fbpx
Wikipedia

Tribunal Supremo Electoral de Guatemala

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) es la máxima autoridad en materia electoral. Es un órgano constitucional independiente de control político, por lo tanto, no está supeditado a organismo alguno del Estado. Este se rige por la Ley Electoral y de Partidos Políticos, Decreto 1-85 del Asamblea Nacional Constituyente.

Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala

Escudo de Guatemala, común a todos los órganos del estado.

Información general
Ámbito Guatemala Guatemala
Tipo Tribunal Electoral
Sede Zona 2 de Ciudad de Guatemala
Organización
Magistrada Presidente Irma Elizabeth Palencia
Composición 5 magistrados titulares y 5 suplentes
Historia
Fundación 1910 y 1983
Sitio web

Esta institución tiene la facultad de realizar la convocatoria a elecciones para el cargo de Presidente de la República y Vicepresidente de la República, para los cargos de Diputados al Congreso de la República, corporaciones municipales y al Parlamento Centroamericano, que será cada cuatro años, y consulta popular según el artículo 173 de la Constitución y la Ley Constitucional Electoral. También debe organizarlas adecuadamente para transparentar los votos que emitan la ciudadanía. Sin embargo, si no lo hiciere el Congreso de la República está facultado para hacerlo.

La Constitución y la Ley Electoral asignan al Tribunal Supremo Electoral, Registro de Ciudadanos y a otros de sus órganos, ejercer con exclusiva independencia funcional la jurisdicción electoral, es decir la potestad de administrar justicia en materia electoral. Es decir, además de organizar las elecciones y supervisar la actividad de las organizaciones políticas, aplica la ley a casos concretos y resuelve controversias en el ámbito electoral, actuando en segunda instancia, cuando conoce las resoluciones del Registro de Ciudadanos, las cuales están sujetas a su revisión, presentando un recurso de nulidad.[1]

Composición

El Tribunal Supremo Electoral está integrado con:

  • 5 magistrados titulares; y
  • 5 magistrados suplentes.

Quienes son electos por el Congreso de la República con el voto favorable de las dos terceras partes del total de sus miembros, de una nómina de cuarenta candidatos propuesta por la Comisión de Postulación. Duran en sus funciones seis años tomando posesión el 20 de marzo del año de elección y terminando el 19 de marzo del sexto año.[2]

Los actuales magistrados titulares y suplentes del Tribunal Supremo Electoral para el sexenio 2020-2026 son los siguientes:[3]

Nombre Cargo Período
Dra. Irma Elizabeth Palencia Orellana Magistrada Presidente 2020-2026
Dra. Blanca Odilia Alfaro Guerra Magistrado Vocal III 2020-2026
Ms. Gabriel Vladimir Aguilera Bolaños Magistrado Vocal IV 2020-2026
Ms. Mynor Custodio Franco Flores Magistrado Vocal V 2020-2026
Dr. Ranulfo Rafael Rojas Cetina Magistrado Vocal I 2020-2026
Lic. Marco Antonio Cornejo Marroquín Magistrado Suplente 2020-2026
Lic. Marlon Josué Barahona Catalán Magistrado Suplente 2020-2026
Lic. Ervin Gabriel Gómez Méndez Magistrado Suplente 2020-2026
Lic. Álvaro Ricardo Cordón Paredes Magistrado Suplente 2020-2026
Vacante Magistrado Suplente 2020-2026

Calidades

Los miembros del Tribunal Supremo Electoral deben tener las mismas calidades que corresponden a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia; gozarán de las mismas inmunidades y prerrogativas que aquellos y estarán sujetos a iguales responsabilidades. Podrán ser reelectos. Los miembros propietarios del Tribunal Supremo Electoral no podrán ejercer su profesión, prohibición que no afecta a los miembros suplentes, salvo asuntos referentes a materia electoral. Ellos no podrán ser asesores de ninguna institución.

Ausencia y Vacante

En el caso de ausencia temporal o definitiva de los Magistrados Propietarios, se llamará a los Magistrados Suplentes en el orden en que fueron designados. Si la ausencia fuere definitiva, el Magistrado Suplente llamado terminará como propietario el período, asumiendo la última vocalía hasta terminar como propietario el período correspondiente. El Congreso de la República elegirá de la nómina que en su oportunidad le fue propuesta, al nuevo suplente.

