iniciado sus sesiones en la ciudad de Valencia el 6 de mayo de 1830 con la asistencia de 33 diputados de los 48 que se habian elegido en representacion de las provincias de Cumana Barcelona Margarita Caracas Carabobo Coro Merida Barinas Apure Barquisimeto Guayana y Maracaibo En marzo de 1857 este texto quedaria derogado al ser aprobado y promulgada la Constitucion de 1857 Constitucion Politica del Estado de VenezuelaEscudo de Armas provisional de Venezuela 1830 1836 IdiomaCastellanoFuncionIndependencia de Venezuela de la Gran Colombia 1 Establecer un Estado centro federal bajo un sistema de gobierno de caracter republicano popular representativo responsable y alternativo 2 Autor es Diputados del Congreso de ValenciaRatificacion22 de septiembre de 1830Promulgacion24 de septiembre de 1830Signatario s 48 DiputadosDerogacion16 de abril de 1857Reemplazado porConstitucion de los Estados Unidos de Venezuela de 1857 editar datos en Wikidata El fin de la vigencia del texto constitucional de 1830 marco el inicio de un periodo a traves del cual se promulgaran muchos textos constitucionales con la sola intencion de perpetuar al caudillo venezolano en la presidencia de la Republica La Revolucion de las Reformas de 1836 las revueltas sociales promovidas por Antonio Leocadio Guzman en 1842 el sectarismo del Partido Conservador el asalto al Congreso Nacional en 1848 el primer gobierno de Jose Tadeo Monagas y la posterior eleccion de su hermano Jose Gregorio Monagas representan el contexto politico de la Venezuela post independencia El Congreso de Valencia diseno la organizacion nacional mediante los tres poderes publicos clasicos a saber Legislativo Ejecutivo y Judicial Indice 1 Composicion y caracteristicas 1 1 Preambulo 1 2 Titulo Primero De la Nacion venezolana y de su territorio 1 3 Titulo Segundo Del Gobierno de Venezuela 1 4 Titulo Tercero De los venezolanos 1 5 Titulo Cuarto De los deberes de los venezolanos 1 6 Titulo Quinto De los derechos politicos de los venezolanos 1 7 Sistema electoral 1 7 1 Titulo Sexto De las elecciones en general 1 7 2 Titulo Septimo De las Asambleas Parroquiales 1 7 3 Titulo Octavo De las Asambleas o Colegios Electorales 1 7 4 Titulo Noveno Disposiciones comunes a las Asambleas Parroquiales y Colegios Electorales 1 8 Del Cuerpo Legislativo 1 8 1 Titulo Decimo Del Poder Legislativo 1 8 2 Titulo Decimo primero De la Camara de Representantes 1 8 3 Titulo Decimo segundo De la Camara de Senadores 1 8 4 Titulo Decimo tercero De las funciones economicas y disposiciones comunes a ambas Camaras 1 8 5 Titulo Decimo cuarto De las atribuciones del Congreso 1 8 6 Titulo Decimo quinto De la formacion de las leyes y de su promulgacion 1 9 Del Cuerpo Ejecutivo 1 9 1 Titulo Decimo sexto Del Poder Ejecutivo 1 10 Del Poder Judicial 2 Vease tambien 3 ReferenciasComposicion y caracteristicas EditarSe compone de un Preambulo y 228 articulos distribuidos en 28 Titulos Preambulo Editar Formada por los diputados de las Provincias de Cumana Barcelona Margarita Caracas Carabobo Coro Maracaibo Merida Barinas Apure y Guayana En el nombre de Dios todo poderoso autor y supremo legislador del universo Nosotros los Representantes del Pueblo de Venezuela reunidos en Congreso a fin de formar la mas perfecta union establecer la justicia asegurar la tranquilidad domestica proveer a la defensa comun promover la felicidad general y asegurar el don precioso de la libertad para nosotros y para nuestros descendientes ordenamos y establecemos la presente Constitucion Constitucion del Estado de Venezuela 1830 Titulo Primero De la Nacion venezolana y de su territorio Editar El primer titulo comprende los articulos primero hasta el quinto y establecen los principios de soberania e independencia y la comprension geografica bajo el principio del Uti possidetis iuris y la organizacion territorial de la Nacion como reza el Articulo 5 El territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de la transformacion politica de 1810 se denominaba Capitania