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Sistema tributario de España

El sistema tributario español es el conjunto de tributos que son exigidos por los distintos niveles de las Haciendas Públicas de España. De acuerdo con lo establecido en la Constitución española de 1978 cabe distinguir tres subsistemas tributarios: el estatal, el autonómico y el local.

Historia

El punto de inicio del actual sistema tributario español es la reforma tributaria de 1845, impulsada por Alejandro Mon, que supuso una amplia unificación fiscal de todo el territorio y simplificó el cuadro de impuestos existentes. La reforma trataba de eliminar las trabas al crecimiento económico y así se suprimieron las aduanas interiores, los diezmos, la alcabala y los millones. En el nuevo sistema tributario se dio mucha más importancia a los impuestos directos que a los indirectos.

En 1900 se llevó a cabo una importante reforma fiscal, siendo ministro de Hacienda Raimundo Fernández Villaverde, que estableció la figura de la Contribución sobre Utilidades de la Riqueza Mobiliaria, que gravaba rentas del trabajo, del capital y mixtas. En 1940, con motivo de la finalización de la Guerra Civil, el sistema tributario fue objeto de una reforma que afectaba a casi todos los impuestos existentes, que se limitó a ampliar las bases imponibles y elevar los tipos impositivos. Estas modificaciones supusieron una elevación teórica de la presión fiscal, aunque la evasión generalizada impidió el crecimiento efectivo de la presión existente.

En 1957, ante la insuficiencia del sistema para financiar las cargas existentes, y como preparación de lo que dos años después sería el Plan Nacional de Estabilización Económica, el sistema fiscal se transformó para tratar de incrementar la recaudación. Se trató de racionalizar el conjunto de tributos estatales a través de una sistematización más adecuada y por otra parte corregir la insuficiencia del sistema, tratando de atajar el fraude fiscal. Esto se realizó a través de la utilización de los sistemas de evaluaciones globales y convenios con grupos de contribuyentes.[1]

La actual estructura del sistema fiscal del Estado procede del año 1977, en virtud de la profunda reforma impulsada por el Ministro Francisco Fernández Ordóñez, tras las Elecciones generales de España de 1977, que modernizó definitivamente el sistema fiscal español y lo preparó para la integración en Europa.

Principios del sistema tributario español

El sistema tributario español se basa en los siguientes principios:[2]

1. Principio de igualdad y generalidad

Todos los españoles son iguales a la hora de pagar los tributos.

2. Principio de capacidad económica

Es la cantidad de ingresos o riqueza que un ciudadano posee, por lo tanto los tributos tendrán que tener en cuenta esta capacidad a la hora de determinar lo que cada ciudadano debe pagar.

3. Principio de progresividad

Cuanta más capacidad económica tenga una persona, más tributos pagará de forma progresiva.

4. Principio de no confiscatoriedad

La tributación no podrá ser superior a la renta o patrimonio gravado.

5. Principio de legalidad

El artículo 133 de la Constitución establece que el único que tiene poder para establecer los tributos es el Estado mediante Ley.

Sistema tributario estatal

El estado y los otros entes públicos son los protagonistas de la actividad financiera, que tiene como objeto la realización de gastos públicos encaminados a satisfacer el bien común. Para realizar estos objetivos el estado necesita unos ingresos que se obtienen mayoritariamente a través de los tributos.

En España el marco legal que define el sistema fiscal está compuesto por las siguientes leyes:

  1. Constitución Española
  2. Ley General Tributaria (58/2003 del 17 de diciembre)
  3. Ley General Presupuestaria
  4. Las leyes que regulan cada tributo
  5. Los reglamentos que desarrollan las leyes tributarias

La actual estructura del sistema fiscal del Estado procede del año 1977, año en que fue objeto de profunda modificación y adaptación a la legislación y a las necesidades financieras de la época, está compuesto por los siguientes impuestos:

Impuestos directos

Impuestos indirectos

Sistema tributario autonómico

El sistema de financiación y recaudación de las autonomías está regulado en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, también conocida como LOFCA.

La Constitución impone una serie de límites en lo relativo a la facultad recaudatoria propia de las administraciones autonómicas. Habrán de respetar en todo caso la reserva de ley de los elementos esenciales del tributo, tendrán que seguir el principio de territorialidad, no podrán crear tributos aduaneros y tendrán que evitar la existencia privilegios económicos y sociales, así como respetar el principio de solidaridad con respecto al resto de autonomías.

Pese a la existencia de algunos tributos propios, creados por la propia Comunidad Autónoma sobre hechos imponibles no gravados por el Estado, o sobre materias no gravadas por impuestos locales (salvo autorización por ley estatal), gran parte de la masa recaudada proviene de impuestos estatales cuya recaudación va a parar, en parte o en su totalidad, a las arcas autonómicas.

