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Canon por copia privada (España)

El canon por copia privada o canon digital era una tasa aplicada a diversos medios de grabación y cuya recaudación reciben los autores, editores, productores y artistas, asociados a alguna entidad privada de gestión de derechos de autor, en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos en el ámbito privado.

Dicha tasa se incorporó por primera vez en la legislación española en la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, que introdujo el derecho a realizar copias privadas.[1]​ En el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual española (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, durante el último gobierno en funciones de Felipe González),[2]​ regula la pretensión compensatoria resultante de una afectación del derecho patrimonial de autores, editores, artistas, productores audiovisuales y fonográficos, cuando el comprador realiza copias para uso privado. La Ley obliga a ejercitar el cobro a través de las entidades de gestión colectiva (SGAE, AIE y AGEDI). Por ello se le denomina un "derecho de remuneración de gestión colectiva forzosa".

El 14 de enero de 2002, el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona resolvió un proceso judicial a favor de la SGAE en la que estimó íntegramente que la compañía de fabricación de CD y DVD TRAXDATA debería abonar en concepto de compensación por derechos de autor la cantidad atrasada hasta ese momento y que consistía en 37 pesetas (0,22 €) por los soportes de 74 minutos y en 40 pesetas (0,24€) por los de 80 minutos. De este modo, el canon de compensación a partir de ese mismo momento pasaría a aplicarse de cintas de casete a CD también.

El canon por copia privada se cobra en España a los fabricantes e importadores de los equipos, aparatos y materiales que sirven para la duplicación de obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual y disposiciones conexas, ya sean literarias, musicales o audiovisuales. No obstante, la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) indica que la Ley de Propiedad Intelectual considera responsables solidarios del pago de la remuneración a los distribuidores, mayoristas y minoristas sucesivos adquirentes, si en la factura de sus proveedores no aparece desglosado el importe de la remuneración.

Según las cifras que publica la propia SGAE, entre los años 2003 y 2005 la suma recaudada por dicha sociedad ha crecido casi un 12% y se sitúa en 300 millones de Euros, lo cual se debe a la ampliación del canon digital a los CD y DVD tras un acuerdo de las entidades de gestión con la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC) en julio de 2003.

El 18 de diciembre de 2007, durante la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero,[3]​ se empezó a aplicar un canon a las grabadoras de CD+DVD de 6,61 a 3,40 euros, a los MP3 y MP4 de 3,15 euros por cada uno de estos aparatos, igual que a los teléfonos móviles o una PDA capaz de almacenar o reproducir música, por los que se abonaran 1,5 euros más como resultado de un nuevo acuerdo entre las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual (con la SGAE al frente) y ASIMELEC. Esto provocó una gran polémica al resultar evidente que estos soportes se usan con frecuencia para otros fines ajenos a la copia privada, y porque dicho acuerdo se negoció sin la participación ni presencia de consumidores y autoridades. Los defensores del acuerdo señalan que, al tratarse de un acuerdo entre particulares, no es precisa la consulta a terceros ajenos al objeto del mismo y que, dado que al día de hoy la tecnología no permite tasar estrictamente la copia privada, por ser imposible la determinación del título y el número de copias realizadas, la única solución posible consiste en la adopción de una compensación generalizada e indiscriminada.

Cuantía del canon

La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada en diciembre de 2007 introdujo unas nuevas tarifas,[4]​ fijadas por Orden Ministerial[5]​ del 18 de junio de 2008 que entró en vigor el 20 de junio de 2008 y quedan de la siguiente forma:

Importe del canon por unidad
Grupo I: Equipos de grabación
Categoría Cuantía
Grabadora CD 0,60 €
Grabadora CD/DVD 3,40 €
Grabadora DVD de sobremesa 3,40 €
Discos duros no excluidos 12,00 €
Grabadora de TV sobre disco duro 12,00 €
MP3 3,15 €
MP4 3,15 €
Teléfono móvil con MP3 1,10 €
Grupo II: Soportes de grabación
Categoría Cuantía
Soporte CD-R 0,17 €
Soporte CD-RW 0,22 €
Soporte DVD-R 0,44 €
Soporte DVD-RW 0,60 €
Memoria USB/Flash 0,30 €
Grupo III: Equipos multifunción y copiadoras
Categoría Cuantía
Multifunción de inyección de tinta 7,95 €
Multifunción láser 10,00 €
Escáner 9,00 €
Copiadoras hasta 9 ppm 13,00 €
Copiadoras de 10 a 29 ppm 127,70 €
Copiadoras de 30 a 49 ppm 169,00 €
Copiadoras de 50 a 69 ppm 197,00 €
Copiadoras de 70 o más ppm 227,00 €

* Nota 1: Se consideran discos duros excluidos solo aquellos que se utilicen en el arranque de los equipos.
** Nota 2: Al importe final hay que añadirle el IVA.

En lo referente a los equipos multifunción, en ambos formatos de impresión, se verán afectados por esta tasa solo si pueden efectuar dos de las siguientes funciones: copia, impresión, fax o escáner. Los importes expresados para ellos solo son de aplicación si el equipo tiene un peso inferior a 17 kg; en caso contrario se les aplica la tasa que corresponda a su velocidad de impresión.