General de Venezuela Para su mejor administracion se dividira en Provincias Cantones y Parroquias cuyos limites fijara la ley Titulo Segundo Del Gobierno de Venezuela Editar El segundo titulo comprende los articulos sexto hasta el octavo y establecen la forma de gobierno que adopta la Nacion el ejercicio de la soberania por parte del pueblo y la composicion del poder nacional denominado en la referida Constitucion como Poder Supremo como lo son Legislativo Ejecutivo y Judicial Titulo Tercero De los venezolanos Editar El tercer titulo comprende los articulos noveno hasta el 11 y establecen los principios de la nacionalidad sea por nacimiento o por naturalizacion Destacando el Articulo 11 referido a la naturalizacion donde cualquier hombre puede adoptar la nacionalidad si hubiere participado en la causa independentista Titulo Cuarto De los deberes de los venezolanos Editar El cuarto titulo solamente comprendia de un unico articulo el 12 y establecia los deberes ciudadanos El mismo rezaba lo siguiente Articulo 12 Son deberes de cada venezolano vivir sometido a la constitucion y a las leyes respetar a las autoridades que son sus organos contribuir a los gastos publicos y estar pronto en todo tiempo a servir y defender a la patria haciendole el sacrificio de sus bienes y de su vida si fuere necesario Titulo Quinto De los derechos politicos de los venezolanos Editar El quinto titulo comprende los articulos 13 hasta el 16 y establecen las garantias constitucionales para los habitantes de la Nacion el cual existia una clasificacion sobre las personas que podian gozar o no las referidas garantias o en las personas a las cuales se le podian suspender el ejercicio de los derechos El Articulo 14 reza que solamente poseen derechos Articulo 14 Para gozar de los derechos de ciudadano se necesita 1 Ser venezolano 2 Ser casado o mayor de 21 anos 3 Saber leer y escribir pero esta condicion no sera obligatoria hasta el tiempo que designe la ley 4 Ser dueno de una propiedad raiz cuya renta anual sea cincuenta pesos o tener una profesion oficio o industria util que produzca cien pesos anuales sin dependencia de otro en clase de sirviente domestico o gozar de un sueldo anual de ciento cincuenta pesos Al tiempo que el articulo siguiente enuncia a los ciudadanos que pierden dichos derechos Articulo 15 Los derechos de ciudadano se pierden 1 Por naturalizarse en pais extranjero 2 Por admitir empleo de otro gobierno sin permiso del Congreso teniendo alguno de honor o de confianza en la Republica 3 Por comprometerse a servir contra Venezuela 4 Por condenacion a pena corporal o infamatoria mientras no se obtenga rehabilitacion Dicha composicion articular no enuncia una declaracion sobre derechos fundamentales como otras disposiciones constituciones el presente titulo de la referida Constitucion trata unicamente los ciudadanos facultados asumir cargos publicos y o el ejercicio del sufragio Sistema electoral Editar Constituian los titulos sexto al noveno de la Constitucion El sistema electoral era de caracter indirecto y se procedia de la siguiente forma Titulo Sexto De las elecciones en general Editar La disposicion inicial para los comicios rezaba lo siguiente Articulo 17 Los ciudadanos tendran siempre presente que del interes que todos tomen en las elecciones nace el espiritu nacional que sofocando los partidos asegura la manifestacion de la voluntad general y que del acierto de las elecciones en la asambleas primarias y electorales es que principalmente dependen la duracion la conservacion y el bien de la Republica El titulo sexto comprende de los articulos 17 hasta el 19 y establecen el marco juridico por el cual se constituyen las instancias colegiadas con fines electorales denominadas como Asambleas Parroquiales cuyas competencias eran la de elegir un Elector o Electores de acuerdo a la demografia de la parroquia de acuerdo con lo enunciado en el Articulo 23 constitucional dichas Asambleas eran organizadas previamente por la autoridad civil de cada