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Colombeia

Colombeia es el nombre del extenso archivo del venezolano Francisco de Miranda, prócer de la Independencia Hispanoamericana. El nombre proviene de Colombia, pues tras dar el nombre de continente colombiano a lo que hoy conocemos como Hispanoamérica, Miranda creó el derivado griego Colombeia es decir papeles, documentos relativos a Colombia. Para este nombre se inspiró en el poema de la exesclava estadounidense Phillis Wheatley, quien había acuñado el término Columbia en His Excellency General Washington, composición en honor al héroe de la independencia de Estados Unidos.[1]

Colombeia - Archivos del general Francisco de Miranda

Programa Memoria del Mundo de la Unesco

Francisco de Miranda en la Carraca
País Venezuela Venezuela
Datos generales
Tipo Memoria del Mundo
Criterios iv, v
Identificación 00639
Región Hispanoamérica
Inscripción 2007 (XXXI sesión)

El archivo tuvo su origen en las detalladas anotaciones que tomaba Miranda durante sus viajes alrededor del mundo. Consta de 63 volúmenes divididos en 3 secciones:

El archivo, que se creía perdido, fue localizado en 1926 en Cirencester, Inglaterra por el doctor Alberto Adriani, quien residía en Londres y realizó todos los trámites para que el gobierno de Venezuela lo adquiriera. El doctor Caracciolo Parra Pérez, quien fungía como Ministro de Relaciones Exteriores y era amigo y paisano de Adriani, acepta la propuesta y toma para sí la paternidad del descubrimiento, Adriani lo confesaría luego a un buen amigo a quien declaró sentirse bien servido con la patria a pesar de que su nombre no apareció en ningún lado. El Archivo Colombeia reposa en la actualidad en Caracas en el Archivo General de la Nación de Venezuela. Es importante mencionar que en el año 2007 la UNESCO incluyó esta colección en el proyecto Memoria del Mundo.

El Proyecto de Colombeia

Francisco de Miranda proyectó la creación de un nuevo gran estado que abarcaría desde el Río Misisipi hasta Cabo de Hornos extensión de la América colonizada por España. Este proyecto fue detallado en su obra Colombeia donde se constituía como un nuevo imperio de la siguiente forma.

 
A la izquierda, límites de la nación de "Colombia" según el Proyecto Constitucional de Francisco de Miranda en 1798.

Solo serían ciudadanos americanos:

  • Todas las personas nacidas en el país de padres y madres libres.
  • Todos los extranjeros que, establecidos y casados en el país, prestaran juramento de fidelidad al nuevo gobierno, o siendo solteros prestaran servicio en tres campañas de la independencia americana. De otro modo permanecerían bajo la clase de extranjeros y la legislatura dada la circunstancia podrían acordar sus derechos.

Comicios americanos

Miranda previó la participación ciudadana que tuvieran las cualidades requeridas en la constitución, además de propiedad territorial de la menos 100 fanegadas de tierra cultivada y que fueran mayores de 21 años. De igual forma el gobierno velaría en distribuir a cada indio que no tenga propiedad suficiente, 10 fanegadas si era casado y 5 de ser soltero.

Composición de los Cabildos o Cuerpos Municipales

Estaría conformado por un número de ciudadanos del distrito, quienes designaría a los ciudadanos activos y compondrían un cuerpo de electores para la representación de la provincia.

Sus deberes principales serían el resguardo de los ciudadanos por parte de un cuerpo policial y la administración de las ciudades, así como la designación de quienes conformarían las Asambleas Provinciales.

Los miembros de los Cabildos no podrían ser menores de 35 años y que tuvieran una renta anual no menor de 500 pesos.

Asambleas Provinciales

Las Asambleas Provinciales estarían compuestas por un número de personas escogidas por los ciudadanos activos del imperio Americano los cuales recibirían el título de Amautas y; debían ser no menores de 30 años y ser propietarios del al menos 30 fanegadas de tierra cultivadas.

Tendrían a su cargo la salubridad y administración de las provincias y estarían facultados para legislar al respecto de la administración que circunscribían siempre y cuando no contradijeran o trabaran leyes generales del imperio ya que tendrían que someterla al Cuerpo Legislativo, el cual tenía a no más de un año para devolverla para su ejecución o negarla dando razones explicativas.