La orden ministerial fija el reparto porcentual de los importes cobrados:

Reparto del canon
Equipos afectados Por reproducción
de libros
Por reproducción
de fonogramas
Por reproducción
de videogramas
Equipos multifuncionales, escáneres y
equipos de copia
100 %
Grabadoras de discos compactos específicos y/o mixtos 1,1 % 79,14 % 19,76 %
Grabadora de discos versátiles mixtos o
de discos compactos y de discos versátiles
1,1 % 69,82 % 29,08 %
Grabadoras de discos versátiles de sobremesa
destinadas a conectarse a un receptor de señal
de televisión
100 %
Discos compactos regrabables o no 1,1 % 79,14 % 19,76 %
Discos versátiles regrabables o no 1,1 % 7,7 % 91,2 %
Memorias USB y otras tarjetas de memoria
no integradas en otros dispositivos
1,1 % 90,99 % 7,91 %
Grabadores de televisión sobre disco duro 100 %
Resto de discos duros 7,79 % 92,21 %
Reproductores de audio en formato comprimido y
teléfonos móviles con funcionalidad de reproducción
audio en formato comprimido
100%
Reproductores de audio y vídeo en formato comprimido 7,79 % 92,21 %

* Nota: Cuando se habla de libros se hace referencia, como indica la Orden Ministerial, a libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros.

También se especifican en la misma los límites mínimo y máximo que ingresarán las gestoras de derechos de autor:

Límites del canon digital
Modalidad de reproducción Límite mínimo Límite máximo
Obras divulgadas en forma de libros y
publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros
34.800.000 € 37.200.000 €
Fonogramas u otros soportes sonoros y
de reproducción visual o audiovisual
75.400.000 € 80.600.000 €

Anualmente se revisaran las tasas aplicadas, de forma que los importes ingresados por las gestoras de derechos de autor estén dentro de esos límites para cada una de las modalidades.

Defensores del canon

Históricamente, el canon compensatorio por copia privada fue propuesto por los fabricantes de aparatos electrónicos capaces de grabar contenidos protegidos para posibilitar la comercialización de estos aparatos. La introducción del formato casete hizo que la grabación de contenidos por particulares carentes de legitimidad para ello y contraria a la Ley de Propiedad Intelectual se convirtiera en algo al alcance de cualquiera. Los primeros magnetófonos de este tipo se comercializaron con esta funcionalidad limitada. Los fabricantes propusieron a autores, creadores y productores afectados que aceptaran la modificación de la ley que les concede la exclusiva de la fabricación de copias de sus obras, y a cambio les compensarían con una cantidad global pactada que se dividiría entre los aparatos y soportes vendidos. Se introdujo así el pago de una pequeña suma por cada aparato o soporte capaz de realizar copias, lo que permitió su comercialización e hizo posible su uso por personas sin capacidad legal para copiar las obras. Nació así la excepción de copia privada, una modificación de la Ley de Propiedad Intelectual que autoriza al usuario a hacer copias para su uso personal de material protegido al que haya tenido acceso legítimo. Con posterioridad, la norma se aplicó a los grabadores de vídeo y sus cintas.

La llegada de los soportes digitales y la popularización de formatos de grabación de audio y vídeo por estos sistemas, provocó un nuevo conflicto entre la industria de la electrónica de consumo y los productores y creadores de contenidos. En un primer momento se diferencia entre discos compactos destinados al uso informático y los destinados a hacer copias de material protegido. Estos últimos resultaban más caros, al soportar un canon compensatorio, por lo que el público se inclinó por utilizar los más baratos para hacer sus copias privadas. El fracaso de este intento llevó a la aplicación de un canon generalizado que se extendió, a otros aparatos y soportes digitales a medida que se fueron introduciendo en el mercado.

Según han declarado los defensores del canon, y como puede deducirse de su historia y su formulación, este compensa de alguna manera a los legítimos propietarios de las obras duplicadas por los particulares. Adicionalmente, se estima que permite la protección de la industria cultural y, al mantener los niveles de actividad económica asociados a la fabricación de copias, fomenta la aparición de nuevos talentos[cita requerida]. Algunos han propuesto su extensión a las líneas ADSL, routers/antenas WiFi, etcétera, para compensar la distribución no autorizada de material protegido que se realiza a través de sistemas P2P. Sin embargo, ninguna asociación de gestión de derechos o colectivo de creadores o propietarios de obras protegidas acepta esta solución al problema de la difusión incontrolada por Internet, proponiendo en su lugar la prohibición de la misma y el desarrollo de sistemas de descarga reglados y legales que les compensen adecuadamente.

Objeciones al canon

Buena cantidad de españoles está en contra del canon digital, lo que se muestra con iniciativas tales como la recolección de 3 millones de firmas en contra.[6][7]​ Además, los consumidores han iniciado distintas campañas en contra, sobre todo en Internet. En http://www.todoscontraelcanon.es. Estos consideran que el canon es arbitrario, al no llevar el control de qué obras musicales son realmente utilizadas al repartir el dinero entre los autores y propietarios de las obras. Según los estatutos de la SGAE, el reparto se realiza de forma proporcional a la «importancia» del autor. Otras entidades de gestión adoptan criterios diferentes (difusión, audiencia, etc.).

