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Tribunal Supremo de Puerto Rico

El Tribunal Supremo de Puerto Rico es el foro judicial de mayor jerarquía en Puerto Rico. Por delegación constitucional, el Tribunal Supremo es la autoridad judicial máxima para interpretar las leyes y la Constitución de Puerto Rico.[1]​ El Artículo V de la Constitución de Puerto Rico le otorga el poder judicial a este Tribunal y por esto es la cabeza del mismo,[2]​ teniendo además la potestad inherente para reglamentar la profesión de la abogacía en el territorio. La sede del tribunal se encuentra en la ciudad capital de San Juan.

Tribunal Supremo de Puerto Rico
Información general
Ámbito Estados Unidos
Tipo Tribunal
Acrónimo TSPR
Sede San Juan, Puerto Rico
Fundación 1900
Jurisdicción Puerto Rico
Organización
Composición 1 Juez Presidente y 8 Jueces Asociados
Primer Tribunal Supremo de Puerto Rico nombrado por la Ley Foraker.

Estructura y poderes

El Tribunal Supremo de Puerto Rico fue establecida por la Ley Foraker en 1900 y mantenido en la Constitución de Puerto Rico de 1952.[3]​ Es el único tribunal requerido por la Constitución, ya que todos los demás tribunales son creados por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico.[2]​ No obstante, ya que Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos, también existe una corte federal estadounidense de jurisdicción en la Isla.

Los jueces (actualmente nueve) son nombrados por el Gobernador de Puerto Rico y confirmados por mayoría de votos por el Senado.[4]​ Uno de estos nueve jueces sirve como Presidente del Tribunal Supremo; los miembros restantes son designados jueces asociados.[1]​ A diferencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos, los jueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico no sirven de por vida, ya que la Constitución de Puerto Rico exige que todos los jueces deben retirarse al cumplir los 70 años.[5]​Los jueces del Tribunal Supremo podrán ser destituidos por las mismas causas que al gobernador descritas en el Artículo III Sección de la Constitución, mientras que los jueces de inferior jerarquía podrán ser destituidos por el Tribunal Supremo.[6]

Si bien la Constitución de Puerto Rico establece que el Tribunal estará compuesta por cinco jueces, también contiene una disposición según la cual el número puede modificarse, aunque solo a petición del propio Tribunal.[1]​ Esta disposición se ha utilizado cuatro veces en la historia del Tribunal. Inmediatamente después de la ratificación de la Constitución, el Tribunal solicitó dos jueces adicionales. A principios de la década de 1960, el Tribunal solicitó nuevamente la incorporación de dos jueces más, argumentando que había un atraso en el caso. Posteriormente, durante la década de 1970, el Tribunal solicitó que su número se redujera a siete miembros, argumentando que se había atendido el retraso. Finalmente, en 2010, una mayoría de 4–3 de los jueces solicitó a la Asamblea Legislativa que aumentara nuevamente la membresía del Tribunal a 9 miembros.

La jurisdicción del Tribunal es sólo sobre la Constitución y las leyes de Puerto Rico y funciona sólo como corte apelativa.[2]​ El Tribunal Supremo de Puerto Rico, funciona de la misma manera en la cual funcionan las Cortes Supremas de los estados de Estados Unidos. Por lo tanto, una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico, solo puede ser revisada, en contadas circunstancias, por la Corte Suprema de los Estados Unidos. Esto debido a que el arreglo constitucional de Puerto Rico es análogo al de los estados de la Unión. El tribunal tiene el poder de revisión judicial y su decisión establece precedente y es vinculante dentro de la jurisdicción de Puerto Rico.

Los períodos del Tribunal Supremo comienzan el primer lunes de octubre y termina en la última semana de junio del año siguiente. Sin embargo, durante los meses de receso de julio a septiembre, un panel alterno de tres jueces puede escuchar casos y sus decisiones se consideran un precedente vinculante. Sin embargo, para que cualquier ley aprobada por la Asamblea Legislativa sea declarada inconstitucional, requiere los votos de la mayoría de los miembros que componen el Tribunal.[7]

Los jueces deciden si escuchar o no argumentos orales para el caso. Si el caso es controvertido o tiene un gran interés público, se puede programar un argumento oral, aunque los argumentos orales fueron escasos bajo el Presidente del Tribunal Supremo Federico Hernández Denton. Cuando se produce un argumento oral, cada parte tiene veinticinco minutos para declarar sus respectivas reclamaciones y cinco minutos para la refutación. Después de que las partes hayan terminado su discusión, cada juez tiene diez minutos (en orden de antigüedad) para hacer preguntas a cada parte. Los jueces pueden decidir ceder el equilibrio de su tiempo a uno de sus colegas.