Dentro de sus funciones también estaría el nombrar entre los ciudadanos americanos las personas que conformarían el Cuerpo Legislativo, y ante estos tendrían el derecho de petición. Adicionalmente nombrarían a dos ciudadanos que ejercerían el poder ejecutivo de la provincia por un periodo de cinco años bajo el título de Curacas, éstos no debían ser menores de 40 años ni poseer menos de 150 fanegadas de tierra cultivada.

Cuerpo Legislativo (Concilio Colombiano)

Dicho cuerpo estaría compuesto por los representantes oriundos de las provincias que nombrados por los Amautas en número proporcional a la población de cada provincia, Debían ser al menos 35 años de edad y más de 150 fanegadas de tierra. La Asamblea se denominaría como Concilio Colombiano y sería el único cuerpo que dictaré leyes para la federación americana. Estas leyes serían aprobadas por simple mayoría de votos para luego pasar a ser sometidas a sanción de poder Ejecutivo, quien tendría el derecho de rechazar el proyecto de ley bajo argumentos expuestos al Concilio. Si después de esto el Concilio volviera a aprobar la ley con más de dos tercios de los votos, el Poder Ejecutivo debería conformarse con esta decisión y poner en ejecución sin mayor demora.

El Concilio con dos tercios de la votación podía iniciar la modificación o reformar leyes de rango constitucional a lo cual el poder ejecutivo debía pasarla a las diferentes Asambleas Provinciales para que las aprobará las tres cuartas partes de la Asambleas para ser ejecutadas. De igual formas las Asambleas Provinciales podrían tomar la iniciativa para que el Concilio Colombiano las aprobase por mayoría de tres cuartas parte.

Poder Ejecutivo

El poder ejecutivo era nombrado por el concilio Colombiano y se componía de dos ciudadanos americanos que fueran mayores de 40 años; poseyeran un propiedad de 200 fanegadas y haya servido uno en por lo menos en dos altos cargos del imperio. Los miembros durarían en el cargo dos lustros y para su reelección sería preciso tener un intervalo de 10 años.

Los miembros del poder ejecutivo tendrán el título de Incas, nombre que sería venerable en el imperio. Uno de los incas permanecería constantemente en la ciudad federal cerca del Concilio Colombiano, mientras que el otro recorrería las provincias del imperio.

Los incas nombraran a dos Cuestores o administradores del tesoro público; dos para el cargo de Ediles, para la construcción y reparos de caminos del imperio y seis ciudadanos para el cargo de Censores para llevar censos en el imperio, vigilar la instrucción pública y cuidarían del preservación de la buenas costumbres.

La edad para los Ediles y Cuestores no debía ser menor de 40 años y de 45 no menos de 45 años. Sus cargos no serían más de 5 años haciendo nuevos nombramientos inmediatamente.

En las provincias y en los ejércitos se preveía la existencias de varios Cuestores, con la única atribución de percibir las restas públicas, pagar a los ejércitos. De igual manera se esperaba que en cada provincia hubiese Ediles que se encargaran del cuidado de los edificios públicos, templos, acueductos y de más obras públicas. A su vez los Censores tendrían subdelegados en cada provincia que reportaría al gobierno de censos cada cinco años.

Se preveía que en casos de extrema gravedad el Concilio podía nombrar un Dictador, de manera similar a la que se establecía en la Antigua República de Roma, por un tiempo no mayor a un año. La postulación de este dictador quedaba en manos de los incas.

Poder Judicial

Este poder estaba compuesto por los tribunales de las provincias, los cuales eran designados por comicios de cada provincia y su número sería asignado por conveniencia del Poder Ejecutivo, en acuerdos con las Asambleas Provinciales.

Los resultados de estos comicios debían ser ratificados por los incas y de ser rechazada por ellos llevada a consideración del Concilio, pudiendo llamar a nuevos comicios, de lo contrario el Juez quedaba legítimamente nombrado.

Los jueces deben ser ciudadanos activos no menores de 40 años y su cargo eran vitalicios.

Al igual que en los Estados Unidos los juicios se realizarían por medio de jurados y solo serían aplicables para los casos civiles y penales. Miranda consideraba que mientras el pueblo se acostumbraba a la libertad, era conveniente nombrar provisionalmente un jurado especializado.

Entre los jueces existentes, el Poder Ejecutivo designaría los miembros del máximo tribunal llamada Alta Corte Nacional.

