fbpx
Wikipedia

Estatuto de Bayona

La Constitución de Bayona,[1]​ también llamada Carta de Bayona o Estatuto de Bayona,[2]​ y denominada oficialmente en francés Acte Constitutionnel de l’Espagne, fue una carta otorgada promulgada en la ciudad francesa de Bayona el 6 de julio de 1808 por José Bonaparte como rey de España e inspirada en el modelo de estado constitucional bonapartista.

Antecedentes

La crisis del Antiguo Régimen absolutista en España se agudizó en marzo de 1808, al producirse el Motín de Aranjuez contra Godoy y el propio rey Carlos IV. Este abdica en su hijo Fernando el 19 de marzo, pero antes que Fernando VII pudiera consolidarse en el trono, Napoleón Bonaparte convocó a la familia real española a un encuentro en la ciudad francesa de Bayona.

Cronológicamente su génesis se realizó del siguiente modo:

  • El 5 de mayo de 1808, Carlos IV renuncia a sus derechos a la corona de España en favor de Napoleón.
  • El 6 de mayo de 1808, Fernando VII abdica en favor de su padre Carlos IV, sin saber que este previamente había renunciado a sus derechos en favor de Napoleón.
  • El hermano de Carlos IV y sus hijos Fernando y Carlos renuncian a sus derechos a la corona de España en favor de Napoleón.
  • Napoleón ordena al duque de Berg, lugarteniente del Reino, que convoque una asamblea en Bayona.
  • El 6 de junio de 1808, Napoleón designa a su hermano José, como rey de España.
  • Entre el 15 y el 30 de junio de 1808 se elabora una "constitución".
  • El 6 de julio de 1808 la promulgó José I.
  • El 8 de julio de 1808 fue aceptada por los miembros de la Junta de españoles.

Características

El núcleo del Estatuto tiene su origen en el derecho francés, apadrinado por los liberales moderados: el Senado, el Consejo de Estado, la Regencia, la sucesión de la Corona, el principio de la reglamentación de los derechos individuales y el sistema de control. El preámbulo en el que se estableció el nuevo régimen político, era claramente revolucionario para la época, al romper el aparato en que se asentaba el viejo edificio del poder absoluto del rey, el Antiguo Régimen. La fórmula del pacto «que une a nuestros pueblos con Nos y a Nos con nuestros pueblos» ponía término a la antigua monarquía absoluta basada en el derecho divino de los reyes y «establecía el moderno sistema representativo, cuya base no es ni puede ser otro que el pacto de alianza y unión entre la nación y el trono, como representantes ambos de la soberanía».[3]

Nació en un contexto complejo, dictado fuera de territorio nacional. Debido a su origen y proceso no puede considerarse una Constitución, sino una Carta otorgada, puesto que no fue elaborada por los representantes de la Nación: el proyecto de Estatuto fue presentado por Napoleón a 91 diputados españoles a los que solo se les permitió deliberar sobre su contenido. No existió voluntad previa de elaborar un documento constitucional, se les impuso un texto y se aceptó por unas Cortes reducidas convocadas en territorio francés.

Organizaba España como una monarquía hereditaria en que el monarca ocupaba el centro del poder político, pero con la obligación de respetar los derechos ciudadanos proclamados en su texto. Un texto ambiguo, en el que a pesar de que este se fundamentó en una tendencia de liberalismo moderado, reconociendo libertades individuales y de imprenta, las decisiones son conservadoras como unidad de Iglesia y Estado, Cortes integradas por estamentos, entre otros.[4]

Contenido

Tiene la siguiente estructura:

  • Poder Legislativo.- Iniciativa real, que promulga "oídas las cortes".
  • Poder Ejecutivo.- Corresponde al Rey y sus ministros. El Rey ordena y los ministros son responsables.
  • Poder Judicial.- Es independiente, pero el Rey nombra los jueces.
 