parroquia y dos vecinos nobles designados por el Consejo Municipal del Canton quienes debian formar una lista de individuos que poseyeran el derecho de sufragio parroquial tal cual como aparece enunciado en el titulo quinto constitucional dicha lista que era el registro de la masa electoral habida por parroquia debian exhibirse al publico Al tiempo que se organizaba otra lista que consistia en los candidatos que reunian las cualidades enunciadas en el Articulo 27 constitucional para ser Elector o Electores y se remitian a la primera autoridad civil del Canton y al Consejo Municipal quien verificaba su contenido para asi habilitar a los candidatos evaluados Titulo Septimo De las Asambleas Parroquiales Editar Comprende de los articulos 20 hasta el 31 y establecen la estructura de las Asambleas Parroquiales Acorde con los procedimientos antes senalados solo podian ser Electores aquellos Ciudadanos que Articulo 27 Para ser elector se requiere 1 Ser sufragante parroquial no suspenso 2 Haber cumplido veintiun anos y saber leer y escribir 3 Ser vecino residente en cualquiera de las Parroquias del Canton 4 Ser propietario de una propiedad raiz cuya renta anual sea doscientos pesos o tener una profesion oficio o industria util que produzca trescientos pesos anuales o gozar de un sueldo anual cuatrocientos pesos De acuerdo con lo establecido en el Titulo constitucional anterior se procedia a la organizacion de las referidas Asambleas Parroquiales mediante lo estipulado en el siguiente articulo Articulo 21 La Asamblea Parroquial se compondra de los sufragantes parroquiales en ejercicio de los derechos ciudadanos vecinos de cada parroquia y sera presidida por el primer juez de ella con asistencia de cuatro conjueces en quienes concurran las cualidades de sufragantes parroquiales nombrado conforme a la ley Una vez que cada miembro de la Asamblea hubiere sufragado se consideraba concluidas las elecciones parroquiales el Juez que haya presidido la Asamblea procedia a enviar a la autoridad civil del Canton designado con arreglo de las Leyes el registro de sesiones en su Parroquia un pliego cerrado y sellado para luego en conjunto con las autoridades del consejo Municipal aperturar el citado sobre e iniciar el proceso de escrutinio los resultados finalmente se hacian publicos Se consideraba electo el candidato a Elector que tuviere mayoria de votos afirmativos si hubiere igualdad de votos el Articulo 30 enunciaba que la suerte decidia Titulo Octavo De las Asambleas o Colegios Electorales Editar Comprende de los articulos 32 hasta el 43 y establecen las funciones y estructuras de este tipo de instancias De acuerdo a los procedimientos antes referidos las Asambleas o Colegios Electorales eran integradas por Articulo 32 Las Asambleas o Colegios Electorales se componen de los electores nombrados por los Cantones Dichas Asambleas una vez que sus integrantes se reunian tenian por objeto lo siguiente Articulo 36 Reunidos los Colegios Electorales con los requisitos que prescribe esta Constitucion procederan en sus respectivos periodos a las elecciones correspondientes a saber 1 De Presidente del Estado 2 De Vicepresidente 3 De Senadores de la Provincia y suplentes 4 De Representante o Representantes de la misma y de otros tantos para suplir sus faltas 5 De miembros para las Diputaciones Provinciales y de igual numero de individuos en clase de suplentes Titulo Noveno Disposiciones comunes a las Asambleas Parroquiales y Colegios Electorales Editar Comprende de los articulos 44 hasta el 47 y establecen los principios rectores sobre la funcionalidad de las referidas Asambleas en las sesiones que celebren La bandera provisional del Estado de Venezuela decretada por Jose Antonio Paez Vigente desde 1830 hasta 1836 Del Cuerpo Legislativo Editar Titulo Decimo Del Poder Legislativo Editar Comprende los articulos 48 y 49 y establecen la instancia que asume las funciones legislativas como lo es el Congreso compuesto por la Camara de Representantes y la Camara