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Secreto profesional

El secreto profesional es la obligación legal que tienen ciertas profesiones de mantener en secreto la información que han recibido de sus clientes. Al contrario de lo que ocurre con tipos de deberes de confidencialidad, el secreto profesional se mantiene incluso en un juicio.

Entre estos profesionales, cabe citar como casos más típicos el abogado, el médico, el enfermero, el psicólogo, el periodista, el contador o el trabajador social. Sin embargo, también puede haber otros casos de asesores o servicios que tengan ese tipo de obligación, por ejemplo los asesores fiscales (a veces incluidos dentro de los abogados) o las compañías de seguros. Cabe destacar que ante un procedimiento judicial y bajo las garantías legales establecidas, el juez puede establecer el levantamiento del mismo a cualquiera de los anteriormente citados a excepción de los abogados que estén actuando en el mismo.

Antecedentes históricos

El secreto en las profesiones ha tenido un tratamiento antiguo en las diferentes costumbres y legislaciones. En el juramento se menciona – “todo lo que viere u oyere en mi profesión o fuera de ella, lo guardaré con sumo sigilo”. El juramento hebreo de Asaf que data de los siglos III y VII reza “no revelarás secretos que se te hayan confiado”, la tradición católica da un lugar especial a la confidencialidad en el Sacramento de Reconciliación o Confesión (Secreto de Confesión).

Pero para muchos analistas del tema, el secreto impuesto a determinadas actividades deviene de la época de los romanos. Por supuesto, aplicado en términos generales primero y luego en forma más específica a ciertas profesiones. En esa época existían dos formas de explicar la existencia de este secreto profesional: la «conmiso», en virtud de la cual la obligación de secreto se imponía debido a la existencia de una convención anterior a la confidencia, lo cual hacía convertir el acto de confidencia y recepción en una especie de pacto. La otra forma era la «promiso», que, al revés de lo antes señalado, suponía que primero se entregaba la confidencia y luego, inmediatamente de recibida, nacía para el depositario, por el solo hecho de la confidencia, la obligación de no revelarla. En el Corpus Juris del Derecho Romano, Digesto, (Ley 25 de Test. XXII, V) se hace referencia a la obligación de no propalar secretos respecto de abogados, procuradores y escribanos.

En la actualidad todas las profesiones establecen de diferentes maneras y en forma continua el derecho de las personas a la confidencialidad de aquellas informaciones obtenidas a lo largo de la relación con un profesional. Modernamente los códigos consideran que esta norma no es absoluta, es decir, que se consideran que hay situaciones particulares en las cuales no es obligatorio el secreto profesional, incluso en muchos casos se fijan explícitamente aquellas excepciones a la norma.

Justificación del secreto profesional

El secreto profesional es una obligación de confidencialidad, que se impone por la necesidad de que exista una absoluta confianza entre el profesional y quienes acuden a solicitar sus servicios. Por ejemplo, un acusado no podría contar toda la verdad a su abogado si luego se pudiese obligar al abogado a declarar como testigo lo que le ha contado.

En otros casos, como el de los médicos, el secreto profesional se basa en el respeto a la intimidad del paciente.

Casos similares

Existen casos paralelos pero con algunas diferencias en ciertas figuras religiosas como los sacerdotes.

Los sacerdotes tienen la obligación de mantener el secreto de confesión. Dicha obligación, sin embargo, es paralela a la ley, y deberá ser refrendada por el ordenamiento jurídico para que tenga validez ante el juez (lo cual ha planteado más de un problema a los sacerdotes citados como testigos).

La obligación de ese tipo, por lo tanto, es esencialmente moral, y no jurídica, y suele abarcar más de lo que abarca el secreto profesional propiamente dicho. Por ejemplo, el secreto de confesión impide a un sacerdote revelarlo, incluso cuando esté en peligro su propia vida, lo cual no ocurre en el secreto profesional.

Clasificación del secreto profesional

Según la doctrina salmanticense existen tres clases de secretos:

  1. El secreto natural es independiente de todo contrato, se extiende a todo lo que, ya sea descubierto por casualidad, por investigación personal o por confidencia, y no puede divulgarse. Aunque el depositario del secreto no haya prometido guardar secreto, ni antes ni después de habérsele manifestado el hecho o de haberlo descubierto, está obligado a callar, en virtud del precepto moral que prohíbe perjudicar a los demás sin motivo razonable.
  2. El secreto prometido nace de un contrato, de la promesa de guardar silencio después de haber conocido el hecho, ya sea por casualidad, por investigación personal o por confidencia espontánea o provocada. Un mismo secreto puede ser a la vez natural y prometido. Será natural cuando la cosa de suyo requiera sigilo, pero si además va acompañado de una promesa, también será prometido.
  3. El secreto confiado también dimana de una promesa explícita o tácita hecha antes de recibir la confidencia de lo que se oculta. Se le comunica que previamente ha prometido, expresa y tácitamente por razón de su oficio o al menos de las circunstancias, guardar silencio, y le es participado lo que se mantenía oculto, añadiendo que se le revela confiado en su promesa bajo el sello del secreto. El secreto pasa entonces a ser estrictamente confidencial o profesional; confidencial, cuando la confidencia se ha hecho a un hombre que está obligado por razón de su oficio a prestar ayuda o a dar consejo. Profesional cuando se ha confiado, ya de palabra, ya en sus acciones, a un hombre a quien su profesión obliga a asistir a los demás con sus consejos o cuidados, por ejemplo: abogado, contador, médico, sacerdote, consejeros de oficio.