Constitución de 1808 p. 1 BNE
 
Constitución de 1808 p. 2 BNE

En principio, se abre con la definición confesional del estado, para tratar después todo lo referente a la Corona y, en títulos posteriores, aborda el entramado institucional, finalizando con un desordenado reconocimiento de determinados derechos y libertades. Pese a establecerse un conjunto de instituciones, no puede hablarse de división de poderes: las atribuciones del monarca eran amplísimas, las Cortes se estructuraban en la representación estamental y las facultades del Senado y de las propias Cortes carecían de fuerza para obligar. Respecto de los derechos y libertades, cabe destacar el exacerbado carácter confesional que se le atribuye a España:

El artículo 1 señalaba que “La religión Católica, Apostólica y Romana, en España y en todas las posesiones españolas, será la religión del Rey y de la Nación y no se permitirá ninguna otra.”[5]

En un último título se contempla (disposiciones generales) una serie de derechos y libertades. La influencia de la Revolución francesa fue importante: se regulaban derechos de los inicios del liberalismo burgués, lo que suponía un avance respecto a la situación existente:

  • Supresión de aduanas interiores.[6]
  • Inviolabilidad del domicilio.[7]
  • Libertad personal.
  • Derechos del detenido y preso.[8]
  • Abolición del tormento (relacionado con la integridad física y moral).[9]

La Corona: El Estatuto preveía un papel predominante del monarca, aunque su estatuto personal y prerrogativas no venían claramente enunciados. No obstante, del ámbito funcional de las instituciones, se revelan los amplios poderes del Rey. La importancia se observa en su ubicación (tras la religión) y que le dedica 4 de 13 de los títulos.

Artículo 2.- La Corona de las Españas y de las Indias será hereditaria en nuestra descendencia directa, natural y legítima, de varón en varón, por orden de primogenitura y con exclusión perpetua de las hembras.

En defecto de nuestra descendencia masculina natural y legítima, la Corona de España y de las Indias volverá a nuestro muy caro y muy amado hermano Napoleón, Emperador de los franceses y Rey de Italia, y a sus herederos y descendientes varones, naturales y legítimos o adoptivos.

En defecto de la descendencia masculina, natural o legítima o adoptiva de dicho nuestro muy caro y muy amado hermano Napoleón, pasará la Corona a los descendientes varones, naturales legítimos, del príncipe Luis-Napoleón, Rey de Holanda.

En defecto de descendencia masculina natural y legítima del príncipe Luis-Napoleón, a los descendientes varones naturales y legítimos del príncipe Jerónimo-Napoleón, Rey de Westfalia.

En defecto de estos, al hijo primogénito, nacido antes de la muerte del último Rey, de la hija primogénita entre las que tengan hijos varones, y a su descendencia masculina, natural y legítima, y en caso que el último Rey no hubiese dejado hija que tenga varón, a aquel que haya sido designado por su testamento, ya sea entre sus parientes más cercanos, o ya entre aquellos que haya creído más dignos de gobernar a los españoles.

Esta designación del Rey se presentará a las Cortes para su aprobación.

Artículo 3.- La Corona de las Españas y de las Indias no podrá reunirse nunca con otra en una misma persona.

Artículo 4.- En todos los edictos, leyes y reglamentos, los títulos del Rey de las Españas serán: D. N..., por la gracia de Dios y por la Constitución del Estado, Rey de las Españas y de las Indias.

Artículo 5.- El Rey, al subir al Trono o al llegar a la mayor edad, prestará juramento sobre los Evangelios, y en presencia del Senado, del Consejo de Estado, de las Cortes y del Consejo Real, llamado de Castilla.

El ministro Secretario de Estado extenderá el acta de la presentación del juramento.

Artículo 6.- La fórmula del juramento del Rey será la siguiente:

«Juro sobre los santos Evangelios respetar y hacer respetar nuestra santa religión, observar y hacer observar la Constitución, conservar la integridad y la independencia de España y sus posesiones, respetar y hacer respetar la libertad individual y la propiedad y gobernar solamente con la mira del interés, de la felicidad y de la gloria de la nación española.»

Artículo 7.- Los pueblos de las Españas y de las Indias prestarán juramento al Rey en esta forma: «Juro fidelidad y obediencia al Rey, a la Constitución y a las Leyes.»


Las Cortes: tampoco tuvieron vida efectiva. Se estructuraba en 3 estamentos (alto clero, nobleza y pueblo), donde se advertía una clara influencia del Antiguo Régimen, así como contradicción con los principios inspiradores de la Revolución. No se les confería de modo expreso la función legislativa, aunque sí de forma tácita en algunos preceptos.

El Gobierno y la Administración: desconocía la institución del Gobierno. Contemplaba un título a los ministerios en el que establece un número (7-9) y su denominación. Los ministros eran responsables de la ejecución de las leyes y órdenes del rey. También regula la Administración de Hacienda, que aboga por la supresión de aduanas interiores, separa el Tesoro público del de la Corona y se configura un Tribunal de Contaduría para el examen y aprobación de las cuentas.