del Senado Debian reunirse cada ano a partir del 20 de enero en la capital de la Republica por 30 dias mas cuando fuera necesario Titulo Decimo primero De la Camara de Representantes Editar Comprende los articulos 50 hasta el 59 y establecen la composicion de la Camara de Representantes o camara baja del Congreso y los recaudos exigidos para a los Ciudadanos que deseasen formar parte de la misma bajo el titulo de Diputado los cuales permanecian en sus funciones por un periodo de cuatro anos Al tiempo que se esgrimia el procedimiento para la destitucion de la directiva de la Camara en caso de ser objeto de acusaciones por algunos miembros de la misma Podian ser miembros de esta Camara segun el Articulo 52 Articulo 52 Para ser miembro de la Camara de Representantes requiere 1 Poseer las cualidades de elector 2 Ser natural o vecino de la Provincia que hace la eleccion 3 Tener una residencia en el territorio de Venezuela de dos anos por lo menos inmediatamente antes de la eleccion No se excluyen por falta de este requisito los ausentes en servicio o por causa de la Republica y ser dueno de una propiedad raiz cuya renta anual sea de cuatrocientos pesos o tener una profesion oficio o industria util que produzca quinientos pesos anuales o gozar de un sueldo anual de seiscientos pesos Segun con lo enunciado en el Articulo 57 constitucional eran competencias de la Camara de Representantes Articulo 57 Son atribuciones de la Camara de Representantes 1 Concurrir con la del Senado a la formacion de las leyes y decretos y a los demas actos que designa esta Constitucion 2 Velar sobre la inversion de las rentas nacionales y examinar la cuenta anual que debe presentar el Poder Ejecutivo 3 Oir las acusaciones contra el Presidente el Vicepresidente Ministros de la Corte Suprema de Justicia Consejeros y Secretarios del despacho en los casos designados por esta Constitucion 4 Oir tambien las acusaciones contra los demas empleados publicos por mal desempeno de sus funciones Esta facultad no deroga ni disminuye la de otros jefes y tribunales para velar sobre la observancia de las leyes juzgar y deponer y castigar segun ellas a sus respectivos subalternos Titulo Decimo segundo De la Camara de Senadores Editar Comprende los articulos 60 hasta el 71 De similar estructuracion que el titulo referente a la Camara de Representantes estableciendo la composicion de la Camara de Senadores o camara alta del Congreso y los recaudos exigidos para a los Ciudadanos que deseasen formar parte de la misma bajo el titulo de Senador los cuales permanecian en sus funciones por un periodo de cuatro anos Al tiempo que y de forma similar a la camara baja se esgrimia el procedimiento para la destitucion de la directiva de la Camara en caso de ser objeto de acusaciones por algunos miembros de la misma Podian ser miembros de esta Camara segun el Articulo 62 Articulo 62 Para ser miembro de la Camara de Senadores requiere 1 Poseer las cualidades de elector 2 Tener treinta anos de edad cumplidos 3 Ser natural o vecino de la Provincia que hace la eleccion 4 Tener tres anos de residencia en el territorio de Venezuela inmediatamente antes de la eleccion con las excepciones del Articulo 52 y ser dueno de una propiedad raiz cuya renta anual sea de ochocientos pesos o tener una profesion oficio o industria util que produzca mil pesos anuales o gozar de un sueldo de mil doscientos pesos anuales Segun con lo enunciado en el Articulo 65 constitucional eran competencias de la Camara de Senadores Articulo 65 Son atribuciones del Senado 1 Concurrir a la formacion de las leyes y decretos con la Camara de Representantes 2 Prestar o no su consentimiento para el ascenso de los oficiales militares desde Coronel y Capitan de navio inclusive arriba y para cualquiera otro acto que prescriba esta Constitucion 3 Sustanciar y resolver los juicios iniciados en la Camara de Representantes Titulo Decimo tercero De las funciones economicas y disposiciones comunes a ambas Camaras Editar Comprende los