Cuando por cualquier causa no existiere la lista que debe elaborar la Comisión de Postulación o ésta se hubiere agotado y no hubiere magistrados suplentes para llamar a integrarlo, se procederá conforme a lo que establecen los artículos 139 y 141 de la presente ley; pero en este caso, la Comisión de Postulación deberá quedar instalada dentro del plazo de quince días siguientes a aquel en que el Congreso de la República de Guatemala la convoque. Dentro de los quince días de estar instalada la Comisión de Postulación, ésta deberá elaborar la nómina de candidatos para Magistrados Suplentes, y los electos fungirán hasta culminar el período para el que hubieren sido electos los Magistrados del Tribunal Supremo Electoral originalmente.

Funciones

Al Tribunal Supremo Electoral le competen las siguientes atribuciones y obligaciones:

a) Velar por el fiel cumplimiento de la Constitución, Leyes y Disposiciones que garanticen el derecho de organización y participación política de los ciudadanos;

b) Integrar la institución encargada de emitir el documento único de identificación personal;

c) Convocar y organizar los procesos electorales; declarar el resultado y la validez de las elecciones o, en su caso, la nulidad parcial o total de las mismas y adjudicar los cargos de elección popular, notificando a los ciudadanos la declaración de su elección;

d) Resolver, en definitiva, acerca de las actuaciones del Registro de Ciudadanos elevadas a su conocimiento, en virtud de recurso o de consulta;

e) Cumplir y hacer que se cumplan las disposiciones legales sobre organizaciones políticas y procesos electorales, así como dictar las disposiciones destinadas a hacer efectivas tales normas;

f) Resolver en virtud de recurso acerca de la inscripción, sanciones, suspensión y cancelación de organizaciones políticas;

g) Resolver, en definitiva, todo lo relativo a coaliciones o fusiones de partidos políticos y comités cívicos electorales;

h) Nombrar a los integrantes de las Juntas Electorales Departamentales y Municipales y remover a cualquiera de sus miembros por causa justificada, velando por su adecuado funcionamiento;

i) Velar por la adecuada y oportuna integración de las juntas receptoras de votos;

j) Investigar y resolver sobre cualquier asunto de su competencia, que conozca de oficio o en virtud de denuncia;

k) Poner en conocimiento de las autoridades competentes, los hechos constitutivos de delito o falta de que tuviere conocimiento, en materia de su competencia;

l) Requerir la asistencia de la fuerza pública para garantizar el desarrollo normal de los procesos electorales, la cual deberá prestarse en forma inmediata y adecuada;

m) Resolver las peticiones y consultas que sometan a su consideración los ciudadanos u organizaciones políticas, relacionadas con los asuntos de su competencia;

n) Resolver los recursos que deba conocer de conformidad con la ley;

ñ) Examinar y calificar la documentación electoral;

o) Nombrar, remover y sancionar a los funcionarios y al personal a su cargo;

p) Dictar su reglamento interno y el de los demás órganos electorales;

q) Elaborar y ejecutar su presupuesto anual y cumplir con lo que para el efecto establece la Constitución Política de la República;

r) Compilar y publicar la jurisprudencia en materia electoral;

s) Publicar la memoria del proceso electoral y sus resultados dentro de los seis meses después que el proceso electoral haya concluido;

t) Aplicar de conformidad con la Ley del Organismo Judicial, las disposiciones legales referentes a la materia electoral y a la inscripción y funcionamiento de organizaciones políticas;

u) Diseñar y ejecutar programas de formación y capacitación cívico electoral; y,

v) Resolver en definitiva todos los casos de su competencia que no estén regulados por la presente ley.

w) “Acordar la imposición de las sanciones reguladas en esta Ley; y,

x) Acordar la cancelación del registro de la organización política por realización anticipada de propaganda electoral. Asimismo, ordenar la cancelación de registro de las personas jurídicas, fundaciones, asociaciones u otras entidades sin fines político partidistas, que realicen propaganda electoral en cualquier época a favor de algún ciudadano u organización política.”

Presidente del Tribunal Supremo Electoral

El Presidente del Tribunal Supremo Electoral es el funcionario de más alta jerarquía en dicha institución y actuará conforme las atribuciones que le delegue la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Elección

El Tribunal Supremo Electoral, elige a su Presidente y establece el orden que corresponda a los Magistrados Vocales, en la primera sesión que celebre después de su elección.