Obviamente, canon se cobra también a quien usa cintas, CD o DVD para grabar su propia música, datos personales o material que no pertenezca a socios de la SGAE u otras entidades de gestión, por lo que muchos usuarios han tildado a dicha compañía como ladrones. El acuerdo original que introdujo la excepción de copia privada y el canon compensatorio contemplaba que, al ser imposible concretar el uso dado a los aparatos y soportes comercializados, se gravarían todos en función de su capacidad de almacenamiento y copiado.

Los detractores del canon insisten con frecuencia en que este vulnera la presunción de inocencia, garantizada en la Constitución Española, ya que presume que toda persona que adquiera un soporte grabable virgen, lo utilizará para copiar material registrado.Dado que el canon ampara una actividad perfectamente legal, la realización de copias para uso personal, dicha objeción carece de sentido jurídico o lógico, pese a lo cual se repite insistentemente y se mantiene en el tiempo y algunas asociaciones han intentado hacerla valer ante los tribunales sin éxito..

Según la legislación vigente, es posible definir excepciones al cobro del canon para algunos usos determinados o ciertas usuarios (administración, personas jurídicas, asociaciones), aunque en la actualidad parece que nunca se ha aplicado.

Los detractores del canon cuestionan con frecuencia las estimaciones del impacto de la copia privada y el lucro cesante que realizan los propietarios de las obras. Si la SGAE aplicase en sus estimaciones la relación de sustitución (1 copia = 1 venta), se podría considerar pacíficamente que las valoraciones de dicho organismo referentes a la minoración de ingresos derivadas de la copia privada están, en enorme medida, sobrevaloradas y condicionadas por el interés de maximizar el canon. Si la SGAE corrige dichas cifras considerando que 1 copia < 1 venta, debería reconocerse que no se está planteando correctamente el tema en sus declaraciones públicas. Dado que la SGAE en ningún caso ha aplicado dicha correlación y que se limita a exigir el pago de la compensación ofrecida por la industria electrónica y recogida en el ordenamiento legal vigente, cualquier especulación sobre la relación entre número de copias y de originales vendidos es ajena al asunto.

Actualmente, el cobro de este impuesto se encuentra recurrido por vía penal por varias asociaciones, tanto de internautas como de usuarios en general, que interpretan que vulnera el derecho[8]​ a la presunción de inocencia. Así mismo, se ha recurrido por vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional.[9]

El Reino Unido, Irlanda, Luxemburgo, Chipre y Malta no autorizan la realización de copias privadas y, en consecuencia, son los únicos países europeos en los que no se cobra canon compensatorio. En Reino Unido, por ejemplo, la realización de copias para uso personal puede incluso dar lugar a persecución por vía penal.

El canon se aplica también en países fuera de la esfera europea, como en Australia, Canadá, y en general, en los asociados a la WIPO. En EUA, pese a que no existe la excepción de copia privada, la grabación de música para uso personal está autorizada, pero los soportes y aparatos destinados a ello están gravados por una tasa compensatoria del 3%. En otros países, el estado compensa directamente a los propietarios del material protegido por la copia privada de sus obras. En Noruega, en 2010, el estado destinó a este fin 49 millones de euros . Aplicando criterios de proporcionalidad, considerando que este país tiene una población de 4,9 millones de habitantes. el Estado español pagaría alrededor de 490 millones de canon compensatorio, cinco veces más de la recaudación que genera el modelo actualmente en vigor en España. Para valorar dicha cantidar adecuadamente, conviene señalar que la industria electrónica que se opone al canon facturó en España en 2010 47.700 millones de euros, de los cuales 9.700 se generaron con los aparatos de uso doméstico.

En general, se trata de una ley impopular, interpretada por los usuarios como un intento "injusto" de compensar a las compañías discográficas del perjuicio que les supone la obtención gratuita de obras artísticas sin la obtención del lucro que legalmente les corresponde. Esta percepción ha sido promovida mediante campañas sufragadas por una parte de la industria informática española, que se concreta en la financiación de iniciativas como la plataforma Todos contra el canon. Esta actitud contrasta con la adoptada en otros países europeos con la misma legislación, en los que las mismas empresas la han acatado sin criticarla ni promover iniciativa alguna en su contra [cita requerida].

Algunos opinan que el canon en España es uno de los más altos de Europa.[10]

En Bélgica, el canon compensatorio grava las grabadoras de audio o de video de cualquier tipo con un 3% del precio cobrado por los fabricantes y mayoristas más un 3% del precio pagado por minoristas por las copias, con 0'10 euros por hora de capacidad las cintas audio analógicas, 0'23 por hora los soportes digitales de audio, 0'10 euros por hora de capacidad por las cintas video analógicas y 0'1239 euros/hora por los soportes digitales. Los CD pagan 0'12 euros y los DVD 0'59 euros, a los que se añade en todo caso el impuesto de valor añadido. [2].

En Suecia, en 2007, un DVD pagaba 5,25 coronas de canon (unos 60 céntimos de euro), un disco duro de 80 gigas, 200 coronas (unos 22'42 euros), los discos de capacidad superior a 250 gigas pagan 39,24 euros. upload/pdf/rapport om pke.pdf (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última)..