Culto

La religión oficial dentro de este proyecto era la católica, apostólica y la jerarquía de la misma sería nombrada por las Asambleas Provinciales. Sin embargo el nuevo imperio buscaba también la libertad religiosa, impulsando leyes que garantizaran la libertad de prácticas religiosas.

Panamá como capital de Colombia

Miranda en su proyecto de Colombia tomando en cuenta de las dificultades comunicativas de este nuevo imperio, consideró ubicar la capital del mismo en el istmo de Panamá como punto equidistante del vasto territorio.

Bibliografía

De Miranda, Francisco (Agosto de 2006). Palabras esenciales. Caracas: Ministerio de Comunicación e Información. pp. 15-21. ISBN 8712006900507 |isbn= incorrecto (ayuda). lf. 

Miranda, Francisco de, y Josefina Rodríguez de Alonso, 1978. Colombeia. Caracas: Ediciones de la Presidencia de la República. ISBN 978-84-499-5163-3

Miranda, Francisco de, y Vicente Dávila. 1929. Archivo del general Miranda. Caracas: Editorial Sur-América, y La Habana: Editorial Lex.

Noguera Mora, Neftalí. 1966. Adriani o la Venezuela refomadora. Fundación Alberto Adriani, Copyright 1994.

Referencias

  1. Cfr. Juan Carlos Chirinos, Francisco de Miranda, el nómada sentimental, Caracas, Norma, 2006, p.23. ISBN 978-9806-77-9186

Enlaces externos

  • Colombeia - Versión digital
  • El Archivo de Francisco de Miranda
  •   Datos: Q5777607