Deben diferenciarse los ingresos tributarios de las comunidades autónomas bajo el régimen general y los derivados del régimen peculiar de Concierto o Convenios Económicos que tienen establecido el País Vasco y Navarra.

Régimen general

Tributos propios

Las comunidades autónomas pueden establecer tributos propios sobre hechos imponibles no gravados por el Estado, o sobre materias no gravadas por las administraciones locales (6.2 LOFCA). Sólo podrán crear impuestos sobre materias gravadas por impuestos locales si existe una ley estatal que lo autoriza, tal y como indica el artículo 6.3 de la LOFCA.

Pese a la gran variedad de sistemas (prácticamente uno por cada autonomía), los impuestos propios pueden clasificarse en los siguientes grupos:

Tributos cedidos

Existen una serie de impuestos estatales cuya gestión y recaudación ha sido cedida por completo a las comunidades autónomas. Son los siguientes:

Junto a estos tributos, existen otros cuya gestión corresponde al Estado, que cede un porcentaje determinado de la recaudación a las autonomías. Se cede la recaudación de una fracción de la tarifa autonómica del IRPF, y una parte del IVA, de los Impuestos Especiales de Fabricación sobre la Cerveza, sobre el Vino y Bebidas Fermentadas, sobre Productos Intermedios, sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, sobre Labores del Tabaco, sobre Hidrocarburos y el rendimiento cedido del Impuesto sobre la Electricidad.

Sistema tributario local

Municipios

Las Haciendas locales tienen a su disposición un conjunto de impuestos, cuyo establecimiento puede ser obligatorio, o en algunos casos potestativos. Al igual que sucede a nivel autonómico, los municipios que sean capitales de provincia o de Comunidad Autónoma y posean más de 75.000 habitantes se benefician de la cesión de la recaudación de ciertos impuestos estatales, principalmente para compensar la concesión de exenciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Impuestos propios

Los impuestos que obligatoriamente han de recaudar los municipios son:

De igual manera, entre los impuestos que los municipios pueden recaudar voluntariamente se encuentran los siguientes:

Impuestos cedidos

A fecha de 2007, los municipios que cumplieran con los requisitos mencionados (capital de provincia o autonomía de más de 75.000 habitantes) se beneficiaban del 1,6875 % del IRPF de los residentes, del 1,7897 % del IVA y del 2,0454 % de los Impuestos especiales de fabricación. Tanto para el IVA como para estos últimos Impuestos Especiales de Fabricación se tiene en cuenta la estimación del consumo en el municipio que realice el Instituto Nacional de Estadística (España).

Otras entidades locales

Las Provincias carecen de impuestos propios, aunque tienen derecho a un recargo sobre el Impuesto de Actividades Económicas, que a fecha de 2007 llegaba hasta el 40 %. También tienen un pequeño porcentaje de la recaudación obtenida de los impuestos estatales cedidos a los municipios.

Las denominadas áreas metropolitanas obtienen un recargo que llega al 0,2 % sobre la base imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Importancia relativa de las distintas figuras

 
Ingresos gestionados por la AEAT en 2009.

Según la memoria de 2009 de la AEAT, la recaudación tributaria líquida en España fue de 144 023 millones de euros, que se reparten según el siguiente esquema (en millones de euros):[3]

  • Impuestos directos:
    • Impuesto sobre la renta de las personas físicas: 63 857.
    • Impuesto sobre sociedades: 20 188.
    • Impuesto sobre la renta de los no residentes: 2342.
  • Impuestos indirectos:
    • Impuesto sobre el valor añadido: 33 567.
    • Impuestos especiales: 19 349.
  • TOTAL: 144 023

En enero de 2018, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció que la recaudación de 2017 superaba en 11.733 millones de euros la del año 2016, con un 6,3% de mejora, con lo que se llegaba a los 197.982 millones de euros, cantidad próxima al récord histórico de 2007, dando por superada la crisis económica.[4][5]

Recaudación Tributaria en España

Recaudación Tributaria Líquida de España entre 2002 y 2017 (en miles de millones de euros)[6][7]
Fuente: AEAT
Gráfica elaborada por: Wikipedia

Véase también

Referencias

  1. Ferreiro Lapatza, José Juan. Curso de derecho financiero español. Marcial Pons ediciones jurídicas y sociales S. A. ISBN 9788497683449. 
  2. http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186#a3
  3. Memoria de la AEAT 2009
  4. Montoro anticipa que la recaudación tributaria creció en 12.000 millones en 2017, en el diario ElConfidencial.com, 24 de enero de 2018.
  5. Montoro avanza que la recaudación tributaria creció un 6,3% en 2017, en el diario CincoDias, consultado el 29 de enero de 2018.
  6. Ministerio de Hacienda (España) (ed.). «Recaudación Tributaria de España. Datos de la AEAT.». Consultado el 14 de abril de 2015. 
  7. Agencia tributaria (ed.). «INFORME ANUAL DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA 2015». Consultado el 10 de junio de 2017. 