En Suiza se paga un canon de 0'36 Francos Suizos (0'28 euros) por DVD, 1 Franco (0'77 €) por DVD regrabable, 0'30 € por cada giga en discos de alta capacidad (blu ray), 0'80 CHF (0'62 €) por giga en los dispositivos musicales tipo iPod, y 0'07€ por giga para los grabadores audiovisuales hasta 250 gigas. También 25 CHF (19'40 €), más 0'08 CHF (0'06 €) por giga, para los discos superiores a 250 gigas.

En Finlandia se pagan 0,50 € por cada minuto de capacidad de una cinta analógica de audio, 0,76 € por minuto de cinta de video analógica. Los CD y soportes ópticos pagan 20 céntimos de euros por si tienen menos de 1 giga de capacidad, 60 céntimos por cada uno que tenga entre 1 y 10 gigas, y 1,20 € por cada disco de más de 10 y menos de 25 gigas y 1,80 si excede esa capacidad. Los soportes digitales de memoria -pen, Ipod- de hasta 512 megas pagan 4 euros, 7 si sobrepasan esa capacidad y no llegan a 1 giga, 10 si están entre 1 y 20 gigas, 12 euros si pasan de los 20 gigas y no exceden los 50, 15 euros si están entre 50 y 150 gigas, 18 euros entre 150 y 250 gigas y 21 si superan los 250 gigas.

Otra de las objeciones dadas por los consumidores es la aplicación del IVA sobre el canon,[11]​ es decir, aplican un impuesto que sólo se puede aplicar a servicios o bienes, mientras que en el caso del canon se hace caso omiso de la ley 37/1992, del IVA, artículo 4.

El 21 de octubre de 2010, el tribunal de la Unión Europea declara legal y conforme al derecho europeo la adaptación al derecho español de la directiva europea y el canon compensatorio, pero cuestiona su aplicación indiscriminada en el caso de empresas y profesionales, aclarando que el problema surge siempre y cuando los aparatos adquiridos por estos sean destinados a fines distintos al de la copia privada.[12]​ El tribunal estima que en el caso de los particulares que adquieren aparatos y soportes susceptibles de realizar copias protegidas, no es necesario probar que se destinaran a ese fin para aceptar como legal la aplicación del canon.

El 30 de noviembre de 2010 otra sentencia del TJUE[13]​ cuestiona nuevamente la validez del modelo aplicado en España para el cobro de la compensación por copia privada, al archivar una causa prejudicial planteada por Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife.

A pesar de ello las sociedades de gestión, entre ellas la SGAE, rechazan devolver el dinero del canon argumentando que la sentencia no tiene carácter retroactivo.[14]

Anulación del canon

El 24 de marzo de 2011, la Audiencia Nacional anuló la orden que regula las tarifas aplicables a los diversos aparatos y soportes grabados con el canon digital. El motivo es que por ser un reglamento este necesitaba unos trámites relacionados con memorias justificativas y económicas que no se realizaron.[15][16][17]

El 12 de julio de 2011 el Congreso de los Diputados vota favorablemente una proposición no de ley que insta al Gobierno a la supresión de dicho canon y a su sustitución por otra fórmula de compensación a autores y propietarios de contenidos que se ajuste más a las copias y usos realmente efectuados.[18]

El 31 de diciembre de 2011 el canon fue definitivamente derogado por el recién constituido nuevo Congreso de los Diputados, siendo reemplazado por un nuevo pago esta vez a cargo del Estado cuyo procedimiento está por desarrollar.[19]

Véase también

Referencias

  1. . Archivado desde el original el 29 de diciembre de 2009. Consultado el 29 de diciembre de 2008. 
  2. . Archivado desde el original el 5 de julio de 2008. Consultado el 3 de mayo de 2006. 
  3. El Gobierno fija un canon digital de 3,15 euros para MP3 y MP4 y de 1,5 para los móviles con reproductor, 18 de diciembre de 2007,--~~~~
  4. Orden que establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada
  5. . Publico.es. EFE. 12 de febrero de 2010. Archivado desde el original el 15 de febrero de 2010. Consultado el 11 de mayo de 2010. 
  6. «Contra el canon digital, tres millones de firmas y esquelas en los periódicos». El País. 12 de febrero de 2010. Consultado el 11 de mayo de 2010. 
  7. Constitución Española de 1978, Capítulo II, Artículo 24.2
  8. La Asociación de Internautas recurre el canon digital ante la Audiencia Nacional
  9. La Vanguardia, 23 de abril de 2007
  10. ¿Por qué nos aplican el IVA al canon?
  11. . Archivado desde el original el 26 de octubre de 2010. Consultado el 21 de octubre de 2010. 
  12. . Archivado desde el original el 24 de abril de 2014. Consultado el 16 de enero de 2011. 
  13. Las sociedades de gestión rechazan devolver dinero por el canon
  14. «La Audiencia Nacional anula la orden que regula el canon digital». Consultado el 24 de marzo de 2011. 
  15. «El canon digital, anulado: "Cultura e Industria tienen que mover ficha"». Consultado el 24 de marzo de 2011. 
  16. «/// (avance)la audiencia nacional anula el canon digital». Consultado el 24 de marzo de 2011. 
  17. El Congreso vota a favor de la supresión del canon digital
  18. BOE nº315, 31 de diciembre de 2011