Ausencia y Vacante

En el caso de ausencia temporal o definitiva del Presidente, es sustituido, en su orden, por los respectivos Magistrados Vocales.

Funciones

Las atribuciones del Presidente del Tribunal Supremo Electoral son:

a) Fijar el orden en que deban tratarse los asuntos sujetos al conocimiento del tribunal.

b) Dirigir las sesiones del tribunal.

c) Ejercer las funciones de jefe administrativo del tribunal, de sus dependencias y de los órganos electorales; y,

d) Ejercer la representación legal del tribunal, la cual podrá delegar, con aprobación del pleno, para asuntos específicos en otro de los Magistrados Propietarios.

Organización

Secretario General

El Tribunal Supremo Electoral tiene un Secretario General, quien debe reunir las mismas calidades que se requieren para ser Magistrado de la Corte de Apelaciones y tendrá iguales prerrogativas, inmunidades y prohibiciones.

Funciones

Las funciones del Secretario General son las siguientes:

a) Ser el encargado administrativo de las oficinas del Tribunal Supremo Electoral.

b) Asistir a las sesiones del Tribunal Supremo Electoral.

c) Elaborar las resoluciones y acuerdos que le correspondan, así como velar porque se practiquen las notificaciones pertinentes.

d) Formular las minutas respectivas, redactar y firmar las actas correspondientes.

e) Ser el responsable de la organización y manejo del archivo del tribunal.

f) Extender las credenciales que correspondan.

g) Formular y ordenar las publicaciones que ordene la ley.

h) Ser el responsable de los sellos de seguridad; e,

i) Ser responsable de la ejecución y cumplimiento de las funciones que le sean asignadas por el Tribunal Supremo Electoral.

Inspector General

Es la persona encargada de llevar a cabo las investigaciones designadas por el Tribunal Supremo Electoral, tendrá las mismas calidad que el Secretario General.

Funciones

Son funciones del Inspector General las siguientes:

a) Vigilar el estricto cumplimiento de la presente ley, de sus disposiciones reglamentarias y cualesquiera otras que se dicten en materia político electoral.

b) Vigilar el funcionamiento de las organizaciones políticas y desarrollo de la propaganda electoral.

c) Vigilar y supervisar el buen funcionamiento de las dependencias y oficinas del Tribunal Supremo Electoral.

d) Con conocimiento del Tribunal Supremo Electoral, investigar de oficio, o a instancia de parte, los hechos que constituyan transgresiones a la ley, a los reglamentos y a las disposiciones de carácter electoral. En caso de urgencia actuará de oficio, con informe al Tribunal Supremo Electoral.

e) Elevar al conocimiento de quien corresponda, las cuestiones que le sometan los ciudadanos o las organizaciones políticas y resolver aquellas que son de su competencia.

f) Denunciar ante las autoridades competentes los hechos que constituyan delitos o faltas electorales; y,

g) Las demás atribuciones que le fije el Tribunal Supremo Electoral.

Auditor Electoral

Calidades

El Auditor deber reunir las calidades siguientes:

a) Ser guatemalteco;

b) Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos; y

c) Ser Contador y Auditor Público, colegiado activo.

Funciones

Las funciones del Auditor Electoral, son las siguientes:

a) Verificar las actividades, materiales, elementos y operaciones de los órganos electorales dentro del proceso electoral, de conformidad con el reglamento respectivo, a fin de garantizar la pureza del mismo.

b) Comprobar que la papelería y demás elementos, destinados a elecciones, satisfagan los requisitos de ley.

c) Realizar auditorías constantes para establecer todo lo relativo a materiales, documentos, equipos e instrumentos de seguridad de los órganos electorales.

d) Elaborar, de conformidad con la ley, las actas correspondientes cuando ocurra destrucción de materiales.

e) Informar trimestralmente al Tribunal Supremo Electoral de las actividades desarrolladas y rendir los informes que el tribunal le ordene.

f) Informar por la vía más rápida al Tribunal Supremo Electoral, con copia al Inspector General, de cualquier anomalía que observe en el desarrollo del proceso electoral.

g) Fiscalizar las operaciones financieras y contables del Tribunal Supremo Electoral y sus dependencias, así como realizar auditorías ordinarias y extraordinarias de lo concerniente al financiamiento de las organizaciones políticas; y,

h) Rendir los informes pertinentes para los efectos de ley, a la Contraloría General de Cuentas y al Ministerio Público.