Enlaces externos

  • Agencia Tributaria España (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  • Desviación de ingresos tributarios sobre el previsto 2009-2010 España (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  • Ingresos Tributarios, España (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
  •   Datos: Q3509407

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El sistema tributario espanol es el conjunto de tributos que son exigidos por los distintos niveles de las Haciendas Publicas de Espana De acuerdo con lo establecido en la Constitucion espanola de 1978 cabe distinguir tres subsistemas tributarios el estatal el autonomico y el local Indice 1 Historia 2 Principios del sistema tributario espanol 3 Sistema tributario estatal 3 1 Impuestos directos 3 2 Impuestos indirectos 4 Sistema tributario autonomico 4 1 Regimen general 4 1 1 Tributos propios 4 1 2 Tributos cedidos 5 Sistema tributario local 5 1 Municipios 5 1 1 Impuestos propios 5 1 2 Impuestos cedidos 5 2 Otras entidades locales 6 Importancia relativa de las distintas figuras 7 Recaudacion Tributaria en Espana 8 Vease tambien 9 Referencias 10 Enlaces externosHistoria EditarVease tambien Reforma tributaria de 1845 El punto de inicio del actual sistema tributario espanol es la reforma tributaria de 1845 impulsada por Alejandro Mon que supuso una amplia unificacion fiscal de todo el territorio y simplifico el cuadro de impuestos existentes La reforma trataba de eliminar las trabas al crecimiento economico y asi se suprimieron las aduanas interiores los diezmos la alcabala y los millones En el nuevo sistema tributario se dio mucha mas importancia a los impuestos directos que a los indirectos En 1900 se llevo a cabo una importante reforma fiscal siendo ministro de Hacienda Raimundo Fernandez Villaverde que establecio la figura de la Contribucion sobre Utilidades de la Riqueza Mobiliaria que gravaba rentas del trabajo del capital y mixtas En 1940 con motivo de la finalizacion de la Guerra Civil el sistema tributario fue objeto de una reforma que afectaba a casi todos los impuestos existentes que se limito a ampliar las bases imponibles y elevar los tipos impositivos Estas modificaciones supusieron una elevacion teorica de la presion fiscal aunque la evasion generalizada impidio el crecimiento efectivo de la presion existente En 1957 ante la insuficiencia del sistema para financiar las cargas existentes y como preparacion de lo que dos anos despues seria el Plan Nacional de Estabilizacion Economica el sistema fiscal se transformo para tratar de incrementar la recaudacion Se trato de racionalizar el conjunto de tributos estatales a traves de una sistematizacion mas adecuada y por otra parte corregir la insuficiencia del sistema tratando de atajar el fraude fiscal Esto se realizo a traves de la utilizacion de los sistemas de evaluaciones globales y convenios con grupos de contribuyentes 1 La actual estructura del sistema fiscal del Estado procede del ano 1977 en virtud de la profunda reforma impulsada por el Ministro Francisco Fernandez Ordonez tras las Elecciones generales de Espana de 1977 que modernizo definitivamente el sistema fiscal espanol y lo preparo para la integracion en Europa Principios del sistema tributario espanol EditarEl sistema tributario espanol se basa en los siguientes principios 2 1 Principio de igualdad y generalidadTodos los espanoles son iguales a la hora de pagar los tributos 2 Principio de capacidad economicaEs la cantidad de ingresos o riqueza que un ciudadano posee por lo tanto los tributos tendran que tener en cuenta esta capacidad a la hora de determinar lo que cada ciudadano debe pagar 3 Principio de progresividadCuanta mas capacidad economica tenga una persona mas tributos pagara de forma progresiva 4 Principio de no confiscatoriedadLa tributacion no podra ser superior a la renta o patrimonio gravado 5 Principio de legalidadEl articulo 133 de la Constitucion establece que el unico que tiene poder para establecer los tributos es el Estado mediante Ley Sistema tributario estatal EditarEl estado y los otros entes publicos son los protagonistas de la actividad financiera que tiene como objeto la realizacion de gastos publicos encaminados a satisfacer el bien comun Para realizar estos objetivos el estado necesita unos ingresos que se obtienen mayoritariamente a traves de los tributos En Espana el marco legal que define el sistema fiscal esta compuesto por las siguientes leyes Constitucion Espanola Ley General Tributaria 58 2003 del 17 de diciembre Ley General Presupuestaria Las leyes que regulan cada tributo Los reglamentos que