Enlaces externos

  • Todos contra el canon Plataforma en contra del canon digital.
  • Sitio oficial de Ministerio de la Cultura - Página de preguntas frecuentes sobre la copia privada
  •   Datos: Q5747595

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audiovisuales y fonograficos cuando el comprador realiza copias para uso privado La Ley obliga a ejercitar el cobro a traves de las entidades de gestion colectiva SGAE AIE y AGEDI Por ello se le denomina un derecho de remuneracion de gestion colectiva forzosa El 14 de enero de 2002 el Juzgado de Primera Instancia numero 22 de Barcelona resolvio un proceso judicial a favor de la SGAE en la que estimo integramente que la compania de fabricacion de CD y DVD TRAXDATA deberia abonar en concepto de compensacion por derechos de autor la cantidad atrasada hasta ese momento y que consistia en 37 pesetas 0 22 por los soportes de 74 minutos y en 40 pesetas 0 24 por los de 80 minutos De este modo el canon de compensacion a partir de ese mismo momento pasaria a aplicarse de cintas de casete a CD tambien El canon por copia privada se cobra en Espana a los fabricantes e importadores de los equipos aparatos y materiales que sirven para la duplicacion de obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual y disposiciones conexas ya sean literarias musicales o audiovisuales No obstante la Sociedad General de Autores y Editores SGAE indica que la Ley de Propiedad Intelectual considera responsables solidarios del pago de la remuneracion a los distribuidores mayoristas y minoristas sucesivos adquirentes si en la factura de sus proveedores no aparece desglosado el importe de la remuneracion Segun las cifras que publica la propia SGAE entre los anos 2003 y 2005 la suma recaudada por dicha sociedad ha crecido casi un 12 y se situa en 300 millones de Euros lo cual se debe a la ampliacion del canon digital a los CD y DVD tras un acuerdo de las entidades de gestion con la Asociacion Multisectorial de Empresas Espanolas de Electronica y Comunicaciones ASIMELEC en julio de 2003 El 18 de diciembre de 2007 durante la segunda legislatura de Jose Luis Rodriguez Zapatero 3 se empezo a aplicar un canon a las grabadoras de CD DVD de 6 61 a 3 40 euros a los MP3 y MP4 de 3 15 euros por cada uno de estos aparatos igual que a los telefonos moviles o una PDA capaz de almacenar o reproducir musica por los que se abonaran 1 5 euros mas como resultado de un nuevo acuerdo entre las entidades de gestion de derechos de propiedad intelectual con la SGAE al frente y ASIMELEC Esto provoco una gran polemica al resultar evidente que estos soportes se usan con frecuencia para otros fines ajenos a la copia privada y porque dicho acuerdo se negocio sin la participacion ni presencia de consumidores y autoridades Los defensores del acuerdo senalan que al tratarse de un acuerdo entre particulares no es precisa la consulta a terceros ajenos al objeto del mismo y que dado que al dia de hoy la tecnologia no permite tasar estrictamente la copia privada por ser imposible la determinacion del titulo y el numero de copias realizadas la unica solucion posible consiste en la adopcion de una compensacion generalizada e indiscriminada Indice 1 Cuantia del canon 2 Defensores del canon 3 Objeciones al canon 4 Anulacion del canon 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externosCuantia del canon EditarLa reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada en diciembre de 2007 introdujo unas nuevas tarifas 4 fijadas por Orden Ministerial 5 del 18 de junio de 2008 que entro en vigor el 20 de junio de 2008 y quedan de la siguiente forma Importe del canon por unidadGrupo I Equipos de grabacionCategoria CuantiaGrabadora CD 0 60 Grabadora CD DVD 3 40 Grabadora DVD de sobremesa 3 40 Discos duros no excluidos 12 00 Grabadora de TV sobre disco duro 12 00 MP3 3 15 MP4 3 15 Telefono movil con MP3 1 10 Grupo II Soportes de grabacionCategoria CuantiaSoporte CD R 0 17 Soporte CD RW 0 22 Soporte DVD R 0 44 Soporte DVD RW 0 60 Memoria USB Flash 0 30 Grupo III Equipos multifuncion y copiadorasCategoria CuantiaMultifuncion de inyeccion de tinta 7 95 Multifuncion laser 10 00 Escaner 9 00 Copiadoras hasta 9 ppm 13 00 Copiadoras de 10 a 29 ppm 127 70 Copiadoras de 30 a 49 ppm 169 00 Copiadoras de 50 a 69 ppm 197 00 Copiadoras de 70 o mas ppm 227 00 Nota 1 Se consideran discos duros excluidos solo aquellos que se utilicen en el arranque de los equipos Nota 2 Al importe final hay que anadirle el IVA En lo referente a los equipos multifuncion en ambos formatos de impresion se veran afectados por esta tasa solo si pueden efectuar dos de las siguientes funciones copia impresion fax o escaner Los importes expresados para ellos solo son de aplicacion si el equipo tiene un peso inferior a 17 kg en caso contrario se les aplica la tasa que corresponda a su velocidad de impresion La orden ministerial fija el reparto porcentual de los importes cobrados Reparto del canonEquipos afectados Por reproduccionde libros Por reproduccionde fonogramas Por reproduccionde videogramasEquipos multifuncionales escaneres yequipos de copia 100 Grabadoras de discos compactos especificos y o mixtos 1 1 79 14 19 76 Grabadora de discos versatiles mixtos ode discos compactos y de discos versatiles 1 1 69 82 29 08 Grabadoras de discos versatiles de sobremesadestinadas a conectarse a un receptor de senalde television 100 