Dependencias Administrativas

  • Departamento de Contabilidad.

Órganos Electorales

  1. El Registro de Ciudadanos;
  2. Las Juntas Electorales Departamentales;
  3. Las Juntas Electorales Municipales;
  4. Las Juntas Receptoras de Votos.

Presupuesto

Corresponde al Tribunal Supremo Electoral una asignación no menor del medio por ciento (0.5%) del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado para cubrir sus gastos de su funcionamiento y de los procesos electorales. El año en que se celebren procesos electorales o procedimientos consultivos, la asignación indicada se aumentará en la cantidad que sea necesaria para satisfacer los egresos inherentes al proceso de elecciones, conforme la estimación que apruebe y justifique previamente el Tribunal Supremo Electoral.

La cantidad descrita en el párrafo anterior deberá ser incorporada al Presupuesto General de Ingresos del Estado y entregada al Tribunal un mes antes de la convocatoria de dichos procesos electorales o procedimiento consultivo. Si transcurrido el plazo, el Tribunal Supremo Electoral no contara con dichos fondos, deberá tomar las medidas de emergencia necesarias para que el proceso electoral respectivo se lleve a cabo, tales como contratar préstamos con los Bancos del sistema con garantía de futuras asignaciones presupuestales, o bien ayudas directas del exterior que no comprometan las finanzas del Estado, ni la independencia y funcionalidad del Tribunal.