Consejo de Estado: órgano que agrupaba funciones diseminadas del Antiguo Régimen y acaba con la polisinodial en la que se confundían funciones de orden normativo con otras ejecutivas y judiciales. Tenía la facultad de examinar y extender los proyectos de leyes civiles y criminales y los reglamentos generales de la Administración. No deben confundirse sus funciones con las del actual Consejo de Estado, meramente consultivo.

Poder judicial: tenía importancia crucial. Se configuraba como independiente, aunque el Rey nombraba a todos los jueces. Se articulaba en distintas instancias a las que los ciudadanos podían acudir, se establecía la publicidad del proceso criminal y se emplazaba a la creación de un solo código de leyes civiles y criminales y otro de comercio para España y las Indias, para poder racionalizar el caótico sistema normativo de entonces.

Véase también

Fuentes

  1. Ignacio Pérez Sarasola, Profesor Titular de Derecho Constitucional, Universidad de Oviedo. LA CONSTITUCIÓN DE BAYONA (1808)
  2. Ignacio Pérez Sarasola, La primera Constitución española: El Estatuto de Bayona
  3. Juan Rico y Amat, Historia política y parlamentaria de España desde los tiempos primitivos hasta nuestros días, (Madrid: imprenta de las Escuelas Pías, 1860) T.I, pp. 151-152
  4. En las instrucciones que Napoleón daba a Murat, en abril de 1808 le decía:
    Podéis declarar verbalmente que mi intención no es solo conservar la integridad e independencia del país, sino los privilegios de todas las clases. En la bondad y utilidad de mis portentos sobre España, encontraréis argumentos propios a conciliar todos los partidos. Los que quieren un gobierno liberal y la regeneración de España la encontrarán en mi sistema; los que temen la vuelta de la Reina y del príncipe de la Paz pueden ser tranquilizados, ya que estos dos personajes quedarán sin influencia ni crédito; los grandes, que quieren la consideración y los honores que no tenían en la administración pasada los encontrarán
  5. Artículo 1
  6. Artículo 116
  7. Artículo 126
  8. Artículos 41–43, 127–132
  9. Artículo 133

Enlaces externos

  • Estatuto de Bayona
  • Estatuto de Bayona.pdf - Congreso de los Diputados
  •   Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Bayona.
  •   Datos: Q735580