Discos compactos regrabables o no 1 1 79 14 19 76 Discos versatiles regrabables o no 1 1 7 7 91 2 Memorias USB y otras tarjetas de memoriano integradas en otros dispositivos 1 1 90 99 7 91 Grabadores de television sobre disco duro 100 Resto de discos duros 7 79 92 21 Reproductores de audio en formato comprimido ytelefonos moviles con funcionalidad de reproduccionaudio en formato comprimido 100 Reproductores de audio y video en formato comprimido 7 79 92 21 Nota Cuando se habla de libros se hace referencia como indica la Orden Ministerial a libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros Tambien se especifican en la misma los limites minimo y maximo que ingresaran las gestoras de derechos de autor Limites del canon digitalModalidad de reproduccion Limite minimo Limite maximoObras divulgadas en forma de libros ypublicaciones asimiladas reglamentariamente a libros 34 800 000 37 200 000 Fonogramas u otros soportes sonoros yde reproduccion visual o audiovisual 75 400 000 80 600 000 Anualmente se revisaran las tasas aplicadas de forma que los importes ingresados por las gestoras de derechos de autor esten dentro de esos limites para cada una de las modalidades Defensores del canon EditarHistoricamente el canon compensatorio por copia privada fue propuesto por los fabricantes de aparatos electronicos capaces de grabar contenidos protegidos para posibilitar la comercializacion de estos aparatos La introduccion del formato casete hizo que la grabacion de contenidos por particulares carentes de legitimidad para ello y contraria a la Ley de Propiedad Intelectual se convirtiera en algo al alcance de cualquiera Los primeros magnetofonos de este tipo se comercializaron con esta funcionalidad limitada Los fabricantes propusieron a autores creadores y productores afectados que aceptaran la modificacion de la ley que les concede la exclusiva de la fabricacion de copias de sus obras y a cambio les compensarian con una cantidad global pactada que se dividiria entre los aparatos y soportes vendidos Se introdujo asi el pago de una pequena suma por cada aparato o soporte capaz de realizar copias lo que permitio su comercializacion e hizo posible su uso por personas sin capacidad legal para copiar las obras Nacio asi la excepcion de copia privada una modificacion de la Ley de Propiedad Intelectual que autoriza al usuario a hacer copias para su uso personal de material protegido al que haya tenido acceso legitimo Con posterioridad la norma se aplico a los grabadores de video y sus cintas La llegada de los soportes digitales y la popularizacion de formatos de grabacion de audio y video por estos sistemas provoco un nuevo conflicto entre la industria de la electronica de consumo y los productores y creadores de contenidos En un primer momento se diferencia entre discos compactos destinados al uso informatico y los destinados a hacer copias de material protegido Estos ultimos resultaban mas caros al soportar un canon compensatorio por lo que el publico se inclino por utilizar los mas baratos para hacer sus copias privadas El fracaso de este intento llevo a la aplicacion de un canon generalizado que se extendio a otros aparatos y soportes digitales a medida que se fueron introduciendo en el mercado Segun han declarado los defensores del canon y como puede deducirse de su historia y su formulacion este compensa de alguna manera a los legitimos propietarios de las obras duplicadas por los particulares Adicionalmente se estima que permite la proteccion de la industria cultural y al mantener los niveles de actividad economica asociados a la fabricacion de copias fomenta la aparicion de nuevos talentos cita requerida Algunos han propuesto su extension a las lineas ADSL routers antenas WiFi etcetera para compensar la distribucion no autorizada de material protegido que se realiza a traves de sistemas P2P Sin embargo ninguna asociacion de gestion de derechos o colectivo de creadores o propietarios de obras protegidas acepta esta solucion al problema de la difusion incontrolada por Internet proponiendo en su lugar la prohibicion de la misma y el desarrollo de sistemas de descarga reglados y legales que les compensen adecuadamente Objeciones al canon EditarBuena cantidad de espanoles esta en contra del canon digital lo que se muestra con iniciativas tales como la recoleccion de 3 millones de firmas en contra 6 7 Ademas los consumidores han iniciado distintas campanas en contra sobre todo en Internet En http www todoscontraelcanon es Estos consideran que el canon es arbitrario al no llevar el control de que obras musicales son realmente utilizadas al repartir el dinero entre los autores y propietarios de las obras Segun los estatutos de la SGAE el reparto se realiza de forma proporcional a la importancia del autor Otras entidades de gestion adoptan criterios diferentes difusion audiencia etc Obviamente canon se cobra tambien a quien usa cintas CD o DVD para grabar su propia musica datos personales o material que no pertenezca a socios de la SGAE u otras entidades de gestion por lo que muchos usuarios han tildado a dicha compania como ladrones El acuerdo original que introdujo la excepcion de copia privada y el canon compensatorio contemplaba que al ser imposible concretar el uso dado a los aparatos y soportes comercializados se gravarian todos en funcion de su capacidad de almacenamiento y copiado Los