El Tribunal Supremo de Puerto Rico mantiene los registros oficiales de los abogados con licencia en Puerto Rico.


Juez Presidente de Tribunal Supremo

El Presidente del Tribunal Supremo es el presidente del tribunal,[1]​ y ​​entre sus funciones dirige la administración de los diferentes tribunales[2]​, preside la Junta de Redistribución de Distritos Constitucionales que revisa los distritos senatoriales y representativos de Puerto Rico después de cada censo decenal y preside el juicio político del Gobernador de Puerto Rico.[8]

Lista de Jueces Presidentes

  • Hon. José Severo Quiñonez (1900-1909)
  • Hon. José Conrado Hernández (1909-1922)
  • Hon. Emilio del Toro Cuebas (1922-1943)
  • Hon. Martín Travieso (1944-1948)
  • Hon. Ángel R. De Jesús (1948-1951)
  • Hon. Roberto H. Todd Borrás (1951-1952)
  • Hon. A. Cecil Snyder (1953-1957)
  • Hon. Jaime Sifre Dávila (1957-1957)
  • Hon. Luis Negrón Fernández (1957-1972)
  • Hon. Pedro Pérez Pimentel (1972-1974)
  • Hon. José Trías Monge (1974-1985)
  • Hon. Víctor M. Pons (1985-1992)
  • Hon. José Andreu García (1992-2003)
  • Hon. Miriam Naveira (2003-2004)
  • Hon. Federico Hernández Denton (2004-2014)
  • Hon. Liana Fiol Matta (2014-2016)
  • Hon. Maite Oronoz Rodríguez (2016-presente)

Origen de los Tribunales Interiores

Los tribunales municipales y de distrito han existido en Puerto Rico desde al menos el siglo XIX. Cuando Estados Unidos invadió la isla, se dispuso a reorganizar el sistema judicial. El régimen militar estadounidense en Puerto Rico promulgó la Orden 118 de 1899, por la cual el sistema de Tribunales Penales y Tribunales de Primera Instancia e Investigación fue reemplazado por cinco tribunales de distrito en San Juan, Ponce, Mayagüez, Arecibo y Humacao.[9]

Enmiendas al Reglamento del Tribunal y decisiones trascendentales

Una mayoría de 4–3 modificó la Regla 5 del Reglamento del Tribunal Subremo para permitir que el juez de mayor rango en el lado de la mayoría de cada caso determine el miembro de la Corte que escribiría la opinión de la mayoría. Anteriormente, el Presidente del Tribunal Supremo, incluso en el lado minoritario de un caso, asignaba la redacción de la opinión de la Corte.[10]

En Suárez Cáceres v. CEE , el tribunal anuló una decisión judicial previa que requería que se incluyera una opción de "Ninguno de los anteriores" en los plebiscitos de estatus político. Esa opción obtuvo una mayoría absoluta de votos en el plebiscito de estatus político de 1998.[11]

En Senado de Puerto Rico v. Gobierno de Puerto Rico et als. 2019 TSPR 138, el Tribunal Supremo en votación unánime (9-0) declaró nula la juramentación del Secretario de Estado Pedro Pierluisi al cargo de gobernador por vacante absoluta del cargo.[12]

Jueces actuales

Hasta julio de 2021, los jueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico son:

Juez Año de Nacimiento Nombrado por Año de Nombramiento Año de Finalización del Término Posiciones Previas
Maite Oronoz Rodríguez
(Jueza Presidenta)
1976 Alejandro Garcia Padilla 2016 2046 Jueza Asociada del Tribunal Supremo
Vacante - - - - -
Mildred Pabón Charneco 1957 Luis Fortuño 2009 2027 Jueza del Tribunal de Apelaciones
Rafael Martínez Torres 1959 Luis Fortuño 2009 2029 Juez del Tribunal de Apelaciones
Erick Kolthoff Caraballo 1961 Luis Fortuño 2009 2031 Juez Superior (2007-2009)
Edgardo Rivera García 1955 Luis Fortuño 2010 2025 Juez del Tribunal de Apelaciones
Luis Estrella Martínez 1971 Luis Fortuño 2011 2041 Asesor Legislativo en materia legal
Roberto Feliberti Cintrón 1963 Luis Fortuño 2011 2033 Juez del Tribunal de Apelaciones
Angel Colón Pérez 1977 Alejandro Garcia Padilla 2016 2047 Asesor del Gobernador Alejandro Garcia Padilla