estatuto, bayona, constitución, bayona, también, llamada, carta, bayona, denominada, oficialmente, francés, acte, constitutionnel, espagne, carta, otorgada, promulgada, ciudad, francesa, bayona, julio, 1808, josé, bonaparte, como, españa, inspirada, modelo, es. La Constitucion de Bayona 1 tambien llamada Carta de Bayona o Estatuto de Bayona 2 y denominada oficialmente en frances Acte Constitutionnel de l Espagne fue una carta otorgada promulgada en la ciudad francesa de Bayona el 6 de julio de 1808 por Jose Bonaparte como rey de Espana e inspirada en el modelo de estado constitucional bonapartista Jose Bonaparte Indice 1 Antecedentes 2 Caracteristicas 3 Contenido 4 Vease tambien 5 Fuentes 6 Enlaces externosAntecedentes EditarLa crisis del Antiguo Regimen absolutista en Espana se agudizo en marzo de 1808 al producirse el Motin de Aranjuez contra Godoy y el propio rey Carlos IV Este abdica en su hijo Fernando el 19 de marzo pero antes que Fernando VII pudiera consolidarse en el trono Napoleon Bonaparte convoco a la familia real espanola a un encuentro en la ciudad francesa de Bayona Cronologicamente su genesis se realizo del siguiente modo El 5 de mayo de 1808 Carlos IV renuncia a sus derechos a la corona de Espana en favor de Napoleon El 6 de mayo de 1808 Fernando VII abdica en favor de su padre Carlos IV sin saber que este previamente habia renunciado a sus derechos en favor de Napoleon El hermano de Carlos IV y sus hijos Fernando y Carlos renuncian a sus derechos a la corona de Espana en favor de Napoleon Napoleon ordena al duque de Berg lugarteniente del Reino que convoque una asamblea en Bayona El 6 de junio de 1808 Napoleon designa a su hermano Jose como rey de Espana Entre el 15 y el 30 de junio de 1808 se elabora una constitucion El 6 de julio de 1808 la promulgo Jose I El 8 de julio de 1808 fue aceptada por los miembros de la Junta de espanoles Caracteristicas EditarEl nucleo del Estatuto tiene su origen en el derecho frances apadrinado por los liberales moderados el Senado el Consejo de Estado la Regencia la sucesion de la Corona el principio de la reglamentacion de los derechos individuales y el sistema de control El preambulo en el que se establecio el nuevo regimen politico era claramente revolucionario para la epoca al romper el aparato en que se asentaba el viejo edificio del poder absoluto del rey el Antiguo Regimen La formula del pacto que une a nuestros pueblos con Nos y a Nos con nuestros pueblos ponia termino a la antigua monarquia absoluta basada en el derecho divino de los reyes y establecia el moderno sistema representativo cuya base no es ni puede ser otro que el pacto de alianza y union entre la nacion y el trono como representantes ambos de la soberania 3 Nacio en un contexto complejo dictado fuera de territorio nacional Debido a su origen y proceso no puede considerarse una Constitucion sino una Carta otorgada puesto que no fue elaborada por los representantes de la Nacion el proyecto de Estatuto fue presentado por Napoleon a 91 diputados espanoles a los que solo se les permitio deliberar sobre su contenido No existio voluntad previa de elaborar un documento constitucional se les impuso un texto y se acepto por unas Cortes reducidas convocadas en territorio frances Organizaba Espana como una monarquia hereditaria en que el monarca ocupaba el centro del poder politico pero con la obligacion de respetar los derechos ciudadanos proclamados en su texto Un texto ambiguo en el que a pesar de que este se fundamento en una tendencia de liberalismo moderado reconociendo libertades individuales y de imprenta las decisiones son conservadoras como unidad de Iglesia y Estado Cortes integradas por estamentos entre otros 4 Contenido EditarTiene la siguiente estructura Poder Legislativo Iniciativa real que promulga oidas las cortes Poder Ejecutivo Corresponde al Rey y sus ministros El Rey ordena y los ministros son responsables Poder Judicial Es independiente pero el Rey nombra los jueces Constitucion de 1808 p 1 BNE Constitucion de 1808 p 2 BNE En principio se abre con la definicion confesional del estado para tratar despues todo lo referente a la Corona y en titulos posteriores aborda el entramado institucional finalizando con un desordenado reconocimiento de determinados derechos y libertades Pese a establecerse un conjunto de instituciones no puede hablarse de division de poderes las atribuciones del monarca eran amplisimas las Cortes se estructuraban en la representacion estamental y las facultades del Senado y de las propias Cortes carecian de fuerza para obligar Respecto de los derechos y libertades cabe destacar el exacerbado caracter confesional que se le atribuye a Espana El articulo 1 senalaba que La religion Catolica Apostolica y Romana en Espana y en todas las posesiones espanolas sera la religion del Rey y de la Nacion y no se permitira ninguna otra 5 En un ultimo titulo se contempla disposiciones generales una serie de derechos y libertades La influencia de la Revolucion francesa fue importante se regulaban derechos de los inicios del liberalismo burgues lo que suponia un avance respecto a la situacion existente Supresion de aduanas interiores 6 Inviolabilidad del domicilio 7 Libertad personal Derechos del detenido y preso 8 Abolicion del tormento relacionado con la integridad fisica y moral 9 La Corona El Estatuto preveia un papel predominante del monarca aunque su estatuto personal y prerrogativas no venian claramente enunciados No obstante del ambito funcional de las instituciones se revelan los amplios poderes del Rey La importancia se observa en su ubicacion tras la religion y que le dedica 4 de 13 de los titulos Articulo 2 La Corona de las Espanas y de