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Apud iudicem

En el Derecho romano, la fase o etapa procesal apud iudicem tiene su inicio con el término de la litis contestatio, cuando la intervención del magistrado ha concluido y el asunto pasa a manos del juez. Esta segunda fase se acaba con la sentencia, aunque cuando esta resulta ser condenatoria, debe procederse después a su ejecución.

Desarrollo

En la fórmula se entrega al juez:

  • Base o programa del proceso.
  • Elementos de hecho existentes.
  • Orden al juez de aceptar el cargo.

El juez debe adquirir convicción de la existencia de los hechos que van a servir de base a la sentencia. Las partes deben rendir la prueba y hacer alegatos.

Principios que imperan en procedimiento

Bilateralidad de la audiencia

Ambas partes tienen derecho a ser oídas por el juez.

Oralidad

El juicio es verbal. Salvo la fórmula, todo lo demás es de palabra.

Inmediación

Las partes se dirigen directamente al juez (lo contrario sería que hubieran intermediarios).

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Las audiencias donde se celebran los juicios son públicas.

Las pruebas

La totalidad de las actuaciones apud iudicem eran orales. Es en esta etapa procesal cuando intervienen los abogados, y, en relación a sus discursos, se procede a la recepción de la pruebas (probationes).

Las pruebas pueden consistir en declaraciones hechas por los litigantes o en declaraciones hechas por testigos (testes), aunque también cabía la presentación de documentos (instrumenta). Sin embargo, el derecho romano clásico se caracteriza por mostrar una ligera preferencia por la prueba testifical, a diferencia del mundo helenístico, donde era ostensiblemente más importante la prueba documental.

Los testigos, que carecen de número mínimo, deponen de un modo voluntario sus declaraciones, a no ser que hubiesen sido llamados como tales a tomar parte en un acto solemne, por lo que quedarían obligados a dar testimonio. Sobre la base de lo escrito en las XII Tablas, el testigo de los actos que con posterioridad no acepta deponer testimonio, es declarado inprobus intestabilisque

Quedaban excluidos de ser testigos tanto los esclavos como los condenados por determinados crímenes, así como también los libertos, los impúberes, los patronos y los ascendientes o descendientes de la parte interesada.

Documentos

Con el devenir del tiempo y el consecuente avance de la época clásica, los documentos vieron aumentada su importancia como pruebas. El primer tipo de documento usual en la práctica de Roma los constituían las tablillas, en las que se recogían las declaraciones extrajudiciales de los testigos (testationes), para ser presentadas en el futuro ante el juez. Las denominadas tabulae ceratae poseían una capa de goma laca en la que era posible escribir usando un punzón (stilus), y también borrar, mediante el empleo de una espátula templada.

También era frecuente que interviniesen como medios de prueba las cartas de carácter privado y los libros de cuentas (rationes), especialmente los bancarios. Los banqueros eran obligados por el Pretor a presentar las cuentas, con indicación de fecha, a cualquier cliente que se las hubiese solicitado, sea como adversario, sea en un litigio con tercero. Además, cuando un cliente perdía el litigio por no disponer de esa prueba, tenía a su disposición una actio in factum contra el banquero.

Finalmente, no gozaron de una amplia difusión los documentos registrados oficialmente (apud acta) y las copias de estos (exempla), aunque no por ello dejaron de tener una ligera importancia en la época clásica, que es cuando aparecieron.

Sentencia

Resolución del juez que pone término al juicio, resolviendo el asunto sometido a su decisión.

Puede ser:

Declarativa

Cuando se limita a reconocer la existencia de una situación de hecho.

Constitutiva

La que crea derechos reales en favor de las partes, como en las acciones divisoria y demarcatoria.

Condenatoria o absolutoria

La que acoge o rechaza la acción deducida.

Partidos que puede obtener el juez

  • Abstenerse de dictar sentencia: Si estima que no tiene suficientes elementos de juicio para pronunciarse. Es este caso, las partes pueden reiniciar el juicio ante otro juez.
  • Absolver al reo: Si el demandante no prueba los fundamentos de su intentio; o si el demandado prueba su exceptio, etc.
  • Condenar al reo: Si se prueban los hechos que sirven de fundamento en la intentio y no se opusieron excepciones, o no se probaron los fundamentos de estas.