Referencias

  1. «Art. V Sec. 3 de la Constitución de Puerto Rico». 
  2. «Art. V Sec. 2 de la Constitución de Puerto Rico». 
  3. «Art. V Sec. 1 de la Constitución de Puerto Rico». 
  4. «Art. V Sec. 8 de la Constitución de Puerto Rico». 
  5. «Art. V Sec. 10 de la Constitución de Puerto Rico». 
  6. «Art. V Sec. 11 de la Constitución de Puerto Rico». 
  7. «Art. V Sec. 4 de la Constitución de Puerto Rico». 
  8. «Art. III Sec. 4 de la Constitución de Puerto Rico». 
  9. El libro de Puerto Rico: Chapter IV: Government: The Judiciary - Its Importance and Influence, by Emilio del Toro Cuebas. el 21 de diciembre de 2014 en Wayback Machine. E. Fernandez Garcia, editor. Francis W. Hoadley & Eugenio Astol, co-editors. San Juan, Puerto Rico: El Libro Azul Publishing Company. 1923. Page 181. Retrieved 20 July 2012.
  10. «2010 DTS 027 ENMIENDAS A LA REGLA 5 DEL REGLAMENTO DEL TRIBUNAL SUPREMO 2010TSPR027 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R. de 2010». www.lexjuris.com. Consultado el 22 de octubre de 2019. 
  11. «Suárez Cáceres v. CEE». 
  12. «Senado de Puerto Rico v. Gobierno de Puerto Rico». 