articulos 72 hasta el 86 y establecen determinadas normas constitucionales sobre La apertura de las sesiones y lugar de residencia La elaboracion de sus propios reglamentos Los demas magistrados constitucionales que no podran ser Diputados o Senadores La inmunidad y la indemnizacion que los integrantes del Congreso gozan en el ejercicio de sus funciones Titulo Decimo cuarto De las atribuciones del Congreso Editar Comprende unicamente el articulo 87 Establece las facultades operativas del Congreso como cuerpo legislativo Titulo Decimo quinto De la formacion de las leyes y de su promulgacion Editar Comprende los articulos 88 hasta el 102 y establecen el procedimiento administrativo para la redaccion sancion y promulgacion de las Leyes La iniciativa de Ley podian tener su origen en cualquiera de las Camaras una vez redactada y sancionada el proyecto de Ley esta pasaba al Ejecutivo para su promulgacion Del Cuerpo Ejecutivo Editar Jose Antonio Paez presidente de Venezuela 1829 1835 Titulo Decimo sexto Del Poder Ejecutivo Editar Comprende los articulos 103 hasta el 122 y establecen la estructura y facultades de este poder publico Segun el articulo 103 constitucional establecia que el Poder Ejecutivo residia en un magistrado con el titulo de Presidente de la Republica Solo podian ser Presidente los venezolanos por nacimiento y tener todas las otras cualidades que se exigen para Senador electo por las dos terceras partes del Colegio Electoral para un periodo de cuatro anos sin poder optar a la reeleccion inmediata sino despues de un periodo constitucional por lo menos Segun el articulo 109 constitucional establece la figura del Vicepresidente de Estado el cual era electo bajo los mismos recaudos y procedimientos exigidos para Presidente El Vicepresidente era electo dos anos despues de la eleccion del Presidente de la Republica En caso de falta del Presidente y Vicepresidente el articulo 114 enunciaba que la falta de ambos eran suplidas por el Vicepresidente del Consejo de Gobierno Segun el Articulo 117 se esgrimia las facultadas constitucionales del Presidente de la Republica Articulo 117 El Presidente es el Jefe de la Administracion General de la Republica y como tal tiene las atribuciones siguientes 1 Conservar el orden y tranquilidad interior y asegurar el Estado contra todo ataque exterior 2 Mandar ejecutar y cuidar de que se promulguen y ejecuten las leyes decretos y actos del Congreso 3 Convocar el Congreso en periodos ordinarios y tambien extraordinariamente con preconsentimiento o a peticion del Consejo de Gobierno cuando lo exija la gravedad de alguna urgencia 4 Tiene el mando supremo de las fuerzas de mar y tierra para la defensa de la Republica 5 Llamar las Milicias al servicio cuando lo haya decretado el Congreso 6 Declarar la guerra a nombre de la Republica previo el decreto del Congreso 7 Dirigir las negociaciones diplomaticas celebrar tratados de tregua paz amistad alianza ofensiva y defensiva neutralidad y comercio debiendo preceder la aprobacion del Congreso para prestar o negar su ratificacion a ellos 8 Nombrar y remover los Secretarios del Despacho 9 Nombrar de acuerdo al Consejo de Gobierno los Ministros Plenipotenciarios enviados y cualesquiera otros agentes diplomaticos Consules Viceconsules y agentes comerciales 10 Nombrar con previo acuerdo y consentimiento del Senado para todos los empleos militares desde Coronel y Capitan de navio inclusive arriba y a propuesta de los jefes respectivos para todos los inferiores con calidad de que estos ultimos nombramientos tengan siempre anexo el mando efectivo pues quedan abolidos de ahora en adelante todos los grados militares sin mando 11 Conceder retiros y licencias a los militares y otros empleados segun lo determine la ley 12 Expedir patentes de navegacion y tambien de corso y represalias cuando el Congreso lo determine o en su receso con el consentimiento del Consejo de Gobierno 13 Conceder cartas de naturaleza conforme a la ley 14 Nombrar a propuesta en terna de la