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Articulo principal Anexo Patrimonio de la Humanidad en Venezuela Colombeia es el nombre del extenso archivo del venezolano Francisco de Miranda procer de la Independencia Hispanoamericana El nombre proviene de Colombia pues tras dar el nombre de continente colombiano a lo que hoy conocemos como Hispanoamerica Miranda creo el derivado griego Colombeia es decir papeles documentos relativos a Colombia Para este nombre se inspiro en el poema de la exesclava estadounidense Phillis Wheatley quien habia acunado el termino Columbia en His Excellency General Washington composicion en honor al heroe de la independencia de Estados Unidos 1 Colombeia Archivos del general Francisco de MirandaPrograma Memoria del Mundo de la UnescoFrancisco de Miranda en la CarracaPaisVenezuela VenezuelaDatos generalesTipoMemoria del MundoCriteriosiv vIdentificacion00639RegionHispanoamericaInscripcion2007 XXXI sesion editar datos en Wikidata Este articulo trata sobre El extenso archivo de Francisco de Miranda Para otros usos de este termino vease Colombeia desambiguacion El archivo tuvo su origen en las detalladas anotaciones que tomaba Miranda durante sus viajes alrededor del mundo Consta de 63 volumenes divididos en 3 secciones Viajes En esta seccion Miranda describe sus travesias por Europa el Norte de Africa Turquia y America desde su vida diaria hasta las relaciones que mantiene con los grandes figuras de la epoca Washington Catalina II la Grande Napoleon Bonaparte Bolivar etc En el Miranda es el espectador de la Europa ilustrada en visperas de la revolucion Revolucion francesa Contiene sus vivencias en la Francia revolucionaria su vida como general de la revolucion y sus campanas en los Paises Bajos asi como las persecuciones y encarcelamientos que sufre bajo el reinado del Terror de Robespierre y su expulsion definitiva del pais en 1801 decretada por Bonaparte Negociaciones Trata sobre sus negociaciones con los gobiernos de Inglaterra Francia y Estados Unidos de America donde busca el apoyo de dichos paises para la Revolucion Hispanoamericana asi como sus expediciones a las costas venezolanas de 1805 1807 El archivo que se creia perdido fue localizado en 1926 en Cirencester Inglaterra por el doctor Alberto Adriani quien residia en Londres y realizo todos los tramites para que el gobierno de Venezuela lo adquiriera El doctor Caracciolo Parra Perez quien fungia como Ministro de Relaciones Exteriores y era amigo y paisano de Adriani acepta la propuesta y toma para si la paternidad del descubrimiento Adriani lo confesaria luego a un buen amigo a quien declaro sentirse bien servido con la patria a pesar de que su nombre no aparecio en ningun lado El Archivo Colombeia reposa en la actualidad en Caracas en el Archivo General de la Nacion de Venezuela Es importante mencionar que en el ano 2007 la UNESCO incluyo esta coleccion en el proyecto Memoria del Mundo Indice 1 El Proyecto de Colombeia 1 1 Comicios americanos 1 2 Composicion de los Cabildos o Cuerpos Municipales 1 3 Asambleas Provinciales 1 4 Cuerpo Legislativo Concilio Colombiano 1 5 Poder Ejecutivo 1 6 Poder Judicial 1 7 Culto 1 8 Panama como capital de Colombia 2 Bibliografia 3 Referencias 4 Enlaces externosEl Proyecto de Colombeia EditarFrancisco de Miranda proyecto la creacion de un nuevo gran estado que abarcaria desde el Rio Misisipi hasta Cabo de Hornos extension de la America colonizada por Espana Este proyecto fue detallado en su obra Colombeia donde se constituia como un nuevo imperio de la siguiente forma A la izquierda limites de la nacion de Colombia segun el Proyecto Constitucional de Francisco de Miranda en 1798 Solo serian ciudadanos americanos Todas las personas nacidas en el pais de padres y madres libres Todos los extranjeros que establecidos y casados en el pais prestaran juramento de fidelidad al nuevo gobierno o siendo solteros prestaran servicio en tres campanas de la independencia americana De otro modo permanecerian bajo la clase de extranjeros y la legislatura dada la circunstancia podrian acordar sus derechos Comicios americanos Editar Miranda previo la participacion ciudadana que tuvieran las cualidades requeridas en la constitucion ademas de propiedad territorial de la menos 100 fanegadas de tierra cultivada y que fueran mayores de 21 anos De igual forma el gobierno velaria en distribuir a cada indio que no tenga propiedad suficiente 10 fanegadas si era casado y 5 de ser soltero Composicion de los Cabildos o Cuerpos Municipales Editar Estaria conformado por un numero de ciudadanos del distrito quienes designaria a los ciudadanos activos y compondrian un cuerpo de electores para la representacion de la provincia Sus deberes principales serian el resguardo de los ciudadanos por parte de un cuerpo policial y la administracion de las ciudades asi como la designacion de quienes conformarian las Asambleas Provinciales Los miembros de los Cabildos no podrian ser menores de 35 anos y que tuvieran una renta anual no menor de 500 pesos Asambleas Provinciales Editar Las Asambleas Provinciales estarian compuestas por un numero de personas escogidas por los ciudadanos activos del imperio Americano los cuales recibirian el titulo de Amautas y debian ser no menores de 30 anos y ser propietarios del al menos 30 fanegadas de tierra cultivadas Tendrian a su cargo la salubridad y administracion de las provincias y estarian facultados para legislar al respecto de la administracion que circunscribian siempre y cuando no contradijeran o trabaran leyes generales del imperio ya que tendrian que someterla al Cuerpo Legislativo el cual tenia a no mas de un ano para devolverla para su ejecucion o negarla dando razones explicativas Dentro de sus funciones tambien estaria el nombrar entre los ciudadanos americanos las personas que conformarian