Enlaces externos

    •   Datos: Q7644991
    •   Multimedia: Supreme Court of Puerto Rico

    tribunal, supremo, puerto, rico, foro, judicial, mayor, jerarquía, puerto, rico, delegación, constitucional, tribunal, supremo, autoridad, judicial, máxima, para, interpretar, leyes, constitución, puerto, rico, artículo, constitución, puerto, rico, otorga, pod. El Tribunal Supremo de Puerto Rico es el foro judicial de mayor jerarquia en Puerto Rico Por delegacion constitucional el Tribunal Supremo es la autoridad judicial maxima para interpretar las leyes y la Constitucion de Puerto Rico 1 El Articulo V de la Constitucion de Puerto Rico le otorga el poder judicial a este Tribunal y por esto es la cabeza del mismo 2 teniendo ademas la potestad inherente para reglamentar la profesion de la abogacia en el territorio La sede del tribunal se encuentra en la ciudad capital de San Juan Tribunal Supremo de Puerto RicoInformacion generalAmbitoEstados UnidosTipoTribunalAcronimoTSPRSedeSan Juan Puerto RicoFundacion1900JurisdiccionPuerto RicoOrganizacionComposicion1 Juez Presidente y 8 Jueces Asociados editar datos en Wikidata Primer Tribunal Supremo de Puerto Rico nombrado por la Ley Foraker Indice 1 Estructura y poderes 1 1 Juez Presidente de Tribunal Supremo 1 2 Lista de Jueces Presidentes 1 3 Origen de los Tribunales Interiores 1 4 Enmiendas al Reglamento del Tribunal y decisiones trascendentales 2 Jueces actuales 3 Referencias 4 Enlaces externosEstructura y poderes EditarEl Tribunal Supremo de Puerto Rico fue establecida por la Ley Foraker en 1900 y mantenido en la Constitucion de Puerto Rico de 1952 3 Es el unico tribunal requerido por la Constitucion ya que todos los demas tribunales son creados por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico 2 No obstante ya que Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos tambien existe una corte federal estadounidense de jurisdiccion en la Isla Los jueces actualmente nueve son nombrados por el Gobernador de Puerto Rico y confirmados por mayoria de votos por el Senado 4 Uno de estos nueve jueces sirve como Presidente del Tribunal Supremo los miembros restantes son designados jueces asociados 1 A diferencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos los jueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico no sirven de por vida ya que la Constitucion de Puerto Rico exige que todos los jueces deben retirarse al cumplir los 70 anos 5 Los jueces del Tribunal Supremo podran ser destituidos por las mismas causas que al gobernador descritas en el Articulo III Seccion de la Constitucion mientras que los jueces de inferior jerarquia podran ser destituidos por el Tribunal Supremo 6 Si bien la Constitucion de Puerto Rico establece que el Tribunal estara compuesta por cinco jueces tambien contiene una disposicion segun la cual el numero puede modificarse aunque solo a peticion del propio Tribunal 1 Esta disposicion se ha utilizado cuatro veces en la historia del Tribunal Inmediatamente despues de la ratificacion de la Constitucion el Tribunal solicito dos jueces adicionales A principios de la decada de 1960 el Tribunal solicito nuevamente la incorporacion de dos jueces mas argumentando que habia un atraso en el caso Posteriormente durante la decada de 1970 el Tribunal solicito que su numero se redujera a siete miembros argumentando que se habia atendido el retraso Finalmente en 2010 una mayoria de 4 3 de los jueces solicito a la Asamblea Legislativa que aumentara nuevamente la membresia del Tribunal a 9 miembros La jurisdiccion del Tribunal es solo sobre la Constitucion y las leyes de Puerto Rico y funciona solo como corte apelativa 2 El Tribunal Supremo de Puerto Rico funciona de la misma manera en la cual funcionan las Cortes Supremas de los estados de Estados Unidos Por lo tanto una decision del Tribunal Supremo de Puerto Rico solo puede ser revisada en contadas circunstancias por la Corte Suprema de los Estados Unidos Esto debido a que el arreglo constitucional de Puerto Rico es analogo al de los estados de la Union El tribunal tiene el poder de revision judicial y su decision establece precedente y es vinculante dentro de la jurisdiccion de Puerto Rico Los periodos del Tribunal Supremo comienzan el primer lunes de octubre y termina en la ultima semana de junio del ano siguiente Sin embargo durante los meses de receso de julio a septiembre un panel alterno de tres jueces puede escuchar casos y sus decisiones se consideran un precedente vinculante Sin embargo para que cualquier ley aprobada por la Asamblea Legislativa sea declarada inconstitucional requiere los votos de la mayoria de los miembros que componen el Tribunal 7 Los jueces deciden si escuchar o no argumentos orales para el caso Si el caso es controvertido o tiene un gran interes publico se puede programar un argumento oral aunque los argumentos orales fueron escasos bajo el Presidente del Tribunal Supremo Federico Hernandez Denton Cuando se produce un argumento oral cada parte tiene veinticinco minutos para declarar sus respectivas reclamaciones y cinco minutos para la refutacion