Sin embargo, pueden haber muchas otras clasificaciones de tipos de secretos profesionales. Riofrío recoge más de sesenta clasificaciones.[1]​ No todos los secretos profesionales tienen el mismo grado de intensidad y de protección por parte del derecho. Por pertenecer al ámbito de la conciencia, los secretos de confesión y del abogado son los que más se custodian en el sistema jurídico; en el ámbito anglosajón incluso llegan a ser un "privilegio" que está sobre el resto de la legislación. En la teoría del cono de Riofrío ambos son secretos de grado 15, con la mayor protección debida. Le siguen en protección los secretos de los médicos, genéticos y demás corpóreos. Otros secretos como el de los comunicadores también se protegen, pero ceden más fácilmente ante las exigencias de la justicia o de otras eventualidades.[2]

Violación del secreto profesional

El secreto profesional se vulnera en los siguientes casos:

  • Se puede producir daño en forma directa, es decir en forma consciente y premeditada.
  • Se vulnera en forma no intencional pero directa.
  • A través de una confidencia a otra persona.
  • A través de una conversación informal, con ligereza.

Véase también

Referencias

  1. Riofrío Martínez-Villalba, Juan C (2008). El derecho de los secretos. Editorial Temis. ISBN 978-958-35-0691-8. OCLC 426398515. Consultado el 14 de mayo de 2020. 
  2. Martínez-Villalba, Juan Carlos Riofrío. «DERECOM. Derecho de la Comunicación. - El derecho al secreto y la teoría del cono». www.derecom.com. Consultado el 14 de mayo de 2020. 
  •   Datos: Q443955