El juez debe situarse en el estado de cosas que había al momento de la litiscontestatio (efecto retroactivo). Lo que ocurra después, aunque el demandado cumpla la prestación reclamada, no altera el resultado del juicio, salvo:

  • Acciones de buena fe: Si el demandado cumplió con su prestación entre la litiscontestatio y la sentencia.
  • Si perece la cosa litigiosa y el demandado, de buena fe, no se encuentra en mora de entregarla.

Remedios contra la sentencia

Apellatio

Extraordinaria. Ante el Rey en la época arcaica; ante el Príncipe en el Principado.

Revocatio in duplum

Nulidad. Sentencias nulas o inexistentes por:

1.- Falta de capacidad de una o ambas partes. 2.- Infracción al principio de la bilateralidad de la audiencia.

3.- Haberse salido el juez de los términos de la fórmula.

Implica periculum dupli (el peligro del doble). El que pide la nulidad de la sentencia, y no prueba su posición, es condenado al doble de lo que había sido condenado.

In integrum restitutio

En el Procedimiento formulario. Se borra todo lo que se ha hecho porque hay una injusticia muy grande.

Requisitos:

  • Perjuicio grave.
  • No existe otro mecanismo para obtener que la sentencia quede sin efecto.
  • Existe, en el edicto, una causa que legitime la decisión del magistrado.
  • Se le pide al magistrado.

Intercessio contra el mandamiento de juzgar

Antes de la dictación de la sentencia, se le acusa al juez de ser parcial frente al magistrado.

Acción de daños

Contra el juez que hace suya la litiscontestatio, si fue un juez injusto que dio una sentencia injusta, causando daño a la parte que perdió. El juez debe indemnizar.

Efectos de la sentencia

Efecto de cosa juzgada. Tiene dos aspectos:

Excepción de cosa juzgada

Para que no se vuelva a repetir el mismo juicio.

Se trataría del mismo juicio si se produce la triple identidad: Idem Corpus (Identidad de cosa perdida; el mismo objeto), Eadem causa pretendi (Identidad de causa de pedir) y Eadem conditio personarum (Identidad jurídica de partes).

Acción de cosa juzgada

(Actio iudicati) Cumplimiento forzado de la sentencia (normalmente había un plazo de 30 días). Es una acción ejecutiva, es decir, tiene por objetivo obtener el cumplimiento forzado de una obligación indudable.

Efectos de un error en el planteamiento de la demanda

Si hay un error, no puede ser corredigo por el juez.

Situaciones posibles

-Se ejerce una acción que no corresponde o se reclama una cosa por otra.

Efecto: El demandado es absuelto y el demandante podrá iniciar un nuevo juicio.

-Se pide más de lo que en derecho corresponde (pluris petionem). Puede ser:

Re

Se pide toda una cosa y se tiene derecho sólo a una parte.

Tempore

Se pide antes de cumplirse un plazo o una condición.

Loco

Se pide el pago en un lugar que no corresponde.

Causa

Se pide un objeto determinado, ya sea en obligaciones alternativas (en las que el deudor elige) o de género (por ejemplo "tres caballos").

Efecto: El reo se absuelve y el actor no puede iniciar un nuevo juicio.

-Se pide menos de lo que en derecho corresponde.

Efecto: Demandante obtiene sólo lo pedido y no puede renovar el juicio, especialmente si el error está en la condemnatio. Si va en otra parte de la fórmula, puede renovar el juicio, pero ante otra magistratura.

Enlaces externos

  • ¿Qué es el apoderamiento apud acta?