Despues de que las partes hayan terminado su discusion cada juez tiene diez minutos en orden de antiguedad para hacer preguntas a cada parte Los jueces pueden decidir ceder el equilibrio de su tiempo a uno de sus colegas El Tribunal Supremo de Puerto Rico mantiene los registros oficiales de los abogados con licencia en Puerto Rico Juez Presidente de Tribunal Supremo Editar El Presidente del Tribunal Supremo es el presidente del tribunal 1 y entre sus funciones dirige la administracion de los diferentes tribunales 2 preside la Junta de Redistribucion de Distritos Constitucionales que revisa los distritos senatoriales y representativos de Puerto Rico despues de cada censo decenal y preside el juicio politico del Gobernador de Puerto Rico 8 Lista de Jueces Presidentes Editar Hon Jose Severo Quinonez 1900 1909 Hon Jose Conrado Hernandez 1909 1922 Hon Emilio del Toro Cuebas 1922 1943 Hon Martin Travieso 1944 1948 Hon Angel R De Jesus 1948 1951 Hon Roberto H Todd Borras 1951 1952 Hon A Cecil Snyder 1953 1957 Hon Jaime Sifre Davila 1957 1957 Hon Luis Negron Fernandez 1957 1972 Hon Pedro Perez Pimentel 1972 1974 Hon Jose Trias Monge 1974 1985 Hon Victor M Pons 1985 1992 Hon Jose Andreu Garcia 1992 2003 Hon Miriam Naveira 2003 2004 Hon Federico Hernandez Denton 2004 2014 Hon Liana Fiol Matta 2014 2016 Hon Maite Oronoz Rodriguez 2016 presente Origen de los Tribunales Interiores Editar Los tribunales municipales y de distrito han existido en Puerto Rico desde al menos el siglo XIX Cuando Estados Unidos invadio la isla se dispuso a reorganizar el sistema judicial El regimen militar estadounidense en Puerto Rico promulgo la Orden 118 de 1899 por la cual el sistema de Tribunales Penales y Tribunales de Primera Instancia e Investigacion fue reemplazado por cinco tribunales de distrito en San Juan Ponce Mayaguez Arecibo y Humacao 9 Enmiendas al Reglamento del Tribunal y decisiones trascendentales Editar Una mayoria de 4 3 modifico la Regla 5 del Reglamento del Tribunal Subremo para permitir que el juez de mayor rango en el lado de la mayoria de cada caso determine el miembro de la Corte que escribiria la opinion de la mayoria Anteriormente el Presidente del Tribunal Supremo incluso en el lado minoritario de un caso asignaba la redaccion de la opinion de la Corte 10 En Suarez Caceres v CEE el tribunal anulo una decision judicial previa que requeria que se incluyera una opcion de Ninguno de los anteriores en los plebiscitos de estatus politico Esa opcion obtuvo una mayoria absoluta de votos en el plebiscito de estatus politico de 1998 11 En Senado de Puerto Rico v Gobierno de Puerto Rico et als 2019 TSPR 138 el Tribunal Supremo en votacion unanime 9 0 declaro nula la juramentacion del Secretario de Estado Pedro Pierluisi al cargo de gobernador por vacante absoluta del cargo 12 Jueces actuales EditarHasta julio de 2021 los jueces del Tribunal Supremo de Puerto Rico son Juez Ano de Nacimiento Nombrado por Ano de Nombramiento Ano de Finalizacion del Termino Posiciones PreviasMaite Oronoz Rodriguez Jueza Presidenta 1976 Alejandro Garcia Padilla 2016 2046 Jueza Asociada del Tribunal SupremoVacante Mildred Pabon Charneco 1957 Luis Fortuno 2009 2027 Jueza del Tribunal de ApelacionesRafael Martinez Torres 1959 Luis Fortuno 2009 2029 Juez del Tribunal de ApelacionesErick Kolthoff Caraballo 1961 Luis Fortuno 2009 2031 Juez Superior 2007 2009 Edgardo Rivera Garcia 1955 Luis Fortuno 2010 2025 Juez del Tribunal de ApelacionesLuis Estrella Martinez 1971 Luis Fortuno 2011 2041 Asesor Legislativo en materia legalRoberto Feliberti Cintron 1963 Luis Fortuno 2011 2033 Juez del Tribunal de ApelacionesAngel Colon Perez 1977 Alejandro Garcia Padilla 2016 2047 Asesor del Gobernador Alejandro Garcia PadillaReferencias Editar a b c d Art V Sec 3 de la Constitucion de Puerto Rico a b c d Art V Sec 2 de la Constitucion de Puerto Rico Art V Sec 1 de la Constitucion de Puerto Rico Art V Sec 8 de la Constitucion de Puerto Rico Art V Sec 10 de la Constitucion de Puerto Rico Art V Sec 11 de la Constitucion de Puerto Rico Art V Sec 4 de la Constitucion de Puerto Rico Art III Sec 4 de la Constitucion de Puerto Rico El libro de Puerto Rico Chapter IV Government The Judiciary Its Importance and Influence by Emilio del Toro Cuebas Archivado el 21 de diciembre de 2014 en Wayback Machine E Fernandez Garcia editor Francis W Hoadley amp Eugenio Astol co editors San Juan Puerto Rico El Libro Azul Publishing Company 1923 Page 181 Retrieved 20 July 2012 2010 DTS 027 ENMIENDAS A LA REGLA 5 DEL REGLAMENTO DEL TRIBUNAL SUPREMO 2010TSPR027 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P R de 2010 www lexjuris com Consultado el 22 de octubre de 2019 Suarez Caceres v CEE Senado de Puerto Rico v Gobierno de Puerto Rico Enlaces externos EditarSitio web de la Rama Judicial de Puerto Rico Datos Q7644991 Multimedia Supreme Court of Puerto RicoObtenido de https es wikipedia org w index php title Tribunal Supremo de Puerto Rico amp oldid 137338299, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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