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Este articulo o seccion necesita referencias que aparezcan en una publicacion acreditada Este aviso fue puesto el 7 de marzo de 2014 El secreto profesional es la obligacion legal que tienen ciertas profesiones de mantener en secreto la informacion que han recibido de sus clientes Al contrario de lo que ocurre con tipos de deberes de confidencialidad el secreto profesional se mantiene incluso en un juicio Entre estos profesionales cabe citar como casos mas tipicos el abogado el medico el enfermero el psicologo el periodista el contador o el trabajador social Sin embargo tambien puede haber otros casos de asesores o servicios que tengan ese tipo de obligacion por ejemplo los asesores fiscales a veces incluidos dentro de los abogados o las companias de seguros Cabe destacar que ante un procedimiento judicial y bajo las garantias legales establecidas el juez puede establecer el levantamiento del mismo a cualquiera de los anteriormente citados a excepcion de los abogados que esten actuando en el mismo Indice 1 Antecedentes historicos 2 Justificacion del secreto profesional 3 Casos similares 4 Clasificacion del secreto profesional 5 Violacion del secreto profesional 6 Vease tambien 7 ReferenciasAntecedentes historicos EditarEl secreto en las profesiones ha tenido un tratamiento antiguo en las diferentes costumbres y legislaciones En el juramento se menciona todo lo que viere u oyere en mi profesion o fuera de ella lo guardare con sumo sigilo El juramento hebreo de Asaf que data de los siglos III y VII reza no revelaras secretos que se te hayan confiado la tradicion catolica da un lugar especial a la confidencialidad en el Sacramento de Reconciliacion o Confesion Secreto de Confesion Pero para muchos analistas del tema el secreto impuesto a determinadas actividades deviene de la epoca de los romanos Por supuesto aplicado en terminos generales primero y luego en forma mas especifica a ciertas profesiones En esa epoca existian dos formas de explicar la existencia de este secreto profesional la conmiso en virtud de la cual la obligacion de secreto se imponia debido a la existencia de una convencion anterior a la confidencia lo cual hacia convertir el acto de confidencia y recepcion en una especie de pacto La otra forma era la promiso que al reves de lo antes senalado suponia que primero se entregaba la confidencia y luego inmediatamente de recibida nacia para el depositario por el solo hecho de la confidencia la obligacion de no revelarla En el Corpus Juris del Derecho Romano Digesto Ley 25 de Test XXII V se hace referencia a la obligacion de no propalar secretos respecto de abogados procuradores y escribanos En la actualidad todas las profesiones establecen de diferentes maneras y en forma continua el derecho de las personas a la confidencialidad de aquellas informaciones obtenidas a lo largo de la relacion con un profesional Modernamente los codigos consideran que esta norma no es absoluta es decir que se consideran que hay situaciones particulares en las cuales no es obligatorio el secreto profesional incluso en muchos casos se fijan explicitamente aquellas excepciones a la norma Justificacion del secreto profesional EditarEl secreto profesional es una obligacion de confidencialidad que se impone por la necesidad de que exista una absoluta confianza entre el profesional y quienes acuden a solicitar sus servicios Por ejemplo un acusado no podria contar toda la verdad a su abogado si luego se pudiese obligar al abogado a declarar como testigo lo que le ha contado En otros casos como el de los medicos el secreto profesional se basa en el respeto a la intimidad del paciente Casos similares EditarExisten casos paralelos pero con algunas diferencias en ciertas figuras religiosas como los sacerdotes Los sacerdotes tienen la obligacion de mantener el secreto de confesion Dicha obligacion sin embargo es paralela a la ley y debera ser refrendada por el ordenamiento juridico para que tenga validez ante el juez lo cual ha planteado mas de un problema a los sacerdotes citados como testigos La obligacion de ese tipo por lo tanto es esencialmente moral y no juridica y suele abarcar mas de lo que abarca el secreto profesional propiamente dicho Por ejemplo el secreto de confesion impide a un sacerdote revelarlo incluso cuando este en peligro su propia vida lo cual no ocurre en el secreto profesional Clasificacion del secreto profesional EditarSegun la doctrina salmanticense existen tres clases de secretos El secreto natural es independiente de todo contrato se extiende a todo lo que ya sea descubierto por casualidad por investigacion personal o por confidencia y no puede divulgarse Aunque el depositario del secreto no haya prometido guardar secreto ni antes ni despues de habersele manifestado el hecho o de haberlo descubierto esta obligado a callar en virtud del precepto moral que prohibe perjudicar a los demas sin motivo razonable El secreto prometido nace de un contrato de la promesa de guardar silencio despues de haber conocido el hecho ya sea por casualidad por investigacion personal o por confidencia espontanea o provocada Un mismo secreto puede ser a la vez natural y prometido Sera natural cuando la cosa de suyo requiera sigilo pero si ademas va acompanado de una promesa tambien sera prometido El secreto confiado tambien dimana de una promesa explicita o tacita hecha antes de recibir la confidencia de lo que se oculta Se le comunica que previamente ha prometido expresa y tacitamente por razon de su oficio o al menos de las circunstancias guardar silencio y le es participado lo que se mantenia oculto anadiendo que se le revela confiado en su promesa bajo el sello del secreto El secreto pasa entonces a ser estrictamente confidencial o profesional confidencial cuando la confidencia se ha hecho a un hombre que esta obligado por razon de su oficio a prestar ayuda o a dar consejo Profesional cuando se ha confiado ya de palabra ya en sus acciones a un hombre a quien su profesion obliga a asistir a los demas con sus consejos o cuidados por ejemplo abogado contador medico sacerdote consejeros de oficio Sin embargo pueden haber muchas otras clasificaciones de tipos de secretos profesionales Riofrio recoge mas de sesenta clasificaciones 1 No todos los secretos profesionales tienen el mismo grado de intensidad y de proteccion por parte del derecho Por pertenecer al ambito de la conciencia los secretos de confesion y del abogado son los que mas se custodian en el sistema juridico en el ambito anglosajon incluso llegan a ser un privilegio que esta sobre el resto de la legislacion En la teoria del cono de Riofrio ambos son secretos de grado 15 con la mayor proteccion debida Le siguen en proteccion los secretos de los medicos geneticos y demas corporeos Otros secretos como el de los comunicadores tambien se protegen pero ceden mas facilmente ante las exigencias de la justicia o de otras eventualidades 2 Violacion del secreto profesional EditarEl secreto profesional se vulnera en los siguientes casos Se puede producir dano en forma directa es decir en forma consciente y premeditada Se vulnera en forma no intencional pero directa A traves de una confidencia a otra persona A traves de una conversacion informal con ligereza Vease tambien EditarSecreto Privacidad Intimidad Confidencialidad Secreto profesional periodisticoReferencias Editar Riofrio Martinez Villalba Juan C 2008 El derecho de los secretos Editorial Temis ISBN 978 958 35 0691 8 OCLC 426398515 Consultado el 14 de mayo de 2020 Martinez Villalba Juan Carlos Riofrio DERECOM Derecho de la Comunicacion El derecho al secreto y la teoria del cono www derecom com Consultado el 14 de mayo de 2020 Datos Q443955 Obtenido de https es wikipedia org w index php title Secreto profesional amp oldid 146077699, wikipedia, wiki, leyendo, leer, libro, biblioteca,

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