las Indias sera hereditaria en nuestra descendencia directa natural y legitima de varon en varon por orden de primogenitura y con exclusion perpetua de las hembras En defecto de nuestra descendencia masculina natural y legitima la Corona de Espana y de las Indias volvera a nuestro muy caro y muy amado hermano Napoleon Emperador de los franceses y Rey de Italia y a sus herederos y descendientes varones naturales y legitimos o adoptivos En defecto de la descendencia masculina natural o legitima o adoptiva de dicho nuestro muy caro y muy amado hermano Napoleon pasara la Corona a los descendientes varones naturales legitimos del principe Luis Napoleon Rey de Holanda En defecto de descendencia masculina natural y legitima del principe Luis Napoleon a los descendientes varones naturales y legitimos del principe Jeronimo Napoleon Rey de Westfalia En defecto de estos al hijo primogenito nacido antes de la muerte del ultimo Rey de la hija primogenita entre las que tengan hijos varones y a su descendencia masculina natural y legitima y en caso que el ultimo Rey no hubiese dejado hija que tenga varon a aquel que haya sido designado por su testamento ya sea entre sus parientes mas cercanos o ya entre aquellos que haya creido mas dignos de gobernar a los espanoles Esta designacion del Rey se presentara a las Cortes para su aprobacion Articulo 3 La Corona de las Espanas y de las Indias no podra reunirse nunca con otra en una misma persona Articulo 4 En todos los edictos leyes y reglamentos los titulos del Rey de las Espanas seran D N por la gracia de Dios y por la Constitucion del Estado Rey de las Espanas y de las Indias Articulo 5 El Rey al subir al Trono o al llegar a la mayor edad prestara juramento sobre los Evangelios y en presencia del Senado del Consejo de Estado de las Cortes y del Consejo Real llamado de Castilla El ministro Secretario de Estado extendera el acta de la presentacion del juramento Articulo 6 La formula del juramento del Rey sera la siguiente Juro sobre los santos Evangelios respetar y hacer respetar nuestra santa religion observar y hacer observar la Constitucion conservar la integridad y la independencia de Espana y sus posesiones respetar y hacer respetar la libertad individual y la propiedad y gobernar solamente con la mira del interes de la felicidad y de la gloria de la nacion espanola Articulo 7 Los pueblos de las Espanas y de las Indias prestaran juramento al Rey en esta forma Juro fidelidad y obediencia al Rey a la Constitucion y a las Leyes Las Cortes tampoco tuvieron vida efectiva Se estructuraba en 3 estamentos alto clero nobleza y pueblo donde se advertia una clara influencia del Antiguo Regimen asi como contradiccion con los principios inspiradores de la Revolucion No se les conferia de modo expreso la funcion legislativa aunque si de forma tacita en algunos preceptos El Gobierno y la Administracion desconocia la institucion del Gobierno Contemplaba un titulo a los ministerios en el que establece un numero 7 9 y su denominacion Los ministros eran responsables de la ejecucion de las leyes y ordenes del rey Tambien regula la Administracion de Hacienda que aboga por la supresion de aduanas interiores separa el Tesoro publico del de la Corona y se configura un Tribunal de Contaduria para el examen y aprobacion de las cuentas Consejo de Estado organo que agrupaba funciones diseminadas del Antiguo Regimen y acaba con la polisinodial en la que se confundian funciones de orden normativo con otras ejecutivas y judiciales Tenia la facultad de examinar y extender los proyectos de leyes civiles y criminales y los reglamentos generales de la Administracion No deben confundirse sus funciones con las del actual Consejo de Estado meramente consultivo Poder judicial tenia importancia crucial Se configuraba como independiente aunque el Rey nombraba a todos los jueces Se articulaba en distintas instancias a las que los ciudadanos podian acudir se establecia la publicidad del proceso criminal y se emplazaba a la creacion de un solo codigo de leyes civiles y criminales y otro de comercio para Espana y las Indias para poder racionalizar el caotico sistema normativo de entonces Vease tambien Editar Portal Derecho Contenido relacionado con Derecho Fuentes Editar Ignacio Perez Sarasola Profesor Titular de Derecho Constitucional Universidad de Oviedo LA CONSTITUCIoN DE BAYONA 1808 Ignacio Perez Sarasola La primera Constitucion espanola El Estatuto de Bayona Juan Rico y Amat Historia politica y parlamentaria de Espana desde los tiempos primitivos hasta nuestros dias Madrid imprenta de las Escuelas Pias 1860 T I pp 151 152 En las instrucciones que Napoleon daba a Murat en abril de 1808 le decia Podeis declarar verbalmente que mi intencion no es solo conservar la integridad e independencia del pais sino los privilegios de todas las clases En la bondad y utilidad de mis portentos sobre Espana encontrareis argumentos propios a conciliar todos los partidos Los que quieren un gobierno liberal y la regeneracion de Espana la encontraran en mi sistema los que temen la vuelta de la Reina y del principe de la Paz pueden ser tranquilizados ya que estos dos personajes quedaran sin influencia ni credito los grandes que quieren la consideracion y los honores que no tenian en la administracion pasada los encontraran Articulo 1 Articulo 116 Articulo 126 Articulos 41 43 127 132 Articulo 133Enlaces externos EditarEstatuto de Bayona Estatuto de Bayona pdf Congreso de los Diputados Wikisource contiene obras originales de o sobre Estatuto de Bayona Datos Q735580Obtenido de https es wikipedia org w index php title Estatuto de Bayona amp oldid 137050987, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos