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Administradoras de Fondos para el Retiro

Las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) son instituciones financieras de México, que administran las cuentas individuales de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Existen 9 privadas y una pública.

Las Afores fueron creadas por la Ley del Seguro Social de 1997 e iniciaron su operación el 1° de julio del mismo año. Su funcionamiento está regulado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) y autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.[1]

Las AFORES son sociedades anónimas de capital variable (S.A. de C.V.). De acuerdo con la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las AFORES deberán contar con los siguientes órganos de gobierno y funcionarios:

·       Consejo de Administración de la AFORES y SIEFORES

·       Comité de Inversión de las SIEFORES

·       Comité de Riesgos de las SIEFORES

·       Consejeros independientes: Expertos en finanzas, economía, derecho o seguridad social que participan en los Comités de Inversiones y Riesgos.

·       Contralor normativo: Vigilan que los empleados y funcionarios de las AFORES cumplan con la normatividad externa e interna que sea aplicable.

·       Unidad Especializada de Atención al Público: entre otras funciones, atender y responder por escrito las consultas y reclamaciones que presenten los trabajadores y/o patrones.

·       Auditor de los Procesos de Registro y Traspasos: entre otras funciones, verificar que las solicitudes de registro y traspaso que se reciban de los agentes promotores, cumplan con los criterios y requisitos mínimos establecidos en la normativa vigente

Subcuentas y aportaciones de las AFORES

Desde 1997, todos los trabajadores del  sector privado y que cotizan en el IMSS tienen derecho a una cuenta individual en una AFORE, en tanto que los trabajadores del sector público y que cotizan al ISSSTE, cuentan con este derecho desde 2008. Sin embargo, también se pueden afiliar de manera voluntaria los trabajadores independientes.

En las cuentas individuales se depositan las cuotas obrero patronales y estatales correspondientes a los seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como sus rendimientos; su finalidad es que los trabajadores puedan contar con una pensión al momento de su retiro. Esta cuenta se divide en 4 subcuentas:

  • Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez
  • Aportaciones voluntarias
  • Aportaciones complementaria
  • Vivienda, la AFORE sólo informa al trabajador el saldo de la subcuenta, pero esos recursos los administra el INFONAVIT.[2]​ o FOVISSSTE.

1. Retiro Cesantía y Vejez: en esta se depositan las cuotas y aportaciones obligatorias que realiza el patrón, el gobierno, y el trabajador bimestralmente en caso del IMSS y mensualmente en el caso del ISSSTE.

Las cuotas establecidas en la Ley del ISSSTE son:

Aportaciones por subcuentas ISSSTE
Patrón Trabajador Gobierno
Retiro 2% SBC
Cesantía y Vejez 3.175 %SBC 6.125% SBC 0.225% SBC
Cuota Social 5.500 % SM*

SBC: Salario Base de Cotización

*Actualizado trimestralmente con INPC

SM: Salario mínimo

IMSS: En diciembre de 2019 se reformó la Ley del Seguro Social para incrementar de manera paulatina las aportaciones patronales a las cuentas individuales. Con esta reforma la contribución definida de 6.5% del salario de los trabajadores se incrementará paulatinamente hasta alcanzar 15.0% en 2030.

Cuotas y aportaciones IMSS
Patrón Trabajador Gobierno
Retiro 2% SBC
Cesantía y Vejez 3.150% SBC 1.125% SBC 0.225% SBC
Cuota social Variable

SBC: Salario Base de Cotización

Incrementos a las Cuotas Patronales 2023-2030
Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030
1.0 SM 3.150 % 3.150 % 3.150 % 3.150 % 3.150 % 3.150 % 3.150 % 3.150 %
1.01 SM a 1.50 UMA 3.281 % 3.413 % 3.544 % 3.676 % 3.807 % 3.939 % 4.070 % 4.202 %
1.51 a 2.00 UMA 3.575 % 4.000 % 4.426 % 4.851 % 5.276 % 5.701 % 6.126 % 6.552%
2.01 a 2.50 UMA 3.751 % 4.353 % 4.954 % 5.556 % 6.157 % 6.759 % 7.360 % 7.962 %
2.51 a 3.00 UMA 3.869 % 4.588 % 5.307 % 6.026 % 6.745 % 7.464 % 8.183 % 8.902 %
3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756 % 5.559 % 6.361 % 7.164 % 7.967 % 8.770 % 9.573 %
3.51a 4.00 UMA 4.016 % 4.882 % 5.747 % 6.613 % 7.479 % 8.345 % 9.211 % 10.077 %
4.01 UMA en adelante 4.241 % 5.331 % 6.422 % 7.513 % 8.603 % 9.694 % 10.784 % 11.875 %

2. Aportaciones voluntarias: son aquellas aportaciones adicionales que realiza el trabajador por voluntad propia, esta aportación no tiene límite ni restricciones, y se realiza con la intención de incrementar sus rendimientos. Esta se puede realizar directamente acudiendo a su AFORE, por medios electrónicos o pidiéndole al patrón que realice la aportación, descontándole de su sueldo el monto que desee ingresar por concepto de aportación voluntaria. Si en algún momento se desea disponer de los recursos de esta subcuenta, deberá presentarse a la AFORE correspondiente y tramitar la disposición de recursos, la AFORE deberá darle el acceso de los recursos en un solo pago en un plazo de 15 días.

3. Vivienda: en esta subcuenta, el patrón hace la aportación del 5% del salario base de cotización del trabajador, estos recursos son destinados al INFONAVIT en caso de los trabajadores IMSS, y a FOVISSSTE en caso de los trabajadores ISSSTE, por lo que estos mismos institutos se encargan de administrarlos, sin embargo, son reportados por la AFORE en el estado de cuenta. Los recursos de esta subcuenta pueden ser utilizados para solicitar un crédito de vivienda o para elevar el monto de la pensión.

4. Aportaciones complementarias o adicionales: Están destinadas a incrementar el monto de la pensión y las podrán realizar el patrón o el trabajador en cualquier momento. Sólo se puede tener acceso a estos recursos hasta que llegue el momento del retiro.

Administración e inversión de los recursos

Las AFORES tienen su fundamento legal en el artículo 175 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación(DOF) del 21 de diciembre de 1995, y que entró en vigor el 1o. de enero del año en curso: "La individualización y administración de los recursos de las cuentas individuales para el retiro, estarán a cargo de las Administradoras de Fondos para el Retiro".

De igual manera proporcionan información sobre el SAR, cuentan con una unidad especializada de atención al público, efectúan traspasos de cuentas individuales de una AFORE a otra, e invierten los recursos de los trabajadores para obtener atractivos rendimientos.

Las inversiones de estos recursos están a cargo de las Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, (SIEFORES). Hasta diciembre de 2019, las AFORES conformaban 4 SIEFORES Básicas donde se asignaban los recursos de los trabajadores de acuerdo con su edad. Dado que este esquema implicaba la liquidación y transferencia de los recursos de los trabajadores una vez alcanzada la edad máxima del grupo, se decidió la migración del régimen de inversión basado en un esquema de multifondos al nuevo esquema de SIEFORES generacionales.

En el régimen de SIEFORES generacionales al trabajador se le asigna una SIEFORE de acuerdo a su año de nacimiento y permanece en ese vehículo durante toda su vida laboral hasta su retiro. Así, la estrategia de inversión de sus ahorros se irá adecuando dentro del mismo fondo, lo que permitirá aprovechar mejor los beneficios a largo plazo de la inversión de sus recursos.

Entre más jóvenes son los trabajadores, las SIEFORES invierten sus recursos en instrumentos más diversificados que a su vez pueden ofrecer mayores rendimientos, a medida que el trabajador envejece, los instrumentos utilizados son más conservadores. Lo anterior, sin perjuicio de la libertad del trabajador de que pueda solicitar que se le ubique en una SIEFORE distinta a la que corresponda a su generación. Es decir, el trabajador retiene la flexibilidad de escoger las condiciones de riesgo y rendimiento que a su juicio le parezcan más convenientes.

El Régimen de Inversión de las SIEFORES les permite invertir en Instrumentos de Deuda, acciones, bursatilizados, Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAS), Certificados de Capital de Desarrollo (CKD), Certificados Bursátiles Fiduciarios de Proyectos de Inversión (CERPI), coberturas y derivados, entre otros.

Actualmente existen 10 SIEFORES Generacionales:

 SIEFORE Básica inicial

 SIEFORE Básica 90-94

 SIEFORE Básica 85-89

 SIEFORE Básica 80-84

 SIEFORE Básica 75-79

 SIEFORE Básica 70-74

 SIEFORE Básica 65-69

 SIEFORE Básica 60-64

 SIEFORE Básica 55-59

 SIEFORE Básica de pensiones (SB0)

El Rendimiento Neto es el promedio de los rendimientos de corto, mediano y largo plazo que ofrece una SIEFORE por encima del costo de una renta vitalicia. El indicador de Rendimiento Neto incluye la deducción de las Comisiones aplicables. Este indicador refleja el desempeño pasado obtenido por las inversiones en cada SIEFORE. La CONSAR publica cada mes la actualización de este Indicador en su página de internet para que los trabajadores puedan revisarlo de acuerdo a su AFORE y su SIEFORE: https://www.gob.mx/consar/articulos/indicador-de-rendimiento-neto

Comisiones en las AFORES

Para que las Administradoras de Fondos cubran los costos derivados de operación que esencialmente incluyen los costos de administrar e invertir los recursos, de servicios al cliente (registros y envíos de estados de cuenta), de promoción y mercadeo y de cumplimientos de la regulación, estas tienen la facultad de cobrar una comisión al trabajador o cuentahabiente. Dado que las comisiones se expresan como porcentaje del saldo, y generalmente dicho número es “pequeño”, muchos ahorradores asumen que la comisión tendrá un impacto menor en el saldo de su cuenta de ahorro pensionario. Nada más alejado de la realidad. Por tanto, entre mayor sea la comisión que cobra una AFORE, menor será la pensión de un ahorrador (para un nivel de rendimientos iguales). La estructura de comisiones de las AFORE ha evolucionado a lo largo del tiempo. En un inicio, se permitía el cobro de distintas comisiones: sobre el saldo de la cuenta, sobre el flujo, es decir, sobre las aportaciones que iban ingresando a la cuenta, y/o sobre el rendimiento obtenido. El cálculo de estas comisiones era distinto para cada AFORE, y por lo tanto la comparación de comisiones entre trabajadores no era sencilla y dificultaba su decisión de elección. Por lo anterior, se modificó la Ley en 2008 y se optó por una mayor transparencia para facilitar la toma de decisiones del trabajador, estableciendo un régimen de cobro de comisión única sobre el saldo ahorrado.

Desde 2010, a raíz de una modificación de Ley en el Congreso de la Unión, la Junta de Gobierno de la CONSAR tiene la facultad de aprobar las comisiones que cada AFORE tiene contemplado cobrar para el año venidero. Para ese proceso, cada AFORE está obligada a presentar su propuesta de comisiones durante los primeros diez días hábiles del mes de noviembre del año en curso. La Junta de Gobierno deberá resolver sobre la propuesta de las AFORE antes del último día hábil de diciembre.

Con la reforma de 2019, la CONSAR tiene facultades para determinar el monto máximo de comisión que pueden cobrar las AFORES con base el promedio aritmético de la Comisión en Chile, Colombia y Estados Unidos.

La CONSAR publica año con año las comisiones que cobra cada una de las Afores en el siguiente apartado: https://www.gob.mx/consar/es/articulos/comisiones-vigentes-en-2022?idiom=es

Afores existentes

Hasta enero de 2022

  • Citibanamex
  • Coppel
  • Inbursa
  • PensionISSSTE

Afores desaparecidas

El 7 de mayo de 2018, MetLife se fusiona con Principal Afore dejando un total de 10 Afores existentes en el país.

Véase también

Referencias

  1. Artículo 19, Ley de los sistemas de ahorro para el retiro.
  2. Artículo 74, Ley de los sistemas de ahorro para el retiro.

Enlaces externos

  • CONSAR
  • Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro
  • Trámites de las Afores
  •   Datos: Q7316831

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Las Administradoras de Fondos para el Retiro AFORES son instituciones financieras de Mexico que administran las cuentas individuales de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Existen 9 privadas y una publica Las Afores fueron creadas por la Ley del Seguro Social de 1997 e iniciaron su operacion el 1 de julio del mismo ano Su funcionamiento esta regulado por la Comision Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro CONSAR y autorizado por la Secretaria de Hacienda y Credito Publico 1 Las AFORES son sociedades anonimas de capital variable S A de C V De acuerdo con la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro las AFORES deberan contar con los siguientes organos de gobierno y funcionarios Consejo de Administracion de la AFORES y SIEFORES Comite de Inversion de las SIEFORES Comite de Riesgos de las SIEFORES Consejeros independientes Expertos en finanzas economia derecho o seguridad social que participan en los Comites de Inversiones y Riesgos Contralor normativo Vigilan que los empleados y funcionarios de las AFORES cumplan con la normatividad externa e interna que sea aplicable Unidad Especializada de Atencion al Publico entre otras funciones atender y responder por escrito las consultas y reclamaciones que presenten los trabajadores y o patrones Auditor de los Procesos de Registro y Traspasos entre otras funciones verificar que las solicitudes de registro y traspaso que se reciban de los agentes promotores cumplan con los criterios y requisitos minimos establecidos en la normativa vigente Indice 1 Subcuentas y aportaciones de las AFORES 2 Administracion e inversion de los recursos 3 Comisiones en las AFORES 4 Afores existentes 4 1 Afores desaparecidas 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externosSubcuentas y aportaciones de las AFORES EditarDesde 1997 todos los trabajadores del sector privado y que cotizan en el IMSS tienen derecho a una cuenta individual en una AFORE en tanto que los trabajadores del sector publico y que cotizan al ISSSTE cuentan con este derecho desde 2008 Sin embargo tambien se pueden afiliar de manera voluntaria los trabajadores independientes En las cuentas individuales se depositan las cuotas obrero patronales y estatales correspondientes a los seguros de retiro cesantia en edad avanzada y vejez asi como sus rendimientos su finalidad es que los trabajadores puedan contar con una pension al momento de su retiro Esta cuenta se divide en 4 subcuentas Retiro cesantia en edad avanzada y vejez Aportaciones voluntarias Aportaciones complementaria Vivienda la AFORE solo informa al trabajador el saldo de la subcuenta pero esos recursos los administra el INFONAVIT 2 o FOVISSSTE 1 Retiro Cesantia y Vejez en esta se depositan las cuotas y aportaciones obligatorias que realiza el patron el gobierno y el trabajador bimestralmente en caso del IMSS y mensualmente en el caso del ISSSTE Las cuotas establecidas en la Ley del ISSSTE son Aportaciones por subcuentas ISSSTE Patron Trabajador GobiernoRetiro 2 SBCCesantia y Vejez 3 175 SBC 6 125 SBC 0 225 SBCCuota Social 5 500 SM SBC Salario Base de Cotizacion Actualizado trimestralmente con INPCSM Salario minimoIMSS En diciembre de 2019 se reformo la Ley del Seguro Social para incrementar de manera paulatina las aportaciones patronales a las cuentas individuales Con esta reforma la contribucion definida de 6 5 del salario de los trabajadores se incrementara paulatinamente hasta alcanzar 15 0 en 2030 Cuotas y aportaciones IMSS Patron Trabajador GobiernoRetiro 2 SBCCesantia y Vejez 3 150 SBC 1 125 SBC 0 225 SBCCuota social VariableSBC Salario Base de Cotizacion Incrementos a las Cuotas Patronales 2023 2030 Salario base de cotizacion 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 20301 0 SM 3 150 3 150 3 150 3 150 3 150 3 150 3 150 3 150 1 01 SM a 1 50 UMA 3 281 3 413 3 544 3 676 3 807 3 939 4 070 4 202 1 51 a 2 00 UMA 3 575 4 000 4 426 4 851 5 276 