Véase también

Referencias

Enlaces externos

Tribunal Supremo Electoral

  •   Datos: Q5785131

tribunal, supremo, electoral, guatemala, tribunal, supremo, electoral, máxima, autoridad, materia, electoral, órgano, constitucional, independiente, control, político, tanto, está, supeditado, organismo, alguno, estado, este, rige, electoral, partidos, polític. El Tribunal Supremo Electoral TSE es la maxima autoridad en materia electoral Es un organo constitucional independiente de control politico por lo tanto no esta supeditado a organismo alguno del Estado Este se rige por la Ley Electoral y de Partidos Politicos Decreto 1 85 del Asamblea Nacional Constituyente Tribunal Supremo Electoral de la Republica de GuatemalaEscudo de Guatemala comun a todos los organos del estado Informacion generalAmbitoGuatemala GuatemalaTipoTribunal ElectoralSedeZona 2 de Ciudad de GuatemalaOrganizacionMagistrada PresidenteIrma Elizabeth PalenciaComposicion5 magistrados titulares y 5 suplentesHistoriaFundacion1910 y 1983Sitio web editar datos en Wikidata Esta institucion tiene la facultad de realizar la convocatoria a elecciones para el cargo de Presidente de la Republica y Vicepresidente de la Republica para los cargos de Diputados al Congreso de la Republica corporaciones municipales y al Parlamento Centroamericano que sera cada cuatro anos y consulta popular segun el articulo 173 de la Constitucion y la Ley Constitucional Electoral Tambien debe organizarlas adecuadamente para transparentar los votos que emitan la ciudadania Sin embargo si no lo hiciere el Congreso de la Republica esta facultado para hacerlo La Constitucion y la Ley Electoral asignan al Tribunal Supremo Electoral Registro de Ciudadanos y a otros de sus organos ejercer con exclusiva independencia funcional la jurisdiccion electoral es decir la potestad de administrar justicia en materia electoral Es decir ademas de organizar las elecciones y supervisar la actividad de las organizaciones politicas aplica la ley a casos concretos y resuelve controversias en el ambito electoral actuando en segunda instancia cuando conoce las resoluciones del Registro de Ciudadanos las cuales estan sujetas a su revision presentando un recurso de nulidad 1 Indice 1 Composicion 1 1 Calidades 1 2 Ausencia y Vacante 1 3 Funciones 2 Presidente del Tribunal Supremo Electoral 2 1 Eleccion 2 2 Ausencia y Vacante 2 3 Funciones 3 Organizacion 3 1 Secretario General 3 1 1 Funciones 3 2 Inspector General 3 2 1 Funciones 3 3 Auditor Electoral 3 3 1 Calidades 3 3 2 Funciones 3 4 Dependencias Administrativas 3 5 organos Electorales 4 Presupuesto 5 Vease tambien 6 Referencias 7 Enlaces externosComposicion EditarEl Tribunal Supremo Electoral esta integrado con 5 magistrados titulares y 5 magistrados suplentes Quienes son electos por el Congreso de la Republica con el voto favorable de las dos terceras partes del total de sus miembros de una nomina de cuarenta candidatos propuesta por la Comision de Postulacion Duran en sus funciones seis anos tomando posesion el 20 de marzo del ano de eleccion y terminando el 19 de marzo del sexto ano 2 Los actuales magistrados titulares y suplentes del Tribunal Supremo Electoral para el sexenio 2020 2026 son los siguientes 3 Nombre Cargo PeriodoDra Irma Elizabeth Palencia Orellana Magistrada Presidente 2020 2026Dra Blanca Odilia Alfaro Guerra Magistrado Vocal III 2020 2026Ms Gabriel Vladimir Aguilera Bolanos Magistrado Vocal IV 2020 2026Ms Mynor Custodio Franco Flores Magistrado Vocal V 2020 2026Dr Ranulfo Rafael Rojas Cetina Magistrado Vocal I 2020 2026Lic Marco Antonio Cornejo Marroquin Magistrado Suplente 2020 2026Lic Marlon Josue Barahona Catalan Magistrado Suplente 2020 2026Lic Ervin Gabriel Gomez Mendez Magistrado Suplente 2020 2026Lic Alvaro Ricardo Cordon Paredes Magistrado Suplente 2020 2026Vacante Magistrado Suplente 2020 2026Calidades Editar Los miembros del Tribunal Supremo Electoral deben tener las mismas calidades que corresponden a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia gozaran de las mismas inmunidades y prerrogativas que aquellos y estaran sujetos a iguales responsabilidades Podran ser reelectos Los miembros propietarios del Tribunal Supremo Electoral no podran ejercer su profesion prohibicion que no afecta a los miembros suplentes salvo asuntos referentes a materia electoral Ellos no podran ser asesores de ninguna institucion Ausencia y Vacante Editar En el caso de ausencia temporal o definitiva de los Magistrados Propietarios se llamara a los Magistrados Suplentes en el orden en que fueron designados Si la ausencia fuere definitiva el Magistrado Suplente llamado terminara como propietario el periodo asumiendo la ultima vocalia hasta terminar como propietario el periodo correspondiente El Congreso de la Republica elegira de la nomina que en su oportunidad le fue propuesta al nuevo suplente Cuando por cualquier causa no existiere la lista que debe elaborar la Comision de Postulacion o esta se hubiere agotado y no hubiere magistrados suplentes para llamar a integrarlo se procedera conforme a lo que establecen los articulos 139 y 141 de la presente ley pero en este caso la Comision de Postulacion debera quedar instalada dentro del plazo de quince dias siguientes a aquel en que el Congreso de la Republica de Guatemala la convoque Dentro de los quince dias de estar instalada la Comision de Postulacion esta debera elaborar la