Véase también

  •   Datos: Q5701818

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En el Derecho romano la fase o etapa procesal apud iudicem tiene su inicio con el termino de la litis contestatio cuando la intervencion del magistrado ha concluido y el asunto pasa a manos del juez Esta segunda fase se acaba con la sentencia aunque cuando esta resulta ser condenatoria debe procederse despues a su ejecucion Indice 1 Desarrollo 2 Principios que imperan en procedimiento 2 1 Bilateralidad de la audiencia 2 2 Oralidad 2 3 Inmediacion 2 4 Publicidad 3 Las pruebas 3 1 Documentos 4 Sentencia 4 1 Declarativa 4 2 Constitutiva 4 3 Condenatoria o absolutoria 4 4 Partidos que puede obtener el juez 5 Remedios contra la sentencia 5 1 Apellatio 5 2 Revocatio in duplum 5 3 In integrum restitutio 5 4 Intercessio contra el mandamiento de juzgar 5 5 Accion de danos 6 Efectos de la sentencia 6 1 Excepcion de cosa juzgada 6 2 Accion de cosa juzgada 7 Efectos de un error en el planteamiento de la demanda 7 1 Situaciones posibles 7 1 1 Re 7 1 2 Tempore 7 1 3 Loco 7 1 4 Causa 8 Enlaces externos 9 Vease tambienDesarrollo EditarEn la formula se entrega al juez Base o programa del proceso Elementos de hecho existentes Orden al juez de aceptar el cargo El juez debe adquirir conviccion de la existencia de los hechos que van a servir de base a la sentencia Las partes deben rendir la prueba y hacer alegatos Principios que imperan en procedimiento EditarBilateralidad de la audiencia Editar Ambas partes tienen derecho a ser oidas por el juez Oralidad Editar El juicio es verbal Salvo la formula todo lo demas es de palabra Inmediacion Editar Las partes se dirigen directamente al juez lo contrario seria que hubieran intermediarios Publicidad Editar Las audiencias donde se celebran los juicios son publicas Las pruebas EditarLa totalidad de las actuaciones apud iudicem eran orales Es en esta etapa procesal cuando intervienen los abogados y en relacion a sus discursos se procede a la recepcion de la pruebas probationes Las pruebas pueden consistir en declaraciones hechas por los litigantes o en declaraciones hechas por testigos testes aunque tambien cabia la presentacion de documentos instrumenta Sin embargo el derecho romano clasico se caracteriza por mostrar una ligera preferencia por la prueba testifical a diferencia del mundo helenistico donde era ostensiblemente mas importante la prueba documental Los testigos que carecen de numero minimo deponen de un modo voluntario sus declaraciones a no ser que hubiesen sido llamados como tales a tomar parte en un acto solemne por lo que quedarian obligados a dar testimonio Sobre la base de lo escrito en las XII Tablas el testigo de los actos que con posterioridad no acepta deponer testimonio es declarado inprobus intestabilisqueQuedaban excluidos de ser testigos tanto los esclavos como los condenados por determinados crimenes asi como tambien los libertos los impuberes los patronos y los ascendientes o descendientes de la parte interesada Documentos Editar Con el devenir del tiempo y el consecuente avance de la epoca clasica los documentos vieron aumentada su importancia como pruebas El primer tipo de documento usual en la practica de Roma los constituian las tablillas en las que se recogian las declaraciones extrajudiciales de los testigos testationes para ser presentadas en el futuro ante el juez Las denominadas tabulae ceratae poseian una capa de goma laca en la que era posible escribir usando un punzon stilus y tambien borrar mediante el empleo de una espatula templada Tambien era frecuente que interviniesen como medios de prueba las cartas de caracter privado y los libros de cuentas rationes especialmente los bancarios Los banqueros eran obligados por el Pretor a presentar las cuentas con indicacion de fecha a cualquier cliente que se las hubiese solicitado sea como adversario sea en un litigio con tercero Ademas cuando un cliente perdia el litigio por no disponer de esa prueba tenia a su disposicion una actio in factum contra el banquero Finalmente no gozaron de una amplia difusion los documentos registrados oficialmente apud acta y las copias de estos exempla aunque no por ello dejaron de tener una ligera importancia en la epoca clasica que es cuando aparecieron Sentencia EditarResolucion del juez que pone termino al juicio resolviendo el