desarrollan las leyes tributariasLa actual estructura del sistema fiscal del Estado procede del ano 1977 ano en que fue objeto de profunda modificacion y adaptacion a la legislacion y a las necesidades financieras de la epoca esta compuesto por los siguientes impuestos Impuestos directos Editar Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas Impuesto sobre la Renta de No Residentes Impuesto sobre sociedades Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Espana Impuestos indirectos Editar Impuesto sobre el Valor Anadido Impuestos especiales Impuesto sobre las Primas de Seguros Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados Tributos sobre el Juego Sistema tributario autonomico EditarEl sistema de financiacion y recaudacion de las autonomias esta regulado en la Ley Organica de Financiacion de las Comunidades Autonomas tambien conocida como LOFCA La Constitucion impone una serie de limites en lo relativo a la facultad recaudatoria propia de las administraciones autonomicas Habran de respetar en todo caso la reserva de ley de los elementos esenciales del tributo tendran que seguir el principio de territorialidad no podran crear tributos aduaneros y tendran que evitar la existencia privilegios economicos y sociales asi como respetar el principio de solidaridad con respecto al resto de autonomias Pese a la existencia de algunos tributos propios creados por la propia Comunidad Autonoma sobre hechos imponibles no gravados por el Estado o sobre materias no gravadas por impuestos locales salvo autorizacion por ley estatal gran parte de la masa recaudada proviene de impuestos estatales cuya recaudacion va a parar en parte o en su totalidad a las arcas autonomicas Deben diferenciarse los ingresos tributarios de las comunidades autonomas bajo el regimen general y los derivados del regimen peculiar de Concierto o Convenios Economicos que tienen establecido el Pais Vasco y Navarra Regimen general Editar Tributos propios Editar Las comunidades autonomas pueden establecer tributos propios sobre hechos imponibles no gravados por el Estado o sobre materias no gravadas por las administraciones locales 6 2 LOFCA Solo podran crear impuestos sobre materias gravadas por impuestos locales si existe una ley estatal que lo autoriza tal y como indica el articulo 6 3 de la LOFCA Pese a la gran variedad de sistemas practicamente uno por cada autonomia los impuestos propios pueden clasificarse en los siguientes grupos Impuestos sobre el juego impuestos que recaen sobre el bingo en Andalucia Asturias Islas Baleares Castilla La Mancha Galicia Region de Murcia y Comunidad Valenciana En el caso de la Comunidad de Madrid no solo existe tal impuesto sino que ademas se da un recargo sobre la tasa estatal que recae sobre los casinos Impuestos medioambientales se trata de la clase mas generalizada incluyendo el impuesto sobre emisiones de gases el canon de saneamiento de agua el impuesto sobre vertidos el impuesto sobre depositos de residuos el impuesto sobre instalaciones peligrosas y finalmente el impuesto sobre transporte por cable Este ultimo aplica sobre las estaciones de esqui de Aragon mientras que el resto se recauda en Andalucia Asturias Islas Baleares Castilla La Mancha Cataluna Extremadura Galicia la Rioja Comunidad de Madrid Region de Murcia y Comunidad Valenciana asi como en la ya mencionada Comunidad Autonoma de Aragon Impuestos sobre la renta potencial En Andalucia existe el Impuesto sobre Tierras Infrautilizadas Antiguamente Extremadura poseia el Impuestos sobre Dehesas calificadas de Deficiente Aprovechamiento tributo que fue derogado Impuestos sobre grandes superficies comerciales A finales de 2007 existe un recurso de inconstitucionalidad pendiente de ser resuelto Se da en Cataluna Asturias y Aragon Impuesto sobre Depositos de las Entidades de Credito Se da en Extremadura y en Andalucia Impuesto sobre aprovechamientos cinegeticos Propio de Extremadura Tributos cedidos Editar Existen una serie de impuestos estatales cuya gestion y recaudacion ha sido cedida por completo a las comunidades autonomas Son los siguientes Impuesto sobre el Patrimonio Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos Tributos sobre el Juego Junto a estos tributos existen otros cuya gestion corresponde al Estado que cede un porcentaje determinado de la recaudacion a las autonomias Se cede la recaudacion de una fraccion de la tarifa autonomica del IRPF y una parte del IVA de los Impuestos Especiales de Fabricacion sobre la Cerveza sobre el Vino y Bebidas Fermentadas sobre Productos Intermedios sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas sobre Labores