nomina de candidatos para Magistrados Suplentes y los electos fungiran hasta culminar el periodo para el que hubieren sido electos los Magistrados del Tribunal Supremo Electoral originalmente Funciones Editar Al Tribunal Supremo Electoral le competen las siguientes atribuciones y obligaciones a Velar por el fiel cumplimiento de la Constitucion Leyes y Disposiciones que garanticen el derecho de organizacion y participacion politica de los ciudadanos b Integrar la institucion encargada de emitir el documento unico de identificacion personal c Convocar y organizar los procesos electorales declarar el resultado y la validez de las elecciones o en su caso la nulidad parcial o total de las mismas y adjudicar los cargos de eleccion popular notificando a los ciudadanos la declaracion de su eleccion d Resolver en definitiva acerca de las actuaciones del Registro de Ciudadanos elevadas a su conocimiento en virtud de recurso o de consulta e Cumplir y hacer que se cumplan las disposiciones legales sobre organizaciones politicas y procesos electorales asi como dictar las disposiciones destinadas a hacer efectivas tales normas f Resolver en virtud de recurso acerca de la inscripcion sanciones suspension y cancelacion de organizaciones politicas g Resolver en definitiva todo lo relativo a coaliciones o fusiones de partidos politicos y comites civicos electorales h Nombrar a los integrantes de las Juntas Electorales Departamentales y Municipales y remover a cualquiera de sus miembros por causa justificada velando por su adecuado funcionamiento i Velar por la adecuada y oportuna integracion de las juntas receptoras de votos j Investigar y resolver sobre cualquier asunto de su competencia que conozca de oficio o en virtud de denuncia k Poner en conocimiento de las autoridades competentes los hechos constitutivos de delito o falta de que tuviere conocimiento en materia de su competencia l Requerir la asistencia de la fuerza publica para garantizar el desarrollo normal de los procesos electorales la cual debera prestarse en forma inmediata y adecuada m Resolver las peticiones y consultas que sometan a su consideracion los ciudadanos u organizaciones politicas relacionadas con los asuntos de su competencia n Resolver los recursos que deba conocer de conformidad con la ley n Examinar y calificar la documentacion electoral o Nombrar remover y sancionar a los funcionarios y al personal a su cargo p Dictar su reglamento interno y el de los demas organos electorales q Elaborar y ejecutar su presupuesto anual y cumplir con lo que para el efecto establece la Constitucion Politica de la Republica r Compilar y publicar la jurisprudencia en materia electoral s Publicar la memoria del proceso electoral y sus resultados dentro de los seis meses despues que el proceso electoral haya concluido t Aplicar de conformidad con la Ley del Organismo Judicial las disposiciones legales referentes a la materia electoral y a la inscripcion y funcionamiento de organizaciones politicas u Disenar y ejecutar programas de formacion y capacitacion civico electoral y v Resolver en definitiva todos los casos de su competencia que no esten regulados por la presente ley w Acordar la imposicion de las sanciones reguladas en esta Ley y x Acordar la cancelacion del registro de la organizacion politica por realizacion anticipada de propaganda electoral Asimismo ordenar la cancelacion de registro de las personas juridicas fundaciones asociaciones u otras entidades sin fines politico partidistas que realicen propaganda electoral en cualquier epoca a favor de algun ciudadano u organizacion politica Presidente del Tribunal Supremo Electoral EditarEl Presidente del Tribunal Supremo Electoral es el funcionario de mas alta jerarquia en dicha institucion y actuara conforme las atribuciones que le delegue la Ley Electoral y de Partidos Politicos Eleccion Editar El Tribunal Supremo Electoral elige a su Presidente y establece el orden que corresponda a los Magistrados Vocales en la primera sesion que celebre despues de su eleccion Ausencia y Vacante Editar En el caso de ausencia temporal o definitiva del Presidente es sustituido en su orden por los respectivos Magistrados Vocales Funciones Editar Las atribuciones del Presidente del Tribunal Supremo Electoral son a Fijar el orden en que deban tratarse los asuntos sujetos al conocimiento del tribunal b Dirigir las sesiones del tribunal c Ejercer las funciones de jefe administrativo del tribunal de sus dependencias y de los organos electorales y d Ejercer la representacion legal del tribunal la cual podra delegar con aprobacion del pleno para asuntos especificos en otro de los Magistrados Propietarios Organizacion EditarSecretario General Editar El Tribunal Supremo Electoral tiene un Secretario General quien debe reunir las mismas calidades que se requieren para ser Magistrado de la Corte de Apelaciones y tendra iguales prerrogativas inmunidades y prohibiciones Funciones Editar Las funciones del Secretario General son las siguientes a Ser el encargado administrativo de las oficinas del Tribunal Supremo Electoral b Asistir a las sesiones del Tribunal Supremo Electoral c Elaborar las resoluciones y acuerdos que le correspondan asi como velar porque se practiquen las notificaciones pertinentes d Formular las minutas respectivas redactar y firmar las actas correspondientes e Ser el responsable de la organizacion y manejo