detractores del canon insisten con frecuencia en que este vulnera la presuncion de inocencia garantizada en la Constitucion Espanola ya que presume que toda persona que adquiera un soporte grabable virgen lo utilizara para copiar material registrado Dado que el canon ampara una actividad perfectamente legal la realizacion de copias para uso personal dicha objecion carece de sentido juridico o logico pese a lo cual se repite insistentemente y se mantiene en el tiempo y algunas asociaciones han intentado hacerla valer ante los tribunales sin exito Segun la legislacion vigente es posible definir excepciones al cobro del canon para algunos usos determinados o ciertas usuarios administracion personas juridicas asociaciones aunque en la actualidad parece que nunca se ha aplicado Los detractores del canon cuestionan con frecuencia las estimaciones del impacto de la copia privada y el lucro cesante que realizan los propietarios de las obras Si la SGAE aplicase en sus estimaciones la relacion de sustitucion 1 copia 1 venta se podria considerar pacificamente que las valoraciones de dicho organismo referentes a la minoracion de ingresos derivadas de la copia privada estan en enorme medida sobrevaloradas y condicionadas por el interes de maximizar el canon Si la SGAE corrige dichas cifras considerando que 1 copia lt 1 venta deberia reconocerse que no se esta planteando correctamente el tema en sus declaraciones publicas Dado que la SGAE en ningun caso ha aplicado dicha correlacion y que se limita a exigir el pago de la compensacion ofrecida por la industria electronica y recogida en el ordenamiento legal vigente cualquier especulacion sobre la relacion entre numero de copias y de originales vendidos es ajena al asunto Actualmente el cobro de este impuesto se encuentra recurrido por via penal por varias asociaciones tanto de internautas como de usuarios en general que interpretan que vulnera el derecho 8 a la presuncion de inocencia Asi mismo se ha recurrido por via contencioso administrativa ante la Audiencia Nacional 9 El Reino Unido Irlanda Luxemburgo Chipre y Malta no autorizan la realizacion de copias privadas y en consecuencia son los unicos paises europeos en los que no se cobra canon compensatorio En Reino Unido por ejemplo la realizacion de copias para uso personal puede incluso dar lugar a persecucion por via penal El canon se aplica tambien en paises fuera de la esfera europea como en Australia Canada y en general en los asociados a la WIPO En EUA pese a que no existe la excepcion de copia privada la grabacion de musica para uso personal esta autorizada pero los soportes y aparatos destinados a ello estan gravados por una tasa compensatoria del 3 En otros paises el estado compensa directamente a los propietarios del material protegido por la copia privada de sus obras En Noruega en 2010 el estado destino a este fin 49 millones de euros 1 Aplicando criterios de proporcionalidad considerando que este pais tiene una poblacion de 4 9 millones de habitantes el Estado espanol pagaria alrededor de 490 millones de canon compensatorio cinco veces mas de la recaudacion que genera el modelo actualmente en vigor en Espana Para valorar dicha cantidar adecuadamente conviene senalar que la industria electronica que se opone al canon facturo en Espana en 2010 47 700 millones de euros de los cuales 9 700 se generaron con los aparatos de uso domestico En general se trata de una ley impopular interpretada por los usuarios como un intento injusto de compensar a las companias discograficas del perjuicio que les supone la obtencion gratuita de obras artisticas sin la obtencion del lucro que legalmente les corresponde Esta percepcion ha sido promovida mediante campanas sufragadas por una parte de la industria informatica espanola que se concreta en la financiacion de iniciativas como la plataforma Todos contra el canon Esta actitud contrasta con la adoptada en otros paises europeos con la misma legislacion en los que las mismas empresas la han acatado sin criticarla ni promover iniciativa alguna en su contra cita requerida Algunos opinan que el canon en Espana es uno de los mas altos de Europa 10 En Belgica el canon compensatorio grava las grabadoras de audio o de video de cualquier tipo con un 3 del precio cobrado por los fabricantes y mayoristas mas un 3 del precio pagado por minoristas por las copias con 0 10 euros por hora de capacidad las cintas audio analogicas 0 23 por hora los soportes digitales de audio 0 10 euros por hora de capacidad por las cintas video analogicas y 0 1239 euros hora por los soportes digitales Los CD pagan 0 12 euros y los DVD 0 59 euros a los que se anade en todo caso el impuesto de valor anadido 2 En Suecia en 2007 un DVD pagaba 5 25 coronas de canon unos 60 centimos de euro un disco duro de 80 gigas 200 coronas unos 22 42 euros los discos de capacidad superior a 250 gigas pagan 39 24 euros upload pdf rapport om pke pdf enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima En Suiza se paga un canon de 0 36 Francos Suizos 0 28 euros por DVD 1 Franco 0 77 por DVD regrabable 0 30 por cada giga en discos de alta capacidad blu ray 0 80 CHF 0 62 por giga en los dispositivos musicales tipo iPod y 0 07 por giga para los grabadores audiovisuales hasta 250 gigas Tambien 25 CHF 19 40 mas 0 08 CHF 0 06 por giga para los discos superiores a 250 gigas En Finlandia se pagan 0 50 por cada