Corte Suprema de Justicia los Ministros de las Cortes Superiores 15 Nombrar los Gobernadores de las Provincias a propuesta en terna de la respectiva Diputacion Provincial 16 Nombrar para todos los empleos civiles militares y de hacienda cuyo nombramiento no se reserve a alguna otra autoridad en los terminos que prescriba la ley 17 Suspender de sus destinos a los empleados en los ramos dependientes del Poder Ejecutivo cuando infrinjan las leyes o sus decretos u ordenes con calidad de ponerlos a la disposicion de la autoridad competente dentro de tres dias con el sumario o documentos que hayan dado lugar a la suspension para que los juzgue 18 Separar a los mismos empleados cuando por incapacidad o negligencia desempenan mal sus funciones precediendo para ello el acuerdo del Consejo de Gobierno 19 Cuidar de la recaudacion e inversion de las contribuciones y rentas publicas con arreglo a las leyes 20 Cuidar que la justicia se administre pronta y cumplidamente por los tribunales y juzgados y que sus sentencias se cumplan y ejecuten 21 En favor de la humanidad puede conmutar las penas capitales con previo acuerdo y consentimiento del Consejo de Gobierno a propuesta del tribunal que conozca de la causa en ultima instancia o a excitacion del mismo Ejecutivo siempre que ocurran graves y poderosos motivos excluyendose de esta atribucion las que hayan sido sentenciados por el Senado Tambien se sumaban a las facultades presidenciales poderes especiales autorizados por el Congreso o el Consejo de Gobierno ante situaciones de conmocion interior a mano armada que amenace la seguridad interior o de invasion exterior repentina Al tiempo que el Articulo 121 establecia determinadas limitaciones a la autoridad del Presidente de la Republica tales como Articulo 121 No puede el Presidente de la Republica 1 Salir de su territorio mientras ejerza el Poder Ejecutivo y un ano despues 2 Mandar en persona la fuerza de mar y tierra sin previo acuerdo y consentimiento del Congreso 3 Emplear la fuerza armada permanente en caso de conmocion interior sin previo acuerdo y consentimiento del consejo de Gobierno 4 Admitir extranjeros al servicio de las armas en clase de oficiales y jefes sin previo consentimiento del Congreso 5 Expulsar fuera del territorio ni privar de su libertad a ningun venezolano excepto en el caso del Articulo 118 ni imponer pena alguna 6 Detener el curso de los procedimientos judiciales ni impedir que las causas se sigan por tramites establecidos en las leyes 7 Impedir que se hagan las elecciones prevenidas en la Constitucion ni que los elegidos desempenen sus cargos 8 Disolver las Camaras ni suspender sus sesiones Del Poder Judicial Editar La primera magistratura judicial reside en la Corte Suprema de Justicia en las Cortes Superiores de justicia que se instalan en 3 distritos judiciales y en los tribunales y juzgados de lugares importantes de la Republica Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Historia constitucional de Venezuela La CosiataReferencias Editar Resena del Ministerio de Comunicacion e Informacion del Gobierno venezolano sobre la Constitucion de 1830 Consultado el 13 de noviembre de 2017 Constitucion de 1830 Articulo 6 Archivado desde el original el 14 de noviembre de 2017 Consultado el 13 de noviembre de 2017 Articulo de Rafael Caldera sobre las Constituciones venezolanas hasta la recien promulgada Constitucion de 1961 Archivado desde el original el 13 de noviembre de 2017 Consultado el 13 de noviembre de 2017 Predecesor Constitucion de la Republica de Colombia de 1821 Historia constitucional de VenezuelaConstitucion de Venezuela de 1830 1830 1857 Sucesor Constitucion de los Estados Unidos de Venezuela de 1857 Wikisource contiene el texto completo de la Constitucion de Venezuela de 1830 Datos Q2995204 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Constitucion de Venezuela de 1830 amp oldid 147592589, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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