del archivo del tribunal f Extender las credenciales que correspondan g Formular y ordenar las publicaciones que ordene la ley h Ser el responsable de los sellos de seguridad e i Ser responsable de la ejecucion y cumplimiento de las funciones que le sean asignadas por el Tribunal Supremo Electoral Inspector General Editar Es la persona encargada de llevar a cabo las investigaciones designadas por el Tribunal Supremo Electoral tendra las mismas calidad que el Secretario General Funciones Editar Son funciones del Inspector General las siguientes a Vigilar el estricto cumplimiento de la presente ley de sus disposiciones reglamentarias y cualesquiera otras que se dicten en materia politico electoral b Vigilar el funcionamiento de las organizaciones politicas y desarrollo de la propaganda electoral c Vigilar y supervisar el buen funcionamiento de las dependencias y oficinas del Tribunal Supremo Electoral d Con conocimiento del Tribunal Supremo Electoral investigar de oficio o a instancia de parte los hechos que constituyan transgresiones a la ley a los reglamentos y a las disposiciones de caracter electoral En caso de urgencia actuara de oficio con informe al Tribunal Supremo Electoral e Elevar al conocimiento de quien corresponda las cuestiones que le sometan los ciudadanos o las organizaciones politicas y resolver aquellas que son de su competencia f Denunciar ante las autoridades competentes los hechos que constituyan delitos o faltas electorales y g Las demas atribuciones que le fije el Tribunal Supremo Electoral Auditor Electoral Editar Calidades Editar El Auditor deber reunir las calidades siguientes a Ser guatemalteco b Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos yc Ser Contador y Auditor Publico colegiado activo Funciones Editar Las funciones del Auditor Electoral son las siguientes a Verificar las actividades materiales elementos y operaciones de los organos electorales dentro del proceso electoral de conformidad con el reglamento respectivo a fin de garantizar la pureza del mismo b Comprobar que la papeleria y demas elementos destinados a elecciones satisfagan los requisitos de ley c Realizar auditorias constantes para establecer todo lo relativo a materiales documentos equipos e instrumentos de seguridad de los organos electorales d Elaborar de conformidad con la ley las actas correspondientes cuando ocurra destruccion de materiales e Informar trimestralmente al Tribunal Supremo Electoral de las actividades desarrolladas y rendir los informes que el tribunal le ordene f Informar por la via mas rapida al Tribunal Supremo Electoral con copia al Inspector General de cualquier anomalia que observe en el desarrollo del proceso electoral g Fiscalizar las operaciones financieras y contables del Tribunal Supremo Electoral y sus dependencias asi como realizar auditorias ordinarias y extraordinarias de lo concerniente al financiamiento de las organizaciones politicas y h Rendir los informes pertinentes para los efectos de ley a la Contraloria General de Cuentas y al Ministerio Publico Dependencias Administrativas Editar Departamento de Contabilidad organos Electorales Editar El Registro de Ciudadanos Las Juntas Electorales Departamentales Las Juntas Electorales Municipales Las Juntas Receptoras de Votos Presupuesto EditarCorresponde al Tribunal Supremo Electoral una asignacion no menor del medio por ciento 0 5 del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado para cubrir sus gastos de su funcionamiento y de los procesos electorales El ano en que se celebren procesos electorales o procedimientos consultivos la asignacion indicada se aumentara en la cantidad que sea necesaria para satisfacer los egresos inherentes al proceso de elecciones conforme la estimacion que apruebe y justifique previamente el Tribunal Supremo Electoral La cantidad descrita en el parrafo anterior debera ser incorporada al Presupuesto General de Ingresos del Estado y entregada al Tribunal un mes antes de la convocatoria de dichos procesos electorales o procedimiento consultivo Si transcurrido el plazo el Tribunal Supremo Electoral no contara con dichos fondos debera tomar las medidas de emergencia necesarias para que el proceso electoral respectivo se lleve a cabo tales como contratar prestamos con los Bancos del sistema con garantia de futuras asignaciones presupuestales o bien ayudas directas del exterior que no comprometan las finanzas del Estado ni la independencia y funcionalidad del Tribunal Vease tambien EditarGuatemala Distritos electorales de Guatemala Politica de Guatemala Congreso de la Republica de Guatemala Organismo Judicial de Guatemala Referencias Editar http www elperiodico com gt es opinion 198310 enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima https web archive org web 20140514195445 http www dca gob gt nuevo test index php template features item 28362 toman posesi C3 B3n nuevos magistrados del tse html https www publinews gt gt metroamp noticias 2020 03 21 asumen autoridades tse 2020 2026 htmlEnlaces externos EditarTribunal Supremo Electoral Datos Q5785131 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Tribunal Supremo Electoral de Guatemala amp oldid 146886912, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

español

, española, descargar, gratis, descargar gratis, mp3, video, mp4, 3gp, jpg, jpeg, gif, png, imagen, música, canción, película, libro, juego, juegos