asunto sometido a su decision Puede ser Declarativa Editar Cuando se limita a reconocer la existencia de una situacion de hecho Constitutiva Editar La que crea derechos reales en favor de las partes como en las acciones divisoria y demarcatoria Condenatoria o absolutoria Editar La que acoge o rechaza la accion deducida Partidos que puede obtener el juez Editar Abstenerse de dictar sentencia Si estima que no tiene suficientes elementos de juicio para pronunciarse Es este caso las partes pueden reiniciar el juicio ante otro juez Absolver al reo Si el demandante no prueba los fundamentos de su intentio o si el demandado prueba su exceptio etc Condenar al reo Si se prueban los hechos que sirven de fundamento en la intentio y no se opusieron excepciones o no se probaron los fundamentos de estas El juez debe situarse en el estado de cosas que habia al momento de la litiscontestatio efecto retroactivo Lo que ocurra despues aunque el demandado cumpla la prestacion reclamada no altera el resultado del juicio salvo Acciones de buena fe Si el demandado cumplio con su prestacion entre la litiscontestatio y la sentencia Si perece la cosa litigiosa y el demandado de buena fe no se encuentra en mora de entregarla Remedios contra la sentencia EditarApellatio Editar Extraordinaria Ante el Rey en la epoca arcaica ante el Principe en el Principado Revocatio in duplum Editar Nulidad Sentencias nulas o inexistentes por 1 Falta de capacidad de una o ambas partes 2 Infraccion al principio de la bilateralidad de la audiencia 3 Haberse salido el juez de los terminos de la formula Implica periculum dupli el peligro del doble El que pide la nulidad de la sentencia y no prueba su posicion es condenado al doble de lo que habia sido condenado In integrum restitutio Editar En el Procedimiento formulario Se borra todo lo que se ha hecho porque hay una injusticia muy grande Requisitos Perjuicio grave No existe otro mecanismo para obtener que la sentencia quede sin efecto Existe en el edicto una causa que legitime la decision del magistrado Se le pide al magistrado Intercessio contra el mandamiento de juzgar Editar Antes de la dictacion de la sentencia se le acusa al juez de ser parcial frente al magistrado Accion de danos Editar Contra el juez que hace suya la litiscontestatio si fue un juez injusto que dio una sentencia injusta causando dano a la parte que perdio El juez debe indemnizar Efectos de la sentencia EditarEfecto de cosa juzgada Tiene dos aspectos Excepcion de cosa juzgada Editar Para que no se vuelva a repetir el mismo juicio Se trataria del mismo juicio si se produce la triple identidad Idem Corpus Identidad de cosa perdida el mismo objeto Eadem causa pretendi Identidad de causa de pedir y Eadem conditio personarum Identidad juridica de partes Accion de cosa juzgada Editar Actio iudicati Cumplimiento forzado de la sentencia normalmente habia un plazo de 30 dias Es una accion ejecutiva es decir tiene por objetivo obtener el cumplimiento forzado de una obligacion indudable Efectos de un error en el planteamiento de la demanda EditarSi hay un error no puede ser corredigo por el juez Situaciones posibles Editar Se ejerce una accion que no corresponde o se reclama una cosa por otra Efecto El demandado es absuelto y el demandante podra iniciar un nuevo juicio Se pide mas de lo que en derecho corresponde pluris petionem Puede ser Re Editar Se pide toda una cosa y se tiene derecho solo a una parte Tempore Editar Se pide antes de cumplirse un plazo o una condicion Loco Editar Se pide el pago en un lugar que no corresponde Causa Editar Se pide un objeto determinado ya sea en obligaciones alternativas en las que el deudor elige o de genero por ejemplo tres caballos Efecto El reo se absuelve y el actor no puede iniciar un nuevo juicio Se pide menos de lo que en derecho corresponde Efecto Demandante obtiene solo lo pedido y no puede renovar el juicio especialmente si el error esta en la condemnatio Si va en otra parte de la formula puede renovar el juicio pero ante otra magistratura Enlaces externos Editar Que es el apoderamiento apud acta Vease tambien EditarIn iure Litiscontestatio Formula Datos Q5701818Obtenido de https es wikipedia org w index php title Apud iudicem amp oldid 121307045, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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