5 701 6 126 6 552 2 01 a 2 50 UMA 3 751 4 353 4 954 5 556 6 157 6 759 7 360 7 962 2 51 a 3 00 UMA 3 869 4 588 5 307 6 026 6 745 7 464 8 183 8 902 3 01 a 3 50 UMA 3 953 4 756 5 559 6 361 7 164 7 967 8 770 9 573 3 51a 4 00 UMA 4 016 4 882 5 747 6 613 7 479 8 345 9 211 10 077 4 01 UMA en adelante 4 241 5 331 6 422 7 513 8 603 9 694 10 784 11 875 2 Aportaciones voluntarias son aquellas aportaciones adicionales que realiza el trabajador por voluntad propia esta aportacion no tiene limite ni restricciones y se realiza con la intencion de incrementar sus rendimientos Esta se puede realizar directamente acudiendo a su AFORE por medios electronicos o pidiendole al patron que realice la aportacion descontandole de su sueldo el monto que desee ingresar por concepto de aportacion voluntaria Si en algun momento se desea disponer de los recursos de esta subcuenta debera presentarse a la AFORE correspondiente y tramitar la disposicion de recursos la AFORE debera darle el acceso de los recursos en un solo pago en un plazo de 15 dias 3 Vivienda en esta subcuenta el patron hace la aportacion del 5 del salario base de cotizacion del trabajador estos recursos son destinados al INFONAVIT en caso de los trabajadores IMSS y a FOVISSSTE en caso de los trabajadores ISSSTE por lo que estos mismos institutos se encargan de administrarlos sin embargo son reportados por la AFORE en el estado de cuenta Los recursos de esta subcuenta pueden ser utilizados para solicitar un credito de vivienda o para elevar el monto de la pension 4 Aportaciones complementarias o adicionales Estan destinadas a incrementar el monto de la pension y las podran realizar el patron o el trabajador en cualquier momento Solo se puede tener acceso a estos recursos hasta que llegue el momento del retiro Administracion e inversion de los recursos EditarLas AFORES tienen su fundamento legal en el articulo 175 de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federacion DOF del 21 de diciembre de 1995 y que entro en vigor el 1o de enero del ano en curso La individualizacion y administracion de los recursos de las cuentas individuales para el retiro estaran a cargo de las Administradoras de Fondos para el Retiro De igual manera proporcionan informacion sobre el SAR cuentan con una unidad especializada de atencion al publico efectuan traspasos de cuentas individuales de una AFORE a otra e invierten los recursos de los trabajadores para obtener atractivos rendimientos Las inversiones de estos recursos estan a cargo de las Sociedades de inversion especializadas de fondos para el retiro SIEFORES Hasta diciembre de 2019 las AFORES conformaban 4 SIEFORES Basicas donde se asignaban los recursos de los trabajadores de acuerdo con su edad Dado que este esquema implicaba la liquidacion y transferencia de los recursos de los trabajadores una vez alcanzada la edad maxima del grupo se decidio la migracion del regimen de inversion basado en un esquema de multifondos al nuevo esquema de SIEFORES generacionales En el regimen de SIEFORES generacionales al trabajador se le asigna una SIEFORE de acuerdo a su ano de nacimiento y permanece en ese vehiculo durante toda su vida laboral hasta su retiro Asi la estrategia de inversion de sus ahorros se ira adecuando dentro del mismo fondo lo que permitira aprovechar mejor los beneficios a largo plazo de la inversion de sus recursos Entre mas jovenes son los trabajadores las SIEFORES invierten sus recursos en instrumentos mas diversificados que a su vez pueden ofrecer mayores rendimientos a medida que el trabajador envejece los instrumentos utilizados son mas conservadores Lo anterior sin perjuicio de la libertad del trabajador de que pueda solicitar que se le ubique en una SIEFORE distinta a la que corresponda a su generacion Es decir el trabajador retiene la flexibilidad de escoger las condiciones de riesgo y rendimiento que a su juicio le parezcan mas convenientes El Regimen de Inversion de las SIEFORES les permite invertir en Instrumentos de Deuda acciones bursatilizados Fideicomisos de Inversion en Bienes Raices FIBRAS Certificados de Capital de Desarrollo CKD