del Tabaco sobre Hidrocarburos y el rendimiento cedido del Impuesto sobre la Electricidad Sistema tributario local EditarArticulo principal Sistema tributario local de Espana Municipios Editar Las Haciendas locales tienen a su disposicion un conjunto de impuestos cuyo establecimiento puede ser obligatorio o en algunos casos potestativos Al igual que sucede a nivel autonomico los municipios que sean capitales de provincia o de Comunidad Autonoma y posean mas de 75 000 habitantes se benefician de la cesion de la recaudacion de ciertos impuestos estatales principalmente para compensar la concesion de exenciones en el Impuesto sobre Actividades Economicas Impuestos propios Editar Los impuestos que obligatoriamente han de recaudar los municipios son Impuesto sobre Bienes Inmuebles IBI Impuesto sobre Actividades Economicas IAE Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica IVTM De igual manera entre los impuestos que los municipios pueden recaudar voluntariamente se encuentran los siguientes Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras ICIO Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana IIVTNU Impuesto sobre Gastos Suntuarios Grava los cotos privados de caza y pesca Impuestos cedidos Editar A fecha de 2007 los municipios que cumplieran con los requisitos mencionados capital de provincia o autonomia de mas de 75 000 habitantes se beneficiaban del 1 6875 del IRPF de los residentes del 1 7897 del IVA y del 2 0454 de los Impuestos especiales de fabricacion Tanto para el IVA como para estos ultimos Impuestos Especiales de Fabricacion se tiene en cuenta la estimacion del consumo en el municipio que realice el Instituto Nacional de Estadistica Espana Otras entidades locales Editar Las Provincias carecen de impuestos propios aunque tienen derecho a un recargo sobre el Impuesto de Actividades Economicas que a fecha de 2007 llegaba hasta el 40 Tambien tienen un pequeno porcentaje de la recaudacion obtenida de los impuestos estatales cedidos a los municipios Las denominadas areas metropolitanas obtienen un recargo que llega al 0 2 sobre la base imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Importancia relativa de las distintas figuras Editar Ingresos gestionados por la AEAT en 2009 Segun la memoria de 2009 de la AEAT la recaudacion tributaria liquida en Espana fue de 144 023 millones de euros que se reparten segun el siguiente esquema en millones de euros 3 Impuestos directos Impuesto sobre la renta de las personas fisicas 63 857 Impuesto sobre sociedades 20 188 Impuesto sobre la renta de los no residentes 2342 Impuestos indirectos Impuesto sobre el valor anadido 33 567 Impuestos especiales 19 349 TOTAL 144 023En enero de 2018 el ministro de Hacienda Cristobal Montoro anuncio que la recaudacion de 2017 superaba en 11 733 millones de euros la del ano 2016 con un 6 3 de mejora con lo que se llegaba a los 197 982 millones de euros cantidad proxima al record historico de 2007 dando por superada la crisis economica 4 5 Recaudacion Tributaria en Espana EditarRecaudacion Tributaria Liquida de Espana entre 2002 y 2017 en miles de millones de euros 6 7 Fuente AEATGrafica elaborada por WikipediaVease tambien EditarDerecho tributario de Espana Agencia Tributaria Inspeccion tributaria en EspanaReferencias Editar Ferreiro Lapatza Jose Juan Curso de derecho financiero espanol Marcial Pons ediciones juridicas y sociales S A ISBN 9788497683449 http www boe es buscar act php id BOE A 2003 23186 a3 Memoria de la AEAT 2009 Montoro anticipa que la recaudacion tributaria crecio en 12 000 millones en 2017 en el diario ElConfidencial com 24 de enero de 2018 Montoro avanza que la recaudacion tributaria crecio un 6 3 en 2017 en el diario CincoDias consultado el 29 de enero de 2018 Ministerio de Hacienda Espana ed Recaudacion Tributaria de Espana Datos de la AEAT Consultado el 14 de abril de 2015 Agencia tributaria ed INFORME ANUAL DE RECAUDACIoN TRIBUTARIA 2015 Consultado el 10 de junio de 2017 Enlaces externos EditarGastos del estado espanol 2008 2010 sin incluir comunidades autonomas y ayuntamientos Agencia Tributaria Espana enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Desviacion de ingresos tributarios sobre el previsto 2009 2010 Espana enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Ingresos Tributarios Espana enlace roto disponible en Internet Archive vease el historial la primera version y la ultima Datos Q3509407 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Sistema tributario de Espana amp oldid 139936367, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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