el Cuerpo Legislativo y ante estos tendrian el derecho de peticion Adicionalmente nombrarian a dos ciudadanos que ejercerian el poder ejecutivo de la provincia por un periodo de cinco anos bajo el titulo de Curacas estos no debian ser menores de 40 anos ni poseer menos de 150 fanegadas de tierra cultivada Cuerpo Legislativo Concilio Colombiano Editar Dicho cuerpo estaria compuesto por los representantes oriundos de las provincias que nombrados por los Amautas en numero proporcional a la poblacion de cada provincia Debian ser al menos 35 anos de edad y mas de 150 fanegadas de tierra La Asamblea se denominaria como Concilio Colombiano y seria el unico cuerpo que dictare leyes para la federacion americana Estas leyes serian aprobadas por simple mayoria de votos para luego pasar a ser sometidas a sancion de poder Ejecutivo quien tendria el derecho de rechazar el proyecto de ley bajo argumentos expuestos al Concilio Si despues de esto el Concilio volviera a aprobar la ley con mas de dos tercios de los votos el Poder Ejecutivo deberia conformarse con esta decision y poner en ejecucion sin mayor demora El Concilio con dos tercios de la votacion podia iniciar la modificacion o reformar leyes de rango constitucional a lo cual el poder ejecutivo debia pasarla a las diferentes Asambleas Provinciales para que las aprobara las tres cuartas partes de la Asambleas para ser ejecutadas De igual formas las Asambleas Provinciales podrian tomar la iniciativa para que el Concilio Colombiano las aprobase por mayoria de tres cuartas parte Poder Ejecutivo Editar El poder ejecutivo era nombrado por el concilio Colombiano y se componia de dos ciudadanos americanos que fueran mayores de 40 anos poseyeran un propiedad de 200 fanegadas y haya servido uno en por lo menos en dos altos cargos del imperio Los miembros durarian en el cargo dos lustros y para su reeleccion seria preciso tener un intervalo de 10 anos Los miembros del poder ejecutivo tendran el titulo de Incas nombre que seria venerable en el imperio Uno de los incas permaneceria constantemente en la ciudad federal cerca del Concilio Colombiano mientras que el otro recorreria las provincias del imperio Los incas nombraran a dos Cuestores o administradores del tesoro publico dos para el cargo de Ediles para la construccion y reparos de caminos del imperio y seis ciudadanos para el cargo de Censores para llevar censos en el imperio vigilar la instruccion publica y cuidarian del preservacion de la buenas costumbres La edad para los Ediles y Cuestores no debia ser menor de 40 anos y de 45 no menos de 45 anos Sus cargos no serian mas de 5 anos haciendo nuevos nombramientos inmediatamente En las provincias y en los ejercitos se preveia la existencias de varios Cuestores con la unica atribucion de percibir las restas publicas pagar a los ejercitos De igual manera se esperaba que en cada provincia hubiese Ediles que se encargaran del cuidado de los edificios publicos templos acueductos y de mas obras publicas A su vez los Censores tendrian subdelegados en cada provincia que reportaria al gobierno de censos cada cinco anos Se preveia que en casos de extrema gravedad el Concilio podia nombrar un Dictador de manera similar a la que se establecia en la Antigua Republica de Roma por un tiempo no mayor a un ano La postulacion de este dictador quedaba en manos de los incas Poder Judicial Editar Este poder estaba compuesto por los tribunales de las provincias los cuales eran designados por comicios de cada provincia y su numero seria asignado por conveniencia del Poder Ejecutivo en acuerdos con las Asambleas Provinciales Los resultados de estos comicios debian ser ratificados por los incas y de ser rechazada por ellos llevada a consideracion del Concilio pudiendo llamar a nuevos comicios de lo contrario el Juez quedaba legitimamente nombrado Los jueces deben ser ciudadanos activos no menores de 40 anos y su cargo eran vitalicios Al igual que en los Estados Unidos los juicios se realizarian por medio de jurados y solo serian aplicables para los casos civiles y penales Miranda consideraba que mientras el pueblo se acostumbraba a la libertad era conveniente nombrar provisionalmente un jurado especializado Entre los jueces existentes el Poder Ejecutivo designaria los miembros del maximo tribunal llamada Alta Corte Nacional Culto Editar La religion oficial dentro de este proyecto era la catolica apostolica y la jerarquia de la misma seria nombrada por las Asambleas Provinciales Sin embargo el nuevo imperio buscaba tambien la libertad religiosa impulsando leyes que garantizaran la libertad de practicas religiosas Panama como capital de Colombia Editar Miranda en su proyecto de Colombia tomando en cuenta de las dificultades comunicativas de este nuevo imperio considero ubicar la capital del mismo en el istmo de Panama como punto equidistante del vasto territorio Bibliografia EditarDe Miranda Francisco Agosto de 2006 Palabras esenciales Caracas Ministerio de Comunicacion e Informacion pp 15 21 ISBN 8712006900507 isbn incorrecto ayuda lf Miranda Francisco de y Josefina Rodriguez de Alonso 1978 Colombeia Caracas Ediciones de la Presidencia de la Republica ISBN 978 84 499 5163 3Miranda Francisco de y Vicente Davila 1929 Archivo del general Miranda Caracas Editorial Sur America y La Habana Editorial Lex Noguera Mora Neftali 1966 Adriani o la Venezuela refomadora Fundacion Alberto Adriani Copyright 1994 Referencias Editar Cfr Juan Carlos Chirinos Francisco de Miranda el nomada sentimental Caracas Norma 2006 p 23 ISBN 978 9806 77 9186Enlaces externos EditarColombeia Version digital El Archivo de Francisco de Miranda Datos Q5777607 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Colombeia amp oldid 144479374, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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