Certificados Bursatiles Fiduciarios de Proyectos de Inversion CERPI coberturas y derivados entre otros Actualmente existen 10 SIEFORES Generacionales SIEFORE Basica inicial SIEFORE Basica 90 94 SIEFORE Basica 85 89 SIEFORE Basica 80 84 SIEFORE Basica 75 79 SIEFORE Basica 70 74 SIEFORE Basica 65 69 SIEFORE Basica 60 64 SIEFORE Basica 55 59 SIEFORE Basica de pensiones SB0 El Rendimiento Neto es el promedio de los rendimientos de corto mediano y largo plazo que ofrece una SIEFORE por encima del costo de una renta vitalicia El indicador de Rendimiento Neto incluye la deduccion de las Comisiones aplicables Este indicador refleja el desempeno pasado obtenido por las inversiones en cada SIEFORE La CONSAR publica cada mes la actualizacion de este Indicador en su pagina de internet para que los trabajadores puedan revisarlo de acuerdo a su AFORE y su SIEFORE https www gob mx consar articulos indicador de rendimiento netoComisiones en las AFORES EditarPara que las Administradoras de Fondos cubran los costos derivados de operacion que esencialmente incluyen los costos de administrar e invertir los recursos de servicios al cliente registros y envios de estados de cuenta de promocion y mercadeo y de cumplimientos de la regulacion estas tienen la facultad de cobrar una comision al trabajador o cuentahabiente Dado que las comisiones se expresan como porcentaje del saldo y generalmente dicho numero es pequeno muchos ahorradores asumen que la comision tendra un impacto menor en el saldo de su cuenta de ahorro pensionario Nada mas alejado de la realidad Por tanto entre mayor sea la comision que cobra una AFORE menor sera la pension de un ahorrador para un nivel de rendimientos iguales La estructura de comisiones de las AFORE ha evolucionado a lo largo del tiempo En un inicio se permitia el cobro de distintas comisiones sobre el saldo de la cuenta sobre el flujo es decir sobre las aportaciones que iban ingresando a la cuenta y o sobre el rendimiento obtenido El calculo de estas comisiones era distinto para cada AFORE y por lo tanto la comparacion de comisiones entre trabajadores no era sencilla y dificultaba su decision de eleccion Por lo anterior se modifico la Ley en 2008 y se opto por una mayor transparencia para facilitar la toma de decisiones del trabajador estableciendo un regimen de cobro de comision unica sobre el saldo ahorrado Desde 2010 a raiz de una modificacion de Ley en el Congreso de la Union la Junta de Gobierno de la CONSAR tiene la facultad de aprobar las comisiones que cada AFORE tiene contemplado cobrar para el ano venidero Para ese proceso cada AFORE esta obligada a presentar su propuesta de comisiones durante los primeros diez dias habiles del mes de noviembre del ano en curso La Junta de Gobierno debera resolver sobre la propuesta de las AFORE antes del ultimo dia habil de diciembre Con la reforma de 2019 la CONSAR tiene facultades para determinar el monto maximo de comision que pueden cobrar las AFORES con base el promedio aritmetico de la Comision en Chile Colombia y Estados Unidos La CONSAR publica ano con ano las comisiones que cobra cada una de las Afores en el siguiente apartado https www gob mx consar es articulos comisiones vigentes en 2022 idiom esAfores existentes EditarHasta enero de 2022 Azteca Citibanamex Coppel Inbursa SURA InverCap PensionISSSTE Principal Profuturo XXI BanorteAfores desaparecidas Editar El 7 de mayo de 2018 MetLife se fusiona con Principal Afore dejando un total de 10 Afores existentes en el pais Vease tambien EditarInstituto Mexicano del Seguro Social ISSSTE Seguridad social Modalidad 40 Capitalizacion individual en el mundoReferencias Editar Articulo 19 Ley de los sistemas de ahorro para el retiro Articulo 74 Ley de los sistemas de ahorro para el retiro Enlaces externos EditarCONSAR Asociacion Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro Tramites de las Afores Datos Q7316831 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Administradoras de Fondos para el Retiro amp oldid 141691312, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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