minuto de capacidad de una cinta analogica de audio 0 76 por minuto de cinta de video analogica Los CD y soportes opticos pagan 20 centimos de euros por si tienen menos de 1 giga de capacidad 60 centimos por cada uno que tenga entre 1 y 10 gigas y 1 20 por cada disco de mas de 10 y menos de 25 gigas y 1 80 si excede esa capacidad Los soportes digitales de memoria pen Ipod de hasta 512 megas pagan 4 euros 7 si sobrepasan esa capacidad y no llegan a 1 giga 10 si estan entre 1 y 20 gigas 12 euros si pasan de los 20 gigas y no exceden los 50 15 euros si estan entre 50 y 150 gigas 18 euros entre 150 y 250 gigas y 21 si superan los 250 gigas 3 Otra de las objeciones dadas por los consumidores es la aplicacion del IVA sobre el canon 11 es decir aplican un impuesto que solo se puede aplicar a servicios o bienes mientras que en el caso del canon se hace caso omiso de la ley 37 1992 del IVA articulo 4 El 21 de octubre de 2010 el tribunal de la Union Europea declara legal y conforme al derecho europeo la adaptacion al derecho espanol de la directiva europea y el canon compensatorio pero cuestiona su aplicacion indiscriminada en el caso de empresas y profesionales aclarando que el problema surge siempre y cuando los aparatos adquiridos por estos sean destinados a fines distintos al de la copia privada 12 El tribunal estima que en el caso de los particulares que adquieren aparatos y soportes susceptibles de realizar copias protegidas no es necesario probar que se destinaran a ese fin para aceptar como legal la aplicacion del canon El 30 de noviembre de 2010 otra sentencia del TJUE 13 cuestiona nuevamente la validez del modelo aplicado en Espana para el cobro de la compensacion por copia privada al archivar una causa prejudicial planteada por Juzgado de lo Mercantil numero 1 de Santa Cruz de Tenerife A pesar de ello las sociedades de gestion entre ellas la SGAE rechazan devolver el dinero del canon argumentando que la sentencia no tiene caracter retroactivo 14 Anulacion del canon EditarEl 24 de marzo de 2011 la Audiencia Nacional anulo la orden que regula las tarifas aplicables a los diversos aparatos y soportes grabados con el canon digital El motivo es que por ser un reglamento este necesitaba unos tramites relacionados con memorias justificativas y economicas que no se realizaron 15 16 17 El 12 de julio de 2011 el Congreso de los Diputados vota favorablemente una proposicion no de ley que insta al Gobierno a la supresion de dicho canon y a su sustitucion por otra formula de compensacion a autores y propietarios de contenidos que se ajuste mas a las copias y usos realmente efectuados 18 El 31 de diciembre de 2011 el canon fue definitivamente derogado por el recien constituido nuevo Congreso de los Diputados siendo reemplazado por un nuevo pago esta vez a cargo del Estado cuyo procedimiento esta por desarrollar 19 Vease tambien EditarDerecho de copia privada Derechos de autorReferencias Editar LeyY 22 1987 de 11 de noviembre de Propiedad Intelectual Archivado desde el original el 29 de diciembre de 2009 Consultado el 29 de diciembre de 2008 Real Decreto Legislativo 1 1996 de 12 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regularizando aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia Archivado desde el original el 5 de julio de 2008 Consultado el 3 de mayo de 2006 El Gobierno fija un canon digital de 3 15 euros para MP3 y MP4 y de 1 5 para los moviles con reproductor 18 de diciembre de 2007 Todos contra el CANON Orden que establece la relacion de equipos aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensacion equitativa por copia privada Tres millones de firmas contra el canon digital Publico es EFE 12 de febrero de 2010 Archivado desde el original el 15 de febrero de 2010 Consultado el 11 de mayo de 2010 Contra el canon digital tres millones de firmas y esquelas en los periodicos El Pais 12 de febrero de 2010 Consultado el 11 de mayo de 2010 Constitucion Espanola de 1978 Capitulo II Articulo 24 2 La Asociacion de Internautas recurre el canon digital ante la Audiencia Nacional La Vanguardia 23 de abril de 2007 Por que nos aplican el IVA al canon Sentencia del Tribunal de Justicia de la Union Europea sobre asunto C 467 08 21 de octubre de 2010 Archivado desde el original el 26 de octubre de 2010 Consultado el 21 de octubre de 2010 El Tribunal Europeo ratifica el fallo europeo contra el canon digital Archivado desde el original el 24 de abril de 2014 Consultado el 16 de enero de 2011 Las sociedades de gestion rechazan devolver dinero por el canon La Audiencia Nacional anula la orden que regula el canon digital Consultado el 24 de marzo de 2011 El canon digital anulado Cultura e Industria tienen que mover ficha Consultado el 24 de marzo de 2011 avance la audiencia nacional anula el canon digital Consultado el 24 de marzo de 2011 El Congreso vota a favor de la supresion del canon digital BOE nº315 31 de diciembre de 2011Enlaces externos EditarTodos contra el canon Plataforma en contra del canon digital Federacion para la Proteccion de la Propiedad Intelectual Sitio oficial de Ministerio de la Cultura Pagina de preguntas frecuentes sobre la copia privada Datos Q5747595Obtenido de https es wikipedia org w index php title Canon por copia privada Espana amp oldid 133811111, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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